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DEDUCCIÓN ADICIONAL DE 3 UIT
AL IMPUESTO A LA RENTA EN
PERSONAS NATURALES
Base Legal
• D.L. 1258, modifica la Ley del Impuesto a la Renta
• D.S. 399-2016-EF Establecen las profesiones, artes, ciencias,
oficios y/o actividades que darán derecho a la deducción a
que se refiere el inciso d) del artículo 46° de la Ley del
Impuesto a la Renta
• D.S. 033-2017-EF Reglamento del D.L. 1258
• Ley 30551 incorpora un segundo párrafo al artículo 79 del
texto único ordenado de la ley del impuesto a la renta,
aprobado por el decreto supremo 179-2004-ef, modificado
por el decreto legislativo 1258
Justificación
Se busca
combatir la
informalidad
Compensación
de deducciones
de 3 UIT
Con el aumento
de recaudación
por impuesto a
la renta
En rentas de
trabajo sólo
podían deducir
7 UIT,
donaciones e
ITF
Deducciones Permitidas
De 4ta y 5ta
Categoría se
Deducen 7 UIT
(Monto fijo no
sustentable)
Adicionalmente
se pueden
deducir 3 UIT
(Sustentadas)
Deducción Renta Anual:
7 UIT
• 7 UIT + 3 UIT (S/.12,150).
• Podrá deducir hasta:
Antes del
DL 1258
10 UIT (S/.40,500)
Novedad 2017 Rentas de trabajo
El cálculo del Impuesto a la Renta Anual de
PPNN se realiza deduciendo las 7 UITs a los
ingresos netos anuales y 3 UITs adicionales que
se sustentan de acuerdo a la forma y
oportunidad que señala el reglamento
Si producto de la determinación del
impuesto a la renta de PPNN se generara
un saldo a favor del contribuyente este
podrá solicitar su devolución de acuerdo
al procedimiento general de
determinación de la deuda de SUNAT
Conceptos de la Deducción Adicional
Hasta el Límite de 3 UIT
Nuevos Gastos Deducibles
para PPNN
Gastos Deducibles
(3 UIT)
Arrendamiento/ subarrendamiento de inmuebles
Intereses de Créditos Hipotecarios primera vivienda
Honorarios profesionales de médicos y odontólogos
Servicios prestados – Rentas de cuarta categoría
Aportes ESSALUD Trabajadores del Hogar
Gasto por arrendamiento y/o
Subarrendamiento
• Inmuebles situados en el
país
• No estén destinados
exclusivamente al
desarrollo de actividades
que generen rentas de
tercera categoría
Será Deducible como
gasto el 30% de la
Renta Convenida
Renta convenida: íntegro de la contraprestación pagada por el
arrendamiento o subarrendamiento del inmueble. Importe pagado
por los servicios suministrados por el locador y el monto de los
tributos que tome a su cargo el arrendatario o subarrendatario y que
legalmente corresponda al locador
Renta convenida: S/. 2 000
S/. 2 000 X 30%
Deducir: S/. 600
Deducción anual:
S/.600 X 12
Deducir S/. 7200
Consideraciones
Condiciones
•Inmueble ubicado en Perú, no
destinado exclusivamente a
actividades de tercera cat.
•Sólo será deducible: 30% de la renta
convenida.
Sustento
•Si el arrendador es PPNN: Voucher del
impuesto pagado por alquiler
(Form.1683).
•Si el arrendador es PPJJ: C/P físicos o
electrónicos. A partir de julio sólo
Factura Electrónica.
Intereses de Créditos
Hipotecarios Primera Vivienda
Se considera crédito hipotecario para vivienda al tipo de crédito establecido en las
normas de SBS de igual forma el concepto de primera vivienda
Será Deducible como
gasto el 100% de los
intereses
Los créditos otorgados para la refacción,
remodelación, ampliación, mejoramiento y
subdivisión de vivienda propia
Los contratos de capitalización inmobiliaria
Los contratos de arrendamiento financiero
Ejemplo:
100% de intereses ( S/.500) x 12 meses = S/.6000
•Sólo para adquisición o construcción de
primera vivienda inscrita en RRPP.
•Sólo 1 crédito.
•Deducción 100% de intereses.
•No incluye intereses moratorios.
Condiciones
•Documento autorizado emitido por las
entidades financieras y más adelante,
facturas electrónicas.
Sustento
Consideraciones
Honorarios Profesionales de
Médicos y Odontólogos
Será Deducible como
gasto el 30% de los
honorarios
profesionales
Servicios
prestados en el
país
Califiquen
como rentas de
cuarta
categoría
Gastos por atención de salud
(médicos y odontólogos)
• Atención de salud del titular.
• Atención de sus hijos < edad.
• Atención de sus hijos > edad con discapacidad inscritos en CONADIS.
• Cónyuge o concubino(a) insc. Reg. Personas SUNARP.
Gastos deducibles
• Servicio prestado en Perú.
• Médicos y odontólogos que realicen su trabajo de forma independiente y emita
Recibo por Honorario electrónico.
Condiciones
• Recibos por honorarios electrónicos.
Sustento
Servicios Prestados Rentas de
Cuarta Categoría
El monto de los servicios prestados en el país
cuya contraprestación califique como rentas
de cuarta categoría
Excepto los referidos a las rentas que se
perciban por desempeño de funciones de
director de empresas, síndico mandatario,
gestor de negocios, albacea y actividades
similares, regidor municipal o consejero
regional.
Funciones todas estas por las cuales perciban
dietas (reguladas en el inciso b) del artículo 33
de la LIR)
El MEF estableció
las profesiones,
artes, ciencias,
oficios y/o
actividades que
darán derecho a
la deducción
indicada
Nuevas profesiones que dan
derecho a deducción
Se incluyen 13 profesiones (*) :
Médicos y
odontólogos
Abogado
Analista de
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Arquitecto Enfermera
Entrenador
deportivo
Fotógrafo y
operador de
cámara, cine y tv
Ingeniero
Intérprete y
traductor
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Tecnólogo médico Veterinario
Condiciones y sustento:
Los mismos que los señalados
para médicos y odontólogos,
excepto que el gasto
deducible será
exclusivamente para el
titular.
Aportes ESSALUD Trabajadores
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El monto de las aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD que se
realicen por los trabajadores del hogar de conformidad con el artículo 18 de la
Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar o norma que la sustituya
Los gastos por aportaciones al
Seguro Social de Salud – ESSALUD,
serán deducibles por el
contribuyente que se encuentre
inscrito como empleador en el
Registro de Empleadores de
Trabajadores del Hogar
Remuneración
trabajador del hogar
S/. 850
Aporte empleador
ESSALUD (9%)
S/. 77
Se podrá deducir en la
Renta Anual:
77x 12 = S/. 924
Gastos por aportación ESSALUD –
Trabajadores del Hogar
Condiciones:
El contribuyente debe encontrarse inscrito como empleador en
SUNAT (Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar,
Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes)
Sustento: Form. 1676.
Cómo se Deduce
Renta 5ta. Categoría
(-) 7 UIT
(-) Gastos del Art. 46 de la LIR, hasta el limite de 3 UIT
Renta Neta de 5ta. Categoría --- / Saldo a favor
+ Renta de 4ta. Categoría – 20 %
Renta Neta del Trabajo
Renta Bruta PN
Deducción 7 UIT
Deducción 3 UIT
Hasta el límite de la renta neta de 4ta y 5ta categoría
Ejemplo
AMORTIZACIÓN INTERESES CUOTA
2016 6540 4050 10 590
2017 7550 3560 11 110
Henry Cotrado tiene los siguientes
ingresos
• 4ta categoría : 40 000
• 5ta categoría : 30 000
Gastos 2017
• Médicos odont. : 2 000
• Crédito hipotecario
De acuerdo al D.L. 1258, puede deducir adicionalmente:
Gastos médicos odontológicos …… 2000 * 30% = 600
Intereses hipotecarios ………………. 3560 (intereses del 2017)
TOTAL DEDUCCIÓN : 4160
30 000
(-) 28350 7 UIT
(-) 4160 Gastos del Art. 46 de la LIR,
-2510 Saldo a favor
+ 32 000 Renta de 4ta. Categoría – 20 %
29 490 Renta Neta del Trabajo
Precisiones
Complementarias
Los que obtengan rentas de 4° y 5° categoría sólo podrán deducir el
monto adicional, hasta 3 UIT por una sola vez.
Las retenciones de 5° categoría se efectuarán considerando las 7 UIT de
deducción. Las 3 UIT adicionales serán objeto de devolución luego del
recálculo
Debe haber sustento en comprobante electrónico o recibo por
arrendamiento no siendo deducible si el emisor es no habido o tiene
baja de inscripción o se le haya notificado la baja de inscripción en el
RUC
Precisiones
Complementarias
El trabajador deberá utilizar en todos los casos medios de pago para
cancelar los gastos deducibles, tales como:
• Transferencias bancarias.
• Depósitos en cuenta.
• Tarjetas de crédito y débito.
Serán deducibles los gastos cancelados en el año.
Los gastos deben sumar como máximo: 3UIT por año ( S/.12,150 para el
2017).
CASO PRÁCTICO
ELENA SALVADOR ES UNA PPNN QUE PERCIBE ÚNICAMENTE RENTAS DE QUINTA
CATEGORÍA
En el año 2017 percibe un ingreso mensual de S/ 5,000 y su
empleador le retiene S/ 4,616 por I.R. 5ta. Categoría
Adicionalmente durante el año 2017 realiza los siguientes gastos:
- Alquiler de un inmueble S/. 1000 por mes
- Intereses por crédito hipotecario 1ra vivienda S/. 600 mensual
- Atención médica para ella S/. 5000
- Atención médica para su menor hijo S/. 4000
- Contrata la asesoría de un abogado S/. 2000
- Realiza aportes a ESSALUD por su trabajadora del hogar por S/. 77 mensual
Calcular el I.R. para el ejercicio 2017
Caso Práctico
Elena es una trabajadora en planilla
Durante el año 2017 realiza los siguientes gastos:
Cálculo de la Deducción
 Alquiler: 1,000 x 12 meses = 12,000 x 30%
3,600
 Intereses: 600 x 12 meses = 7,200
7,200
 Aten. Médica: 5,000 + 4,000 = 9,000 x 30%
2,700
 Ases. abogado:2,000 x 30%
600
 Essalud: 77 x 12 meses = 924
924
Total de gastos
15,024
Monto máximo a deducir (3 UIT)
12,150
Gastos
Alquiler de inmueble:
S/ 1,000 mensual
Intereses crédito hipotecario
1ra. vivienda:
S/ 600 mensual
Atención médica:
Elena S/ 5,000
Hijo menor de edad S/ 4,000
Asesoría de abogado:
S/ 2,000
Aportes ESSALUD trabajador del
hogar:
S/ 77 mensual
Descripción Deducción de 7 UIT Deducción de 10 UIT
S/. S/.
 Total Rentas de Cuarta Cat. - -
 Total Rentas de Quinta Cat. 70,000 70,000
 Total Rentas de Cuarta y Quinta Cat. 70,000 70,000
 (-) Deducción de 7 UIT (Hasta el límite del total renta de
cuarta y quinta cat.) 28,350 28,350
 (-) Deducción de hasta 3 UIT sustentadas No aplica 12,150
 (-) Deducción por ITF - -
 (-) Deducción por Donaciones - -
 Total Renta Imponible de Trabajo 41,650 29,500
Renta imponible de trabajo Tasa Tramos Impuesto Tramos Impuesto
 Hasta 5 UIT (S/. 20,250) 8% 20,250 1,620 20,250 1,620
 Por el exceso de 5 UIT (S/. 20,250) y hasta 20 UIT (S/.
81,000)
14% 21,400 2,996 9,250 1,295
 Por el exceso de 20 UIT (S/. 81,000) y hasta 35 UIT (S/.
141,750)
17% - - - -
 Por el exceso de 35 UIT (S/.141,750) y hasta 45 UIT
(S/.182,250)
20% - - - -
 Por el exceso de 45 UIT (S/.182,250) 30% - - - -
Impuesto a la renta 4,616 2,915
Pagos a cuenta y/o saldo a favor de periodos anteriores - -
(-) Retenciones de 5ta categoría - 4,616 - 4,616
Impuesto a pagar / Saldo a favor CERO - 1,701
Antes Con DL 1258
Recomendaciones
1. Si eres un trabajador dependiente que recibe sólo remuneración en
planilla deberás contar con Clave SOL pero no necesitas sacar RUC.
2. No olvides solicitar tus comprobantes de pago e indicar que es para
gasto deducible de Persona Natural y dar tu número de DNI.
3. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito
hipotecario o arrendamiento, ten en cuenta que podrás atribuir el
50% de estos gastos a tu cónyuge o concubino en la forma que
señale SUNAT más adelante.
4. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito
hipotecario podrán atribuir el % que corresponda a los
copropietarios en la forma que señale SUNAT más adelante.
MUCHAS GRACIAS
Gracias por su atención…

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DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
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Articulo 46 caso practico

  • 1. DEDUCCIÓN ADICIONAL DE 3 UIT AL IMPUESTO A LA RENTA EN PERSONAS NATURALES
  • 2. Base Legal • D.L. 1258, modifica la Ley del Impuesto a la Renta • D.S. 399-2016-EF Establecen las profesiones, artes, ciencias, oficios y/o actividades que darán derecho a la deducción a que se refiere el inciso d) del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta • D.S. 033-2017-EF Reglamento del D.L. 1258 • Ley 30551 incorpora un segundo párrafo al artículo 79 del texto único ordenado de la ley del impuesto a la renta, aprobado por el decreto supremo 179-2004-ef, modificado por el decreto legislativo 1258
  • 3. Justificación Se busca combatir la informalidad Compensación de deducciones de 3 UIT Con el aumento de recaudación por impuesto a la renta En rentas de trabajo sólo podían deducir 7 UIT, donaciones e ITF
  • 4. Deducciones Permitidas De 4ta y 5ta Categoría se Deducen 7 UIT (Monto fijo no sustentable) Adicionalmente se pueden deducir 3 UIT (Sustentadas)
  • 5. Deducción Renta Anual: 7 UIT • 7 UIT + 3 UIT (S/.12,150). • Podrá deducir hasta: Antes del DL 1258 10 UIT (S/.40,500) Novedad 2017 Rentas de trabajo
  • 6. El cálculo del Impuesto a la Renta Anual de PPNN se realiza deduciendo las 7 UITs a los ingresos netos anuales y 3 UITs adicionales que se sustentan de acuerdo a la forma y oportunidad que señala el reglamento Si producto de la determinación del impuesto a la renta de PPNN se generara un saldo a favor del contribuyente este podrá solicitar su devolución de acuerdo al procedimiento general de determinación de la deuda de SUNAT
  • 7. Conceptos de la Deducción Adicional Hasta el Límite de 3 UIT
  • 8. Nuevos Gastos Deducibles para PPNN Gastos Deducibles (3 UIT) Arrendamiento/ subarrendamiento de inmuebles Intereses de Créditos Hipotecarios primera vivienda Honorarios profesionales de médicos y odontólogos Servicios prestados – Rentas de cuarta categoría Aportes ESSALUD Trabajadores del Hogar
  • 9. Gasto por arrendamiento y/o Subarrendamiento • Inmuebles situados en el país • No estén destinados exclusivamente al desarrollo de actividades que generen rentas de tercera categoría Será Deducible como gasto el 30% de la Renta Convenida Renta convenida: íntegro de la contraprestación pagada por el arrendamiento o subarrendamiento del inmueble. Importe pagado por los servicios suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario o subarrendatario y que legalmente corresponda al locador
  • 10. Renta convenida: S/. 2 000 S/. 2 000 X 30% Deducir: S/. 600 Deducción anual: S/.600 X 12 Deducir S/. 7200 Consideraciones Condiciones •Inmueble ubicado en Perú, no destinado exclusivamente a actividades de tercera cat. •Sólo será deducible: 30% de la renta convenida. Sustento •Si el arrendador es PPNN: Voucher del impuesto pagado por alquiler (Form.1683). •Si el arrendador es PPJJ: C/P físicos o electrónicos. A partir de julio sólo Factura Electrónica.
  • 11. Intereses de Créditos Hipotecarios Primera Vivienda Se considera crédito hipotecario para vivienda al tipo de crédito establecido en las normas de SBS de igual forma el concepto de primera vivienda Será Deducible como gasto el 100% de los intereses Los créditos otorgados para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia Los contratos de capitalización inmobiliaria Los contratos de arrendamiento financiero
  • 12. Ejemplo: 100% de intereses ( S/.500) x 12 meses = S/.6000 •Sólo para adquisición o construcción de primera vivienda inscrita en RRPP. •Sólo 1 crédito. •Deducción 100% de intereses. •No incluye intereses moratorios. Condiciones •Documento autorizado emitido por las entidades financieras y más adelante, facturas electrónicas. Sustento Consideraciones
  • 13. Honorarios Profesionales de Médicos y Odontólogos Será Deducible como gasto el 30% de los honorarios profesionales Servicios prestados en el país Califiquen como rentas de cuarta categoría
  • 14. Gastos por atención de salud (médicos y odontólogos) • Atención de salud del titular. • Atención de sus hijos < edad. • Atención de sus hijos > edad con discapacidad inscritos en CONADIS. • Cónyuge o concubino(a) insc. Reg. Personas SUNARP. Gastos deducibles • Servicio prestado en Perú. • Médicos y odontólogos que realicen su trabajo de forma independiente y emita Recibo por Honorario electrónico. Condiciones • Recibos por honorarios electrónicos. Sustento
  • 15. Servicios Prestados Rentas de Cuarta Categoría El monto de los servicios prestados en el país cuya contraprestación califique como rentas de cuarta categoría Excepto los referidos a las rentas que se perciban por desempeño de funciones de director de empresas, síndico mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares, regidor municipal o consejero regional. Funciones todas estas por las cuales perciban dietas (reguladas en el inciso b) del artículo 33 de la LIR) El MEF estableció las profesiones, artes, ciencias, oficios y/o actividades que darán derecho a la deducción indicada
  • 16. Nuevas profesiones que dan derecho a deducción Se incluyen 13 profesiones (*) : Médicos y odontólogos Abogado Analista de sistemas y computadoras Arquitecto Enfermera Entrenador deportivo Fotógrafo y operador de cámara, cine y tv Ingeniero Intérprete y traductor Nutricionista Obstetra Psicólogo Tecnólogo médico Veterinario Condiciones y sustento: Los mismos que los señalados para médicos y odontólogos, excepto que el gasto deducible será exclusivamente para el titular.
  • 17. Aportes ESSALUD Trabajadores del Hogar El monto de las aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD que se realicen por los trabajadores del hogar de conformidad con el artículo 18 de la Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar o norma que la sustituya Los gastos por aportaciones al Seguro Social de Salud – ESSALUD, serán deducibles por el contribuyente que se encuentre inscrito como empleador en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar
  • 18. Remuneración trabajador del hogar S/. 850 Aporte empleador ESSALUD (9%) S/. 77 Se podrá deducir en la Renta Anual: 77x 12 = S/. 924 Gastos por aportación ESSALUD – Trabajadores del Hogar Condiciones: El contribuyente debe encontrarse inscrito como empleador en SUNAT (Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes) Sustento: Form. 1676.
  • 19. Cómo se Deduce Renta 5ta. Categoría (-) 7 UIT (-) Gastos del Art. 46 de la LIR, hasta el limite de 3 UIT Renta Neta de 5ta. Categoría --- / Saldo a favor + Renta de 4ta. Categoría – 20 % Renta Neta del Trabajo Renta Bruta PN Deducción 7 UIT Deducción 3 UIT Hasta el límite de la renta neta de 4ta y 5ta categoría
  • 20. Ejemplo AMORTIZACIÓN INTERESES CUOTA 2016 6540 4050 10 590 2017 7550 3560 11 110 Henry Cotrado tiene los siguientes ingresos • 4ta categoría : 40 000 • 5ta categoría : 30 000 Gastos 2017 • Médicos odont. : 2 000 • Crédito hipotecario De acuerdo al D.L. 1258, puede deducir adicionalmente: Gastos médicos odontológicos …… 2000 * 30% = 600 Intereses hipotecarios ………………. 3560 (intereses del 2017) TOTAL DEDUCCIÓN : 4160
  • 21. 30 000 (-) 28350 7 UIT (-) 4160 Gastos del Art. 46 de la LIR, -2510 Saldo a favor + 32 000 Renta de 4ta. Categoría – 20 % 29 490 Renta Neta del Trabajo
  • 22. Precisiones Complementarias Los que obtengan rentas de 4° y 5° categoría sólo podrán deducir el monto adicional, hasta 3 UIT por una sola vez. Las retenciones de 5° categoría se efectuarán considerando las 7 UIT de deducción. Las 3 UIT adicionales serán objeto de devolución luego del recálculo Debe haber sustento en comprobante electrónico o recibo por arrendamiento no siendo deducible si el emisor es no habido o tiene baja de inscripción o se le haya notificado la baja de inscripción en el RUC
  • 23. Precisiones Complementarias El trabajador deberá utilizar en todos los casos medios de pago para cancelar los gastos deducibles, tales como: • Transferencias bancarias. • Depósitos en cuenta. • Tarjetas de crédito y débito. Serán deducibles los gastos cancelados en el año. Los gastos deben sumar como máximo: 3UIT por año ( S/.12,150 para el 2017).
  • 24. CASO PRÁCTICO ELENA SALVADOR ES UNA PPNN QUE PERCIBE ÚNICAMENTE RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA En el año 2017 percibe un ingreso mensual de S/ 5,000 y su empleador le retiene S/ 4,616 por I.R. 5ta. Categoría Adicionalmente durante el año 2017 realiza los siguientes gastos: - Alquiler de un inmueble S/. 1000 por mes - Intereses por crédito hipotecario 1ra vivienda S/. 600 mensual - Atención médica para ella S/. 5000 - Atención médica para su menor hijo S/. 4000 - Contrata la asesoría de un abogado S/. 2000 - Realiza aportes a ESSALUD por su trabajadora del hogar por S/. 77 mensual Calcular el I.R. para el ejercicio 2017
  • 25. Caso Práctico Elena es una trabajadora en planilla Durante el año 2017 realiza los siguientes gastos: Cálculo de la Deducción  Alquiler: 1,000 x 12 meses = 12,000 x 30% 3,600  Intereses: 600 x 12 meses = 7,200 7,200  Aten. Médica: 5,000 + 4,000 = 9,000 x 30% 2,700  Ases. abogado:2,000 x 30% 600  Essalud: 77 x 12 meses = 924 924 Total de gastos 15,024 Monto máximo a deducir (3 UIT) 12,150 Gastos Alquiler de inmueble: S/ 1,000 mensual Intereses crédito hipotecario 1ra. vivienda: S/ 600 mensual Atención médica: Elena S/ 5,000 Hijo menor de edad S/ 4,000 Asesoría de abogado: S/ 2,000 Aportes ESSALUD trabajador del hogar: S/ 77 mensual
  • 26. Descripción Deducción de 7 UIT Deducción de 10 UIT S/. S/.  Total Rentas de Cuarta Cat. - -  Total Rentas de Quinta Cat. 70,000 70,000  Total Rentas de Cuarta y Quinta Cat. 70,000 70,000  (-) Deducción de 7 UIT (Hasta el límite del total renta de cuarta y quinta cat.) 28,350 28,350  (-) Deducción de hasta 3 UIT sustentadas No aplica 12,150  (-) Deducción por ITF - -  (-) Deducción por Donaciones - -  Total Renta Imponible de Trabajo 41,650 29,500 Renta imponible de trabajo Tasa Tramos Impuesto Tramos Impuesto  Hasta 5 UIT (S/. 20,250) 8% 20,250 1,620 20,250 1,620  Por el exceso de 5 UIT (S/. 20,250) y hasta 20 UIT (S/. 81,000) 14% 21,400 2,996 9,250 1,295  Por el exceso de 20 UIT (S/. 81,000) y hasta 35 UIT (S/. 141,750) 17% - - - -  Por el exceso de 35 UIT (S/.141,750) y hasta 45 UIT (S/.182,250) 20% - - - -  Por el exceso de 45 UIT (S/.182,250) 30% - - - - Impuesto a la renta 4,616 2,915 Pagos a cuenta y/o saldo a favor de periodos anteriores - - (-) Retenciones de 5ta categoría - 4,616 - 4,616 Impuesto a pagar / Saldo a favor CERO - 1,701 Antes Con DL 1258
  • 27. Recomendaciones 1. Si eres un trabajador dependiente que recibe sólo remuneración en planilla deberás contar con Clave SOL pero no necesitas sacar RUC. 2. No olvides solicitar tus comprobantes de pago e indicar que es para gasto deducible de Persona Natural y dar tu número de DNI. 3. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito hipotecario o arrendamiento, ten en cuenta que podrás atribuir el 50% de estos gastos a tu cónyuge o concubino en la forma que señale SUNAT más adelante. 4. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito hipotecario podrán atribuir el % que corresponda a los copropietarios en la forma que señale SUNAT más adelante.
  • 28. MUCHAS GRACIAS Gracias por su atención…