Una sociedad de hecho surge cuando dos o más personas acuerdan aportar dinero, trabajo u otros bienes para explotar una actividad comercial y compartir las ganancias. A diferencia de una sociedad legalmente constituida, una sociedad de hecho no es una entidad jurídica independiente y cada socio es responsable solidariamente de las deudas. Las sociedades de hecho deben registrarse y renovarse anualmente, así como cancelar la matrícula cuando finaliza la actividad comercial.
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
Sociedad de hecho en Colombia
1. SOCIEDAD DE HECHO La sociedad de hecho surge por el acuerdo entre dos o mas personas que están obligados a aportar dinero ,trabajo u otro tipo de bienes para explotar una actividad comercial, con el animo de repartirse entre si las utilidades y no se constituye por escritura publica.
2. Características especiales de la formación de una sociedad de hecho La sociedades de hecho no son personas jurídicas distinta de las personas que la conforman. Las obligaciones que se contraen y los derechos que se adquieren en cumplimiento de la actividad social se constituye a favor y a cargo de todos, por lo tanto cada uno responderá solidaria e ilimitadamente, aunque en el negocio respectivo no hayan actuado todos los socios.
3. La sociedad de hecho no puede tener un nombre comercial que la individualice pues no es una persona jurídica. Pueden distinguirse enunciando el nombre de los socios y las palabras en “sociedad de hecho”. Deben solicitar el numero de identificación tributaria (NIT), en las oficinas de dirección nacional de impuestos y aduanas nacionales (DIAN). En el registro mercantil únicamente se escriben las providencias que decreten la disolución y liquidación de las sociedades de hecho.
4. Por no ser una persona jurídica la sociedad de hecho no se matricula ( la solicitud de matricula de las personas naturales socias en sociedad de hecho tienen el domicilio social).
5. Establecimientos de propiedad de una sociedad de hecho Si la sociedad de hecho tiene establecimientos de comercio, deben matricularlos dentro del mes siguiente a la fecha de su apertura, marcando en el formulario registro único empresarial, los propietarios del establecimiento de comercio están asociados en sociedad de hecho
6. Requisitos y documentos que requieren las personas que integran la sociedad de hecho para matricularse Adquirir y diligenciar el formulario registro único empresarial compuesto por una caratula única empresarial y un anexo matricula mercantil (establecimiento de comercio). Presentar copia del formato RUT. Diligenciar el formato NIT. Cancelar el valor de los derechos de matricula de la persona natural y del establecimiento. Fotocopia del documento de identificación
7. renovación Entre los meses de enero y marzo de cada año todos los socios o integrantes de la sociedad de hecho deben diligenciar cada uno, un formulario registro único empresarial, presentarlo y cancelar los derechos de ley.
8. Cancelación de la matricula de los socios en la sociedad de hecho. Cuando se deje de ejercer el comercio, todas las personas naturales, socios de la sociedad de hecho, deben cancelar su matricula mercantil y la del establecimiento de comercio mediante solicitud escrita y con firma autenticada por notario o presentada personalmente.