El documento analiza los circuitos alternativos de la globalización como el narcotráfico, la trata de personas y la explotación sexual. Estos circuitos operan fuera de la ley y se ven favorecidos por la economía global, explotando a mujeres pobres. Otro circuito alternativo analizado es el aborto clandestino, condicionado por factores morales y legales que generan un mercado cautivo.
Tomando a S Sassen...otro circuito alternativo (no globalizado)
1. CIRCUITOS ALTERNATIVOS:
CONTRAGEOGRAFÍAS DE LA GLOBALIZACIÓN
Los ejemplos :narcotráfico; trata de personas y explotación sexual han dado
cuenta de ser parte de circuitos que directa o indirectamente se asocian
con condiciones que se encuentran en el corazón de la economía global.
Estos mismos ejemplos no están representados suficientemente y operan
fuera y contra las leyes y tratados.
Estos circuitos están propiciados por la economía global que ha producido
una infraestructura institucional que en muchos casos naturaliza su
expresión
¿Qué develan? Conexiones sistémicas entre mujeres más pobres y de baja
remuneración (representadas más como carga que como recurso) y formas
emergentes de producir ganancias ilegales, así como de importación de
divisas para los gobiernos
2. Otro circuito alternativo (no globalizado)
ELEMENTOS QUE CONDICIONAN LA CLANDESTINIDAD
Para algunas comunidades morales el aborto es un atentado a la vida en
potencia del feto
Estados “laicos” que responden a comunidades morales y no al
reconocimiento de los derechos de las mujeres.
Generación de un mercado millonario, cautivo.
5. Mortalidad materna: son las que se producen durante y
materna
después del embarazo y parto hasta culminar el
período de puerperio(42 días o 6 semanas después del
parto)
Son prevenibles o evitables por eso se exige a los países
analizar porque no se evitaron.
El aborto corresponde a alrededor de 1/3 de todas las
muertes y ocupa el 1° lugar en la mortalidad materna.
Fuente: Feim
Los datos reflejan que son las mujeres pobres las que
mueren en los abortos clandestinos (Católicas por el derecho a
decidir)
6.
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9. El aborto es un delito en Argentina, pero la práctica no
está penalizada en ciertas circunstancias.
¿Cuáles? Las amparadas en el Código Penal de 1921
en su artículo 85
El aborto no punible en Argentina considera dicha
práctica por un médico diplomado y con el
consentimiento de la mujer embarazada cuando :
1) peligra la vida o la salud de la mujer
2) el embarazo proviene de una violación o de un
atentado al pudor cometido sobre una mujer, idiota o
demente.
10. Ley 2394 sobre Vetada por el
protocolización de gobernador Jorge en
abortos no punibles. Diciembre de 2007
Noviembre de 2007
La provincia adhirió al fallo de la corte suprema de
justicia este año
En La Pampa, uno de los problemas que tiene su protocolo –dictado a través
de la Resolución 656/2012, del Ministerio de Salud de la provincia– es la
confidencialidad del registro de objetores de conciencia, lo que implica que
las mujeres no pueden conocer de antemano si el médico que las atiende se
declara objetor.
11. El fallo dejó tres puntos claves:
-Que la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase
de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en
atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y de legalidad. De este modo, se puso fin a
la incertidumbre relacionada con el alcance del artículo 86, inciso 2º, del Código Penal, en tanto algunas
instancias judiciales han entendido que éste sólo se aplica respecto de la víctima de una violación que
poseyera alguna discapacidad mental, criterio que llevaba a que la cuestión se judicializara a lo largo del
país con resultados adversos y, en algunos casos, con riesgo a la realización del aborto o a la salud de la
madre.
-Que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos,
debiendo practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su
representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.
-Que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un
obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones,
las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico.
Además, se exigió a las autoridades nacionales y provinciales que: deberán garantizar ante casos de
aborto no punibles “las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera
rápida, accesible y segura”. Para eso, se exhorta a las autoridades “a implementar, mediante normas del
más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles” en pos de
reducir las barreras administrativas; a brindar asistencia a las víctimas, quienes deben recibirla “en forma
inmediata y expeditiva, (…) para resguardar su salud e integridad física, psíquica, sexual y reproductiva”; y,
por último, a elaborar campañas de difusión con “especial foco en sectores vulnerables” para que las
víctimas de abusos sexuales conozcan sus derechos.
12. LEGALIZACIÓN -DESPENALIZACIÓN
Para evitar el daño en la salud y vida
El movimiento por la
de las mujeres se requiere la
despenalización busca legitimar la
legalización, se instituyan servicios
autonomía personal, el derecho a
públicos que acompañen la decisión
la intimidad y la privacidad de las
sin condicionamientos ni
personas para decidir sobre su
manipulaciones, garanticen esa
capacidad reproductiva.
decisión, e incluyan servicios post-
abortos
DESCRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO
“Mientras no logremos un análisis serio de las causas y las condiciones socio-
económicas y culturales del aborto, mientras no iniciemos un proceso
responsable de obligatorio ajuste social para eliminarlas, todo juicio y castigo
a las supuestas culpables no pasa de ser un fariseísmo moralista que se lava
las manos y la conciencia. Es cristiano y ético solidarizarse y acompañar a las
mujeres que están atravesando estas situaciones, no obstaculizando políticas
públicas que podrían salvarlas.” (Católicas por el Derecho a decidir)
13. Debate por el aborto
Martes 20 de marzo de 2012 | 13:33
Presentan proyecto en Diputados para legalizar el aborto
Volvió a la Cámara, por cuarta vez en cinco años, un escrito que es impulsado por el Frente para la Victoria; si se aprueba, toda mujer podría
interrumpir su embarazo antes de las doce semanas de gestación
Una de las marchas a favor del aborto. Foto: Archivo
a Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito presentó hoy en la Cámara de Diputados, por cuarta vez en cinco
años, el proyecto de ley para despenalizar la práctica, un paso más en el debate tras el fallo histórico de la semana pasada cuando laCorte
Suprema ratificó que no son punibles en casos de violación .
La iniciativa plantea debatir que toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce
semanas del proceso gestacional. Además acceder, para realizarlo, a los servicios del sistema de salud.
Fuera del plazo de las doce semanas el proyecto le permitiría a la mujer decidir abortar en caso que el embarazo sea producto de violación
comprobada, si su vida estuviese en riesgo o existieran malformaciones fetales graves.
La iniciativa fue impulsada por Adela Segarra, del Frente para la Victoria, pero también cuenta con la firma de los presidentes de los bloques
de la UCR, Ricardo Gil Lavedra; del GEN, Margarita Stolbizer; de Nuevo Encuentro, Martín Sabbatella, y de Unidad Popular, Claudio Lozano.
También adhieren legisladores de Proyecto Sur, Libres del Sur, el Partido Socialista, el PRO y la Coalición Cívica.
"El fallo de la Corte marca un antes y un después en este debate. El mejor momento para reinstalar la discusión en la Cámara lo que va a
permitir avanzar en la decisión de políticas públicas", dijo Segarra.
Si se aprueba el proyecto, las prácticas profesionales que permite el proyecto de despenalización del aborto se podrían efectivizar sin ninguna
autorización judicial previa. En el caso de una menor de 14 años se requeriría el asentimiento de, al menos, uno de sus padres o tutores.
La iniciativa también dispone que los médicos y el personal de salud que manifiesten objeción de conciencia respecto de la interrupción del
embarazo deberán hacerlo saber a los establecimientos donde se desempeñan..
14. En La Pampa En el país
Mujeres por la Campaña Nacional por el
Solidaridad Derecho al aborto legal,
seguro y gratuito
Foro no al veto Lesbianas y feministas por la
Foro Pampeano por el descriminalización del
derecho al aborto legal aborto.
seguro y gratuito Encuentros nacionales de
mujeres
UNLPam Universidades: Entre Ríos, Patagonia
El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Austral, Patagonia Mardel Plata …
La Pampa adhirió “al tratamiento del Proyecto de
Ley 0998-D-2010 de Interrupción voluntaria del
Otras organizaciones que
embarazo radicado en la Cámara de Diputados de adhieren (alrededor de 300)
la Nación”.
15. http://www.abortolegal.com.ar/?cat=169
http://www.catolicas.com.ar/portal/
http://www.feim.org.ar/
www.informacionaborto.blogspot.com
Aborto. Argumentos católicos a favor del derecho a decidir .Católicas por
el derecho a decidir. UNIFem.2005
La gran deuda con las mujeres. Aborto No punible. Católicas por el
derecho a decidir 2007
Vasallo Marta: en nombre de la vida. Católicas por el Derecho a Decidir.
2005
Carabajal,Mariana El Aborto en debate. Aportes para una discusión
pendiente. CDD.ADC. IPPF.FOSI.2010