1. 1. Ya que el empleado en su expediente no registra ningún tipo de
sanción, causa para despido de la corporación autónoma regional del
cauca, la causal de nulidad sería falsa motivación, por que los motivos
del despido, no son reales, por el contrario son falsos, pues éste
trabajador, tenía un buen desempeño en sus labores.
2. La causal de nulidad que aquí se presenta, es la de desviación del
poder, porque hay una mala adecuación de los fines, es decir, en un
cargo de asesor jurídico no cabe una enfermera, pero el alcalde la
escoge por ser cuota política de su partido, es decir, para un fin propio,
ya que se verá favorecido.
3. La causal para iniciar el proceso de nulidad y restablecimiento del
derecho en cuanto a que el acto administrativo no fuese motivado,
sería expedición irregular, pues se debe a cuando un acto no tiene
motivo alguno, no se justifica con un motivo para realizarse, teniendo
en cuenta que todo acto debe ser motivarse.