3. Presa Ing. Francisco C. Amelinck
Embalse Cumaripa
Uso: Riego
Gasto Ecológico: 2.5 m3/seg.
(2.5 m3/seg Puente El Peñón)
Consumo Humano: 530 L/seg.
Presa Ing. Hipólito Kwiers Rodríguez
Embalse Cabuy
Uso: Riego
Hectárea: 1000
Unidad de Operación y Mantenimiento
4. Embalse Durute
Uso: Riego:
Hectáreas: 650
Presa Ing. Germán Rovati Carballo
Embalse Guaremal
Uso: Actualmente inoperante
Unidad de Operación y Mantenimiento
5. Basamento Legal del Uso y Funcionamiento de los
Embalses.
•Decreto Nº 624. Normas Generales del Uso de los
Embalses, Gaceta Oficial Nº: 4.158 E, del 25/01/90
• Decreto 931. Obras del Embalse Cumaripa sobre el Río
Yaracuy, Gaceta Oficial Nº 28.437 del 21-09-67.
•Decreto 1674. Declara Zona Protectora a la porción, de
territorio que circunda a los embalses construidos o que
se construirán por el Ejecutivo Nacional, Gaceta Oficial Nº
32.587 de 25-10-82.
6. Unidad de Hidrología
Misión: Generar, procesar, validar y divulgar la información
básica Hidrometeorológicas de aguas superficiales, subterráneas
y clima del Estado.
Operación y Mantenimiento de la Red:
Para la operación de la red se tienen programado cinco (05)
recorridos mensuales distribuidos en Nueve (09) municipios
(Urachiche, Bruzual, Nirgua, Sucre, Veroes, Bolívar, Manuel
Monge, Cocorote y San Felipe), con el fin de hacer el cambio de
gráficas y el mantenimiento de las estaciones.
9. Unidad de Cuencas Hidrográficas
Es la unidad de planificación
sociocultural integrada, orientados a
aprovechar los recursos naturales
presentes en una cuenca, con el fin de
tratar de asegurar una sustentabilidad del
ambiente.
10. Espacio geográfico cuyos aportes hídricos
naturales son alimentados exclusivamente por las
precipitaciones y cuyos excedentes en agua o en
materia sólida transportadas por el agua, forman en
un punto espacial único, una desembocadura.
También es un territorio cuyas aguas fluyen todas a
un mismo lugar.
Esta constituida por las vertientes y los vasos de
avenamiento.
Cuencas HidrográficasCuencas Hidrográficas
13. AGUAS SUPERFICIALES
Cuerpos de aguas
naturales y artificiales que
incluyen los cauces de
corrientes naturales
continuos y discontinuos,
así como los lechos de los
lagos, lagunas y embalses.
14. Río
Es una corriente natural de agua que fluye en
forma continua con un caudal determinado,
desemboca en el mar, lago o en otro río,
denominado afluente, la parte final de un río es
su desembocadura.
Nace o se origina de una fuente permanente de
agua, que nace en la montaña (manantial) para
luego recibir aportes durante su recorrido.
17. Cauce
Desde el punto de vista geotécnico
•Es la proyección horizontal en superficie de un curso
de agua en un lecho visible.
•Es una estructura natural optimizada con balance
energético, entre el caudal que soporta y la
transformación de su energía.
•Suele alterarse con el paso del tiempo (evolucionan),
adquiriendo un dinamismo geométrico.
20. •Es la proyección vertical del cauce.
•Profundidad real del lecho.
•Es una estructura hidráulica natural que gobierna
las corrientes de agua a partir de la línea de flujo
longitudinal, principal y lateral.
Canal de Estiaje
22. •Superficies laterales a lo largo del río o curso de
agua, que separa el lecho de las planicies de
inundación, terrazas o vertientes.
Margen del Río
29. Quebrada
Paso angosto de laderas abruptas entre dos
montañas, producto de una orogénesis
violenta o fenómenos agresivos de erosión.
Es un lecho seco que solo transporta agua
como escorrentía, luego de una
precipitación.
33. *
COLMATACIÓN:
Relleno de una cuenca o
depresión de terreno, por
arrastre de materiales
sedimentarios, transportados por
el agua.
SEDIMENTACION:
Proceso mediante el cual el
material transportado es
depositado por una disminución
de la pendiente o de la
capacidad de transporte del agua
34. *
BANCO DE ARENA
Formación de montículos de
sedimentos, depositados
sobre el lecho del cauce
durante el transito del agua.
35. CRECIDA:
Término relacionado al
nivel del agua alcanzando
una elevación normal del
curso de agua en el lecho
del río.
Fenómeno de ocurrencia
de caudales relativamente
grandes y que
normalmente ocasionan
inundaciones, las aguas
colapsan el canal natural
del río.
36. INUNDACION
Término relacionado al
nivel de agua alcanzado
sobre los terrenos
aledaños al curso de
agua.
Es una elevación inusual
del nivel del curso de
agua, que provoca
desbordamiento y
posiblemente pérdidas.
43. VAGUADA:
Formaciones de nubes convectivas productoras de precipitaciones
intensas Sobre las islas norte del Caribe. Cuando llegan hasta la costa
de Venezuela Con sus características físicas originales, son capaces de
producir abundante nubosidad y precipitaciones débiles a moderadas de
poca intensidad, pero de larga duración.
DIQUE:
Son estructuras construidas en forma transversal o longitudinal, con el
propósito de controlar o confinar las aguas, bien sea de los ríos,
embalses o el mar, con el objeto de disminuir la velocidad del
escurrimiento del agua, romper la alta pendiente, estabilizar el curso
completo del agua, incluyendo a los taludes.
48. Manejo de Cuencas
Un conjunto de acciones diseñadas y programadas, con la finalidad
de hacer uso racional y sostenible de los recursos naturales
existentes en las unidades hidrográficas.
Áreas degradadas
sujetas a ser recuperadas
por el plan de manejo
integral de cuencas.
Áreas sometidas a monocultivos
a favor de la pendiente.
El fondo demuestra pérdida de
suelos ocasionados por los
procesos erosivos asociados al
escurrimiento superficial.
51. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Todas las aguas son del
dominio público. Art.304
...el Estado podrá otorgar
concesiones por tiempo
determinado..
Régimen de Contraprestaciones
Art.113
LOA
Se consideran actividades capaces
de degradar el ambiente:
3º Las alteraciones nocivas del flujo
natural de las aguas;
4º La sedimentación en los cursos y
depósitos de agua;
“...2. El aprovechamiento
racional de los suelos,
aguas, flora, fauna, fuentes
energéticas y demás
recursos naturales,
continentales y marinos....”
Art.3º
Protección del agua.
Art.127
Ley de Aguas
53. NIVEL NACIONALNIVEL NACIONAL
AUTORIDAD NACIONAL DEAUTORIDAD NACIONAL DE
LAS AGUASLAS AGUAS
MINAMBMINAMB
NIVEL ESTADALNIVEL ESTADAL
EN PRINCIPIO NOEN PRINCIPIO NO
TIENE COMPETENCIASTIENE COMPETENCIAS
SALVO 165 CRBVSALVO 165 CRBV
NIVEL MUNICIPALNIVEL MUNICIPAL
C.R.B.V (Art. 178)C.R.B.V (Art. 178)
LEY ORGÁNICA DELLEY ORGÁNICA DEL
PODER PUBLICOPODER PUBLICO
MUNICIPALMUNICIPAL
Art. 56Art. 56
54. LEY DE AGUAS
Gaceta Oficial de la República Bolivariana deGaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 38.595 de fecha 02 de Enero de 2007.Venezuela No. 38.595 de fecha 02 de Enero de 2007.
55. ObjetoObjeto
(Art. 1)(Art. 1)
Establece las disposiciones que rigen
la conservación y gestión integral de
las aguas, como elemento
indispensable para el desarrollo
sustentable del país.
De carácter estratégico e interés de
Estado.
56. Son bienes del dominio público de la Nación (Art. 6)
1. Todas las aguas del territorio nacional, sean continentales,
marinas e insulares, superficiales y subterráneas.
2. Todas las áreas comprendidas dentro de una franja de Ochenta
Metros (80m.) a ambas márgenes de los ríos no navegables o
intermitentes y cien metros (100 m.) a ambas márgenes de los ríos
navegables, medidos a partir del borde del área ocupada por las
crecidas, correspondientes a un período de retorno de dos coma
treinta y tres (2,33) años.
Quedan a salvo, en los términos que establece esta Ley, los derechos
adquiridos por los particulares con anterioridad a la entrada en
vigencia de la misma.
58. Instrumentos de GestiónInstrumentos de Gestión (Art. 41)(Art. 41)
1. El Subsistema de Información de las Aguas.
2. Los Planes de Gestión Integral de las Aguas.
3. El control administrativo previo para el
uso de las aguas.
4. El Registro Nacional de Usuarios de las
Fuentes de las Aguas.
5. El sistema económico financiero.
59. AREAS NATURALES, PROTEGIDAS Y AREAS DE USOAREAS NATURALES, PROTEGIDAS Y AREAS DE USO
ESPECIAL PARA LA GESTION INTEGRAL DE LAS AGUAS.ESPECIAL PARA LA GESTION INTEGRAL DE LAS AGUAS.
(Art. 53)
1. Las zonas protectoras de cuerpos de agua.
2. Las reservas hidráulicas.
3. Aquellas Áreas bajo Régimen de Administración Especial tales
como: Parques Nacionales, Monumentos Naturales, Refugios de Fauna
Silvestre y Reservas Forestales, entre otras figuras jurídicas que
constituyan reservorios tanto de agua superficiales como subterráneas .
60. Zonas Protectoras de Cuerpos de AguaZonas Protectoras de Cuerpos de Agua ((Art. 54)Art. 54)
Su objetivo fundamental es proteger áreas sensibles de
las cuales depende la permanencia y calidad del recurso y
la flora y fauna silvestre asociada.
Se declaran zonas protectoras de cuerpos de
agua:
1. La superficie definida por la circunferencia de
trescientos metros de radio en proyección horizontal con
centro en la naciente de cualquier cuerpo de agua.
61. Zonas Protectoras de Cuerpos de AguaZonas Protectoras de Cuerpos de Agua ((Art. 54Art. 54))
2. La superficie definida por una franja de trescientos
metros a ambas márgenes de los ríos, medida a
partir del borde del área ocupada por las crecidas
correspondientes a un período de retorno de dos
coma treinta y tres (2,33) años.
3. La zona en contorno a lagos y lagunas naturales, y
a embalses construidos por el Estado, dentro de los
límites que indique la reglamentación de esta Ley.
62. (1)(1)
radio =radio =
300 m300 m
RÍORÍO
300 m300 m
300 m300 m
(2)(2) Nivel máximo (crecida):
2,33 años período de retorno
(2)
(1)
(2)
(1)
(1)
63. CLASIFICACION DEL USO DE LAS AGUASCLASIFICACION DEL USO DE LAS AGUAS (Art. 61)
1. Usos no sujetos al cumplimiento de formalidades especiales
conforme a esta Ley, tales como los domésticos, para abrevar
ganado y navegación.
2. Usos con fines de aprovechamiento sujetos a la tramitación de
concesiones, asignaciones y licencias:
Abastecimiento a poblaciones
Agrícolas
Actividades industriales.
Generación de energía hidroeléctrica
Comerciales.
64. CLASIFICACION DEL USO DE LAS AGUASCLASIFICACION DEL USO DE LAS AGUAS (Art. 75 y 80)
Los usos con fines de aprovechamiento de agua para generación
hidroeléctrica, actividades industriales y comerciales, serán
sujetos al otorgamiento de una concesión o asignación.
Los usos de agua en sus fuentes superficiales y subterráneas, con fines
de abastecimiento a poblaciones, agrícola y recreacionales sin fines de
lucro, están sujetos a la obtención de una licencia de aprovechamiento
de aguas.
65. REGISTRO NACIONAL DE USUARIOSREGISTRO NACIONAL DE USUARIOS
Y USUARIAS DE LAS FUENTES DEY USUARIAS DE LAS FUENTES DE
LAS AGUAS.LAS AGUAS.
66. UUSUARIO oSUARIO o UUSUARIASUARIA (Art. 59)
Toda persona natural o jurídica que realice
un aprovechamiento lícito directamente en
la fuente, entendida ésta como el curso de
agua natural, acuíferos, lagos, lagunas o
embalses, para abastecimiento de agua a las
poblaciones, riego, generación de energía
hidroeléctrica, uso industrial y uso
comercial.
67. LEY DE AGUASLEY DE AGUAS
Artículo 84. Se crea el Registro Nacional de Usuarios
y Usuarias de las Fuentes de las Aguas, como un
sistema automatizado de cobertura nacional para el
manejo de datos de información de los distintos usos
de las aguas continentales, superficiales y
subterráneas, marinas e insulares.
BASES LEGALESBASES LEGALES
68. Artículo 85. El objetivo del Registro Nacional de
Usuarios y Usuarias de las Fuentes de las Aguas, es
servir de instrumento de apoyo para el control
administrativo de los usos del recurso y los planes
de gestión integral de las aguas, así como para la
protección de los derechos de los usuarios.
BASES LEGALESBASES LEGALES
69. Artículo 86. La inscripción en el Registro
Nacional de Usuarios y Usuarias de las Fuentes de
las Aguas, tendrá carácter obligatorio para todos
los usos sujetos a tramitación de concesiones,
asignaciones y licencias.
BASES LEGALESBASES LEGALES
70. Artículo 87. El Registro Nacional de Usuarios y
Usuarias de las Fuentes de las Aguas, tendrá
carácter público y constituirá un medio de prueba
de la existencia de los derechos de uso del recurso.
BASES LEGALESBASES LEGALES
71. RESOLUCIÓN Nº 0000016 de fecha 25/01/2010.RESOLUCIÓN Nº 0000016 de fecha 25/01/2010.
Gaceta Oficial Nº 39.361 de fecha 04/02/2010.Gaceta Oficial Nº 39.361 de fecha 04/02/2010.
Normas sobre el Registro Nacional de Usuarios
y Usuarias de las Fuentes de las Aguas.
BASES LEGALESBASES LEGALES
72. Planilla de Registro Nacional de Usuarios y
Usuarias de las Fuentes de las Aguas.
73.
74.
75. Modelo de Constancia de Registro Nacional de
Usuarios y Usuarias de las Fuentes de las Aguas.