Diese Präsentation wurde erfolgreich gemeldet.
Die SlideShare-Präsentation wird heruntergeladen. ×

Ana Matute. Reglas de aplicación del reajuste tarifario por IPM.pdf

Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Anzeige
Wird geladen in …3
×

Hier ansehen

1 von 12 Anzeige

Weitere Verwandte Inhalte

Ähnlich wie Ana Matute. Reglas de aplicación del reajuste tarifario por IPM.pdf (20)

Anzeige

Aktuellste (20)

Ana Matute. Reglas de aplicación del reajuste tarifario por IPM.pdf

  1. 1. Presentado por: Dirección de Regulación Tarifaria Agosto de 2022 Reglas de aplicación del reajuste tarifario por IPM
  2. 2. Contenido Qué es el IPM Componentes del IPM Obligación Legal para la Aplicación del IPM Cálculo del IPM Reajuste de las Tarifas Aplicación del Prorrateo 1 2 3 4 5 6
  3. 3. I. ¿Qué es el Índice de Precios al Por Mayor (IPM)? IPC a nivel Nacional Índice de Precios al Por Mayor Índice de Precios de Maquinaria y Equipo IPC de Lima Metropolitana Índice de Precios de Materiales de Construcción Índice Unificado de Precios de la Construcción Índice de Precios de Comercio Exterior Es un indicador económico que muestra la variación en los precios de un conjunto de bienes que se transan en el canal de comercialización mayorista. Incluye en su composición bienes de demanda intermedia, bienes de consumo final y bienes de capital, clasificados por su origen en nacionales e importados y, de acuerdo a tres sectores productivos: agropecuario, pesca y manufactura. Fuente: INEI
  4. 4. II. Componentes del IPM 336 Productos Nacionales 125 Productos Importados Manu- factura Agrope- cuario • Maíz • Arroz • Cebolla, zanahoria, papa Pesca • Jurel • Perico • Corvina Manu- factura Agrope- cuario • Algodón • Lenteja Pesca • Sin producto Ponderación 75.92% Ponderación 24.08% • Petróleo diésel • Resinas de PVC, neumáticos para camión, motores eléctricos • Varillas de construcción • Planchas de acero • Cargadores y topadoras frontales, grupos electrógenos y vehículos para el transporte, cascos de seguridad • Combustibles: petróleo industrial, diésel, GLP • Cemento, clavos, envases de vidrio, tubos de PVC • Detergentes ,leche evaporada Fuente: INEI
  5. 5. III. Obligación Legal para la Aplicación del IPM TUO DEL LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento Artículo 80.- Reajuste automático La empresa prestadora reajusta automáticamente sus tarifas por los servicios de saneamiento y los precios de los servicios colaterales, cada vez que se acumule una variación de por lo menos tres por ciento (3%) en el Índice de Precios al por Mayor (IPM) a nivel nacional que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Artículo 73.- Reajuste automático de las tarifas 73.1. Los prestadores de servicios de saneamiento del ámbito urbano reajustan las tarifas automáticamente cada vez que se acumule una variación de, por lo menos, tres por ciento (3%) en los índices de precios que determine la Sunass.
  6. 6. IV. Cálculo de la Variación del IPM (1/2) ∅ = ( 𝐼𝑃𝑀𝑡 𝐼𝑃𝑀0 ) − 1 ∅: Variación acumulada del IPM 𝐼𝑃𝑀𝑡: IPM del mes anterior al momento del cálculo. 𝐼𝑃𝑀0: IPM del mes base Reglamento General del Tarifas Artículo 81.1 INEI: IPM mensual Se publica el 1 de cada mes el índice del mes anterior.
  7. 7. IV. Cálculo de la Variación del IPM (2/2) Año Mes índice 2020 Enero 108.359098 Febrero 108.211353 Marzo 108.515766 Abril 108.271432 Mayo 108.140915 Junio 107.974709 Julio 108.550999 Agosto 108.917620 Setiembre 109.053479 Octubre 109.325709 Noviembre 109.722593 Diciembre 110.440773 2021 Enero 111.618515 Febrero 112.808299 Marzo 114.623015 Abril 114.611266 Mayo 115.857859 Junio 117.973983 Julio 119.753337 Agosto 121.969409 Setiembre 123.389081 Octubre 124.514873 Noviembre 124.978250 Diciembre 125.433801 2022 Enero 125.108313 Febrero 125.677568 Marzo 127.907810 Abril 129.571076 Mayo 131.757744 Junio 132.259752 Julio 134.846248 Agosto 125.108313 “Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Agua Perú S.A.” EJEMPLO: Aprobación de Estudio Tarifario de la EPS Agua Perú S.A.: 20/feb/2020 ∅ febrero 2021: Sucesivos reajustes de la EPS Agua Perú S.A. INEI: IPM mensual Se publica el 1 de cada mes: índice del mes anterior. ∅ junio 2021: 3.01% 3.80% ∅ = ( 𝐼𝑃𝑀𝑡 𝐼𝑃𝑀0 ) − 1
  8. 8. V. Reajuste de las Tarifas • INEI • Aplico fórmula • Acumula una variación de por lo menos 3% Seguimiento y Cálculo mensual fórmula para aplicar el reajuste automático Reajuste automático Previa publicación en el diario oficial El Peruano o en un diario de mayor circulación de su ámbito de responsabilidad, dando cuenta a la Sunass Difusión del reajuste automático 𝑡𝑟 = 𝑡𝑎 ∗ (1 + ∅) 𝑡𝑟: Tarifa o precio ajustado 𝑡𝑎: Tarifa o precio actual EPS Agua Perú S.A. • Aplica de manera uniforme: todas las categorías de usuarios y localidades, tanto en el CF y CV. • El plazo máximo para su aplicación es de 90 días calendario posteriores al vencimiento del mes en el que se acumuló el 3%. • Se aplica a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación en el diario escogido. Clase Categorías de usuarios Tarifa AP (S//m3) Residencial Social 0.79 Domestico 0.80 No Residencial Comercial y otros 1.57 Industrial 4.68 Estatal 1.57 𝑡𝑟 𝑡𝑎 Tarifa AP (S//m3) 0.81 0.82 1.62 4.82 1.62
  9. 9. VI. Aplicación del Prorrateo (1/3) Reglamento General del Tarifas Modificación RCD Nº 072-2021-SUNASS-CD (12/12/2021) • Artículo 82.4 82.4. Si durante el plazo señalado en el párrafo 82.3. (90 días) se acumula nuevamente una variación de por lo menos 3% en el IPM, es facultad de la empresa prestadora aplicar cada uno de los reajustes automáticos de forma prorrateada y uniforme en dos o tres ciclos de facturación consecutivos. El plazo para aplicar un siguiente reajuste automático es de noventa días calendario posteriores al último ciclo de facturación en el que se aplicó un reajuste automático prorrateado. La empresa prestadora en la publicación debe informar sobre la aplicación prorrateada del reajuste automático y publicar en su portal institucional la estructura tarifaria que corresponda a cada ciclo de facturación. La empresa prestadora debe dar cuenta de ello a la Sunass, una vez emitido el comprobante de pago correspondiente.
  10. 10. VI. Aplicación del Prorrateo (2/3) Reglamento General del Tarifas Modificación RCD Nº 072-2021-SUNASS-CD • Artículo 82.4 01/Feb 01/Ene 01/Mar 01/Abr 01/May 01/Jun 3.04% 90 d.c. 01/Jul 01/Ago 01/Oct 01/Set 3.10% 1° Ciclo Fac 2° Ciclo Fac 3° Ciclo Fac IPM1 IPM2 “Prorrateada y uniforme” 90 d.c. “Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Agua Perú S.A.” 1° Ciclo Fac 2° Ciclo Fac 3° Ciclo Fac “Prorrateada y uniforme” 01/Nov 01/Dic 01/Ene 01/Feb 2022 2021
  11. 11. 0% 3% 6% 31-May 30-Jun 31-Jul 31-Ago 30-Set 31-Oct 30-Nov 31-Dic 31-Ene 28-Feb 31-Mar 30-Abr 31-May 30-Jun 31-Jul 31-Ago 2021 2022 ∆ IPM Nivel tarifario Índice de Precios al por Mayor Plazo máximo: 90 d.c. Plazo máximo: 90 d.c. Condición para aplicación del ajuste prorrateado: El ajuste prorrateado se aplica si existen 2 o más acumulaciones mayores o iguales al 3% durante el plazo de 90 d.c posterior a una primera acumulación. Inicio → Acumulaciones posteriores De existir acumulaciones IPM consecutivas, los reajustes tarifarios correspondientes darán inicio cuando termina la aplicación progresiva de la acumulación previa, según "orden de llegada" (Reajustes secuenciales, no simultáneos). Un límite Si una acumulación de IPM se da tres meses después de la última acumulación del IPM, el reajuste tarifario correspondiente se realizará bajo el mecanismo vigente, (respetando el orden de ajustes previos). 12 13 14 15 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 VI. Aplicación del Prorrateo (3/3) Fuente: DPN
  12. 12. Presentado por: Dirección de Regulación Tarifaria Agosto de 2022 Reglas de aplicación del reajuste tarifario por IPM

×