4. unidad i. tema 04.- los tributos, clasificación y su tipología
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LOS TRIBUTOS
CLASIFICACIÓN. TIPOLOGÍA
(Tema: 4)
Esta presentación fue elaborada sólo con fines didácticos y sin fines de lucro por parte de su autor por lo que, su utilización para fines
comerciales no es aconsejable ya que violaría principios elementales de propiedad intelectual, generando conflictos innecesarios en tu
persona en el grado intelectual superior llamado “Conciencia”.
Julio César Díaz Valdez/UGMA/2013-2014
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LOS TRIBUTOS CLASIFICACIÓN. TIPOLOGÍA
Tributos: Son prestaciones exigidas en dinero por el estado en ejercicio de su poder de imperio en virtud
al de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines (Vid. artículo 133
de la CRBV y artículo XXXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre)
Se considera como Tributo:
Las Tasas: Retribución de los particulares al Estado por la prestación de un servicio público, cuya
fuente es la ley y no el precio, Ejemplos: El peaje., tasas aeroportuarias , etc.
La Contribución Especial: Tributos establecidos por la Ley por lo beneficios individuales y grupales
obtenidos de la utilización de una obra pública.
El Impuesto: Tributo exigido por el estado a quien la Ley considera imponible, siendo esta
imponibilidad ajena a toda actividad del estado: impuesto por la capacidad económica personal.
Recursos Parafiscales: Tributos que no ingresan al Tesoro Nacional sino a los entes recaudadores y
que persiguen un fin social: Los aportes al Instituto Venezolano de Seguro Social (IVSS) o a la
“Política Habitacional” (Vid. Sentencia de la SC., de fecha 28/11/2011, Caso: BANAVIH), Exp- 11-
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Fines Esenciales
del Estado
Venezolano
Desarrollo de la personalidad y
respeto a su dignidad
Ejercicio democrático de la
voluntad popular
Construcción de una sociedad
justa
Bienestar del pueblo y la garantía
del cumplimiento de los principios,
deberes y derechos reconocidos en
la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV)
Educación y trabajo son los procesos
fundamentales
Art. 3
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Clasificación Legal (Vid. Artículo 133 de la CRBV)
• IMPUESTOS
• TASAS
• CONTRIBUCIONES
LOS TRIBUTOS CLASIFICACIÓN.TIPOLOGÍA
Julio César Díaz Valdez/UGMA/2013-2014
5. Julio César Díaz Valdez
Asesor Tributario de la Cámara de Comercio
Consultor Jurídico de la firma Merino & Asociado
Correo: juliodiaztributos@gmail.com
http://apuntesdetributo.blogspot.com
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individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer la información correcta y oportuna, no puede haber garantía
de que dicha información sea correcta en la fecha que se recibe o que continuará siendo correcta en el futuro.