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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO
Mg.CPC. Winston Rolando Reaño Portal
GESTIÓN INSTITUCIONAL
DIMENSIÓN
FINANCIERA
DIMENSIÓN
ESTRATÉGICA
Excelencia
Desarrollo
Competitividad
DIMENSIÓN
OPERATIVA
DIMENSIÓN
PRESUPUESTARIA
GESTIÓN INSTITUCIONAL
GESTIÓN
FINANCIERA
GESTIÓN
ESTRATÉGICA
GESTIÓN OPERATIVA
GESTIÓN
PRESUPUESTARIA
Visión
Misión
Objetivos estratégicos
Evaluación Estratégica
Largo Plazo
Presupuesto Institucionales
Modificaciones
Programaciones
Evaluación Presupuestal
Corto Plazo
Personal
Abastecimiento
Tesorería
Estados Financ.
Evaluac. Financiera
Corto Plazo
Objetivos Operativos
Metas Operativas
Evaluación Operativa
Corto Plazo
SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO
Ley SAFI – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público N° 28112
EL SISTEMA NACIONAL DE
PRESUPUESTO
Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL
Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL
SISTEMA DE PRESUPUESTO PÚBLICO
 El Sistema Nacional de Presupuesto, es uno de los sistemas administrativos
integrantes de la Administración Financiera del Sector Público. Comprende un
conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso
presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público en sus fases
de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación.
 El Sistema Nacional de Presupuesto se rige por la Ley N° 28112 Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Publico y la Ley N° 28411 Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
 De acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, éste está
integrado por la Dirección General del Presupuesto Público (DGPP), dependiente del
Vice Ministerio de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas y por las Oficinas
de Presupuesto, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran
fondos públicos.
Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL
SISTEMA DE PRESUPUESTO PÚBLICO
¿Qué es el Presupuesto Público?
Es un instrumento de gestión del Estado para el logro de
resultados a favor de la población, a través de la prestación
de servicios y logro de metas de cobertura con equidad, eficacia y
eficiencia por las Entidades Públicas. Establece los límites de
gastos durante el año fiscal, por cada una de las Entidades del
Sector Público y los ingresos que los financian, acorde con la
disponibilidad de los Fondos Públicos, a fin de mantener el
equilibrio fiscal.
El Sistema Nacional de Presupuesto
 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
 LEY Nº 28112 – “LEY MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO”
(En materia presupuestal todo lo relacionado al Título III - Sistema Nacional de Presupuesto).
 TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 28411 – “LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
PRESUPUESTO D.S. N° 304-2012/EF”.
 LEY Nº 30099 – “LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL”
(Marco Macroeconómico).
 LEY N° 30372 – “LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016”.
 DIRECTIVA N° 005-2010-EF/76.01 “DIRECTIVA PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA”
Y MODIFICATORIAS.
 DIRECTIVA Nº 001-2015-EF/50.01 “DIRECTIVA PARA LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES EN EL MARCO
DE PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO
FISCAL 2016”.
 DIRECTIVA Nº 002-2015-EF/50.01 “DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN ANUAL DEL
PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO, CON UNA PERSPECTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL”.
 DIRECTIVA PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA
GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Base Legal:
 Constitución Política del Perú
Art. 74 Principio de Legalidad
Art. 77 Presupuesto Público
Art. 78 Proyectos de Ley de Presupuesto
Art. 79 Restricciones en el Gasto Público
Art. 80 Sustentación del Presupuesto Público;
EL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
NORMATIVIDAD
Base Legal:
 Ley N° 28112, Ley marco de la Administración Financiera del
Sector Público (SAFI).
 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.
Principios Presupuestales
Principales atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto
Público:
•Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del
proceso presupuestario;
•Elaborar el anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto;
•Emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;
•Efectuar la programación mensualizada del Presupuesto de
Ingresos y Gastos;
El Sistema Nacional de Presupuesto
El Sistema Nacional de Presupuesto
Base Legal:
 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.
Principales atribuciones de la Dirección Nacional del
Presupuesto Público:
• Promover el perfeccionamiento permanente de la
técnica presupuestaria; y
• Emitir opinión autorizada en materia presupuestal.
Leyes de Presupuesto Anuales.
 Directivas formulación, aprobación y ejecución
presupuestal.
El Sistema Nacional de Presupuesto (SNP)
DGPP
PRINCIPALES
FUNCIONES • Planear y dirigir la
programación, formulación,
ejecución y evaluación del
presupuesto Público
• Emitir Opinión en materia
presupuestal
PLANEACIÓN Y
SUPERVISIÓN
GESTIÓN• Llevar adelante la ejecución
del presupuesto autorizado
orientándolo al cumplimiento
de las metas programadas en
las actividades y proyectos
• Coordinar con la DGPP las
pautas a seguir en materia
presupuestal
ORIENTACIÓN Y
COORDINACIÓN
Entidad Pública
Poderes del Estado
Ministerios
Gobiernos Regionales
Gobiernos Locales
Instituciones Públicas
Universidades
PRINCIPALES
FUNCIONES
EJECUCIÓN Y
EVALUACIÓN
INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
PRESUPUESTO
LA ENTIDAD PÚBLICA
LA OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA
ENTIDAD PÚBLICA
ATRIBUCIONES DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DEL
PRESUPUESTO PÚBLICO
Programar, dirigir,
coordinar, controlar y
evaluar la gestión del
Proceso Presupuestario
Elaborar el anteproyecto de
la Ley de Presupuesto
Emitir Directivas y normas
complementarias
Regular la programación
mensual del Presupuesto de
Ingresos y Gastos.
Promover el
perfeccionamiento
permanente de la técnica
presupuestaria
Emitir opinión autorizada
en materia presupuestal
2
5
Atribuciones Dirección General del Presupuesto Público
1. Todo organismo con personería jurídica comprendidos.
En los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local,
incluidos sus respectivos Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas.
2. Constituyen Pliegos Presupuestarios las Entidades Públicas
a los que se le aprueba un crédito presupuestario en la Ley
de Presupuesto.
3. Los Pliegos Presupuestarios se crean o suprimen mediante
Ley.
Entidad Pública
Responsable de conducir el
proceso presupuestario de la
Entidad, sujetándose a las
disposiciones que emita la DGPP.
Coordina y controla la ejecución
de ingresos y gastos
autorizados en los presupuestos y
modificaciones
Organiza, consolida, verifica y
presenta la información que se
genera
ATRIBUCIONES DE LA
OFICINA DE PRESUPUESTO
DE LA ENTIDAD
Atribuciones de la Oficina de la Entidad Pública
1
En Presupuesto es responsable solidario con el
organismo colegiado de la entidad; puede delegar esta
responsabilidad cuando lo establezca la Ley General, las
Leyes anuales de Presupuesto o la norma de creación de
la entidad
Es la más alta Autoridad
Ejecutiva
Concordar el POI con su
Presupuesto Institucional y su Plan
Estratégico Institucional
RESPONSABILIDADES DEL
TITULAR DE LA ENTIDAD
PÚBLICA
Lograr que los objetivos y metas
establecidos en el POI y Presupuesto
Institucional se reflejen en las
estructuras funcionales de la Entidad
Efectuar la Gestión
presupuestaria, en las fases de
Programación, Formulación,
Aprobación, Ejecución y
Evaluación y Control del Gasto
2
3
Responsabilidades del Titular de la Entidad Pública
Fases del Proceso Presupuestario
I
PROGRAMACION
IV
EJECUCION
V
EVALUACION
II
FORMULACION
III
APROBACION
SISTEMA
NACIONAL DE
PRESUPUESTO
RESPONSABILIDAD
Y
TRANSPARENCIA
MARCO
MACRO
ECONOMICO
PLANES
ESTRATEGICOS
PRIORIDADES
NACIONALES
CONTROL
SIAF
Aplicabilidad
PROGRAMACIÓN
Y FORMULACION
FEBRERO-JUNIO
APROBACION
DICEMBRE
PROGRAMACION
MARZO
PROGRAMACION
JUNIO
PROGRAMACION
SETIEMBRE
EVALUACION
SEMESTRAL
JULIO
ENERO E J E C U C . y CONTROL DICIEMBRE
EVALUACION
ANUAL
MARZO- MAYO
CIERRE – CONC.
ENERO
FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
MENSUALIZACION
NOVIEMBRE
PROYECCIONES DE INGRESOS
CÓMO SE DETERMINA EL MONTO GLOBAL DEL
PRESUPUESTO PÚBLICO
PROYECCIONES
MACROECONOMICAS +
POLITICAS TRIBUTARIAS
Y ARANCELARIAS
RATIO: DEUDA PUBLICA / PBI
DECRECIENTE
PROYECCIONES
DE INGRESOS
META DE DEFICIT
FISCAL
FINANCIAMIENTO
DEL DEFICIT
FISCAL Y
PROYECCION DE
SERVICIO DE LA
DEUDA PUBLICA
GASTO PÚBLICO
PRESUPUESTO
PÚBLICO
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
DGPP
RO
RDR
ROC
DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
INGRESOS DETERMINADOS
Optimizar la
prestación de
servicios a la
población
2. ESTIMACION DE
INGRESOS DIFERENTES A
Recursos Ordinarios
3. DEMANDA
GLOBAL
1. OBJETIVOS
INSTITUCIONALES
Programación
RECURSOS PUBLICOS
MARCO
MACROECONOMICO
MULTIANUAL
FORMULACIÓN PRESUPUESTAL
PLIEGO
PRESUPUESTARIO
DGPP
ESTRUCTURA
FUNCIONAL
PROGRAMATICA
METAS PRESU-
PUESTARIAS
ESCALA DE
PRIORIDADES
CADENAS DE GASTO
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
PLANEAMIENTO
Y PROGRAMACION
EN GASTOS DE
ACUERDO AL PLAN
OPERATIVO
INSTITUCIONAL
(POI)
CATEGORIAS PRESUPUESTARIAS
1. Programas Presupuestales con
enfoque en Resultados
2. Acciones Centrales
3. Asignaciones Presupuestarias que no
resultan en Producto APNOP
Formulación
APROBACIÓN PRESUPUESTAL
EL MINISTRO DE
ECONOMIA Y
FINANZAS PRESENTA
EL PROYECTO DEL
PPTO DEL SECTOR
PUBLICO
CONGRESO DE
LA REPUBLICA
CONGRESO DE
LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DEL CM Y EL
MINISTRO DE ECONOMIA Y
FINANZAS SUSTENTAN LA
INICIATIVA PRESUPUESTAL
ANTE EL CR
PRESENTACION
DEL PPTO
COMISION DE
PRESUPUESTO Y
CUENTA GENERAL DE
LA REPUBLICA
EVALUACION Y
ANALISIS DETALLADO
EN SESIONES
PUBLICAS
DICTAMEN ES
SUSTENTADO ANTE
EL PLENO
DICTAMEN APROBADO
(50% + 1 de
Congresistas presentes)
CASO CONTRARIO, EL PODER EJECUTIVO
MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO
PROMULGARÁ EL PROYECTO DE LEY
APROBACIÓN
MEF
DEBATE EN EL
PLENO
APROBACIÓN PRESUPUESTAL
CONGRESO DE
LA REPUBLICA
COMISION DE
PRESUPUESTO Y
CUENTA GENERAL DE
LA REPUBLICA
DICTAMEN ES
SUSTENTADO ANTE
EL PLENO
Y LAS LEYES ANUALES
FUERON PUBLICADAS
EL 06-DIC-2015
El PLENO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA APROBO LA
LEY DE PRESUPUESO (LEY N° 30372), DEL EQUILIBRIO
FINANCIERO (LEY N° 30373) Y DE ENDUDAMIENTO (LEY
N° 30374) PARA EL AÑO FISCAL 2016
APROBACIÓN
DEBATE EN EL
PLENO
GESTIÓN PRESUPUESTAL 2016
ANTECEDENTES
 El SIAF en el Perú se crea como una forma de
mejorar el registro y el control del gasto público en
respuesta a las crisis fiscales y macroeconómicas
de ese momento.
 El SIAF es una herramienta informática estándar de
registro: Programación Presupuestal y Financiera,
Ejecución de Gastos e Ingresos y Contabilidad.
 El SIAF ha evolucionado en cuanto a su rol y a su
contribución a los procesos de modernización de la
gestión financiera pública, mas no ha contribuido a
la mejora de la calidad del gasto público.
26
SIDIF
SIAF
SIIF
SIGFE
SIAFI 1986
1996
1998
1991
1995
1990
SIAF
IMPLANTACIÓN DEL SIAF EN AMÉRICA LATINA
27
Ley Nº 28112 Marco de la Administración
Financiera del Sector Público
______________________________________________________________
Artículo 10º Registro Único de Información
•10.1 El registro de la información es único y de uso obligatorio por parte
de todas las entidades y organismos del Sector Público, a nivel Nacional,
Regional y Local y se efectúa a través del Sistema Integrado de
Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) que administra el
Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Comité de Coordinación.
•10.2 EL SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro,
procesamiento y generación de la información relacionada con la
Administración Financiera del Sector Público, cuyo funcionamiento y
operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad aprobada por
los Órganos Rectores.______________________________________________________________
28
IMPLANTACIÓN DEL SIAF EN EL PERÚ
PLAN - PRESUPUESTO
POI
¿Qué haremos?
¿Cuánto haremos?
¿Cómo lo mediremos?
¿Quiénes son los Responsables?
Aterrizaje
Sueños
PND
PESEM
PEI
PDRC
PDLC
2021
2016
¿Ha donde iremos?
¿Cómo nos vemos en el futuro?
¿Cómo lo lograremos?
¿Quiénes son los Responsables?
Art. N° 71 TUO de la Ley N° 28411 General del Sistema Nacional
de Presupuesto - Aprobado mediante D.S. N° 304-2012-EF
CATEGORIAS PRESUPUESTAL 2016
Plan Operativo
Institucional
¿Qué haremos?
¿Cuánto haremos?
¿Cómo lo mediremos?
¿Quiénes son los Responsables?
Aterrizaje
2016
PROGRAMAS CON ENFOQUE
A RESULTADOS
ACCIONES CENTRALES
ASIGNACIONES
PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN
PRODUCTO
PRESUPUESTO
POI
Aplicar PpR al 100% al presupuesto
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Proyectos
Productos
Actividades
PRESUPUESTO
PROGRAMAS CON ENFOQUE
A RESULTADOS
ACCIONES
CENTRALES
PRESUPUESTO
ASIGNACIONES
PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN
PRODUCTO
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
PROGRAMAS CON ENFOQUE
A RESULTADOS
ACCIONES
CENTRALES
PRESUPUESTO ASIGNACIONES
PRESUPUESTALES
QUE NO RESULTAN
PRODUCTO
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Productos ACTIVIDADES
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Productos
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Proyectos
COMPONENTES
EQUIPAMIENTO
INFRAESTRUCTURA
CAPACIDADES
OBRAS
ACCIÓN DE INVERSIÓN
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
COMPONENTES
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Proyectos
Productos
Actividades
PRESUPUESTO
Finalidad
Unidad de Medida
Cantidad
META
PRESUPUESTAL
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Finalidad Unidad de Medida
Cantidad
META PRESUPUESTAL
Ubicación Geográfica
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
Finalidad
Unidad de Medida
Cantidad
META
PRESUPUESTAL
Bienes y…..
Servicios
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
CLASIFICADORES
PRESUPUESTAL
Bienes y…..
Servicios
CLASIFICADORES
GASTOS
CADENAS PROGRAMATICAS 2016
CLASIFICADORES
PRESUPUESTAL
CLASIFICADORES
INGRESOS
FUENTES DE FINANCIAMIENTO
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Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del
gasto público
4.1 Las entidades públicas sujetan la ejecución de sus
gastos a los créditos presupuestarios autorizados
en la Ley de Presupuesto del Sector Público,
aprobada por el Congreso de la República, y
modificatorias en el marco del artículo 78 de la
Constitución Política del Perú y el artículo I del Título
Preliminar de la Ley 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del
gasto público
4.2 Todo acto administrativo, acto de administración o las
resoluciones administrativas que autoricen gastos no son
eficaces si no cuentan con el crédito presupuestario
correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan
la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios,
bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así
como del jefe de la Oficina de Presupuesto y del jefe de la
Oficina de Administración, o los que hagan sus veces, en el
marco de lo establecido en la Ley 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 5. Control del Gasto
5.1 Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la
Oficina de Presupuesto y el jefe de la Oficina de
Administración, o los que hagan sus veces en el
pliego presupuestario, son responsables de la
debida aplicación de lo dispuesto en la presente
Ley, en el marco del principio de legalidad, recogido
en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley
27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 5. Control del gasto
5.2 La Contraloría General de la República verifica el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y las
demás disposiciones vinculadas al gasto público en
concordancia con el artículo 82 de la Constitución Política
del Perú. Asimismo y bajo responsabilidad, para el gasto
ejecutado mediante el presupuesto por resultados, debe
verificar su cumplimiento bajo esta estrategia. El resultado
de las acciones efectuadas en cumplimiento de lo
establecido en el presente numeral, es informado a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República
del Congreso de la República, en el más breve plazo.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 6. Ingresos del personal
Prohíbese en las entidades del Gobierno Nacional,
gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o
incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas,
asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos,
compensaciones económicas y beneficios de toda
índole, cualquiera sea su forma, modalidad,
periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento.
Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas
bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos,
retribuciones, dietas, compensaciones económicas…
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 6. Ingresos del personal
y beneficios de toda índole con las mismas
características señaladas anteriormente.
Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las
limitaciones legales establecidas por la presente norma y
disposiciones legales vigentes. La prohibición incluye el
incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse
dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las
escalas remunerativas respectivas
Sentencia_TribunalT00003-2013-AI 00004-2013-AI 00023-
2013-AI 03.09.2015
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 7. fija los Aguinaldos, Gratificaciones y Escolaridad
Art. 8° Medida en Materia de Personal
Numeral 8.1 Limitaciones para Nombrar Personal salvo algunos
supuestos y el ingresos a la Administración Pública es por Concurso
Público de Méritos. (Sentencia del caso Rosalía Beatriz Huatuco
Huatuco)
Numeral 8.2 Prohibición para el Pago de Horas Extras.
Art. 10° Medida en materia de Bienes (prohibiciones)
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
Numeral 10.1 Prohíbese los viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan
mediante resolución del titular de la entidad:
a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos
comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones
económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el
Perú.
b) Los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de
inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos,
los altos funcionarios y autoridades del Estado señalados en el
artículo 2 de la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los
Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y Dicta Otras
Medidas, y modificatoria; con excepción de los Ministros de
Estado cuyas autorizaciones se aprueban mediante Resolución
Suprema, y de los Gobernadores Regionales, Consejeros
Regionales, Alcaldes y Regidores cuyas autorizaciones se
aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo
Municipal, según corresponda.
d) Los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
e) Los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las
actividades relacionadas con la participación y acceso a la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
f) Los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que
participen en las reuniones de los organismos multilaterales
financieros de los que el país es miembro. Asimismo, se autoriza a las
respectivas Oficinas Generales de Administración de estas entidades
para que, en el caso que el organismo multilateral asuma, total o
parcialmente, los gastos que irroguen tales viajes, financie de
manera temporal los mismos, con cargo a reembolso por el
correspondiente organismo multilateral.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
e) Los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las
actividades relacionadas con la participación y acceso a la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
f) Los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que
participen en las reuniones de los organismos multilaterales
financieros de los que el país es miembro. Asimismo, se autoriza a las
respectivas Oficinas Generales de Administración de estas entidades
para que, en el caso que el organismo multilateral asuma, total o
parcialmente, los gastos que irroguen tales viajes, financie de
manera temporal los mismos, con cargo a reembolso por el
correspondiente organismo multilateral.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
g) Los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General
de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones
de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en
la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas
Prácticas de Laboratorio.
El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por
supuestos distintos a los señalados desde el literal a) hasta el
literal g) precedentes, en el caso de las entidades del Poder
Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo
de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso
de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción
es autorizada por resolución del titular de la entidad;
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
10.2 La Oficina General de Administración de la entidad o la que
haga sus veces, antes de la autorización de los gastos en
materia de viajes al exterior (los viáticos y pasajes), para la
participación de las personas señaladas en el numeral 10.1
debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente
organizador del evento internacional u otro organismo.
10.3 Establécese que el monto máximo por concepto de honorarios
mensuales es el tope de ingresos señalado en el artículo 2 del
Decreto de Urgencia 038-2006 para la contratación por
locación de servicios que se celebre con personas naturales, de
manera directa o indirecta, y para la contratación bajo el
Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057,
regulado por el Decreto Legislativo 1057 y modificatorias.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
Dicho monto máximo no es aplicable para la contratación de
abogados y peritos independientes para la defensa del Estado en
el exterior, así como al personal contratado en el marco de la Ley
29806, Ley que regula la contratación de personal altamente
calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, y sus
normas complementarias.
10.4 En ningún caso, el gasto mensual por servicios de telefonía
móvil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de
canales múltiples de selección automática (troncalizado) puede
exceder al monto resultante de la multiplicación del número
de equipos por S/. 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES).
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios
Considérase dentro del referido monto, el costo por el
alquiler del equipo, así como al valor agregado al servicio, según sea
el caso.
La Oficina General de Administración de la entidad o la que haga sus
veces, establece, mediante directiva, los montos que se cubren por
equipo sujeto al gasto mensual antes señalado. La diferencia de
consumo en la facturación es abonada por el funcionario o servidor
que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se
establezca en la mencionada directiva. No puede asignarse más de
un equipo por persona.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
10.5 Prohíbese la adquisición de vehículos automotores, salvo en
los casos de pérdida total del vehículo, adquisiciones de
ambulancias, vehículos de rescate y autobombas; vehículos
destinados a las acciones de supervisión y fiscalización del
servicio de transporte terrestre en la Red Vial Nacional;
vehículos destinados a la supervisión del mantenimiento de
carreteras en la Red Vial Nacional; vehículos destinados a la
limpieza pública, seguridad ciudadana, seguridad interna y
defensa nacional; vehículos destinados al servicio de alerta
permanente y a la asistencia humanitaria ante desastres;
vehículos para las nuevas entidades públicas creadas a partir
del año 2011;….
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
…vehículos destinados para las encuestas especializadas para el
levantamiento de información estadística de Línea Base y
Evaluación del desempeño en el marco del Presupuesto por
Resultados a cargo del Instituto Nacional de Estadística e
Informática; vehículos para el desplazamiento de los Fiscales del
Ministerio Público que involucra el proceso de investigación fiscal,
particularmente en lo que respecta al fortalecimiento en la
aplicación del Nuevo Código Procesal Penal; y vehículos para el
patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y fiscalización del
sector ambiental, en el marco del Decreto Legislativo 1013.
Asimismo, están exentos de esta prohibición los casos de
adquisiciones que se realicen para la consecución de las metas de
los proyectos de inversión pública, y la renovación de los vehículos
automotores que tengan una antigüedad igual o superior a diez
(10) años.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 12. Medida en gastos de inversión
Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de
los proyectos de inversión pública, dispónese que, durante el Año
Fiscal 2016, las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos
Regionales sólo podrán efectuar modificaciones presupuestarias
en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de sus
presupuestos institucionales destinados a la ejecución de
proyectos de inversión pública, si cuentan con el informe previo
favorable de la Dirección General de Presupuesto Público.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Artículo 12. Medida en gastos de inversión
Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de
los proyectos de inversión pública, dispónese que, durante el Año
Fiscal 2016, las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos
Regionales sólo podrán efectuar modificaciones presupuestarias
en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de sus
presupuestos institucionales destinados a la ejecución de
proyectos de inversión pública, si cuentan con el informe previo
favorable de la Dirección General de Presupuesto Público.
Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016
Ley de N° 30372
Art. 16° Montos para la Determinación de los Procesos de
Selección Año Fiscal 2016
CUADROS POR PROCESOS DE SELECCIÓN
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del
38° al 43°
La única forma de
modificar el
presupuesto de una
entidad es atreves
de las notas de
modificación
presupuestaria
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES 2016
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del
38° al 43°
– Las modificaciones presupuestales afectan directamente a los créditos
presupuestarios autorizados para la institución y solo podrán realizarse
durante el ejercicio presupuestal.
– El Presupuesto Institucional Aprobado (PIA) y las modificaciones
realizadas representan el crédito presupuestario máximo para la
ejecución de gastos (en le caso de fuente de financiamiento diferentes a
recursos ordinarios, estarán sujetos además a los niveles de
recaudación)
– Las modificaciones presupuestarias están directamente relacionados
con las tareas a desarrollarse para el logro de objetivos determinados
en el Plan Operativo Institucional.
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES 2016
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del
38° al 43°
– Solo serán autorizadas por el Titular del Pliego a propuesta de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, previo informe técnico de Planeamiento,
Presupuesto, Unidad Organiza involucrada en la modificación presupuestaria y
el informe Legal.
– Las modificaciones presupuestarias repercuten en otras herramientas de
gestión (dependiendo del tipo y objeto de la modificación presupuestaria).
– Deberá siempre contener información suficiente para su seguimiento y
evaluación y no estar dentro de las restricciones determinadas por la
normatividad.
– El Proceso de Registro y aprobación se harán por medio del Modulo de Proceso
Presupuestario del SIAF.
– Se deberá informar de la modificación presupuestaria en los plazos
determinados y a la s instancias indicadas en la normatividad
TIPOS DE MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS
Modificación en
el Nivel
Programático
Modificación en
el Nivel
Institucional
001 Transferencia de Partidas
002 Crédito Suplementario
003 Créditos Presupuestales y Anulaciones
dentro de la Unidad Ejecutora
004 Créditos y Anulaciones entre Unidades
Ejecutoras del mismo Pliego
66
Modificación en
el Nivel
Institucional
Incrementa
Disminuye
Aprobada esta modificación presupuestaria el presupuesto del pliego
siempre sufre un incremento o disminución.
67
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Aprobada esta modificación presupuestaria no incrementa ni disminuye
presupuesto en el Pliego, lo restructura internamente.
Modificación en
el Nivel
Programático
68
Tipo 001 Entre Pliegos
• Representa al traslado de credito presupuestario entre pliegos.
• Esta modificacion genera en un pliego la reduccion de credito presupuestario y en
otro (s) pliego (s) el incremento de forma proporcional.
• Por lo general esta modificación se da en la Fuente de Financiamiento y rubro
Recursos Ordinarios.
• Este traslado de creditos presupuestarios estará determinado por un Decreto
Supremo que se justificara en una Ley o en su defecto por un Decreto de
Urgencia.
• Los pliegos sujetos a la implementacion de dicho dispositivo deberan aprobar
esta modificacion presupuestaria con la resolucion del titular del pliego (mas alta
jerarquia de la entidad).
69
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Modificación -80
200
850
-80
750
En el caso de Fuentes
de Financiamiento que
contienen ingresos y
gastos la transferencia
de marco presupuestal
se hará por ambos
conceptos
Modificación +80
200
450
+80
350
Marco Presupuestal 1, 800 1,000
Nuevo Marco Presupuestal 1,720 1,080
Pliego “X” Pliego “Y”
Modificaciones de Tipo 1
Transferencias Entre Pliegos Presupuestales
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF
Artículo 39° numeral 1 literal b)
Modificaciones de Tipo 1
Transferencias Entre Pliegos Presupuestales
Tipo 002 Crédito Suplementario
• Constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados,
provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en
la Ley de Presupuesto del Sector Público.
• En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios deberá
existir la recaudación o en su defecto una proyección de la misma
justificada por los informes de presupuesto y planeamiento.
• Se aprueba con la resolución de mas alta jerarquía de la entidad
• En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos
Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de
gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo
Municipal según sea el caso.
72
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
• Constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados,
provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en
la Ley de Presupuesto del Sector Público.
• En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios deberá
existir la recaudación o en su defecto una proyección de la misma
justificada por los informes de presupuesto y planeamiento.
• Se aprueba con la resolución de mas alta jerarquía de la entidad
• En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos
Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de
gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo
Municipal según sea el caso.
73
Tipo 002 Crédito Suplementario
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Modificaciones de Tipo 2
Crédito Suplementario
En el caso de Fuentes de
Financiamiento que
contienen ingresos y gastos
el Crédito Suplementario en
el marco presupuestal se
hará por ambos conceptos.
Modificación -.-
200
550
850
180
Marco Presupuestal 1,600
Nuevo Marco Presupuestal 1,780
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF
Artículo 39° numeral 1 literal a)
Caso 01: MAYOR RECAUDACIÓN
Modificaciones de Tipo 2
Crédito Suplementario
En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios .
Año x Año X + 1
Ejecución Presupuestal al Cierre
del Periodo X
Estados Financieros Año X
Ingresos S/. 4,500,000.00
Gastos S/. 900,000.00
EP - 1
Ingresos Gastos
S/. 4,500,000.00 S/. 900,000.00
Saldo de Balance
S/. 3,600,000.00
Caso 02: SALDO DE BALANCE76
Tipo 002 Crédito Suplementario
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Modificaciones de Tipo 2
Crédito Suplementario
Modificación
al Plan
Operativo
Institucional
Modificación al
Presupuesto
Institucional
Modificado
Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE
• La presente modificacion presupuestal se sujeta a la normatividad vigente y sus
respectivas restricciones.
• No necesariamente requiere de un dispositivo legal externo para emitirse.
• Las notas de modificación realizadas se aprobaran con una sola resolución durante
su fecha de formalización ( los diez primeros dias habiles del siguiente mes).
• El registro de esta nota de modificacion presupuestaria obedece a una necesidad de
adecuar el marco presupuestal para su ejecución de gasto.
• Dependiendo de la modificacion presupuestaria, esta podria repercutir en una
reformulación del Plan Operativo Institucional.
• Por lo general se realizan cuando hay cambios de estrategia en la entidad producto
de una evaluacion o de la actualización de la programación de gastos.
78
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Meta Presupuesto
001 Acciones Administrativas 90,000
2.3.1.5.1.2 Adquisición de material de escritorio 50,000
2.3.2.7.11.99 Otros servicios de terceros 40,000
002 Desarrollo de Actividades 230,000
2.3.1.1.1.1 Adquisición de alimentos 150,000
2.3.2.8.1.1 CAS 80,000
320,000
Clasificador de Gasto
Total
Modificacion
Nuevo
Presupuesto
-40,000 50,000
-40,000 10,000
40,000
40,000 270,000
-80,000 70,000
120,000 200,000
0 320,000
79
Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
• Esta modificación presupuestaria es usado para subsanar errores en la programación de
gastos o ineficiencia en el gasto por metas, pero en realidad este tuipo de modificación
permite optimizar los recursos a fin de lograr eficiencia eficiacia en el gasto,
implementación de acciones y/o tareas y alcanzar los objetivos estrategicos y especificos
de la institucion.
•Sistematización de procesos
Los presupuestos se permutan por cambio de bienes y servicios a fin de optimizar el
gasto con el fin de alcanzar el objetivo
80
Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
En el caso de Fuentes de
Financiamiento que contienen
gastos los Créditos y Anulaciones
en el marco presupuestal se hará
sólo en gastos.
Modificación -.-
200
550
-80
850
+80
Marco Presupuestal 1,600
Nuevo Marco Presupuestal 1,600
Pliego “A”
TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF
Artículo 40°
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
RESTRICCIONES
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
RESTRICCIONES
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
RESTRICCIONES
Modificaciones de Tipo 3
CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
RESTRICCIONES
• La modificacion presupuestaria se realiza entre unidades ejecuotras del mismo
pliego.
• Aquellos pliegos con solo una unidad ejecutora (ejm. Todos los Gobiernos Locales)
no podran utilizar este tipo de modificacion presupuestaria).
• La reducción del presupuesto de una unidad ejecutora sera de forma proporcional
el incremento de la unidad ejecutora que recibe esta transferenciasariamente .
• Esta modificacion sera autorizada por el titular del pliego por medio de una
resolución.
• La modificacion se podra realizar en las fuentes de financiamiento y rubro que
administre la entidad.
Tipo 04 Entre Unidades ejecutoras del mismo pliego
87
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
En el caso de Fuentes de
Financiamiento que
contienen ingresos y gastos
la transferencia de marco
presupuestal se hará por
ambos conceptos.
Modificación -.-
200
1,150
-150
850
+150
Marco Presupuestal 2,200
Nuevo Marco Presupuestal 2,200
Pliego “A”
Modificaciones de Tipo 4 –
Transferencias Entre Unidades Ejecutoras
Modificaciones de Tipo 4 –
Transferencias Entre Unidades Ejecutoras
Modificaciones de Tipo 7 – Disminución del PIA
Modificaciones de Tipo 7 – Disminución del PIA
Nota de Modificación Presupuestal (Modificación)
AVANCE METAS FISICAS
PRESUPUESTALES
AVANCE METAS FISICAS
PRESUPUESTALES SIAF-SP
VERIFICACIÓN DE AVANCE METAS
FISICAS PRESUPUESTALES
VERIFICACIÓN DE AVANCE METAS
FISICAS PRESUPUESTALES
PROGRAMACIÓN DE
COMPROMISOS
ANUALES - PCA
AÑO FISCAL 2,016
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES
(PCA) – CONSULTA
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES
(PCA) – AJUSTES AÑO FISCAL 2,016
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) –
INCREMENTO / DISMINUCION AÑO FISCAL 2,016
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES
(PCA) – DISTRIBUCION AÑO FISCAL 2,016
PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES
(PCA) – DISTRIBUCIÓN AÑO FISCAL 2,016
Planeamiento Estrategico Contabilidad
* Asientos Contables
* Prioridades * Registro de Asientos Contables
* Productos de ajsutes Automaticos
* Estrategcias * Libros Contables
* Indicadores
* Metas
Planeamiento Operativo Programación de Caja
* Reportes para evaluación * Programación de Pagos
* Información Financiera sobre Resultados de Evaluación * Calendario de Pagos
* Plan de Actividades ( POI ) * Estados Financieros y Presupuestales * Pago Electronico
* Cronograma * Cuenta General de la Republica * Conciliación Bancaria con la CUT
* Cuadro de Necesidades (Insumos) * Estadisticas de Finanzas Públicas * Gestion de la Deuda Pública
* Costos * Cuentas Nacionales * Gestión del Financiamiento
y la Inversión Pública
Programacion Presupuestal Otras Operaciones * Encargos Internos
* Viaticos
* Programación Presupuestal Plurianual * Subvenciones
* Formulación Presupuestal Plurianual * Encargos a Unidades Operativas
* Presupuesto Institucional de Apertura - PIA * Caja Chica
* Actualización Presupuestal * Pago de IGV
* Presupuesto Institucional Modificado - PIM * Rendición de Cuenta
* Servicio de la Deuda
Ingresos Abastecimiento * Plan Anual de Obtenciones Planilla
* Plan Anual de Adquisiciones * Cuadro de Personal
*Ventas * Pedido de Unidad Usuaria * Elaboración de Planillas
* Tasas * Control Presupuestal - Certificación Presupuestal * Registro Presupuestal
* Rentas * Proceso de Selección * Conformidad de Servicio
* Aportes * Contratación de Compromiso Anual * Pago Electronico
* Transferencias * Ejecución de Contratos
* Conformidad de Servicios Devengado
OPTIMIZA
Business Group
DIAGRAMA DE GESTION FINANCIERA
Rendición de Cuentas
1
2
3
4 5 6
7
8
9
10
103
DIAGRAMA DE GESTIÓN FINANCIERA
Planeamiento Estrategico Contabilidad
* Asientos Contables
* Prioridades * Registro de Asientos Contables
* Productos de ajsutes Automaticos
* Estrategcias * Libros Contables
* Indicadores
* Metas
Planeamiento Operativo Programación de Caja
* Reportes para evaluación * Programación de Pagos
* Información Financiera sobre Resultados de Evaluación * Calendario de Pagos
* Plan de Actividades ( POI ) * Estados Financieros y Presupuestales * Pago Electronico
* Cronograma * Cuenta General de la Republica * Conciliación Bancaria con la CUT
* Cuadro de Necesidades (Insumos) * Estadisticas de Finanzas Públicas * Gestion de la Deuda Pública
* Costos * Cuentas Nacionales * Gestión del Financiamiento
y la Inversión Pública
Programacion Presupuestal Otras Operaciones * Encargos Internos
* Viaticos
* Programación Presupuestal Plurianual * Subvenciones
* Formulación Presupuestal Plurianual * Encargos a Unidades Operativas
* Presupuesto Institucional de Apertura - PIA * Caja Chica
* Actualización Presupuestal * Pago de IGV
* Presupuesto Institucional Modificado - PIM * Rendición de Cuenta
* Servicio de la Deuda
Ingresos Abastecimiento * Plan Anual de Obtenciones Planilla
* Plan Anual de Adquisiciones * Cuadro de Personal
*Ventas * Pedido de Unidad Usuaria * Elaboración de Planillas
* Tasas * Control Presupuestal - Certificación Presupuestal * Registro Presupuestal
* Rentas * Proceso de Selección * Conformidad de Servicio
* Aportes * Contratación de Compromiso Anual * Pago Electronico
* Transferencias * Ejecución de Contratos
* Conformidad de Servicios Devengado
OPTIMIZA
Business Group
DIAGRAMA DE GESTION FINANCIERA EM UNA ENTIDAD DEL ESTADO
Rendición de Cuentas
1
2
3
4 5 6
7
8
9
10
104
DIAGRAMA DE GESTIÓN FINANCIERA EN UNA ENTIDAD DEL
ESTADO
1 Revisión de la solicitud
1 Verificación de alternativa
1 Autorización * Verificación del marco presupuestal
* Verificación de PCA
* Registro SIAF
Características principales del Requerimiento:
* Especificaciones Técnicas
* Cantidad
* Finalidad
1 Se determina el costo del bien o servicio solicitado * Internamiento de los Bienes * Revisión de las Facturas presentadas * Verificación de fondos financieros
1 Registro SIAF * Elaboración de la Nota de Entrada al Almacén ( NEA) * Determinación de la deuda * Verificar Calendario de Pagos
* Registro SIAF * Emisión del Comprobante de Pago
2 Realizar el proceso de selección * Registro SIAF
2 Emisión del Contrato u Orden de Compra (O/C) * Selección de Modalidad de Pago
2 Registro SIAF - Cheque
- Cuenta Corriente Interbancaria
Solicitud de bienes de acuerdo con el cuadro de necesidades y la implementación de actividades
Ordena la elaboración del estudio de mercado
Remite el estudio de mercado
Solicita disponibilidad de crédito presupuestario
Otorgamiento de la Certificación de Crédito Presupuestario
Solicita la implementación del proceso de selección
Se determina al proveedor y se emite el contrato u orden de Compra dependiendo del proceso de selección
Habiendo recepcionado el bien se remite el expediente a contabilidad
Al expediente se le suma el comprobante de pago emitido por el proveedor el mismo que es verificado
Encontrándose el expediente completo, se realiza el pago
* Egreso de recursos de la cuenta
Procedimiento Administrativo
Tesorería
Pago
Banco de la Nación
Egreso de Recursos Financieros
TRACK DE ADQUISICIÓN DE BIENES
2 Proceso de Selección
Almacén
Internamiento
Contabilidad
Determina la Deuda
Logística / Abastecimiento
1 Estudio de Mercado
Requerimiento de Bienes
Órganos de Línea Presupuesto
2 Solicitud de Certificación de Crédito Presupuestario
Otorgamiento de la Certificación de Crédito Presupuestario
OPTIMIZA
Business Group
Administración
1 Revisión y Autorización
1
2
5
3
4
6
7 8 9
10
1
2
3
4
5
6
7
8
9
1
Marco
Presupuestal
Certificación
de Crédito
Ptal
Calendario
de
Pago
105
PROCESO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL AÑO FISCAL 2,016
EJECUCION DE GASTO
OFICINA DE PRESUPUESTO
SOLICITUD DE CERTIFICACION
PRESUPUESTAL
APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN
CERTIFICACION Y COMPROMISO ANUAL
Proceso de Ejecución del Gastos 2016
PIA MODIFICACIONES+/- PIM=
PCA
DIAGRAMA DE GESTIÓN PRESUPUESTAL Y FINANCIERA
PIM
• INCREMENTO /
DISMINUCIÓN
• AJUSTES INTERNOS
• DISTRIBUCIÓN
PLIEGO
PCAEJECUTORA
• PRIORIZA POR ESPECIFICA
SOLICITUD DE
CERTIFICACIÓN
= APRUEBA LA
CERTIFICACIÓN
EJECUTORA COMPROMISO ANUAL
COMPROMISO
MENSUAL DEVENGADO
EJECUTORA GIRO / TRANSFERENCIA PAGO RENDICIÓN
MODULO ADMINISTRATIVO

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Presupuesto 2016 (1)

  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO Mg.CPC. Winston Rolando Reaño Portal
  • 3. GESTIÓN INSTITUCIONAL GESTIÓN FINANCIERA GESTIÓN ESTRATÉGICA GESTIÓN OPERATIVA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Visión Misión Objetivos estratégicos Evaluación Estratégica Largo Plazo Presupuesto Institucionales Modificaciones Programaciones Evaluación Presupuestal Corto Plazo Personal Abastecimiento Tesorería Estados Financ. Evaluac. Financiera Corto Plazo Objetivos Operativos Metas Operativas Evaluación Operativa Corto Plazo
  • 4. SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO Ley SAFI – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público N° 28112
  • 5. EL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL
  • 6. Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL SISTEMA DE PRESUPUESTO PÚBLICO  El Sistema Nacional de Presupuesto, es uno de los sistemas administrativos integrantes de la Administración Financiera del Sector Público. Comprende un conjunto de órganos, normas y procedimientos que conducen el proceso presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Público en sus fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación.  El Sistema Nacional de Presupuesto se rige por la Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico y la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.  De acuerdo a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, éste está integrado por la Dirección General del Presupuesto Público (DGPP), dependiente del Vice Ministerio de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas y por las Oficinas de Presupuesto, a nivel de todas las entidades del Sector Público que administran fondos públicos.
  • 7. Dr.CPC. WINSTON ROLANDO REAÑO PORTAL SISTEMA DE PRESUPUESTO PÚBLICO ¿Qué es el Presupuesto Público? Es un instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de cobertura con equidad, eficacia y eficiencia por las Entidades Públicas. Establece los límites de gastos durante el año fiscal, por cada una de las Entidades del Sector Público y los ingresos que los financian, acorde con la disponibilidad de los Fondos Públicos, a fin de mantener el equilibrio fiscal.
  • 8. El Sistema Nacional de Presupuesto  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ  LEY Nº 28112 – “LEY MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO” (En materia presupuestal todo lo relacionado al Título III - Sistema Nacional de Presupuesto).  TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 28411 – “LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO D.S. N° 304-2012/EF”.  LEY Nº 30099 – “LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA FISCAL” (Marco Macroeconómico).  LEY N° 30372 – “LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016”.  DIRECTIVA N° 005-2010-EF/76.01 “DIRECTIVA PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA” Y MODIFICATORIAS.  DIRECTIVA Nº 001-2015-EF/50.01 “DIRECTIVA PARA LOS PROGRAMAS PRESUPUESTALES EN EL MARCO DE PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2016”.  DIRECTIVA Nº 002-2015-EF/50.01 “DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN ANUAL DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO, CON UNA PERSPECTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL”.  DIRECTIVA PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
  • 9. Base Legal:  Constitución Política del Perú Art. 74 Principio de Legalidad Art. 77 Presupuesto Público Art. 78 Proyectos de Ley de Presupuesto Art. 79 Restricciones en el Gasto Público Art. 80 Sustentación del Presupuesto Público; EL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO NORMATIVIDAD
  • 10. Base Legal:  Ley N° 28112, Ley marco de la Administración Financiera del Sector Público (SAFI).  Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Principios Presupuestales Principales atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público: •Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario; •Elaborar el anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto; •Emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; •Efectuar la programación mensualizada del Presupuesto de Ingresos y Gastos; El Sistema Nacional de Presupuesto
  • 11. El Sistema Nacional de Presupuesto Base Legal:  Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Principales atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público: • Promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; y • Emitir opinión autorizada en materia presupuestal. Leyes de Presupuesto Anuales.  Directivas formulación, aprobación y ejecución presupuestal.
  • 12. El Sistema Nacional de Presupuesto (SNP) DGPP PRINCIPALES FUNCIONES • Planear y dirigir la programación, formulación, ejecución y evaluación del presupuesto Público • Emitir Opinión en materia presupuestal PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN GESTIÓN• Llevar adelante la ejecución del presupuesto autorizado orientándolo al cumplimiento de las metas programadas en las actividades y proyectos • Coordinar con la DGPP las pautas a seguir en materia presupuestal ORIENTACIÓN Y COORDINACIÓN Entidad Pública Poderes del Estado Ministerios Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Instituciones Públicas Universidades PRINCIPALES FUNCIONES EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN
  • 13. INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESUPUESTO LA ENTIDAD PÚBLICA LA OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA
  • 14. ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del Proceso Presupuestario Elaborar el anteproyecto de la Ley de Presupuesto Emitir Directivas y normas complementarias Regular la programación mensual del Presupuesto de Ingresos y Gastos. Promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria Emitir opinión autorizada en materia presupuestal 2 5 Atribuciones Dirección General del Presupuesto Público
  • 15. 1. Todo organismo con personería jurídica comprendidos. En los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y Empresas. 2. Constituyen Pliegos Presupuestarios las Entidades Públicas a los que se le aprueba un crédito presupuestario en la Ley de Presupuesto. 3. Los Pliegos Presupuestarios se crean o suprimen mediante Ley. Entidad Pública
  • 16. Responsable de conducir el proceso presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la DGPP. Coordina y controla la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y modificaciones Organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genera ATRIBUCIONES DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD Atribuciones de la Oficina de la Entidad Pública 1
  • 17. En Presupuesto es responsable solidario con el organismo colegiado de la entidad; puede delegar esta responsabilidad cuando lo establezca la Ley General, las Leyes anuales de Presupuesto o la norma de creación de la entidad Es la más alta Autoridad Ejecutiva Concordar el POI con su Presupuesto Institucional y su Plan Estratégico Institucional RESPONSABILIDADES DEL TITULAR DE LA ENTIDAD PÚBLICA Lograr que los objetivos y metas establecidos en el POI y Presupuesto Institucional se reflejen en las estructuras funcionales de la Entidad Efectuar la Gestión presupuestaria, en las fases de Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación y Control del Gasto 2 3 Responsabilidades del Titular de la Entidad Pública
  • 18. Fases del Proceso Presupuestario I PROGRAMACION IV EJECUCION V EVALUACION II FORMULACION III APROBACION SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO RESPONSABILIDAD Y TRANSPARENCIA MARCO MACRO ECONOMICO PLANES ESTRATEGICOS PRIORIDADES NACIONALES CONTROL SIAF Aplicabilidad
  • 19. PROGRAMACIÓN Y FORMULACION FEBRERO-JUNIO APROBACION DICEMBRE PROGRAMACION MARZO PROGRAMACION JUNIO PROGRAMACION SETIEMBRE EVALUACION SEMESTRAL JULIO ENERO E J E C U C . y CONTROL DICIEMBRE EVALUACION ANUAL MARZO- MAYO CIERRE – CONC. ENERO FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO MENSUALIZACION NOVIEMBRE
  • 20. PROYECCIONES DE INGRESOS CÓMO SE DETERMINA EL MONTO GLOBAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO PROYECCIONES MACROECONOMICAS + POLITICAS TRIBUTARIAS Y ARANCELARIAS RATIO: DEUDA PUBLICA / PBI DECRECIENTE PROYECCIONES DE INGRESOS META DE DEFICIT FISCAL FINANCIAMIENTO DEL DEFICIT FISCAL Y PROYECCION DE SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA GASTO PÚBLICO PRESUPUESTO PÚBLICO
  • 21. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL PLIEGO PRESUPUESTARIO DGPP RO RDR ROC DONACIONES Y TRANSFERENCIAS INGRESOS DETERMINADOS Optimizar la prestación de servicios a la población 2. ESTIMACION DE INGRESOS DIFERENTES A Recursos Ordinarios 3. DEMANDA GLOBAL 1. OBJETIVOS INSTITUCIONALES Programación RECURSOS PUBLICOS MARCO MACROECONOMICO MULTIANUAL
  • 22. FORMULACIÓN PRESUPUESTAL PLIEGO PRESUPUESTARIO DGPP ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMATICA METAS PRESU- PUESTARIAS ESCALA DE PRIORIDADES CADENAS DE GASTO FUENTES DE FINANCIAMIENTO PLANEAMIENTO Y PROGRAMACION EN GASTOS DE ACUERDO AL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI) CATEGORIAS PRESUPUESTARIAS 1. Programas Presupuestales con enfoque en Resultados 2. Acciones Centrales 3. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto APNOP Formulación
  • 23. APROBACIÓN PRESUPUESTAL EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PRESENTA EL PROYECTO DEL PPTO DEL SECTOR PUBLICO CONGRESO DE LA REPUBLICA CONGRESO DE LA REPUBLICA EL PRESIDENTE DEL CM Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS SUSTENTAN LA INICIATIVA PRESUPUESTAL ANTE EL CR PRESENTACION DEL PPTO COMISION DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA EVALUACION Y ANALISIS DETALLADO EN SESIONES PUBLICAS DICTAMEN ES SUSTENTADO ANTE EL PLENO DICTAMEN APROBADO (50% + 1 de Congresistas presentes) CASO CONTRARIO, EL PODER EJECUTIVO MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO PROMULGARÁ EL PROYECTO DE LEY APROBACIÓN MEF DEBATE EN EL PLENO
  • 24. APROBACIÓN PRESUPUESTAL CONGRESO DE LA REPUBLICA COMISION DE PRESUPUESTO Y CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA DICTAMEN ES SUSTENTADO ANTE EL PLENO Y LAS LEYES ANUALES FUERON PUBLICADAS EL 06-DIC-2015 El PLENO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA APROBO LA LEY DE PRESUPUESO (LEY N° 30372), DEL EQUILIBRIO FINANCIERO (LEY N° 30373) Y DE ENDUDAMIENTO (LEY N° 30374) PARA EL AÑO FISCAL 2016 APROBACIÓN DEBATE EN EL PLENO
  • 26. ANTECEDENTES  El SIAF en el Perú se crea como una forma de mejorar el registro y el control del gasto público en respuesta a las crisis fiscales y macroeconómicas de ese momento.  El SIAF es una herramienta informática estándar de registro: Programación Presupuestal y Financiera, Ejecución de Gastos e Ingresos y Contabilidad.  El SIAF ha evolucionado en cuanto a su rol y a su contribución a los procesos de modernización de la gestión financiera pública, mas no ha contribuido a la mejora de la calidad del gasto público. 26
  • 28. Ley Nº 28112 Marco de la Administración Financiera del Sector Público ______________________________________________________________ Artículo 10º Registro Único de Información •10.1 El registro de la información es único y de uso obligatorio por parte de todas las entidades y organismos del Sector Público, a nivel Nacional, Regional y Local y se efectúa a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) que administra el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Comité de Coordinación. •10.2 EL SIAF-SP constituye el medio oficial para el registro, procesamiento y generación de la información relacionada con la Administración Financiera del Sector Público, cuyo funcionamiento y operatividad se desarrolla en el marco de la normatividad aprobada por los Órganos Rectores.______________________________________________________________ 28 IMPLANTACIÓN DEL SIAF EN EL PERÚ
  • 29. PLAN - PRESUPUESTO POI ¿Qué haremos? ¿Cuánto haremos? ¿Cómo lo mediremos? ¿Quiénes son los Responsables? Aterrizaje Sueños PND PESEM PEI PDRC PDLC 2021 2016 ¿Ha donde iremos? ¿Cómo nos vemos en el futuro? ¿Cómo lo lograremos? ¿Quiénes son los Responsables? Art. N° 71 TUO de la Ley N° 28411 General del Sistema Nacional de Presupuesto - Aprobado mediante D.S. N° 304-2012-EF
  • 30. CATEGORIAS PRESUPUESTAL 2016 Plan Operativo Institucional ¿Qué haremos? ¿Cuánto haremos? ¿Cómo lo mediremos? ¿Quiénes son los Responsables? Aterrizaje 2016 PROGRAMAS CON ENFOQUE A RESULTADOS ACCIONES CENTRALES ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN PRODUCTO PRESUPUESTO POI Aplicar PpR al 100% al presupuesto
  • 31. CADENAS PROGRAMATICAS 2016 Proyectos Productos Actividades PRESUPUESTO PROGRAMAS CON ENFOQUE A RESULTADOS ACCIONES CENTRALES PRESUPUESTO ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN PRODUCTO
  • 32. CADENAS PROGRAMATICAS 2016 PROGRAMAS CON ENFOQUE A RESULTADOS ACCIONES CENTRALES PRESUPUESTO ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN PRODUCTO
  • 38. CADENAS PROGRAMATICAS 2016 Finalidad Unidad de Medida Cantidad META PRESUPUESTAL Ubicación Geográfica
  • 39. CADENAS PROGRAMATICAS 2016 Finalidad Unidad de Medida Cantidad META PRESUPUESTAL Bienes y….. Servicios
  • 40. CADENAS PROGRAMATICAS 2016 CLASIFICADORES PRESUPUESTAL Bienes y….. Servicios CLASIFICADORES GASTOS
  • 43. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del gasto público 4.1 Las entidades públicas sujetan la ejecución de sus gastos a los créditos presupuestarios autorizados en la Ley de Presupuesto del Sector Público, aprobada por el Congreso de la República, y modificatorias en el marco del artículo 78 de la Constitución Política del Perú y el artículo I del Título Preliminar de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
  • 44. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del gasto público 4.2 Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la Oficina de Presupuesto y del jefe de la Oficina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
  • 45. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 5. Control del Gasto 5.1 Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la Oficina de Presupuesto y el jefe de la Oficina de Administración, o los que hagan sus veces en el pliego presupuestario, son responsables de la debida aplicación de lo dispuesto en la presente Ley, en el marco del principio de legalidad, recogido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
  • 46. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 5. Control del gasto 5.2 La Contraloría General de la República verifica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y las demás disposiciones vinculadas al gasto público en concordancia con el artículo 82 de la Constitución Política del Perú. Asimismo y bajo responsabilidad, para el gasto ejecutado mediante el presupuesto por resultados, debe verificar su cumplimiento bajo esta estrategia. El resultado de las acciones efectuadas en cumplimiento de lo establecido en el presente numeral, es informado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, en el más breve plazo.
  • 47. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 6. Ingresos del personal Prohíbese en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas…
  • 48. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 6. Ingresos del personal y beneficios de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma y disposiciones legales vigentes. La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas Sentencia_TribunalT00003-2013-AI 00004-2013-AI 00023- 2013-AI 03.09.2015
  • 49. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 7. fija los Aguinaldos, Gratificaciones y Escolaridad Art. 8° Medida en Materia de Personal Numeral 8.1 Limitaciones para Nombrar Personal salvo algunos supuestos y el ingresos a la Administración Pública es por Concurso Público de Méritos. (Sentencia del caso Rosalía Beatriz Huatuco Huatuco) Numeral 8.2 Prohibición para el Pago de Horas Extras. Art. 10° Medida en materia de Bienes (prohibiciones)
  • 50. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios Numeral 10.1 Prohíbese los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. b) Los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil.
  • 51. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado señalados en el artículo 2 de la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modificatoria; con excepción de los Ministros de Estado cuyas autorizaciones se aprueban mediante Resolución Suprema, y de los Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Regidores cuyas autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda. d) Los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • 52. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios e) Los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). f) Los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que participen en las reuniones de los organismos multilaterales financieros de los que el país es miembro. Asimismo, se autoriza a las respectivas Oficinas Generales de Administración de estas entidades para que, en el caso que el organismo multilateral asuma, total o parcialmente, los gastos que irroguen tales viajes, financie de manera temporal los mismos, con cargo a reembolso por el correspondiente organismo multilateral.
  • 53. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios e) Los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). f) Los viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo que participen en las reuniones de los organismos multilaterales financieros de los que el país es miembro. Asimismo, se autoriza a las respectivas Oficinas Generales de Administración de estas entidades para que, en el caso que el organismo multilateral asuma, total o parcialmente, los gastos que irroguen tales viajes, financie de manera temporal los mismos, con cargo a reembolso por el correspondiente organismo multilateral.
  • 54. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios g) Los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio. El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados desde el literal a) hasta el literal g) precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad;
  • 55. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios 10.2 La Oficina General de Administración de la entidad o la que haga sus veces, antes de la autorización de los gastos en materia de viajes al exterior (los viáticos y pasajes), para la participación de las personas señaladas en el numeral 10.1 debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo. 10.3 Establécese que el monto máximo por concepto de honorarios mensuales es el tope de ingresos señalado en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006 para la contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales, de manera directa o indirecta, y para la contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, regulado por el Decreto Legislativo 1057 y modificatorias.
  • 56. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios Dicho monto máximo no es aplicable para la contratación de abogados y peritos independientes para la defensa del Estado en el exterior, así como al personal contratado en el marco de la Ley 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, y sus normas complementarias. 10.4 En ningún caso, el gasto mensual por servicios de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado) puede exceder al monto resultante de la multiplicación del número de equipos por S/. 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES).
  • 57. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 10 Medidas en materia de bienes y servicios Considérase dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, así como al valor agregado al servicio, según sea el caso. La Oficina General de Administración de la entidad o la que haga sus veces, establece, mediante directiva, los montos que se cubren por equipo sujeto al gasto mensual antes señalado. La diferencia de consumo en la facturación es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se establezca en la mencionada directiva. No puede asignarse más de un equipo por persona.
  • 58. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 10.5 Prohíbese la adquisición de vehículos automotores, salvo en los casos de pérdida total del vehículo, adquisiciones de ambulancias, vehículos de rescate y autobombas; vehículos destinados a las acciones de supervisión y fiscalización del servicio de transporte terrestre en la Red Vial Nacional; vehículos destinados a la supervisión del mantenimiento de carreteras en la Red Vial Nacional; vehículos destinados a la limpieza pública, seguridad ciudadana, seguridad interna y defensa nacional; vehículos destinados al servicio de alerta permanente y a la asistencia humanitaria ante desastres; vehículos para las nuevas entidades públicas creadas a partir del año 2011;….
  • 59. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 …vehículos destinados para las encuestas especializadas para el levantamiento de información estadística de Línea Base y Evaluación del desempeño en el marco del Presupuesto por Resultados a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática; vehículos para el desplazamiento de los Fiscales del Ministerio Público que involucra el proceso de investigación fiscal, particularmente en lo que respecta al fortalecimiento en la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal; y vehículos para el patrullaje, vigilancia, monitoreo, supervisión y fiscalización del sector ambiental, en el marco del Decreto Legislativo 1013. Asimismo, están exentos de esta prohibición los casos de adquisiciones que se realicen para la consecución de las metas de los proyectos de inversión pública, y la renovación de los vehículos automotores que tengan una antigüedad igual o superior a diez (10) años.
  • 60. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 12. Medida en gastos de inversión Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública, dispónese que, durante el Año Fiscal 2016, las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales sólo podrán efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de sus presupuestos institucionales destinados a la ejecución de proyectos de inversión pública, si cuentan con el informe previo favorable de la Dirección General de Presupuesto Público.
  • 61. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Artículo 12. Medida en gastos de inversión Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública, dispónese que, durante el Año Fiscal 2016, las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales sólo podrán efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de sus presupuestos institucionales destinados a la ejecución de proyectos de inversión pública, si cuentan con el informe previo favorable de la Dirección General de Presupuesto Público.
  • 62. Ley de Presupuesto Sector Público Año Fiscal 2016 Ley de N° 30372 Art. 16° Montos para la Determinación de los Procesos de Selección Año Fiscal 2016 CUADROS POR PROCESOS DE SELECCIÓN
  • 63. TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del 38° al 43° La única forma de modificar el presupuesto de una entidad es atreves de las notas de modificación presupuestaria
  • 64. MODIFICACIONES PRESUPUESTALES 2016 TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del 38° al 43° – Las modificaciones presupuestales afectan directamente a los créditos presupuestarios autorizados para la institución y solo podrán realizarse durante el ejercicio presupuestal. – El Presupuesto Institucional Aprobado (PIA) y las modificaciones realizadas representan el crédito presupuestario máximo para la ejecución de gastos (en le caso de fuente de financiamiento diferentes a recursos ordinarios, estarán sujetos además a los niveles de recaudación) – Las modificaciones presupuestarias están directamente relacionados con las tareas a desarrollarse para el logro de objetivos determinados en el Plan Operativo Institucional.
  • 65. MODIFICACIONES PRESUPUESTALES 2016 TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF - Subcapitulo III Artículos del 38° al 43° – Solo serán autorizadas por el Titular del Pliego a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, previo informe técnico de Planeamiento, Presupuesto, Unidad Organiza involucrada en la modificación presupuestaria y el informe Legal. – Las modificaciones presupuestarias repercuten en otras herramientas de gestión (dependiendo del tipo y objeto de la modificación presupuestaria). – Deberá siempre contener información suficiente para su seguimiento y evaluación y no estar dentro de las restricciones determinadas por la normatividad. – El Proceso de Registro y aprobación se harán por medio del Modulo de Proceso Presupuestario del SIAF. – Se deberá informar de la modificación presupuestaria en los plazos determinados y a la s instancias indicadas en la normatividad
  • 66. TIPOS DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Modificación en el Nivel Programático Modificación en el Nivel Institucional 001 Transferencia de Partidas 002 Crédito Suplementario 003 Créditos Presupuestales y Anulaciones dentro de la Unidad Ejecutora 004 Créditos y Anulaciones entre Unidades Ejecutoras del mismo Pliego 66
  • 67. Modificación en el Nivel Institucional Incrementa Disminuye Aprobada esta modificación presupuestaria el presupuesto del pliego siempre sufre un incremento o disminución. 67 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 68. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Aprobada esta modificación presupuestaria no incrementa ni disminuye presupuesto en el Pliego, lo restructura internamente. Modificación en el Nivel Programático 68
  • 69. Tipo 001 Entre Pliegos • Representa al traslado de credito presupuestario entre pliegos. • Esta modificacion genera en un pliego la reduccion de credito presupuestario y en otro (s) pliego (s) el incremento de forma proporcional. • Por lo general esta modificación se da en la Fuente de Financiamiento y rubro Recursos Ordinarios. • Este traslado de creditos presupuestarios estará determinado por un Decreto Supremo que se justificara en una Ley o en su defecto por un Decreto de Urgencia. • Los pliegos sujetos a la implementacion de dicho dispositivo deberan aprobar esta modificacion presupuestaria con la resolucion del titular del pliego (mas alta jerarquia de la entidad). 69 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 70. Modificación -80 200 850 -80 750 En el caso de Fuentes de Financiamiento que contienen ingresos y gastos la transferencia de marco presupuestal se hará por ambos conceptos Modificación +80 200 450 +80 350 Marco Presupuestal 1, 800 1,000 Nuevo Marco Presupuestal 1,720 1,080 Pliego “X” Pliego “Y” Modificaciones de Tipo 1 Transferencias Entre Pliegos Presupuestales TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF Artículo 39° numeral 1 literal b)
  • 71. Modificaciones de Tipo 1 Transferencias Entre Pliegos Presupuestales
  • 72. Tipo 002 Crédito Suplementario • Constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público. • En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios deberá existir la recaudación o en su defecto una proyección de la misma justificada por los informes de presupuesto y planeamiento. • Se aprueba con la resolución de mas alta jerarquía de la entidad • En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso. 72 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 73. • Constituyen incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público. • En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios deberá existir la recaudación o en su defecto una proyección de la misma justificada por los informes de presupuesto y planeamiento. • Se aprueba con la resolución de mas alta jerarquía de la entidad • En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal según sea el caso. 73 Tipo 002 Crédito Suplementario MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 74. Modificaciones de Tipo 2 Crédito Suplementario En el caso de Fuentes de Financiamiento que contienen ingresos y gastos el Crédito Suplementario en el marco presupuestal se hará por ambos conceptos. Modificación -.- 200 550 850 180 Marco Presupuestal 1,600 Nuevo Marco Presupuestal 1,780 TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF Artículo 39° numeral 1 literal a) Caso 01: MAYOR RECAUDACIÓN
  • 75. Modificaciones de Tipo 2 Crédito Suplementario
  • 76. En fuentes de financiamiento diferentes a recursos ordinarios . Año x Año X + 1 Ejecución Presupuestal al Cierre del Periodo X Estados Financieros Año X Ingresos S/. 4,500,000.00 Gastos S/. 900,000.00 EP - 1 Ingresos Gastos S/. 4,500,000.00 S/. 900,000.00 Saldo de Balance S/. 3,600,000.00 Caso 02: SALDO DE BALANCE76 Tipo 002 Crédito Suplementario MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 77. Modificaciones de Tipo 2 Crédito Suplementario Modificación al Plan Operativo Institucional Modificación al Presupuesto Institucional Modificado
  • 78. Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE • La presente modificacion presupuestal se sujeta a la normatividad vigente y sus respectivas restricciones. • No necesariamente requiere de un dispositivo legal externo para emitirse. • Las notas de modificación realizadas se aprobaran con una sola resolución durante su fecha de formalización ( los diez primeros dias habiles del siguiente mes). • El registro de esta nota de modificacion presupuestaria obedece a una necesidad de adecuar el marco presupuestal para su ejecución de gasto. • Dependiendo de la modificacion presupuestaria, esta podria repercutir en una reformulación del Plan Operativo Institucional. • Por lo general se realizan cuando hay cambios de estrategia en la entidad producto de una evaluacion o de la actualización de la programación de gastos. 78 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 79. Meta Presupuesto 001 Acciones Administrativas 90,000 2.3.1.5.1.2 Adquisición de material de escritorio 50,000 2.3.2.7.11.99 Otros servicios de terceros 40,000 002 Desarrollo de Actividades 230,000 2.3.1.1.1.1 Adquisición de alimentos 150,000 2.3.2.8.1.1 CAS 80,000 320,000 Clasificador de Gasto Total Modificacion Nuevo Presupuesto -40,000 50,000 -40,000 10,000 40,000 40,000 270,000 -80,000 70,000 120,000 200,000 0 320,000 79 Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 80. • Esta modificación presupuestaria es usado para subsanar errores en la programación de gastos o ineficiencia en el gasto por metas, pero en realidad este tuipo de modificación permite optimizar los recursos a fin de lograr eficiencia eficiacia en el gasto, implementación de acciones y/o tareas y alcanzar los objetivos estrategicos y especificos de la institucion. •Sistematización de procesos Los presupuestos se permutan por cambio de bienes y servicios a fin de optimizar el gasto con el fin de alcanzar el objetivo 80 Tipo 003 Crédito y Anulación dentro de la UE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 81. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA En el caso de Fuentes de Financiamiento que contienen gastos los Créditos y Anulaciones en el marco presupuestal se hará sólo en gastos. Modificación -.- 200 550 -80 850 +80 Marco Presupuestal 1,600 Nuevo Marco Presupuestal 1,600 Pliego “A” TUO LEY N° 28411 – Aprobado con D.S. N° 304-2012-EF Artículo 40°
  • 82. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA
  • 83. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA RESTRICCIONES
  • 84. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA RESTRICCIONES
  • 85. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA RESTRICCIONES
  • 86. Modificaciones de Tipo 3 CRÉDITOS / ANULACIONES EN UNA UNIDAD EJECUTORA RESTRICCIONES
  • 87. • La modificacion presupuestaria se realiza entre unidades ejecuotras del mismo pliego. • Aquellos pliegos con solo una unidad ejecutora (ejm. Todos los Gobiernos Locales) no podran utilizar este tipo de modificacion presupuestaria). • La reducción del presupuesto de una unidad ejecutora sera de forma proporcional el incremento de la unidad ejecutora que recibe esta transferenciasariamente . • Esta modificacion sera autorizada por el titular del pliego por medio de una resolución. • La modificacion se podra realizar en las fuentes de financiamiento y rubro que administre la entidad. Tipo 04 Entre Unidades ejecutoras del mismo pliego 87 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
  • 88. En el caso de Fuentes de Financiamiento que contienen ingresos y gastos la transferencia de marco presupuestal se hará por ambos conceptos. Modificación -.- 200 1,150 -150 850 +150 Marco Presupuestal 2,200 Nuevo Marco Presupuestal 2,200 Pliego “A” Modificaciones de Tipo 4 – Transferencias Entre Unidades Ejecutoras
  • 89. Modificaciones de Tipo 4 – Transferencias Entre Unidades Ejecutoras
  • 90. Modificaciones de Tipo 7 – Disminución del PIA
  • 91. Modificaciones de Tipo 7 – Disminución del PIA
  • 92. Nota de Modificación Presupuestal (Modificación)
  • 95. VERIFICACIÓN DE AVANCE METAS FISICAS PRESUPUESTALES
  • 96. VERIFICACIÓN DE AVANCE METAS FISICAS PRESUPUESTALES
  • 97. PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUALES - PCA AÑO FISCAL 2,016
  • 98. PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) – CONSULTA
  • 99. PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) – AJUSTES AÑO FISCAL 2,016
  • 100. PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) – INCREMENTO / DISMINUCION AÑO FISCAL 2,016
  • 101. PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) – DISTRIBUCION AÑO FISCAL 2,016
  • 102. PROGRAMACION DE COMPROMISOS ANUALES (PCA) – DISTRIBUCIÓN AÑO FISCAL 2,016
  • 103. Planeamiento Estrategico Contabilidad * Asientos Contables * Prioridades * Registro de Asientos Contables * Productos de ajsutes Automaticos * Estrategcias * Libros Contables * Indicadores * Metas Planeamiento Operativo Programación de Caja * Reportes para evaluación * Programación de Pagos * Información Financiera sobre Resultados de Evaluación * Calendario de Pagos * Plan de Actividades ( POI ) * Estados Financieros y Presupuestales * Pago Electronico * Cronograma * Cuenta General de la Republica * Conciliación Bancaria con la CUT * Cuadro de Necesidades (Insumos) * Estadisticas de Finanzas Públicas * Gestion de la Deuda Pública * Costos * Cuentas Nacionales * Gestión del Financiamiento y la Inversión Pública Programacion Presupuestal Otras Operaciones * Encargos Internos * Viaticos * Programación Presupuestal Plurianual * Subvenciones * Formulación Presupuestal Plurianual * Encargos a Unidades Operativas * Presupuesto Institucional de Apertura - PIA * Caja Chica * Actualización Presupuestal * Pago de IGV * Presupuesto Institucional Modificado - PIM * Rendición de Cuenta * Servicio de la Deuda Ingresos Abastecimiento * Plan Anual de Obtenciones Planilla * Plan Anual de Adquisiciones * Cuadro de Personal *Ventas * Pedido de Unidad Usuaria * Elaboración de Planillas * Tasas * Control Presupuestal - Certificación Presupuestal * Registro Presupuestal * Rentas * Proceso de Selección * Conformidad de Servicio * Aportes * Contratación de Compromiso Anual * Pago Electronico * Transferencias * Ejecución de Contratos * Conformidad de Servicios Devengado OPTIMIZA Business Group DIAGRAMA DE GESTION FINANCIERA Rendición de Cuentas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 103 DIAGRAMA DE GESTIÓN FINANCIERA
  • 104. Planeamiento Estrategico Contabilidad * Asientos Contables * Prioridades * Registro de Asientos Contables * Productos de ajsutes Automaticos * Estrategcias * Libros Contables * Indicadores * Metas Planeamiento Operativo Programación de Caja * Reportes para evaluación * Programación de Pagos * Información Financiera sobre Resultados de Evaluación * Calendario de Pagos * Plan de Actividades ( POI ) * Estados Financieros y Presupuestales * Pago Electronico * Cronograma * Cuenta General de la Republica * Conciliación Bancaria con la CUT * Cuadro de Necesidades (Insumos) * Estadisticas de Finanzas Públicas * Gestion de la Deuda Pública * Costos * Cuentas Nacionales * Gestión del Financiamiento y la Inversión Pública Programacion Presupuestal Otras Operaciones * Encargos Internos * Viaticos * Programación Presupuestal Plurianual * Subvenciones * Formulación Presupuestal Plurianual * Encargos a Unidades Operativas * Presupuesto Institucional de Apertura - PIA * Caja Chica * Actualización Presupuestal * Pago de IGV * Presupuesto Institucional Modificado - PIM * Rendición de Cuenta * Servicio de la Deuda Ingresos Abastecimiento * Plan Anual de Obtenciones Planilla * Plan Anual de Adquisiciones * Cuadro de Personal *Ventas * Pedido de Unidad Usuaria * Elaboración de Planillas * Tasas * Control Presupuestal - Certificación Presupuestal * Registro Presupuestal * Rentas * Proceso de Selección * Conformidad de Servicio * Aportes * Contratación de Compromiso Anual * Pago Electronico * Transferencias * Ejecución de Contratos * Conformidad de Servicios Devengado OPTIMIZA Business Group DIAGRAMA DE GESTION FINANCIERA EM UNA ENTIDAD DEL ESTADO Rendición de Cuentas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 104 DIAGRAMA DE GESTIÓN FINANCIERA EN UNA ENTIDAD DEL ESTADO
  • 105. 1 Revisión de la solicitud 1 Verificación de alternativa 1 Autorización * Verificación del marco presupuestal * Verificación de PCA * Registro SIAF Características principales del Requerimiento: * Especificaciones Técnicas * Cantidad * Finalidad 1 Se determina el costo del bien o servicio solicitado * Internamiento de los Bienes * Revisión de las Facturas presentadas * Verificación de fondos financieros 1 Registro SIAF * Elaboración de la Nota de Entrada al Almacén ( NEA) * Determinación de la deuda * Verificar Calendario de Pagos * Registro SIAF * Emisión del Comprobante de Pago 2 Realizar el proceso de selección * Registro SIAF 2 Emisión del Contrato u Orden de Compra (O/C) * Selección de Modalidad de Pago 2 Registro SIAF - Cheque - Cuenta Corriente Interbancaria Solicitud de bienes de acuerdo con el cuadro de necesidades y la implementación de actividades Ordena la elaboración del estudio de mercado Remite el estudio de mercado Solicita disponibilidad de crédito presupuestario Otorgamiento de la Certificación de Crédito Presupuestario Solicita la implementación del proceso de selección Se determina al proveedor y se emite el contrato u orden de Compra dependiendo del proceso de selección Habiendo recepcionado el bien se remite el expediente a contabilidad Al expediente se le suma el comprobante de pago emitido por el proveedor el mismo que es verificado Encontrándose el expediente completo, se realiza el pago * Egreso de recursos de la cuenta Procedimiento Administrativo Tesorería Pago Banco de la Nación Egreso de Recursos Financieros TRACK DE ADQUISICIÓN DE BIENES 2 Proceso de Selección Almacén Internamiento Contabilidad Determina la Deuda Logística / Abastecimiento 1 Estudio de Mercado Requerimiento de Bienes Órganos de Línea Presupuesto 2 Solicitud de Certificación de Crédito Presupuestario Otorgamiento de la Certificación de Crédito Presupuestario OPTIMIZA Business Group Administración 1 Revisión y Autorización 1 2 5 3 4 6 7 8 9 10 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1 Marco Presupuestal Certificación de Crédito Ptal Calendario de Pago 105 PROCESO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
  • 107. EJECUCION DE GASTO OFICINA DE PRESUPUESTO
  • 109. APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN
  • 111. Proceso de Ejecución del Gastos 2016
  • 112. PIA MODIFICACIONES+/- PIM= PCA DIAGRAMA DE GESTIÓN PRESUPUESTAL Y FINANCIERA PIM • INCREMENTO / DISMINUCIÓN • AJUSTES INTERNOS • DISTRIBUCIÓN PLIEGO PCAEJECUTORA • PRIORIZA POR ESPECIFICA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN = APRUEBA LA CERTIFICACIÓN EJECUTORA COMPROMISO ANUAL COMPROMISO MENSUAL DEVENGADO EJECUTORA GIRO / TRANSFERENCIA PAGO RENDICIÓN