Este documento presenta el reglamento interno de la Institución Educativa Pública No 70684 de Tahuantinsuyo para el año 2017. Establece la estructura organizativa, funciones y objetivos de la institución, así como las normas de conducta para estudiantes, docentes y padres de familia. El reglamento busca garantizar el éxito de la labor educativa y el logro de los objetivos planteados en el proyecto educativo institucional a través de una gestión ordenada y participativa de toda la comunidad educativa.
1. DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LAMPA
IE Nº 70684 DE TAHUANTINSUYO - NICASIO
REGLAMENTO
INTERNO
2017
DIRECTOR:
Lic. EUGENIO JUAREZ YUCRA
IEP
Nº 70684
TAHUANTINSUYO
NICASIO
2. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 027 -2016-DIE - 70684
Visto el Proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa Nro. 70684 de Tahuantinsuyo, del
ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local – Lampa – Región Puno.
CONSIDERANDO:
Que, la Institución Educativa Nº 70684 del ámbito de la UGEL – Lampa, a través de la Dirección de la
Institución Educativa ha formulado el Proyecto Educativo Institucional; de conformidad a las
orientaciones y normas comprendidas en la Constitución Política, Ley General de Educación Nro. 28044,
Reglamento de Educación Básica Regular, Ley N° 29944 Ley de la Reforma magisterial, Decreto Supremo
N° 004-2013-ED Reglamento de la Reforma Magisterial R. M. Nro. 672-2016-ED “Normas y
Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica”, mi Despacho:
SE RESUELVE:
1ro.- Aprobar el Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 70684 de Tahuantinsuyo, del ámbito
de la Unidad de Gestión Educativa Local –Lampa-, para el año 2017.
2do.- El presente reglamento Interno entrará en vigencia a partir del 02 de marzo de 2017 fecha de su
aprobación hasta el 31 de diciembre del 2017.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
3. P R E S E N T A C I Ó N
Concebimos la disciplina como una posibilidad de orientación para el alumno hacia un aprendizaje
significativo, un autoconocimiento y respeto de sí mismo y la creación de un clima positivo en el cual
todos los miembros de la Comunidad Educativa acuerdan y se comprometen en el respeto y normas que
beneficien a todos, permitan conseguir importantes logros en los objetivos institucionales.
El presente Reglamento Interno establece la organización administrativa, académica, los derechos y
obligaciones de los miembros de la Comunidad Educativa, el régimen disciplinario, estímulos y sanciones
del personal y de los alumnos, sistema de evaluación y certificación de alumnos, jornada de trabajo y la
participación de los Padres de Familia.
Para alcanzar un adecuado nivel académico y desarrollo personal para todos los miembros de la
Comunidad Educativa. La Institución Educativa Pública Nº 70684 de Tahuantinsuyo, persigue los
siguientes objetivos:
• Brindar una educación integral en el fortalecimiento de las virtudes y actitudes positivas de la
persona en una perspectiva educación católica.
• Fomentar y reforzar valores y actitudes, paz, convivencia, respeto, caridad, justicia, solidaridad,
equidad, orden y disciplina.
Lograr la excelencia académica mediante la participación activa de los educandos, las condiciones que
favorezcan su aprendizaje.
En la Institución Educativa Pública Nº 70684 de Tahuantinsuyo, se desarrolla un currículo que pretende
satisfacer tanto las exigencias del sistema peruano como de la sociedad actual.
De acuerdo a normas legales vigentes emanadas del Ministerio de Educación, la institución Educativa
primaria Nº 70684 de Tahuantinsuyo, como Institución Educativa, con un Proyecto Educativo
Institucional, ha elaborado el presente Reglamento Interno, con la finalidad de optimizar y garantizar el
éxito en la tarea educativa, este documento de gestión, establece Normas que emergen de las propias
necesidades e intereses de la Institución.
Es la herramienta de funcionamiento de nuestra institución que regula las acciones de los actores
educativos y concreta el logro de la VISION, VISION, los Objetivos estratégicos y el funcionamiento del
Plan Anual.
Como instrumento de gobierno da un marco normativo a docentes, educandos y a la institución como
un conjunto integrado. Este documento de consulta y guía para la familia Tahuantinsuyo, ha sido
formulado por una comisión, pero será anualmente revisado para que las reglas sean aceptadas y
positivamente acatadas para el logro de las propuestas, contenidos de nuestro Proyecto Educativo
Institucional.
Los estudios realizados en esta Institución tienen reconocimiento oficial en el sistema peruano de
acuerdo a los dispositivos siguientes:
• Constitución Política
• Ley Nº 28044, Ley General de Educación
• Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.
• Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa
• Ley Nº 27444 de Procedimientos Administrativos
• Decreto Supremo N° 004 – 2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial
• Decreto Supremo Nº 11-2012-ED, Reglamento de la Ley 28044.
• Decreto supremo Nº 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básico Regular.
• Decreto Supremo N° 009-2005.ED, Reglamento de la Sistema de Gestión Educativo.
4. • D.S. Nº 018-2004-ED, Reglamento General de Asociaciones de Padres de Familia de
Centros Educativos.
• D.S. Nº 023-2003-ED Y D.S. Nº 080-2003-ED, Conformación de los Consejos
Participativos Regionales de Educación, los Consejos Participativos Locales de
Educación y los Consejos Educativos Institucionales.
• R.M. Nº 574-94-ED, Normas técnicas sobre descuentos de tardanzas e inasistencias de
personal
• R.M. 1073-2002-ED Procedimiento de investigación y protección de maltratos físicos,
psicológicos o de violencia sexual, en agravio de educandos, cometidos por personal
del Sector Educación.
• R.M. Nº 343-2010-ED, Normas para la Tutoría y Orientación Educativa.
• R.M. Nº 672 -2016-ED, Nomas y Orientaciones para el Desarrollo del año escolar 2017.
Las Normas comprendidas en el presente Reglamento, alcanzan a la Dirección, personal Docente,
alumnado y Padres de Familia de la Institución Educativa.
5. PRINCIPIOS DE CONVIVENCIA, GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA IE 70684 DE TAHUANTINSUYO
Art. I Principio de centralidad de la persona humana: El centro de los procesos en la IE es la persona
sujeto de derechos y deberes y ser abierto a los demás. A ella debe responder toda la institución escolar.
Art. II Principio de relación y comunicación: La relación personal que acepta y reconoce el carácter
único de cada persona, y establece vínculos auténticos, genera una comunicación enriquecedora entre
todos los miembros de la IE y la abre a su entorno.
Art. III Principio de protagonismo del educando: El sentido de la IE es ofrecer a cada alumno,
destinatario privilegiado de la misión de las escuelas salesianas, propuestas significativas para que
asuma responsablemente su desarrollo integral y sea colaborador en la formación de los otros.
Art. IV Principio de animación: La IE es un organismo vivo que crece y se desarrolla, en un clima de
familia, donde se privilegia el diálogo, la confianza y el acompañamiento paciente y clarificador, propios
de una visión optimista y esperanzada.
Art. V Principio de preventividad: Toda la propuesta educativa tiende a que la persona desarrolle
actitudes y experiencias positivas, acordes a la etapa evolutiva que atraviesa y que, basadas en la razón,
la religión y el amor, le permitan aceptar, asumir y superar situaciones de riesgos y conflictos.
Art. VI Principio de unidad: La unidad, que no es uniformidad, supone planificación ordenada y
coherente que permita una gestión descentralizada, una acción creativa y una convergencia en las
intervenciones.
Art. VII Principio de competencia: La calidad de la gestión escolar requiere la distribución de las
competencias de cada actor (individual y colectivo) y la consecuente clarificación de roles, según
criterios de subsidiariedad y complementariedad.
Art. VIII Principio de participación corresponsable: Todos los miembros de la IE son actores de la gestión
y de la convivencia, comparten información, programan a
CAPITULO I
DEL REGLAMENTO: DISPOSICIONES GENERALES
DEFINICION
Art. 1º.- El presente Reglamento Interno, es un documento normativo que formaliza y regula la
organización estructural y funciones de la Institución educativa: Contiene objetivos y la Organización de
la Institución: Así como las funciones, derechos, responsabilidades, obligaciones y prohibiciones de sus
miembros, el desarrollo de las actividades Académicas y Administrativas, el régimen económico,
disciplinario y las relaciones con la comunidad a fin de lograr las propuestas contenidas en el Proyecto
Educativo Institucional.
El presente documento consta de 13 capítulos y 50 artículos que será guía que norme la labor educativa
de la Institución, en el presente año escolar y proporcionará la debida información.
Art. 2º La Institución Educativa Pública Nº 70684 de Tahuantinsuyo, está ubicada en misma comunidad
de Tahuantinsuyo, distrito de Nicasio, Provincia de Lampa, departamento de Puno es de naturaleza
estatal, depende del Ministerio de Educación, Dirección Regional de Educación de Puno, Unidad de
Gestión Educativa Local Lampa.
CAPITULO II
HORARIO DE TRABAJO
Art. 3º.- Jornada Laboral del Personal de la Institución Educativa Pública Nº 70684 de Tahuantinsuyo:
Ingreso 08:45 a.m.
Actividades permanentes 08:45 – 08:55
1ª hora 09:00 – 09:45
6. 2ª hora 09:45 – 10:30
3ª hora 10:40 – 11:15
4ª hora 11:15 – 12:10
5ª hora 12:30 – 01:15
6ª hora 01:15 – 02:00
Actividades de salida 02:00 – 02:10
Art. 4º.- ALCANCES
• Personal Directivo.
• Personal Docente
• Educandos y/o participantes.
• Asociación de Padres de Familia.
CAPITULO III
FINES Y OBJETIVOS, FUNCIONES, ESTRUCTURA ORGANICA
Art. 5º.- FINES Y OBJETIVOS:
a. Determinar acciones y funciones que logren un mejor compromiso de la comunidad educativa con
la Visión y Misión de nuestro Plan Educativo Institucional, que demuestre un trabajo coordinado en
equipo con la práctica de valores propuestos.
b. Coordinar acciones para el mejor logro de los objetivos pedagógicos del plan Educativo
Institucional, previstos en el PCI, mediante la asignación de funciones y actividades así como las
tareas del PAT que conllevan a la participación comprometida de los actores.
c. Conseguir la buena marcha de la Institución Educativa de acuerdo a los fines y objetivos de la
Educación.
d. Desarrollar facultades cognoscitivas evolutivas, físicas, del educando, consolidando las bases de su
formación integral.
e. Estimular la capacidad de creación, proporcionando la adquisición de hábitos de orden, higiene,
relación social.
Art. 6º.- Las funciones generales son:
a. Planificar la labor educativa para lograr los objetivos estratégicos del PEI, los objetivos del PAT., los
Objetivos curriculares del PCI y los objetivos organizacionales del presente Reglamento Interno.
b. Coordinar acciones para el mejor logro de una educación de cambio continuo.
c. Interrelacionar con la comunidad.
CAPITULO IV
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Art. 7º.- La estructura orgánica de la Institución Educativa Nº 70684 de Tahuantinsuyo es la siguiente:
a. ORGANO DE DIRECCIÓN. Es el responsable de la organización y funcionamiento de la IE, así como de
conducir el desarrollo de las acciones educativas de acuerdo a la visión, misión, propuesta de
gestión y propuesta pedagógica del PEI.
b. ORGANO TECNICO PEDAGOGICO. Personal docente con 30 horas que es responsable de las acciones
educativas, así como de brindar los servicios que posibiliten o crean las condiciones favorables para
lograr la formación integral de los educandos en base a la propuesta pedagógica, los objetivos,
valores, principios planteados en el PEI y el PCI.
c. ORGANO CONSULTIVO.- CONEI, Es responsable de opinar sobre los instrumentos de planeación,
balances económicos y sobre cualquier otro tema que consulte la dirección.
Refrigerio 10:30–10: 40
Refrigerio 12:10– 12: 30
7. d. ORGANO DE PARTICIPACION.- APAFA, Comité de aulas y Consejo o Municipio Escolar de educandos,
Asociación de ex alumnos, que son responsables de contribuir en el mejoramiento, calidad y
eficiencia de los servicios educativos.
CAPITULO V
FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Art. 8º.- DEL DIRECTOR: El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa y tiene como
funciones las siguientes:
a. Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución y presentarlo
legalmente.
b. Supervisar y evaluar las actividades administrativas y pedagógicas.
c. Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el calendario anual
en base a los criterios técnicos dados por el MINEDU y de acuerdo a la realidad regional y local.
d. Maximizar la calidad de los aprendizajes, procurando elevar el rendimiento académico, estudiantil y
docente, la innovación y la ejecución de acciones permanentes de mantenimiento y mejoras de la
planta física, instalaciones, equipos y mobiliario.
e. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrículas, visitas de estudio, excursiones
y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar
nombres y apellidos de los alumnos en documentos pedagógicos oficiales, así como las
exoneraciones de asignaturas y aplicación de pruebas de ubicación, asimismo autorizar exámenes
de convalidación y revalidación.
f. Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado y coordinar acciones de ayuda con diversas
instituciones.
g. Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo.
h. Otorgar licencias. Cuando la licencia sea 30 o más días, seleccionar y designar al docente titulado
reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente a la
autoridad competente de la UGEL para su formalización contractual quien emitirá la resolución
dentro del plazo establecido.
i. Formular el presupuesto de la Institución educativa y velar por la correcta administración de los
recursos propios informando a la autoridad competente: UGEL, MINED.
j. Coordinar con la APAFA sobre el uso de los fondos que ella recaude.
k. Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos.
l. Autorizar el uso eventual de otros ambientes y/o equipos de la IE.
m. Coordinar con APAFA y la autoridad competente de la UGEL, MINED asuntos de interés común.
n. Estimular y organizar la participación de los alumnos de la IE. En eventos deportivos y culturales,
convocados por la UGEL. M.E. y otras instituciones.
o. Presidir en CONEI, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la
participación entre los miembros de la comunidad.
p. Autorizar el traslado de matrícula.
q. Investigar las denuncias por falta leve o faltas que no pueden ser consideradas como leve.
r. Alcanzar al denunciado la copia de la denuncia para que presente sus descargos.
Art. 9º.- SON FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE:
a. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, PCI, proyectos de innovación y
demás documentos de planeación estratégica.
b. Formular y ejecutar el PCI, la programación curricular de las asignaturas a su cargo, UUDDs y
entregar al Director en el plazo previsto.
c. Desarrollar y evaluar las experiencias de aprendizaje utilizando los métodos, medios y materiales e
instrumentos técnicos pedagógicos que coadyuven al logro de los objetivos.
d. Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de acuerdo con las normas específicas vigentes y
cumplir con la elaboración de su carpeta pedagógica actualizada.
e. Participar en acciones programadas de investigación experimentación de nuevos métodos, técnicas
de trabajo educativo así como eventos de actualización profesional.
f. Integrar las comisiones, coordinar el trabajo, colaborar con la dirección en las acciones que
permitan el logro de los objetivos.
8. g. Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo de permanencia en la IE:
h. Realizar acciones de recuperación pedagógica.
i. Cooperar con las acciones de mantenimiento, conservación de los bienes de la Institución.
j. Usar técnicas y métodos adecuados que garanticen el mejoramiento cualitativo de la educación.
k. Usar adecuadamente los instrumentos de evaluación.
l. En caso de tener más de 30 % de alumnos desaprobados programar evaluación de recuperación
previo reforzamiento.
m. Coordinar y mantener comunicación con los padres de familia y/o comité de participantes e
informar de ello a la Dirección de la Institución.
n. Dar cuenta a la autoridad inmediata superior de los problemas que se susciten en el orden
disciplinario o social de los alumnos y/o participantes.
o. Asistir a todas las actuaciones programadas por la Dirección.
p. Firmar la hoja de control de asistencia y avance curricular en forma oportuna.
q. Llevar al día el registro auxiliar y oficial de evaluación y de asistencia de sus alumnos.
r. Organizar, ambientar el aula y preparar el material educativo con la colaboración de los educandos
y padres de familia.
s. Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.
t. Dar charlas alusivas por cada fecha del calendario cívico escolar.
u. Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y su aprendizaje tratando o
derivando los que requieran atención especializada.
v. Coordinar en forma permanente con la Dirección alumnos, acciones para mejorar la actividad
Técnico Pedagógica de la Institución.
w. Al finalizar el año académico entregarán los documentos requeridos según la Directiva de
finalización emanada por la DREP.
x. En caso de que se ausente el Director, el profesor de aula asumirá la encargatura por oficio.
y. Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.
Art. 9°-A.- SON FUNCIONES DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA.
a. Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo de permanencia en la IE:
b. Brindar orientación emocional, psicológica, vocacional, afectiva y conflictos personales en las horas
de tutoría asignadas en su horario semanal.
c. Reportar los maltratos físicos, psicológicos y emocionales del acoso escolar (bullyng) considerados
como delitos y faltas a la dirección y al sistema de SiSEVE.
d. Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y su aprendizaje tratando o
derivando los que requieran atención especializada.
Art.9-B.- SON NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
a. Asistir a la escuela puntualmente y con regularidad sin las exigencias de sus padres y de los
docentes de aula.
b. Acudir a clase con buenas condiciones de higiene y de salud, manteniendo la limpieza de sus aulas y
de la institución.
c. Mantener una actitud correcta entre compañeros y profesores, sin discriminación de raza, sexo,
religión, o de opinión.
d. Respetar los derechos y la dignidad de cualquier persona del centro educativo más a sus
compañeros de estudios.
e. Mostrar interés por el estudio, el aprendizaje y por las actividades que se propongan en clase.
f. Resolver los problemas y conflictos siempre buscando el bien común del centro educativo y sin que
nadie salga perjudicado.
g. Respetar la integridad física y moral de todas las personas del centro educativo y de la sociedad a la
que pertenece la escuela.
h. Mantener una buena actitud de limpieza en las aulas y en cualquier disposición del centro escolar.
i. No arrojar objetos por las ventajas de las clases ni a compañeros o profesores.
j. Prohibidos los teléfonos móviles en las aulas.
9. k. Queda totalmente prohibido fumar dentro del centro educativo tanto para alumnos como
profesores.
l. No agredir a ninguna persona y buscar siempre la comunicación como forma de resolver los
conflictos.
m. Los valores en la vida social son importantes como: seguridad, justicia, igualdad, el bien común,
libertad, respeto e incluso solidaridad. En el caso que las normas no se cumplan es necesario
también añadir consecuencias negativas en el caso de no cumplirlas
Art. 10º.- SON FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.
a. En su rol de vigilancia ciudadana, cautelan el cumplimiento de las normas y disposiciones
relacionadas con la calidad del servicio, derechos de los educandos, desempeño eficiente y ético del
personal directivo, jerárquico, docente y administrativo, así como el uso adecuado y la
administración transparente de los recursos públicos.
b. Opinar antes de su aprobación, sobre las siguientes propuestas:
- Proyecto Educativo Institucional.
- Plan Anual de Trabajo.
- Reglamento Interno.
- Informe de Gestión del director.
c. Opinar sobre los balances semestrales y final de la APAFA.
d. Opinar sobre el balance de los ingresos propios de la Institución.
e. Emitir opinión acerca de cualquier tema que el Director decida consultarle.
Art. 11º. SON FUNCIONES DE DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA:
a. Participar en el proceso educativo de sus hijos.
b. Intervenir en el desarrollo de las actividades educativas que ejecuta la IE
c. Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el plan de trabajo y el presupuesto así como los planes
derivados de la asociación.
d. Contribuir al cumplimiento de las disposiciones administrativas emanadas del MINED para el mejor
funcionamiento de la Institución.
e. Respetar el desarrollo académico que efectúa el docente.
f. Participar en la IE., integrando los diferentes comités, brindando su apoyo en las tareas que se les
asigna.
g. Proponer estímulos para alumnos y docentes de mayor rendimiento académico y otras funciones
que figuran en el D.S. 016-2002-ED. Y presentar el informe económico dando acceso a los
documentos sustentatorios en el momento que sea requerido.
h. Asistir trimestralmente a la I.E a recibir el informe de los progresos de su hijo o pupilo.
i. Asistir obligatoriamente a la IE., cuando se le hace llegar una citación de parte de la Dirección.
Art. 12º.- SON FUNCIONES DEL COMITÉ DE AULA DE PADRES DE FAMILIA:
a. Apoyar y evaluar el plan de trabajo del Consejo Directivo de APAFA.
b. Fiscalizar el manejo de los recursos económicos captados en el periodo de matrículas, actividades,
donaciones y otros.
c. Planificar, ejecutar y evaluar las actividades pro-mejoramiento de la sección, viaje de estudios de
sus hijos o pupilos.
d. Apoyar y participar en las actividades planificadas por el profesor.
e. Acompañar en el viaje de estudios a los alumnos de la sección.
CAPITULO VI
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO PEDAGOGICO
Art. 13.- El periodo de planeamiento y organización, comprende principalmente lo siguiente:
10. a. La ratificación de matrícula es automática. A partir de segundo grado (promovidos) se efectúa en el
mes de diciembre y antes del inicio del año escolar.
b. Las evaluaciones de recuperación y subsanación se realizan mediante un rol publicado con
oportunidad.
c. La formulación del PCI., UUDD., debidamente dosificadas y la selección de indicadores de
evaluación son de responsabilidad del personal docente.
d. El calendario cívico escolar se formulará en el mes de marzo, considerando las fechas memorables a
responsabilidad de los docentes, de acuerdo a un cronograma.
e. El año lectivo que corresponde al trabajo educativo con los alumnos se iniciará el 02 de marzo y
concluirá el 31 de diciembre y la calendarización del año escolar, tiene una duración de 40 semanas
y se divide en tres trimestres de la siguiente forma: 1er trimestre, de 01/03/2015 al 11/06/2015;
2do trimestre, de 14/06/2015 al 01/10/2025; 3er trimestre, de 04/10/2015 al 30/12/2015,
acumulándose 1 100 horas pedagógicas.
CAPITULO VII
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
Art. 14º.- Los responsables de los documentos de matrícula de los alumnos son de responsabilidad de
los docentes de aula.
Art. 15º.- El inventario de la I.E. está bajo responsabilidad del Director.
Art. 16º.- El servicio de mantenimiento y conservación del local y mobiliario lo deben hacer los alumnos,
docentes, con ayuda del MINEDU y APAFA.
DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Art. 17º.- El Director debe cumplir la jornada de trabajo de 40 horas pedagógicas según la Directiva Nº
040-DREP-97
Art. 18º.- El personal docente debe cumplir la jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanal, con
permanencia en la Institución Educativa.
Art. 19º.- Los estudiantes asisten a la institución Educativa desde las 9:00 a.m. hasta 3:00 p.m.
Art. 20º.- El personal docente, registra su firma de entrada y salida en el libro de asistencia
correspondiente.
Art. 21º.- Se considera TARDANZA, cuando el trabajador ingresa a sus labores después de la hora
establecida, acumulándose los minutos para el informe de inasistencia del mes. Por considerarse el lugar
zona inhóspita se procederá con flexibilidad.
Art. 22º.- Se considera INASISTENCIA cuando:
a. No se hace presente en sus labores.
b. Cuando el servidor no cumple su misión o abandona su labor.
c. Cuando no asiste a las reuniones o asambleas convocadas por la Dirección.
d. Ingresa después de la hora establecida, acumulándose los minutos por cada tardanza.
Art. 23º.- Las tardanzas y faltas injustificadas no solo dan lugar a descuentos, sino las mismas son
consideradas como faltas de carácter disciplinario. Las sanciones son de responsabilidad del Director de
la IE., en caso de reincidencia tiene la obligación de informar a la UGELL y/o DREP.
Art. 24º.- Toda tardanza e inasistencia del alumnado será controlado y considerada falta injustificada.
Los padres de familia y/o apoderados deben justificar la inasistencia de sus pupilos personalmente
asimismo pueden solicitar permiso en caso justificado.
Art. 25º.- Los casos de tardanzas y faltas continuas de los alumnos serán materia de análisis
pormenorizado por el docente de aula y Director.
DE LA MATRICULA, EVALUACION Y CERTIFICACION
Art. 26º.- La matrícula se realiza por única y primera vez cuando los educandos ingresan al primer grado,
siendo los requisitos:
a. Partida de nacimiento o DNI del menor.
b. Presencia del padre o apoderado.
c. Certificado de educación inicial.
Art. 27º.- La expedición de certificados lo realiza el profesor de aula, a cargo del sexto grado.
11. CAPITULO VIII
DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS,
FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE
Art. 28º.- De los derechos:
a. El trabajador nombrado tiene derecho a la estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo y centro de
trabajo.
b. Tiene derecho a percibir remuneración de acuerdo a Ley.
c. Recibir un trato justo y adecuado de la autoridad y miembros de la comunidad educativa.
d. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los documentos de planeación estratégica de
la Institución.
e. Recibir apoyo para su actualización, capacitación y especialización permanente.
f. Recibir un reconocimiento justo por el desempeño eficiente de sus funciones.
g. Reconocimiento del tiempo de servicios y otorgamiento de pensiones y compensación de acuerdo a
Ley.
h. Descanso vacacional y por el día de su onomástico.
i. Tiene derecho a solicitar licencia por enfermedad, acreditando con certificado médico y por índole
personal, debido al fallecimiento del cónyuge, padres, hijos y hermanos, refrendados con los
requisitos de Ley.
j. El trabajador tiene derecho a libre asociación y sindicalización dentro de su gremio.
k. Tiene derecho a recibir estímulos en reconocimiento a su cumplimiento, esfuerzo y dedicación al
trabajo.
l. Tener acceso al Reglamento Interno de la Institución y velar por su cumplimiento.
m. Tiene derecho al permiso por un día en el mes de marzo para realizar la matrícula de sus hijos.
n. Tiene deber de participar activamente en las actividades culturales, educativas, deportivas,
religiosas, cívicas, artísticas,… de la Institución.
o. Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección en las acciones que permitan el logro
de los objetivos.
p. Orientar a los alumnos, velar por su seguridad durante el recreo y demás actividades, evitando que
éstos realicen actos reñidos contra la moral y buenas costumbres.
Art. 29º.- De las atribuciones:
Las atribuciones están indicadas en las funciones de todos los órganos y deberes de los trabajadores en
el presente reglamento.
Art. 30º.- De las prohibiciones:
a. Está prohibido citar a los alumnos fuera de los horarios establecidos para efectuar cualquier tipo de
labores académicas, bajo responsabilidad.
b. Está prohibido realizar labor político partidaria y/o sindicalista durante el ejercicio de sus funciones.
c. Ningún trabajador de la institución, podrán pedir cuotas a los alumnos, ni mucho menos realizar
actividades sin previo conocimiento de la Dirección. Toda actividad y cobro de cuotas será
autorizado por escrito por la Dirección de la Institución.
d. Está prohibida la venta de libros y folletos sin la autorización respectiva dentro de la Institución
Educativa.
e. Está prohibido fumar, libar licor en las horas de trabajo (aulas).
f. Está terminantemente prohibido que los trabajadores en general ingresen al local de la Institución
con síntomas de embriaguez y/o exhibirse en estado etílico alrededor de la Institución en salva
guarda de la integridad social y moral de los educandos, debiendo la autoridad sancionar de
acuerdo al presente artículo y a la Ley del profesorado Nº 29444.
g. Hacer publicaciones y comentarios que dañen el prestigio de la Institución y/ participar y avalar las
mismas.
h. Está prohibido utilizar las notas de evaluación de los alumnos para conseguir favores o como
represalia.
i. Está prohibido solicitar o recibir regalías de los alumnos y padres de familia.
j. Está prohibido que los profesores den permiso a los alumnos en horas de clase.
k. Está prohibido que los docentes encarguen a los alumnos el reparto de pruebas de evaluación,
cuadernos, asignaciones y otros en sesiones de clase que no les corresponde.
12. l. Está prohibido dejar los pizarrones de las aulas con escritos o garabatos.
m. Está prohibido dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función.
n. Está prohibido emplear a los alumnos para servicios personales.
o. Está prohibido sacar fuera del plantel los materiales, herramientas, mobiliario, máquinas u otros
objetos sin autorización.
p. Está prohibido simular reiteradas enfermedades.
Art. 31º.- De los estímulos:
Las Instituciones de la comunidad, Los Municipios, APAFA, Organización de ex alumnos y otros similares
relacionados con las acciones educativas, podrán reconocer la labor sobresaliente del trabajador
otorgando el estímulo consistente en:
a) Felicitación escrita.
b) Diploma y/o medalla al mérito.
c) Apoyo y difusión en la publicación de sus trabajos.
d) Felicitación mediante Resolución de UGEL, DREP, bajo trámite de la Institución.
Art. 32º.- De las faltas:
a) Incumplir las funciones del cargo o desempeñarlas con negligencia.
b) Atentar contra la integridad física y moral del educando, de sus colegas y demás personas con
quienes labora en la Institución.
c) Abandonar o evadir su labor correspondiente exponiendo al peligro la integridad moral y física de
los educandos.
d) Faltar de palabra u obra a la autoridad educativa, abuso de autoridad y uso del cargo con fines
indebidos.
e) Inasistir o ausentarse reiteradamente de la Institución Educativa sin causa justificada.
f) Hacer caso omiso de los acuerdos y comisiones encomendadas en asamblea.
g) Abandonar La institución en horas de labor sin permiso.
Art. 33º.- De las sanciones:
El trabajador que incumpla el presente reglamento será objeto de las siguientes sanciones:
a) Amonestación verbal y en privado.
b) Amonestación por escrito.
c) Informe a la autoridad inmediata superior.
d) Dar por finalizado su contrato, si es personal contratado.
CAPITULO IX
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y/O ESTIMULOS,
FALTAS, SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
Art. 34º.- De los derechos:
a) Recibir formación integral en cada grado, dentro de un ambiente que brinde seguridad moral y
física así como los servicios de tutoría.
b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le
concierne como alumnos y /o participantes.
c) Recibir en forma gratuita los servicios educativos del estado de acuerdo a normas establecidas.
d) Recibir estímulos en mérito a acciones distinguidas.
e) Participar en viajes de estudio y visita turística bajo la dirección de los profesores.
f) Editar boletines, revistas, periódicos, escolares bajo la dirección del profesor.
g) Consultar a los profesores en el aula o fuera de ella sobre los problemas que le atañen.
h) Tienen derecho al uso de la biblioteca, material educativo, campo deportivo.
i) Recibir su informe de progresos de calificaciones oportunamente.
j) Participar con derecho a elegir y ser elegido en la organización del municipio Escolar.
Art. 35º.- Deberes y obligaciones:
a) Respetar a sus profesores, personal de la Institución, u otras personas mayores.
b) Participar en forma respetable en las actividades educativas de la institución.
c) Cuidar los ambientes, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la institución.
d) Cumplir los reglamentos y otras disposiciones relativas a la institución.
13. e) Asistir con puntualidad a sus clases diariamente.
f) Cumplir con los deberes que los profesores asignen en el aula.
g) Representar a la Institución en cualquier actividad sea deportiva, cultural o artístico.
h) Cumplir las normas disciplinarias de acuerdo al reglamento Interno de la institución.
i) Asistir con puntualidad a las actividades culturales, cívico patrióticas, deportivas y otras que
organiza la Institución.
j) Las inasistencias y continuas tardanzas deberán justificar con la presencia de su padre o apoderado.
Art. 36º.- De las prohibiciones:
a) Utilizar en nombre de la Institución para celebrar ventas, rifas sin autorización de la Dirección.
b) Portar armas u objetos punzo cortantes o contundentes.
c) Causar deterioro en el local escolar, instalaciones y mobiliario.
d) Apropiarse ilícitamente de los útiles, prendas de sus compañeros y las pertenencias de la
Institución.
e) Maltratar de palabra u obra a sus compañeros, haciendo uso de un mal vocabulario o llevando
ventaja física.
f) Abandonar las aulas en horas de trabajo educativo, sin autorización.
g) Portar revistas, artefactos, objetos de valor y otras que distraigan su labor educativa, de cuya
pérdida la institución no se responsabiliza.
h) Está prohibido faltar a clases en forma colectiva, salir de paseo o excursión sin autorización de la
Dirección de la Institución.
Art. 37º.- De las faltas:
a) Es una falta hacer caso omiso a las órdenes de sus superiores.
b) Destruir o causar deterioro de la infraestructura y la mobiliario escolar.
c) El incumplimiento de sus deberes, obligaciones y desacato a las prohibiciones, constituyen falta la
que será sancionada según reglamento.
d) Faltar de obra o palabra a sus superiores, brigadieres o policías escolares.
e) Adueñarse ilícitamente de los bienes de la Institución.
Art. 38º.- De los estímulos:
Los estímulos a que hacen acreedores los educandos y/o participantes, por acciones extraordinarias
dentro y fuera de la Institución son:
a) Felicitación escrita.
b) Diploma de mérito.
c) Viaje de estímulo.
d) Resolución de felicitación de la UGEL Y/o de la DREP.
e) Desempeñar cargos de honor como brigadier, integrante de la escolta, candidato al municipio
escolar.
Art. 39º.- De las sanciones:
Las sanciones que se aplican a los estudiantes por incumplimiento del presente reglamento de acuerdo
a Ley, son las siguientes:
a) Amonestación verbal o escrita del profesor, Director con la presencia del padre o apoderado.
b) El alumno que ocasione deterioro de los bienes de la Institución, deberá reponerlo en un plazo
máximo de quince días.
c) Reporte al sistema de SiSEVE de los maltratos físicos, psicológicos y emocionales,
el acoso escolar (bullyng)
CAPITULO X
DE LA ADMINISTRCION DE LOS RECURSOS
Art. 40º.- Los recursos económicos del plantel son administrados por la Dirección, está constituido por:
Recursos propios es el que se considera:
a) Alquiler de pastos naturales y la venta de avena forrajera.
b) Venta de algunos materiales no servibles como pedazo de madera, leña y otros.
c) Fondo económico recaudado en actividad planificada.
14. Art. 41º.- Los ingresos captados en recursos propios son invertidos en su totalidad en las necesidades de
la Institución, como la compra de material de escritorio, talonarios de recibos, Las cuales serán
registradas detalladamente en el libro de caja bajo la responsabilidad del tesorero.
CAPITULO XI
ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN
Art. 42º.- La Asociación de Padres de familia está obligado a participar en las actividades organizadas por
el plantel y brindar apoyo decidido de acuerdo al D.S. 016-2002-ED.
Art. 43º.- El Municipio Escolar o Consejo Estudiantil son organismos representativos del alumnado y
deben actuar necesariamente en coordinación con la Dirección y profesor de aula.
Art. 44º.- Los padres de familia, apoderados, acreditados, deberán apersonarse a la Dirección del plantel
para informarse del aprendizaje y comportamiento de sus hijos y recibir orientaciones.
Art. 45º.-La asociación de ex alumnos puede participar en beneficio del plantel en las diferentes
actividades que se programe.
CAPITULO XII
DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIONES
Art. 46º.- El alumnado gozará de los servicios educativos adicionales:
a) En caso de sufrir accidente y/o enfermedad, podrá gozar de los servicios del Seguro Escolar Gratuito
en el Centro de Salud del sector.
b) Tienen derecho a recibir orientación sexual, vocacional, nutricional, hábitos de: higiene, cortesía,
valores y otras que correspondan a sus inquietudes y madurez.
c) Puede participar en los campeonatos deportivos, en todos sus disciplinas, festivales artísticos
dentro de la institución o representando al mismo con conocimiento de la autoridad educativa.
d) Podrán participar en paseo, campeonatos, viajes de estudios, excursiones, planificadas por el
personal docente.
Art. 47º.- El personal docente y administrativo gozará de:
a) Atención de salud en EsSalud.
b) Participar en actividades económicas, socio-culturales.
c) Recibir ayuda moral y económica en momentos difíciles de su vida.
CAPITULO XIII
ASPECTOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE REGLAMENTO
Art. 48º.- El personal que labora en la Institución y el alumnado en general, está obligado a asistir y
permanecer en la Institución, en las actuaciones, actividades curriculares y extra curriculares,
programadas, especialmente en el aniversario de la institución, la inasistencia será sancionada.
Art. 49º.- El presente Reglamento tiene vigencia para el presente año lectivo.
Art. 50º.- Lo que no está contemplado en el presente reglamento queda para ser absuelto por el
Director, docente y Asociación de Padres de Familia.
Tahuantinsuyo, diciembre de 2016