Ley 693 o Ley de Soberania y Seguridad Alimentaria y Nutrcional por Josè Angel Cruz Hernandez
1. LEY DE SOBERANIA Y
SEGURIDAD ALIMENTARIA Y
NUTRICIONAL.
LEY No. 693
2. Principales temas a desarrollar:
Objetivos de la Ley de Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional.
Algunas definiciones básicas.
Principios de la Ley de Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional.
Estructuras; su composición y funcionamiento.
LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
3. La ley tiene por objetivo general garantizar el
derecho de todas y todos los Nicaragüenses de
contar con alimentos suficientes, inicuos y
nutritivos acordes con sus necesidades
vitales; y que estos sean accesibles física,
económica, social y culturalmente de forma
oportuna y permanente
OBJETIVO GENERAL DE LA LEY 693
4. OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Mejoramiento de la
producción interna de alimentos
2. Aliviar la pobreza, el hambre, la
marginación, el abandono y la
exclusión de la población
3. Facilitar el acceso a los
alimentos inocuos y
culturalmente aceptables.
4. Disminuir los índices de
deficiencia de micro-nutrientes y la
desnutrición proteínica-energética en
los niños menores de cinco años.
5. Garantizar la calidad del
control higiénico sanitario y
nutricional de los alimentos.
6. Garantizar la calidad del control
higiénico sanitario y nutricional de
los alimentos.
7. Ordenar y coordinar los esfuerzos de
las organizaciones en pro de la SSAN
5. DEFINICIONES BASICAS
Soberanía Alimentaria
Derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y
estrategias sostenibles de producción, distribución y consumo de
alimentos, que garanticen el derecho a la alimentación para toda
la población.
Seguridad Alimentaria y
Nutricional
se entiende la disponibilidad y estabilidad del suministro de
alimentos, culturalmente aceptables, de tal forma que todas
las personas, todos los días y de manera oportuna gocen del
acceso y puedan consumir los mismos en cantidad y calidad
libres de contaminantes.
Política de Seguridad
Alimentaria y Nutricional
política que el Estado asume estableciendo los principios rectores
y los lineamientos generales que orientan las acciones de las
diferentes instituciones, sectores involucrados, organizaciones de
la sociedad civil y las empresas privadas que desarrollan
actividades de SSAN.
Participación ciudadana
proceso de involucramiento de actores sociales
individual y colectiva con el objeto de incidir y
participar en la toma de decisiones, gestión y diseño de
las políticas publicas en los diferentes niveles, con el
propósito de lograr un desarrollo humano sostenible en
corresponsabilidad con el Estado.
6. Principios de la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional:
1. disponibilidad 8. Solidaridad
2.Equidad y acceso 9. Transparencia
3.Consumo 10. Tutela
4.Utilización biológica 11. Equidad
5.Participación 12. Integralidad
6.Eficiencia 13. Sostenibilidad
7.No discriminación 14. Descentralización
Principios complementarios:
1.Soberanía alimentaria
2.Precaución
3.Prevención
4.Inclusión
LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
7. LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
Estructuras, composición y funcionamiento:
Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional (SINASSAN)
Comisión Nacional de Soberanía
y Seguridad Alimentaria u
Nutricional (CONASSAN)
Secretaria Ejecutiva de
Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional
(SESSAN)
Consejos Técnicos Sectoriales
para la Soberanía y
Seguridad Alimentaria y
Nutricional (COTESSAN)
Comisiones regionales del las
regiones autónomas de
atlántico Norte y Sur
(CORESSAN)
Comisiones departamentales
para la Seguridad y
soberanía alimentaria y
nutricional (CODESSAN)
Comisiones Municipales para la
Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional
(COMUSSAN).
8. Sistema Nacional de Soberanía y
Seguridad Alimentaria y
Nutricional (SINASSAN)
Este sistema esta creado para implementar el derecho a la alimentación
como un derecho humano y fundamental que incluye el derecho a no
padecer hambre a una alimentación adecuada y a la soberanía
alimentaria y nutricional.
QUIENES INTEGRAN LA SINASSAN?
CONASSAN SINASSAN COTESSAN CORESSAN CODESSAN COMUSSAN
9. LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
CONASSAN
CONFORMACION DE CONASSAN
Titulares de las Instituciones del Estado,
Titulares de los consejos regionales de las regiones autónomas del atlántico norte y
sur.
Representación de gobiernos municipales a través de AMUNIC
Organizaciones de la sociedad civil con representación nacional e incidencia en
Soberanía y Seguridad alimentaria y nutricional.
FUNSIONES DE CONASSAN
Es la instancia máxima de toma de decisiones y
coordinación intersectorial e intergubernamental a
nivel nacional, la preside el presidente de la
República. Esta comisión se reunirá
ordinariamente dos veces al año y extraordinaria
cuando convoque el Presidente de la R-
- proponer al Presidente de la República la aprobación de la Política Nacional de SSAN con equidad de
género y étnica.
- Aprobar evaluar y actualizar las estrategias, planes, programas y proyectos en materia de soberanía y
seguridad alimentaria y nutricional en el nivel nacional.
- Aprobar el diseño y funcionamiento de las instancias y órganos del SINASSAN, así como su reglamento
interno, presentado por la SESSAN.
- Presentar propuesta de declaratoria de zonas de emergencia o emergencia nacional en materia de
Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional al Presidente de la República.
- Aprobar y divulgar anualmente el Informe Nacional del Estado de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional de Nicaragua (INESSAN).
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SESSAN
ESTRUCTURA DE LA SESSAN:
Secretaria ejecutiva
Unidad de planificación
Unidad de evaluación y seguimiento.
Es el ente encargado de operativizar las decisiones de la CONASSAN
y tiene la responsabilidad de llevar a cabo la coordinación
intersectorial y la articulación de programas y proyectos de las
instituciones nacionales e internacionales vinculados a la SSAN.
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Consejos Técnicos Sectoriales para la Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional (COTESSAN)
Estarán coordinados por el Ministro que coordina el sector;
ESTOS CONSEJOS ESTARAN CONFORMADOS POR LOS SIGUIENTES
ACTORES:
a. El o los Ministerios e Instituciones Públicas que conforman el Sector;
b. Una o un representante de organismos no gubernamentales de
cobertura nacional;
c. Una o un representante de los gremios con cobertura nacional;
d. Una o un representante de la empresa privada, con cobertura nacional
e. Una o un representante de las organizaciones de los pueblos indígenas;
f. Una o un representante de las Universidades designado por el Consejo
Interuniversitario de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
12. LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
5. Comisiones Regionales en las regiones autónomas del atlántico
norte y sur para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional (CORESSAN):
Son la máxima instancias de toma de decisiones y de coordinación
intersectorial a nivel regional.
Estarán integradas por una o un delegado (a) de las siguientes entidades:
• Gobierno regional
• Gobiernos locales
• Ministerios que forman parte de la CONASSAN
• Organizaciones de la sociedad civil que actúen en programas y proyectos
en la región de SSAN.
13. 6. Comisiones departamentales para la Soberanía y Seguridad
Alimentaria y Nutricional (CODESSAN)
son la instancia máxima de toma de decisiones y coordinación intersectorial
a nivel departamental, de seguimiento y evaluación de planes y
proyectos dirigidos al desarrollo de la SSAN.
Estarán integradas por una o un delegado (a) de las siguientes
entidades:
• Un delegado electo entre los alcaldes del departamento (este lo
coordinara)
• Una o un delegado (o) de los delegados ministeriales de los ministros
que forman parte de la CONASSAN
• Una o un delegado de las organizaciones de la sociedad civil.
LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693
14. 7. Comisiones Municipales para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y
Nutricional (COMUSSAN).
Son la instancia máxima de toma de decisiones y coordinación intersectorial
a nivel municipal, son presididas por el Alcalde o Alcaldesa.
Las comisiones Municipales están integradas por:
• El alcalde o su delegado o delegada por el consejo Municipal, (este
coordina)
• Una o un delegado (o) de los delegados ministeriales de los ministros que
forman parte de la CONASSAN
• Una o un delegado de las organizaciones de la sociedad civil, que
ejecuten programas y proyectos orientados a fomentar la SSAN.
LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL; LEY No. 693