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Programa de
Bienestar Emocional,
Bienestar para
estar bien
Para el alumnado. Curso 2022-2023
Generalitat de Catalunya
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La educación es un derecho de todas las personas,
reconocido en nuestro ordenamiento jurídico y
en el ordenamiento internacional. El ejercicio
de este derecho debe garantizarse a lo largo de
toda la vida y atendiendo a todas las facetas del
desarrollo personal y profesional. La educación
es al mismo tiempo una realidad fundamental
de cualquier comunidad nacional, en la medida
en que es el principal factor en la generación
de capital humano, contribuye al crecimiento
del capital social y es un elemento de cohesión
social y cultural a través de la igualdad de
oportunidades.
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La educación es, pues, la puerta obligada a la
realización personal y al progreso colectivo;
es la palanca que hace posible la superación
de los condicionantes personales, sociales,
económicos y culturales en origen; es la
llave de las oportunidades para superar las
desigualdades y para descubrir y aprovechar
todos los talentos de la sociedad.
Una de las más altas funciones de los poderes
públicos democráticos es, pues, garantizar de
forma efectiva el derecho a la educación para
todo el mundo, removiendo los obstáculos
de cualquier tipo que lo dificulten.
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La Generalidad de Cataluña ha asumido a
lo largo de su historia esta responsabilidad:
desde los primeros traspasos recibidos en el
año 1981 se han elaborado leyes específicas
en el ámbito educativo, como la Ley 14/1983,
reguladora del proceso de integración en la
red de centros docentes públicos de diversas
escuelas privadas; la Ley 8/1983, de centros
docentes experimentales; la Ley 25/1985,
de los consejos escolares; la Ley 4/1988,
reguladora de la autonomía de gestión
económica de los centros docentes públicos
no universitarios de la Generalidad de Cataluña;
la Ley 3/1991, de formación de adultos, y la
Ley 5/2004, de creación de guarderías de calidad.
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La promulgación de la Ley de educación se inspira
en el precepto estatutario sobre los derechos,
deberes, libertades y competencias en el ámbito
de la educación y quiere darle cumplimiento.
Esta garantía se concreta en la regulación y la
oferta del Servicio de Educación de Cataluña.
Este servicio está constituido por una red plural
de centros educativos de titularidad pública y
de titularidad privada y es el resultado de la
tradición educativa y social del país.
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La Ley de Educación regula explícitamente
los derechos, libertades y obligaciones que
corresponden a todos los miembros de la
comunidad educativa: alumnos, padres y
madres, profesores y demás profesionales
educativos, la Administración educativa y la
Administración local, así como los titulares de
los centros privados. Al definir estos derechos
y obligaciones de los sujetos del sistema
educativo, la Ley establece los límites que
separan unos derechos de otros, los criterios
y principios que intervienen y las garantías
precisas para su correcta aplicación.
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RESOLUCIÓN EDU/139/2023, de 19 de enero, por la
que se aprueba el Programa de Bienestar Emocional,
Bienestar para estar bien, vinculado al plan de
bienestar emocional del alumnado para el
curso 2022-2023, en el marco del Programa
de Cooperación Territorial de Salud Mental.
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La Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación manifiesta en el Preámbulo la
importancia de la escuela por el bienestar individual y colectivo. Contempla
dar respuestas singulares y flexibles a las necesidades y demandas de la
sociedad actual.
El mundo tecnológico, virtual, de rápidos cambios sociales y demográficos, de
incertidumbre vital y profesional y del creciente índice de trastornos mentales
y emocionales que la pandemia ha hecho sobresalir, desde el mundo educativo,
nos encontramos con la necesidad de enfocarnos en el bienestar emocional
como una de las bases clave de la salud física, emocional, social y personal
de los y de nuestras jóvenes.
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El Decreto 175/2022, de 27 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas
de la educación básica establece en el punto II, apartado e) la especial atención
al bienestar emocional de niños y jóvenes que comprende tanto la experiencia
subjetiva de sentirse bien, en armonía y con tranquilidad, como también la
experiencia personal de satisfacción consigo mismo para poder hacer frente
a las dificultades y superarlas en positivo.
En el Capítulo I, artículo 2, se refiere a los elementos definitorios de la
educación básica, poniendo de manifiesto en relación con el bienestar emocional
que el clima escolar positivo es un factor de protección que promueve el
bienestar emocional de toda la comunidad educativa y el establecimiento de
vínculos que fomenten el sentimiento de pertenencia, la identificación con el
grupo, el reconocimiento de la diferencia, la equidad, la seguridad emocional y
las relaciones personales positivas, y la convivencia pacífica.
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El Decreto 171/2022, de 20 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas
de bachillerato, en el anexo 1 de competencias clave al bachillerato indica que
la competencia personal, social y de aprender a aprender implica la capacidad
de reflexionar sobre un mismo para autoconocerse, aceptarse y promover
un crecimiento personal constante; gestionar el tiempo y la información
eficazmente; colaborar con otros de forma constructiva; mantener la
resiliencia y gestionar el aprendizaje a lo largo de la vida.
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La Orden EDU/217/2022, de 23 de septiembre, por la que se establece el
currículum de la formación instrumental para las personas adultas señala
en el anexo 1, en las competencias clave, concretamente en la competencia
personal, social y de aprender a aprender, la habilidad favorecer el propio
bienestar físico y emocional, conservar la salud física y mental, y ser capaz
de llevar una vida saludable.
En esta misma Orden, en el anexo 2, concretamente en el área de Medio
natural, social y cultural, se especifica que esta tiene por objetivos promover
el bienestar, los hábitos y los estilos de vida saludables en las persones adultas,
fomentando el autoconcepto y la autoestima; potenciar el conocimiento y el
respeto por el entorno y el medio ambiente y las acciones para su conservación
y mejora; fomentar la integración social y la participación llena en la vida cívica.
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La Conferencia Sectorial de Educación ha acordado, en fecha 12 de julio de
2022, el Acuerdo mediante el que se aprueba la propuesta de distribución
territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las
Comunidades Autónomas destinadas al Programa de Bienestar Emocional
en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2022, por importe
5.000.000,00 euros, concediendo el importe de 806.696,00 euros a la
Comunidad Autónoma de Cataluña para la financiación del Programa
de Cooperación Territorial de Salud Mental.
La finalidad del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental es
ayudar a cubrir las necesidades de atención que tiene el alumnado en
el ámbito del bienestar emocional y la salud mental.
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El Programa de Bienestar Emocional, parte de la Estrategia Nacional de Salud
Mental 2022-2026, que pretende proporcionar una herramienta útil para la
mejora del bienestar emocional de la población, atender de manera integral
a las personas con problemas de salud mental, apoyar a las familias y promover
un modelo de atención integral y comunitario que favorezca la recuperación
y la integración social.
El Programa de Bienestar Emocional Bienestar para estar bien tiene como
destinatarios los tutores, los docentes, el profesorado de orientación educativa,
y también al alumnado y a las familias de los centros sostenidos con fondos
públicos y concertados del último ciclo de Educación Primaria, la Educación
Secundaria Obligatoria y de los estudios postobligatorios.
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Los objetivos que guían el Programa de Bienestar Emocional son:
1. Acompañar a los y las docentes para ofrecerlos herramientas por la mejora
del bienestar emocional del alumnado.
2. Apoyar a los y las docentes cuando detectan dificultades de gestión
emocional con el alumnado.
3. Asesorar en los centros educativos en situaciones graves de gestión
emocional que se puedan producir en el centro.
4. Detectar y dar una respuesta grupal en situaciones de riesgo de malestar
emocional en el alumnado.
5. Promover actuaciones preventivas que tengan un impacto positivo en
el bienestar emocional y relacional de los niños, niñas y jóvenes.
6. Ofrecer formación al profesorado que contribuya a desarrollar las
competencias relacionadas con el bienestar emocional para adecuarlas
a las necesidades actuales.
7. Promover y sensibilizar en los centros educativos respeto la importancia
del bienestar emocional.
8. Desarrollar competencias, habilidades y capacidades de los niños y
adolescentes para el desarrollo emocional.
9. Ofrecer a las familias herramientas y recursos por la gestión emocional
de sus hijos e hijas.
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La Organización Mundial de la Salud (OMS) informa que la mitad de los
trastornos mentales aparecen por primera vez antes de los 14 años y
un 75% empiezan antes de los 18 años. Un informe reciente de UNICEF
sobre la salud mental de la infancia concluye que más del 13% de los y
las adolescentes de 10 a 19 años sufren un trastorno mental diagnosticado.
Según la Encuesta de Salud de Cataluña (YESCA) del Departamento de Salud,
los resultados del 2020 indican que el 10,6% de la población de 4 a 14 años
tiene más probabilidad de sufrir un problema de salud mental, sin diferencias
significativas según el género. La probabilidad de sufrir un problema de salud
mental en esta población muestra una tendencia creciente desde el periodo
2014-2015, que se hace más evidente en el periodo 2018-2019 y se acentúa
en el periodo 2019-2020, donde se observan diferencias significativas
estadísticamente respecto del periodo anterior.
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Según la misma encuesta, la infancia de la clase social menos favorecida
(13,5%) tienen un riesgo más alto de sufrir un problema de salud mental
y/o adicciones que la infancia de la clase social más favorecida (6%).
El impacto de los factores socioeconómicos en la salud mental es muy
relevante: es conocido el aumento de la problemática de salud mental
y/o adicciones en poblaciones socioeconómicamente desfavorecidas,
con situaciones de vulnerabilidad social y precariedad económica, y
la población infantil y juvenil no es una excepción.
Hay que hacer referencia al aumento dramático de los problemas de salud
mental y/o adicciones vinculados especialmente al contexto epidemiológico
de la COVID-19, que se ha abordado específicamente en un informe del
Grupo de Trabajo sobre la Afectación de la COVID-19 en la Infancia del
Observatori del Drets dels Infants.
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El mayo del 2022 el Departamento de Educación hizo una encuesta sobre
el Bienestar Emocional del alumnado desde 5.º de primaria hasta la tabla-
obligatoria. Los resultados de la encuesta indican que el 79% del alumnado
considera que tiene un buen estado de salud. En relación en el estado
emocional, el 60% consideran que a menudo o siempre tienen ganas de hacer
cosas, un 25% algunas veces y un 9% muy pocas veces. Cuando se los pregunta
por la alegría y por la depresión, el 65% manifiestan que siempre o a menudo
están alegres, mientras que un 18% dicen que siempre o a menudo están
deprimidos. En esta encuesta se recogen también los pensamientos auto
líticos y los resultados indican que el 57% de los jóvenes no han pensado
nunca al hacerse daño de manera voluntaria, un 19% pocas veces, un 8%
varias veces y un 5% lo piensa a menudo.
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En este contexto educativo y social, en que la pandemia actual provocada
por la Covid ha dejado consecuencias que hay que abordar, y teniendo en
cuenta, entre otras cuestiones educativas, la importancia de prevención, el
Departamento de Educación ha previsto llevar a cabo el Programa de Bienestar
Emocional Bienestar para estar bien en el marco del Programa de Cooperación
Territorial de Salud Mental, que se desarrollará con la financiación acordada en
el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación anteriormente mencionada.
Por todo lo expuesto,
Resuelvo:
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Aprobar el Programa de Bienestar Emocional Bienestar para estar bien para
el curso 2022-2023, en el marco del Programa de Cooperación Territorial
de Salud Mental, que se detalla en el anexo.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas
interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de
Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la
publicación de esta Resolución en el DOGC, según lo que disponen el
artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y
de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas o cualquier otro
recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 19 de enero de 2023
Anna Chillida Fibla
Directora general del Alumnado
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Anexo
Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien, en el
marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental.
1. Definición.
El Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien, para el curso
2022-2023, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud
Mental, es un programa que se centra en el apoyo de los docentes por la
promoción y la prevención del bienestar emocional del alumnado a través
de acciones de acompañamiento, asesoramiento y apoyo al profesorado
y en los centros educativos.
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2. Objetivos.
Los objetivos de este Programa son:
1. Acompañar a los y las docentes para ofrecerlos herramientas por
la mejora del bienestar emocional del alumnado.
2. Apoyar a los y las docentes cuando detectan dificultades de gestión
emocional con el alumnado.
3. Asesorar en los centros educativos en situaciones graves de gestión
emocional que se puedan producir en el centro.
4. Detectar y dar una respuesta grupal en situaciones de riesgo de malestar
emocional en el alumnado.
(...)
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(...)
5. Promover actuaciones preventivas que tengan un impacto positivo
en el bienestar emocional y relacional de los niños, niñas y jóvenes.
6. Ofrecer formación al profesorado que contribuya a desarrollar las
competencias relacionadas con el bienestar emocional para adecuarlas
a las necesidades actuales.
7. Promover y sensibilizar en los centros educativos respeto la importancia
del bienestar emocional.
8. Desarrollar competencias, habilidades y capacidades de los niños y
adolescentes para el desarrollo emocional.
9. Ofrecer a las familias herramientas y recursos por la gestión emocional
de sus hijos e hijas.
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3. Alumnado destinatario.
El Programa se dirige al alumnado del ciclo superior de primaria, de la
educación secundaria obligatoria y de la educación postobligatoria de
todos centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos que
conforman el servicio de educación de Cataluña.
4. Perfiles de los y las profesionales.
El equipo que desarrolla el programa está formado por 20 profesionales
de la especialidad de la psicología, la pedagogía, la psicopedagogía y
la gestión administrativa.
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5. Líneas de actuación.
Este programa establece ocho líneas de actuación:
1. Atención telefónica a los tutores y tutoras y a los profesionales de la educación
para realizar asesoramiento en demandas relacionadas con el bienestar emocional
del alumnado.
2. Acompañamiento presencial y telefónico en los centros educativos en situaciones
de emergencia relacionadas con el bienestar emocional del alumnado.
3. Acompañamiento en los centros para la mejora de la gestión emocional de la
comunidad educativa.
4. Acompañamiento para la mejora de la gestión emocional de los grupos-clase.
5. Elaboración de materiales y recursos para los centros educativos.
6. Formación al profesorado relacionada con el bienestar emocional del alumnado.
7. Talleres para las familias como contexto del bienestar.
8. Campañas de sensibilización y divulgación relacionadas con el bienestar emocional.
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6. Evaluación.
Durante todo el desarrollo del Programa de Bienestar Emocional el equipo
de profesionales hará una evaluación continuada de forma cuantitativa y
cualitativa, a partir de unos indicadores que permitan valorar la evolución
del programa y ser un motor para la mejora.
7. Duración.
El Programa tiene una duración de un curso escolar, correspondiendo al curso
2022-2023. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el marco del
Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental y según la continuidad de
este y las disponibilidades presupuestarias futuras para financiar los programas
vinculados de las comunidades autónomas, puede valorar la continuidad en
los cursos escolares siguientes.
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Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien

  • 1. José María Olayo olayo.blogspot.com Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien Para el alumnado. Curso 2022-2023 Generalitat de Catalunya
  • 2. José María Olayo olayo.blogspot.com La educación es un derecho de todas las personas, reconocido en nuestro ordenamiento jurídico y en el ordenamiento internacional. El ejercicio de este derecho debe garantizarse a lo largo de toda la vida y atendiendo a todas las facetas del desarrollo personal y profesional. La educación es al mismo tiempo una realidad fundamental de cualquier comunidad nacional, en la medida en que es el principal factor en la generación de capital humano, contribuye al crecimiento del capital social y es un elemento de cohesión social y cultural a través de la igualdad de oportunidades.
  • 3. José María Olayo olayo.blogspot.com La educación es, pues, la puerta obligada a la realización personal y al progreso colectivo; es la palanca que hace posible la superación de los condicionantes personales, sociales, económicos y culturales en origen; es la llave de las oportunidades para superar las desigualdades y para descubrir y aprovechar todos los talentos de la sociedad. Una de las más altas funciones de los poderes públicos democráticos es, pues, garantizar de forma efectiva el derecho a la educación para todo el mundo, removiendo los obstáculos de cualquier tipo que lo dificulten.
  • 4. José María Olayo olayo.blogspot.com La Generalidad de Cataluña ha asumido a lo largo de su historia esta responsabilidad: desde los primeros traspasos recibidos en el año 1981 se han elaborado leyes específicas en el ámbito educativo, como la Ley 14/1983, reguladora del proceso de integración en la red de centros docentes públicos de diversas escuelas privadas; la Ley 8/1983, de centros docentes experimentales; la Ley 25/1985, de los consejos escolares; la Ley 4/1988, reguladora de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Generalidad de Cataluña; la Ley 3/1991, de formación de adultos, y la Ley 5/2004, de creación de guarderías de calidad.
  • 5. José María Olayo olayo.blogspot.com La promulgación de la Ley de educación se inspira en el precepto estatutario sobre los derechos, deberes, libertades y competencias en el ámbito de la educación y quiere darle cumplimiento. Esta garantía se concreta en la regulación y la oferta del Servicio de Educación de Cataluña. Este servicio está constituido por una red plural de centros educativos de titularidad pública y de titularidad privada y es el resultado de la tradición educativa y social del país.
  • 6. José María Olayo olayo.blogspot.com La Ley de Educación regula explícitamente los derechos, libertades y obligaciones que corresponden a todos los miembros de la comunidad educativa: alumnos, padres y madres, profesores y demás profesionales educativos, la Administración educativa y la Administración local, así como los titulares de los centros privados. Al definir estos derechos y obligaciones de los sujetos del sistema educativo, la Ley establece los límites que separan unos derechos de otros, los criterios y principios que intervienen y las garantías precisas para su correcta aplicación.
  • 7. José María Olayo olayo.blogspot.com RESOLUCIÓN EDU/139/2023, de 19 de enero, por la que se aprueba el Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien, vinculado al plan de bienestar emocional del alumnado para el curso 2022-2023, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental.
  • 8. José María Olayo olayo.blogspot.com La Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación manifiesta en el Preámbulo la importancia de la escuela por el bienestar individual y colectivo. Contempla dar respuestas singulares y flexibles a las necesidades y demandas de la sociedad actual. El mundo tecnológico, virtual, de rápidos cambios sociales y demográficos, de incertidumbre vital y profesional y del creciente índice de trastornos mentales y emocionales que la pandemia ha hecho sobresalir, desde el mundo educativo, nos encontramos con la necesidad de enfocarnos en el bienestar emocional como una de las bases clave de la salud física, emocional, social y personal de los y de nuestras jóvenes.
  • 9. José María Olayo olayo.blogspot.com El Decreto 175/2022, de 27 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación básica establece en el punto II, apartado e) la especial atención al bienestar emocional de niños y jóvenes que comprende tanto la experiencia subjetiva de sentirse bien, en armonía y con tranquilidad, como también la experiencia personal de satisfacción consigo mismo para poder hacer frente a las dificultades y superarlas en positivo. En el Capítulo I, artículo 2, se refiere a los elementos definitorios de la educación básica, poniendo de manifiesto en relación con el bienestar emocional que el clima escolar positivo es un factor de protección que promueve el bienestar emocional de toda la comunidad educativa y el establecimiento de vínculos que fomenten el sentimiento de pertenencia, la identificación con el grupo, el reconocimiento de la diferencia, la equidad, la seguridad emocional y las relaciones personales positivas, y la convivencia pacífica.
  • 10. José María Olayo olayo.blogspot.com El Decreto 171/2022, de 20 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas de bachillerato, en el anexo 1 de competencias clave al bachillerato indica que la competencia personal, social y de aprender a aprender implica la capacidad de reflexionar sobre un mismo para autoconocerse, aceptarse y promover un crecimiento personal constante; gestionar el tiempo y la información eficazmente; colaborar con otros de forma constructiva; mantener la resiliencia y gestionar el aprendizaje a lo largo de la vida.
  • 11. José María Olayo olayo.blogspot.com La Orden EDU/217/2022, de 23 de septiembre, por la que se establece el currículum de la formación instrumental para las personas adultas señala en el anexo 1, en las competencias clave, concretamente en la competencia personal, social y de aprender a aprender, la habilidad favorecer el propio bienestar físico y emocional, conservar la salud física y mental, y ser capaz de llevar una vida saludable. En esta misma Orden, en el anexo 2, concretamente en el área de Medio natural, social y cultural, se especifica que esta tiene por objetivos promover el bienestar, los hábitos y los estilos de vida saludables en las persones adultas, fomentando el autoconcepto y la autoestima; potenciar el conocimiento y el respeto por el entorno y el medio ambiente y las acciones para su conservación y mejora; fomentar la integración social y la participación llena en la vida cívica.
  • 12. José María Olayo olayo.blogspot.com La Conferencia Sectorial de Educación ha acordado, en fecha 12 de julio de 2022, el Acuerdo mediante el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas destinadas al Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2022, por importe 5.000.000,00 euros, concediendo el importe de 806.696,00 euros a la Comunidad Autónoma de Cataluña para la financiación del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental. La finalidad del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental es ayudar a cubrir las necesidades de atención que tiene el alumnado en el ámbito del bienestar emocional y la salud mental.
  • 13. José María Olayo olayo.blogspot.com El Programa de Bienestar Emocional, parte de la Estrategia Nacional de Salud Mental 2022-2026, que pretende proporcionar una herramienta útil para la mejora del bienestar emocional de la población, atender de manera integral a las personas con problemas de salud mental, apoyar a las familias y promover un modelo de atención integral y comunitario que favorezca la recuperación y la integración social. El Programa de Bienestar Emocional Bienestar para estar bien tiene como destinatarios los tutores, los docentes, el profesorado de orientación educativa, y también al alumnado y a las familias de los centros sostenidos con fondos públicos y concertados del último ciclo de Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y de los estudios postobligatorios.
  • 14. José María Olayo olayo.blogspot.com Los objetivos que guían el Programa de Bienestar Emocional son: 1. Acompañar a los y las docentes para ofrecerlos herramientas por la mejora del bienestar emocional del alumnado. 2. Apoyar a los y las docentes cuando detectan dificultades de gestión emocional con el alumnado. 3. Asesorar en los centros educativos en situaciones graves de gestión emocional que se puedan producir en el centro. 4. Detectar y dar una respuesta grupal en situaciones de riesgo de malestar emocional en el alumnado. 5. Promover actuaciones preventivas que tengan un impacto positivo en el bienestar emocional y relacional de los niños, niñas y jóvenes. 6. Ofrecer formación al profesorado que contribuya a desarrollar las competencias relacionadas con el bienestar emocional para adecuarlas a las necesidades actuales. 7. Promover y sensibilizar en los centros educativos respeto la importancia del bienestar emocional. 8. Desarrollar competencias, habilidades y capacidades de los niños y adolescentes para el desarrollo emocional. 9. Ofrecer a las familias herramientas y recursos por la gestión emocional de sus hijos e hijas.
  • 15. José María Olayo olayo.blogspot.com La Organización Mundial de la Salud (OMS) informa que la mitad de los trastornos mentales aparecen por primera vez antes de los 14 años y un 75% empiezan antes de los 18 años. Un informe reciente de UNICEF sobre la salud mental de la infancia concluye que más del 13% de los y las adolescentes de 10 a 19 años sufren un trastorno mental diagnosticado. Según la Encuesta de Salud de Cataluña (YESCA) del Departamento de Salud, los resultados del 2020 indican que el 10,6% de la población de 4 a 14 años tiene más probabilidad de sufrir un problema de salud mental, sin diferencias significativas según el género. La probabilidad de sufrir un problema de salud mental en esta población muestra una tendencia creciente desde el periodo 2014-2015, que se hace más evidente en el periodo 2018-2019 y se acentúa en el periodo 2019-2020, donde se observan diferencias significativas estadísticamente respecto del periodo anterior.
  • 16. José María Olayo olayo.blogspot.com Según la misma encuesta, la infancia de la clase social menos favorecida (13,5%) tienen un riesgo más alto de sufrir un problema de salud mental y/o adicciones que la infancia de la clase social más favorecida (6%). El impacto de los factores socioeconómicos en la salud mental es muy relevante: es conocido el aumento de la problemática de salud mental y/o adicciones en poblaciones socioeconómicamente desfavorecidas, con situaciones de vulnerabilidad social y precariedad económica, y la población infantil y juvenil no es una excepción. Hay que hacer referencia al aumento dramático de los problemas de salud mental y/o adicciones vinculados especialmente al contexto epidemiológico de la COVID-19, que se ha abordado específicamente en un informe del Grupo de Trabajo sobre la Afectación de la COVID-19 en la Infancia del Observatori del Drets dels Infants.
  • 17. José María Olayo olayo.blogspot.com El mayo del 2022 el Departamento de Educación hizo una encuesta sobre el Bienestar Emocional del alumnado desde 5.º de primaria hasta la tabla- obligatoria. Los resultados de la encuesta indican que el 79% del alumnado considera que tiene un buen estado de salud. En relación en el estado emocional, el 60% consideran que a menudo o siempre tienen ganas de hacer cosas, un 25% algunas veces y un 9% muy pocas veces. Cuando se los pregunta por la alegría y por la depresión, el 65% manifiestan que siempre o a menudo están alegres, mientras que un 18% dicen que siempre o a menudo están deprimidos. En esta encuesta se recogen también los pensamientos auto líticos y los resultados indican que el 57% de los jóvenes no han pensado nunca al hacerse daño de manera voluntaria, un 19% pocas veces, un 8% varias veces y un 5% lo piensa a menudo.
  • 18. José María Olayo olayo.blogspot.com En este contexto educativo y social, en que la pandemia actual provocada por la Covid ha dejado consecuencias que hay que abordar, y teniendo en cuenta, entre otras cuestiones educativas, la importancia de prevención, el Departamento de Educación ha previsto llevar a cabo el Programa de Bienestar Emocional Bienestar para estar bien en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental, que se desarrollará con la financiación acordada en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación anteriormente mencionada. Por todo lo expuesto, Resuelvo:
  • 19. José María Olayo olayo.blogspot.com Aprobar el Programa de Bienestar Emocional Bienestar para estar bien para el curso 2022-2023, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental, que se detalla en el anexo. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 19 de enero de 2023 Anna Chillida Fibla Directora general del Alumnado
  • 20. José María Olayo olayo.blogspot.com Anexo Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental. 1. Definición. El Programa de Bienestar Emocional, Bienestar para estar bien, para el curso 2022-2023, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental, es un programa que se centra en el apoyo de los docentes por la promoción y la prevención del bienestar emocional del alumnado a través de acciones de acompañamiento, asesoramiento y apoyo al profesorado y en los centros educativos.
  • 21. José María Olayo olayo.blogspot.com 2. Objetivos. Los objetivos de este Programa son: 1. Acompañar a los y las docentes para ofrecerlos herramientas por la mejora del bienestar emocional del alumnado. 2. Apoyar a los y las docentes cuando detectan dificultades de gestión emocional con el alumnado. 3. Asesorar en los centros educativos en situaciones graves de gestión emocional que se puedan producir en el centro. 4. Detectar y dar una respuesta grupal en situaciones de riesgo de malestar emocional en el alumnado. (...)
  • 22. José María Olayo olayo.blogspot.com (...) 5. Promover actuaciones preventivas que tengan un impacto positivo en el bienestar emocional y relacional de los niños, niñas y jóvenes. 6. Ofrecer formación al profesorado que contribuya a desarrollar las competencias relacionadas con el bienestar emocional para adecuarlas a las necesidades actuales. 7. Promover y sensibilizar en los centros educativos respeto la importancia del bienestar emocional. 8. Desarrollar competencias, habilidades y capacidades de los niños y adolescentes para el desarrollo emocional. 9. Ofrecer a las familias herramientas y recursos por la gestión emocional de sus hijos e hijas.
  • 23. José María Olayo olayo.blogspot.com 3. Alumnado destinatario. El Programa se dirige al alumnado del ciclo superior de primaria, de la educación secundaria obligatoria y de la educación postobligatoria de todos centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos que conforman el servicio de educación de Cataluña. 4. Perfiles de los y las profesionales. El equipo que desarrolla el programa está formado por 20 profesionales de la especialidad de la psicología, la pedagogía, la psicopedagogía y la gestión administrativa.
  • 24. José María Olayo olayo.blogspot.com 5. Líneas de actuación. Este programa establece ocho líneas de actuación: 1. Atención telefónica a los tutores y tutoras y a los profesionales de la educación para realizar asesoramiento en demandas relacionadas con el bienestar emocional del alumnado. 2. Acompañamiento presencial y telefónico en los centros educativos en situaciones de emergencia relacionadas con el bienestar emocional del alumnado. 3. Acompañamiento en los centros para la mejora de la gestión emocional de la comunidad educativa. 4. Acompañamiento para la mejora de la gestión emocional de los grupos-clase. 5. Elaboración de materiales y recursos para los centros educativos. 6. Formación al profesorado relacionada con el bienestar emocional del alumnado. 7. Talleres para las familias como contexto del bienestar. 8. Campañas de sensibilización y divulgación relacionadas con el bienestar emocional.
  • 25. José María Olayo olayo.blogspot.com 6. Evaluación. Durante todo el desarrollo del Programa de Bienestar Emocional el equipo de profesionales hará una evaluación continuada de forma cuantitativa y cualitativa, a partir de unos indicadores que permitan valorar la evolución del programa y ser un motor para la mejora. 7. Duración. El Programa tiene una duración de un curso escolar, correspondiendo al curso 2022-2023. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el marco del Programa de Cooperación Territorial de Salud Mental y según la continuidad de este y las disponibilidades presupuestarias futuras para financiar los programas vinculados de las comunidades autónomas, puede valorar la continuidad en los cursos escolares siguientes.
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