24. EVOLUCIÓN POLÍTICA
Minoría de edad o Periodo de Regencias (1833-1843)
o Regencia de María Cristina (1833-1840)
o Regencia de Espartero (1840-1843)
Mayoría de Edad o Reinado efectivo (1843-1868)
o Década Moderada (1844-1854)
o Bienio Progresista (1854-1856)
o Fin del Reinado (1856-1868):
o Gobierno de la Unión Liberal (1856-1863)
o Sucesión de gobiernos (1863-1868)
45. “La regente es una dama casada en secreto y embarazada en
público”. Los carlistas enemigos de ella, popularizaron una copla
alusiva:
Clamaban los liberales
Que la reina no paría
¡Y ha parido más muñecones
Que liberales había!
65. TEXTO - CONSTITUCIÓN DE 1845
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las
Españas; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y
la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del
Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han
tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía modificando al efecto la
Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las
Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente:
Art.4.Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía («).
Art.6.Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea
llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del
Estado.
Art.11.La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica y Romana. El Estado
se obligue a mantener el culto y sus ministros.
Art.12.La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art.13.Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades:
el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art.14.El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey («).
Art.17.El cargo de Senador es vitalicio.
Art.20.El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas
electorales en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos
porcada cincuenta mil almas («)
Art.45.Además de las prerrogativas que la Constitución señala al Rey, le corresponde
(«) nombrar y separar libremente los ministros («).
88. Españoles:
La entusiasta acogida que va encontrando en los pueblos del Ejército liberal; el
esfuerzo de los soldados que le componen, tan heroicamente mostrado en los campos
de Vicálvaro; el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro
patriótico alzamiento, aseguran desde ahora el triunfo de la libertad y delas leyes que
hemos jurado defender.
Dentro de pocos días, la mayor parte de las provincias habrán sacudido el yugo de los
tiranos; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo (…) Nosotros
queremos la conservación del trono, pero sin camarilla que lo deshonre; queremos la
práctica rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la electoral y la
de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía;
queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y los
merecimientos; queremos arrancar los pueblos a la centralización que los devora,
dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus
intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos, bajo
sólidas bases, la Milicia Nacional.(…)
Las Juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las provincias libres; las
Cortes generales que luego se reúnan; la misma nación, en fin, fijará las bases
definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas
a la voluntad nacional nuestras espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté
cumplida.
Cuartel general de Manzanares, a 6 de julio de 1854.- El general en jefe del Ejército
constitucional, Leopoldo O'Donnell, conde de Lucena
101. Las diferencias entre O´Donnell y Espartero crecieron
Finaliza con el golpe de O´Donnell y el exilio de Espartero
102. LA DESINTEGRACIÓN DE LA MONARQUÍA
(1857-1868)
• La reacción moderada (1856-1857):
• O´Donell.
• Narváez.
• Gobierno de la Unión Liberal (1858-1863)
• Crisis final: sucesión de moderados y
unionistas (1863-1868)
129. Ideas desamortizadoras
• Proyectos:
– Ideas ilustradas.
– Proceso liberal de Cádiz (1810-1812)
– En el gobierno de José Bonaparte (1808-1813)
– Trienio liberal (1820-1823)
• Llevadas a cabo:
– Desamortización de Mendizabal (1836)
– Desamortización de Espartero (1841)
– Desamortización de Madoz (1855)
132. • Real Orden de Exclaustración Eclesiástica del 25 de julio de
1835 por la que se suprimían todos los conventos en los que
no hubiera al menos doce religiosos profesos (Conde de
Toreno).
• El 11 de octubre de 1835 se decretó la supresión de todos los
monasterios de órdenes monacales y militares. Los siguientes
decretos serían, simplemente, un desarrollo del Decreto del
11 de octubre de 1835.
• El 19 de febrero de 1836 se decretó la venta de los bienes
inmuebles de esos monasterios y el 8 de marzo de 1836 se
amplió la supresión a todos los monasterios y congregaciones
de varones.
135. Bienes afectados por la "Ley Madoz" o Ley general de desamortización
de 1 de mayo de 1855
«Se declaran en estado de venta, con arreglo a las
prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y
servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los
predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes: al
Estado, al clero, a las órdenes militares de Santiago,
Alcántara, Montesa y San Juan de Jerusalén, a cofradías,
obras pías y santuarios, al secuestro del exinfante Don
Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la
beneficencia, a la instrucción pública. Y cualesquiera otros
pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados
vender por leyes anteriores»
170. “La Nación Española y en su nombre las Cortes Constituyentes
elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la
libertad y la seguridad y proveer el bien de cuantos vivan en España,
decretan y sancionan (...)
Art. 2º. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por
causa de delito.
Art. 3º.Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad
judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de su detención (...)
Art 4º. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de
juez competente (...)
Art.21.La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de
la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto
queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más
limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si
algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a
los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.
171. Art. 26. A ningún español que esté en el pleno goce de sus derechos
civiles podrá impedirse salir libremente del territorio, ni trasladar su
residencia y haberes a país
extranjero, salvo las obligaciones de contribuir al servicio
militar o al mantenimiento de las cargas públicas.
Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual
emanan todos los poderes.
Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.
Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes.(..)
Art. 35. El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por
medio de sus ministros.
Art.36. Los Tribunales ejercen el poder judicial.
175. PRINCIPALES MEDIDAS DEL GOBIERNO PROVISIONAL
• Una nueva Ley Electoral (sufragio universal masculino, 25 años)
• Una reforma más democrática del Código Penal.
• Ley provincial y municipal, basada en principios democráticos.
• Ley de Orden Público.
• Ley de matrimonio civil y Registro Civil.
• Abolición de la esclavitud.
• Reforma arancelaria (Laureano Figuerola) que redujo la protección de los
productos nacionales, abrió la economía española al exterior, no gustó a
los productores de cereales y a los algodoneros catalanes.
• Reforma fiscal para introducir la contribución directa y suprimir los
consumos.
• Unificación monetaria (la peseta).
• Ley de Minas (1871) con la nacionalización y desamortización del
subsuelo, vendió o dio concesiones mineras a distintas compañías,
destacando las extranjeras y provocando el boom de la producción
minera.
197. Sátira sobre la abdicación de Amadeo —con el 191 a la espalda—. Revista La Carcajada, 1873.
198.
199. PRIMERA REPÚBLICA ESPAÑOLA
(Febrero 1873- Enero 1874)
Alegoría de La Niña Bonita sobre la I
República Española,3 publicada en La Flaca,
revista humorística y liberal del siglo XIX.