1. El documento” Lo que usted debe saber sobre el derecho de autor” como su nombre lo indica,
abarca todo lo relacionado con los derechos de autor, que significa, que características posee, que
implica, que beneficio tiene, además de otra información valiosa.
Para entender que es el derecho de autor habría que dar el concepto de lo que este implica. En
primera instancia está el concepto del autor, quién es definido como aquella persona natural que
crea una obra donde expresa sus ideas, por su parte las obras son las creaciones originales de una
persona original ya sea en el ámbito literario o artístico y que puede ser víctima de copia o plagio.
Ya adentrándonos más sobre el concepto de derecho de autor, son las normas o leyes que
amparan o protegen la originalidad de una obra sobre quién la escribió y de esta manera permite a
su autor tener control total acerca de todo lo que tenga que ver con ella. Dentro de lo que protege
el derecho de autor se encuentran: (folletos, libros, conferencias, obras, pinturas esculturas, entre
otras)
Los derechos de autor poseen características particulares y explicables que lo hacen entendible
ante cualquier situación- Estas son:
-
Es individual: ya que está totalmente ligada al autor, pues de cierta manera refleja su
personalidad.
Concede beneficios económicos o patrimoniales.
Al tratarse de un tema legal, este divisa una serie de derechos que respaldan la autoría de una
obra en específico y se dividen prácticamente en dos: los derechos patrimoniales y los derechos
morales, cada uno de ellos regulados de manera diferente. Se expresan de la siguiente manera:
Derechos Morales: son derechos de índole personal los cuales no pueden ser vendidos ni
transferidos. Si en algún momento se llegase a violar este derecho, debería generar un
resarcimiento por daños y perjuicios. Estos derechos a su vez otorgan una serie de facultades
como:
Derecho a la paternidad: reconoce que la obra es suya (de quien la escribió), ya sea con su
propio nombre, seudónimo o anónimo. El autor debe ser mencionado cada vez que se
nombre su obra.
Derecho al arrepentimiento: retirar la obra de circulación ya sea porque este cambio de
opinión respecto a lo que expresaba en la misma o porque quiera utilizarlo de distinta
forma. Cuando esto se presente, el autor deberá indemnizar al editor si este le ha causado
algún tipo de daño económico.
2. Derecho de integridad: impide la deformación de la obra y que de alguno u otra forma
perjudique su honor y su reputación, ya que estos van ligado a su personalidad.
Derecho a la obra inédita: esto hace referencia no divulgar la obra de tal manera que
impida su conocimiento a terceras personas.
Derechos Patrimoniales: es el derecho de tener el control total sobre la obra, sobre los
beneficios económicos. Los derechos patrimoniales son exclusivos, transferibles,
renunciables e independiente; y son contextualizados de la siguiente manera:
Exclusividad: solo el autor puede autorizar su utilización.
Transferible: Puede cederse a terceros, ya sea de manera gratis o no.
Renunciables: Es opcional no querer recibir ganancias por la obra.
Independiente: La utilización debe ser autorizada por el autor.
Lo anterior permite a la obra reproducirla, comunicarla al público, su transformación, importación
y finalmente su distribución.
Pero ¿Qué es el derecho de reproducción de una obra?
Es la facultad de explotar la obra mediante cualquier medio o cualquier procedimiento que
permita una total comunicación; el cual puede tratarse de manuscritos, programas de
computador, fotografías, etc. Esto en cuanto al objeto a reproducir; al modo de reproducción
encontramos, impresiones, grabados, microfilmación, cualquier procedimiento de artes graficas.
Para otros autores sus obras u o escritos pueden ser divulgados sin tener un permiso previo o
haber pagado por la reserva de su obra y es el derecho que les da el de comunicarlo al público,
como su nombre lo indica es aquel que puede expresar libremente desde un discurso, recitar un
poema, interpretar una obra musical etc.
Este derecho se aplica a todas las obras que puedan ejecutarse públicamente.
¿Qué es una obra oral? Es una forma de expresar las ideas; las conferencias, sermones, etc.
Existen varias clases de obras se encuentran las:
- Literarias: es un escrito original que puede ser: de carácter científico. Técnico o -práctico.
- Artística: es aquella que apela el sentido artístico de una persona.
También están las obras: musicales, fotográficas, dominio privado, dominio público, anónima,
seudónima, póstuma, audiovisual, de colaboración, por encargo, colectiva.
3. - Derivadas: Es la resultante de la transformación realizada a una obra original y en la medida en
que dicha modificación implique un grado de originalidad, se le considera como obra autónoma
protegida integralmente y bajo las mismas condiciones que la original.
Algunas obras derivadas son:
-Adaptaciones.
-Compilaciones.
-Traducciones.
Entre todas estas obras encontramos una importante que desarrollamos cuando queremos dar y
brindar nuestros puntos de vista en busca de una posible solución y es la tesis de grado la cual es
una obra literaria, que resulta de una investigación original e individual, sustentada en
conocimientos y fundamentos teóricos. En la tesis e grado el autor es el mismo alumno los
derechos de dicha tesis son de los mismos alumnos que la elaboraron.
¿Quién es el titular originario? El autor de una obra es el mismo es el primer titular de su misma
creación.