1. ¿Cuán “inocua” está la Propiedad Intelectual en la OMC ? % ATTAC-Argentina % Curso de formación
2. Historia del sistema multilateral de comercio 1945 : fin 2da GM Nuevo orden internacional: creación FMI, BM, ONU, etc. 1948 : creación institucional del GATT 1986-1994 : Ronda Uruguay (“nuevos temas”) 1995 : creación de la OMC 1999 : inicio Ronda del Milenio de Seattle (o “ Ronda del fracaso ”) 2001 : Ministerial de Doha e inicio de la “ Ronda del Desarrollo ” 2003 : fallida Ministerial de Cancún Guerra Fría 1973-1979 : Ronda Tokio 1964-1967 : Ronda Kennedy 1960-1961 : Ronda Dillon 1947 : Conferencia de La Habana: se define crear la OIC (que fracasó) 2005 : Ministerial de Hong Kong 1996 : Ministerial de Singapur 1949 : creación del COMECON
3. Rondas del GATT y Ministeriales OMC (No pudo sesionar) 109 Seattle OMC 1999 OMC OMC OMC OMC Uruguay Tokyo Kennedy Dillon Ronda Agricultura, NAMA, servicios, prop. intelectual 150 Hong Kong 2005 148 142 109 105 99 62 26 26 39 13 23 países Agricultura, propiedad intelectual , servicios Acceso a mercados, servicios “ Nuevos temas” Aranceles, creación OMC Aranceles, marco jurídico (incluido código de marcas falsificadas) Aranceles, medidas anti-dumping Aranceles Aranceles Aranceles Aranceles Aranceles Temas centrales Cancún 2003 Doha 2001 Singapur 1996 Pta. del Este 1986-94 Ginebra 1973-79 Ginebra 1964-67 Ginebra 1961 Ginebra 1956 Torquay 1951 Annecy 1949 Ginebra 1947 lugar año
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6. La protección de la PI: ¿es mundial? No . La protección de los derechos de propiedad intelectual son nacionales , tanto en Argentina como en el resto del mundo. La regulación existente dentro de la OMC ofrece requisitos y parámetros mínimos de legislación, pero la elaboración normativa es nacional y de cobertura territorial. Principio de la PI Territorialidad Por ende, siempre ha habido una tensión entre el principio de territorialidad de la PI y el libre comercio . Un intento de extraterritorializar la PI lo llevó adelante EEUU cuando en la Ronda Tokyo del GATT Propuso hacer un “código de marcas falsificadas” con textiles, perfumes, repuestos de automóviles, etc. Esa idea que fue apoyada por los países desarrollados y resistida por los PED dado que la protección de bienes intangibles no eran materia de comercio.
7. Falsificación de marcas EEUU sostenía que la falta de protección a nivel global de una marca es equitativa o similar a una restricción al comercio porque podía ocupar el mercado. Los PED dijeron que las marcas “truchas” en definitiva eran otras marcas , y que el comprador conoce perfectamente que se tratan de imitaciones al momento de comprar. Por lo que en lo que a comercio se podría referir, no se trata de acaparamiento de mercado, sino de enfrentarse a un competidor comercial como cualquier otro. En 1982 EEUU volvió a la carga con la “observancia en el cumplimiento de normas” ( enforcement ) que eran elaboradas en los países de origen pero que pretendía aplicar fuera de su territorio. Esta estrategia tuvo aceptación con la CEE, Suiza y Japón; mientras que los PED volvieron a rechazarla. Los PED sostuvieron su rechazo en que la enorme asimetría existente en el acceso a la tecnología y el desarrollo, por lo que los gastos de investigación científica y desarrollo solamente los afrontan los PD.
8. 10% del PIB mundial es destinado por los PED en investigación científica Los PD destinan el 90% restante El presupuesto que EEUU destina a la investigación es el total de los presupuestos sumados de Alemania, Gran Bretaña, Francia y Japón. Y es de u$s 183.000 millones anuales , más que el PIB completo de la Argentina. Ese 10% está compuesto básicamente por tres países: China, India y Brasil. América Latina toda llega tan sólo al 1,4% Una palabra sobre la investigación científica...
9. OMC OMPI Con la Ronda Uruguay, el debate se centró más abiertamente en sobre la inclusión de los temas de propiedad intelectual en el ámbito OMC y su relación yo compatibilidad con la OMPI. La estrategia para la inclusión de la PI en la agenda del libre comercio nuevamente fue de EEUU mediante los mecanismos de solución de controversias, que la OMPI carecía (solamente permitía llevar reclamos a la CIJ y no imponía sanciones económicas). La Ronda Uruguay A partir de entonces se originó una relación de tensión -a veces incluso conflictiva- entre ambas instituciones por manejar temas y fijar los límites de su jurisdicción y ámbito de aplicación. La tendencia es que la OMC desplaza a la OMPI en la regulación y control de muchos de sus asuntos.
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11. Principales países productores de medicamentos genéricos Principales países con transnacionales farmacéuticas La producción de medicamentos Los principales países con producción en medicamentos están dentro de los PD. Su sistema de propiedad intelectual pretende otorgar derechos extraterritoriales (como ser las normas federales -del FBI- en EEUU que pretenden ser extendidas a todo el mundo). Sin embargo, otros países poseen legislaciones más abiertas que permiten la fabricación de medicamentos llamados genéricos , es decir que contienen la misma droga, pero que no poseen la marca ni son protegidos por los laboratorios dueños de esa marca.
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16. Indicaciones geográficas Denominaciones de origen Indicaciones de procedencia Únicas establecidas en el TRIPs, en su art. 22. Indica la procedencia de un producto Pero no determina su calidad. Relaciona la denominación de origen con un protocolo de calidad (se vincula con el know how del producto). No genera derechos exclusivos, excepto que exista confusión en el consumidor ante dos productos iguales, competencia desleal o se viole normativa comercial. Excepción: vinos (art. 23 TRIPs). Se otorgan derechos exclusivos y monopólicos, asimilándolo a una marca o patente. Estos derechos son para toda la vida (no tienen vencimiento). Excepción a la excepción: marcas de fábrica previos a la vigencia del TRIPs (ej: vino “Toro”), nombres genéricos (champagne, borgoña, roquefort, ceilán), nombres de variedades (varietal de uvas, torrontés), IG no protegidos por sus países o sin uso.
17. “ Amigos de la IG” (“No amigos de la IG”) África Europa del Este Mercosur Las IG deben registrarse y su registro debe ser vinculante , haciendo extraterritorial la protección. La excepción estaría dada creando un mecanismo de oposiciones para cada producto individualmente pero excepcionándolo sólo para el uso nacional, no para la exportación por ejemplo. Esto obligaría a todos los países a armar un sistema administrativo de control sobre todos estos productos (Argentina tiene 27 IG). La protección del art. 23 TRIPs (para vinos) debería extenderse a todos los productos , generando derechos exclusivos para todos ellos. Abarcaría las excepciones tradicionales como: extra brut, tinto, fino, blanco, etc.). Si este tema no se lo incluye en Servicios, la presión es para que se incluya en Agricultura. Son muchos países y sobre todo muchos bloques de países. Hay que facilitar el comercio, no restringirlo. El registro no haría mas que restringir. Si se acepta la posición de los “amigos”, la excepción pasaría a ser la regla. Lo que hay que hacer es crear una “ check list ” a los efectos de la transparencia, pero el sistema debe ser voluntario , no vinculante, sin costos, y sin efectos jurídicos. Serviría sólo a los efectos de dar transparencia al régimen. Traería entonces menos perjuicios y no restringiría el uso de las IG. El tema no está dentro del mandato de Doha . Debe ser tratado en otra ronda, y mandatarse al Consejo sobre Servicios de la OMC para que vea si es pertinente o no su inclusión (la puja política dentro de Servicios está en un 50%-50%, por tanto es poco probable que se lo pueda incluir). Son pocos países y desarticulados, salvo el Mercosur. UE
18. Dr. Javier Echaide miembro de ATTAC-Argentina , e investigador del CCC Floreal Gorini y miembro de la Autoconvocatoria No al ALCA Capítulo Argentino de la Alianza Social Continental (ASC) Contactos: Javier Echaide [email_address] ; ATTAC-Argentina [email_address] ; Autoconvicatoria No al ALCA [email_address] muchas gracias por su atención...