La pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado por el Estado como castigo por delitos capitales establecidos en la ley. España aboló la pena de muerte en 1995 a través de una ley orgánica, aunque la Constitución de 1978 ya la había abolido excepto para leyes penales militares en tiempos de guerra. Actualmente hay dos ciudadanos españoles esperando ser ejecutados en Yemen y Estados Unidos. El documento expresa una opinión personal en contra de la pena de muerte porque no permite rectificar errores judiciales ni
2. ¿En qué consiste?
La pena de muerte, pena capital o ejecución
consiste en provocar la muerte a un condenado
por parte del Estado, como castigo por un delito
establecido en la legislación; los delitos por los
cuales se aplica esta sanción suelen
denominarse «delitos capitales».
3. La pena de muerte es el método más injusto de
hacer justicia, este cruel castigo es ineficaz pues
no resuelve el problema del crimen.
La pena de muerte, llamada también pena capital,
se origina casi con la aparición del ser humano
sobre la tierra.
4. Pena de muerte en
España
La pena de muerte en España fue abolida, bajo
cualquier circunstancia, por Ley Orgánica en
1995.
Primero : La actual Constitución de 1978
establece su abolición, excepto lo que puedan
disponer las leyes penales militares en tiempos
de guerra.
5. Segundo: La pena de muerte fue utilizada en
España sin interrupción hasta 1932, cuando fue
abolida a raíz de una reforma del Código Penal
introducida durante la Segunda República. Fue
restablecida en octubre de 1934, para delitos de
terrorismo y bandolerismo. Francisco Franco la
reincorporó plenamente al código penal en 1938,
argumentando que su abolición no era compatible
con el buen funcionamiento de un estado. Las
últimas ejecuciones en España fueron las de dos
miembros de ETA y tres del FRAP, fusilados el 27
de septiembre de 1975.
6. A pesar de que en España, no existe la pena de muerte, en la
actualidad hay dos ciudadanos españoles esperando ser
ejecutados, uno en Yemen y el otro en Estados Unidos. Para ambos
aún es posible la conmutación de la pena y quién sabe si su regreso
a casa.
Lo que es irónico es que nosotros no podemos sentenciar a muerte a
nadie y sí ser condenados y ejecutados en cualquiera de los países
que aun aplican este método tan injusto de hacer justicia.
En estos momentos tenemos a un español condenado a muerte:
Pablo Ibar. Ni él ni los demás condenados en el mundo se merecen
encontrarse en la situación en la que están. Cada uno de ellos se
encuentra en un país diferente regido por las leyes de esos países, y
se encuentran en unas condiciones que nadie puede llegar a
imaginarse.
En la actualidad
7.
8. Opinión personal
Nuestra opinión personal es que no estamos de
acuerdo con la pena de muerte porque supone
terminar con una vida, aunque sea legalmente,
pero no permite rectificar una sentencia
equivocada y no da la oportunidad de
arrepentirse a la persona.