1. AUGUSTO Y LA TRANSICIÓN AL PRINCIPADO
BASES POLÍTICAS, IDEOLÓGICAS Y SOCIALES
El ascenso de Octaviano: De la
muerte de César a Actium.
Octaviano, hacia el Principatus:
potentia ad unum.
De Octaviano a Augustus.
El nuevo ordenamiento del
Princeps: los noua officia.
Aspectos fiscales y sociales del
nuevo régimen: consensus
uniuersorum.
2. EL ASCENSO DE OCTAVIANO
DE LA MUERTE DE CÉSAR A ACTIVM: PRIMORDIA
AVGVSTI
LOS PRIMORDIA AVGVSTI (44-36 a. C.)
En el seno del debate republicano entre optimates y populares, entre nobilitas y nouitas,
en Octaviano confluyen tres elementos que la historiografía ha llamado primordia
Augusti que constituyen un primer paso para explicar su fulgurante cursus honorum:
1. Su linaje (nomen). Octaviano era hijo de un homo nouus, que, por
parte de madre, además, entroncaba con Julio César al ser su abuela hermana de
César. El propio César le adoptaría y la noticia de dicha adopción le llegaría a
Octaviano cuando tras la muerte de aquel, se encontraba en Apolonia. Más tarde,
gracias a una Lex Curiata de Imperio, la adopción que César había dejado prevista se
perfeccionó inscribiéndose Octaviano de pleno derecho en el árbol familiar de los
Iulii. En los Ludii Victoriae Caesaris, celebrados en el 43 a. C. y en los que –en
memoria de Venus Genetrix– se expusieron emblemas cesarianos, lo que manifestaría
el deseo de Octaviano de que dicha adopción fuera también percibida popularmente.
2. Su fuerza personal (uis). Una vez que muere César, Augusto marcha a
Italia donde se entrevista con cesarianos (sobre todo los Balbos) y anti-cesarianos
(Cicerón) en un intento de lograr apoyos. Dichos apoyos fructifican cuando –a través de
la Lex de Permutatione Prouinciarum–, Antonio queda en desacuerdo con el Senado y
es víctima de una campaña de desprestigio que el mismo Cicerón ha asumido dirigir por
deseo de Octaviano que –ya con legiones en los Balcanes y en las Galias– en el 43 a.
C. es adlectus inter consulares, es decir, introducido entre los cónsules sin, de
verdad, haberlo sido.
3. Su posición en el segundo triunvirato (tresuiri rei publicae
constituendae), firmado en Bolonia y que pretendía hacer la guerra a los Cesaricidas
y cuyos integrantes (Lépido, Octaviano y Antonio), a partir de la Lex Titia, podían dictar
leyes y nombrar magistrados y gobernadores (imperium maius). De hecho, toda su
política entre el 42 y el 36 a. C. irá encaminada a la eliminación por Octaviano de sus
rivales en Occidente (L.. Antonio, hermano de Marco Antonio; Sexto Pompeyo; y el
propio Lépido), quedando como único poder frente a Oriente, controlado por Antonio.
3. EL ASCENSO DE OCTAVIANO
DE LA MUERTE DE CÉSAR A ACTIVM: CONTRA ANTONIO
LA LABOR CONTRA ANTONIO (36-31 a. C.)
Entre el 36 y el 31 a. C. la labor de Augusto fue una labor de moderación y de popularidad, presentándose como
benefactor del ejército (phylostriaotés) y del pueblo (phylodemós), centrando su actuación en tres cuatro objetivos clave:
1. La mejora de su carisma. Desde el 42 a. C., como consecuencia de la apotheosis Caesaris,
Octaviano era ya hijo de un diuus. Además, con seguridad desde el 38 a. C. ha incluido en su
titulatura el título de imperator como praenomen y el de Caesar como nomen lo que resumía su
vinculación cesariana y remitía a su poder militar. En el 41 a. C. se hizo nombrar augur, rango que ya
tenía Antonio y que, entre sus prerrogativas, incluía la de ser interpres Iouis, por tanto, “intérprete de
la voluntad de los dioses”. Al dotarse en el 36 a. C. de la sacrosantitas tribunitia manifestaba una
gran predilección y respeto por las magistraturas plebeyas.
2. Continuación de su curriculum militar, sobre todo en Iliria. Así se ponía a la altura de Antonio,
también victorioso en Macedonia y Oriente.
3. Acercamiento a la plebs. No sólo en el sentido institucional por su sacrosantitas tribunitia, sino en
el sentido más cotidiano, Octaviano impulsó, junto con Agrippa, una nueva red de acueductos y
conducciones de agua para el abastecimiento de boca en Roma. En esta época proliferaron la
celebración de ludi (juegos), los epula (banquetes gratuitos), los repartos de annona (repartos
gratutitos de trigo, aceite…), un mecanismo que activó como nunca la liberalitas evergética.
4. Desprestigio de Antonio. Antonio controlaba Oriente y de modo especial Egipto, que había sido
declarado socius et amicus Populi Romani. Octaviano se dio cuenta de que era necesaria una
propaganda de desprestigio de Antonio presentándole como traidor (perduleia) por aliado de un
rey enemigo. Así, cuando en el 32 a. C., Octaviano hizo leer en el Senado las acta de la gestión de
Antonio en Egipto saltó la acusación de que éste deseaba formar una especie de monarquía oriental,
aspirando a enterrarse en Alejandría y a convertir en reina a Cleopatra. El divorcio de Antonio con
Octavia fue el que abrió la acusación a Antonio y la guerra contra Cleopatra. Como Antonio se alineó
contra ella quedó a las claras su condición de hostis. Octaviano venció a Antonio en Actium en
septiembre del 31 a. C. Antonio y Cleopatra se suicidaron y Octaviano convirtió Egipto en una
prouincia dirigida por un miembro del ordo equester de su confianza, el praefectus Alexandriae.
Este fue el último paso hacia la potentia ad unum.
4. OCTAVIANO HACIA EL PRINCIPATVS
LA POTENTIA AD VNVM Y EL CONSENSVS
VNIVERSORVM
POTITVS RERVM OMNIVM PER CONSENSVM VNIVERSORVM (31-27 a. C.)
Octaviano ha quedado como el único hombre fuerte (potentia ad unum) de la Res Publica. Su labor en este momento, tras
la derrota de Antonio en Actium, deberá ir necesariamente orientada a buscar presentar la legitimidad de sus
actuaciones y, sobre todo, la continuidad y restauración del sistema republicano. Basó dicho objetivo en los siguientes
puntos:
1. Octaviano vuelve a Roma y organiza su profectius (venida de las tropas
vencedoras) y su aduentus (saludo al vencedor) en un contexto en el que,
además, se cierra el templo de Jano y se inaugura un altar a la Victoria. Toda la
celebración de su victoria es un acto propagandístico en el que se exalta su
carácter de potior, al haberse apoderado de Egipto y pacificado el imperio
territorial.
2. Mientras, Octaviano siguió incorporando a su poder diversas prerrogativas, así,
parece que empezó a exhibir su título de imperator como praenomen. Además,
en el 28 a. C. ejerció su potestas censoria dando entrada en el Senado a
nuevos miembros. Sólo se negó a asumir el título de Romulus por temor a
que el Senado le acusara de afectatio regni.
3. Para conectarse con lo que correspondía a uno de sus objetivos como triumuir
de un triunvirato ya deshecho, en el 27 a. C., Octaviano comunica al Senado su
deseo de restituirle las legiones, las provincias y las leyes. Este fenómeno, que
conocemos como restitutio rei publicae, fue toda una recussatio honorum, es
decir, Octaviano, que tiene el poder, se presenta ante el Senado con deseos de
librarse de él y de entregarlo a otros.
4. Su capacidad de satisfacer tanto a la plebs, como al ejército, como a los
propios patres del Senado explica que se hable de un Octaviano que en esta
fecha es potitus rerum omnium per consensum uniuersorum y, sobre todo,
explica también la recepción en el 27 a. C. de un título inusual que hace
referencia a una auctoritas hasta entonces tenida por inédita: el título de
Augustus.
5. DE OCTAVIANO A AVGVSTVS
LA DEFINITIVA FORMACIÓN DEL PODER IMPERIAL
AVGVSTVS (27 a. C.) Y OTROS NUEVOS TÍTULOS PARA EL PRINCEPS (27-23 a. C.)
Como consecuencia de la recussatio honorum antes referida, Octaviano recibirá el título de Augustus, sin lugar a dudas el
de más alcance de cuantos recibe en esta época, no en vano apelaba a condiciones sobrehumanas y sagradas, al modo
como las expresaba la palabra griega sebastós, a la que augustus parece traducir. Su titulatura, por tanto, se completa con:
1. Augustus. El título de Augustus, que en el testamento augústeo (Res Gestae Diui
Augusti), él mismo dice haber recibido pro merito meo, apela a los conceptos de alguien
con carisma, sagrado, heros, diuus o deuotus, casi entre el cielo y la tierra. Dicho título va
acompañado de la presentación de Augusto en las monedas con el laurel (árbol de Apolo
y de la Victoria) y el clipeus uirtutis (pietas, mens, fides y clementia). Lo recibe en el
mismo 27 a. C.
2. Augusto, en el 23 a. C., renuncia al consulado. Es otra operación más
propagandística pues podía parecer contradictorio que alguien que se presenta como
restitutor reipublicae estuviera violando la anualidad consular. En cambio, recibe un
imperium proconsulare maius et infinitum, por tanto sin límite ni geográfico ni
cronológico, lo que potencia el título de imperator con que se había hecho honrar tras
Actium.
3. Añade a la potestas tribunitia de que ya disfrutaba una serie de prerrogativas que le
acercan también a la plebe (el ius intercedendi, el ius agendi cum plebe…). La unión del
imperium y de la potestas tribunitia en un mismo particular (priuatus) que, desde el 23
a. C. había dejado de ser un consul es el primer paso –junto a la auctoritas antes
comentada– de la transformación que fue capaz de hacer la ingeniería constitucional
aplicada por Octaviano, Augusto desde el 27 a. C.
4. Sus actuaciones de la referida ingeniería constitucional acaban con la incorporación
entre el 23 y el 2 a. C. de diversos títulos como el de pontifex maximus y el de pater
patriae, que se combinan, además, con toda una amplia campaña de representación
pública y propagandística en los edificios del Foro Romano. En ese momento, Augusto
es ya un princeps y ejerce una amplia labor de control para no sólo monumentalizar la
ciudad sino, además, eliminar a todos los que pudieran ser sus rivales en popularidad.
6. EL NUEVO ORDENAMIENTO
LOS NOVA OFFICIA
EL NUEVO ORDENAMIENTO DE LOS PILARES INSTITUCIONALES DE ROMA
SENADO MAGISTRATURAS ASAMBLEAS
• Respecto del Senado, se suele • Si Augusto desempeña el consulado y
• En general, también los comitia y todo
argumentar que él buscó colaboración el imperium del tribunado, es lógico que
el aparato asambleario de Roma –del
en esta institución pero siempre bajo los cónsules y los tribuni pierdan
que Octaviano se había servido desde
su control, no en vano detentaba el ius poder. La primera magistratura, al
los inicios de su labor propagandística–
agendi cum senatu y el ius habendi cum rehusarla Augusto, se devalúa y la
se verá resentido por la aparición de
senatu, es decir, el derecho a segunda, el tribunado, aunque perdura,
los noua officia.
convocarlo y a elegir el contenido de carece de espacio de ejecución.
• Augusto mantiene el poder ejecutivo
cada al Senado una función legislativa,
• Dio sesión. • Los praetores conservan su poder
de los comitia, incorporando dos
actuando él, en cualquier caso, siempre jurisdiccional. Sigue existiendo un
funciones básicas: la destinatio para la
como princeps Senatu. praetor urbanus y un praetor
selección de magistrados; la
• Por la Lex Valeria Cornelia otorgó al peregrinus y siguen siendo los que
commendatio para sus prerrogativas; y
Senado poder en cuestiones de tipo detentan mayor poder en las prouinciae la nominatio para eliminar a los no
electoral. que son reservadas al populus.
deseados.
• Por medio de la denominada cognitio • El edilado crece en importancia pues • A partir de ahora, aunque se mantiene
Senatus se otorga al Senado un poder fue a partir de sus prerrogativas (juegos la función legislativa, también está
de carácter jurisdiccional sobre el públicos, abastecimiento…) ahora controlada por el propio Augusto, que
crimen maiestatis (autoridad) y el crimen compartidas con el praefectus annonae por medio de las leges Iuliae se reserva
de repetundis (corrupción). Mantiene la y el praefectus urbis como Octaviano la iniciativa de la elaboración legal.
designación de los gobernadores y la alcanzó su poder gracias a los repartos • La función judicial decae totalmente
acuñación de moneda, al menos de gratuitos y las acciones en
al sustuituirse la prouocatio ad populum
bronce. manifestación de su liberalitas.
por la appelatio ad Principem.
7. EL NUEVO ORDENAMIENTO
ORGANIZACIÓN INTERNA DEL PRINCIPATVS AUGÚSTEO
LOS NOVA OFFICIA AUGÚSTEOS: UN APARATO ADMINISTRATIVO LLAMADO A PERDURAR
ROMA PROVINCIAE
• En la ciudad de Roma, dividida desde el 7 d. C. en catorce
regiones con diferentes uici, surgen los siguientes officia:
1. Praefectus Urbi. Es el jefe de policía, al frente de cuatro
• Es en las prouinciae –y, en concreto, en su pertenencia– donde
cohortes urbanas, sin imperium pero con jurisdicción civil y militar
más se notan las diferencias derivadas del nuevo régimen. Así,
dentro del pomerium de Roma.
ahora algunas prouinciae dependen directamente –casi a
2. Praefectus Vigilum. Es el responsable del cuerpo de modo de dominium– del princeps y otras siguen dependiendo
bomberos (uigiles), constituido por siete cohortes. del populus a través del Senado.
3. Praefectus Praetorii. El prefecto del pretorio es el jefe de la a) Prouinciae del Populus (Senatoriales). Los gobernadores se
guardia personal del Princeps (cohors praetoriana), como escogen entre ex-cónsules o ex-praetores elegidos por sorteo.
herencia de la que guardaba la tienda del magistrado cum Estos gobernadores tienen el título de proconsules, lo eran por
imperio en un campamento republicano. un año y controlaban las legiones aunque al frente de ellas iba
también un legatus pro praetore. La recaudación tributaria de las
4. Praefectus annonae. Está al frente de la statio annonae, una
prouinciae del Populus recaía sencillamente en un quaestor.
oficina encargada del reparto y abastecimiento de trigo, de la
que dependen los praefecti frumenti dandi. b) Prouinciae del Princeps (Imperiales). Los gobernadores eran
elegidos directamente por el Princeps. El título de esos
5. Los Curatores Aquarum. Antes el servicio de aguas era
gobernadores era el de Legatus Augusti pro Praetore. La
responsabilidad de aediles y censores. Ahora la responsabilidad
supervisión de la tributación de estas prouinciae recaía en un
de poner en mantenimiento y cuidar los acueductos recae en
quaestor y un procurator.
mano de ellos.
8. EL NUEVO ORDENAMIENTO
ORGANIZACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
EL CONSENSVS VNIVERSORVM: ASPECTOS FISCALES Y SOCIALES
FISCALIDAD SOCIEDAD
• Tres eran las arcas a las que iba a
parar el dinero recaudado: el aerarium
Populi Romani (de herencia
republicana, a la que pertenecía el
ager publicus); el aerarium militare
(engrosado por los impuestos sobre
ciudadanos); y el fiscus Caesaris
(para albergar las riquezas de las
prouinciae administradas por el • El Ordo Senatorius de época augústea empezó a no depender
Princeps). de la posesión de un asiento en el Senado. Desde la lectio del 18
• Sobre los no-ciudadanos había a. C., Augusto rebajó la cifra de senadores a seiscientos y, sin
impuestos directos (tributum soli y embargo, siguió creciendo el ordo senatorius como un ordo de
tributum capitis), que nacían de la exclusividad, a modo de una élite basada en el census
professio y la estimatio de sus bienes (patrimonio, en 1 millón de HS), el locus (la pertenencia, de
y que eran recaudados en las hecho, a partir de la Lex Iulia de maritandis ordinibus, se permitió
ciudades. También existían otros que sólo con que un miembro de una familia hubiera accedido al
indirectos, los uectigalia. ordo era motivo suficiente para la incorporación de ésta a dicha
élite) y las mores (la dignitas propia de su rango).
• Sobre los ciudadanos había • El Ordo Equester está integrado por la aristocracia de los
impuestos diversos como la uicessima negocios, variedad que les impidió ser una clase al modo del
libertatis (gravaba en un porcentaje la ordo senatorius. Se llegaba a él a través de las militiae (varias
manumisión); la uicessima hereditatis funciones desempeñadas al frente del ejército), los iudicia
(decurias de jueces), y la administración puntual de la res
(sobre la transmisión de bienes en
publica. En este sector, surgieron abundantes oficios de carácter
herencia); y la centenaria rerum fijo y estable articulados en un aparato administrativo
uenalium (sobre actividades funcionarial para distintas tareas: apparitores a rationibus, a
comerciales). libertis, a cognitionibus. Los mejores en cada actividad podían
promocionar, incluso.