SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 8
CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE DAGUA

                           REGLAMENTO INTERNO

En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008,
articulo 15 y el Decreto No. _031 del 24 de agosto_de 2001, a través de la
cual se crea el Consejo Municipal de Cultura de Dagua se adopta para su
funcionamiento el siguiente Reglamento Interno:

                                CAPITULO I
                            NATURALEZA – SEDE

ARTICULO 1. Naturaleza: Ser la instancia de concertación entre el Estado y la
sociedad civil encargadas de liderar y asesorar al gobierno municipal, en la
formulación y ejecución de las políticas y la planificación de los procesos
culturales.

ARTICULO 2. El Consejo Municipal de Cultura de Dagua funcionará en el
Municipio de Dagua y tendrá su sede en la Casa de la Cultura de Dagua y
podrá seccionar en los Corregimientos de Borrero Ayerbe y El Queremal.


                              CAPITULO II
                         OBJETIVOS Y FUNCIONES

ARTICULO 3. Objetivos.

   •   Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades,
       animando y apoyando procesos de convivencia social – democrática que
       impulsen su desarrollo y el entendimiento intercultural.

   •   Liderar y asesorar la formulación y ejecución de las políticas, el diseño,
       implementación y evaluación de la planificación del desarrollo municipal,
       teniendo en cuenta la dimensión cultural.

   •   Proponer y articular los procesos y actividades relacionados con el
       fomento, la investigación, los estímulos a la creación, la promoción y
       difusión del patrimonio cultural y artístico del Municipio.

   •   Vincular y articular al nivel Municipal con los actores y espacios de
       concertación de los niveles Internacional, Nacional, Departamental,
       Municipal y los demás sistemas involucrados en la planificación y
       ejecución de procesos culturales.
ARTICULO 4. Funciones.

   a) Promover y hacer las recomendaciones pertinentes al Gobierno
        Municipal para el cumplimiento de las políticas, planes y programas
        relacionados con la cultura.

   b) Sugerir al Gobierno Municipal las medidas adecuadas para la protección
        del patrimonio cultural del Municipio y el estímulo y el fomento de la
        cultura y las artes.

   c) Conceptuar sobre aspectos que le solicite el Gobierno Municipal en
        materia de cultura.

   d) Asesorar en el diseño, formulación e implementación del Plan Municipal
        de Cultura.

   e) Vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura.

   f)   Nombrar a sus representantes en los espacios que así lo determinen,
        tales como: Consejo Territorial de Planeación Municipal (según artículo
        34 de la Ley 152 de 1994)

   g) Dar el aval para determinar la condición de creador o gestor para
      efectos de la Seguridad Social en materia de salud

   h) Promover la implementación y consolidación del Sistema Municipal de
        Cultura.

   i) Elaborar su Plan de Trabajo.

   j) Otros que le conceda la Ley.


                                 CAPITULO III
                                COMPOSICIÓN

ARTICULO 5. El Consejo Municipal de Cultura de Dagua estará conformado de
la siguiente manera:

1. El alcalde, o su delegado.
2. El Director de la Institución Cultural del Municipio.
3. Un jefe de Núcleo.
4. Un representante de cada uno de los sectores artísticos y culturales.
5. Representantes de las comunas y corregimientos, de conformidad con la
distribución administrativa del municipio.
6. Un representante del Consejo Departamental de patrimonio en donde tengan
presencia y sean representativos.
7. Un representante de los consejos territoriales indígenas.
8. Un representante de la comunidad educativa designado por la Junta
Municipal de Educación.
9. Un representante de los artesanos en donde tengan presencia y sean
representativos.
10. Un representante de las organizaciones cívicas o comunitarias.
11. Un representante de las ONG culturales.
12. Un representante de las agremiaciones y asociaciones de los
comunicadores.
13. Un representante de los sectores de la producción y los bienes y servicios.
14. Un representante de las asociaciones juveniles en donde tengan presencia
y sean representativos.
15. Un representante de los personeros estudiantiles en donde tengan
presencia y sean representativos.
16. Un representante de las agremiaciones culturales de discapacitados físicos,
psíquicos y sensoriales.
17. Un representante de las comunidades negras ó afro colombianas.

PARÁGRAFO 1. Con excepción del Alcalde ningún otro sector puede delegar
su representación.

PARÁGRAFO 2. Los miembros del Consejo Municipal de Cultura del sector
estatal accederán a éste por derecho propio mediante nominación de la
respectiva entidad.

PARÁGRAFO 3. Los miembros de la sociedad civil organizada accederán
mediante convocatorias que cada uno de los sectores respectivos realice, que
permitan y garanticen la elección de los delegados de cada uno de las áreas
que tengan representación en el mismo.

PARÁGRAFO 4. El Gobierno Municipal reconocerá el carácter y la
composición del Consejo Municipal de Cultura mediante un Acto Administrativo.


                                CAPITULO IV
                                DIRECCIÓN

ARTICULO 6. El Consejo Municipal de Cultura será presidido por el Alcalde o
su delegado.

PARÁGRAFO. El presidente deberá velar por el cumplimiento de las funciones
del Consejo, la realización de sus reuniones, el orden del día, conducir las
deliberaciones y los debates, suscribir las actas y demás decisiones y verificar
su ejecución a través de la Secretaría Técnica.

PARÁGRAFO. En el caso que el presidente del consejo no asista a alguna
de las reuniones programadas, el consejo procederá a elegir un
presidente suplente, única y exclusivamente para el trámite de la
correspondiente reunión.

                               CAPITULO V
                            DE LOS MIEMBROS.

ARTICULO 7. Elección: Los miembros del Consejo Municipal de Cultura del
sector comunitario serán elegidos para el mismo período del gobierno
municipal y se tendrán en consideración los siguientes criterios generales:

1. Que las elecciones se efectúen en forma democrática, buscando en todos
los casos la amplia participación de los diferentes actores.
2. Que se garantice una amplia convocatoria y difusión del proceso de elección.
3. Que se garantice la rotación de los miembros del Consejo.

Para la elección de estos representantes se seguirá el siguiente procedimiento:

   a. Se realizara una convocatoria pública a personas pertenecientes a
      cada uno de estos sectores, a través de diferentes medios de
      comunicación e invitaciones por escrito, especificando objeto de la
      convocatoria, fecha, hora y lugar de reunión; donde se llevara cabo
      el respectivo proceso de elección.

   b. Cada sector se reunirá por separado y elegirá de manera
      democrática, entre las personas asistentes, a su representante,
      suscribiendo un acta que certifique los resultados del proceso de
      elección.

ARTICULO 8. Los miembros del Consejo Municipal de Cultura tienen carácter
de representantes permanentes durante sus respectivos períodos (4 años), por
lo tanto no se aceptarán las suplencias.

ARTICULO 9. En caso de ausencia definitiva de un miembro del Consejo, la
persona, entidad o gremio por quien participa nombrará un nuevo delegado,
comunicando por escrito a la Secretaría Técnica tanto la cesación de la
representación como el nombre del nuevo representante.

ARTICULO 10. La no asistencia a tres (3) reuniones ordinarias o
extraordinarias sin excusa y/o el incumplimiento de las funciones por parte de
los Consejeros, en un año, será causal de la pérdida de la investidura,
comunicándole al respectivo gremio.

ARTICULO 11. Es deber de cada consejero mantener permanente información
con el sector al cual representa e intercambiar opiniones para ser tratadas al
interior del sector y del Consejo.


                               CAPITULO VI
                            DE LAS REUNIONES


ARTICULO 12. El Consejo Municipal de Cultura tendrá reuniones ordinarias y
reuniones extraordinarias.

ARTICULO 13. Reuniones Ordinarias: El Consejo Municipal de Cultura se
reunirá una vez dentro de cada tres meses calendario anual y será
convocado por el Presidente por medio de la Secretaría Técnica.

ARTICULO 14. Reuniones Extraordinarias: El Consejo Municipal de Cultura
se reunirá en forma extraordinaria por petición de su Presidente, o por la mitad
más uno de sus miembros.

                               CAPITULO VII
                            DE LAS CITACIONES.

ARTICULO 15. El Presidente a través de la Secretaría Técnica convocará a
cada uno de los miembros del Consejo a las reuniones ordinarias y
extraordinarias mediante comunicación escrita a la que acompañara al
respectivo orden del día, con una antelación no menor a diez días y verificación
telefónica.

ARTICULO 16. Tanto para reuniones ordinarias como para las extraordinarias
deberá incluirse copia del acta de la reunión anterior y los documentos que
requieran estudio previo por parte de los miembros del Consejo Municipal de
Cultura.




                                CAPITULO VIII
                                 SESIONES

ARTICULO 17. Constituye quórum para sesionar y deliberar la tercera parte
de los integrantes del Consejo:
a) El quórum decisorio se constituirá con la mitad más uno de sus
      miembros
   b) Los actos decisorios se llamarán Acuerdos.
   c) El Consejo Municipal de Cultura se manifestará a través de decisiones
      numeradas y consecutivas de las cuales se llevará el respectivo archivo.




                                CAPITULO IX
                           SISTEMA DE VOTACIÓN.

ARTICULO 18. El sistema de votación para la toma de decisiones en el
Consejo Municipal de Cultura será de plena autonomía de los consejeros
pudiendo elegir entre:

   a) Nominal
   b) Por aclamación o consenso.

                                CAPITULO X
                            SECRETARIA TÉCNICA

ARTICULO 19. La Institución Municipal de Cultura cumplirá con las
funciones de la Secretaría Técnica del Consejo y no podrá presidir.


ARTICULO 20 FUNCIONES.

1. Convocar oportunamente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del
Consejo Municipal de Cultura.

2. Elaborar las actas de las deliberaciones y decisiones del Consejo Municipal
de Cultura, y suscribirlas conjuntamente con el Presidente del Consejo.

Las actas deberán contener como mínimo:

i) La ciudad, lugar, fecha y hora en la cual se efectúa la reunión;

ii) Indicación de los medios utilizados por la Secretaría Técnica para comunicar
la citación a los miembros integrantes del Consejo;

iii) Lista de los miembros del Consejo asistentes a la sesión, indicando en cada
caso la entidad o sector que representan;
iv) Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las
recomendaciones y conceptos;

v) En caso de que el quórum establecido en este decreto para deliberar así lo
exigiere, se dejará constancia del sentido del voto de cada miembro del
Consejo.

3. Actuar como secretario en las reuniones del Consejo Municipal de Cultura,
para lo cual podrá contar con la asistencia de funcionarios de la Institución
Municipal de Cultura

4. Presentar al Consejo Municipal de Cultura los informes, estudios, propuestas
y demás documentación que sea necesaria para el cumplimiento de las
funciones a cargo del Consejo Municipal de Cultura.

5. Velar por la implementación de las decisiones y recomendaciones del
Consejo Municipal de Cultura.

6. Coordinar logísticamente las reuniones del Consejo Municipal de Cultura.

7. Organizar y mantener en todo momento un archivo ordenado y actualizado
en medios físico y magnético, sobre las sesiones y actividades del Consejo
Municipal de Cultura.

8. Mantener un registro actualizado de los integrantes del Consejo Municipal de
Cultura.

9. Las demás que correspondan a la naturaleza de la Secretaría Técnica y las
que le sean asignadas por el Alcalde.

                              CAPITULO XI.
                            PLAN DE TRABAJO.


ARTICULO 21. Elaborar de acuerdo con las directrices nacionales,
departamentales y municipales, el plan de acción que desarrollará el Consejo
una vez aprobado el reglamento interno, el cual se evaluará semestralmente.

ARTICULO 22. Los recursos necesarios para garantizar el funcionamiento
del Consejo se obtendrán a través de aportes del Municipio.

ARTICULO 23. Ningún consejero recibirá salario, honorarios o similar por sus
asistencia a las reuniones.
ARTICULO 24. El Consejo podrá integrar comisiones de trabajo para el
desarrollo de tareas específicas por el tiempo que estime conveniente.

CAPITULO XII
DE OTRAS APLICACIONES.

ARTICULO 25. Ningún miembro del Consejo podrá asumir su vocería a título
personal.

ARTICULO 26. El Consejo Municipal de Cultura tomará decisiones sobre los
aspectos no contemplados en el presente Reglamento.

ARTICULO 27. Tres meses antes de cumplir su respectivo período el Consejo
y la Secretaría Técnica concertarán los procedimientos necesarios para la
elección del nuevo Consejo.


                            CAPITULO XIII
                 DE LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO.


ARTICULO 28. El presente Reglamento Interno del Consejo Municipal de
Cultura de Dagua, una vez analizado y discutido por sus miembros, fue
aprobado por mayoría el día 21 de agosto de 2009, según Acta No. 6

ARTICULO 29. El presente Reglamento Interno solo podrá ser reformado por
el Consejo Municipal de Cultura en una reunión citada para tal fin.


En constancia se firma,




JOSÉ RAMIRO HOYOS T                 MARÍA AMPARO MUÑOZ R
Presidente                               Secretario Técnico

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...participacion
 
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...participacion
 
Estatuto organico fdppioycc
Estatuto organico fdppioyccEstatuto organico fdppioycc
Estatuto organico fdppioyccJuan Macias
 
Estatutos buena proa
Estatutos buena proaEstatutos buena proa
Estatutos buena proarapalacois
 
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01frank natera
 
Ley organica de los consejos comunales
Ley organica de los consejos comunalesLey organica de los consejos comunales
Ley organica de los consejos comunalesdugartejm
 
Ley organica de_los_consejos_comunales
Ley organica de_los_consejos_comunalesLey organica de_los_consejos_comunales
Ley organica de_los_consejos_comunalesEdilia Lecuna F
 
Sildre participación ciudadana y gestión local
Sildre   participación ciudadana y gestión localSildre   participación ciudadana y gestión local
Sildre participación ciudadana y gestión localmariangel gomez
 
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016luis espinoza
 
Ley Consejos Comunales
Ley Consejos ComunalesLey Consejos Comunales
Ley Consejos Comunalesddoc
 
Atribuciones del alcalde 12 06-12
Atribuciones del alcalde 12 06-12Atribuciones del alcalde 12 06-12
Atribuciones del alcalde 12 06-12calacademica
 

Was ist angesagt? (19)

Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...
Procedimiento De InstalacióN Y Funcionamiento Del Concejo Local De Planificac...
 
Estatutos AMPA
Estatutos AMPAEstatutos AMPA
Estatutos AMPA
 
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...
Procedimiento FormulacióN, Procesamiento Y PriorizacióN De Propuestas Comunit...
 
Estatutos
EstatutosEstatutos
Estatutos
 
Estatuto organico fdppioycc
Estatuto organico fdppioyccEstatuto organico fdppioycc
Estatuto organico fdppioycc
 
Estatutos buena proa
Estatutos buena proaEstatutos buena proa
Estatutos buena proa
 
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01
Leyorganicadelosconsejoscomunalespresentacin 100209220900-phpapp01
 
Coop
CoopCoop
Coop
 
Convocatoria cmc
Convocatoria cmcConvocatoria cmc
Convocatoria cmc
 
Ley Organica Consejos Comunales 26 11 09
Ley Organica Consejos Comunales  26 11 09Ley Organica Consejos Comunales  26 11 09
Ley Organica Consejos Comunales 26 11 09
 
Ley organica de los consejos comunales
Ley organica de los consejos comunalesLey organica de los consejos comunales
Ley organica de los consejos comunales
 
Ley organica de_los_consejos_comunales
Ley organica de_los_consejos_comunalesLey organica de_los_consejos_comunales
Ley organica de_los_consejos_comunales
 
Sildre participación ciudadana y gestión local
Sildre   participación ciudadana y gestión localSildre   participación ciudadana y gestión local
Sildre participación ciudadana y gestión local
 
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016
Gaceta extraordinaria 0024 07 12-2016
 
Reglamento interno-organico-funcional
Reglamento interno-organico-funcionalReglamento interno-organico-funcional
Reglamento interno-organico-funcional
 
Ley Consejos Comunales
Ley Consejos ComunalesLey Consejos Comunales
Ley Consejos Comunales
 
Creación del Consejo Federal
Creación del Consejo FederalCreación del Consejo Federal
Creación del Consejo Federal
 
Atribuciones del alcalde 12 06-12
Atribuciones del alcalde 12 06-12Atribuciones del alcalde 12 06-12
Atribuciones del alcalde 12 06-12
 
ESTATUTOS MOVIMIENTO REGIONAL
ESTATUTOS MOVIMIENTO REGIONALESTATUTOS MOVIMIENTO REGIONAL
ESTATUTOS MOVIMIENTO REGIONAL
 

Andere mochten auch

Reglasdesarrollodelforo.
Reglasdesarrollodelforo.Reglasdesarrollodelforo.
Reglasdesarrollodelforo.instinto269
 
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.instinto269
 
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbe
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbeAnexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbe
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbeinstinto269
 
Anexo 5 6. consolidado cartografia cultural
Anexo 5 6. consolidado cartografia culturalAnexo 5 6. consolidado cartografia cultural
Anexo 5 6. consolidado cartografia culturalinstinto269
 
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerrero
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerreroAnexo 5 4. cartografia cultural lobo guerrero
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerreroinstinto269
 
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventud
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventudAnexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventud
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventudinstinto269
 
Primerforcandidatoalaalcaldia.
Primerforcandidatoalaalcaldia.Primerforcandidatoalaalcaldia.
Primerforcandidatoalaalcaldia.instinto269
 
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbano
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbanoAnexo 5 5. cartografia cultural casco urbano
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbanoinstinto269
 
Precios unitarios
Precios unitariosPrecios unitarios
Precios unitariostaka_nijo
 

Andere mochten auch (10)

Reglasdesarrollodelforo.
Reglasdesarrollodelforo.Reglasdesarrollodelforo.
Reglasdesarrollodelforo.
 
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.
Primer foro candidatos_a_la_alcaldia.
 
Sobre c mcu
Sobre c mcuSobre c mcu
Sobre c mcu
 
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbe
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbeAnexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbe
Anexo 5 3. cartografia cultural borrero ayerbe
 
Anexo 5 6. consolidado cartografia cultural
Anexo 5 6. consolidado cartografia culturalAnexo 5 6. consolidado cartografia cultural
Anexo 5 6. consolidado cartografia cultural
 
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerrero
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerreroAnexo 5 4. cartografia cultural lobo guerrero
Anexo 5 4. cartografia cultural lobo guerrero
 
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventud
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventudAnexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventud
Anexo 1 2. proyecto terminación casa de la juventud
 
Primerforcandidatoalaalcaldia.
Primerforcandidatoalaalcaldia.Primerforcandidatoalaalcaldia.
Primerforcandidatoalaalcaldia.
 
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbano
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbanoAnexo 5 5. cartografia cultural casco urbano
Anexo 5 5. cartografia cultural casco urbano
 
Precios unitarios
Precios unitariosPrecios unitarios
Precios unitarios
 

Ähnlich wie Reglamento interno cm_cu

Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander
Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander
Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander Villa Del Rosario
 
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc copia
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc   copiaAcuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc   copia
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc copiaFundalaurina Lo Amador
 
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distrito
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distritoProposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distrito
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distritoUPyD Getafe
 
Decreto comite cultura arte transmilenio
Decreto comite cultura arte transmilenioDecreto comite cultura arte transmilenio
Decreto comite cultura arte transmilenioAndrés Borges
 
Reglamento Interno CTPM Villanueva Casanare
Reglamento Interno CTPM Villanueva CasanareReglamento Interno CTPM Villanueva Casanare
Reglamento Interno CTPM Villanueva CasanareGermán Valencia
 
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93Jose Miguel Lopez Garcia
 
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipal
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipalExtraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipal
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipalMaría Linares
 
Presentacion ley de las comunas
Presentacion ley de las comunasPresentacion ley de las comunas
Presentacion ley de las comunasFreddy Guerrero
 
Reglamento interno cmj 2010 2013- Actual
Reglamento interno cmj 2010 2013- ActualReglamento interno cmj 2010 2013- Actual
Reglamento interno cmj 2010 2013- ActualConsejoJuventud
 
Ley de creación del ministerio de cultura
Ley de creación del ministerio de culturaLey de creación del ministerio de cultura
Ley de creación del ministerio de culturainfotupac
 
consejo local
consejo localconsejo local
consejo localrebeca911
 
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...Pavel Perez
 
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...María Linares
 

Ähnlich wie Reglamento interno cm_cu (20)

Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander
Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander
Reglamento consejo de cultura villa del rosario norte de santander
 
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc copia
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc   copiaAcuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc   copia
Acuerdo 001 de 2003 creacion del ipcc copia
 
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distrito
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distritoProposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distrito
Proposición sobre consejos de barrio y futuras juntas de distrito
 
Consejolocal 1
Consejolocal 1Consejolocal 1
Consejolocal 1
 
Consejo municipal de_juventud
Consejo municipal de_juventudConsejo municipal de_juventud
Consejo municipal de_juventud
 
Reglamento de derechos y actividades culturales vigente
Reglamento de derechos y actividades culturales vigenteReglamento de derechos y actividades culturales vigente
Reglamento de derechos y actividades culturales vigente
 
Decreto comite cultura arte transmilenio
Decreto comite cultura arte transmilenioDecreto comite cultura arte transmilenio
Decreto comite cultura arte transmilenio
 
Reglamento Interno CTPM Villanueva Casanare
Reglamento Interno CTPM Villanueva CasanareReglamento Interno CTPM Villanueva Casanare
Reglamento Interno CTPM Villanueva Casanare
 
R consejo local_educacion
R consejo local_educacionR consejo local_educacion
R consejo local_educacion
 
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93
Ley de-fomento-y-proteccion-al-desarrollo-artesanal año 93
 
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipal
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipalExtraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipal
Extraordinaria nº 22 ordenanza cronista municipal
 
Presentacion ley de las comunas
Presentacion ley de las comunasPresentacion ley de las comunas
Presentacion ley de las comunas
 
Reglamento interno cmj 2010 2013- Actual
Reglamento interno cmj 2010 2013- ActualReglamento interno cmj 2010 2013- Actual
Reglamento interno cmj 2010 2013- Actual
 
Ley de creación del ministerio de cultura
Ley de creación del ministerio de culturaLey de creación del ministerio de cultura
Ley de creación del ministerio de cultura
 
consejo local
consejo localconsejo local
consejo local
 
Decreto cmj 2012
Decreto cmj 2012Decreto cmj 2012
Decreto cmj 2012
 
Decreto cmj 2012
Decreto cmj 2012Decreto cmj 2012
Decreto cmj 2012
 
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...
Texto de la ley no. 40, ley de municipios con reformas incorporadas aprobada ...
 
Ley de fomento audiovisual
Ley de fomento audiovisual Ley de fomento audiovisual
Ley de fomento audiovisual
 
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...
Gaceta ext. nº 100(ord. cultura) (ord. gallinaza) (reg.del fondo de financiam...
 

Mehr von instinto269

Anexo 5 2. cartografia cultural el queremal
Anexo 5 2. cartografia cultural el queremalAnexo 5 2. cartografia cultural el queremal
Anexo 5 2. cartografia cultural el queremalinstinto269
 
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa pacc
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa paccAnexo 4 5. consolidado talleres dofa pacc
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa paccinstinto269
 
Anexo 4 4. dofa casco urbano pacc
Anexo 4 4. dofa casco urbano paccAnexo 4 4. dofa casco urbano pacc
Anexo 4 4. dofa casco urbano paccinstinto269
 
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe pacc
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe paccAnexo 4 3. dofa borrero ayerbe pacc
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe paccinstinto269
 
Anexo 4 2. dofa queremal pacc
Anexo 4 2. dofa queremal paccAnexo 4 2. dofa queremal pacc
Anexo 4 2. dofa queremal paccinstinto269
 
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectos
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectosAnexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectos
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectosinstinto269
 
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursos
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursosAnexo 2 7. itvc-metodologia recursos
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursosinstinto269
 
Anexo 2 6. dagua pnud
Anexo 2 6. dagua pnudAnexo 2 6. dagua pnud
Anexo 2 6. dagua pnudinstinto269
 
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009instinto269
 
Anexo 2 3. conpes cultura
Anexo 2 3. conpes culturaAnexo 2 3. conpes cultura
Anexo 2 3. conpes culturainstinto269
 
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011instinto269
 
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustada
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustadaAnexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustada
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustadainstinto269
 
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650instinto269
 
Descripción de contenidos del material
Descripción de contenidos del materialDescripción de contenidos del material
Descripción de contenidos del materialinstinto269
 

Mehr von instinto269 (14)

Anexo 5 2. cartografia cultural el queremal
Anexo 5 2. cartografia cultural el queremalAnexo 5 2. cartografia cultural el queremal
Anexo 5 2. cartografia cultural el queremal
 
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa pacc
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa paccAnexo 4 5. consolidado talleres dofa pacc
Anexo 4 5. consolidado talleres dofa pacc
 
Anexo 4 4. dofa casco urbano pacc
Anexo 4 4. dofa casco urbano paccAnexo 4 4. dofa casco urbano pacc
Anexo 4 4. dofa casco urbano pacc
 
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe pacc
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe paccAnexo 4 3. dofa borrero ayerbe pacc
Anexo 4 3. dofa borrero ayerbe pacc
 
Anexo 4 2. dofa queremal pacc
Anexo 4 2. dofa queremal paccAnexo 4 2. dofa queremal pacc
Anexo 4 2. dofa queremal pacc
 
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectos
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectosAnexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectos
Anexo 3 1. convocatorias, premios, apoyo a proyectos
 
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursos
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursosAnexo 2 7. itvc-metodologia recursos
Anexo 2 7. itvc-metodologia recursos
 
Anexo 2 6. dagua pnud
Anexo 2 6. dagua pnudAnexo 2 6. dagua pnud
Anexo 2 6. dagua pnud
 
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009
Anexo 2 4. compendio politicas culturales marzo 2009
 
Anexo 2 3. conpes cultura
Anexo 2 3. conpes culturaAnexo 2 3. conpes cultura
Anexo 2 3. conpes cultura
 
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011
Anexo 2 5. programa de gobierno valle del cauca 2008-2011
 
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustada
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustadaAnexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustada
Anexo 2 1. ley 397 de 1997 ajustada
 
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650
Anexo 1 3. derecho petición contrato 112650
 
Descripción de contenidos del material
Descripción de contenidos del materialDescripción de contenidos del material
Descripción de contenidos del material
 

Reglamento interno cm_cu

  • 1. CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE DAGUA REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, articulo 15 y el Decreto No. _031 del 24 de agosto_de 2001, a través de la cual se crea el Consejo Municipal de Cultura de Dagua se adopta para su funcionamiento el siguiente Reglamento Interno: CAPITULO I NATURALEZA – SEDE ARTICULO 1. Naturaleza: Ser la instancia de concertación entre el Estado y la sociedad civil encargadas de liderar y asesorar al gobierno municipal, en la formulación y ejecución de las políticas y la planificación de los procesos culturales. ARTICULO 2. El Consejo Municipal de Cultura de Dagua funcionará en el Municipio de Dagua y tendrá su sede en la Casa de la Cultura de Dagua y podrá seccionar en los Corregimientos de Borrero Ayerbe y El Queremal. CAPITULO II OBJETIVOS Y FUNCIONES ARTICULO 3. Objetivos. • Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades, animando y apoyando procesos de convivencia social – democrática que impulsen su desarrollo y el entendimiento intercultural. • Liderar y asesorar la formulación y ejecución de las políticas, el diseño, implementación y evaluación de la planificación del desarrollo municipal, teniendo en cuenta la dimensión cultural. • Proponer y articular los procesos y actividades relacionados con el fomento, la investigación, los estímulos a la creación, la promoción y difusión del patrimonio cultural y artístico del Municipio. • Vincular y articular al nivel Municipal con los actores y espacios de concertación de los niveles Internacional, Nacional, Departamental, Municipal y los demás sistemas involucrados en la planificación y ejecución de procesos culturales.
  • 2. ARTICULO 4. Funciones. a) Promover y hacer las recomendaciones pertinentes al Gobierno Municipal para el cumplimiento de las políticas, planes y programas relacionados con la cultura. b) Sugerir al Gobierno Municipal las medidas adecuadas para la protección del patrimonio cultural del Municipio y el estímulo y el fomento de la cultura y las artes. c) Conceptuar sobre aspectos que le solicite el Gobierno Municipal en materia de cultura. d) Asesorar en el diseño, formulación e implementación del Plan Municipal de Cultura. e) Vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura. f) Nombrar a sus representantes en los espacios que así lo determinen, tales como: Consejo Territorial de Planeación Municipal (según artículo 34 de la Ley 152 de 1994) g) Dar el aval para determinar la condición de creador o gestor para efectos de la Seguridad Social en materia de salud h) Promover la implementación y consolidación del Sistema Municipal de Cultura. i) Elaborar su Plan de Trabajo. j) Otros que le conceda la Ley. CAPITULO III COMPOSICIÓN ARTICULO 5. El Consejo Municipal de Cultura de Dagua estará conformado de la siguiente manera: 1. El alcalde, o su delegado. 2. El Director de la Institución Cultural del Municipio. 3. Un jefe de Núcleo. 4. Un representante de cada uno de los sectores artísticos y culturales. 5. Representantes de las comunas y corregimientos, de conformidad con la distribución administrativa del municipio.
  • 3. 6. Un representante del Consejo Departamental de patrimonio en donde tengan presencia y sean representativos. 7. Un representante de los consejos territoriales indígenas. 8. Un representante de la comunidad educativa designado por la Junta Municipal de Educación. 9. Un representante de los artesanos en donde tengan presencia y sean representativos. 10. Un representante de las organizaciones cívicas o comunitarias. 11. Un representante de las ONG culturales. 12. Un representante de las agremiaciones y asociaciones de los comunicadores. 13. Un representante de los sectores de la producción y los bienes y servicios. 14. Un representante de las asociaciones juveniles en donde tengan presencia y sean representativos. 15. Un representante de los personeros estudiantiles en donde tengan presencia y sean representativos. 16. Un representante de las agremiaciones culturales de discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales. 17. Un representante de las comunidades negras ó afro colombianas. PARÁGRAFO 1. Con excepción del Alcalde ningún otro sector puede delegar su representación. PARÁGRAFO 2. Los miembros del Consejo Municipal de Cultura del sector estatal accederán a éste por derecho propio mediante nominación de la respectiva entidad. PARÁGRAFO 3. Los miembros de la sociedad civil organizada accederán mediante convocatorias que cada uno de los sectores respectivos realice, que permitan y garanticen la elección de los delegados de cada uno de las áreas que tengan representación en el mismo. PARÁGRAFO 4. El Gobierno Municipal reconocerá el carácter y la composición del Consejo Municipal de Cultura mediante un Acto Administrativo. CAPITULO IV DIRECCIÓN ARTICULO 6. El Consejo Municipal de Cultura será presidido por el Alcalde o su delegado. PARÁGRAFO. El presidente deberá velar por el cumplimiento de las funciones del Consejo, la realización de sus reuniones, el orden del día, conducir las
  • 4. deliberaciones y los debates, suscribir las actas y demás decisiones y verificar su ejecución a través de la Secretaría Técnica. PARÁGRAFO. En el caso que el presidente del consejo no asista a alguna de las reuniones programadas, el consejo procederá a elegir un presidente suplente, única y exclusivamente para el trámite de la correspondiente reunión. CAPITULO V DE LOS MIEMBROS. ARTICULO 7. Elección: Los miembros del Consejo Municipal de Cultura del sector comunitario serán elegidos para el mismo período del gobierno municipal y se tendrán en consideración los siguientes criterios generales: 1. Que las elecciones se efectúen en forma democrática, buscando en todos los casos la amplia participación de los diferentes actores. 2. Que se garantice una amplia convocatoria y difusión del proceso de elección. 3. Que se garantice la rotación de los miembros del Consejo. Para la elección de estos representantes se seguirá el siguiente procedimiento: a. Se realizara una convocatoria pública a personas pertenecientes a cada uno de estos sectores, a través de diferentes medios de comunicación e invitaciones por escrito, especificando objeto de la convocatoria, fecha, hora y lugar de reunión; donde se llevara cabo el respectivo proceso de elección. b. Cada sector se reunirá por separado y elegirá de manera democrática, entre las personas asistentes, a su representante, suscribiendo un acta que certifique los resultados del proceso de elección. ARTICULO 8. Los miembros del Consejo Municipal de Cultura tienen carácter de representantes permanentes durante sus respectivos períodos (4 años), por lo tanto no se aceptarán las suplencias. ARTICULO 9. En caso de ausencia definitiva de un miembro del Consejo, la persona, entidad o gremio por quien participa nombrará un nuevo delegado, comunicando por escrito a la Secretaría Técnica tanto la cesación de la representación como el nombre del nuevo representante. ARTICULO 10. La no asistencia a tres (3) reuniones ordinarias o extraordinarias sin excusa y/o el incumplimiento de las funciones por parte de
  • 5. los Consejeros, en un año, será causal de la pérdida de la investidura, comunicándole al respectivo gremio. ARTICULO 11. Es deber de cada consejero mantener permanente información con el sector al cual representa e intercambiar opiniones para ser tratadas al interior del sector y del Consejo. CAPITULO VI DE LAS REUNIONES ARTICULO 12. El Consejo Municipal de Cultura tendrá reuniones ordinarias y reuniones extraordinarias. ARTICULO 13. Reuniones Ordinarias: El Consejo Municipal de Cultura se reunirá una vez dentro de cada tres meses calendario anual y será convocado por el Presidente por medio de la Secretaría Técnica. ARTICULO 14. Reuniones Extraordinarias: El Consejo Municipal de Cultura se reunirá en forma extraordinaria por petición de su Presidente, o por la mitad más uno de sus miembros. CAPITULO VII DE LAS CITACIONES. ARTICULO 15. El Presidente a través de la Secretaría Técnica convocará a cada uno de los miembros del Consejo a las reuniones ordinarias y extraordinarias mediante comunicación escrita a la que acompañara al respectivo orden del día, con una antelación no menor a diez días y verificación telefónica. ARTICULO 16. Tanto para reuniones ordinarias como para las extraordinarias deberá incluirse copia del acta de la reunión anterior y los documentos que requieran estudio previo por parte de los miembros del Consejo Municipal de Cultura. CAPITULO VIII SESIONES ARTICULO 17. Constituye quórum para sesionar y deliberar la tercera parte de los integrantes del Consejo:
  • 6. a) El quórum decisorio se constituirá con la mitad más uno de sus miembros b) Los actos decisorios se llamarán Acuerdos. c) El Consejo Municipal de Cultura se manifestará a través de decisiones numeradas y consecutivas de las cuales se llevará el respectivo archivo. CAPITULO IX SISTEMA DE VOTACIÓN. ARTICULO 18. El sistema de votación para la toma de decisiones en el Consejo Municipal de Cultura será de plena autonomía de los consejeros pudiendo elegir entre: a) Nominal b) Por aclamación o consenso. CAPITULO X SECRETARIA TÉCNICA ARTICULO 19. La Institución Municipal de Cultura cumplirá con las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo y no podrá presidir. ARTICULO 20 FUNCIONES. 1. Convocar oportunamente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Municipal de Cultura. 2. Elaborar las actas de las deliberaciones y decisiones del Consejo Municipal de Cultura, y suscribirlas conjuntamente con el Presidente del Consejo. Las actas deberán contener como mínimo: i) La ciudad, lugar, fecha y hora en la cual se efectúa la reunión; ii) Indicación de los medios utilizados por la Secretaría Técnica para comunicar la citación a los miembros integrantes del Consejo; iii) Lista de los miembros del Consejo asistentes a la sesión, indicando en cada caso la entidad o sector que representan;
  • 7. iv) Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las recomendaciones y conceptos; v) En caso de que el quórum establecido en este decreto para deliberar así lo exigiere, se dejará constancia del sentido del voto de cada miembro del Consejo. 3. Actuar como secretario en las reuniones del Consejo Municipal de Cultura, para lo cual podrá contar con la asistencia de funcionarios de la Institución Municipal de Cultura 4. Presentar al Consejo Municipal de Cultura los informes, estudios, propuestas y demás documentación que sea necesaria para el cumplimiento de las funciones a cargo del Consejo Municipal de Cultura. 5. Velar por la implementación de las decisiones y recomendaciones del Consejo Municipal de Cultura. 6. Coordinar logísticamente las reuniones del Consejo Municipal de Cultura. 7. Organizar y mantener en todo momento un archivo ordenado y actualizado en medios físico y magnético, sobre las sesiones y actividades del Consejo Municipal de Cultura. 8. Mantener un registro actualizado de los integrantes del Consejo Municipal de Cultura. 9. Las demás que correspondan a la naturaleza de la Secretaría Técnica y las que le sean asignadas por el Alcalde. CAPITULO XI. PLAN DE TRABAJO. ARTICULO 21. Elaborar de acuerdo con las directrices nacionales, departamentales y municipales, el plan de acción que desarrollará el Consejo una vez aprobado el reglamento interno, el cual se evaluará semestralmente. ARTICULO 22. Los recursos necesarios para garantizar el funcionamiento del Consejo se obtendrán a través de aportes del Municipio. ARTICULO 23. Ningún consejero recibirá salario, honorarios o similar por sus asistencia a las reuniones.
  • 8. ARTICULO 24. El Consejo podrá integrar comisiones de trabajo para el desarrollo de tareas específicas por el tiempo que estime conveniente. CAPITULO XII DE OTRAS APLICACIONES. ARTICULO 25. Ningún miembro del Consejo podrá asumir su vocería a título personal. ARTICULO 26. El Consejo Municipal de Cultura tomará decisiones sobre los aspectos no contemplados en el presente Reglamento. ARTICULO 27. Tres meses antes de cumplir su respectivo período el Consejo y la Secretaría Técnica concertarán los procedimientos necesarios para la elección del nuevo Consejo. CAPITULO XIII DE LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO. ARTICULO 28. El presente Reglamento Interno del Consejo Municipal de Cultura de Dagua, una vez analizado y discutido por sus miembros, fue aprobado por mayoría el día 21 de agosto de 2009, según Acta No. 6 ARTICULO 29. El presente Reglamento Interno solo podrá ser reformado por el Consejo Municipal de Cultura en una reunión citada para tal fin. En constancia se firma, JOSÉ RAMIRO HOYOS T MARÍA AMPARO MUÑOZ R Presidente Secretario Técnico