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Módulo
INVESTIGACION DE MERCADO
Diplomado de Comercio Exterior
Msc. Ana Liliam Ruiz Llerena
• ACCESO AL MERCADO. Aranceles. Barreras no arancelarias.
• Aranceles
• Acuerdos comerciales
• Tipos de acuerdos comerciales
I. SGPC. Sistema Global de Preferencias Arancelarias
II. SGP. Esquema de la Unión Europea
III. ALADI
• Barreras no arancelarias
• Normas y otras prescripciones técnicas
• Calidad
ACCESO AL MERCADO. Aranceles. Barreras no arancelarias.
En el contexto de la OMC, se entiende por acceso a los mercados, la totalidad de las condiciones
impuestas por un gobierno, con sujeción a las cuales un producto puede entrar en un país en
condiciones no discriminatorias.
Esta sección debe contener información resumida sobre las medidas de control al comercio que
afectan el ingreso al mercado: medidas arancelarias y no arancelarias que regulan las importaciones
del producto en cuestión en el mercado de importación meta. En particular, se deben proporcionar
detalles sobre los derechos de aduana y otros impuestos o cobros por importación, restricciones
cuantitativas (cuotas), reglamentos de sanidad y seguridad, normas técnicas, etc.
En la OMC, el principio de no discriminación se plasma en dos obligaciones fundamentales:
 la obligación de trato de la Nación Más Favorecida (NMF)
 la obligación de Trato Nacional.
Esta sección debe contener información resumida sobre las medidas de
control al comercio que afectan el ingreso al mercado: medidas
arancelarias y no arancelarias que regulan las importaciones del producto
en cuestión en el mercado de importación meta.
En particular, se deben proporcionar detalles sobre los derechos de
aduana y otros impuestos o cobros por importación, restricciones
cuantitativas, reglamentos de sanidad y seguridad, normas técnicas, etc.
Un arancel es una carga financiera en forma de impuesto que se aplica a las importaciones de mercancías.
También se pueden aplicar a las exportaciones.
Las barreras arancelarias o aranceles son los impuestos que deben pagar los importadores y exportadores
en las aduanas para la entrada y salida de las mercancías. Al aplicar el arancel se agrega valor al precio de
las mercancías en el mercado de destino. Se gravan las mercancías que se importan a fin de proteger a las
similares que se fabriquen en el país.
Funciones del Arancel
• Instrumento de Política Comercial
• Instrumento de Negociaciones
• Control aduanero en frontera
• Recaudación fiscal
• Estadísticas del comercio exterior
• Protección de la industria nacional
El arancel puede asumir varias formas. Las más usuales son:
 Ad Valorem: Donde la cuota impositiva será un porcentaje del valor en aduana de la mercancía.
 Específico: Se expresa por unidades monetarias a percibir por cada unidad o múltiplo de unidades
físicas. No considera el precio de las mercancías.
 Mixto: Integrado por un derecho ad-valorem y un derecho específico que se aplican
simultáneamente.
 Derecho Alternativo: Se aplica a una mercancía un por ciento de su valor o un impuesto fijo.
 Derecho Estacional: Muy usado para productos agrícolas, porque se aplica según la época del
año, si está o no en cosecha.
 Derecho Libre: Designa a aquellos productos que no pagan tarifa arancelaria alguna.
Arancel de Aduanas de la República de Cuba
 Nomenclatura comercial:
Sistema Armonizado de Clasificación de Productos (SACLAP).
 La base de los adeudos se calcula sobre el valor de la mercancía en Aduana
(Derechos Ad-valorem)
 Doble columna de aranceles aduanales:
Tarifa General (TG): se aplica a los países no miembros de la OMC.
Tarifa de Nación Más Favorecida (NMF): se aplica a los países miembros de la
OMC.
Acuerdos comerciales
En el proceso de transformación e inserción en la economía mundial, basado en una
mayor apertura al exterior se suscriben acuerdos comerciales, en los cuales se asumen
compromisos y se reciben ventajas que permiten garantizar condiciones más favorables
en determinados mercados.
En el caso de Cuba, para hacer uso de las ventajas de los acuerdos comerciales con otros
países es preciso conocer que somos beneficiarios de los acuerdos de la OMC; Acuerdos
de Complementación Económica suscritos en el marco de la ALADI; Acuerdo Cuba-
CARICOM.
Tipos de acuerdos comerciales
• Acuerdo / Área / Zona de Libre Comercio: Elimina las barreras
comerciales dentro de la zona.
• Unión Aduanera: Zona de Libre Comercio + Arancel Externo
Común.
• Mercado Común: Unión Aduanera + Libre flujo de factores de
producción dentro de la región (capital, trabajo, etc.).
• Unión Económica: Unificación o armonización de políticas
económicas: política monetaria, fiscal, regulación, normas, etc.
Sistema Global de Preferencias Arancelarias (SGPC): El SGPC es un instrumento de cooperación
comercial entre países en desarrollo de África, Asia y América Latina, pertenecientes al Grupo de los 77.
Los países miembros de este esquema se otorgan, de forma recíproca, un tratamiento arancelario
preferencial, el cual se generaliza posteriormente al entrar en vigor esos compromisos.
SGPC. Sistema Global de Preferencias Arancelarias
Argentina, Brasil, Cuba, Venezuela y Uruguay figuran en la lista de países
que dejaron de beneficiarse en 2014 de incentivos comerciales por parte
de la Unión Europea (UE).
Todos ellos son parte de la lista de 12 países que salen del sistema
europeo de ventajas arancelarias (SGP) por haber sido catalogados en los
últimos años como economías de renta media-alta por parte del Banco
Mundial (BM).
La salida de Cuba del SGP de la Unión Europea significó una afectación
de 150 millones de dólares lo que provocó un impacto negativo en las
exportaciones cubanas.
SGP. Esquema de la Unión Europea
ALADI
Acuerdos de Alcance Parcial (AAP): Los AAP son acuerdos que se pactan entre dos o más países
miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y con terceros países . Los
AAP pueden ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del
comercio u otras modalidades. Los comerciales comprenden exclusivamente la reducción de tarifas
arancelarias. Los de complementación económica (ACE) son de mayor alcance y en la actualidad
tienden a ser de libre comercio.
Barreras no arancelarias
Las MEDIDAS NO ARANCELARIAS representan requisitos,
normas o regulaciones legalmente establecidas por el
gobierno del país de origen o de destino, las cuales
comprometen la capacidad de comercializar
(exportar/importar) mercaderías por el incremento de costos o
el tiempo de la operación comercial o la prohibición de hacerlo.
Estas barreras son de dos tipos o clases:
Cuantitativas:
- Permisos de importación o exportación
- Cuotas
- Precios oficiales
- Impuestos antidumping
- Impuestos compensatorios
No Cuantitativas o Cualitativas:
- Regulaciones sanitarias
- Requisitos de empaque
- Regulaciones de toxicidad
- Marcas de origen
- Normas técnicas
- Regulaciones fitosanitarias
- Requisitos de etiquetado
- Normas de calidad
- Regulaciones ecológicas
Normas y otras prescripciones técnicas
En esta sección debe identificarse la institución que rige las normas
en el país; considerando también, los reglamentos técnicos y
normas relacionados con el producto analizado.
Además de las fuentes nacionales, varias organizaciones
internacionales ofrecen información sobre normas técnicas y de
calidad. Por ej.: Organización Internacional de Normalización (ISO),
la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI), la Comisión
FAO/OMS del Codex Alimentarius, Standard Map del CCI, etc.
Regulaciones técnicas (Normas públicas):
Documento en el que se establecen las características de un
producto o los procesos y métodos de producción a él
relacionados, con inclusión de las disposiciones
administrativas aplicables y cuya observancia es
OBLIGATORIA.
Se establecen como requisito legal de los gobiernos
nacionales, o los reglamentos multilaterales.
Las Regulaciones Técnicas (normas públicas) abarcan:
o Características del producto
o Métodos o procesos de producción
o Embalaje
o Requisitos de marcado y etiquetado
o También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos.
Las normas privadas o 'voluntarias' las formulan entidades no
gubernamentales, es decir, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones sectoriales y empresas. Así, el cumplimiento de estas
normas, a diferencia del cumplimiento con las normas públicas, no es un
requisito legal de los gobiernos nacionales, ni de los reglamentos
multilaterales.
Standards Map
www.standardmap.org/
Permite a los usuarios analizar información relativa a más de 30 normas voluntarias sobre más de 40 grupos
de productos y referencias de más de 170 documentos de investigación.
Gratuita para usuarios de países en desarrollo, Standards Map centraliza, organiza y ofrece acceso inmediato
a información sobre normas privadas (no gubernamentales) y resultados de investigaciones de instituciones,
organizaciones normativas, organismos de desarrollo, entidades de consultoría y círculos académicos.
En la mayoría de los casos, las normas incluidas en Standards Map fueron elaboradas por entidades
privadas como empresas, organizaciones sectoriales y organizaciones no gubernamentales.
El usuario también puede buscar información por palabras o frases claves como 'carbón', 'trabajo', 'proceso
de certificación' u 'organismo modificado genéticamente', y comparar los requisitos relativos a las normas en
la respectiva materia.
Otras fuentes para estándares y regulaciones.
Organización Internacional para la normalización http://www.iso.org
FAO/OMS - Codex alimentarius http://www.codexalimentarius.net
Regulaciones sanitarias y fitosanitarias
Todos los países de destino exigen la presentación de algún tipo de certificado sanitario o
fitosanitario y éste lo tiene que obtener el exportador.
Las principales disposiciones legales sobre medidas zoosanitarias y fitosanitarias en algunos países
tienen carácter de ley como: la Ley de Sanidad Animal, Ley de Sanidad Vegetal, Ley de
Plaguicidas, la Ley de Semillas y sus reglamentos respectivos, así como la aplicación de las
mismas.
Calidad
La calidad es un factor sumamente importante. Cada
país tiene sus especificaciones en cuanto a la calidad,
siendo las de mayores exigencias las de los países
desarrollados, las que muchas veces establecen
requisitos estrictos y normas de clasificación para los
productos que importan.
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  • 1. Módulo INVESTIGACION DE MERCADO Diplomado de Comercio Exterior Msc. Ana Liliam Ruiz Llerena
  • 2. • ACCESO AL MERCADO. Aranceles. Barreras no arancelarias. • Aranceles • Acuerdos comerciales • Tipos de acuerdos comerciales I. SGPC. Sistema Global de Preferencias Arancelarias II. SGP. Esquema de la Unión Europea III. ALADI • Barreras no arancelarias • Normas y otras prescripciones técnicas • Calidad
  • 3. ACCESO AL MERCADO. Aranceles. Barreras no arancelarias. En el contexto de la OMC, se entiende por acceso a los mercados, la totalidad de las condiciones impuestas por un gobierno, con sujeción a las cuales un producto puede entrar en un país en condiciones no discriminatorias. Esta sección debe contener información resumida sobre las medidas de control al comercio que afectan el ingreso al mercado: medidas arancelarias y no arancelarias que regulan las importaciones del producto en cuestión en el mercado de importación meta. En particular, se deben proporcionar detalles sobre los derechos de aduana y otros impuestos o cobros por importación, restricciones cuantitativas (cuotas), reglamentos de sanidad y seguridad, normas técnicas, etc. En la OMC, el principio de no discriminación se plasma en dos obligaciones fundamentales:  la obligación de trato de la Nación Más Favorecida (NMF)  la obligación de Trato Nacional.
  • 4. Esta sección debe contener información resumida sobre las medidas de control al comercio que afectan el ingreso al mercado: medidas arancelarias y no arancelarias que regulan las importaciones del producto en cuestión en el mercado de importación meta. En particular, se deben proporcionar detalles sobre los derechos de aduana y otros impuestos o cobros por importación, restricciones cuantitativas, reglamentos de sanidad y seguridad, normas técnicas, etc.
  • 5. Un arancel es una carga financiera en forma de impuesto que se aplica a las importaciones de mercancías. También se pueden aplicar a las exportaciones. Las barreras arancelarias o aranceles son los impuestos que deben pagar los importadores y exportadores en las aduanas para la entrada y salida de las mercancías. Al aplicar el arancel se agrega valor al precio de las mercancías en el mercado de destino. Se gravan las mercancías que se importan a fin de proteger a las similares que se fabriquen en el país. Funciones del Arancel • Instrumento de Política Comercial • Instrumento de Negociaciones • Control aduanero en frontera • Recaudación fiscal • Estadísticas del comercio exterior • Protección de la industria nacional
  • 6. El arancel puede asumir varias formas. Las más usuales son:  Ad Valorem: Donde la cuota impositiva será un porcentaje del valor en aduana de la mercancía.  Específico: Se expresa por unidades monetarias a percibir por cada unidad o múltiplo de unidades físicas. No considera el precio de las mercancías.  Mixto: Integrado por un derecho ad-valorem y un derecho específico que se aplican simultáneamente.  Derecho Alternativo: Se aplica a una mercancía un por ciento de su valor o un impuesto fijo.  Derecho Estacional: Muy usado para productos agrícolas, porque se aplica según la época del año, si está o no en cosecha.  Derecho Libre: Designa a aquellos productos que no pagan tarifa arancelaria alguna.
  • 7. Arancel de Aduanas de la República de Cuba  Nomenclatura comercial: Sistema Armonizado de Clasificación de Productos (SACLAP).  La base de los adeudos se calcula sobre el valor de la mercancía en Aduana (Derechos Ad-valorem)  Doble columna de aranceles aduanales: Tarifa General (TG): se aplica a los países no miembros de la OMC. Tarifa de Nación Más Favorecida (NMF): se aplica a los países miembros de la OMC.
  • 8. Acuerdos comerciales En el proceso de transformación e inserción en la economía mundial, basado en una mayor apertura al exterior se suscriben acuerdos comerciales, en los cuales se asumen compromisos y se reciben ventajas que permiten garantizar condiciones más favorables en determinados mercados. En el caso de Cuba, para hacer uso de las ventajas de los acuerdos comerciales con otros países es preciso conocer que somos beneficiarios de los acuerdos de la OMC; Acuerdos de Complementación Económica suscritos en el marco de la ALADI; Acuerdo Cuba- CARICOM.
  • 9. Tipos de acuerdos comerciales • Acuerdo / Área / Zona de Libre Comercio: Elimina las barreras comerciales dentro de la zona. • Unión Aduanera: Zona de Libre Comercio + Arancel Externo Común. • Mercado Común: Unión Aduanera + Libre flujo de factores de producción dentro de la región (capital, trabajo, etc.). • Unión Económica: Unificación o armonización de políticas económicas: política monetaria, fiscal, regulación, normas, etc.
  • 10. Sistema Global de Preferencias Arancelarias (SGPC): El SGPC es un instrumento de cooperación comercial entre países en desarrollo de África, Asia y América Latina, pertenecientes al Grupo de los 77. Los países miembros de este esquema se otorgan, de forma recíproca, un tratamiento arancelario preferencial, el cual se generaliza posteriormente al entrar en vigor esos compromisos. SGPC. Sistema Global de Preferencias Arancelarias
  • 11. Argentina, Brasil, Cuba, Venezuela y Uruguay figuran en la lista de países que dejaron de beneficiarse en 2014 de incentivos comerciales por parte de la Unión Europea (UE). Todos ellos son parte de la lista de 12 países que salen del sistema europeo de ventajas arancelarias (SGP) por haber sido catalogados en los últimos años como economías de renta media-alta por parte del Banco Mundial (BM). La salida de Cuba del SGP de la Unión Europea significó una afectación de 150 millones de dólares lo que provocó un impacto negativo en las exportaciones cubanas. SGP. Esquema de la Unión Europea
  • 12.
  • 13. ALADI Acuerdos de Alcance Parcial (AAP): Los AAP son acuerdos que se pactan entre dos o más países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y con terceros países . Los AAP pueden ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio u otras modalidades. Los comerciales comprenden exclusivamente la reducción de tarifas arancelarias. Los de complementación económica (ACE) son de mayor alcance y en la actualidad tienden a ser de libre comercio.
  • 14. Barreras no arancelarias Las MEDIDAS NO ARANCELARIAS representan requisitos, normas o regulaciones legalmente establecidas por el gobierno del país de origen o de destino, las cuales comprometen la capacidad de comercializar (exportar/importar) mercaderías por el incremento de costos o el tiempo de la operación comercial o la prohibición de hacerlo.
  • 15. Estas barreras son de dos tipos o clases: Cuantitativas: - Permisos de importación o exportación - Cuotas - Precios oficiales - Impuestos antidumping - Impuestos compensatorios No Cuantitativas o Cualitativas: - Regulaciones sanitarias - Requisitos de empaque - Regulaciones de toxicidad - Marcas de origen - Normas técnicas - Regulaciones fitosanitarias - Requisitos de etiquetado - Normas de calidad - Regulaciones ecológicas
  • 16. Normas y otras prescripciones técnicas En esta sección debe identificarse la institución que rige las normas en el país; considerando también, los reglamentos técnicos y normas relacionados con el producto analizado. Además de las fuentes nacionales, varias organizaciones internacionales ofrecen información sobre normas técnicas y de calidad. Por ej.: Organización Internacional de Normalización (ISO), la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI), la Comisión FAO/OMS del Codex Alimentarius, Standard Map del CCI, etc.
  • 17. Regulaciones técnicas (Normas públicas): Documento en el que se establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción a él relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables y cuya observancia es OBLIGATORIA. Se establecen como requisito legal de los gobiernos nacionales, o los reglamentos multilaterales.
  • 18. Las Regulaciones Técnicas (normas públicas) abarcan: o Características del producto o Métodos o procesos de producción o Embalaje o Requisitos de marcado y etiquetado o También puede incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos.
  • 19. Las normas privadas o 'voluntarias' las formulan entidades no gubernamentales, es decir, organizaciones no gubernamentales, asociaciones sectoriales y empresas. Así, el cumplimiento de estas normas, a diferencia del cumplimiento con las normas públicas, no es un requisito legal de los gobiernos nacionales, ni de los reglamentos multilaterales.
  • 20. Standards Map www.standardmap.org/ Permite a los usuarios analizar información relativa a más de 30 normas voluntarias sobre más de 40 grupos de productos y referencias de más de 170 documentos de investigación. Gratuita para usuarios de países en desarrollo, Standards Map centraliza, organiza y ofrece acceso inmediato a información sobre normas privadas (no gubernamentales) y resultados de investigaciones de instituciones, organizaciones normativas, organismos de desarrollo, entidades de consultoría y círculos académicos. En la mayoría de los casos, las normas incluidas en Standards Map fueron elaboradas por entidades privadas como empresas, organizaciones sectoriales y organizaciones no gubernamentales. El usuario también puede buscar información por palabras o frases claves como 'carbón', 'trabajo', 'proceso de certificación' u 'organismo modificado genéticamente', y comparar los requisitos relativos a las normas en la respectiva materia. Otras fuentes para estándares y regulaciones. Organización Internacional para la normalización http://www.iso.org FAO/OMS - Codex alimentarius http://www.codexalimentarius.net
  • 21. Regulaciones sanitarias y fitosanitarias Todos los países de destino exigen la presentación de algún tipo de certificado sanitario o fitosanitario y éste lo tiene que obtener el exportador. Las principales disposiciones legales sobre medidas zoosanitarias y fitosanitarias en algunos países tienen carácter de ley como: la Ley de Sanidad Animal, Ley de Sanidad Vegetal, Ley de Plaguicidas, la Ley de Semillas y sus reglamentos respectivos, así como la aplicación de las mismas.
  • 22. Calidad La calidad es un factor sumamente importante. Cada país tiene sus especificaciones en cuanto a la calidad, siendo las de mayores exigencias las de los países desarrollados, las que muchas veces establecen requisitos estrictos y normas de clasificación para los productos que importan.