Sistema institucional de evaluación de estudiantes
1. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES<br />ACUERDO No. DE DE ABRIL DE 2011<br />POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “LAS MERCEDES” DE GUAYATÁ BOYACÁ<br />El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica “Las Mercedes” de Guayatá Boyacá, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 115 de 1994, Ley 715 de 2001 y el Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009, y<br />CONSIDERANDO:<br />Que la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación) y el Decreto 1290 de 2009, facultaron a los Establecimientos educativos para definir el Sistema Institucional de Evaluación y establecer su plan de estudios, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración, de conformidad con las disposiciones vigentes y con su Proyecto Educativo Institucional,<br />Que es función del Consejo Directivo definir las políticas a seguir en la actividad de evaluación y promoción para cada área y grado. <br />Que es deber del consejo Directivo asignar funciones,<br />ACUERDA:<br />CAPÍTULO I<br />DISPOSICIONES GENERALES<br />ARTÍCULO 1°: DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. El sistema de evaluación institucional de los Estudiantes hace parte del Proyecto Educativo Institucional y contiene:<br />Los criterios de evaluación y promoción.<br />La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.<br />Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los Estudiantes.<br />Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los Estudiantes durante el año escolar.<br />Los procesos de autoevaluación de los Estudiantes.<br />Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los Estudiantes.<br />Las acciones para garantizar que Directivos Docentes y Docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.<br />La periodicidad de entrega de informes a los Padres de Familia.<br />La estructura de los informes del desempeño de los Estudiantes para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.<br />Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de Padres de Familia y Estudiantes sobre la evaluación y promoción.<br />Los mecanismos de participación de la Comunidad Educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los Estudiantes<br />ARTÍCULO 2°: PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES. La Institución Educativa Técnica “Las Mercedes” de Guayatá Boyacá, acoge lo determinado en el Decreto No. 1290 de 2009, y las disposiciones del Consejo Académico integradas al Proyecto Educativo Institucional, como políticas a seguir en la actividad de la evaluación académica así: <br />Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del Estudiante para valorar sus avances.<br />Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del Estudiante.<br />Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los Estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.<br />Determinar la promoción de Estudiantes.<br />Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.<br />CAPITULO II<br />DE LOS ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 3°: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Para un mejor desarrollo de su proceso formativo, el Estudiante tendrá derecho a:<br />Ser evaluado de manera integral.<br />Conocer el Sistema Institucional de Evaluación.<br />Conocer los resultados del proceso de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.<br />Recibir asesoría y acompañamiento de los Docentes, para superar sus debilidades en el aprendizaje.<br />ARTÍCULO 4°: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Para un mejor desarrollo de su proceso formativo, el Estudiante deberá:<br />Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la Institución Educativa.<br />Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.<br />CAPÍTULO III<br />DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES<br />ARTÍCULO 5°: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. En el proceso formativo de sus hijos o acudidos, los Padres de Familia o Acudientes tendrán los siguientes derechos:<br />Conocer el Sistema de Evaluación Institucional de los Estudiantes.<br />Acompañar el proceso educativo de los Estudiantes.<br />Recibir los informes periódicos de evaluación.<br />Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos o acudidos.<br />ARTÍCULO 6°: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. De conformidad con las normas vigentes los Padres de Familia o Acudientes deberán: <br />Participar a través de las instancias del Gobierno Escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los Estudiantes y promoción escolar.<br />Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos o acudidos.<br />Analizar los informes periódicos de evaluación.<br />Acercarse a la Institución periódicamente y/o cuando sean requeridos.<br />CAPÍTULO IV<br />CRITERIOS DE EVALUACIÓN<br />ARTÍCULO 7°: EVALUACIÓN POR ÁREAS. La evaluación de los Estudiantes se realizará por áreas y se hará de la siguiente forma:<br /> <br />La evaluación y promoción se realizará por áreas y su valoración definitiva será el resultado ponderado de los desempeños de cada una de las asignaturas que integran el área, teniendo en cuenta la intensidad horaria en cada una.<br />Se aprueba el área si la valoración final es igual o superior tres cero (3.0).<br />Para efectos de evaluación y promoción se separará la Lengua Castellana del Inglés.<br />Para efectos de evaluación y promoción en la Educación Básica, el desarrollo del área de Ciencias Naturales será integrado. <br />Para efectos de evaluación y promoción en la Educación Básica el área de Ciencias Naturales estará integrada por las asignaturas de Biología, Química y Física.<br />Para efectos de evaluación y promoción en la Educación Media Técnica la Física y la Química serán consideradas como áreas independientes. <br />Para efectos de evaluación y promoción en la Educación Básica se integrará la Educación Religiosa y la Etica en una sola área.<br />ARTICULO 8°: REPORTE DE OBTENCIÓN DE LOGROS: Se reportará el cumplimiento de logros de manera descriptiva y cuantitativa por áreas, por grados y teniendo en cuenta si el logro se da a nivel de conceptos, procedimientos y actitudes o valores. <br />ARTÍCULO 9°: UTILIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN. Después de la evaluación de cada período el Docente programará durante las dos semanas siguientes a la entrega de boletines, como parte de las labores normales del curso, las actividades grupales o individuales que se requieran para superar las fallas o limitaciones en la obtención de los logros por parte de los Educandos. En forma similar deberá programar actividades de profundización para el resto del grupo. <br />ARTÍCULO 10°: EVALUACION EXTRATEMPORAL. Los Estudiantes que durante las evaluaciones de periodo lleguen tarde hasta diez (10) minutos, deberán realizar la evaluación en el tiempo que les resta según lo establecido. Si pasado el tiempo de inicio o si no asisten a la jornada escolar, tendrán que realizarla en fecha acordada con el Docente, sí ha presentado a tiempo la excusa respectiva la cual se desarrollará dentro de la jornada escolar.<br />ARTÍCULO 11°: ESTUDIANTES DE GRADO UNDÉCIMO EXIMIDOS DE EVALUACION. Los Estudiantes de grado undécimo que obtengan un puntaje de sesenta (60) o más en la prueba de estado ICFES en alguna(s) de las asignaturas evaluadas, serán eximidos de la evaluación en el cuarto periodo académico y obtendrán una valoración de cinco cero (5.0).<br />ARTÍCULO 12°: EL FRAUDE en cualquier actividad académica, afectará su desempeño con valoración numérica de uno cero (1.0) en dicha actividad y se tendrá en cuenta además lo contemplado en el manual de convivencia. <br />CAPITULO V<br />CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 13°: PROMOCIÓN POR NIVELES. La promoción se realizará teniendo en cuenta los niveles educativos así: <br />La nota final o definitiva de un área o asignatura será el resultado de promediar las notas finales de cada uno de los cuatro (4) periodos; este resultado debe estar acompañado del juicio descriptivo correspondiente en la planilla final que se entregue al Padre de Familia.<br />BASICA PRIMARIA ESCUELA NUEVA ACTIVA. La promoción de los Estudiantes de Básica Primaria de las sedes Rurales es de carácter flexible y acorde con los criterios establecidos por el Modelo Pedagógico ESCUELA NUEVA ACTIVA, los casos especiales serán remitidos a la Comisión de Evaluación y Promoción.<br />NIVEL DE PREESCOLAR: Se efectuara de acuerdo con el Decreto 1247 de 1997. La evaluación es un proceso sistemático, integral y permanente que permite la obtención de información de diversas fuentes acerca de la calidad del desempeño, avance y rendimiento del Estudiante en los diferentes procesos desarrollados; en éste nivel todos los Educandos son promovidos al siguiente grado. La evaluación será cualitativa.<br />NIVELES BASICA (PRIMARIA y SECUNDARIA) Y MEDIA TECNICA. La promoción de los estudiantes de Básica (Primaria y Secundaria) y Media Técnica será acorde con el Modelo Pedagógico, los criterios de evaluación y la escala de valoración Nacional. El estudiante será promovido en los siguientes casos:<br />Cuando obtenga desempeño básico, alto o superior en todas las áreas.<br />Cuando repruebe un área con valoración no inferior a dos siete (2.7) y su promedio general sea igual o superior a cuatro (4.0). <br />Cuando reprobada una o dos áreas obtenga desempeño básico, alto o superior en las actividades de refuerzo y/o superación de las mismas.<br />PARÁGRAFO 1°: Todas las actividades de refuerzo y superación tendrán una valoración máxima de cuatro cero (4.0).<br />PARÁGRAFO 2°: La aproximación de desempeño en un área o asignatura se definirá teniendo en cuenta que sí al promediarla(s) resultan centésimas, éstas se redondean a decimales de la siguiente forma:<br />Sí la centésima es mayor o igual a cinco, la valoración se aproxima a la siguiente décima.<br />Sí la centésima es menor que cinco, la valoración se mantiene con la cifra decimal existente.<br />ARTÍCULO 14°: PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Para la promoción de los Estudiantes con necesidades educativas especiales, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:<br />La adecuación curricular y el plan de estudios para el educando con limitación o discapacidad cognitiva, determinada por el Consejo Académico (Decreto Nº.2082 de 1996).<br />La definición de los logros específicos, la adecuación de los medios y registros evaluativos a los códigos y lenguajes comunicativos específicos para el educando con limitación o discapacidad cognitiva.<br />El análisis del avance y desempeño de los logros propuestos en las áreas.<br />Verificación del cumplimiento de los compromisos en las actividades de superación.<br />Según el resultado de desempeño o avance en las Actividades Complementarias Especiales, es responsabilidad de la Comisión de evaluación y Promoción DEFINIR SU PROMOCIÓN, teniendo en cuenta. lo contemplado en el Artículo 52 del decreto Nº. 1860 de 1994.<br />ARTÍCULO 15°: PROMOCIÓN ANTICIPADA. Un Estudiante de la Institución podrá ser postulado para obtener la promoción anticipada, culminado el primer bimestre académico cumpliendo con los siguientes requisitos.<br />Presentar solicitud escrita al consejo Académico por el estudiante y/o padre de <br />familia o acudiente. <br />Tener el consentimiento del padre de familia o acudiente.<br />El estudiante debe dar cuenta de un proceso de madurez en sus habilidades sociales como en sus procesos de carácter cognitivo, es decir que la promoción es de manera integral. <br />Demostrar un rendimiento de desempeño superior en los aspectos cognitivo, actitudinal, procedimental y de convivencia, en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.<br />Tener concepto favorable de los Docentes que orientan las diferentes áreas en el grado que cursa el Estudiante.<br />El estudiante no debe estar repitiendo el grado. <br />PARÁGRAFO 3°: Al estudiante candidato de la promoción anticipada se le aplicará una prueba, donde dé cuenta de los desempeños académicos del plan de estudios del grado que se encuentra cursando.<br />PARÁGRAFO 4°: El Consejo Académico recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente de un Estudiante que cumpla con todos los requisitos. La decisión será consignada en acta del Consejo Directivo y, sí es positiva en el registro escolar.<br />ARTÍCULO 16°: GRADUACIÓN. <br />ESTUDIANTES DE GRADO NOVENO. Los estudiantes que cursen el grado noveno obtendrán Certificado de Bachiller Básico cuando hayan aprobado todas las áreas del Plan de Estudios y se encuentren a paz y salvo por todo concepto con la Institución. <br />ESTUDIANTES DE GRADO DECIMO PRIMERO. Los estudiantes que cursen el grado decimoprimero obtendrán el título de Bachiller Técnico en su respectiva Especialidad, cuando cumplan con los siguientes requisitos:<br />Cumplir con las normas de promoción establecidas en el presente Acuerdo.<br />Cumplir con las horas de práctica estipuladas en el Convenio con el SENA para cada una de las especialidades, obteniendo aprobación definitiva de los respectivos proyectos.<br />Cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio Social Obligatorio.<br />Haber presentado las pruebas de estado SABER - ICFES.<br />Encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la Institución. <br />DEFINICIÓN DE LA GRADUACIÓN DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. La Comisión de Evaluación y Promoción será la encargada de definir la promoción de los educandos con necesidades educativas especiales al terminar el grado once y en consecuencia, les corresponde conceptuar sobre la obtención del título de Bachiller.<br />CAPÍTULO VI<br />REPROBACION DE ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 17°: REPROBACION DE ÁREAS: Cuando un área esté conformada por varias asignaturas, sí el Estudiante reprueba una o más de ellas, el área será reprobada en los siguientes casos:<br />Cuando obtenga desempeño bajo.<br />Cuando en alguna(s) de las asignaturas obtenga una valoración inferior a dos siete (2.7), así su promedio ponderado sea igual o superior a tres (3.0).<br />Por acumular un porcentaje de inasistencia injustificada, en el área y/o asignatura, igual o superior al veinte por ciento (20%). En este caso la valoración será de uno (1.0).<br />PARAGRAFO 5°: En los informes descriptivos y cuantitativos bimestrales que se entregan a los Padres de Familia, se dará cuenta de las ausencias injustificadas y justificadas que presenta el estudiante en cada área, en el respectivo periodo. <br />ARTÍCULO 18°: REPROBACIÓN DEL GRADO. Se reprueba el grado en las siguientes situaciones:<br />EDUCACIÓN BÁSICA<br />Presentar desempeño bajo en tres o más áreas.<br />Quién repruebe dos áreas al finalizar el año escolar, tendrá derecho a presentar actividades de superación en la primera semana de actividades escolares del año siguiente; sí el Estudiante reprueba las dos áreas, no será promovido y deberá reiniciar el mismo grado; sí el Estudiante reprobó dos áreas, y en las actividades de superación obtuvo desempeño bajo en una de ellas, tendrá la oportunidad de presentarse por segundad vez al iniciar la primera semana de actividades académicas del año siguiente, sí nuevamente obtiene desempeño bajo, el Estudiante no será promovido y deberá reiniciar el mismo grado. <br />Por el veinte por ciento (20%) de inasistencia injustificada en tres o más áreas.<br />En la Educación Media si reprueba la especialidad y otra área académica.<br />CAPÍTULO VII<br />ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL<br />ARTÍCULO 19°: VALORACIÓN DE ÁREAS. La valoración en cada área será el promedio ponderado de las valoraciones de las asignaturas que la conforman, tomando como factor de ponderación la intensidad horaria semanal y se expresará en los siguientes términos:<br />DESEMPEÑO SUPERIOR: Numéricamente el Estudiante obtendrá entre cuatro seis y cinco cero (4.6 y 5.0) en el seguimiento y valoración de sus actividades e indicadores de logro, siempre y cuando cumpla con los siguientes criterios:<br />Cuando supera ampliamente los logros previstos, sin actividades de refuerzo.<br />Manifiesta sentido de pertenencia y pertinencia institucionales. <br />Desarrolla actividades curriculares que superan las exigencias esperadas. <br />No registra inasistencias y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea mermado.<br />No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto convivencial con ninguna de las personas de la comunidad educativa.<br />Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.<br />Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. <br />DESEMPEÑO ALTO: Numéricamente el Estudiante obtendrá entre cuatro cero y cuatro cinco (4.0 y 4.5) en el seguimiento y valoración de sus actividades e indicadores de logro, cuando y cumpla con los siguientes criterios:<br />Cuando obtiene los logros previstos, con muy pocas limitaciones en los <br />requerimientos.<br />No registra inasistencias y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su <br />proceso de aprendizaje se vea mermado.<br />Reconoce y supera sus dificultades sin presentar dificultades de comportamiento.<br />Desarrolla actividades curriculares específicas y en algunos casos las sobrepasa.<br />Manifiesta sentido de pertenencia y pertinencia con la Institución.<br />Se promueve con ayuda del Docente y sigue un ritmo de trabajo.<br />Valora y se esfuerza por promover su propio desarrollo. <br />DESEMPEÑO BÁSICO: Numéricamente el Estudiante obtiene entre tres cero y tres nueve (3.0 y 3.9) en el seguimiento y valoración de sus actividades e indicadores de logro, cuando cumple con los siguientes criterios:<br />Alcanza los indicadores de logro mínimos con actividades de superación dentro del período académico.<br />Presenta algunas faltas de asistencias justificadas e injustificadas.<br />Presenta algunas dificultades de comportamiento.<br />Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.<br />Manifiesta poco sentido de pertenencia y pertinencia con la Institución.<br />Demuestra poco esfuerzo por promover su propio desarrollo.<br />DESEMPEÑO BAJO: Numéricamente obtiene entre uno cero y dos nueve (1.0 y 2.9) en el seguimiento y valoración de sus actividades e indicadores de logro y cumple con los siguientes criterios:<br />Alcanza menos del 60% de los logros y requiere acompañamiento especial por parte de la familia y la Institución. <br />Sí las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de superación.<br />Con frecuencia presenta faltas de asistencia injustificadas.<br />Presenta dificultades de comportamiento.<br />No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.<br />No demuestra sentido de pertenencia ni pertinencia institucional.<br />No se esfuerza por promover su propio desarrollo.<br />CAPÍTULO VIII<br />ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 20°: TIEMPOS DE INFORMACION DE LAS FORMAS DE EVALUACIÓN. Para la valoración integral de los desempeños a los Estudiantes se les dará a conocer los logros, las formas y contenidos de evaluación la primera semana de cada periodo académico.<br />ARTÍCULO 21°: ASPECTOS A EVALUAR. Para efectos de evaluación se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Cognitivo, actitudinal, procedimental y la autoevaluación de los Estudiantes. Además se valorará el Comportamiento.<br />ARTÍCULO 22°: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES EN EL ASPECTO COGNITIVO. El aspecto cognitivo tendrá un valor del sesenta por ciento (60%) en la valoración de la asignatura y/o área, de acuerdo con la aplicación de las siguientes estrategias:<br />Control de tareas y trabajos.<br />Evaluaciones orales.<br />Evaluaciones escritas.<br />Manejo de conceptos científicos.<br />Manejo de conceptos técnicos y tecnológicos.<br />Elaboración de conclusiones.<br />Comprensión de lectura.<br />Solución de problemas.<br />Aplicación de normas y principios.<br />Realización de tareas específicas en la Especialidad.<br />Participación en trabajos de investigación.<br />ARTÍCULO 23°: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES EN EL ASPECTO ACTITUDINAL. El aspecto actitudinal tendrá un valor del quince por ciento (15%) en la valoración de la asignatura y/o área, de acuerdo con la aplicación de las siguientes estrategias:<br />Disciplina en el aula, taller o sitio de desarrollo de la clase.<br />Puntualidad en la entrada a clases.<br />Puntualidad en la presentación de tareas y trabajos.<br />Presentación personal.<br />Participación y colaboración.<br />Asistencia.<br />Respeto a Docentes y Compañeros.<br />Iniciativas.<br />Sentido de pertenencia y pertinencia Institucionales.<br />ARTÍCULO 24°: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES EN EL ASPECTO PROCEDIMENTAL. El aspecto procedimental tendrá un valor del quince por ciento (15%) en la valoración de la asignatura y/o área, de acuerdo con la aplicación de las siguientes estrategias:<br />Aplicación de los contenidos.<br />Desarrollo de procesos.<br />Procedimientos.<br />Calidad de tareas y trabajos.<br />Utilización de recursos.<br />Habilidades y destrezas.<br />ARTÍCULO 25°: AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. Tendrá un valor del diez por ciento (10%) en la valoración de la asignatura y/o área, de acuerdo con la aplicación de las siguientes estrategias: <br />RESULTADOS ACADÉMICOS<br />La Institución diseñará un instructivo para verificar por parte del estudiante, el cumplimiento de las diferentes actividades formativas preparadas por los docentes en cada área o asignatura, con criterios definidos de valoración que permitan obtener resultados objetivos y reales en el proceso de autoevaluación. Se tendrán en cuenta aspectos como los siguientes:<br />Cumplimiento de tareas y trabajos.<br />Cumplimiento con el desarrollo de evaluaciones orales y escritas.<br />Manejo de conceptos<br />Desarrollo de actividades extraclase.<br />Cumplimiento en las actividades de apoyo pedagógico.<br />Superación personal.<br />Participación en proyectos.<br />COMPORTAMIENTO <br />Disciplina en el aula.<br />Puntualidad en la entrada a clases.<br />Puntualidad en la presentación de tareas y trabajos.<br />Presentación personal.<br />Participación y colaboración.<br />Asistencia.<br />Respeto a Docentes y compañeros.<br />Iniciativas.<br />Sentido de pertenencia y pertinencia con la Institución.<br />ARTÍCULO 26°: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES, EN EL NIVEL DE PREESCOLAR. En el nivel de Preescolar, la evaluación de los Estudiantes con necesidades educativas especiales se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:<br />Procesos continuos de observación del Docente.<br />Se valorarán los potenciales, puntos fuertes y las habilidades, para establecer que es lo que el Estudiante puede hacer de manera independiente y con apoyo del Docente.<br />El tipo de comunicación, de manera que garantice la expresión de las ideas.<br />Los demás criterios de evaluación establecidos para el nivel de Preescolar.<br />ARTÍCULO 27°: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES EN LOS NIVELES DE BÁSICA Y MEDIA TÉCNICA. En los niveles de Básica y Media Técnica, la evaluación de los Estudiantes con necesidades educativas especiales se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:<br />Participación activa en las actividades realizadas.<br />Procesos continuos de observación del Docente.<br />Procesos de socialización.<br />Se valorarán los potenciales, puntos fuertes y las habilidades, para establecer que es lo que el Estudiante puede hacer de manera independiente y con apoyo del Docente.<br />El tipo de comunicación, de manera que garantice la expresión de las ideas.<br />Los avances significativos en la obtención de logros propuestos.<br />Superación personal.<br />Pautas y parámetros establecidos por un Comité integrado por el Coordinador de la respectiva sede, la Psicoorientadora de la Institución y los Docentes que conozcan y atiendan a estos Educandos.<br />PARÁGRAFO 7°: Al estudiante con necesidades educativas especiales no se le podrá eximir de alguna de las áreas obligatorias y fundamentales (Decreto 2082/1996. Art.2°). <br />PARÁGRAFO 8°: El Consejo Académico determinará las adecuaciones curriculares, teniendo en cuenta el tipo de necesidad educativa especial de los Estudiantes Decreto Nº. 2082 de 1996).<br />ARTÍCULO 28°: VALORACIÓN DEL COMPORTAMIENTO. La Institución Educativa Técnica “Las Mercedes” de Guayatá Boyacá, evaluará integral y permanentemente a los Estudiantes en la formación en valores. Este proceso se desarrollará en forma transversal en todo el currículo, resignificando y haciendo énfasis en los valores propios de la filosofía Institucional, como son: El respeto, La responsabilidad, La honestidad, Tolerancia, la autoestima, cooperación, sencillez, felicidad, la unidad, la autonomía, la humildad y la paz como expresión del sentido de pertenencia. Este proceso también se dará a través de los diferentes proyectos transversales ordenados por la Ley y en los propios del Proyecto Educativo Institucional.<br />Para la valoración de comportamiento de los Estudiantes, la Institución emitirá un juicio valorativo de comportamiento, acordada en Consejo de Profesores al finalizar cada periodo escolar. Dicha valoración se hará de manera descriptiva, teniendo en cuenta la siguiente escala y sus respectivos criterios:<br /> EXCELENTE: Cuando el Estudiante exprese y/o manifieste las siguientes actitudes:<br />No presenta conflictos con ninguna persona de la Comunidad Educativa.<br />Aplica apropiadamente normas y principios de convivencia.<br />Su disciplina en el aula, taller y demás actividades de la Institución es excelente.<br />Se destaca por su puntualidad en la entrada a clases.<br />Se destaca por su puntualidad en la presentación de tareas y trabajos.<br />Excelente presentación personal.<br />Participa y colabora activamente.<br />Asiste a clases con regularidad.<br />Respeta a Docentes y compañeros.<br />Tiene iniciativas que favorecen la sana convivencia.<br />Demuestra sentido de pertenencia.<br />No registra faltas de comportamiento en el observador.<br />BUENO: Cuando el Estudiante exprese y/o manifieste las siguientes actitudes:<br />Soluciona de manera acertada los conflictos.<br />Aplica apropiadamente normas y principios de convivencia la mayor parte del tiempo.<br />Su disciplina en el aula, taller y demás actividades de la Institución es buena.<br />Es puntual en la entrada a clases la mayor parte del tiempo.<br />Es puntual en la presentación de tareas y trabajos la mayor parte del tiempo.<br />Su presentación personal es buena.<br />Participa y colabora. <br />Asiste a clases con regularidad.<br />Respeta a Docentes y compañeros.<br />Tiene iniciativas que favorecen la sana convivencia.<br />Demuestra sentido de pertenencia.<br />Registra máximo tres (3) faltas leves de comportamiento en el observador.<br />ACEPTABLE: Cuando el Estudiante exprese y/o manifieste las siguientes actitudes:<br />Se le dificulta solucionar de manera acertada los conflictos.<br />Poco aplica normas y principios de convivencia. <br />Su disciplina en el aula, taller y demás actividades de la Institución es aceptable.<br />No es puntual en la entrada a clases la mayor parte del tiempo.<br />Poca puntualidad en la presentación de tareas y trabajos. <br />Su presentación personal es aceptable.<br />Participa y colabora en pocas ocasiones.<br />Asiste a clases con alguna frecuencia.<br />Respeta a Docentes y compañeros.<br />Tiene iniciativas que favorecen la sana convivencia.<br />Demuestra sentido de pertenencia.<br />Registra máximo cinco (5) faltas leves de comportamiento en el observador.<br />BAJO: Cuando el Estudiante exprese y/o manifieste las siguientes actitudes:<br />No soluciona de manera acertada los conflictos.<br />No aplica normas y principios de convivencia.<br />No es disciplinado en el aula, taller y demás actividades de la Institución.<br />No es puntual en la entrada a clases. <br />No presenta tareas ni trabajos. <br />Descuida su presentación personal y altera el uniforme.<br />Nunca participa ni colabora.<br />Su inasistencia a clases es frecuente.<br />No respeta a Docentes y compañeros.<br />No expresa iniciativas que favorezcan la sana convivencia.<br />No demuestra sentido de pertenencia.<br />Registra máximo cinco (5) faltas leves de comportamiento, y/o faltas graves, gravísimas o de caso especial. en el observador.<br />CAPÍTULO IX<br />ESTRATEGIAS Y ACCIONES<br />ARTÍCULO 29°: ACTIVIDADES DE REFUERZO Y/O SUPERACIÓN. Las actividades de refuerzo y superación serán orientadas y desarrolladas de manera paralela al proceso académico ordinario. En el caso del Estudiante que obtenga una valoración Inferior a tres cero (3.0) (Desempeño Bajo) en alguna(s) asignatura(s) o área(s) en el periodo, el respectivo Docente diseñará actividades de refuerzo y superación, que correspondan a los temas en los que el Estudiante tiene la dificultad y los que deberá desarrollar extra clase, en la casa o en la Institución, durante las dos (2) semanas siguientes a la entrega de boletines.<br /> <br />PARÁGRAFO 9°: El Docente responsable de las actividades de refuerzo y superación informará a través de un plan escrito las actividades a realizar. El desarrollo de las mismas tendrá una valoración del cuarenta por ciento (40%) de la nota final y, la sustentación será valorada con el sesenta por ciento (60%) de la nota final, teniendo en cuenta criterios propios de cada área para la evaluación. <br />PARÁGRAFO 10°: La asistencia a todas las actividades de refuerzo y superación programadas por la Institución es obligatoria e inaplazable; de no presentarse a estas jornadas, los Estudiantes y sus Padres de Familia o Acudientes asumirán la responsabilidad de la no superación de las insuficiencias pendientes, salvo casos de fuerza mayor demostrada.<br />ARTÍCULO 30°: RESPONSABILIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y SUPERACION. Finalizado cada bimestre el Rector convocará a los Padres de Familia o Acudientes y a los Educandos, con el fin de entregar los informes del periodo escolar y los planes de refuerzo que debe realizarse, para superar los casos de desempeño bajo en las diferentes áreas y asignaturas. Estas actividades de superación quedan bajo responsabilidad y compromiso del Estudiante, con el acompañamiento de los Padres y/o Acudientes.<br />PARÁGRAFO 11°: Si finalizado el último periodo y habiendo cumplido con las actividades pedagógicas complementarias obligatorias de refuerzo y superación, el Estudiante continúa con valoración Inferior a tres cero (3.0) (Desempeño Bajo) y se le aplicará lo establecido en el artículo veinte (20) del presente Acuerdo.<br />ARTÍCULO 31°: ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS DE LOS ESTUDIANTES. Se llevarán a cabo las siguientes estrategias:<br />Reuniones con Padres de Familia de Estudiantes.<br />Compromisos concertados entre Docentes, Estudiantes y Padres de Familia o acudiente.<br />En casos especiales, el Padre de Familia o Acudiente acompañará al Estudiante durante el desarrollo de las clases.<br />Solicitud de apoyo profesional interdisciplinario cuando el caso lo amerite y la Institución lo pueda ofrecer.<br />ARTÍCULO 32°: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Para realizar el seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los Estudiantes durante el año escolar, se realizarán las siguientes acciones:<br />Revisión de evidencias.<br />Entrevistas y orientaciones a Estudiantes y Padres de Familia o acudientes.<br />Cuando en un área o asignatura el porcentaje de reprobación sea igual o superior al veinte por ciento (20%), el Docente deberá diseñar e implementar un plan de mejoramiento para diagnosticar las causas que originaron la situación y aplicar las estrategias necesarias que conlleven a la superación de los logros no alcanzados. Dicho plan será aprobado por la Coordinación, la cual hará el respectivo seguimiento.<br />ARTÍCULO 33°: ACCIONES QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE LOS PROCESOS EVALUATIVOS POR PARTE DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES. Para garantizar el cumplimiento de los procesos evaluativos por parte de Directivos Docentes y Docentes, se desarrollarán las siguientes acciones:<br />Evidencias escritas de planes de superación y de entrega de los mismos a los Estudiantes y Padres de Familia o Acudientes, dejando constancia en archivo especial.<br />Resultado de diagnóstico bimestral realizado por el Coordinador de la Institución.<br />Evidencias escritas de asistencia de Estudiantes a actividades de apoyo pedagógico.<br />Evidencias escritas de citación y atención a Padres de Familia.<br />CAPITULO X<br />COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN<br />ARTÍCULO 34°: INTEGRANTES. Serán designadas por el Consejo Académico, una para cada grado y estará integrada por : Dos Docentes, el representante de los Padres de Familia ante el Consejo de Padres del respectivo grado que no sea Docente de la Institución y el Rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá. <br />PARÁGRAFO 12: En cada una de las sedes rurales, la Comisión de Evaluación y Promoción estará integrada por los Docentes de la sede y dos Padres de Familia. Se invitará a los Padres de Familia o Acudientes de los Educandos que presenten dificultades. <br />ARTÍCULO 35°: PERIODICIDAD DE REUNIONES. La Comisión de Evaluación y Promoción se reunirá al finalizar cada periodo escolar, una vez terminado el proceso de recuperación.<br />ARTÍCULO 36°: FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Cumplirá con las siguientes funciones:<br />Garantizar que los criterios de evaluación y promoción se fundamenten en las reglamentaciones legales y en el Proyecto Educativo Institucional.<br />Posibilitar que se incrementen los niveles de promoción y se disminuya la deserción.<br />Plantear nuevas formas evaluativas para evitar la reprobación.<br />Desarrollar una razonable y justa promoción de los Estudiantes en los diferentes grados, teniendo en cuenta el alcance de los logros esperados.<br />Crear estímulos para aquellos Estudiantes que sobresalgan por sus procesos académico y actitudinal, vivencia de valores propios de la filosofía Institucional, superación, creatividad y espíritu investigativo.<br />Definir la promoción de los Estudiantes.<br />Estudiar los siguientes casos:<br />Cuando un Estudiante presente inasistencia justificada igual o superior al 30%.<br />Demás casos que el Consejo Académico amerite deban tener tratamiento especial.<br />La comisión estudiará cada uno de los casos y decidirá.<br />ARTÍCULO 37°: DEBERES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Se establecen para los integrantes de la Comisión de Evaluación y Promoción, los siguientes:<br />Asistir puntualmente a todas las reuniones programadas; ordinariamente se realiza una reunión al finalizar cada período escolar.<br />Presentar los documentos que contengan el informe evaluativo de los Estudiantes, de manera puntual y ordenada; (planillas y seguimiento).<br />Participar activamente aportando ideas e iniciativas que contribuyan a la toma de decisiones acertadas;<br />Acatar las decisiones de la Comisión de Evaluación y Promoción.<br />ARTÍCULO 38°: DERECHOS DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Se establecen para los integrantes de la Comisión de Evaluación y Promoción, los siguientes:<br />Todo integrante tiene voz y voto, exceptuando los invitados.<br />Presentar proyectos e iniciativas para un mejor funcionamiento de la comisión de Evaluación y Promoción.<br />CAPÍTULO XI<br />DE LOS INFORMES DE VALORACIONES DE LOS ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 39°: PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES. Los informes de evaluación se entregaran durante el año en cuatro periodos, de diez (10) semanas cada uno.<br />ARTÍCULO 40°: ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE ESTUDIANTES. Para la Institución Educativa Técnica “Las Mercedes” de Guayatá Boyacá, la evaluación se expresará en informes por cada período, que contengan:<br />Descripción de fortalezas, debilidades y recomendaciones para determinar la obtención de los resultados en cada una de las dimensiones, de conformidad con los estándares, competencias y logros de formación y desarrollo que se hubieren alcanzado.<br />Valoración cuantitativa.<br />PARÁGRAFO 13°: Además de los cuatro informes de periodo, el Estudiante y la familia recibirán un informe final (o quinto informe) el cual en la parte descriptiva dará fe de los avances logrados en cada área y en la parte cuantitativa será el resultado de promediar las valoraciones numéricas de los cuatro períodos en cada una de las áreas, teniendo presente las siguientes equivalencias:<br />Desempeño Superior de 4.6 a 5.0<br />Desempeño Alto de 4.0 a 4.5<br />Desempeño Básico de 3.0 a 3.9<br />Desempeño Bajo de 1.0 a 2.9<br />CAPÍTULO XII<br />INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN<br />. terios de evaluaci<br />ARTICULO 41°: CONDUCTO REGULAR. Se establece el siguiente conducto regular para toda situación relativa a evaluación:<br />Diálogo Profesor de asignatura – Estudiante;<br />Diálogo Director de Grupo – Profesor – Estudiante;<br />Diálogo Coordinador- Profesor – Estudiante;<br />Diálogo Rector – Coordinador - Profesor – Estudiante;<br />Comisión de Evaluación y Promoción.<br />Consejo Académico<br />Consejo Directivo<br />PARÁGRAFO 14°: A partir de la cuarta instancia, el Estudiante estará acompañado por el Padre de Familia o Acudiente.<br />ARTÍCULO 42°: DERECHO DE RECLAMACIÓN. Frente a una decisión tomada por la instancia competente, el Estudiante que se considere afectado puede hacer uso del derecho de reclamación, recurriendo ante la misma instancia durante los tres días hábiles, siguientes a la comunicación de la decisión tomada.<br />Si en esa instancia no se resuelve el recurso o con la resolución no se queda satisfecho, el afectado puede recurrir ante la instancia inmediatamente superior a la que tomó la decisión, dentro de los tres días hábiles siguientes.<br />CAPÍTULO XIII<br />ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES<br />ARTÍCULO 43°: CUADRO DE HONOR. Al finalizar cada periodo escolar los Docentes de las asignaturas o áreas de cada uno de los grupos, en compañía del Coordinador, elegirán a los tres (3) Estudiantes que se distingan por su formación integral tanto en lo académico como en lo comportamental y vivencia de valores; los nombres de dichos Estudiantes aparecerán en el cuadro de honor.<br />ARTÍCULO 44°: REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL. Derecho a representar a la Institución en eventos de carácter académico, cultural, religioso, deportivo, entre otros.<br />ARTÍCULO 45°: OTROS ESTÍMULOS. Los Estudiantes que se destaquen por sus actividades positivas, podrán recibir, además de los anteriores estímulos, los siguientes:<br />Ser elegido para izar la bandera en los actos cívicos institucionales.<br />Ser elegido representante o monitor en su grupo.<br />Recibir estímulos verbales y/o escritos.<br />Recibir Mención de Honor el día de la clausura o graduación.<br />CAPITULO XIV<br />DISPOSICIONES FINALES<br />ARTÍCULO 46°: SITUACIONES NO CONTEMPLADAS. El Consejo Académico, como organismo y autoridad en materia académica, de acuerdo con la ley, tomará decisiones sobre todos aquellos aspectos o situaciones que no estén contempladas en el presente acuerdo o en casos de ambigüedad, si los hubiere, las cuales deberán ser avaladas por el Consejo Directivo.<br />ARTÍCULO 47°: VIGENCIA. Este acuerdo entrará en vigencia, a partir de la iniciación de labores académicas del año 2012 y deroga todas las normas que le sean contrarias.<br />COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE<br />Dado en Guayatá Boyacá a los días del mes de del año dos mil once (2011).<br />HILDEBRANDO BONILLA BONILLAJORGE HERNAN ORJUELA CASALLAS<br />RECTORAux. Administrativo (Secretario)<br />