Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
ATRIBUCIONES DEL ESTADO
1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUERRERO.
FACULTAD DE DERECHO
MATERIA: TEORÍA DEL ESTADO
TEMA: Las atribuciones del estado, La Unión de Estados,
Confederación de Estados, Federación de Estados,
Centralismo de Estado, Unipartidismo, Pluripartidismo,
Bipartidismo, y Vaticano
NOMBRE DEL ALUMNO: VANESSA BERNARDINO
HERNÁNDEZ
GRADO: PRIMER SEMESTRE
GRUPO: 102 1 orB
TURNO: MATUTINO
MATRÍCULA: 18255485
NÚMERO DE ACTIVIDAD: 17
2. Las atribuciones del estado
Las atribuciones que en esa forma a través del tiempo se han venido
asignando al Estado y que en los momentos actuales conserva, se
pueden agrupar en las siguientes categorías:
a) atribuciones de mando, de policía o de coacción que comprenden
todos los actos necesarios parael mantenimiento y proteccióndelEstado
y de la seguridad, la salubridad y el orden públicos.
b) atribuciones para regular las actividades económicas de los
particulares.
c) Atribuciones para crear servicios públicos.
d)Atribuciones para intervenir mediante gestión directa en la vida
económica, cultural y asistencial del país.
La Unión de Estados
Reunión de los Estados antes independientes, o de los que acaban de
obtener su independencia, en una forma de gobierno común para ambos, con
mayor o menor autonomía subsistente. No cabe hablar de unión de Estados
cuando por el desequilibrio de la situación posterior, o por la pérdida total de
la fisonomía de uno de ellos, se está ante otra figura del Derecho
Internacional Público, mucho más frecuente (porque en ella predomina la
.fuerza, contra la voluntad de estas otras): la anexión (v.e.v.).
Antaño, la unión de Estados (y la unidad española es el más típico ejemplo de
ellas a través de los Reyes Católicos) se producía casi exclusivamente por el
matrimonio de soberanos, cuyo común descendiente heredaba ambas
coronas, ya fusionadas en el futuro. En la actualidad, las uniones de Estados
se producen en las formas de unión personal (v.e.v.).
Otras modalidades de la unión de Estados las integran la federación y la
confederación (v.e.v.). En grado menor, toda alianza implica una unidad, mili
tar al menos, sea defensiva, ofensiva o dual. Por último, los tratados
internacionales (v.e.v.), de cualquier índole, menos los de paz por lo general,
en que se sacia un odio, el del vencedor, y se siembra la semilla del desquite
por el vencido y humillado, constituyen manifestación de una unión
circunscrita a los puntos y materias sobre las cuales recae acuerdo entre los
contratantes, que no renuncian a su personalidad, sino que la utilizan para
fines de relación.
Unión impropia de Estado?, porque no se decide a superar el concepto de
soberanía en cuanto pueda significar belicosidad, la configuran los ensayos
internacionales, con pretensión universalista de la Sociedad de Naciones y de
la Organización de las Naciones Unidas (v.e.v.).
3. Confederación de Estados
Es la asociación orgánica de Estados con propósitos comunes, que se rige
por el Derecho Internacional. Está formalizada a través de un pacto
interestatal y tiene intenciones de perpetuidad. Crea un poder que se ejerce
sobre los Estados miembros y no directamente sobre los individuos que en
ellos habitan. Como ese poder requiere órganos especiales para expresarse,
la confederación tiene que crearlos.
La confederación es una coalición orgánica, permanente y formal de Estados
que entraña un cierto esfuerzo de cohesión moral y unificación espiritual entre
sus miembros. Por la naturaleza de su vínculo, ella ocupa un lugar intermedio
entre las >uniones reales de Estados y los >Estados federales. Por lo general
el propósito de los Estados que se coligan es el de protegerse del exterior y
realizar en común ciertos fines de orden interno.
Hay varias diferencias entre el Estado federal y la confederación de Estados.
No obstante su marcada descentralización jurídica y política, el Estado federal
conserva su unidad, lo cual le permite presentarse como un solo sujeto de
derechos y obligaciones ante la comunidad internacional. Es titular de una
soberanía única e indivisible. Las provincias, departamentos o distritos que lo
integran no son soberanos (como equivocadamente afirman los
sustentadores de la teoría de la co-soberanía) sino autónomos y, como tales,
gozan de una relativa independencia frente al poder central y ejercen las
facultades de gobierno y administración seccionales otorgadas, reconocidas y
limitadas por la Constitución federal. En la confederación, en cambio, hay
varias soberanías: una por cada Estado coligado. Existen, por consiguiente,
varios sujetos de Derecho Internacional. Esta es la diferencia básica con la
federación, en que hay una sola soberanía, puesto que las unidades
territoriales que la integran son simplemente autónomas en el marco de un
esquema de descentralización política.
Federación de Estados
Una federación (del latín foederatio, «unión») es una agrupación de estados
libres y soberanos institucionalizadas de entidades sociales relativamente
autónomas. ... También suele denominarse Estado federal o república federal
y, generalmente, tiene un sistema político republicano y excepcionalmente
monárquico.
4. Centralismo de Estado
La centralización es el fenómeno jurídico político que consiste en reservar
todas las decisiones y funciones públicas en manos del Estado.
Unipartidismo
Como se señala al principio del artículo, un sistema unipartidista es en el que
existe un único partido legal, pero también aquel en que pese a existir más
partidos, uno ejerce un predominio casi absoluto sobre la vida del país,
marginando al resto.
Unipartidismo se refiere al sistema político en el que un solo partido puede
ser electo, sea porque solo un partido puede concurrir a las elecciones o
porque un solo partido entre varios concentra las oportunidades y ventajas.
El unipartidismo puede establecerse de facto o a través de la promulgación
de leyes que lo legitimen. Por ello, los sistemas unipartidistas fácilmente
derivan en dictaduras abiertas.
Pluripartidismo
Sistema político basado en la coexistencia de varios partidos.
5. El pluripartidismo hace referencia a la existencia de varios partidos políticos
que compiten para ocupar cargos en el gobierno, durante las elecciones
democráticas.
En los pluripartidistas, si bien hay partidos con mayor capacidad de obtener
mayorías, los demás tienen posibilidades de obtener bancas en el Congreso
o Parlamento para poder ser escuchadas sus voces desde la oposición.
Es un sistema opuesto al unipartidismo, como el que existe en Cuba, y
también al bipartidismo, con dos partidos claramente dominantes, como lo
que sucede en Estados Unidos.
Bipartidismo
El bipartidismo es un sistema de partidos políticos que configura el Gobierno
de un territorio. Este se encuentra presente cuando el sistema de partidos
favorece la aparición de dos fuerzas políticas (Gobierno y oposición),
habitualmente las más votadas en el país. Ello, excluyendo a terceros en el
reparto del poder.
6. Vaticano
Desde el punto de vista del derecho internacional, sin embargo, el Vaticano es
un Estado reconocido como tal desde la firma del tratado de Letrán de 1929,
que tiene los elementos necesarios para ser considerado como Estado
(territorio, población y gobierno), es reconocido por otros Estados, participa en
organizaciones .
La Santa Sede tiene su asiento en el Estado de la Ciudad del Vaticano que
surgió como un ente de Derecho Internacional Público el 11 de febrero de 1929,
como consecuencia de la firma de los Tratados de Letrán entre Italia y la Santa
Sede.