Director: Coordinador del semillero de investigación
- Docente-investigador líder y asesor del semillero
- Grupo de estudiantes o docentes integrantes del semillero (mínimo 3)
- Plan de trabajo anual
- Actividades periódicas de socialización y discusión
- Participación en eventos institucionales, regionales, nacionales e internacionales
- Producción intelectual: artículos, ponencias, etc.
ARTÍCULO 15. Funciones de los semilleros de investigación:
1. Promover la formación de
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INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS
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CAPITULO I.
DE LA MISIÒN
ARTÍCULO 1. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP., es una unidad
CIP
académica de apoyo de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo
IENSS, encargada de coordinar la labor de investigación y producción de saberes
sociales, además de servir como centro de apoyo a la actividad educativa y
pedagógica desde una perspectiva interdisciplinaria. Igualmente, contribuye al
interdiscip c
desarrollo social y cultural local y regional a través de la investigación educativa,
innovación y transferencia de tecnologías, aprovechando el talento humano
existente.
CAPITULO II.
NATURALEZA
ARTÍCULO 2. Para el Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, la
.
investigación es entendida como el principio del conocimiento y de la praxis, es
una actividad fundamental para fortalecer la educación en sus diferentes niveles
de formación y para desarrollar el espíritu científico entre sus estudiantes,
docentes, directivos y demás miembros de la Institución Educativa Está orientada
Educativa.
a generar conocimientos, técnicas y artes, a comprobar aquellos que forman parte
del saber y de las actividades del hombre, y a crea y adecuar tecnologías
crear
educativas.
ARTÍCULO 3. El CIP de la IENSS, reconoce que en la investigación y en sus
en
interrelaciones está el futuro y la supervivencia institucional, con todas sus
implicaciones económicas, sociales, culturales y productivas, entre otras.
sociales,
ARTÌCULO 4. En relación con la actividad educativa, el Centro de Investigación y
Prospectiva CIP de la IENSS, establece que la vinculación docencia-investigación,
docencia
debe suscitar un espíritu crítico que dote al estudiante de capacidad intelectu
intelectual
para asumir con responsabilidad, las opciones teóricas y prácticas encaminadas a
su perfeccionamiento personal y al desarrollo social.
CAPITULO III.
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
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ARTÌCULO 5. La acción a cargo del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de
la IENSS, para fines de fomento, administración, control y desarrollo de la
,
investigación educativa, estará a cargo de los siguientes organismos (Ver
educativa,
estructura organizacional):
organizacional)
1. Rector
2. Consejo Académico
3. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP
4. El Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa
5. Los grupos y semilleros de investigación
ARTÌCULO 6. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, estará
integrado por:
1. El Director del Centro de Investigación y Prospectiva quien lo presidirá.
2. Los coordinadores de cada uno de los niveles educativos que ofrece la
os
Institución Educativa.
3. Un profesor por cada una de las áreas de estudio, elegido por los equipos
e
docentes por su alta vocación y trayectoria investigativa puesta de manifiesto en
mani
su vida docente.
PARÁGRAFO: Hará las veces de Secretario(a), quien designe el Director del
Secretario ,
Centro de Investigación. El
El(la) Secretario(a) tendrá voz pero no voto.
ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA MUNICIPAL DE SINCELEJO
RECTOR CONSEJO ACADÉMICO
PEI
GRUPOS DE
COMITÉ DE
INVESTIGACIÓN
CENTRO DE PRÁCTICA
INVESTIGACIÓN PEDAGÓGICA E
SEMILLEROS INVESTIGATIVA
DE INVESTIGACIÓN
DIRECTOR
SECRETARIO(A)
COORDINADORES POR DOCENTES POR ÁREA DE
NIVEL EDUCATIVO ESTUDIO
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ARTÍCULO 7. Son funciones del Centro de Investigación:
1. Fomentar las actividades de investigación educativa, desarrollando en forma
,
permanente el estudio y evaluación de dichas actividades y su relación con los
problemas del medio social.
2. Proponer criterios y procedimientos sobre la presentación, aprobación y
publicación de proyectos de investigación.
3. Controlar y participar en el análisis de proyecto de investigación, que
presenten los grupos y semilleros y conceptuar sobre los mismos respecto de
la factibilidad y fuentes de financiación para su desarrollo.
4. Divulgar los resultados de las investigaciones y coordinar con otras
dependencias la elaboración o realización de las publicaciones, conferencias y
pendencias
seminarios para su divulgación.
5. Establecer intercambio con otros centros de investigación y con entidades
encargadas de promover y financiar la investigación, con el fin de lograr
interdisciplinariedad, aprovechar bases documentales y racionalizar las
investigaciones para el desarrollo de la misma.
6. Asesorar al Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa de la IENSS.
7. Coordinar con otras dependencias, aspectos relacionados con la investigación
i
educativa.
8. Promover y coordinar lo relacionado con los proyectos de investigación
romover
institucional con proyección a la comunidad.
9. Asesorar a los distintos estamentos sobre los recursos necesarios para
efectuar una investigación y apoyar las iniciativas al respecto.
ciativas
10. Coordinar con la biblioteca institucional, los servicios para un adecuado
,
sistema de documentación e información.
11. Examinar los proyectos de investigación que presenten los grupos y semilleros
l
de investigación y conceptuar sobre la factibilidad de los mismos y fuentes de
financiación para su desarrollo.
12. Mantener relaciones con centros de información científica y con entidades
encargadas de promover y financiar la investigación.
13. Proponer estrategias para el desarrollo de las políticas de investigación.
14. Las demás que le sean asignadas por el Consejo Académico y la Rectoría y
correspondan a su naturaleza.
ARTÍCULO 8. Son funciones del Director del Centro de Investigación y
Prospectiva CIP:
1. Proponer de acuerdo con las políticas generales de la Institución Educativa, las
generale a
normas generales sobre investigación educativa.
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2. Presentar planes de promoción y fomento de la investigación en la Institución
Educativa.
3. Supervisar el desarrollo de los proyectos de investigación, ejecutados bajo la
responsabilidad del Centro.
4. Gestionar recursos ante las dependencias y organismos de financiación para
apoyar los proyectos de investigación.
5. Dirigir y administrar los proyectos de investigación en curso.
6. Elaborar y presentar ante el Consejo Directivo, el anteproyecto de presupuesto
para el respectivo Centro.
7. Prestar asistencia y apoyo a las distintas dependencias de la Institución
Educativa sobre los recursos necesarios para efectuar investigaciones.
8. Cumplir las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza del
umplir
cargo.
ARTÍCULO 9. Son funciones del Secretario o Secretaría del Centro de
Investigación, entre otras, las siguientes
siguientes:
1. Llevar actas o memorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias que
celebre el Centro de Investigación.
2. Llevar un registro ordenado de los proyectos de investigación que se realicen
ar
en la Institución Educativa.
3. Presentar ante el coordinador respectivo las solicitudes del personal docente,
sobre permisos para participar en investigaciones.
4. Las demás que le asigne el Director del Centro de Investigación de acuerdo con
la naturaleza del cargo.
ARTÍCULO 10. DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACION: Un grupo de
INVESTIGACION
investigación es la unidad básica para la generación de conocimiento y su
aplicación para el desarrollo, su calidad está avalada en términos generales por
pares.
ARTÍCULO 11. L Los grupos de investigación tendrán como función básica,
propiciar la investigación educativa mediante proyectos, sobre temáticas que
puedan involucrar distintas áreas, disciplinas, profesores y/o estudiantes que
áreas
vayan a realizar su trabajo de grado, ajustado a una línea de investigación bajo la
coordinación de un profesor investigador.
ARTÍCULO 12. Integran los grupos de investigación:
1. Coordinador del grupo de investigación, quien convoca.
2. Profesores-investigadores por línea.
investigadores,
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3. Semilleros de estudiantes como auxiliares de investigación por línea.
línea
ARTÍCULO 13. Características y funciones de los grupos de investigación:
1. Velar por la calidad de sus integrantes, por la producción intelectual y la calidad
divulgativa de sus investigaciones.
2. Definición de un objetivo común, acordar estrategias de ejecución.
3. Presentar un plan de acción en programas de investigación fundamentando o
conformando una o varias líneas de investigación complementarias.
4. Estimular el desarrollo de proyectos de investigación en los temas y en las
áreas que decidan sus integrantes.
5. Generar espacios para la divulgación de los resultados de dichos proyectos.
6. Definir agenda y estrategias de funcionamiento.
funcionami
7. Preparar y ejecutar encuentros, charlas, conferencias, y otros eventos que
lleven a profundizar su investigación.
8. Establecer intercambios con los grupos de investigación de otros programas
que funcionan dentro de la Institución Educativa a fin de promover en la
entro
comunidad educativa la cultura científica y tecnológica.
9. En general, estimular el desarrollo de la actividad investigativa y velar por la
interdisciplinariedad y pluridisciplinariedad.
10. Promover y estimular a estudiantes, profesores, directivos y administrativos en
estudiantes es,
el intercambio de experiencias significativas entre instituciones.
e
11. Los grupos de investigación deben congregar el mejor talento humano
entrenado académicamente para orientar los procesos de análisis, reflexión e
innovación.
ARTÍCULO 14. DE LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN Para el Centro de
INVESTIGACIÓN:
Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, los semilleros de investigación se
consideran como una estrategia pedagógica de iniciación para la vida científica,
pues tienen como finalidad entre otras, la de promover la capacidad investigativa,
finalidad,
propiciar la interacción entre profesores-investigadores y estudiantes con miras al
profesores investigadores
fortalecimiento de calidad académica y al desarrollo social de la comunidad
l
educativa, así como a la generación de la capacidad de trabajo en equipo y la
, ración
interdisciplinariedad, al fomento de una cultura de aprendizaje colaborativo y a la
participación en redes de investigación que faciliten la comunicación entre las
Instituciones Educativas.
De igual manera, en el ámbito operativo, los semilleros de investigación se
consideran como un espacio integrado por un docente-investigador que lidera y
investigador
asesora el Semillero, y un grupo de estudiantes o docentes (mínimo 3) que
desean iniciarse en la actividad investigativa. Su conformación podrá darse por
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iniciativa propia de un grupo de estudiantes o docentes alrededor de un línea de
niciativa una
investigación o tema de interés o por convocatoria de uno o varios docentes
docentes-
investigadores.
Los semilleros de investigación tendrán la siguiente estructura operativa básica:
Un jefe del semillero que es quien lo preside. Es un mediador en los
procesos dialógicos y de construcción del conocimiento en las relaciones
que se establecen entre los participantes del Semillero. Entre sus funciones
están: liderar, motivar y planear las actividades que deben darse en el
Semillero de Investigación.
Un docente acompañante quien será el encargado de ir con el proceso de
estudiantes, orientar sus modos de organización y realización y coadyuvar
para el seguimiento y cumplimiento de las metas propuestas.
Miembros participantes son todos los miembros del semillero (Docentes o
estudiantes) que tienen voz y voto.
studiantes)
ARTÍCULO 15. Son funciones básicas de los Semilleros de Investigación de la
IENSS, entre otras, las siguientes:
,
1. Apropiarse del manejo conceptual y metodológico de la dinámica de proyectos y
trayectos de Investigación educativa.
nvestigación
2. Presentar para su discusión y aprobación, proyectos de investigación ante el
r
Centro de Investigación y Prospectiva CIP.
3. Acompañar proyectos de investigación (iniciación, desarrollo, análisis y
r
socialización de resultados).
4. Realizar encuentros y jornadas de investigación.
5. Participar en eventos de investigación institucional, regional y nacional
nacional.
6. Realizar proyectos de investigación interdisciplinarios.
7. Intercambiar experiencias significativas con pares investigativos, fomentando la
realización de proyectos conjuntos y prácticas educativas profesionales.
8. Retroalimentar permanentemente procesos investigativos para la construcción
r
permanente de saberes.
CAPITULO IV.
DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACION
ARTÍCULO 16. Se entiende por proyecto de investigación la propuesta que
comprende una elaboración sistemática de un problema educativo, de carácter
básico, acorde con las características de los programas.
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Para evaluar la finalidad de la investigación, la propuesta debe contener:
- Nombre del proyecto
oyecto
- Descripción
- Justificación
- Objetivos
- Antecedentes del proyecto
- Metodología
- Recursos
- Cronograma de actividades
ARTÍCULO 17. Todo proyecto de investigación deberá ser evaluado en primera
instancia por el grupo de investigación éste a su vez, lo presenta al Centro de
investigación,
Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, para su valoración y la aprobación
definitiva.
ARTÍCULO 18. Todo proyecto de investigación que ejecuten los docentes y/o
estudiantes, directivos y administrativos de la Institución Educativa, podrá
,
involucrar a estudiantes que se encuentren vinculados como semilleros de
investigación, con el propósito de estimular en ellos el interés por la investigación y
,
a su vez contribuir a formar nuevos investigadores.
ARTÍCULO 19. Todo proyecto de investigación tendrá:
1. Un investigador principal que podrá ser el proponente del proyecto y será el
responsable ante el Centro de Investigaciones y Prospectiva CIP de la IENSS.
2. Auxiliares de investigación. Son estudiantes que se integran dentro de un
proyecto de investigación propuesto por el Centro de Investigaciones, por un
profesor investigador o por e grupo de investigación.
el
ARTÍCULO 20. Para la evaluación y emisión de concepto sobre los proyectos
presentados a consideración, cada una de las instancias dispondrá de quince (15)
días hábiles a partir de la fecha de recibo, al término de los cuales debe remitirlo a
donde corresponda. De no haber obtenido respuesta, el interesado podrá remitirlo
a la instancia siguiente, anexando la documentación respectiva.
siguiente,
ARTÍCULO 21. El Centro de Investigaciones y Prospectiva una vez recibido un
Prospectiva,
proyecto dispondrá de un plazo de 30 días calendario para dar su concepto,
cuando la evaluación se hace internamente. Cuando el proyect exige
proyecto
evaluadores externos, se estipulará un plazo máximo de 60 días.
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ARTÍCULO 22. Pasados dos (2) meses de aprobado un proyecto y gestionados
los debidos recursos, si éste no ha iniciado su ejecución sin causa justificada, el
Centro de Investigación y Prospectiva procederá a revocar la aprobación del
P
mismo.
CAPÍTULO V.
DE LAS POLÍTICAS Y LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN
ARTÍCULO 23. POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN
INVESTIGACIÓN:
1. La investigación al interior del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la
IENSS y su contexto, tendrá un carácter institucional y será inherente a la
docencia, inscrita fundamentalmente en el paradigma cualitativo, sin que esto
implique su exclusividad en detrimento de otras tradiciones y modalidades.
2. Dentro del paradigma cualitativo y de acuerdo con Bernardo Restrepo, se
desarrollará como investigación educativa y particularmente como investigación
pedagógica, la cual “es la que el educador puede hacer mientras enseña y
forma, es la investigación de su práctica pedagógica y de la construcc
construcción
de saber pedagógico... como práctica reflexiva social en la que interactúan
la teoría y la práctica” tendientes a develar inconsistencias y fortalezas en la
práctica pedagógica para comprenderla y transformarla, lo cual implica
procesos de reflexión autocrítica y transformación de la enseñanza por parte de
autocrítica
los mismos docentes.
3. Así mismo, ésta podrá ser individual si corresponde a la reflexión de un
maestro sobre su práctica, o colaborativa, cuando un grupo de docentes
reflexionan en grupo sobre su práctica y se apoyan, critican, validan sus
procesos en pos del mejoramiento del aprendizaje de sus alumnos, del
mejoramiento de la profesión y de la superación del aislamiento y asignaturismo
del docente.
4. No obstante lo anterior, se entenderá que en la conformación de las
Comunidades Académicas Normalistas, podrá aplicarse otro tipo de
Investigación, si la dinámica al interior de los grupos y semilleros de
investigación, así lo requiera
requiera.
5. La IENSS, a través de su Centro de Investigación y Prospectiva CIP, promoverá
y apoyará la conformación de Grupos y Semilleros de Investigación reconocidos
por COLCIENCIAS, para lo cual establecerá un rubro presupuestal para la
cofinanciación de las investigaciones por éstos y gestionará ante los
organismos públicos y privados su apoyo y financiación.
6. Promoverá igualmente, la cualificación del personal docente mediante el
ofrecimiento de Diplomados, cursos y otras modalidades de formación y, así
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mismo, estimulará la participación de los estudiantes del Programa de
la
Formación Docente en el desarrollo de procesos investigativos, en la
investigativos
conformación de Semilleros y en la formación de competencias investigativas.
7. Contribuirá al desarrollo social y cultural regional, con la generación de nuevos
la
saberes e innovación de prácticas pedagógicas y la incorporación de dinámicas
investigativas a la conformación de comunidades académicas.
8. Garantizará la difusión y publicación de producciones como resultado de los
procesos investiga
investigativos, y la ejecución de asesorías y consultorías a otras
entidades y organismos que lo demanden.
ARTÍCULO 24. LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN: Se determinan como líneas de
investigación, las siguientes:
1. CURRÍCULO, ESTRATEGIAS Y MÉTODOS DE ENSEÑANZA (Para el ens ensayo
y validación de propuestas teóricas y el diseño de intervenciones pedagógicas
que determinen su efectividad en el mejoramiento de los procesos de
enseñanza aprendizaje).
2. DESARROLLO COGNITIVO Y DESARROLLO HUMANO (Desarrollo de
habilidades de pensamiento, programas de entrenamiento de habilidades
pensamiento,
cognitivas, estructuración cognitiva).
3. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES, HABILIDADES Y COMPETENCIAS.
Se entiende que la dinámica misma de los Grupos y Semilleros de Investigación,
determinará el surgimiento de nuevos caminos y derroteros para permitir la
nuevos
continuidad o no de estas líneas o el surgimiento de otras.
CAPITULO VI.
DE LA FINANCIACION
ARTÍCULO 25. Serán fuentes de financiación del Centro de Investigaciones Y
Prospectiva CIP de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS
IENSS,
las siguientes:
1. Los recursos propios que la Institución Educativa le asigne del presupuesto total
ecursos
anual acorde con el proyecto presupuestal presentado por el director del Centro de
Investigación y Prospectiva CIP.
2. Las donaciones y auxilios
onaciones
3. Otros aportes provenientes de entidades oficiales o privadas
4. Los recursos provenientes por prestación de servicios de asesorías por parte
ecursos
del Centro de Investigación y Prospe
Prospectiva CIP.
5. Venta de publicaciones
publicaciones.