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REFORMA PENSIONAL POR  DORIS JEJEN
COLOMBIA ESTRENARA NUEVA REFORMA PENSIONAL Después de muchos avatares, el Congreso aprobó el lunes el texto definitivo de la reforma pensional que modifica el artículo 48 de la Constitución Nacional. Como se trata de una modificación a la Constitución, no necesita sanción presidencial y empezará a regir inmediatamente sea publicado el texto en el Diario Oficial. Sin embargo, es importante resaltar que de ninguna manera los cambios afectan a quienes actualmente ya están recibiendo su pensión. Vanguardia Liberal explica hoy los principales cambios para quienes se pensionen de ahora en adelante. Los siguientes son, punto por punto, los cambios que introduce la nueva reforma.
¿Cuáles fueron los cambios en la mesada 14? La mesada 14 sólo se mantendrá hasta el 31 de julio de 2011, para quienes ganen hasta tres salarios mínimos mensuales (hoy $1’144.500=). Para los demás trabajadores se eliminará a partir de ahora mismo. ¿Cuál será el tope para las pensiones altas? A partir del 31 de julio de 2010, nadie en Colombia, ni siquiera ministros, presidentes o congresistas, podrán pensionarse con más de 25 salarios mínimos mensuales. (Hoy $9’537.500). Sin embargo, ese tope sólo se aplica a los pensionados del Instituto de Seguro Social, ISS. A quienes están cotizando con los fondos de pensiones privadas, cada persona ahorra de acuerdo con su capacidad y su salario real.
¿Cuál es el mínimo para pensionarse? A partir del momento en que se publique la norma en el Diario Oficial, ninguna persona en Colombia podrá pensionarse con menos de un salario mínimo mensual (Hoy $381.500=). Sin embargo, el Gobierno podrá otorgar algunos beneficios económicos inferiores a un salario mínimo. ¿Quiénes mantendrán regímenes especiales o beneficios de pensión? Sólo los miembros de la Fuerza Pública y el Presidente de la República tendrán un régimen especial. Sin embargo, quienes tenían regímenes diferentes ...  como los maestros, mantendrán sus actuales condiciones. Para el caso de los maestros, las establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo acordadas en 2003, o sea que seguirán pensionándose a los 55 años los hombres, y 50 años las mujeres, con el 75% del salario promedio del último año. Por ejemplo, los miembros del Instituto Nacional Penitenciario, Inpec, se pensionarán bajo el régimen de alto riesgo reglamentado en el decreto 2090 de 2003.
¿Qué ocurrirá con los pensionados por convenciones o pactos?En ese caso, no podrán pensionarse por más de lo que establece el Sistema General de Pensiones. El tope fijado por las convenciones se seguirá aplicando hasta que concluya, pero no pueden pasar del 31 de julio del año 2010. Adicionalmente, hay un inciso que establece la revisión de las pensiones que se reconocieron sin cumplimiento de la Ley, como el caso de Foncolpuertos. ¿Cuál será la edad de jubilación de ahora en adelante? Las edades de jubilación y el número de semanas de cotización que se requieren para pensionarse se mantendrán igual. Esto indica que a partir de julio de 2010, las mujeres se pensionarán con 57 años y los hombres con 62 años.
¿Cuáles son los cambios en los cobijados por el régimen de transición? A quienes estén hoy cubiertos por el régimen de transición fijado por la Ley 100 de 1993, el plazo máximo se terminaba en 2014, pero se redujo al 31 de julio de 2010. Por este beneficio serán cobijadas las mujeres que al primero de abril de 1994 tuvieran 35 años, y los hombres que hubieren cumplido 40 años o a quienes tuvieren 15 años de cotización. Estas mujeres se pensionarán a los 55 años y los hombres a los 60 años. Pero ahora, deben haber cotizado mínimo 750 semanas, o 15 años, antes de que comience a aplicarse la reforma.

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  • 1. REFORMA PENSIONAL POR DORIS JEJEN
  • 2. COLOMBIA ESTRENARA NUEVA REFORMA PENSIONAL Después de muchos avatares, el Congreso aprobó el lunes el texto definitivo de la reforma pensional que modifica el artículo 48 de la Constitución Nacional. Como se trata de una modificación a la Constitución, no necesita sanción presidencial y empezará a regir inmediatamente sea publicado el texto en el Diario Oficial. Sin embargo, es importante resaltar que de ninguna manera los cambios afectan a quienes actualmente ya están recibiendo su pensión. Vanguardia Liberal explica hoy los principales cambios para quienes se pensionen de ahora en adelante. Los siguientes son, punto por punto, los cambios que introduce la nueva reforma.
  • 3. ¿Cuáles fueron los cambios en la mesada 14? La mesada 14 sólo se mantendrá hasta el 31 de julio de 2011, para quienes ganen hasta tres salarios mínimos mensuales (hoy $1’144.500=). Para los demás trabajadores se eliminará a partir de ahora mismo. ¿Cuál será el tope para las pensiones altas? A partir del 31 de julio de 2010, nadie en Colombia, ni siquiera ministros, presidentes o congresistas, podrán pensionarse con más de 25 salarios mínimos mensuales. (Hoy $9’537.500). Sin embargo, ese tope sólo se aplica a los pensionados del Instituto de Seguro Social, ISS. A quienes están cotizando con los fondos de pensiones privadas, cada persona ahorra de acuerdo con su capacidad y su salario real.
  • 4. ¿Cuál es el mínimo para pensionarse? A partir del momento en que se publique la norma en el Diario Oficial, ninguna persona en Colombia podrá pensionarse con menos de un salario mínimo mensual (Hoy $381.500=). Sin embargo, el Gobierno podrá otorgar algunos beneficios económicos inferiores a un salario mínimo. ¿Quiénes mantendrán regímenes especiales o beneficios de pensión? Sólo los miembros de la Fuerza Pública y el Presidente de la República tendrán un régimen especial. Sin embargo, quienes tenían regímenes diferentes ... como los maestros, mantendrán sus actuales condiciones. Para el caso de los maestros, las establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo acordadas en 2003, o sea que seguirán pensionándose a los 55 años los hombres, y 50 años las mujeres, con el 75% del salario promedio del último año. Por ejemplo, los miembros del Instituto Nacional Penitenciario, Inpec, se pensionarán bajo el régimen de alto riesgo reglamentado en el decreto 2090 de 2003.
  • 5. ¿Qué ocurrirá con los pensionados por convenciones o pactos?En ese caso, no podrán pensionarse por más de lo que establece el Sistema General de Pensiones. El tope fijado por las convenciones se seguirá aplicando hasta que concluya, pero no pueden pasar del 31 de julio del año 2010. Adicionalmente, hay un inciso que establece la revisión de las pensiones que se reconocieron sin cumplimiento de la Ley, como el caso de Foncolpuertos. ¿Cuál será la edad de jubilación de ahora en adelante? Las edades de jubilación y el número de semanas de cotización que se requieren para pensionarse se mantendrán igual. Esto indica que a partir de julio de 2010, las mujeres se pensionarán con 57 años y los hombres con 62 años.
  • 6. ¿Cuáles son los cambios en los cobijados por el régimen de transición? A quienes estén hoy cubiertos por el régimen de transición fijado por la Ley 100 de 1993, el plazo máximo se terminaba en 2014, pero se redujo al 31 de julio de 2010. Por este beneficio serán cobijadas las mujeres que al primero de abril de 1994 tuvieran 35 años, y los hombres que hubieren cumplido 40 años o a quienes tuvieren 15 años de cotización. Estas mujeres se pensionarán a los 55 años y los hombres a los 60 años. Pero ahora, deben haber cotizado mínimo 750 semanas, o 15 años, antes de que comience a aplicarse la reforma.