1. EDIFICIO “RESIDENCIAL DEL PRADO ” REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS
I.- De los Derechos de los Propietarios
Artículo 1º
Todo propietario tiene derecho a exigir el cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente
reglamento.
Artículo 2º
Así, podrá demandar de quien corresponda, la adecuada atención a sus solicitudes y el debido cuidado
y mantenimiento, tanto del edificio como del correcto funcionamiento de todos los servicios de carácter
común existentes o que llegaran a existir en la propiedad, con la sola limitación de ejercer sus derechos
dentro de las normas que se fijan al efecto.
Artículo 3°
Los propietarios también tendrán derecho a solicitar a la Junta Directiva del Edificio el convocar
reuniones extraordinarias por aspectos no contemplados en el presente reglamento.
II.- De las Obligaciones de los Propietarios
Artículo 1º
Todos los propietarios, inquilinos, ocupantes, visitas y personal de servicio están obligados a cumplir
estrictamente el presente reglamento interno.
1.- Les está prohibido:
a) Sacar la basura fuera del horario establecido en el presente reglamento, la basura deberá ser
envuelta en bolsa plástica, de dimensiones pequeñas, debidamente amarradas y bajadas al
áarea destinada al acopio de basura, hasta las 20:00 p.m., debido que Aa las 21.00 p.m.
aproximadamente deberá sacar la basura el personal de vigilancia saca la basura para que el
camión recolector la recoja. Estáa prohibido dejar la basura en las areas de la escalera y otros.
b) Arrojar desmonte dentro o fuera de las instalaciones del edificio. Es responsabilidad del
propietario asumir la eliminación del desmonte inmediatamente..
c) Arrojar basura, papeles, colillas de cigarrillos, etc., en los pasillos, ascensores y áreas comunes
del edificio.
d) Arrojar al desagüe desperdicios, algodones, aceites, sustancias grasas, líquidos o sustancias
inflamables y en general toda clase de objetos que por su tamaño o características puedan
afectar las redes de desagüe o provocar obstrucciones en las mismas.
e) Guardar y/o depositar dentro de su propiedad, en las escaleras u otras áreas comunes del
edificio, toda clase de materias que puedan significar un peligro o que produzcan emanaciones
molestas.
f) Tender ropa, frazadas, colchas, alfombras, etc. en cualquier parte del área común, así como en
en la propiedad exclusiva, que visible, pues altere altera el ornato o la apariencia, tanto interna
como externa, del edificio.
a) Sacudir alfombras, ropa u objetos similares en los corredores y/o ventanas del edificio.
b) Fumar en los ascensores, ductos de ventilación internos y áreas comunes o áreas colindantes a
estas..
c) Colocar antenas para radio, televisión, telefonía y todo artefacto que emita radiación, sin la expresa
conformidad del 100% de la Asamblea de Propietarios.
d) Colocar cualquier tipo de Panel Publicitario, en fachada, vista interior o azotea del edificio.
2. e) Colocar en los sectores de propiedad común o en los de propiedad exclusiva con vista al exterior,
insignias, letreros, anuncios, banderas de propaganda, toldos, muebles, macetas o cualquier otro
objeto susceptible de afectar la estética del edificio o la comodidad de los vecinos.
f) Pintar la fachada del edificio y áreas comunes con otro matiz y/o color distinto a los colores
originales, salvo que por acuerdo del 100% de la Asamblea de Propietarios, se decida su cambio.
Debe entenderse que el pintado del condominio tiene que ser uniforme.
g) Poner o fijar clavos, tornillos o soportes en los tabiques divisorios o paredes medianeras que
puedan perjudicar los departamentos o casas vecinas.
h) Hacer uso de las diversas áreas para fines distintos a los que fueron diseñados e inscritos en
Registros Públicos. (Ver Anexos)
i) Toda ampliación y/o modificación en áreas de propiedad exclusiva que alteren la volumetría,
arquitectura o la apariencia interior o exterior del edificio, en conformidad a las normas vigentes y al
Reglamento Interno inscrito en Registros Públicos. Para el caso de cualquier modificación en
propiedad exclusiva, se deberá presentar a la Directiva:
- Plano que sustente la remodelación, acondicionamiento o refacción, debidamente formalizada
por un profesional colegiado (arquitecto y/o ingeniero civil).
- Conformidad del Municipio de Jesús María, en los casos que lo amerite.
q) Hacer ruidos molestos (Volumen de música, televisor o voz) en sus viviendas o estacionamientos
que perturben la tranquilidad de los residentes. Es importante tener en cuenta que el horario
indicado para realizar trabajos de remodelación y acondicionamiento en sus departamentos será
de Lunes a Sábados de 9.00am a 18:6.30pm.
r) Realizar mudanzas en horas de la noche o en cualquier hora de los días domingos. El Horario para
este tipo de actividad será de Lunes a Sábados, de 9:00 a.m. a 618:30 p.m.
s) Depositar materias, mercaderías, muebles y/u objetos en cualquier área común del edificio.
t) Apoyar bicicletas o motocicletas sobre paredes, pasadizos, rejas y jardines del edificio.
u) La práctica de juegos que arriesguen el ornato y limpieza de las áreas comunes: Estacionamiento,
patio, jardines, escaleras, veredas, etc. Así como las prácticas en propiedad exclusiva que alteren
la tranquilidad de los demás propietarios y/o inquilinos.
v) Manipular de manera irresponsable los equipos del edificio (ascensores, gabinetes contra
incendios, cajas de interconexión, etc.).
w) Emplear los ascensores del edificio para el transporte de muebles y/u objetos que puedan dañar
los mismos. Para ello deberá usarse exclusivamente las escaleras. En todos los casos deberá
darse aviso al encargado a fin de que tome debida nota de lo transportado por si ello diera origen a
roturas y/o desperfectos, para así deslindar responsabilidades.
x) Realizar todo tipo de reuniones que puedan originar molestias a los vecinos. En el caso de fiestas,
estas se deberán realizar dentro de sus departamentos a puertas cerradas y adecuándose al
siguiente horario:
- Domingo a jueves hasta las 12:30 p.m.
- Viernes y sábado hasta las 032:00 a.m.
Queda entendido que se deberá respetar la moral y buenas costumbres evitando protagonizar
escándalos en el edificio. Las reuniones deberán ser realizadas con la debida prudencia y sin
abusar de su continuidad.
y) Dar órdenes o instrucciones directas al personal de servicio, las que se cursarán únicamente por
intermedio del administrador.
z) Utilizar los servicios del personal de servicio para actividades, trabajos y/o servicios de carácter
particular.
aa) Esta terminantemente prohibido el uso de los ascensores para el traslado de los animales
domesticos, salvo en el horario de 23.00 p.m. a las 06.00 a.m.
3. 2.- Se obligan a:
a) En caso de ceder el uso de sus respectivas propiedades a otras personas a cualquier título que
fuere, hacer conocer a las mismas el presente reglamento, exigiendo de ellas su estricto
acatamiento y cumplimiento. En los contratos de arrendamiento deberán incluir una cláusula de fiel
cumplimiento al presente Reglamento Interno y el no acatamiento al mismo será causal de
resolución.
b) Conservar su propiedad, las partes del edificio de uso común y las instalaciones, en perfecto
estado de aseo, orden e higiene.
c) Asumir los gastos que demanden la reparación de posibles daños por el incumplimiento del
presente Reglamento.
d) Cumplir puntualmente con las cuotas de mantenimiento del edificio, las cuales se componen de la
siguiente manera:
Concepto Método de Distribución
Costo del Servicio de Administración Porcentaje de Propiedad / Partes o
iguales
Servicio de Energía Eléctrica de áreas comunes. Porcentaje de Propiedad / Partes o
iguales
Servicio de Agua Potable de áreas comunes. Porcentaje de Propiedad / Partes o
iguales
Servicio de Agua Potable en Departamentos. Partes igualesConsumo (Lectura de
Contómetros).
Mantenimiento de Equipos del Edificio. Porcentaje de Propiedad / Partes o
iguales
Aporte al Fondo de Reserva. Porcentaje de Propiedad / Partes o
iguales
f) Cumplir con el pago de las Cuotas Extraordinarias que por mayoría de la Asamblea de
Propietarios, se acuerde recaudar, con el fin de realizar inversiones o adquisiciones, refacciones,
remodelaciones u algún otro proyecto para el cual exista la aprobación del 100% de la Asamblea
de Propietarios.
g) Cumplir con el pago de las sanciones económicas que la Asamblea de Propietarios convenga
aplicar por el incumplimiento de 1 o más obligaciones establecidas en el presente reglamento.
Estas sanciones se incluirán en la cuota de mantenimiento próxima a la fecha en que se establece
la sanción.
H) Esta terminantemente prohibido el uso de los ascensores para el traslado de los animales
domesticos, salvo en el horario de 23.00 p.m. a las 06.00 a.m.,
Artículo 5º
Los señores propietarios harán uso de los derechos emergentes del dominio y del condominio que
tienen sobre las partes de propiedad exclusiva y comunes, respectivamente, conforme con las
disposiciones, restricciones y limitaciones que al efecto imponga la autoridad pública competente,
haciéndose personalmente responsables de las consecuencias que pudieran originarse por falta de
cumplimiento de las mismas. Serán igualmente responsables de todo daño que se ocasione a las
cosas y/o personas por la inobservancia de las obligaciones puestas a su cargo por el presente
reglamento.
Artículo 6º
Los señores propietarios podrán hacer uso del área social, solicitandolo con la debida anticipación a la
Administración, respetando ellos reglamentos establecidos, acuerdo del pago de alquiler (el mismo que
4. será destinado al fondo de inversión), horario y cronograma predeterminado y indicado a continuación.
(Ver Anexos):
Costo por hora: S/.
Horarios: Lunes, jueves y domingo: hasta las 12:30 p.m.
Viernes y sábado: hasta las 2:00 a.m.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE REGLAMENTO
I.- De Las Infracciones o Incumplimiento:
En Asamblea de Propietarios realizada ………………………………., se establecieron las siguientes
sanciones por incumplimiento del Reglamento Interno:
a) Ante la primera infracción o incumplimiento del Reglamento Interno, cometida por alguno de los
propietarios y/o cualquier residente o invitado de su departamento, se le aplicará como sanción una
“Notificación” formal y por escrito, la cual tendrá carácter preventivo ante posibles reincidencias.
Dicha Notificación se le hará llegar a su Dpto. con copia a la Directiva, además de la publicación de
una copia en el Periódico Mural del Edificio por el lapso de una semana.
b) Ante una segunda infracción o incumplimiento del Reglamento Interno, cometida por alguno de los
propietarios y/o cualquier residente o invitado de su departamento, se le aplicará como sanción una
“Multa de S/.50.00” (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), los cuales serán adicionados a la
siguiente cuota de mantenimiento por facturar al Dpto. Estos fondos serán destinados a
incrementar el Fondo de Inversión. La comunicación de esta sanción al propietario, se realizará por
escrito y con copia a la Directiva.
c) A partir de la segunda infracción o incumplimiento al Reglamento Interno, la multa se incrementará
en S/.30.00 en cada oportunidad. Esto quiere decir: Segunda Infracción, multa de S/.80.00; cuarta
infracción, multa de S/.110.00 y así sucesivamente. Estos fondos serán incluidos en la cuota de
mantenimiento y su destino será el Fondo de Inversión. La comunicación de esta sanción al
propietario, se realizará por escrito y con copia a la Directiva.
II.- De La Morosidad:
Por acuerdo mayoritario de la Asamblea de Propietarios, la sanción a la morosidad en el pago de las
Cuotas de Mantenimiento, tendrá un trato especial, dado que implica el pago de los servicios comunes
del edificio, los aportes obligatorios al Fondo de Inversión, así como las multas detalladas líneas arriba.
En virtud de ello, y considerando que la administración brinda un plazo determinado para realizar el
pago, se acordó sancionar la morosidad injustificada en el pago de las cuotas de mantenimiento de la
siguiente manera:
a) A los 5 días de vencido el plazo establecido por la administración, para la realización del pago de
las respectivas cuotas de mantenimiento, la administración procederá a emitir una notificación,
solicitando al propietario regularizar su pago a la brevedad y previniéndolo de la siguiente sanción
que se ejecutará al 10mo día de mora.
b) A los 10 días de vencido el plazo establecido por la administración, para la realización del pago de
las respectivas cuotas de mantenimiento, la administración procederá a realizar el “Corte del
Suministro de Agua” a través del cierre correspondiente al Dpto. Deudor. La situación del corte de
agua, permanecerá hasta que el Propietario cumpla con el pago total de su deuda.
5. c) Si existiera alguna situación que por fuerza mayor impidiera a algún propietario realizar el pago
puntual de su cuota de mantenimiento, deberá comunicarlo a la Directiva, antes de vencido el plazo
estipulado por la administración. La Directiva evaluará la situación y determinará el proceso a
seguir, para el pago en cuestión.
d) En caso persistiera la morosidad de una o mas cuotas se deberá pagar el 10% adicional por
concepto de intereses pasados los 30 dias de vencimiento.
Procedimiento para la Denuncia de Incumplimiento de Reglamento
Es obligación de todos los propietarios y/o residentes del edificio, así como de la administración, velar
por el cabal cumplimiento del Reglamento Interno; por lo cual se ha diseñado el siguiente
procedimiento para realizar las denuncias de las posibles infracciones. Todo propietario que acuse una
infracción deberá seguir los siguientes pasos:
1. Evitar la confrontación con el infractor. Apersonarse a Vigilancia para denunciar la infracción,
indicando el inciso del Reglamento que está siendo incumplido.
2. Cubrir el puesto de vigilancia, mientras el vigilante comprueba la información; una vez comprobada
la infracción, el vigilante deberá registrar la denuncia en el Cuaderno de Ocurrencias y solicitará la
firma de quién denuncia la infracción.
3. Solicitar al Vigilante que se comunique con el infractor y solicite el cese de la actividad prohibida,
indicándole el inciso del Reglamento que se está infringiendo.
4. De no solucionarse inmediatamente la infracción o no recibir una correcta respuesta por parte del
infractor, el vigilante deberá comunicar a la administración para que proceda a registrar la
infracción y aplique la sanción que corresponda de acuerdo al historial de infracciones del Dpto.
5. El Vigilante no está autorizado a divulgar la identidad del denunciante ni a mostrar el cuaderno de
ocurrencias a persona distinta a la Administración o la Directiva.
6. La Administración se encargará de emitir la notificación correspondiente y de comunicar al infractor
las sanciones a las que se está haciendo merecedor.
.
Los firmantes, damos fe de que el integro del contenido del presente documento, obedece
estrictamente a la voluntad de la Asamblea de Propietarios.
CAPITULO III
DEL PERSONAL DE RECEPCIÓN
1. Normas de Seguridad
1.1. La reja y puerta principal así como las puertas de las cocheras del edificio deben permanecer
cerradas durante todo el día y la noche.
1.2. El personal de recepción debe controlar que las visitas se identifiquen al ingresar y salir,
registrándolo en el cuaderno de ocurrencias. Deberá registrar también los paquetes que
ingresan y los que salen. En casos de salida de paquetes que no tuvieron ingreso previo
tendrán que salir con la autorización del propietario y/o inquilino.
1.3. El personal de recepción debe registrar todas las ocurrencias de su turno en el cuaderno de
ocurrencias para ser revisado por la Administración.
1.4. Esta terminantemente prohibido el ingreso de personas extrañas al interior del edificio, salvo
los casos de delivery de comida y el vendedor de gas autorizado por los propietarios y/o
inquilinos. Con respecto al vendedor del gas se cuidará que su movilidad la deje a la entrada
del edificio.
6. 1.5. El personal de recepción, está prohibido de abandonar sin motivo justificado su puesto en
horas de trabajo, excepto (5 minutos) para el uso de los servicios higienicos etc, lo cual está
indicado en su manual de funciones, pero no para realizar servicios ajenos a su labor diaria,
como trabajos extras en los departamentos y/o llevar encargos para atender asuntos
personales de los propietarios y/o inquilinos del edificio, salvo emergencias debidamente
comprobados.
1.6. En caso de no encontrarse y/o no contestar a los residentes de los departamentos a través del
intercomunicador, el portero-vigilante debe acercarse amablemente y recibir el encargo del
visitante, no permitiendo el acceso al edificio y registrarlo en el cuaderno de ocurrencias sin dar
mayor información.
1.7. El personal de recepción están prohibidos de proporcionar datos de los propietarios y/o
inquilinos del edificio, tales como nombre, horarios de entrada o salida u otros a terceros.
1.8. Esta prohibido el recibir bulto, paquete u objeto de personas ajenas al edificio en custodia.
1.9. La vigilancia-portería al edificio es permanente las 24 horas del día y los 365 días del año.
1.10. Será obligación de la vigilancia-portería:
• Mantener el estricto control de ingreso y salida de personas y/o cosas del Edificio.
• Mantener la puerta principal y de los garajes debidamente cerradas todos los días.
• No dejar ingresar a personas extrañas al edificio sin autorización previa de los propietarios
y/o inquilinos.
• Velar por el normal uso, cuidado y limpieza de las áreas de servicios comunes durante las
24 horas del día.
• Recibir cartas, paquetes, y/o encomiendas que se destinen únicamente a los propietarios y/
o inquilinos.
• Permanecer siempre perfectamente uniformado y limpio.
• Operar cuando será necesario los controles de luz, agua, bombas, etc.
• El personal de recepción deberá informar al Administrador de cualquier anomalía o
incidente que se produzca en el Condominio y que pueda alterar las normas de
funcionamiento y convivencia.
• El personal de recepción tendrá obligaciones de vigilar que los propietarios no estacionen
sus vehículos en cocheras ajenas, en las áreas que no son de su propiedad
• El personal de recepción no dejará ingresar al edificio movilidad particular de terceros que
no sean propietarios y/o inquilinos, salvo en los siguientes casos:
- El propietario y/o inquilino ingrese bienes pesados o voluminosos cuyos casos
solamente ingresará hasta el ascensor de estacionamientos y/o por el tiempo que
demore bajarlos.
- El propietario y/o inquilino esté ingresando bienes producto de una mudanza, en
cuyo caso el vehículo ingresará hasta el lugar más cercano a la escalera y/o el
ascensor.
Asimismo, el personal de recepción deberá controlar que dichos vehículos no ocasionen daños a la
propiedad común y exclusiva; de efectuarse el daño se anotará en el cuaderno de ocurrencias para que
el Administrador y/o Junta cobre al propietario y/o inquilino el costo de la reparación.
IV CAPITULO
7. DEL PERSONAL DE LIMPIEZA
2. Normas de Seguridad
4.1. La Limpieza de las diferentes áreas comunes del edificio debe ser permanente (diario) y de
acuerdo a su cronograma de limpieza.
4.2Los recipientes de basura así como el lugar de su ubicación deberán ser limpiados profundamente
por lo menos una vez a la semana por el personal de limpieza.
4.3El baño de la recepción de vigilancia-portería será de uso exclusivo de ese personal y de limpieza
por lo que está prohibido el uso a personas ajenas al edificio, salvo excepciones autorizadas.
4.4El encargado de la limpieza tendrá a su cargo la limpieza, cuidado u mantenimiento de todas las
áreas de servicios comunes del edificio: cuarto de ascensores, cuarto de bombas, escaleras,
estacionamientos, ductos, muebles, enseres y demás de acuerdo al contrato con la
Administración y a su cronograma de limpieza.
4.5El encargado de la limpieza deberá llevar el control del uso de los materiales que le proporcionan
para el buen cumplimiento de sus responsabilidades.
4.6 4.6 El encargado de la limpieza no podrá dedicarse a trabajos distintos a los que son sus
obligaciones durante el horario de trabajo normal.
SIGUEN LOS ANEXOS >>>>
8. NORMAS DE USO DE LA PISCINA
1.- El uso de la piscina, es exclusivamente para los propietarios.
2.- El horario de uso de las instalaciones es el siguiente:
- de lunes a domingos: De 9.00 a.m. a 6.00 p.m. horas.
3.- Es obligatorio para el uso de la piscina: ducharse previamente y utilizar ropa de baño.
4.- No se permitirá el ingreso de ningún tipo de animal doméstico
5.- Esta prohibido ingerir bebidas alcohólicas y fumar en el área de piscina.
6.- Esta prohibido comer en las instalaciones.
7.- Los propietarios con edades entre 3-7 años deberán ir acompañados de una persona responsable
mayor de 14 años.
8.- Por razones de seguridad no esta permitida la introducción de recipientes de vidrio o material
cortante en la zona de baño y/o vestuarios.
9.- Prohibido abandonar desperdicios o basuras en todo el recinto, debiendo utilizarse papeleras u
otros recipientes destinados para tal efecto.
10.- No se permite la práctica de juegos molestos para otros propietarios, como acciones que conlleven
riesgos de caída, empujones, correr por zonas mojadas, etc.
11.- Por seguridad no está permitido el uso de ALETAS Y/O PALAS (de mano).
12.- Esta totalmente prohibido dar clases de natación.
13.- Los propietarios son los responsables de cualquier desperfecto que puedan producir en la
instalación si hacen un mal uso de la misma.
14.- El comportamiento de los asistentes al área de reuniones deberá ser respetuosa, prudente y
responsable. Para ello, deberá tener en cuenta las normas establecidas en el reglamento de
convivencia del edificio. En caso de incumplimiento a las mismas el propietario que lo solicito asumirá
las sanciones establecidas en el mismo.
15.- Esta prohibido que los niños durante el uso de la piscina jueguen en las áreas comunes del edificio
16.- Todos los usuarios se comprometen a respetar estas normas de uso de la piscina para un mayor
orden y mejor funcionamiento de la instalación.
9. NORMAS DE USO DE LA PARRILA
Para el buen uso del área de parrilla, es importante que el propietario tenga en cuenta las siguientes
normas:
1.- El área de parrilla es de uso exclusivo de los propietarios del edificio.
2.- El propietario que requiera hacer uso del área y de la parrilla deberá solicitarlo al administrador con
7 días de anticipación; quien le otorgara la solicitud respectiva.
3.- El horario establecido para el uso del área y de la parrilla es el siguiente:
. Lunes A Domingo: de 10:00 am. A 3:00 pm. Y 4:00 pm. A 9:00 pm.
4.- El propietario se hará responsable de entregar el área y la parrilla en óptimas condiciones, las
mismas que se establecerán en la solicitud entregada por el administrador.
5.- El Propietario que requiera utilizar la parrilla deberá dejar una garantía de S/ 50.00 soles, la cual
será devuelta siempre y cuando el área sea entregada en las mismas condiciones que lo recibe.
6.- Cada propietario deberá asumir los gastos de insumos del mismo (carbón).
7,- Esta prohibido el insumo de bebidas alcohólicas en el área de parrillas. Teniendo en consideración
que es una zona de esparcimiento para la familia.
8.- El comportamiento de los asistentes al área de reuniones deberá ser respetuosa, prudente y
responsable. Para ello, deberá tener en cuenta las normas establecidas en el reglamento de
convivencia del edificio. En caso de incumplimiento a las mismas el propietario que lo solicito asumirá
las sanciones establecidas en el mismo.
9.- Prohibido abandonar desperdicios o basuras en todo el recinto, debiendo utilizarse papeleras u
otros recipientes destinados para tal efecto.
13.- Los propietarios son los responsables de cualquier desperfecto que puedan producir en la
instalación si hacen un mal uso de la misma.
10. NORMAS DE USO DEL BILLAR
Para el buen uso del área de parrilla, es importante que el propietario tenga en cuenta las siguientes
normas:
1.-Se deberá respetar el siguiente horario:
De lunes a jueves de: 10:00 a 8:00 pm
De viernes a domingos de: 10:00 a 10:00 pm.
2.- Se deberá mantener un ruido moderado
3.- El propietario se hace responsable de entregar el área en las mismas condiciones que lo recibe,
debidamente limpio (sin manchar las paredes), de lo contrario asumirá los gastos que ocasione la
reparación y/o pintado del mismo.
4.- El propietario se comprometerá previa firma del libro de cargos a entregar la sala y/o accesorios tal
como se le entrego.
5.- El propietario podrá hacer uso del mismo con un máximo de 2 horas.
6.- El propietario que requiera hacer uso del ambiente deberá abonar una garantía de S/ 10.00 soles la
cual será devuelta, luego de verificar que el área este en las mismas condiciones que se le entregó.
7.- Prohibido abandonar desperdicios o basuras en todo el recinto.
8.- Los usuarios que hayan sido advertidos y reincidan en su conducta de no colaboración en el buen
funcionamiento de la instalación, podrán ser amonestados de acuerdo al reglamento interno, en
cualquier caso queda a criterio de la administración y Junta Directiva la resolución de cada caso.
8.- El comportamiento de los asistentes al área deberá ser respetuosa, prudente y responsable. Para
ello, deberá tener en cuenta las normas establecidas en el reglamento de convivencia del edificio. En
caso de incumplimiento a las mismas el propietario que lo solicito asumirá las sanciones establecidas
en el mismo.
13.- Los propietarios son los responsables de cualquier desperfecto que puedan producir en la
instalación si hacen un mal uso de la misma.
11. NORMAS DE USO DE SALA DE ESTIMULACION TEMPRANA
1.- La entrada a la sala, queda exclusivamente reservada a propietarios.
2.- No se permite la entrada de ningún tipo de animal doméstico, así como fumar en la instalación.
3. El horario de uso es de:
4.- Prohibido abandonar desperdicios o basuras en todo el recinto, debiendo utilizarse papeleras u
otros recipientes destinados a tal efecto.
5.- No se permite el ingreso de vidrios u otro material cortante que puedan ocasionar algún tipo de
accidente
6.-Por medidas de higiene no esta permitido comer en la salas de estimulación.
7.-El numero máximo para el uso de la sala es de:
8- No esta permitido fumar, comer o llevar bebidas. Los envases de cristal ya sean para uso higiénico o
de bebidas, están totalmente prohibidos.
9.- Será obligatorio en los niños, la presencia de un adulto.
10.- Es obligatorio ducharse antes de entrar en el agua o en la zona de playa, asimismo no se permitirá
el contacto con el agua de la piscina al usuario que se haya puesto algún tipo de maquillaje o grasa en
el cuerpo.
11.- No se permitirá el ingreso a ningún usuario que lleve algún tipo de herida o afección en la piel o en
la vista.
12.- Los usuarios son los responsables de cualquier desperfecto que puedan producir en la instalación
si hacen un mal uso de la misma.
13.- Solo pueden hacer uso de la sala de estimulación aquellos niños con edades entre…… y………..
14.- Será obligatorio en los niños, la presencia de un adulto
15.- A los usuarios que hayan sido advertidos y reincidan en su conducta de no colaboración en el
buen funcionamiento de la instalación, podrán ser amonestados recuerdo al reglamento interno, en
cualquier caso queda a criterio de la administración la resolución de cada caso.