SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 39
Orientadora Mayde Pérez Manzano UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005 2011
  UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005  FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN COLOMBIANA.  Ley General de Educación 115 de 1994, artículos 5, 11, 13, 21, 22, 30, 33.   CURRÍCULO Y PLAN DE ESTUDIOS  Ley General de Educación 115 de 1994, artículos 76, 77, 78 y 79   GOBIERNO ESCOLAR  Ley General de Educación 115 de 1994, artículos   142. 143, 144 y 145 .  Decreto 1860 – 1994.   EVALUACION.  Decreto 1290 Del 16 de Abril de 2009   NUEVO ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE  Decreto 1278 de 2002
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO En Colombia la educación se define como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, su dignidad, sus derechos y sus deberes.   En la Constitución Política se expresa que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura, que formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y que corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia, con el fin de velar por su calidad, el cumplimiento de sus fines y la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Educación Formal Educación para el trabajo y el desarrollo humano –antes educación no formal Educación informal
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación Informal:  Es todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.   Hacen parte de esta oferta educativa aquellos cursos que tengan una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su organización, oferta y desarrollo no requieren de registro por parte de la secretaría de educación de la entidad territorial certificada y solo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia.   Sin embargo la persona natural o jurídica que pretenda ofrecer cursos de educación informal, debe cumplir con los requisitos especiales establecidos por el respectivo municipio donde va a desarrollar el curso, según lo ordenado en el artículo 47 del Decreto 2150 de 1995.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano  (Ley 1064 de 2006- Decreto 4904 de 2009), (antes denominada educación no formal). Es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. Las instituciones que aspiren ofrecer el servicio educativo de educación para el trabajo y el desarrollo humano, deben obtener por parte de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas en educación la licencia de funcionamiento y el registro del programa o programas.   
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Los programas de formación laboral  tienen por objeto preparar a las personas en áreas específicas de los sectores productivos y desarrollar competencias laborales específicas relacionadas con las áreas de desempeño referidas en la Clasificación Nacional de Ocupaciones, que permitan ejercer una actividad productiva en forma individual o colectiva como emprendedor independiente o dependiente. Para ser registrado el programa debe tener una duración mínima de seiscientas (600) horas. Al menos el cincuenta por ciento de la duración del programa debe corresponder a formación práctica tanto para programas en la metodología presencial como a distancia.   Los programas de formación académica  tienen por objeto la adquisición de conocimientos y habilidades en los diversos temas de la ciencia, las matemáticas, la técnica, la tecnología, las humanidades, el arte, los idiomas, la recreación y el deporte, el desarrollo de actividades lúdicas, culturales, la preparación para la validación de los niveles, ciclos y grados propios de la educación formal básica y media y la preparación a las personas para impulsar procesos de autogestión, de participación, de formación democrática y en general de organización del trabajo comunitario e institucional. Para ser registrados, estos programas deben tener una duración mínima de ciento sesenta (160) horas
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO A la culminación de un programa registrado, las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano expedirán a la persona natural un Certificado de Aptitud Ocupacional que no es equivalente a un título.  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 90 de la Ley 115 de 1994, los certificados de aptitud ocupacional son los siguientes:   –  Certificado de Técnico Laboral por Competencias.  Se otorga a quien haya alcanzado satisfactoriamente las competencias establecidas en el programa de formación laboral.    –  Certificado de Conocimientos Académicos.  Se otorga a quien haya culminado satisfactoriamente un programa de formación académica debidamente registrado.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación Superior es entendida como un servicio público que puede ser ofrecido tanto por el Estado como por particulares, y se realiza con posterioridad a la educación media.  Se establece la autonomía universitaria, con la que el Estado otorga a las universidades el derecho a definir sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional.  Educación Formal EDUCACIÓN SUPERIOR  Ley 0030 de Diciembre 28 de 1992  Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO “ El país cuenta con un nuevo marco jurídico (Código de la infancia y la adolescencia. Ley 1098 de 2006), el cual marca un hito para la defensa y garantía de los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes. En este marco se reconoce por primera vez y de manera legal el derecho al desarrollo integral en la primera infancia (Artículo 29): "la primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años. Son derechos impostergables de la primera infancia: la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial". La atención, cuidado y educación a la primera infancia es concebida entonces como una estrategia efectiva para reducir la inequidad, ya que contribuye a disminuir las desventajas propias de los niños que viven en contextos de pobreza y ayuda a nivelar algunas diferencias económicas y sociales que se presentan en el país. Los aprendizajes significativos que se dan en los primeros años favorecen el desarrollo humano, el desarrollo sostenible, el logro de la paz y la estabilidad de las naciones.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR LEY 115 DE 1994 Artículo 17º.-  Grado obligatorio . El nivel de educación preescolar comprende, como mínimo, un (1) grado obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de edad. En los municipios donde la cobertura del nivel de educación preescolar no sea total, se generalizará el grado de preescolar en todas las instituciones educativas estatales que tengan primer grado de básica, en un plazo de cinco (5) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, sin perjuicio de los grados existentes en las instituciones educativas que ofrezcan más de un grado de preescolar.  LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1997 por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. “ La prestación del servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de tres (3) a cinco (5) años de edad y comprenderá tres (3) grados, así: 1.  Pre-jardín , dirigido a educandos de tres (3) años de edad. 2.  Jardín , dirigido a educandos de cuatro (4) años de edad. 3.  Transición , dirigido a educandos de cinco (5) años de edad y que corresponde al grado obligatorio constitucional. Los establecimientos educativos, estatales y privados, que a la fecha de expedición del presente decreto, utilicen denominaciones distintas, deberán ajustarse a lo dispuesto en este artículo. Parágrafo. La denominación grado cero que viene siendo utilizada en documentos técnicos oficiales, es equivalente a la de Grado de Transición, a que se refiere este artículo”. (Articulo 2°)
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA  PRIMARIA Enseñanza obligatoria .  En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media cumplir con: A "El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, será materializada en la creación de una asignatura de Urbanidad y Cívica, la cual deberá ser impartida en la educación preescolar, básica y media, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política". Dentro de la capacitación a que se refiere este literal, deberán impartirse nociones básicas sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales; b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo; c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política; d)  La Educación para la Justicia, la Paz, la Democracia, la Solidaridad, la Confraternidad, la Urbanidad, el Cooperativismo y en general la formación de los valores humanos, y e) La educación sexual y construcción de ciudadanía, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades   psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad . LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA  PRIMARIA Artículo    23º.-  Áreas obligatorias y fundamentales . Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional.  Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes: 1. Ciencias naturales y educación ambiental. 2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia. 3. Educación artística.  4. Educación ética y en valores humanos. 5. Educación física, recreación y deportes. 6. Educación religiosa.  7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas. 9. Tecnología e informática.  LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA  PRIMARIA Artículo    23º.-  Áreas obligatorias y fundamentales .  Parágrafo.- La educación religiosa se ofrecerá  en todos los establecimientos educativos , observando la garantía constitucional según la cual, en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibirla.  Artículo 24º.-  Educación Religiosa . Se garantiza el derecho a recibir educación religiosa;  los establecimientos educativos la establecerán  sin perjuicio de las garantías constitucionales de libertad de conciencia, libertad de cultos y el derecho de los padres de familia de escoger el tipo de educación para sus hijos menores, así como del precepto constitucional según el cual en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa.  En todo caso la educación religiosa se impartirá de acuerdo con lo establecido en la ley estatutaria que desarrolla el derecho de libertad religiosa y de cultos.  LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION  MEDIA Artículo 31º.-  Áreas fundamentales de la educación media académica.  Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía Parágrafo.- Aunque todas las áreas de la educación media académica son obligatorias y fundamentales, las instituciones educativas organizarán la programación de tal manera que los estudiantes puedan intensificar, entre otros, en ciencias naturales, ciencias sociales, humanidades, arte o lenguas extranjeras, de acuerdo con su vocación e intereses, como orientación a la carrera que vayan a escoger en la educación superior. LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION MEDIA LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Artículo 32º.-  Educación media técnica . La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior.  Estará dirigida a la formación calificada en especialidades tales como: agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria, informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia.  Las especialidades que ofrezcan los distintos establecimientos educativos, deben corresponder a las necesidades regionales. Parágrafo.- Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La educación de adultos es formal y se brinda a personas en extraedad que deseen suplir y completar su formación o validar sus estudios. Sus principios básicos son el desarrollo humano integral, la pertinencia, la participación y la flexibilidad. Se ofrece a las personas con edades de trece (13) años o más, que no han ingresado a ningún grado del ciclo de educación básica primaria o han cursado como máximo los tres primeros grados; a las personas con edades de quince (15) años o más que no han iniciado la básica secundaria y a las personas mayores de dieciocho (18) años que no han ingresado a la educación media. La educación para adultos se desarrolla por Ciclos Regulares o Ciclos Lectivos Especiales Integrados. Los  Ciclos Lectivos Especiales Integrados  son unidades curriculares estructuradas, equivalentes a determinados grados de la educación formal regular; constituidos por objetivos y contenidos pertinentes, debidamente seleccionados e integrados de manera secuencial para la consecución de los logros establecidos en el respectivo PEI.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación TÍTULO III Modalidades de atención educativa a poblaciones CAPÍTULO 2 Educación para adultos CAPÍTULO 3 Educación para grupos étnicos CAPÍTULO 4 Educación campesina y rural CAPÍTULO 5 Educación para la rehabilitación social CAPÍTULO 1 Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 3 6 6 de 09 de Febrero de 2009   Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la  educación inclusiva. La educación inclusiva da la posibilidad de acoger a todos los estudiantes, independientemente de sus características personales o culturales. Parte de la premisa según la cual todos pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca condiciones y provea experiencias de aprendizaje significativas; en otras palabras, que todos los niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos. MEN (2007) Desde la inclusión se considera que la diversidad está dentro de lo “normal” y el énfasis está en desarrollar una educación que valore y respete las diferencias derivadas de: género, raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje, entre otras, viéndolas como una oportunidad para optimizar el desarrollo personal y social, como medio para enriquecer los procesos educativos. (Escuela Hoy. Rosa Blanco G. Madrid.  2006).  PROGRAMA DE EDUCACIÓN INCLUSIVA CON CALIDAD  “CONSTRUYENDO CAPACIDAD INSTITUCIONAL  PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD” INDICE DE INCLUSION COLOMBIANO
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Currículo y plan de estudios  Artículo 76º.-   Concepto de currículo . Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudios, programas, metodología, y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional.  Artículo  77º.-   Autonomía escolar  Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la Ley, adoptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional Parágrafo.-  Las Secretarías de Educación departamentales o distritales o los organismos que hagan sus veces, serán las responsables de la asesoría para el diseño y desarrollo del currículo de las instituciones educativas estatales de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Artículo 78º.-   Regulación del currículo .  El Ministerio de Educación Nacional diseñará los lineamientos generales de los procesos curriculares y, en la educación formal establecerá los indicadores de logros para cada grado de los niveles educativos, tal como lo fija el artículo 148 de la   presente Ley . Los establecimientos educativos, de conformidad con las disposiciones vigentes y con su Proyecto Educativo Institucional, atendiendo los lineamientos a que se refiere el inciso primero de este artículo, establecerán su plan de estudios particular que determine los objetivos los niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración. Cuando haya cambios significativos en el currículo, el rector de la institución educativa oficial o privada lo presentará a la Secretaría de Educación Departamental o Distrital o a los organismos que hagan sus veces, para que ésta verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ley .  Artículo 79º.-  Plan de estudios .  El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. En la educación formal, dicho plan debe establecer los objetivos por niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y con las disposiciones legales vigentes.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO PREESCOLAR
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. El Gobierno escolar y la organización institucional Artículo 18º.-  Comunidad educativa.  Según lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, de desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa.  Se compone de los siguientes estamentos: 1. Los estudiantes que se han matriculado. 2. Los padres y madres, acudientes o en su derecho, los responsables de la educación de los alumnos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboren en la institución 4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Los egresados organizados para participar. Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el presente Decreto.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 19º.-  Ob1igatoriedad del Gobierno Escolar.  Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994. El   gobierno escolar en las instituciones estatales se regirá por las normas establecidas en la ley y en el presente Decreto Las instituciones educativas privadas, comunitarias, cooperativas, solidarias o sin ánimo de lucro establecerán en su reglamento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 65 de la   Constitución Política y en armonía con lo dispuesto para ellas en los   incisos 25 y 35 del artículo 142 de la Ley 115 de 1994, un gobierno escolar integrado al menos por los órganos definidos en el presente Decreto y con funciones que podrán ser las aquí previstas, sin perjuicio de incluir otros que consideren necesarios de acuerdo con un proyecto educativo institucional. También estas instituciones deberán acogerse a las fechas que para el efecto de la organización del gobierno escolar, se establecen en este capítulo. En caso contrario, la licencia de funcionamiento quedará suspendida.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 20º.-   Órganos del Gobierno Escolar.  El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales estarán constituidos por los siguientes órganos: 1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período. Parágrafo.-  En los establecimientos educativos no estatales, quien ejerza su representación legal será considerado como el Director Administrativo de la institución y tendrá autonomía respecto al Consejo Directivo, en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En estos casos el Director Administrativo podrá ser una persona natural distinta del Rector.
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-channel.html
GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO
Orientadora Mayde Pérez Manzano UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005 2011

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Estructura actual del sistema educativo chileno(power)
Estructura actual del sistema educativo chileno(power)Estructura actual del sistema educativo chileno(power)
Estructura actual del sistema educativo chileno(power)guest8f1a640
 
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacion
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacionCuadro sinoptico-ley-general-de-educacion
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacionRamon Caldera
 
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)MishellTandazo
 
Fundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoFundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoWilmer Alviarez
 
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...Jesús Rodolfo Andrade León
 
Sistema educativo venezolano
Sistema educativo venezolanoSistema educativo venezolano
Sistema educativo venezolanomartinezvictor667
 
MODERNIZACION EDUCATIVA
MODERNIZACION EDUCATIVAMODERNIZACION EDUCATIVA
MODERNIZACION EDUCATIVAguest561e155
 
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOBASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOfranklinguzman2015
 
Ley orgánica de Educación.
 Ley orgánica de Educación. Ley orgánica de Educación.
Ley orgánica de Educación.perezaguige
 
Ley general de educ. maestria
Ley general de educ. maestriaLey general de educ. maestria
Ley general de educ. maestriaLuna Azul
 
Estructura del Sistema Educativo Venezolano
Estructura del Sistema Educativo VenezolanoEstructura del Sistema Educativo Venezolano
Estructura del Sistema Educativo VenezolanoIng. Jesús Rodríguez
 
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derecho
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derechoLa legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derecho
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derechoKen Valmont
 
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo Venezolano
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo VenezolanoModalidades y Niveles del Sistema Educativo Venezolano
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo VenezolanoMaroslee Díaz
 
Ensayo de calidad educativa
Ensayo de calidad educativaEnsayo de calidad educativa
Ensayo de calidad educativaLaura Cruz
 
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANOSISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANOMCarorivero
 
Acuerdo nacional para la modernización de la educación
Acuerdo nacional para la modernización de la educaciónAcuerdo nacional para la modernización de la educación
Acuerdo nacional para la modernización de la educaciónLupis Guerrero
 
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021CARLOS MASSUH
 

Was ist angesagt? (20)

Estructura actual del sistema educativo chileno(power)
Estructura actual del sistema educativo chileno(power)Estructura actual del sistema educativo chileno(power)
Estructura actual del sistema educativo chileno(power)
 
Sistema educativo nacional
Sistema educativo nacionalSistema educativo nacional
Sistema educativo nacional
 
Federalismo Educativo
Federalismo EducativoFederalismo Educativo
Federalismo Educativo
 
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacion
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacionCuadro sinoptico-ley-general-de-educacion
Cuadro sinoptico-ley-general-de-educacion
 
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
 
Fundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoFundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolano
 
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EDUCATIVAS EN VENEZUELA ESTABLECIDAS PARA EL NIVEL PRI...
 
Ley Organica de Educación 2009
Ley Organica de Educación 2009Ley Organica de Educación 2009
Ley Organica de Educación 2009
 
Sistema educativo venezolano
Sistema educativo venezolanoSistema educativo venezolano
Sistema educativo venezolano
 
MODERNIZACION EDUCATIVA
MODERNIZACION EDUCATIVAMODERNIZACION EDUCATIVA
MODERNIZACION EDUCATIVA
 
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOBASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
 
Ley orgánica de Educación.
 Ley orgánica de Educación. Ley orgánica de Educación.
Ley orgánica de Educación.
 
Ley general de educ. maestria
Ley general de educ. maestriaLey general de educ. maestria
Ley general de educ. maestria
 
Estructura del Sistema Educativo Venezolano
Estructura del Sistema Educativo VenezolanoEstructura del Sistema Educativo Venezolano
Estructura del Sistema Educativo Venezolano
 
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derecho
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derechoLa legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derecho
La legislación educativa contribuye o no al conocimiento del derecho
 
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo Venezolano
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo VenezolanoModalidades y Niveles del Sistema Educativo Venezolano
Modalidades y Niveles del Sistema Educativo Venezolano
 
Ensayo de calidad educativa
Ensayo de calidad educativaEnsayo de calidad educativa
Ensayo de calidad educativa
 
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANOSISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO
SISTEMA EDUCATIVO BOLIVARIANO
 
Acuerdo nacional para la modernización de la educación
Acuerdo nacional para la modernización de la educaciónAcuerdo nacional para la modernización de la educación
Acuerdo nacional para la modernización de la educación
 
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021
OEI Y METAS ACADÉMICAS 2021
 

Andere mochten auch

Diapositivas estructura del sistema educativo
Diapositivas estructura del sistema educativoDiapositivas estructura del sistema educativo
Diapositivas estructura del sistema educativoComposicion Color
 
Estructura del sistema educativo en Colombia
Estructura del sistema educativo en ColombiaEstructura del sistema educativo en Colombia
Estructura del sistema educativo en ColombiaJorge Giraldo
 
Legislación educativa
Legislación educativaLegislación educativa
Legislación educativaPepe Lascano
 
Legislacion educativa exposicion
Legislacion educativa exposicionLegislacion educativa exposicion
Legislacion educativa exposicionMARIBEL POLANCO
 
COLOMBIA Y SUS REGIONES
COLOMBIA Y SUS REGIONESCOLOMBIA Y SUS REGIONES
COLOMBIA Y SUS REGIONESleanso
 
Modelo Pedagógico IE N°3 Maicao
Modelo Pedagógico IE N°3 MaicaoModelo Pedagógico IE N°3 Maicao
Modelo Pedagógico IE N°3 MaicaoOrlando Andrés
 
Comercio internacional en colombia normas que lo rigen
Comercio internacional en colombia normas que lo rigenComercio internacional en colombia normas que lo rigen
Comercio internacional en colombia normas que lo rigenManuel Bedoya D
 
Normativas normal de caldas
Normativas normal de caldasNormativas normal de caldas
Normativas normal de caldasJames Melenge
 
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laborales
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laboralesPedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laborales
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laboralesDr. Pedro Espino Vargas
 
Escuela preparatoria oficial n° 115 2
Escuela preparatoria oficial n° 115 2Escuela preparatoria oficial n° 115 2
Escuela preparatoria oficial n° 115 201051994
 
Historia de Educación Argentina - Final de Pedagogía
Historia de Educación Argentina - Final de PedagogíaHistoria de Educación Argentina - Final de Pedagogía
Historia de Educación Argentina - Final de Pedagogíarodrigoman_3
 

Andere mochten auch (20)

Diapositivas estructura del sistema educativo
Diapositivas estructura del sistema educativoDiapositivas estructura del sistema educativo
Diapositivas estructura del sistema educativo
 
Estructura del sistema educativo en Colombia
Estructura del sistema educativo en ColombiaEstructura del sistema educativo en Colombia
Estructura del sistema educativo en Colombia
 
Presentacion legislacion educativa nueva
Presentacion legislacion educativa nuevaPresentacion legislacion educativa nueva
Presentacion legislacion educativa nueva
 
Analisis ley 115
Analisis ley 115Analisis ley 115
Analisis ley 115
 
Legislación educativa
Legislación educativaLegislación educativa
Legislación educativa
 
Legislacion educativa exposicion
Legislacion educativa exposicionLegislacion educativa exposicion
Legislacion educativa exposicion
 
Pei1
Pei1Pei1
Pei1
 
COLOMBIA Y SUS REGIONES
COLOMBIA Y SUS REGIONESCOLOMBIA Y SUS REGIONES
COLOMBIA Y SUS REGIONES
 
Cuba ct 115 pasto
Cuba ct 115  pastoCuba ct 115  pasto
Cuba ct 115 pasto
 
Monereo
MonereoMonereo
Monereo
 
Modelo Pedagógico IE N°3 Maicao
Modelo Pedagógico IE N°3 MaicaoModelo Pedagógico IE N°3 Maicao
Modelo Pedagógico IE N°3 Maicao
 
Comercio internacional en colombia normas que lo rigen
Comercio internacional en colombia normas que lo rigenComercio internacional en colombia normas que lo rigen
Comercio internacional en colombia normas que lo rigen
 
Plan ed estudios
Plan ed estudiosPlan ed estudios
Plan ed estudios
 
Normativas normal de caldas
Normativas normal de caldasNormativas normal de caldas
Normativas normal de caldas
 
Didácticas sociales
Didácticas socialesDidácticas sociales
Didácticas sociales
 
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laborales
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laboralesPedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laborales
Pedro Espino Vargas - Sistema colombiano de competencias laborales
 
Escuela preparatoria oficial n° 115 2
Escuela preparatoria oficial n° 115 2Escuela preparatoria oficial n° 115 2
Escuela preparatoria oficial n° 115 2
 
Norma ntc 5555
Norma ntc 5555Norma ntc 5555
Norma ntc 5555
 
Historia de Educación Argentina - Final de Pedagogía
Historia de Educación Argentina - Final de PedagogíaHistoria de Educación Argentina - Final de Pedagogía
Historia de Educación Argentina - Final de Pedagogía
 
Solucion de casos cerrados
Solucion de casos cerradosSolucion de casos cerrados
Solucion de casos cerrados
 

Ähnlich wie Seminario legislacion educativa blog

DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdf
DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdfDA1-Sistema Educativo Colombiano.pdf
DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdfmariorocko740807
 
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaInforme nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaLorenaGuaquespud
 
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaInforme nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaLorenaGuaquespud
 
La ley 115 de 1994 relatoría
La ley 115 de 1994 relatoríaLa ley 115 de 1994 relatoría
La ley 115 de 1994 relatoríaShirley Flórez
 
Marco referencial final
Marco referencial finalMarco referencial final
Marco referencial finalJenny Acosta
 
Proyecto de ley provincial de educación de mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de mendozaProyecto de ley provincial de educación de mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de mendozaCens San Martin
 
Marco Referencial
Marco Referencial Marco Referencial
Marco Referencial Jenny Acosta
 
3 b manual convivencia comfandi
3 b manual convivencia comfandi3 b manual convivencia comfandi
3 b manual convivencia comfandisistemasena
 
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptx
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptxOrganización del Sistema Educativo Venezolano.pptx
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptxLuisFernandoPenaloza
 
Proyecto de ley provincial de educación de Mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de MendozaProyecto de ley provincial de educación de Mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de MendozaCens San Martin
 
Actividades de aprendizaje
Actividades de aprendizajeActividades de aprendizaje
Actividades de aprendizajeyesicasb
 
Leyes de la educación en colombia
Leyes de la educación en colombiaLeyes de la educación en colombia
Leyes de la educación en colombiaUPTC
 
Sistema educativo venezolano... (normary torres)
Sistema educativo venezolano... (normary torres)Sistema educativo venezolano... (normary torres)
Sistema educativo venezolano... (normary torres)NormaryTorres
 
Sistema De Educacion
Sistema De EducacionSistema De Educacion
Sistema De EducacionMRDIXON
 
Manual de práctica
Manual de práctica Manual de práctica
Manual de práctica Hernando Toro
 
Modelo educativo venezolano
Modelo educativo venezolanoModelo educativo venezolano
Modelo educativo venezolanofranklingcorra
 
Ensayo de metodologia 1
Ensayo de metodologia 1Ensayo de metodologia 1
Ensayo de metodologia 1eduardo-47
 

Ähnlich wie Seminario legislacion educativa blog (20)

DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdf
DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdfDA1-Sistema Educativo Colombiano.pdf
DA1-Sistema Educativo Colombiano.pdf
 
Marco referencial
Marco referencialMarco referencial
Marco referencial
 
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaInforme nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
 
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombiaInforme nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
Informe nacional sobre el desarrollo de la educacion en colombia
 
La ley 115 de 1994 relatoría
La ley 115 de 1994 relatoríaLa ley 115 de 1994 relatoría
La ley 115 de 1994 relatoría
 
Marco referencial final
Marco referencial finalMarco referencial final
Marco referencial final
 
Proyecto de ley provincial de educación de mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de mendozaProyecto de ley provincial de educación de mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de mendoza
 
Marco Referencial
Marco Referencial Marco Referencial
Marco Referencial
 
Leyes
LeyesLeyes
Leyes
 
3 b manual convivencia comfandi
3 b manual convivencia comfandi3 b manual convivencia comfandi
3 b manual convivencia comfandi
 
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptx
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptxOrganización del Sistema Educativo Venezolano.pptx
Organización del Sistema Educativo Venezolano.pptx
 
Proyecto de ley provincial de educación de Mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de MendozaProyecto de ley provincial de educación de Mendoza
Proyecto de ley provincial de educación de Mendoza
 
Actividades de aprendizaje
Actividades de aprendizajeActividades de aprendizaje
Actividades de aprendizaje
 
Leyes de la educación en colombia
Leyes de la educación en colombiaLeyes de la educación en colombia
Leyes de la educación en colombia
 
Sistema educativo venezolano... (normary torres)
Sistema educativo venezolano... (normary torres)Sistema educativo venezolano... (normary torres)
Sistema educativo venezolano... (normary torres)
 
Sistema De Educacion
Sistema De EducacionSistema De Educacion
Sistema De Educacion
 
Manual de práctica
Manual de práctica Manual de práctica
Manual de práctica
 
Modelo educativo venezolano
Modelo educativo venezolanoModelo educativo venezolano
Modelo educativo venezolano
 
INSTITUCION EDUCATIVA
INSTITUCION EDUCATIVAINSTITUCION EDUCATIVA
INSTITUCION EDUCATIVA
 
Ensayo de metodologia 1
Ensayo de metodologia 1Ensayo de metodologia 1
Ensayo de metodologia 1
 

Kürzlich hochgeladen

ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOBRIGIDATELLOLEONARDO
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptxRigoTito
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfMercedes Gonzalez
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdfMiNeyi1
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdfValeriaCorrea29
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfPaolaRopero2
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioELIASAURELIOCHAVEZCA1
 
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfUPTAIDELTACHIRA
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICAÁngel Encinas
 

Kürzlich hochgeladen (20)

ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 

Seminario legislacion educativa blog

  • 1. Orientadora Mayde Pérez Manzano UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005 2011
  • 2.   UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005 FINES Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN COLOMBIANA. Ley General de Educación 115 de 1994, artículos 5, 11, 13, 21, 22, 30, 33.   CURRÍCULO Y PLAN DE ESTUDIOS Ley General de Educación 115 de 1994, artículos 76, 77, 78 y 79   GOBIERNO ESCOLAR Ley General de Educación 115 de 1994, artículos 142. 143, 144 y 145 . Decreto 1860 – 1994.   EVALUACION. Decreto 1290 Del 16 de Abril de 2009   NUEVO ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE Decreto 1278 de 2002
  • 3. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO En Colombia la educación se define como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, su dignidad, sus derechos y sus deberes.   En la Constitución Política se expresa que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura, que formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y que corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia, con el fin de velar por su calidad, el cumplimiento de sus fines y la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.
  • 4.
  • 5. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Educación Formal Educación para el trabajo y el desarrollo humano –antes educación no formal Educación informal
  • 6. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación Informal: Es todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.   Hacen parte de esta oferta educativa aquellos cursos que tengan una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su organización, oferta y desarrollo no requieren de registro por parte de la secretaría de educación de la entidad territorial certificada y solo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia.   Sin embargo la persona natural o jurídica que pretenda ofrecer cursos de educación informal, debe cumplir con los requisitos especiales establecidos por el respectivo municipio donde va a desarrollar el curso, según lo ordenado en el artículo 47 del Decreto 2150 de 1995.
  • 7. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (Ley 1064 de 2006- Decreto 4904 de 2009), (antes denominada educación no formal). Es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. Las instituciones que aspiren ofrecer el servicio educativo de educación para el trabajo y el desarrollo humano, deben obtener por parte de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas en educación la licencia de funcionamiento y el registro del programa o programas.  
  • 8. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Los programas de formación laboral tienen por objeto preparar a las personas en áreas específicas de los sectores productivos y desarrollar competencias laborales específicas relacionadas con las áreas de desempeño referidas en la Clasificación Nacional de Ocupaciones, que permitan ejercer una actividad productiva en forma individual o colectiva como emprendedor independiente o dependiente. Para ser registrado el programa debe tener una duración mínima de seiscientas (600) horas. Al menos el cincuenta por ciento de la duración del programa debe corresponder a formación práctica tanto para programas en la metodología presencial como a distancia.   Los programas de formación académica tienen por objeto la adquisición de conocimientos y habilidades en los diversos temas de la ciencia, las matemáticas, la técnica, la tecnología, las humanidades, el arte, los idiomas, la recreación y el deporte, el desarrollo de actividades lúdicas, culturales, la preparación para la validación de los niveles, ciclos y grados propios de la educación formal básica y media y la preparación a las personas para impulsar procesos de autogestión, de participación, de formación democrática y en general de organización del trabajo comunitario e institucional. Para ser registrados, estos programas deben tener una duración mínima de ciento sesenta (160) horas
  • 9. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO A la culminación de un programa registrado, las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano expedirán a la persona natural un Certificado de Aptitud Ocupacional que no es equivalente a un título. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 90 de la Ley 115 de 1994, los certificados de aptitud ocupacional son los siguientes:   – Certificado de Técnico Laboral por Competencias. Se otorga a quien haya alcanzado satisfactoriamente las competencias establecidas en el programa de formación laboral.   – Certificado de Conocimientos Académicos. Se otorga a quien haya culminado satisfactoriamente un programa de formación académica debidamente registrado.
  • 10. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La Educación Superior es entendida como un servicio público que puede ser ofrecido tanto por el Estado como por particulares, y se realiza con posterioridad a la educación media. Se establece la autonomía universitaria, con la que el Estado otorga a las universidades el derecho a definir sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. Educación Formal EDUCACIÓN SUPERIOR Ley 0030 de Diciembre 28 de 1992 Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior
  • 11.
  • 12. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO “ El país cuenta con un nuevo marco jurídico (Código de la infancia y la adolescencia. Ley 1098 de 2006), el cual marca un hito para la defensa y garantía de los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes. En este marco se reconoce por primera vez y de manera legal el derecho al desarrollo integral en la primera infancia (Artículo 29): "la primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años. Son derechos impostergables de la primera infancia: la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial". La atención, cuidado y educación a la primera infancia es concebida entonces como una estrategia efectiva para reducir la inequidad, ya que contribuye a disminuir las desventajas propias de los niños que viven en contextos de pobreza y ayuda a nivelar algunas diferencias económicas y sociales que se presentan en el país. Los aprendizajes significativos que se dan en los primeros años favorecen el desarrollo humano, el desarrollo sostenible, el logro de la paz y la estabilidad de las naciones.
  • 13. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO
  • 14. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR
  • 15. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR LEY 115 DE 1994 Artículo 17º.- Grado obligatorio . El nivel de educación preescolar comprende, como mínimo, un (1) grado obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de edad. En los municipios donde la cobertura del nivel de educación preescolar no sea total, se generalizará el grado de preescolar en todas las instituciones educativas estatales que tengan primer grado de básica, en un plazo de cinco (5) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, sin perjuicio de los grados existentes en las instituciones educativas que ofrezcan más de un grado de preescolar. LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 16. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION PREESCOLAR Decreto 2247 de Septiembre 11 de 1997 por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. “ La prestación del servicio público educativo del nivel preescolar se ofrecerá a los educandos de tres (3) a cinco (5) años de edad y comprenderá tres (3) grados, así: 1. Pre-jardín , dirigido a educandos de tres (3) años de edad. 2. Jardín , dirigido a educandos de cuatro (4) años de edad. 3. Transición , dirigido a educandos de cinco (5) años de edad y que corresponde al grado obligatorio constitucional. Los establecimientos educativos, estatales y privados, que a la fecha de expedición del presente decreto, utilicen denominaciones distintas, deberán ajustarse a lo dispuesto en este artículo. Parágrafo. La denominación grado cero que viene siendo utilizada en documentos técnicos oficiales, es equivalente a la de Grado de Transición, a que se refiere este artículo”. (Articulo 2°)
  • 17. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA PRIMARIA Enseñanza obligatoria . En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media cumplir con: A "El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, será materializada en la creación de una asignatura de Urbanidad y Cívica, la cual deberá ser impartida en la educación preescolar, básica y media, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política". Dentro de la capacitación a que se refiere este literal, deberán impartirse nociones básicas sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales; b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo; c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política; d) La Educación para la Justicia, la Paz, la Democracia, la Solidaridad, la Confraternidad, la Urbanidad, el Cooperativismo y en general la formación de los valores humanos, y e) La educación sexual y construcción de ciudadanía, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad . LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 18. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA PRIMARIA Artículo    23º.- Áreas obligatorias y fundamentales . Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional. Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes: 1. Ciencias naturales y educación ambiental. 2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia. 3. Educación artística.  4. Educación ética y en valores humanos. 5. Educación física, recreación y deportes. 6. Educación religiosa. 7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas. 9. Tecnología e informática. LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 19. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION BASICA PRIMARIA Artículo    23º.- Áreas obligatorias y fundamentales . Parágrafo.- La educación religiosa se ofrecerá en todos los establecimientos educativos , observando la garantía constitucional según la cual, en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibirla. Artículo 24º.- Educación Religiosa . Se garantiza el derecho a recibir educación religiosa; los establecimientos educativos la establecerán sin perjuicio de las garantías constitucionales de libertad de conciencia, libertad de cultos y el derecho de los padres de familia de escoger el tipo de educación para sus hijos menores, así como del precepto constitucional según el cual en los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa. En todo caso la educación religiosa se impartirá de acuerdo con lo establecido en la ley estatutaria que desarrolla el derecho de libertad religiosa y de cultos. LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 20. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION MEDIA Artículo 31º.- Áreas fundamentales de la educación media académica. Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía Parágrafo.- Aunque todas las áreas de la educación media académica son obligatorias y fundamentales, las instituciones educativas organizarán la programación de tal manera que los estudiantes puedan intensificar, entre otros, en ciencias naturales, ciencias sociales, humanidades, arte o lenguas extranjeras, de acuerdo con su vocación e intereses, como orientación a la carrera que vayan a escoger en la educación superior. LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 21. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO NIVEL DE EDUCACION MEDIA LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Artículo 32º.- Educación media técnica . La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior. Estará dirigida a la formación calificada en especialidades tales como: agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria, informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. Las especialidades que ofrezcan los distintos establecimientos educativos, deben corresponder a las necesidades regionales. Parágrafo.- Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo.
  • 22. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO La educación de adultos es formal y se brinda a personas en extraedad que deseen suplir y completar su formación o validar sus estudios. Sus principios básicos son el desarrollo humano integral, la pertinencia, la participación y la flexibilidad. Se ofrece a las personas con edades de trece (13) años o más, que no han ingresado a ningún grado del ciclo de educación básica primaria o han cursado como máximo los tres primeros grados; a las personas con edades de quince (15) años o más que no han iniciado la básica secundaria y a las personas mayores de dieciocho (18) años que no han ingresado a la educación media. La educación para adultos se desarrolla por Ciclos Regulares o Ciclos Lectivos Especiales Integrados. Los Ciclos Lectivos Especiales Integrados son unidades curriculares estructuradas, equivalentes a determinados grados de la educación formal regular; constituidos por objetivos y contenidos pertinentes, debidamente seleccionados e integrados de manera secuencial para la consecución de los logros establecidos en el respectivo PEI.
  • 23.
  • 24. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación TÍTULO III Modalidades de atención educativa a poblaciones CAPÍTULO 2 Educación para adultos CAPÍTULO 3 Educación para grupos étnicos CAPÍTULO 4 Educación campesina y rural CAPÍTULO 5 Educación para la rehabilitación social CAPÍTULO 1 Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales
  • 25. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 3 6 6 de 09 de Febrero de 2009 Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. La educación inclusiva da la posibilidad de acoger a todos los estudiantes, independientemente de sus características personales o culturales. Parte de la premisa según la cual todos pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca condiciones y provea experiencias de aprendizaje significativas; en otras palabras, que todos los niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos. MEN (2007) Desde la inclusión se considera que la diversidad está dentro de lo “normal” y el énfasis está en desarrollar una educación que valore y respete las diferencias derivadas de: género, raza, religión, cultura, posibilidades de aprendizaje, entre otras, viéndolas como una oportunidad para optimizar el desarrollo personal y social, como medio para enriquecer los procesos educativos. (Escuela Hoy. Rosa Blanco G. Madrid. 2006). PROGRAMA DE EDUCACIÓN INCLUSIVA CON CALIDAD “CONSTRUYENDO CAPACIDAD INSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD” INDICE DE INCLUSION COLOMBIANO
  • 26. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Currículo y plan de estudios Artículo 76º.- Concepto de currículo . Currículo es el conjunto de criterios, planes de estudios, programas, metodología, y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el proyecto educativo institucional. Artículo  77º.- Autonomía escolar Dentro de los límites fijados por la presente ley y el proyecto educativo institucional, las instituciones de educación formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la Ley, adoptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional Parágrafo.- Las Secretarías de Educación departamentales o distritales o los organismos que hagan sus veces, serán las responsables de la asesoría para el diseño y desarrollo del currículo de las instituciones educativas estatales de su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.
  • 27. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación Artículo 78º.- Regulación del currículo . El Ministerio de Educación Nacional diseñará los lineamientos generales de los procesos curriculares y, en la educación formal establecerá los indicadores de logros para cada grado de los niveles educativos, tal como lo fija el artículo 148 de la presente Ley . Los establecimientos educativos, de conformidad con las disposiciones vigentes y con su Proyecto Educativo Institucional, atendiendo los lineamientos a que se refiere el inciso primero de este artículo, establecerán su plan de estudios particular que determine los objetivos los niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración. Cuando haya cambios significativos en el currículo, el rector de la institución educativa oficial o privada lo presentará a la Secretaría de Educación Departamental o Distrital o a los organismos que hagan sus veces, para que ésta verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ley . Artículo 79º.- Plan de estudios . El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos. En la educación formal, dicho plan debe establecer los objetivos por niveles, grados y áreas, la metodología, la distribución del tiempo y los criterios de evaluación y administración, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y con las disposiciones legales vigentes.
  • 28. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO PREESCOLAR
  • 29. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO LEY 115 DE 1994 (febrero 8) por la cual se expide la Ley General de Educación
  • 30. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. El Gobierno escolar y la organización institucional Artículo 18º.- Comunidad educativa. Según lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, de desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. Se compone de los siguientes estamentos: 1. Los estudiantes que se han matriculado. 2. Los padres y madres, acudientes o en su derecho, los responsables de la educación de los alumnos matriculados. 3. Los docentes vinculados que laboren en la institución 4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo. 5. Los egresados organizados para participar. Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el presente Decreto.
  • 31. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 19º.- Ob1igatoriedad del Gobierno Escolar. Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994. El gobierno escolar en las instituciones estatales se regirá por las normas establecidas en la ley y en el presente Decreto Las instituciones educativas privadas, comunitarias, cooperativas, solidarias o sin ánimo de lucro establecerán en su reglamento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 65 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto para ellas en los incisos 25 y 35 del artículo 142 de la Ley 115 de 1994, un gobierno escolar integrado al menos por los órganos definidos en el presente Decreto y con funciones que podrán ser las aquí previstas, sin perjuicio de incluir otros que consideren necesarios de acuerdo con un proyecto educativo institucional. También estas instituciones deberán acogerse a las fechas que para el efecto de la organización del gobierno escolar, se establecen en este capítulo. En caso contrario, la licencia de funcionamiento quedará suspendida.
  • 32. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Artículo 20º.- Órganos del Gobierno Escolar. El Gobierno Escolar en los establecimientos educativos estatales estarán constituidos por los siguientes órganos: 1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período. Parágrafo.- En los establecimientos educativos no estatales, quien ejerza su representación legal será considerado como el Director Administrativo de la institución y tendrá autonomía respecto al Consejo Directivo, en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En estos casos el Director Administrativo podrá ser una persona natural distinta del Rector.
  • 33. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
  • 34. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
  • 35. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
  • 36. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO Decreto 1290 de Abril 16 de 2009 "Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media."
  • 37. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3-channel.html
  • 38. GENERALIDADES DEL SISTEMA EDUCATIVO COLOMBIANO
  • 39. Orientadora Mayde Pérez Manzano UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI FACULTAD DE EDUCACIÓN PROGRAMA ESPECIAL DE PEDAGOGÍA DECRETO 2035 DE 2005 2011