1. RESPONSABILIDAD JURÍDICA DEL
PROFESIONAL DE ENFERMERÍA
• LIC. ENF GIOVANNA FIGUEROA CASTILLO
• DIPLOMADO EN ENFERMERIA PERICIAL
ASOSIACION DE PROFESIONALES EN
ENFERMERIA DEL ESTADO DE MORELOS
A.C.
2. Artículo 79.- Para el ejercicio de
actividades profesionales en el
campo de la medicina,
odontología, enfermería y las
demás que establezcan otras
disposiciones legales aplicables,
se requiere:
De títulos profesionales o
certificados de especialización
hayan sido legalmente expedidos
y registrados por las autoridades
educativas competentes.
Ley General de Profesiones
3. Es la realización habitual a
titulo oneroso o gratuito de todo
acto o prestación de cualquier
servicio propio de cada
profesión, incluyendo los
servicios de consultoría y /o
asesoría.
Ejercicio Profesional
4. Ejercicio Profesional
En el ejercicio de Enfermería, el que
comete una falta, infracción o hecho ilícito,
está obligado a responder en diversos
aspectos.
Moralmente, ya que es la conciencia ante
la que cada individuo debe rendir cuenta
de sus propias conductas y actos.
Socialmente las personas estamos
obligadas a responder ante los demás
por nuestra actuación; todo lo que
hacemos necesariamente tiene
implicaciones en nuestro entorno.
5. Es por ello fundamental que
todo prestador de servicios de
salud deba tener presente, que
su desempeño en la atención de
los pacientes debe estar basado
en la lex artis.
Es decir, los principios científicos
vigentes y actuales de la
Enfermería, los preceptos éticos
de la profesión y el marco
legal vigente que aplica a la
profesión
Ejercicio Profesional
6. CARACTERÍSTICAS
PROFESIONALES DE LAS
ENFERMERAS
• Intervención directa sobre las
personas.
• Profesión de riesgo
• Cuidados y vigilancia del
paciente.
• Cumplimiento de indicaciones
facultativas.
• Competencias directas sobre
algunos procedimientos
sanitarios: prevención,
curación y rehabilitación;
promoción y educación para
la salud.
7. CARACTERÍSTICAS
PROFESIONALES DE LAS
ENFERMERAS
• Manejo de historias clínicas y
datos confidenciales
• Especialidades :Medicina de
familia, , salud publica,
pediatría, cuidados intensivos,
quirúrgica, salud menta,
geriatría...
• Profesión Humanística
8. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
PERSONAL DE ENFERMERÍA
• Ejercer la Enfermería con libertad, sin
presiones de cualquier naturaleza y en
igualdad de condiciones interprofesionales.
• Desempeñar sus intervenciones en un
entorno que garantice la seguridad e
integridad personal y profesional.
• Contar con los recursos necesarios que le
permitan el óptimo desempeño de sus
funciones.
9. DERECHOS Y OBLIGACIONES
DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA
• Abstenerse de proporcionar información
que sobrepase su competencia
profesional y laboral.
• Recibir trato digno por parte de
pacientes y sus familiares, así como del
personal relacionado con su trabajo,
independientemente del nivel jerárquico.
• Tener acceso a diferentes alternativas
de desarrollo profesional en igualdad de
oportunidades que los demás
profesionales de la salud.
10. DERECHOS Y OBLIGACIONES
DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA
• Tener acceso a las actividades de
gestión, docencia e investigación de
acuerdo a sus competencias, en igualdad
de oportunidades interprofesionales.
• Asociarse libremente para impulsar,
fortalecer y salvaguardar sus intereses
profesionales.
• Acceder a posiciones de toma de
decisión de acuerdo a sus competencias, en
igualdad de condiciones que otros
Profesionistas
11. DERECHOS Y OBLIGACIONES
DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA
• Percibir remuneración por los
servicios profesionales prestados.
12. BASES LEGALES
• Ley General de salud.
• Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos .
• Ley Federal del Trabajo.
• Contrato colectivo de trabajo.
• Ley General de Profesiones.
13. CONSTITUCIÓN POLÍTICA
• Articulo 4°.-Toda persona tiene
derecho a la protección de la
salud.
• La ley definirá las bases y
modalidades para el acceso a
los servicios de salud y
establecerá la concurrencia .
14. BASES LEGALES
• el artículo 2615 del Código Civil A saber que
el que preste servicios profesionales es
responsable por negligencia impericia o
dolo,
• Y en el artículo 35 de la Ley Reglamentaria
al Ejercicio de las
• Profesiones , dispone:
• Si el laudo arbitral fueren adverso al
profesionista, no tendrá derecho a cobrar
honorarios y deberá además, indemnizar
por los daños
15. BASES LEGALES
• Artículo 288:Del Código Penal
Bajo el nombre de lesión, se
comprende no solamente las
heridas, escoriaciones, contusiones,
fracturas,dislocaciones,quemaduras,
sino toda alteración en la salud y
cualquier otro daño que deja huella
Material en el cuerpo humano, si esos
efectos son producidos por una
causa externa
17. • Las enfermeras dentro
del Sector Salud somos
departamento sustancial.
• Bajo su responsabilidad se
encuentra la vida de los
individuos (derecho
constitucional ) que exige;
ser atendida por un
personal capacitado y
actualizado (conocimiento
científico, tecnológico y legal).
Responsabilidad Jurídica del Profesional de
enfermería
18. ¿POR QUÉ SE ES RESPONSABLE DE
UN DAÑO?
• Por no adecuar la práctica
profesional a la lex artis de la
profesión ( impericia)
• Por desempeñar una actividad de
riesgo y nuestro actuar tenga
resultado de daño.
• Por no actuar (omisión) con o sin
resultado de daño.
• Por actuar con imprudencia o
negligencia
19. DENUNCIAS MÁS
FRECUENTES
• Lesiones al feto o recién nacido
(sufrimiento feto-neonatal)
• Lesiones de nervios mediano o
ciático por mala técnica de
extracción de sangre o inyectable
en nalga.
• Cuerpos extraños en un paciente
tras una intervención quirúrgica.
• Cambios o errores en medicación
20. PROBLEMAS QUE NOS
ENFRENTAMOS DE MANERA MÁS
FRECUENTE
1. En la aplicación de
medicamentos.
2. En el trato directo al
usuario.
3. En la seguridad del
paciente.
4. En la falta de orientación
en todos los aspectos al
usuario.
21. IMPLICACIONES LEGALES
• Aplicación de medicamentos
• Fundamento: Ley General
de Salud art. 240
“Sólo podrán prescribir medicamentos
I. Los médicos;
Siempre que tengan Título registrado
por autoridad educativa competentes
y que cumplan con las condiciones
que señala esta Ley.
22. IMPLICACIONES LEGALES
• Al administrarse un medicamento
por orden verbal, se incurre en la
desviación del Artículo 226 de la
Ley General de Salud.
• Al administrar un medicamento
debe cuidarse la «regla de oro» y
nunca olvidar el registro del
fármaco, su respuesta y evolución
en la hoja de registros clínicos
23. IMPLICACIONES LEGALES
• Trato digno al usuario
• Fundamento: Ley General
de Salud art. 51
“Los usuarios tendrán
derecho a obtener servicios
de salud oportunos y de
calidad, de recibir atención
profesional y éticamente
responsable, así como trato
respetuoso y digno de los
profesionales salud”.
24. IMPLICACIONES LEGALES
• Trato digno al usuario
• Oportunidad: Brindar atención en el momento
que se solicita.
• Calidad: capacidad de satisfacer necesidades
de los usuarios.
• Amabilidad: La amabilidad es la manera más
sencilla, delicada y tierna de hacer realidad un
amor maduro y universal, libre de exclusivismos.
Una persona amable es aquella que escucha con una sonrisa
lo que ya sabe, de labios de alguien que no lo sabe.
25. IMPLICACIONES LEGALES
• Seguridad del paciente
La enfermera juega un papel muy importante en
la seguridad del paciente, ya que es la
proveedora de cuidados generales y específicos,
y tiene que asegurar la protección del enfermo en
todos los aspectos.
26. IMPLICACIONES LEGALES
• Derecho a la información
Fundamento: Ley General de Salud art. 54
Qué es el derecho a la información?
Es la garantía fundamental que tiene toda persona para
obtener información, informar y ser informada.
27. IMPLICACIONES LEGALES
• Derecho a la información
“Las autoridades sanitarias competentes y las
propias instituciones de salud, establecerán
procedimientos de orientación u asesoría a los
usuarios o solicitantes para que presenten sus
quejas, reclamaciones o sugerencias respecto
de la prestación de los servicios de salud y en
relación a la falta de probidad, en su caso, de
los servidores públicos”
28. IMPLICACIONES LEGALES
• Negarse a otorgar atención
Infringe: articulo 469 de la Ley General de Salud
Al profesional técnico o auxiliar de la atención médica que sin
causa justificada se niegue a prestar asistencia a una persona,
en caso de notoria urgencia, poniendo en peligro su vida, se le
impondrá de seis meses a cinco años de prisión y multa de 5
A 25 días de salario mínimo general vigente en la zona
económica de que se trate y suspensión para ejercer la profesión
hasta por dos años.
C.P. art. 3: “para que la acción u omisión sean consideradas delictuosas se requiere que lesionen o
pongan en peligro, injustamente, un bien jurídico tutelado por la ley
C.P. art 15 : “las acciones u omisiones delictivas solo pueden causarse dolosa o culposamente ”
29. IMPLICACIONES LEGALES
• Si se produjere daño por la falta de intervención,
podrá imponerse además, suspensión definitiva para el
ejercicio profesional, a juicio de la autoridad judicial.
30. IMPLICACIONES LEGALES
• Realizar su trabajo con negligencia por falta de
conocimiento
Fundamento: Código Penal Art. 6
El desconocimiento( manejo de algún aparato, algún
medicamento o alguna patología) no lo exime de su
responsabilidad y, en este caso, podría incurrir en delito
culposo:
“Es delito culposo cuando se comete sin dolo,
pero por imprudencia o negligencia”.
31. IMPLICACIONES LEGALES
• Realizar su trabajo con negligencia por falta de
conocimiento
Fundamento: Código Penal Art. 48
“Los delitos culposos se sancionarán con prisión de
tres días a ocho años y suspensión hasta por dos
años para ejercer profesión u oficio, en su caso
inhabilitación hasta por tres años”.
32. IMPLICACIONES LEGALES
• El omitir o hacer de forma incompleta la
hoja de registros clínicos de enfermería.
Fundamento: Norma Oficial Mexicana 168
• Todas las actividades de enfermería que se
realicen en el cliente se deben registran en las
notas de enfermería, ya que es un documento
legal, en donde se pone de manifiesto los
procedimientos realizados al cliente referentes a
su tratamiento con letra clara y visible sin omitir
detalle alguno por insignificante que éste sea.
33. IMPLICACIONES LEGALES
Causas de recisión de contrato
• El contestar alguna agresión (verbal o física) por parte
del paciente, su familiar, compañeros de trabajo o de
su jefe inmediato o mediato. (quebranta el concepto
de amabilidad)
Fundamento:
Ley Federal del Trabajo Art. 47
34. IMPLICACIONES LEGALES
• Rescisión de Contrato
“Que el trabajador incurra durante sus labores,
en faltas de probidad u honradez, en actos de
violencia, amagos, injurias o malos tratos en
contra del patrón, sus familiares o del personal
directivo o administrativo de la empresa o
establecimiento,salvo que medie provocación
o que obre en defensa propia.”
35. “Las cosas valiosas, no se pueden ver ni tocar, son las que
podemos sentir con el corazón”.