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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA
CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO
TEMA:
ARTICULO DE INVESTIGACION
ASIGNATURA: TALLER DE DERECHOS HUMANOS
DOCENTE: Clorinda Pozo Roldan
ESTUDIANTES:
 ARMUTO VELASCO, Bryan Jawy
 GUEVARA PAZ, Gianella
 LUNA HUMPIRE, Wendy Gianella
 MENDOZA PEÑA, Fabricio
CUSCO – PERU
2020
" WORK IN TIMES OF COVID "
“EL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID”
Bryan Jawy Armuto Velasco
Wendy Gianella Luna Humpire
Gianella Guevara Paz
Fabricio Mendoza Peña
Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Andina del Cusco
RESUMEN:
La situación global de crisis humanitaria provocada
por el Covid-19 tiene unas proporciones
descomunales.
La actual crisis humanitaria supone un auténtico
colapso de nuestro sistema de relaciones
económicas, laborales y sociales. Sin duda, se trata
de una situación que trasciende el ámbito
puramente económico.
El presente trabajo de investigación analiza el
contexto global generado por la crisis del Covid-19,
teniendo en cuenta sus efectos en mundo del trabajo
y sus principales retos desde la perspectiva de la
Seguridad Social.
En este sentido, se prestará especial atención a las
principales medidas laborales y de protección social
adoptadas internacionalmente.
PALABRAS CLAVE:
Covid-19, pandemia global, crisis económica,
relaciones laborales, protección social
ABSTRACT:
The global context of humanitarian crisis, caused
by Covid-19, has enormous proportions.
The current humanitarian crisis represents a true
collapse of our system of economic, labor and
social protection relations. Indeed, it is a situation
that transcends the purely economic sphere.
This research analyzes the global context
generated by the Covid-19 crisis, considering its
effects in the world of work and its main
challenges from the perspective of Social Security.
In this sense, special attention will be paid to the
main labor and social protection measures adopted
internationally.
KEY WORDS:
Covid-19, global pandemic, economic crisis, labor
relations, social protection
SUMARIO
INTRODUCCION – 1. LOS DERECHOS HUMANOS EN TIEMPOS DE COVID-19 –
1.1. Un enfoque de empoderamiento, orientado en las barreras que enfrentan las personas
para proteger su salud y la salud de los demás – 1.2. Derechos Humanos Principales y
Principios Fundamentales – 1.3. Los Derechos Humanos en el contexto de una epidemia:
¿qué significa esto en realidad? – 2. TRABAJO Y DERECHOS LABORALES EN
TIEMPOS DE CORONAVIRUS – 2.1. ¿Cuáles son los principales desafíos propios de
este teletrabajo forzoso? - 2.2. ¿Qué nos depara el mundo del trabajo del futuro? – 3.LAS
NORMAS DE LA OIT Y LA COVID-19 – 3.1. Los gobiernos deberían – 3.2. Principales
medidas para facilitar la recuperación y promover el empleo y el trabajo decente – 3.3.
Pago de los salarios – 3.4. Qué pasa si ocurre suspensión del empleo o de despido – 3.5.
Reducción temporal de las horas de trabajo – 3.6. Seguridad y salud en el trabajo – 4.
MEDIDAS LEGALES ADOPTADAS EN EL ÁMBITO LABORAL PERUANO
DEBIDO AL COVID-19 - 4.1. Medidas económicas en situaciones de crisis empresarial,
con particular referencia al tratamiento como situación de fuerza mayor - 4.1.1. El
Decreto de Urgencia 025-2020 del 11 de marzo - 4.1.2. Decreto de Urgencia Nº 033-
2020, 27 de marzo de 2020 - 4.1.3. Decreto de Urgencia N° 034-2020, 01 de abril de 2020
- 4.1.4. Resolución Ministerial N° 072-2020-TR, 26 de marzo de 2020 - 4.1.5. Medidas
adoptadas para garantizar la eficacia de los derechos laborales - 4.1.6. Resolución de
Superintendencia Nº 74-2020-SUNAFIL, de 23 de marzo de 2020 - 5. GUÍA SOBRE LA
PREPARACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO PARA EL VIRUS COVID-19 -
5.1. Cómo un brote de COVID-19 podría afectar los lugares de trabajo - 5.2. Pasos que
todos los empleadores pueden tomar para reducir el riesgo de exposición de los
trabajadores al SARS-CoV-2 - 5.3. Clasificando la exposición de los trabajadores al
COVID-19 - 6. ¿VOLVER AL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID-19? - 6.1. ¿Qué
pasa si me contagio en el trabajo? - 6.2. ¿Qué obligaciones tienen las empresas para
proteger a sus trabajadores? - 6.3. ¿En qué condiciones puedo solicitar el teletrabajo? -
6.4. ¿Corre riesgo mi puesto de trabajo? – CONCLUSIONES – BIBLIOGRAFIA.
INTRODUCCIÓN
La situación global de crisis humanitaria tiene unas proporciones descomunales y supone
un auténtico colapso de nuestro sistema de relaciones económicas, laborales y sociales.
Sin duda, se trata de una situación que trasciende el ámbito puramente económico. La
crisis del Covid-19 está dando lugar a una situación sin precedentes, que va transformar
nuestro modelo de convivencia social y las bases de nuestro Estado del Bienestar.
Estamos observando cómo las respuestas de los Estados son dispares ante un desafío
global, que se traduce en una pandemia histórica, como consecuencia de la rápida e
intensa propagación del Covid-19. Estamos ante una pandemia que está provocando
importantes efectos en los mercados de trabajo, en el sistema de relaciones laborales y en
la aplicación de los instrumentos básicos de Seguridad Social.
En las siguientes páginas vamos analizar el estado de la cuestión en dos bloques
claramente diferenciados. En un primer apartado trataremos de exponer las claves de la
actual crisis del Covid-19 desde una perspectiva global, examinando sus efectos
económicos y sociales en el mundo del trabajo y de la seguridad social. En este sentido,
se repasarán las medidas prototípicas adoptadas por los Estados en la materia. En un
segundo bloque temático tendremos oportunidad de repasar específicamente las
principales medidas adoptadas internacionalmente en relación a la protección del empleo
y a las medidas de protección social para compensar las situaciones de necesidad de los
ciudadanos.
1. LOS DERECHOS HUMANOS EN TIEMPOS DE COVID-19
1.1.Un enfoque de empoderamiento, orientado en las barreras que enfrentan las
personas para proteger su salud y la salud de los demás
En tiempos de miedo y pánico, algunos países pueden recurrir a medidas políticas,
restrictivas, estigmatizantes y punitivas. Estos pueden incluir restricciones obligatorias de
viajes, poner en cuarentena a grandes grupos de personas, combinar personas que tienen
y personas que no tienen el virus, publicar los nombres y los detalles de las personas que
tienen el virus, usar un lenguaje estigmatizante como “súper propagadores” o criminalizar
a las personas que pueden haber violado las restricciones o transmitido el virus a otros.
De hecho, para COVID-19, la Organización Mundial de la Salud no aconseja
implementar medidas restrictivas obligatorias a gran escala, tales como prohibiciones
desproporcionadas o demasiado restrictivas de viajes o libre circulación.
Las medidas restrictivas y punitivas obligatorias no hacen nada para eliminar los
obstáculos para las comunidades más vulnerables o empoderarlas. En cambio, exacerban
las barreras para las personas más necesitadas y potencialmente aumentan las
vulnerabilidades de las personas y las comunidades.
1.2.Derechos humanos principales y principios fundamentales
La participación es un principio fundamental de los derechos humanos. Todas las
políticas y acciones gubernamentales deben permitir la participación directa y
significativa de las comunidades (en especial las afectadas y vulnerables), lo que
presupone transparencia en la información y en la toma de decisiones. Solo entonces una
respuesta se basará en las realidades y necesidades de todas las personas, evitará
violaciones no intencionadas de los derechos humanos, generará confianza en el gobierno
y entre las comunidades y será más eficaz.
1.2.1. Igualdad y no discriminación. Los gobiernos deben abstenerse de actuar de
una manera que discrimine directa o indirectamente a individuos o grupos, lo
que incluye evitar las consecuencias involuntarias de las políticas y programas
y proteger contra la discriminación de terceros. Esto incluye reconocer que las
desigualdades y vulnerabilidades existentes pueden significar que la pandemia
y la respuesta pueden tener un efecto desproporcionado en poblaciones
particulares y actuar para mitigar esta desigualdad como corresponde.
1.3.Los derechos humanos en el contexto de una epidemia: ¿qué significa esto en
realidad?
Los gobiernos deben asegurar que, en el desarrollo de cualquier respuesta, incluyendo
restricciones de viaje o regímenes de pruebas, que las comunidades estén en la mesa de
gobernanza y son parte del equipo que determina la adecuación y la eficacia, no solo al
principio, sino en todas las etapas de la respuesta, dada la necesidad de que las respuestas
evolucionen y se adapten a los entornos cambiantes de manera rápidamente. Donde las
comunidades no han estado involucradas desde el inicio, llevarlas a la mesa ahora debería
ser una prioridad. La participación comunitaria y pública también es necesaria para crear
un sentido de propiedad sobre los programas o políticas y confiar en la respuesta.
El concepto de qué es una comunidad afectada puede ser diferente en cada pandemia. Las
comunidades relevantes deben incluir aquellas más propensas a verse afectadas por la
pandemia. Esto puede deberse a que ellos mismos son vulnerables al virus, como los
trabajadores de la salud, las personas mayores o las personas con condiciones de salud
preexistentes; o porque es menos probable que puedan tomar medidas para protegerse o
acceder a servicios, como prisioneros, personas en tránsito, personas sin hogar o en
asentamientos informales, poblaciones claves o personas con una discapacidad particular;
o, finalmente, porque las estructuras sociales, económicas y políticas existentes significan
que pueden verse afectadas indirectamente, por ejemplo, a través de los papeles de genero
tradicional de cuidador o porque están en un trabajo inseguro.
Las comunidades también juegan un papel importante en la respuesta en sí. Los líderes
comunitarios, incluyendo los líderes de organizaciones religiosas, pueden desempeñar un
papel en la difusión de información precisa, en la prevención del pánico y en la
confrontación del estigma y discriminación.
Los profesionales de la salud pública también requieren información oportuna y precisa
para actuar de manera rápida y efectiva. Los líderes comunitarios son a menudo los
mejores para garantizar la difusión de información y seguridad. Todas estas acciones solo
son posibles si la información se intercambia libremente y es precisa.
Los gobiernos deben trabajar para evitar la creación de puntos de vista o actitudes
estigmatizantes, tanto en el ámbito de la atención de salud y de manera más amplia, y
deben trabajar para combatir esas actitudes cuando surjan.
De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos y el Reglamento
Sanitario Internacional: “los países tienen la obligación de intercambiar recursos e
información técnica y financiera”. Asimismo, las personas y las comunidades tienen
derecho a beneficiarse de los avances científicos. Ningún país debería quedarse atrás en
este esfuerzo global para prevenir y responder a la pandemia.
Es un principio general tanto del estado de derecho como de los derechos humanos que
cualquier acción (o inacción) de un gobierno que afecte los derechos de las personas debe
ser revisada por un organismo independiente, como un tribunal de justicia. En los casos
de emergencia, esto puede ser especialmente crítico. Es decir, las comunidades deben
tener el poder de cuestionar la acción del gobierno en una emergencia si creen que dicha
acción está fuera de la ley.
Necesitamos construir una cultura de solidaridad, confianza y amabilidad. Nuestra
respuesta a COVID-19 debe estar basada en las realidades de la vida de las personas y
centrarse en eliminar las barreras que enfrentan las personas para poder protegerse a sí
mismas y a sus comunidades. El empoderamiento y la orientación, en lugar de las
restricciones, pueden garantizar que las personas puedan actuar sin temor a perder su
sustento, tener suficientes alimentos sobre la mesa y el respeto de su comunidad
2. TRABAJO Y DERECHOS LABORALES EN TIEMPOS DE
CORONAVIRUS
2.1. ¿Cuáles son los principales desafíos propios de este teletrabajo forzoso?
• Encontrar un lugar adecuado para el teletrabajo.
• Fijar límites entre el trabajo y la familia.
• Determinar las herramientas tecnológicas que va a utilizar el equipo.
• Establecer parámetros de seguridad informática.
• Respetar la confidencialidad.
• Organizar el trabajo.
• Motivar a los equipos.
• Comunicación.
Lo primero que recomiendan los gurús del teletrabajo es que se debe identificar un lugar
tranquilo, bien iluminado, preferentemente estable y separado del resto del hogar. Lo
segundo es tener sentido del tiempo: ¿cuándo comienza y cuándo termina la jornada
laboral? ¿Cómo mechamos las tareas domésticas? Pensar que en estas circunstancias los
colaboradores podrán dedicar ocho horas a la tarea y no morir en el intento es utópico.
Cada caso es un mundo: no es lo mismo la persona que está aislada sola que la que está
con toda su familia, o la que tiene la familia desperdigada y debe asegurarse de que no
les falte nada. Para enfrentar el problema de las interrupciones constantes, sugiero adoptar
la “Técnica del Pomodoro”, que recomienda lapsos de veinticinco minutos de alta
concentración, durante los cuales uno no debe ser interrumpido, ni por la familia ni por
mensajes entrantes, seguidos de descansos de cinco o diez minutos.
2.2. ¿Qué nos depara el mundo del trabajo del futuro?
En términos sanitarios las medidas preventivas que tomó el Ejecutivo fueron las
adecuadas pero insuficientes. En términos económicos y sociales se percibe que las
acciones y decisiones no responden a los principales sectores vulnerables de la sociedad.
Un problema de esta envergadura, altera las formas de relación social y económicas
elementales en el país, las cuales requieren acciones integrales e intersectoriales, mas no
de acciones segmentadas y desarrolladas por separado.
El Perú tiene una singularidad en el mundo con relación a su Población Económicamente
Activa. El 72% de ella, es informal. Eso quiere decir que no hay empleadores
responsables en otorgar un contrato de trabajo, CTS, seguro o vacaciones. Dentro del
mundo de la informalidad, hay cifras en negro: los auto-empleados, los sub empleados,
los tercerizados, los trabajadores por aplicativos, los que viven al día a día. Si abrimos el
radar, están los desempleados, los ninis, los encerrados en un conteiner o los confinados
en algún sótano de Gamarra. Si seguimos abriendo el abanico nos encontraremos con los
mendigos, los que viven en la calle, los ancianos que solo comen si pueden llegar a un
comedor popular o si les regalan algo.
3. LAS NORMAS DE LA OIT Y LA COVID-19
Una de las normas internacionales más recientes, la Recomendación sobre el empleo y el
trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017, fue adoptada por abrumadora mayoría
por todos los mandantes, pone de relieve que para responder a las crisis, es necesario
asegurar el respeto de todos los derechos humanos y el imperio de la ley, incluido el
respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y de las normas
internacionales del trabajo . La Recomendación destaca un planteamiento estratégico para
responder a la crisis, incluida la adopción de un planteamiento gradual y
multidimensional que ponga en práctica estrategias coherentes y globales para posibilitar
la recuperación y potenciar la resiliencia; este planteamiento incluye:
• La estabilización de los medios de vida y de los ingresos, a través de medidas
inmediatas para el empleo y la protección social;
• La promoción de la recuperación económica para generar oportunidades de
empleo y trabajo decente y reintegración socioeconómica;
• La promoción del empleo sostenible y el trabajo decente, la protección social
y la inclusión social, el desarrollo sostenible, la creación de empresas
sostenibles, en particular las pequeñas y medianas empresas, la transición de
la economía informal a la economía formal, la transición justa hacia una
economía ambientalmente sostenible y el acceso a los servicios públicos; la
evaluación del impacto que tienen en el empleo los programas nacionales de
recuperación.
3.1.Los gobiernos deberían:
• Tratar de garantizar la seguridad básica del ingreso, en particular para las
personas que hayan perdido sus puestos de trabajo o medios de vida a causa
de la crisis;
• Adoptar, restablecer o ampliar regímenes integrales de seguridad social y otros
mecanismos de protección social, teniendo en cuenta la legislación nacional y
los acuerdos internacionales, y
• Tratar de garantizar el acceso efectivo a una atención de salud esencial y a
otros servicios sociales básicos, en particular para los grupos de población y
las personas a los que la crisis ha hecho particularmente vulnerables
3.2.Principales medidas para facilitar la recuperación y promover el empleo y el
trabajo decente
La crisis está causando una reducción sin precedentes de las actividades económicas y
del tiempo de trabajo lo cual tiene un impacto grave sobre los ingresos y los empleos. De
hecho, está generando un aumento significativo del desempleo y el subempleo . Ante esta
perspectiva, la promoción de una política activa destinada a fomentar el pleno empleo,
productivo y libremente elegido (de conformidad con el Convenio sobre la política del
empleo, 1964 (núm. 122)) tendrá que incluir medidas selectivas para estabilizar las
economías y abordar los problemas de empleo, con inclusión de medidas de estímulo
fiscal y monetario destinadas a estabilizar los medios de subsistencia y los ingresos, y a
salvaguardar la continuidad de las empresas
3.3.Pago de los salarios
El Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) prevé que los salarios deberán
pagarse a intervalos regulares. Cuando se termine el contrato de trabajo deberá efectuarse
un ajuste final de todos los salarios debidos según lo dispuesto, y de no haber
disposiciones a este respecto, en un período razonable
3.4.Que pasa si ocurre suspensión del empleo o de despido
En caso de despido a causa de las repercusiones económicas de la pandemia de COVID-
19 o por razones de seguridad y salud, el trabajador deberá tener derecho a una
indemnización por fin de servicios u otras prestaciones análogas, prestaciones de seguro
de desempleo o asistencia para compensar la pérdida de ganancias sufrida como
consecuencia del despido
Como principio básico, no se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador sin
que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o
basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa . La ausencia temporal del
trabajo por enfermedad o lesión o por responsabilidades familiares no es una causa
justificada para terminar la relación de trabajo
3.5.Reducción temporal de las horas de trabajo
Los gobiernos deberían adoptar medidas para hacer extensivas las prestaciones de
desempleo a los trabajadores que se enfrentan a una pérdida de ganancias debida al
desempleo parcial, en particular en casos de reducción temporal de la duración normal o
legal del trabajo, y a la suspensión o la reducción de ganancias como consecuencia de una
suspensión temporal del trabajo, especialmente por motivos económicos, tecnológicos,
estructurales o análogos
3.6.Seguridad y salud en el trabajo
Los empleadores tendrán la responsabilidad global de asegurarse de que se adopten todas
las medidas de prevención y protección factibles para reducir al mínimo los riesgos
profesionales (Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)) .
Los empleadores tienen la responsabilidad de suministrar, cuando sea necesario y en la
medida en que sea razonable y factible, ropas y equipos de protección apropiados sin
costo alguno para el trabajador
4. MEDIDAS LEGALES ADOPTADAS EN EL ÁMBITO LABORAL PERUANO
DEBIDO AL COVID-19
4.1. Medidas económicas en situaciones de crisis empresarial, con particular referencia
al tratamiento como situación de fuerza mayor
4.1.1. El Decreto de Urgencia 025-2020 del 11 de marzo, contiene las modificaciones
coyunturales más importantes que se han dado a lo largo del estado de emergencia
establecido. Además, establece un marco normativo específico que prevé reglas
especiales en materia de teletrabajo frente al coronavirus (COVID-19), incluye a los
regímenes laborales de la actividad pública y privada.
4.1.2. Decreto de Urgencia Nº 033-2020, 27 de marzo de 2020: Se establecieron
medidas para reducir el impacto en la economía peruana, de las disposiciones de
prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia nacional ante los
riesgos de propagación del COVID-19.
Entre estas disposiciones se regula la libre disposición de los fondos del monto intangible
por depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), previsto en la Ley N°
30334, hasta por la suma de S/ 2 000,00; la Suspensión temporal y excepcional del aporte
previsional en el Sistema Privado de Pensiones; y, un subsidio para el pago de planillas
de los empleadores equivalente al 35% de la suma de las remuneraciones brutas
mensuales correspondientes a los trabajadores hasta un máximo de S/ 1 500,00 por cada
trabajador.
4.1.3. Decreto de Urgencia N° 034-2020, 01 de abril de 2020: A fin de disminuir el
impacto económico en la sociedad peruana debido a las medidas de aislamiento social
derivadas de la declaración de Estado de Emergencia Nacional, se ha dispuesto la
adopción de ciertas medidas económico-financieras, entre ellas, el retiro extraordinario
del fondo de pensiones en el sistema privado.
Ello como medida orientada a inyectar liquidez y así facilitar la adquisición de bienes de
consumo que minimicen la afectación negativa en la economía de la población, sobre
todo aquellos bajo una situación laboral incierta.
4.1.4. Resolución Ministerial N° 072-2020-TR, 26 de marzo de 2020: Mediante este
documento “Guía para la aplicación del trabajo remoto” se resuelven muchas dudas a
nivel legal, práctico y técnico que facilitan la implementación del teletrabajo.
4.1.5. Medidas adoptadas para garantizar la eficacia de los derechos laborales
A cargo del Ministerio de Trabajo y especialmente de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral se garantiza el debido cumplimiento y respeto de los derechos
laborales de los trabajadores aún dentro de circunstancias que nos invitan a apoyarnos en
la tecnología para realizar el trabajo remoto y, por ende, seguro para todos.
4.1.6. Resolución de Superintendencia Nº 74-2020-SUNAFIL, de 23 de marzo de
2020 que aprueba el Protocolo Nº 003-2020-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo
sobre el Ejercicio de la 4 Función inspectiva frente a la Emergencia Sanitaria y Estado de
Emergencia Nacional para prevenir la propagación del COVID-19 en el territorio
nacional. La inspección del trabajo ejerce las funciones de vigilancia y exigencia del
cumplimiento de las normas sociolaborales durante el Estado de Emergencia Nacional y
emergencia sanitaria por la presencia del COVID-19 en el territorio nacional, por lo que
mantiene sus competencias de fiscalización y sanción por incumplimiento de las normas
laborales generales y de las especiales que se emitan durante el Estado de emergencia
para cautelar los derechos de los trabajadores.
5. GUÍA SOBRE LA PREPARACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO PARA
EL VIRUS COVID-19
5.1. Cómo un brote de COVID-19 podría afectar los lugares de trabajo
El COVID-19, tiene el potencial de causar brotes de gran amplitud. Bajo condiciones
asociadas a la propagación generalizada de persona a persona.
• Ausentismo: Los trabajadores podrían ausentarse por estar enfermos; ser
quienes cuidan a parientes enfermos; ser cuidadores de niños si las escuelas o
centros de cuido están cerrados; tener personas en riesgo en sus hogares; o que
teman ir a trabajar por temor a una posible exposición.
• Cambio en los patrones del comercio: Es probable que la demanda de los
consumidores por artículos relacionados con la prevención de infecciones
aumentara significativamente, mientras que el interés de los consumidores por
otros productos podría disminuir.
Los consumidores también podrían cambiar sus patrones de compra debido a un brote de
COVID-19, y tal vez intentarían comprar en horas de menor tráfico para reducir el
contacto con otras personas, lo cual indicaría un mayor interés en servicios de entrega a
domicilio y reducir el contacto de persona a persona.
5.2. Pasos que todos los empleadores pueden tomar para reducir el riesgo de exposición
de los trabajadores al SARS-CoV-2
5.2.1. Desarrollar un plan de preparación y respuesta contra enfermedades infecciosas:
Tales planes deben considerar además de atender el nivel de riesgo que se asocia con
varios lugares de trabajo y tareas de trabajo que los empleados realizan en esos lugares.
Tales consideraciones podrían incluir:
• Dónde, cómo y a cuáles fuentes de SARS-CoV-2 podrían estar expuestos los
trabajadores, incluyendo:
 Público en general, clientes y compañeros de trabajo
 Personas individuales o aquellas en un riesgo de infección particularmente alto
• Factores de riesgo no ocupacionales en el hogar y en ambientes comunitarios.
• Los factores de riesgo individual de los trabajadores
• Los controles necesarios para atender esos riesgos
Los planes también deben considerar y atender los otros pasos que los empleadores
pueden tomar para reducir el riesgo de exposición de los trabajadores al SARS-CoV-2 en
sus lugares de trabajo, descritos en las secciones siguientes.
5.2.2. Prepararse para implementar medidas básicas de prevención de infecciones: Todos
los empleadores deben implantar en sus lugares de trabajo unas buenas prácticas de
higiene y control de infecciones, incluyendo:
• Promover el lavado de manos frecuente y exhaustivo, incluyendo que se
provea a los trabajadores, clientes y visitantes del lugar de trabajo un lugar
para lavarse las manos, además de proveer toallitas de mano que contengan al
menos un 60% de alcohol en caso de la ausencia de agua y jabón.
• Alentar que los trabajadores permanezcan en sus hogares si están enfermos.
• Alentar buenos hábitos respiratorios, incluyendo cubrirse la boca al toser y
estornudar.
• Proveer de papel higiénico y depósitos para la basura.
• Los empleadores deben explorar si pueden establecer políticas y prácticas,
como la flexibilidad para el lugar de trabajo, por ej. trabajos desde la casa, y
en el horario de trabajo para aumentar la distancia física entre los trabajadores,
y entre los trabajadores y otras personas.
• Conservar de manera regular las prácticas de limpieza de mantenimiento,
incluyendo la limpieza y desinfección rutinaria de las superficies, equipo y
otros elementos del ambiente de trabajo.
5.2.3. Desarrollar políticas y procedimientos para la pronta identificación y aislamiento
de las personas enfermas, de ser pertinente
• La rápida identificación y el aislamiento de los individuos potencialmente
infecciosos para la protección de los trabajadores, clientes, visitantes y otras
personas en un lugar de trabajo.
• Los empleadores deben informar y alentar a los trabajadores a monitorearse
por sí mismos para verificar si presentan señales y síntomas del COVID-19 y
de sospechar alguna posible exposición.
• Los empleadores deben desarrollar políticas y procedimientos para que los
trabajadores informen cuándo están enfermos o están experimentando
síntomas del COVID-19.
• Cuando sea pertinente, los empleadores deben desarrollar políticas y
procedimientos para aislar inmediatamente a las personas que muestran
señales y/o síntomas del COVID-19 y adiestrar los trabajadores para
implementarlos.
• De ser posible, aislar a las personas sospechosas de portar el COVID-19
separadas de aquellos en quienes se haya confirmado que tienen el virus para
prevenir una mayor transmisión.
• Limitar la cantidad de personal que puede entrar a las áreas de aislamiento.
• Proteger los trabajadores que están en contacto cercano con alguna persona
enferma o que ha tenido contacto prolongado o repetido con tales personas.
5.2.4. Desarrollar, implementar y comunicar las flexibilidades y protecciones del lugar de
trabajo
• Alentar de manera activa, a que los trabajadores permanezcan en sus hogares.
• Asegurarse de que las políticas de licencia por enfermedad sean flexibles y
consistentes con las guías de salud pública y que los trabajadores tengan
conocimiento de estas políticas.
• Dialogar con las compañías que proveen trabajadores por contrato sobre la
importancia de que los trabajadores enfermos permanezcan en sus hogares y
alentarlos a desarrollar políticas de licencia por enfermedad que no sean
punitivas.
• Mantener políticas flexibles que permitan a los trabajadores permanecer en
sus hogares para cuidar de algún pariente enfermo.
• Reconocer que los trabajadores con parientes enfermos tal vez necesiten
permanecer en sus hogares para cuidar de ellos.
• Trabajar con las compañías de seguros y las agencias de salud estatales y
locales para proveer información a los trabajadores y los clientes sobre el
cuidado médico en la eventualidad de un brote de COVID-19.
5.2.5. Implementar controles en el lugar de trabajo: La mejor manera de controlar un
riesgo es removerlo sistemáticamente del lugar de trabajo, en lugar de confiar en que los
trabajadores reduzcan su exposición.
5.2.5.1. Controles de ingeniería
Los controles de ingeniería conllevan aislar a los trabajadores de los riesgos relacionados
con el trabajo. En los lugares de trabajo donde sean pertinentes, estos tipos de controles
reducen la exposición a los riesgos sin recurrir al comportamiento de los trabajadores y
puede ser la solución cuya implementación es más efectiva en términos de costos. Los
controles de ingeniería incluyen:
• Instalar filtros de aire de alta eficiencia.
• Aumentar la ventilación en el ambiente de trabajo.
• Instalar barreras físicas, como cubiertas protectoras plásticas transparentes
contra estornudos.
• Instalar un sistema de delivery para el servicio al cliente.
• Ventilación especializada de presión negativa en algunos ambientes, como
para los procedimientos generadores de aerosol
5.2.5.2. Controles administrativos
Los controles administrativos requieren acción por parte del trabajador o empleador.
Típicamente, los controles administrativos son cambios en la política o procedimientos
de trabajo para reducir o minimizar la exposición a un riesgo. Ejemplos de controles
administrativos para el SARS-CoV-2 incluyen:
• Alentar a los trabajadores enfermos a que permanezcan en sus hogares.
• Minimizar el contacto entre los trabajadores, clientes y personas
• Establecer días alternos o turnos de trabajo adicionales que reduzcan el
número total de trabajadores en una instalación en un tiempo dado
• Detener todo viaje no esencial a lugares con brotes de COVID-19 en progreso.
• Desarrollar planes de comunicación de emergencia, incluyendo un foro para
contestar las interrogantes de los trabajadores y comunicaciones a través de
Internet
• Proveer a los trabajadores educación y adiestramiento actualizados sobre los
factores de riesgo del COVID-19 y comportamientos de protección
• Adiestrar a los trabajadores que necesitan usar vestimenta y equipo de
protección sobre cómo colocárselo, utilizarlo y quitárselo de manera correcta,
incluyendo el contexto de sus deberes actuales y potenciales.
5.2.5.3. Prácticas de trabajo seguras
Las prácticas de trabajo seguras son tipos de controles administrativos que incluyen los
procedimientos para un trabajo seguro y apropiado que se utilizan para reducir la
duración, frecuencia o intensidad de la exposición a un riesgo que incluyen:
• Proveer recursos y un ambiente de trabajo que promueva la higiene personal.
• Requerir el lavado regular de las manos o el uso de toallitas a base de alcohol.
• Colocar rótulos de lavado de manos en los baños.
5.2.5.4. Equipo de protección personal (EPP)
Mientras que los controles de ingeniería y administrativos se consideran más efectivos
para minimizar la exposición a SARS-CoV-2, el EPP también puede ser necesario para
prevenir ciertas exposiciones. Aunque el uso correcto del EPP puede ayudar a prevenir
algunas exposiciones, no debe tomar el lugar de otras estrategias de prevención.
Ejemplos de EPP incluyen: guantes, gafas, escudos faciales, mascaras faciales y
protección respiratoria, cuando sea pertinente. Todos los tipos de EPP deben:
• Seleccionarse a base del riesgo para el trabajador.
• Ajustarse apropiadamente y reajustarse periódicamente, según sea aplicable
• Usarse de manera consistente y apropiada cuando sea requerido.
• Inspeccionarse y recibir mantenimiento regularmente, y ser reemplazado, de
ser necesario.
• Removerse, limpiarse y almacenarse o desecharse de manera apropiada, según
sea aplicable, para evitar la contaminación del usuario, de otros, o el ambiente.
Los empleadores están obligados a proveer a sus trabajadores el EPP necesario para
mantenerlos seguros mientras realizan sus trabajos.
5.3. Clasificando la exposición de los trabajadores al COVID-19:
El riesgo de los trabajadores por la exposición ocupacional al SARS-CoV-2, el virus que
causa el COVID-19, durante un brote podría variar de un riesgo muy alto a uno alto,
medio o bajo (de precaución). El nivel de riesgo depende en parte del tipo de industria, la
necesidad de contacto, o el requerimiento de contacto repetido o prolongado con personas
que se conoce o se sospecha que estén infectadas con el SARS-CoV-2.
5.3.1. Riesgo muy alto de exposición:
Los trabajos con riesgo muy alto de exposición son aquellos con alto potencial de
exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19 durante procedimientos
médicos, trabajos mortuorios o procedimientos de laboratorio. Los trabajadores en esta
categoría incluyen:
• Trabajadores del cuidado de la salud
• Personal del cuidado de la salud o de laboratorio recopilando o manejando
especímenes de pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-
19
• Trabajadores de morgues que realizan autopsias
5.3.2. Riesgo alto de exposición
Los trabajos con riesgo alto de exposición son aquellos con un alto potencial de
exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19. Los trabajadores en esta
categoría incluyen:
• Personal de apoyo y atención del cuidado de la salud expuestos a pacientes
que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.
• Trabajadores de transportes médicos
• Los trabajadores mortuorios involucrados en la preparación de los cuerpos de
personas que se conoce o se sospecha que portaban el COVID-19 al momento
de su muerte.
5.3.3. Riesgo medio de exposición
Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que requieren un contacto
frecuente y/o cercano con personas que podrían estar infectadas, pero que no son
pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19.
5.3.4. Riesgo bajo de exposición (de precaución)
Los trabajos con un riesgo de exposición bajo son aquellos que no requieren contacto con
personas que se conoce o se sospecha que están infectados con el SARS-CoV-2 ni tienen
contacto cercano frecuente con el público en general. Los trabajadores en esta categoría
tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo.
6. ¿VOLVER AL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID-19?
6.1. ¿Qué pasa si me contagio en el trabajo?
Un trabajador independiente que adquiera el COVID-19 u otra enfermedad no será
beneficiario del subsidio por incapacidad temporal, que sí perciben los trabajadores
dependientes, por lo que son más vulnerables económicamente en este contexto. Respecto
a los trabajadores independientes informales, el Gobierno debe seguir capacitando y
sensibilizando de manera masiva con campañas en prensa, radio, televisión y redes
sociales. Para evitar contagiarnos en el trabajo es fundamental continuar con los
protocolos de higiene y cuidado, el distanciamiento social obligatorio y aquellas normas
que se establezcan en nuestros centros de labores
6.2. ¿Qué obligaciones tienen las empresas para proteger a sus trabajadores?
Las medidas sanitarias pueden incluir el uso de mascarillas, geles desinfectantes y otros
equipos de protección, en función de la realidad concreta de cada centro de trabajo. El
Gobierno pide que se incluyan:
• Medidas de entrada y salida escalonadas
• Garantías para poder conciliar la vida laboral y la familiar, algo especialmente
importante para las personas con hijos o personas dependientes a su cargo
Si el centro laboral es un establecimiento con atención al público, la empresa tiene la
obligación de poner a disposición de sus trabajadores dispensadores de gel
hidroalcohólico. El uso de la mascarilla es obligatorio en todos los espacios abiertos al
público. Además, la empresa tendrá que poner los medios necesarios para limpiar y
desinfectar los puestos de trabajo en cada cambio de turno, como mostradores, mesas,
terminales de pago, pantallas táctiles.
6.3. ¿En qué condiciones puedo solicitar el teletrabajo?
A pesar de la recomendación por parte del Gobierno, el teletrabajo no es obligatorio. Para
activar esta medida, tanto la empresa como los trabajadores tienen que estar de acuerdo.
Sin embargo, si la empresa no lo ha propuesto, pero el puesto que se ocupa y las tareas
que se realizan en el día a día permitan trabajar a distancia, bastará con que se solicite al
responsable un periodo de teletrabajo, siguiendo las recomendaciones de Sanidad.
6.4. ¿Corre riesgo mi puesto de trabajo?
Las empresas que se enfrentan a dificultades económicas serias tienen la posibilidad de
aplicar un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), de manera que
pueden suspender los contratos de trabajo o reducir temporalmente las jornadas laborales,
durante el cual:
• La empresa sigue pagando las cotizaciones a la seguridad social
• El trabajador tiene derecho a cobrar el paro
• No se generan derecho a pagas extra ni vacaciones
• El trabajador no cobra ninguna indemnización por parte de la empresa, a
diferencia de en el caso de aplicarse un ere (expediente de regulación de
empleo), de carácter permanente
CONCLUSIONES
Primera.- Colapso de la economía y sus efectos sociales. Las consecuencias de la
pandemia han paralizado la actividad económica y sus efectos son especialmente visibles
en el trabajo de las personas. Es preciso destacar que la crisis del coronavirus ha venido
a poner en cuestión nuestro modelo de economía, muchas veces insensible con los
aspectos sociales y éticos ligados al trabajo de las personas. La crisis del Covid-19 va
transformar nuestro modelo de convivencia social y las bases de nuestro Estado del
Bienestar. Estamos viendo como las respuestas de los estados son dispares ante un desafío
global, que se traduce en una pandemia histórica, como consecuencia de la rápida e
intensa propagación del virus que nos está afectando. Sin duda, se trata de una situación
incierta, que nadie previó en su momento, y que estamos intentados asimilar, dando
respuestas desde la perspectiva de la soberanía de los estados nacionales.
Segunda.- La necesidad del consenso y de la solidaridad en la Unión Europea. La
actual crisis ha evidenciado, desde el punto de vista europeo, la necesidad de lograr mayor
entendimiento, colaboración y solidaridad de la Unión Europea con los países más
afectados por la crisis sanitaria, cuyas economías se están resintiendo con más intensidad
a causa del coronavirus. Es cierto que la Unión Europea no tiene una competencia
soberana en materia de salud pública, ya que su función es de coordinación de los distintos
sistemas sanitarios. Con todo, no cabe duda que las críticas contra la Unión Europea son
evidentes, y los estados más afectados, como Italia y España, no han dudado en pedir
ayuda e insistir en la solidaridad y en la coordinación desde el punto de vista del proyecto
europeo de integración.
Tercera.- El especial impacto de la crisis global en América Latina y el aumento de
las situaciones de exclusión social. La situación actual supone una crisis de salud global,
acompañada de la tan temida crisis económica, con un impacto que hasta ahora no hemos
visto. En esta situación la enfermedad va a ser letal ante las capas de la sociedad excluida
del sistema de salud. Ello afecta a los colectivos más vulnerables, que no cuentan con una
cobertura pública de salud universal. Por ello, es cada vez más importante la presencia
del Estado nacional en estos momentos, reafirmando la debida protección de la salud de
los ciudadanos. Sin duda, esta situación va a reafirmar mucho más los grandes desafíos
de la desigualdad y la justicia social en la región, observando cómo afecta la enfermedad
a los colectivos informales, al indigenismo, a las familias numerosas, a los ancianos, etc.
Cuarta.- El papel de las políticas laborales y sociales como mecanismos de
compensación social. En esta situación es ciertamente importe recurrir a la acciones
desarrolladas por la OIT. Ciertamente la OIT tiene un especial rol en esta situación de
urgencia y dispone de instrumentos para desarrollar adecuadas políticas laborales y
sociales de combate a la pandemia. Con carácter general, tenemos los instrumentos
internacionales básicos, Convenios y Recomendaciones, que marcan un importante
camino a seguir en cuanto al trabajo digno y la justicia social, así como el recurso a los
códigos de conducta, guías y manuales de interpretación de los estándares laborales
internacionales. Precisamente ahora, en esta situación de emergencia, la OIT debe
focalizar su acción en dar respuestas e índices de tratamiento de una situación ciertamente
compleja.
BIBLIOGRAFÍA
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de 2020.
ARASTEY SAHÚN, “Las relaciones laborales tras la declaración del Estado de Alarma
por el Coronavirus”, en el Diario La Ley, núm. 9603, 27 de marzo de 2020.
BENENCIA, R. – QUARANTA, G., “Mercado de trabajo y relaciones sociales: la
conformación de trabajadores agrícolas vulnerables”, en Sociología del Trabajo, núm.
58, 2006.
CARMONA BAYONA, E – RESTREPO PIMIENTA, J., Alternativas laborales en
Colombia ante el Covid-19, Juri-Dileyc – Universidad del Atlántico, Madrid, 2020.
CARRILLO ROA, A., “Situación del adulto mayor en la fuerza de trabajo: Venezuela”,
en Revista Latinoamericana de Población, Vol. 6, núm. 11, 2012.
CRUZ VILLALÓN, J., “Una vuelta de tuerca”, El País, Economía, 28 de marzo de
2020.
FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, J.J., La fuerza mayor como causa de extinción y
suspensión del contrato de trabajo, Civitas, Madrid, 1993.
GOMÉZ, Mª.R. – ISORNI, Mª.E. – SABER, G., “Vulnerables: trabajo y condiciones de
vida”, en Trabajo y sociedad: Indagaciones sobre el empleo, la cultura y las prácticas
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GONZÁLEZ TAPIA, Mª.L., “Derecho a la desconexión digital y teletrabajo”, en Diario
La Ley, núm. 9604, 30 de marzo de 2020.
HOWARTH, D. – VERDUN, A., “Economic and Monetary Union at twenty: a
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INTERNATIONAL LABOUR ORGANITATION, ILO, Monitor 1st Edition
“COVID19 and the world of work: Impact and policy responses 18 March 2020”, 18 de
marzo de 2020. [bit.ly/3a5ckqG]
LANTARÓN, D. – SERRANI, L. – FERNÁNDEZ, S., “Panorámica mundial de la
lucha contra los efectos del COVID-19 en las relaciones de trabajo: fotografía de una
dinámica cambiante”, en www.cielolaboral.com
LÓPEZ AHUMADA, J.E., “Medidas de protección laboral y de seguridad social
aplicadas en España durante el estado de alarma provocado por la epidemia del
Covid19”, en Revista Actualidad Laboral (Lima, Perú) 4 de abril de 2020.
https://bit.ly/34elDDy
LÓPEZ AHUMADA, “Crisis del empleo y protección social en España con motivo del
estado de alarma del Covid-19”, en La Justicia Uruguaya: revista jurídica,
ThomsonReuters, 9 de abril de 2020. https://bit.ly/2wznzdq

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Work in times of covid

  • 1. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO TEMA: ARTICULO DE INVESTIGACION ASIGNATURA: TALLER DE DERECHOS HUMANOS DOCENTE: Clorinda Pozo Roldan ESTUDIANTES:  ARMUTO VELASCO, Bryan Jawy  GUEVARA PAZ, Gianella  LUNA HUMPIRE, Wendy Gianella  MENDOZA PEÑA, Fabricio CUSCO – PERU 2020
  • 2. " WORK IN TIMES OF COVID " “EL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID” Bryan Jawy Armuto Velasco Wendy Gianella Luna Humpire Gianella Guevara Paz Fabricio Mendoza Peña Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad Andina del Cusco RESUMEN: La situación global de crisis humanitaria provocada por el Covid-19 tiene unas proporciones descomunales. La actual crisis humanitaria supone un auténtico colapso de nuestro sistema de relaciones económicas, laborales y sociales. Sin duda, se trata de una situación que trasciende el ámbito puramente económico. El presente trabajo de investigación analiza el contexto global generado por la crisis del Covid-19, teniendo en cuenta sus efectos en mundo del trabajo y sus principales retos desde la perspectiva de la Seguridad Social. En este sentido, se prestará especial atención a las principales medidas laborales y de protección social adoptadas internacionalmente. PALABRAS CLAVE: Covid-19, pandemia global, crisis económica, relaciones laborales, protección social ABSTRACT: The global context of humanitarian crisis, caused by Covid-19, has enormous proportions. The current humanitarian crisis represents a true collapse of our system of economic, labor and social protection relations. Indeed, it is a situation that transcends the purely economic sphere. This research analyzes the global context generated by the Covid-19 crisis, considering its effects in the world of work and its main challenges from the perspective of Social Security. In this sense, special attention will be paid to the main labor and social protection measures adopted internationally. KEY WORDS: Covid-19, global pandemic, economic crisis, labor relations, social protection
  • 3. SUMARIO INTRODUCCION – 1. LOS DERECHOS HUMANOS EN TIEMPOS DE COVID-19 – 1.1. Un enfoque de empoderamiento, orientado en las barreras que enfrentan las personas para proteger su salud y la salud de los demás – 1.2. Derechos Humanos Principales y Principios Fundamentales – 1.3. Los Derechos Humanos en el contexto de una epidemia: ¿qué significa esto en realidad? – 2. TRABAJO Y DERECHOS LABORALES EN TIEMPOS DE CORONAVIRUS – 2.1. ¿Cuáles son los principales desafíos propios de este teletrabajo forzoso? - 2.2. ¿Qué nos depara el mundo del trabajo del futuro? – 3.LAS NORMAS DE LA OIT Y LA COVID-19 – 3.1. Los gobiernos deberían – 3.2. Principales medidas para facilitar la recuperación y promover el empleo y el trabajo decente – 3.3. Pago de los salarios – 3.4. Qué pasa si ocurre suspensión del empleo o de despido – 3.5. Reducción temporal de las horas de trabajo – 3.6. Seguridad y salud en el trabajo – 4. MEDIDAS LEGALES ADOPTADAS EN EL ÁMBITO LABORAL PERUANO DEBIDO AL COVID-19 - 4.1. Medidas económicas en situaciones de crisis empresarial, con particular referencia al tratamiento como situación de fuerza mayor - 4.1.1. El Decreto de Urgencia 025-2020 del 11 de marzo - 4.1.2. Decreto de Urgencia Nº 033- 2020, 27 de marzo de 2020 - 4.1.3. Decreto de Urgencia N° 034-2020, 01 de abril de 2020 - 4.1.4. Resolución Ministerial N° 072-2020-TR, 26 de marzo de 2020 - 4.1.5. Medidas adoptadas para garantizar la eficacia de los derechos laborales - 4.1.6. Resolución de Superintendencia Nº 74-2020-SUNAFIL, de 23 de marzo de 2020 - 5. GUÍA SOBRE LA PREPARACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO PARA EL VIRUS COVID-19 - 5.1. Cómo un brote de COVID-19 podría afectar los lugares de trabajo - 5.2. Pasos que todos los empleadores pueden tomar para reducir el riesgo de exposición de los trabajadores al SARS-CoV-2 - 5.3. Clasificando la exposición de los trabajadores al COVID-19 - 6. ¿VOLVER AL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID-19? - 6.1. ¿Qué pasa si me contagio en el trabajo? - 6.2. ¿Qué obligaciones tienen las empresas para proteger a sus trabajadores? - 6.3. ¿En qué condiciones puedo solicitar el teletrabajo? - 6.4. ¿Corre riesgo mi puesto de trabajo? – CONCLUSIONES – BIBLIOGRAFIA.
  • 4. INTRODUCCIÓN La situación global de crisis humanitaria tiene unas proporciones descomunales y supone un auténtico colapso de nuestro sistema de relaciones económicas, laborales y sociales. Sin duda, se trata de una situación que trasciende el ámbito puramente económico. La crisis del Covid-19 está dando lugar a una situación sin precedentes, que va transformar nuestro modelo de convivencia social y las bases de nuestro Estado del Bienestar. Estamos observando cómo las respuestas de los Estados son dispares ante un desafío global, que se traduce en una pandemia histórica, como consecuencia de la rápida e intensa propagación del Covid-19. Estamos ante una pandemia que está provocando importantes efectos en los mercados de trabajo, en el sistema de relaciones laborales y en la aplicación de los instrumentos básicos de Seguridad Social. En las siguientes páginas vamos analizar el estado de la cuestión en dos bloques claramente diferenciados. En un primer apartado trataremos de exponer las claves de la actual crisis del Covid-19 desde una perspectiva global, examinando sus efectos económicos y sociales en el mundo del trabajo y de la seguridad social. En este sentido, se repasarán las medidas prototípicas adoptadas por los Estados en la materia. En un segundo bloque temático tendremos oportunidad de repasar específicamente las principales medidas adoptadas internacionalmente en relación a la protección del empleo y a las medidas de protección social para compensar las situaciones de necesidad de los ciudadanos.
  • 5. 1. LOS DERECHOS HUMANOS EN TIEMPOS DE COVID-19 1.1.Un enfoque de empoderamiento, orientado en las barreras que enfrentan las personas para proteger su salud y la salud de los demás En tiempos de miedo y pánico, algunos países pueden recurrir a medidas políticas, restrictivas, estigmatizantes y punitivas. Estos pueden incluir restricciones obligatorias de viajes, poner en cuarentena a grandes grupos de personas, combinar personas que tienen y personas que no tienen el virus, publicar los nombres y los detalles de las personas que tienen el virus, usar un lenguaje estigmatizante como “súper propagadores” o criminalizar a las personas que pueden haber violado las restricciones o transmitido el virus a otros. De hecho, para COVID-19, la Organización Mundial de la Salud no aconseja implementar medidas restrictivas obligatorias a gran escala, tales como prohibiciones desproporcionadas o demasiado restrictivas de viajes o libre circulación. Las medidas restrictivas y punitivas obligatorias no hacen nada para eliminar los obstáculos para las comunidades más vulnerables o empoderarlas. En cambio, exacerban las barreras para las personas más necesitadas y potencialmente aumentan las vulnerabilidades de las personas y las comunidades. 1.2.Derechos humanos principales y principios fundamentales La participación es un principio fundamental de los derechos humanos. Todas las políticas y acciones gubernamentales deben permitir la participación directa y significativa de las comunidades (en especial las afectadas y vulnerables), lo que presupone transparencia en la información y en la toma de decisiones. Solo entonces una respuesta se basará en las realidades y necesidades de todas las personas, evitará violaciones no intencionadas de los derechos humanos, generará confianza en el gobierno y entre las comunidades y será más eficaz. 1.2.1. Igualdad y no discriminación. Los gobiernos deben abstenerse de actuar de una manera que discrimine directa o indirectamente a individuos o grupos, lo que incluye evitar las consecuencias involuntarias de las políticas y programas y proteger contra la discriminación de terceros. Esto incluye reconocer que las desigualdades y vulnerabilidades existentes pueden significar que la pandemia y la respuesta pueden tener un efecto desproporcionado en poblaciones particulares y actuar para mitigar esta desigualdad como corresponde.
  • 6. 1.3.Los derechos humanos en el contexto de una epidemia: ¿qué significa esto en realidad? Los gobiernos deben asegurar que, en el desarrollo de cualquier respuesta, incluyendo restricciones de viaje o regímenes de pruebas, que las comunidades estén en la mesa de gobernanza y son parte del equipo que determina la adecuación y la eficacia, no solo al principio, sino en todas las etapas de la respuesta, dada la necesidad de que las respuestas evolucionen y se adapten a los entornos cambiantes de manera rápidamente. Donde las comunidades no han estado involucradas desde el inicio, llevarlas a la mesa ahora debería ser una prioridad. La participación comunitaria y pública también es necesaria para crear un sentido de propiedad sobre los programas o políticas y confiar en la respuesta. El concepto de qué es una comunidad afectada puede ser diferente en cada pandemia. Las comunidades relevantes deben incluir aquellas más propensas a verse afectadas por la pandemia. Esto puede deberse a que ellos mismos son vulnerables al virus, como los trabajadores de la salud, las personas mayores o las personas con condiciones de salud preexistentes; o porque es menos probable que puedan tomar medidas para protegerse o acceder a servicios, como prisioneros, personas en tránsito, personas sin hogar o en asentamientos informales, poblaciones claves o personas con una discapacidad particular; o, finalmente, porque las estructuras sociales, económicas y políticas existentes significan que pueden verse afectadas indirectamente, por ejemplo, a través de los papeles de genero tradicional de cuidador o porque están en un trabajo inseguro. Las comunidades también juegan un papel importante en la respuesta en sí. Los líderes comunitarios, incluyendo los líderes de organizaciones religiosas, pueden desempeñar un papel en la difusión de información precisa, en la prevención del pánico y en la confrontación del estigma y discriminación. Los profesionales de la salud pública también requieren información oportuna y precisa para actuar de manera rápida y efectiva. Los líderes comunitarios son a menudo los mejores para garantizar la difusión de información y seguridad. Todas estas acciones solo son posibles si la información se intercambia libremente y es precisa. Los gobiernos deben trabajar para evitar la creación de puntos de vista o actitudes estigmatizantes, tanto en el ámbito de la atención de salud y de manera más amplia, y deben trabajar para combatir esas actitudes cuando surjan.
  • 7. De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos y el Reglamento Sanitario Internacional: “los países tienen la obligación de intercambiar recursos e información técnica y financiera”. Asimismo, las personas y las comunidades tienen derecho a beneficiarse de los avances científicos. Ningún país debería quedarse atrás en este esfuerzo global para prevenir y responder a la pandemia. Es un principio general tanto del estado de derecho como de los derechos humanos que cualquier acción (o inacción) de un gobierno que afecte los derechos de las personas debe ser revisada por un organismo independiente, como un tribunal de justicia. En los casos de emergencia, esto puede ser especialmente crítico. Es decir, las comunidades deben tener el poder de cuestionar la acción del gobierno en una emergencia si creen que dicha acción está fuera de la ley. Necesitamos construir una cultura de solidaridad, confianza y amabilidad. Nuestra respuesta a COVID-19 debe estar basada en las realidades de la vida de las personas y centrarse en eliminar las barreras que enfrentan las personas para poder protegerse a sí mismas y a sus comunidades. El empoderamiento y la orientación, en lugar de las restricciones, pueden garantizar que las personas puedan actuar sin temor a perder su sustento, tener suficientes alimentos sobre la mesa y el respeto de su comunidad 2. TRABAJO Y DERECHOS LABORALES EN TIEMPOS DE CORONAVIRUS 2.1. ¿Cuáles son los principales desafíos propios de este teletrabajo forzoso? • Encontrar un lugar adecuado para el teletrabajo. • Fijar límites entre el trabajo y la familia. • Determinar las herramientas tecnológicas que va a utilizar el equipo. • Establecer parámetros de seguridad informática. • Respetar la confidencialidad. • Organizar el trabajo. • Motivar a los equipos. • Comunicación. Lo primero que recomiendan los gurús del teletrabajo es que se debe identificar un lugar tranquilo, bien iluminado, preferentemente estable y separado del resto del hogar. Lo segundo es tener sentido del tiempo: ¿cuándo comienza y cuándo termina la jornada
  • 8. laboral? ¿Cómo mechamos las tareas domésticas? Pensar que en estas circunstancias los colaboradores podrán dedicar ocho horas a la tarea y no morir en el intento es utópico. Cada caso es un mundo: no es lo mismo la persona que está aislada sola que la que está con toda su familia, o la que tiene la familia desperdigada y debe asegurarse de que no les falte nada. Para enfrentar el problema de las interrupciones constantes, sugiero adoptar la “Técnica del Pomodoro”, que recomienda lapsos de veinticinco minutos de alta concentración, durante los cuales uno no debe ser interrumpido, ni por la familia ni por mensajes entrantes, seguidos de descansos de cinco o diez minutos. 2.2. ¿Qué nos depara el mundo del trabajo del futuro? En términos sanitarios las medidas preventivas que tomó el Ejecutivo fueron las adecuadas pero insuficientes. En términos económicos y sociales se percibe que las acciones y decisiones no responden a los principales sectores vulnerables de la sociedad. Un problema de esta envergadura, altera las formas de relación social y económicas elementales en el país, las cuales requieren acciones integrales e intersectoriales, mas no de acciones segmentadas y desarrolladas por separado. El Perú tiene una singularidad en el mundo con relación a su Población Económicamente Activa. El 72% de ella, es informal. Eso quiere decir que no hay empleadores responsables en otorgar un contrato de trabajo, CTS, seguro o vacaciones. Dentro del mundo de la informalidad, hay cifras en negro: los auto-empleados, los sub empleados, los tercerizados, los trabajadores por aplicativos, los que viven al día a día. Si abrimos el radar, están los desempleados, los ninis, los encerrados en un conteiner o los confinados en algún sótano de Gamarra. Si seguimos abriendo el abanico nos encontraremos con los mendigos, los que viven en la calle, los ancianos que solo comen si pueden llegar a un comedor popular o si les regalan algo. 3. LAS NORMAS DE LA OIT Y LA COVID-19 Una de las normas internacionales más recientes, la Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017, fue adoptada por abrumadora mayoría por todos los mandantes, pone de relieve que para responder a las crisis, es necesario asegurar el respeto de todos los derechos humanos y el imperio de la ley, incluido el respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y de las normas internacionales del trabajo . La Recomendación destaca un planteamiento estratégico para responder a la crisis, incluida la adopción de un planteamiento gradual y
  • 9. multidimensional que ponga en práctica estrategias coherentes y globales para posibilitar la recuperación y potenciar la resiliencia; este planteamiento incluye: • La estabilización de los medios de vida y de los ingresos, a través de medidas inmediatas para el empleo y la protección social; • La promoción de la recuperación económica para generar oportunidades de empleo y trabajo decente y reintegración socioeconómica; • La promoción del empleo sostenible y el trabajo decente, la protección social y la inclusión social, el desarrollo sostenible, la creación de empresas sostenibles, en particular las pequeñas y medianas empresas, la transición de la economía informal a la economía formal, la transición justa hacia una economía ambientalmente sostenible y el acceso a los servicios públicos; la evaluación del impacto que tienen en el empleo los programas nacionales de recuperación. 3.1.Los gobiernos deberían: • Tratar de garantizar la seguridad básica del ingreso, en particular para las personas que hayan perdido sus puestos de trabajo o medios de vida a causa de la crisis; • Adoptar, restablecer o ampliar regímenes integrales de seguridad social y otros mecanismos de protección social, teniendo en cuenta la legislación nacional y los acuerdos internacionales, y • Tratar de garantizar el acceso efectivo a una atención de salud esencial y a otros servicios sociales básicos, en particular para los grupos de población y las personas a los que la crisis ha hecho particularmente vulnerables 3.2.Principales medidas para facilitar la recuperación y promover el empleo y el trabajo decente La crisis está causando una reducción sin precedentes de las actividades económicas y del tiempo de trabajo lo cual tiene un impacto grave sobre los ingresos y los empleos. De hecho, está generando un aumento significativo del desempleo y el subempleo . Ante esta perspectiva, la promoción de una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido (de conformidad con el Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122)) tendrá que incluir medidas selectivas para estabilizar las economías y abordar los problemas de empleo, con inclusión de medidas de estímulo
  • 10. fiscal y monetario destinadas a estabilizar los medios de subsistencia y los ingresos, y a salvaguardar la continuidad de las empresas 3.3.Pago de los salarios El Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) prevé que los salarios deberán pagarse a intervalos regulares. Cuando se termine el contrato de trabajo deberá efectuarse un ajuste final de todos los salarios debidos según lo dispuesto, y de no haber disposiciones a este respecto, en un período razonable 3.4.Que pasa si ocurre suspensión del empleo o de despido En caso de despido a causa de las repercusiones económicas de la pandemia de COVID- 19 o por razones de seguridad y salud, el trabajador deberá tener derecho a una indemnización por fin de servicios u otras prestaciones análogas, prestaciones de seguro de desempleo o asistencia para compensar la pérdida de ganancias sufrida como consecuencia del despido Como principio básico, no se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador sin que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa . La ausencia temporal del trabajo por enfermedad o lesión o por responsabilidades familiares no es una causa justificada para terminar la relación de trabajo 3.5.Reducción temporal de las horas de trabajo Los gobiernos deberían adoptar medidas para hacer extensivas las prestaciones de desempleo a los trabajadores que se enfrentan a una pérdida de ganancias debida al desempleo parcial, en particular en casos de reducción temporal de la duración normal o legal del trabajo, y a la suspensión o la reducción de ganancias como consecuencia de una suspensión temporal del trabajo, especialmente por motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos 3.6.Seguridad y salud en el trabajo Los empleadores tendrán la responsabilidad global de asegurarse de que se adopten todas las medidas de prevención y protección factibles para reducir al mínimo los riesgos profesionales (Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)) . Los empleadores tienen la responsabilidad de suministrar, cuando sea necesario y en la
  • 11. medida en que sea razonable y factible, ropas y equipos de protección apropiados sin costo alguno para el trabajador 4. MEDIDAS LEGALES ADOPTADAS EN EL ÁMBITO LABORAL PERUANO DEBIDO AL COVID-19 4.1. Medidas económicas en situaciones de crisis empresarial, con particular referencia al tratamiento como situación de fuerza mayor 4.1.1. El Decreto de Urgencia 025-2020 del 11 de marzo, contiene las modificaciones coyunturales más importantes que se han dado a lo largo del estado de emergencia establecido. Además, establece un marco normativo específico que prevé reglas especiales en materia de teletrabajo frente al coronavirus (COVID-19), incluye a los regímenes laborales de la actividad pública y privada. 4.1.2. Decreto de Urgencia Nº 033-2020, 27 de marzo de 2020: Se establecieron medidas para reducir el impacto en la economía peruana, de las disposiciones de prevención establecidas en la declaratoria de estado de emergencia nacional ante los riesgos de propagación del COVID-19. Entre estas disposiciones se regula la libre disposición de los fondos del monto intangible por depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), previsto en la Ley N° 30334, hasta por la suma de S/ 2 000,00; la Suspensión temporal y excepcional del aporte previsional en el Sistema Privado de Pensiones; y, un subsidio para el pago de planillas de los empleadores equivalente al 35% de la suma de las remuneraciones brutas mensuales correspondientes a los trabajadores hasta un máximo de S/ 1 500,00 por cada trabajador. 4.1.3. Decreto de Urgencia N° 034-2020, 01 de abril de 2020: A fin de disminuir el impacto económico en la sociedad peruana debido a las medidas de aislamiento social derivadas de la declaración de Estado de Emergencia Nacional, se ha dispuesto la adopción de ciertas medidas económico-financieras, entre ellas, el retiro extraordinario del fondo de pensiones en el sistema privado. Ello como medida orientada a inyectar liquidez y así facilitar la adquisición de bienes de consumo que minimicen la afectación negativa en la economía de la población, sobre todo aquellos bajo una situación laboral incierta. 4.1.4. Resolución Ministerial N° 072-2020-TR, 26 de marzo de 2020: Mediante este documento “Guía para la aplicación del trabajo remoto” se resuelven muchas dudas a nivel legal, práctico y técnico que facilitan la implementación del teletrabajo.
  • 12. 4.1.5. Medidas adoptadas para garantizar la eficacia de los derechos laborales A cargo del Ministerio de Trabajo y especialmente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral se garantiza el debido cumplimiento y respeto de los derechos laborales de los trabajadores aún dentro de circunstancias que nos invitan a apoyarnos en la tecnología para realizar el trabajo remoto y, por ende, seguro para todos. 4.1.6. Resolución de Superintendencia Nº 74-2020-SUNAFIL, de 23 de marzo de 2020 que aprueba el Protocolo Nº 003-2020-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo sobre el Ejercicio de la 4 Función inspectiva frente a la Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional para prevenir la propagación del COVID-19 en el territorio nacional. La inspección del trabajo ejerce las funciones de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales durante el Estado de Emergencia Nacional y emergencia sanitaria por la presencia del COVID-19 en el territorio nacional, por lo que mantiene sus competencias de fiscalización y sanción por incumplimiento de las normas laborales generales y de las especiales que se emitan durante el Estado de emergencia para cautelar los derechos de los trabajadores. 5. GUÍA SOBRE LA PREPARACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO PARA EL VIRUS COVID-19 5.1. Cómo un brote de COVID-19 podría afectar los lugares de trabajo El COVID-19, tiene el potencial de causar brotes de gran amplitud. Bajo condiciones asociadas a la propagación generalizada de persona a persona. • Ausentismo: Los trabajadores podrían ausentarse por estar enfermos; ser quienes cuidan a parientes enfermos; ser cuidadores de niños si las escuelas o centros de cuido están cerrados; tener personas en riesgo en sus hogares; o que teman ir a trabajar por temor a una posible exposición. • Cambio en los patrones del comercio: Es probable que la demanda de los consumidores por artículos relacionados con la prevención de infecciones aumentara significativamente, mientras que el interés de los consumidores por otros productos podría disminuir. Los consumidores también podrían cambiar sus patrones de compra debido a un brote de COVID-19, y tal vez intentarían comprar en horas de menor tráfico para reducir el contacto con otras personas, lo cual indicaría un mayor interés en servicios de entrega a domicilio y reducir el contacto de persona a persona.
  • 13. 5.2. Pasos que todos los empleadores pueden tomar para reducir el riesgo de exposición de los trabajadores al SARS-CoV-2 5.2.1. Desarrollar un plan de preparación y respuesta contra enfermedades infecciosas: Tales planes deben considerar además de atender el nivel de riesgo que se asocia con varios lugares de trabajo y tareas de trabajo que los empleados realizan en esos lugares. Tales consideraciones podrían incluir: • Dónde, cómo y a cuáles fuentes de SARS-CoV-2 podrían estar expuestos los trabajadores, incluyendo:  Público en general, clientes y compañeros de trabajo  Personas individuales o aquellas en un riesgo de infección particularmente alto • Factores de riesgo no ocupacionales en el hogar y en ambientes comunitarios. • Los factores de riesgo individual de los trabajadores • Los controles necesarios para atender esos riesgos Los planes también deben considerar y atender los otros pasos que los empleadores pueden tomar para reducir el riesgo de exposición de los trabajadores al SARS-CoV-2 en sus lugares de trabajo, descritos en las secciones siguientes. 5.2.2. Prepararse para implementar medidas básicas de prevención de infecciones: Todos los empleadores deben implantar en sus lugares de trabajo unas buenas prácticas de higiene y control de infecciones, incluyendo: • Promover el lavado de manos frecuente y exhaustivo, incluyendo que se provea a los trabajadores, clientes y visitantes del lugar de trabajo un lugar para lavarse las manos, además de proveer toallitas de mano que contengan al menos un 60% de alcohol en caso de la ausencia de agua y jabón. • Alentar que los trabajadores permanezcan en sus hogares si están enfermos. • Alentar buenos hábitos respiratorios, incluyendo cubrirse la boca al toser y estornudar. • Proveer de papel higiénico y depósitos para la basura. • Los empleadores deben explorar si pueden establecer políticas y prácticas, como la flexibilidad para el lugar de trabajo, por ej. trabajos desde la casa, y en el horario de trabajo para aumentar la distancia física entre los trabajadores, y entre los trabajadores y otras personas.
  • 14. • Conservar de manera regular las prácticas de limpieza de mantenimiento, incluyendo la limpieza y desinfección rutinaria de las superficies, equipo y otros elementos del ambiente de trabajo. 5.2.3. Desarrollar políticas y procedimientos para la pronta identificación y aislamiento de las personas enfermas, de ser pertinente • La rápida identificación y el aislamiento de los individuos potencialmente infecciosos para la protección de los trabajadores, clientes, visitantes y otras personas en un lugar de trabajo. • Los empleadores deben informar y alentar a los trabajadores a monitorearse por sí mismos para verificar si presentan señales y síntomas del COVID-19 y de sospechar alguna posible exposición. • Los empleadores deben desarrollar políticas y procedimientos para que los trabajadores informen cuándo están enfermos o están experimentando síntomas del COVID-19. • Cuando sea pertinente, los empleadores deben desarrollar políticas y procedimientos para aislar inmediatamente a las personas que muestran señales y/o síntomas del COVID-19 y adiestrar los trabajadores para implementarlos. • De ser posible, aislar a las personas sospechosas de portar el COVID-19 separadas de aquellos en quienes se haya confirmado que tienen el virus para prevenir una mayor transmisión. • Limitar la cantidad de personal que puede entrar a las áreas de aislamiento. • Proteger los trabajadores que están en contacto cercano con alguna persona enferma o que ha tenido contacto prolongado o repetido con tales personas. 5.2.4. Desarrollar, implementar y comunicar las flexibilidades y protecciones del lugar de trabajo • Alentar de manera activa, a que los trabajadores permanezcan en sus hogares. • Asegurarse de que las políticas de licencia por enfermedad sean flexibles y consistentes con las guías de salud pública y que los trabajadores tengan conocimiento de estas políticas. • Dialogar con las compañías que proveen trabajadores por contrato sobre la importancia de que los trabajadores enfermos permanezcan en sus hogares y
  • 15. alentarlos a desarrollar políticas de licencia por enfermedad que no sean punitivas. • Mantener políticas flexibles que permitan a los trabajadores permanecer en sus hogares para cuidar de algún pariente enfermo. • Reconocer que los trabajadores con parientes enfermos tal vez necesiten permanecer en sus hogares para cuidar de ellos. • Trabajar con las compañías de seguros y las agencias de salud estatales y locales para proveer información a los trabajadores y los clientes sobre el cuidado médico en la eventualidad de un brote de COVID-19. 5.2.5. Implementar controles en el lugar de trabajo: La mejor manera de controlar un riesgo es removerlo sistemáticamente del lugar de trabajo, en lugar de confiar en que los trabajadores reduzcan su exposición. 5.2.5.1. Controles de ingeniería Los controles de ingeniería conllevan aislar a los trabajadores de los riesgos relacionados con el trabajo. En los lugares de trabajo donde sean pertinentes, estos tipos de controles reducen la exposición a los riesgos sin recurrir al comportamiento de los trabajadores y puede ser la solución cuya implementación es más efectiva en términos de costos. Los controles de ingeniería incluyen: • Instalar filtros de aire de alta eficiencia. • Aumentar la ventilación en el ambiente de trabajo. • Instalar barreras físicas, como cubiertas protectoras plásticas transparentes contra estornudos. • Instalar un sistema de delivery para el servicio al cliente. • Ventilación especializada de presión negativa en algunos ambientes, como para los procedimientos generadores de aerosol 5.2.5.2. Controles administrativos Los controles administrativos requieren acción por parte del trabajador o empleador. Típicamente, los controles administrativos son cambios en la política o procedimientos de trabajo para reducir o minimizar la exposición a un riesgo. Ejemplos de controles administrativos para el SARS-CoV-2 incluyen:
  • 16. • Alentar a los trabajadores enfermos a que permanezcan en sus hogares. • Minimizar el contacto entre los trabajadores, clientes y personas • Establecer días alternos o turnos de trabajo adicionales que reduzcan el número total de trabajadores en una instalación en un tiempo dado • Detener todo viaje no esencial a lugares con brotes de COVID-19 en progreso. • Desarrollar planes de comunicación de emergencia, incluyendo un foro para contestar las interrogantes de los trabajadores y comunicaciones a través de Internet • Proveer a los trabajadores educación y adiestramiento actualizados sobre los factores de riesgo del COVID-19 y comportamientos de protección • Adiestrar a los trabajadores que necesitan usar vestimenta y equipo de protección sobre cómo colocárselo, utilizarlo y quitárselo de manera correcta, incluyendo el contexto de sus deberes actuales y potenciales. 5.2.5.3. Prácticas de trabajo seguras Las prácticas de trabajo seguras son tipos de controles administrativos que incluyen los procedimientos para un trabajo seguro y apropiado que se utilizan para reducir la duración, frecuencia o intensidad de la exposición a un riesgo que incluyen: • Proveer recursos y un ambiente de trabajo que promueva la higiene personal. • Requerir el lavado regular de las manos o el uso de toallitas a base de alcohol. • Colocar rótulos de lavado de manos en los baños. 5.2.5.4. Equipo de protección personal (EPP) Mientras que los controles de ingeniería y administrativos se consideran más efectivos para minimizar la exposición a SARS-CoV-2, el EPP también puede ser necesario para prevenir ciertas exposiciones. Aunque el uso correcto del EPP puede ayudar a prevenir algunas exposiciones, no debe tomar el lugar de otras estrategias de prevención. Ejemplos de EPP incluyen: guantes, gafas, escudos faciales, mascaras faciales y protección respiratoria, cuando sea pertinente. Todos los tipos de EPP deben: • Seleccionarse a base del riesgo para el trabajador. • Ajustarse apropiadamente y reajustarse periódicamente, según sea aplicable • Usarse de manera consistente y apropiada cuando sea requerido.
  • 17. • Inspeccionarse y recibir mantenimiento regularmente, y ser reemplazado, de ser necesario. • Removerse, limpiarse y almacenarse o desecharse de manera apropiada, según sea aplicable, para evitar la contaminación del usuario, de otros, o el ambiente. Los empleadores están obligados a proveer a sus trabajadores el EPP necesario para mantenerlos seguros mientras realizan sus trabajos. 5.3. Clasificando la exposición de los trabajadores al COVID-19: El riesgo de los trabajadores por la exposición ocupacional al SARS-CoV-2, el virus que causa el COVID-19, durante un brote podría variar de un riesgo muy alto a uno alto, medio o bajo (de precaución). El nivel de riesgo depende en parte del tipo de industria, la necesidad de contacto, o el requerimiento de contacto repetido o prolongado con personas que se conoce o se sospecha que estén infectadas con el SARS-CoV-2. 5.3.1. Riesgo muy alto de exposición: Los trabajos con riesgo muy alto de exposición son aquellos con alto potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19 durante procedimientos médicos, trabajos mortuorios o procedimientos de laboratorio. Los trabajadores en esta categoría incluyen: • Trabajadores del cuidado de la salud • Personal del cuidado de la salud o de laboratorio recopilando o manejando especímenes de pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID- 19 • Trabajadores de morgues que realizan autopsias 5.3.2. Riesgo alto de exposición Los trabajos con riesgo alto de exposición son aquellos con un alto potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19. Los trabajadores en esta categoría incluyen: • Personal de apoyo y atención del cuidado de la salud expuestos a pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19. • Trabajadores de transportes médicos
  • 18. • Los trabajadores mortuorios involucrados en la preparación de los cuerpos de personas que se conoce o se sospecha que portaban el COVID-19 al momento de su muerte. 5.3.3. Riesgo medio de exposición Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano con personas que podrían estar infectadas, pero que no son pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19. 5.3.4. Riesgo bajo de exposición (de precaución) Los trabajos con un riesgo de exposición bajo son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con el SARS-CoV-2 ni tienen contacto cercano frecuente con el público en general. Los trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo. 6. ¿VOLVER AL TRABAJO EN TIEMPOS DE COVID-19? 6.1. ¿Qué pasa si me contagio en el trabajo? Un trabajador independiente que adquiera el COVID-19 u otra enfermedad no será beneficiario del subsidio por incapacidad temporal, que sí perciben los trabajadores dependientes, por lo que son más vulnerables económicamente en este contexto. Respecto a los trabajadores independientes informales, el Gobierno debe seguir capacitando y sensibilizando de manera masiva con campañas en prensa, radio, televisión y redes sociales. Para evitar contagiarnos en el trabajo es fundamental continuar con los protocolos de higiene y cuidado, el distanciamiento social obligatorio y aquellas normas que se establezcan en nuestros centros de labores 6.2. ¿Qué obligaciones tienen las empresas para proteger a sus trabajadores? Las medidas sanitarias pueden incluir el uso de mascarillas, geles desinfectantes y otros equipos de protección, en función de la realidad concreta de cada centro de trabajo. El Gobierno pide que se incluyan: • Medidas de entrada y salida escalonadas • Garantías para poder conciliar la vida laboral y la familiar, algo especialmente importante para las personas con hijos o personas dependientes a su cargo Si el centro laboral es un establecimiento con atención al público, la empresa tiene la obligación de poner a disposición de sus trabajadores dispensadores de gel
  • 19. hidroalcohólico. El uso de la mascarilla es obligatorio en todos los espacios abiertos al público. Además, la empresa tendrá que poner los medios necesarios para limpiar y desinfectar los puestos de trabajo en cada cambio de turno, como mostradores, mesas, terminales de pago, pantallas táctiles. 6.3. ¿En qué condiciones puedo solicitar el teletrabajo? A pesar de la recomendación por parte del Gobierno, el teletrabajo no es obligatorio. Para activar esta medida, tanto la empresa como los trabajadores tienen que estar de acuerdo. Sin embargo, si la empresa no lo ha propuesto, pero el puesto que se ocupa y las tareas que se realizan en el día a día permitan trabajar a distancia, bastará con que se solicite al responsable un periodo de teletrabajo, siguiendo las recomendaciones de Sanidad. 6.4. ¿Corre riesgo mi puesto de trabajo? Las empresas que se enfrentan a dificultades económicas serias tienen la posibilidad de aplicar un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), de manera que pueden suspender los contratos de trabajo o reducir temporalmente las jornadas laborales, durante el cual: • La empresa sigue pagando las cotizaciones a la seguridad social • El trabajador tiene derecho a cobrar el paro • No se generan derecho a pagas extra ni vacaciones • El trabajador no cobra ninguna indemnización por parte de la empresa, a diferencia de en el caso de aplicarse un ere (expediente de regulación de empleo), de carácter permanente
  • 20. CONCLUSIONES Primera.- Colapso de la economía y sus efectos sociales. Las consecuencias de la pandemia han paralizado la actividad económica y sus efectos son especialmente visibles en el trabajo de las personas. Es preciso destacar que la crisis del coronavirus ha venido a poner en cuestión nuestro modelo de economía, muchas veces insensible con los aspectos sociales y éticos ligados al trabajo de las personas. La crisis del Covid-19 va transformar nuestro modelo de convivencia social y las bases de nuestro Estado del Bienestar. Estamos viendo como las respuestas de los estados son dispares ante un desafío global, que se traduce en una pandemia histórica, como consecuencia de la rápida e intensa propagación del virus que nos está afectando. Sin duda, se trata de una situación incierta, que nadie previó en su momento, y que estamos intentados asimilar, dando respuestas desde la perspectiva de la soberanía de los estados nacionales. Segunda.- La necesidad del consenso y de la solidaridad en la Unión Europea. La actual crisis ha evidenciado, desde el punto de vista europeo, la necesidad de lograr mayor entendimiento, colaboración y solidaridad de la Unión Europea con los países más afectados por la crisis sanitaria, cuyas economías se están resintiendo con más intensidad a causa del coronavirus. Es cierto que la Unión Europea no tiene una competencia soberana en materia de salud pública, ya que su función es de coordinación de los distintos sistemas sanitarios. Con todo, no cabe duda que las críticas contra la Unión Europea son evidentes, y los estados más afectados, como Italia y España, no han dudado en pedir ayuda e insistir en la solidaridad y en la coordinación desde el punto de vista del proyecto europeo de integración. Tercera.- El especial impacto de la crisis global en América Latina y el aumento de las situaciones de exclusión social. La situación actual supone una crisis de salud global, acompañada de la tan temida crisis económica, con un impacto que hasta ahora no hemos visto. En esta situación la enfermedad va a ser letal ante las capas de la sociedad excluida del sistema de salud. Ello afecta a los colectivos más vulnerables, que no cuentan con una cobertura pública de salud universal. Por ello, es cada vez más importante la presencia del Estado nacional en estos momentos, reafirmando la debida protección de la salud de los ciudadanos. Sin duda, esta situación va a reafirmar mucho más los grandes desafíos de la desigualdad y la justicia social en la región, observando cómo afecta la enfermedad a los colectivos informales, al indigenismo, a las familias numerosas, a los ancianos, etc. Cuarta.- El papel de las políticas laborales y sociales como mecanismos de compensación social. En esta situación es ciertamente importe recurrir a la acciones
  • 21. desarrolladas por la OIT. Ciertamente la OIT tiene un especial rol en esta situación de urgencia y dispone de instrumentos para desarrollar adecuadas políticas laborales y sociales de combate a la pandemia. Con carácter general, tenemos los instrumentos internacionales básicos, Convenios y Recomendaciones, que marcan un importante camino a seguir en cuanto al trabajo digno y la justicia social, así como el recurso a los códigos de conducta, guías y manuales de interpretación de los estándares laborales internacionales. Precisamente ahora, en esta situación de emergencia, la OIT debe focalizar su acción en dar respuestas e índices de tratamiento de una situación ciertamente compleja.
  • 22. BIBLIOGRAFÍA ALARCÓN, S., “Teletrabajo: ¿De Derecho a obligación?, en el Pais.com, 28 de marzo de 2020. ARASTEY SAHÚN, “Las relaciones laborales tras la declaración del Estado de Alarma por el Coronavirus”, en el Diario La Ley, núm. 9603, 27 de marzo de 2020. BENENCIA, R. – QUARANTA, G., “Mercado de trabajo y relaciones sociales: la conformación de trabajadores agrícolas vulnerables”, en Sociología del Trabajo, núm. 58, 2006. CARMONA BAYONA, E – RESTREPO PIMIENTA, J., Alternativas laborales en Colombia ante el Covid-19, Juri-Dileyc – Universidad del Atlántico, Madrid, 2020. CARRILLO ROA, A., “Situación del adulto mayor en la fuerza de trabajo: Venezuela”, en Revista Latinoamericana de Población, Vol. 6, núm. 11, 2012. CRUZ VILLALÓN, J., “Una vuelta de tuerca”, El País, Economía, 28 de marzo de 2020. FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, J.J., La fuerza mayor como causa de extinción y suspensión del contrato de trabajo, Civitas, Madrid, 1993. GOMÉZ, Mª.R. – ISORNI, Mª.E. – SABER, G., “Vulnerables: trabajo y condiciones de vida”, en Trabajo y sociedad: Indagaciones sobre el empleo, la cultura y las prácticas políticas en sociedades segmentadas, núm. 2, 2000. GONZÁLEZ TAPIA, Mª.L., “Derecho a la desconexión digital y teletrabajo”, en Diario La Ley, núm. 9604, 30 de marzo de 2020. HOWARTH, D. – VERDUN, A., “Economic and Monetary Union at twenty: a stocktaking of a tumultuous second decade – introduction”, en Revue d'integration europeenne. Journal of european integration, Vol.42, núm. 3, 2020. INTERNATIONAL LABOUR ORGANITATION, ILO, Monitor 1st Edition “COVID19 and the world of work: Impact and policy responses 18 March 2020”, 18 de marzo de 2020. [bit.ly/3a5ckqG] LANTARÓN, D. – SERRANI, L. – FERNÁNDEZ, S., “Panorámica mundial de la
  • 23. lucha contra los efectos del COVID-19 en las relaciones de trabajo: fotografía de una dinámica cambiante”, en www.cielolaboral.com LÓPEZ AHUMADA, J.E., “Medidas de protección laboral y de seguridad social aplicadas en España durante el estado de alarma provocado por la epidemia del Covid19”, en Revista Actualidad Laboral (Lima, Perú) 4 de abril de 2020. https://bit.ly/34elDDy LÓPEZ AHUMADA, “Crisis del empleo y protección social en España con motivo del estado de alarma del Covid-19”, en La Justicia Uruguaya: revista jurídica, ThomsonReuters, 9 de abril de 2020. https://bit.ly/2wznzdq