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Proteccion Infantil enISKCON
PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN INTERNA
PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN INTERNA
 Tomar y hacer cumplir las decisiones respetando la conducta intrusiva y
el comportamiento abusivo es una tarea compleja que implica equilibrar
los derechos de todas las partes.
 No es ni el deseo ni la intención de la Oficina de Protección Infantil de
ISKCON instituir políticas y procedimientos que intenten duplicar o
imitar los mecanismos de investigación y adjudicación civil y criminal
que ya funcionan en el mundo secular.
 Más bien, estos Procedimientos encuentran su génesis y expresión
resultante dentro de los principios aplicables de fe y doctrina. En
consecuencia, estos procedimientos siguen la regla eclesiástica, la
costumbre y la ley.
PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN INTERNA
 Además, y en líneas paralelas, el ISKCON CPO ha sido
autorizado por ISKCON GBC para desarrollar e instituir
políticas y procedimientos disciplinarios integrales alineados
con la intención, la forma y el lenguaje expresados en estas
Directrices.
Panel de Respuesta y Revisión Pastoral.
Compromiso Pastoral
Además del informe requerido de cualquier acusación de abuso a
las autoridades civiles apropiadas, cuando se recibe una
acusación de abuso sexual u otro abuso de un menor por parte de
un Clero o Personal de ISKCON, se notificará inmediatamente al
CPT local y al Presidente local del Templo. Una investigación
preliminar en armonía con los Principios de ISKCON se llevará a
cabo sin demoras indebidas.
Panel de respuesta y revisión pastoral
 El presunto abusador será notificado inmediatamente de la
investigación a menos que la notificación sirva para comprometer o
afectar la revisión, investigación o enjuiciamiento por parte de las
autoridades seculares. ISKCON cooperará plenamente y tendrá
cuidado de no interferir con ninguna investigación realizada por la
policía.
 Si inicialmente se descubre que una acusación de abuso o acoso de
un menor por parte del Personal o Clero de ISKCON tiene
credibilidad, el presunto abusador puede ser relevado
temporalmente de cualquier ministerio o función eclesiástica, en
armonía con los Principios de ISKCON.
Panel de respuesta y revisión pastoral
 Hallazgos contrarios a la acusación: si el acusado es
declarado no culpable por la autoridad secular, y el director
del CPO o un panel de revisión del CPO determina que la
persona en cuestión no ha violado los estándares de
conducta requerida de ISKCON, se intentará restaurar el
puesto y reputación del acusado Si las alegaciones se han
convertido en conocimiento público, el CPO de ISKCON dará
a conocer la inocencia del acusado en un foro apropiado.
Asistencia a la víctima
 ISKCON y su CPO están preocupados por el bienestar
espiritual, físico y emocional de las presuntas víctimas y se
han comprometido a promover la curación, la reconciliación y
el empoderamiento. Esto incluye llegar a apoyar a las
víctimas y a todas las demás personas afectadas
negativamente por un incidente de abuso para comunicar un
compromiso sincero con su bienestar espiritual, físico y
emocional. En la medida de lo posible, se debe proporcionar
asesoramiento apropiado, asistencia espiritual y acceso a
recursos de apoyo y otros servicios.
Funciones y Deberes de la Oficina Central de
Protección Infantil (CPO) de ISKCON
 1. Crear conciencia y difundir información sobre la protección
de la infancia
 2. Para coordinar la revisión de las acusaciones de abuso
 3 Para mantener todos los registros y archivos / para usar en
el examen, etc., y compartir con los líderes de ISKCON
apropiados, de acuerdo con las políticas descritas en estas
Pautas.
 4. Organizar seminarios y capacitación sobre prevención y
abuso infantil para líderes, docentes, personal y miembros de
ISKCON
Funciones y Deberes de la Oficina Central de
Protección Infantil (CPO) de ISKCON
 5. Llevar a cabo investigaciones para determinar si los procedimientos de
detección están en su lugar, e informar el resultado de las mismas a las
autoridades de ISKCON correspondientes y al GBC.
 6. Monitorear y entrenar a los equipos locales de protección de niños en el
templo (CPT)
 7. Formar y coordinar las oficinas regionales / satélite de protección infantil
 8. Ayudar a coordinar oportunidades de servicio, apoyo y programas
especiales para víctimas / sobrevivientes de abuso donde sea posible
Nota: No se permitirá que ningún individuo acusado de maltrato infantil se
desempeñe como Director de CPO, Director Regional, Miembro del Panel de
Revisión, Miembro del CPT, miembro del Panel Asesor u otro puesto del
personal.
Requisitos para el Director Ejecutivo:
 Maduro, objetivo, aprende rápido, tiene buenas habilidades
de personas, tiene integridad, empático, bien organizado,
multitarea, puede delegar tareas, un buen gerente de oficina,
buenas habilidades de comunicación, espiritualmente fuerte y
equilibrado, comprende la importancia de la protección infantil
y el impacto de abuso, tiene un historial impecable, altos
estándares morales y carácter. Idealmente, con un poco de
educación y experiencia en el campo de cuidado /
asesoramiento infantil.
Deberes del Director Ejecutivo (Oficina
Central)
 1. Establecer y supervisar las oficinas regionales (satelitales)
 2. Preparar materiales de capacitación y referencia
apropiados para diferentes audiencias, como GBC, TP,
personal escolar, equipos locales de protección infantil
("CPT"), niños y padres.
 3. Supervisar y dirigir a otros miembros del personal de CPO
 4. Establecer o actualizar los procesos de selección
existentes para ISKCON
Deberes del Director Ejecutivo (Oficina
Central)
 5. Organice seminarios de capacitación para líderes de ISKCON,
escuelas, padres, etc.
 6. Asesorar a CPT locales y oficinas regionales según sea necesario
 7. Ayuda a coordinar el asesoramiento para las víctimas confirmadas,
siempre que sea posible
 8. Coordinar y supervisar el sistema de revisión para casos de presunto
abuso, incluida la selección de miembros del Panel de Revisión
 9. Coordinar el personal y la capacitación para ese Sistema de Revisión
 10. Interactuar con el liderazgo de ISKCON, asistir a las reuniones
anuales del GBC, etc.
Deberes del personal de la Oficina Central
 1. Guarde copias de todos los registros permanentes
 2. Ayude a compilar y actualizar la lista de profesionales de la salud
devotos dispuestos a ofrecer voluntariamente su tiempo para recibir
asesoramiento o para trabajar con las víctimas para encontrar atención
local.
 3. Mantenga los archivos y la lista de casos pasados y las decisiones del
Panel de Revisión. Proporcionar información a las autoridades de
ISKCON según corresponda y de conformidad con las políticas de
confidencialidad.
 4. Evaluación: la oficina central desarrollará sistemas y políticas para
contratar / examinar a través de ISKCON (que se queda en nuestros
ashrams, trabaja para nosotros, enseña en nuestras escuelas y se
convierte en un discípulo iniciado). Dicha evaluación será obligatoria para
todos los centros de ISKCON, proyectos educativos, etc..
Alegaciones contra el personal del CPO o los
miembros del CPT
 En caso de quejas por el mal manejo de un caso por parte de
los miembros del CPT o del personal de CPO, el asunto debe
ser informado al director del CPO, quien realizará una
consulta, si lo considera necesario. Cuando las
reclamaciones pertenecen al Director del CPO, el problema
debe presentarse al Panel asesor del CPO y, si lo desean,
pueden remitirlo al Comité Ejecutivo del GBC.
Alegaciones contra el personal del CPO o los
miembros del CPT
 Si se presentan denuncias de abuso infantil contra el
personal del CPO o los miembros del CPT, deben
notificarse directamente al Director del CPO, quien, en
consulta con el Panel Asesor, iniciará una investigación
de la manera habitual.
 Si surgen acusaciones de abuso contra el Director del
CPO, las autoridades locales del CPT o de ISKCON
remitirán el asunto al Comité Ejecutivo del GBC, que
consultará con el Panel Asesor del CPO en cuanto a la
acción apropiada.
Panel de asesoría
 Los miembros del Panel Asesor deben tener capacitación y
experiencia en protección infantil y reconocimiento y manejo
de abuso a menores. Los miembros serán nombrados por el
Director del CPO, en consulta con el GBC por un período de
tres años, y pueden servir dos mandatos consecutivos.
Funciones del Panel Asesor
 Promover la conciencia y la comprensión de la importancia de
la protección infantil en ISKCON.
 Actuar como un cuerpo asesor del Director del CPO.
 Revisar y ofrecer asesoramiento sobre enmiendas propuestas
a la Política de CPO y Pautas operativas, y otras políticas
según lo solicite el Director.
 Para revisar cualquier comentario o queja por escrito sobre el
CPO y para proporcionar consejos sobre cómo abordar estos
problemas.
Paneles de revisión de CPO
Para ayudar al CPO de ISKCON en la implementación
de estas Pautas, el CPO establecerá los Paneles de
Revisión que funcionan como órganos consultivos y
consultivos confidenciales.
Paneles de revisión de CPO
Membresia
 Los paneles de revisión estarán compuestos por tres
individuos de excelente integridad y buen juicio, que
hayan recibido capacitación en el reconocimiento y
la respuesta al abuso de menores. Los miembros
serán aprobados y nombrados (y pueden ser
eliminados) por el Director del CPO.
Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro
del panel de revisión
 a. Cada miembro del panel de revisión será independiente e
imparcial.
 segundo. Al aceptar el nombramiento, se considerará que cada
Miembro del Panel de Revisión está sujeto a estas Reglas y
cualquier modificación acordada por las partes.
 do. Un Miembro del Panel de Revisión deberá divulgar de inmediato
por escrito al Director del CPO, cualquier circunstancia que pueda
causar dudas con respecto a la independencia o imparcialidad del
Miembro del Panel de Revisión. Tales circunstancias incluyen
parcialidad, interés en el resultado de la adjudicación, y las
relaciones pasadas o presentes con una parte o su abogado.
Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro
del panel de revisión
 d. A Review Panel Member may be challenged if
circumstances exist or arise that give rise to justifiable doubt
regarding that of the Judge's independence or impartiality.
 e. In the event of death, resignation or successful challenge
of a Review Panel Member, a substitute Review Panel
Member shall be selected by the CPO Director.
Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro
del panel de revisión
 F. En caso de que el Miembro del Panel de Revisión no actúe,
o en caso de que el Director del CPO determine que un
miembro del panel de revisión está de jure o de facto
impedido de desempeñar debidamente las funciones de un
Miembro del Panel de Revisión, el Director del CPO
seleccionará un reemplazo.
 gramo. Si se reemplaza a un miembro del Panel de Revisión,
el Director del CPO decidirá hasta qué punto se repetirán las
audiencias anteriores.
Funciones de los paneles de revisión
 La evaluación exhaustiva de cualquier acusación de abuso de
menores y;
 Una determinación sobre la idoneidad del presunto abusador
para continuar como Clero de ISKCON u otro puesto; y
 Determinar cualquier disciplina u otra acción según sea
necesario o apropiado.
Política de comunicaciones
 Dentro del contexto de respeto por la privacidad y la reputación de las
personas involucradas, el CPO tratará lo más abiertamente posible con
los miembros de la comunidad. Esto es especialmente cierto con
respecto a la asistencia y el apoyo a las comunidades vaisnavas
directamente afectadas por una supuesta mala conducta ministerial
que involucra a menores.
 Toda la información recibida por el Panel de Revisión será considerada
confidencial y no será revelada por ningún miembro del Panel de
Revisión, excepto para el Asesor Legal de ISKCON, otros miembros
del Panel de Revisión, el Director de CPO y el Administrador de Casos,
a menos que la ley lo obligue.
Eliminando Clérigo o Personal de ISKCON
 No se interpretará nada aquí que impida a cualquier entidad
de ISKCON, en consulta con la Oficina de Protección Infantil
de ISKCON, retirar temporalmente o permanentemente al
Clero o al Personal de ISKCON tras la notificación de un
alegato, ya sea pendiente o después de que la Junta de
Revisión complete sus procedimientos.
Implementación de políticas
 El CPO de ISKCON ha desarrollado sus propios
procedimientos específicos para implementar esta política, de
acuerdo con las Pautas de este documento. Cualquiera
presuntamente responsable de un comportamiento intrusivo
contrario a estas pautas recibirá una revisión justa e
imparcial.
 El CPO debe recibir la aprobación final para cualquier cambio
de procedimiento importante de la Comisión de la Junta
Directiva Internacional de ISKCON (GBC).
Procedimientos específicos de los
paneles de revisión del CPO
 1. Principios
 2. Jurisdicción
 3. Circunstancias especiales
1. Principios
 No es ni el deseo ni la intención de la Oficina de Protección Infantil de
ISKCON instituir políticas y procedimientos que intenten duplicar o imitar
los mecanismos de investigación y adjudicación civil y criminal que ya
funcionan en el mundo secular.
 Más bien, estos procedimientos encuentran su génesis y expresión
resultante dentro de los principios aplicables de fe y doctrina. En
consecuencia, estos procedimientos siguen reglas eclesiásticas,
costumbres y leyes, en lugar de procedimientos penales o civiles.
 En la mayoría de los casos, los casos de maltrato infantil (negligencia y
abuso sexual, físico y psicológico) ya habrán pasado a través de los
sistemas legales locales. En algunos casos, el Panel de Revisión puede
necesitar llevar a cabo su propia audiencia y considerar evidencia única
para cada situación. (Consulte la Sección II. B (3)
1. Principios
 Estos procedimientos son un mecanismo de revisión interna en línea con la
prerrogativa administrativa de ISKCON para hacer cumplir las pautas de
comportamiento consistentes con el juego limpio y los principios de Vaisnava.
Como tal, se da amplia libertad a las decisiones del panel de revisión sobre
cómo ponderar las pruebas y tomar decisiones. Como condiciones para la
relación continua de un individuo con la institución de ISKCON, los paneles de
revisión también pueden proponer medidas disciplinarias o de otro tipo según
sea necesario o apropiado.
 En todos los casos, los hallazgos de los paneles de Revisión son decisiones
eclesiásticas que solo se relacionan con la idoneidad del devoto para continuar
como Clero de ISKCON u otras posiciones, o su relación futura con la
organización de ISKCON.
2. Circunstancias
 En general, el sistema de revisión del CPO pertenece al
clero de ISKCON o al personal involucrado en un
comportamiento contrario a los principios establecidos en
este documento. La jurisdicción del CPO se extiende hasta
donde el presunto autor del maltrato infantil es, o era en el
momento del presunto incidente, un clérigo de ISKCON,
miembro del personal u otro personal, y / o el incidente
ocurrió en un templo o proyecto de ISKCON.
2. Circunstancias
 Como se establece en los Estándares para Informar arriba,
es la responsabilidad de la administración de todos los
templos y proyectos de ISKCON "que saben, o tienen
motivos razonables para sospechar, que un niño ha sido
víctima de maltrato infantil, para realizar inmediatamente
cualquier informe requerido por ley, directamente a las
autoridades locales encargadas de hacer cumplir la ley u
otras autoridades, como la agencia local de servicios de
protección infantil, según corresponda en su jurisdicción.
"Estos casos deben ser decididos por las autoridades
penales y civiles locales.
2. Circunstancias
 Aquellos encontrados culpables en un tribunal de justicia estarán
sujetos a restricciones como se detalla a continuación.
 Sin embargo, hay situaciones en las que ISKCON no puede
valerse de las decisiones de los sistemas legales locales. Esto
puede ocurrir para cualquier cantidad de situaciones, como que un
país no tenga un sistema legal receptivo, el caso vaya más allá del
estatuto de limitaciones locales u otras razones. La decisión de
constituir un Panel de Revisión en otras situaciones sería decidida
por la Oficina de Protección Infantil caso por caso. El caso
entonces será procesado de acuerdo con los procedimientos
descritos en la Sección III.
3. Circunstancia Especiales
 Casos decididos por el sistema legal
 Alegaciones de abuso infantil dentro de la congregación
 CPO Y REVISIÓN DEL PROCESO DEL PANEL
 Convocar un panel de revisión
 Llevando a cabo la revisión
 Revisar la decisión y recomendación del panel
 Decisiones escritas
 Distribución de decisiones
 Políticas adicionales
 Consideraciones adicionales sobre restricciones, requisitos y
recomendaciones
Casos decididos por el sistema legal
En estos casos de determinación clara de culpabilidad por parte del
proceso legal secular, no es necesario pasar por una Revisión del
Panel de la Oficina de Protección Infantil. Devotos que han sido
condenados, o declarados culpables, de abuso sexual o físico de
niños en procedimientos legítimos penales o civiles:
Puede que no tenga ninguna posición de liderazgo dentro de
ISKCON.
Se restringirá su relación con los templos y proyectos de ISKCON de
la siguiente manera.
Es posible que no residan en los templos o pasen la noche allí.
No pueden asumir una posición de liderazgo.
Casos decididos por el sistema legal
 No pueden dar clase o llevar kirtan en el templo.
 No pueden participar en un servicio que involucre a niños.
 Es posible que no estén presentes en un templo si sus víctimas
también están presentes (sin el consentimiento de la víctima).
El Director de la Oficina Central de Protección Infantil de ISKCON
verificará que hayan sido encontrados culpables en un proceso
judicial penal. Las circunstancias atenuantes que justifiquen la
relajación de las restricciones anteriores o justifiquen una restricción
más estricta a los estándares anteriores requerirían una revisión de la
Oficina del CPO.
Alegaciones de abuso infantil dentro de la
congregación
Algunas acusaciones de abuso infantil ocurren dentro de la
congregación; en otras palabras, el presunto abuso no ocurrió en la
propiedad de ISKCON o en un templo o proyecto de ISKCON, ni el
abuso fue cometido por un clérigo, funcionario o empleado de
ISKCON. En estas situaciones, la Oficina de Protección Infantil NO
tiene jurisdicción para remitir el caso a un Panel de Revisión de CPO.
Más bien, el CPO actuará de manera consultiva con el templo local y
la congregación.
Alegaciones de abuso infantil dentro de
la congregación
Se debe alentar a las autoridades locales, junto con el Equipo local de Protección
Infantil, a:
• Informe, o haya informado, sobre el abuso a las autoridades civiles locales
según corresponda e indique en las Normas anteriores.
• Ofrezca apoyo y consejo a la víctima de abuso y a su familia.
• Reporte el incidente al CPO.
• Tome las medidas de precaución que sean necesarias y prudentes para la
situación local.
Cabe señalar que, como organización privada sin fines de lucro, cualquier centro
de ISKCON es libre de limitar o restringir el acceso a sus instalaciones según lo
considere oportuno.
El proceso del panel de revisión
Cuando se decida que una acusación debe ir a un Panel de Revisión,
se aplicarán los siguientes procedimientos:
• Los procedimientos para llevar una denuncia al Panel de Revisión y
el funcionamiento de ese Panel se basarán en el concepto de
proporcionar una audiencia justa e imparcial dentro de nuestros
principios eclesiásticos. En general, el proceso será el siguiente:
• Los padres, las víctimas, las autoridades locales del templo, los
miembros individuales de la comunidad u otras personas señalan
una acusación o situación a la atención del CPT.
El proceso del panel de revisión
 Los padres, las víctimas, las autoridades locales del templo, los
miembros individuales de la comunidad u otras personas señalan
una acusación o situación a la atención del CPT.
 El CPT local y / o el CPO regional, o si ninguno está activo, las
autoridades del templo, por lo general examinarán los problemas y
las acusaciones. Cuando haya indicios convincentes que sugieran
que ha habido abuso, se informará al Director del CPO para que lo
asesore y brinde orientación.
 No obstante lo anterior, todas las quejas que estén siendo tratadas
por el CPT local y / o el CPO regional deberán ser comunicadas al
CPO.
1. Convocar un panel de revisión
 El Director del CPO asignará tres miembros a cada Panel de
Revisión. Los panelistas se elegirán de una lista de devotos
que se hayan capacitado en el reconocimiento y la respuesta al
abuso de menores para comprender el abuso infantil, la
evaluación de pruebas y la psicología de los abusadores y las
víctimas.
 Cualquier panelista con familiaridad personal o conocimiento
del acusado o de la víctima, de manera que les impida tomar
una decisión imparcial, debe retirarse del panel.
2. Llevando a cabo la revisión
 Dentro de las pautas generales de proporcionar una audiencia
justa e imparcial, el Panel puede realizar la revisión de la manera
que considere apropiada. Los miembros del Panel, asistidos por el
Administrador de Casos de CPO, serán responsables de la
organización y los arreglos de la Revisión y, cuando sea necesario,
podrán contar con la asistencia del Director de CPO, CPT,
miembro zonal del GBC y Presidente de Temple.
 Cualquier devoto sujeto a una Revisión será notificado de la
naturaleza de esas alegaciones de conducta contraria a los
principios de Vaisnava.
2. Realización de la revisión (cont ...)
 Las partes pueden ser representadas o asistidas por una persona de su
elección.
 Al devoto que se está revisando se le mostrarán todas las
declaraciones o información con respecto a su comportamiento, y
tendrá la oportunidad de dar cualquier respuesta por escrito,
declaración o información adicional que desee.
 Cualquier información, declaraciones, documentos y refutaciones
provistas por el devoto que se está revisando se copiarán y se
proporcionarán a la (s) presunta (s) víctima (s). La presunta víctima
tendrá la oportunidad de responder y presentar información adicional en
vigencia, por segunda vez.
2. Realización de la revisión (cont ...)
 Si se presenta información adicional, dichos comentarios,
declaraciones y documentos se enviarán al devoto que se revisa.
Luego, puede enviar su segunda y última respuesta con
documentos. Por lo tanto, ambas partes tienen dos oportunidades
para proporcionar información y responder una a la otra,
secuencialmente
 El panel de revisión recibirá toda la información. Además, pueden
solicitar información adicional del administrador de casos CPO,
que se proporcionará si es posible y práctico.
2. Realización de la revisión (cont ...)
 El CPO se puede usar como recurso, para obtener información sobre
procedimientos, información general sobre protección y abuso infantil, o
solicitudes de información adicional. La Oficina también supervisará y
facilitará las deliberaciones del Grupo.
 La Revisión se puede manejar en persona, o por correo electrónico,
SKYPE y / o por teléfono, dependiendo de la proximidad de los
involucrados, y consideraciones prácticas.
 Los procedimientos deben llevarse a cabo de manera expedita, sin
demoras indebidas, idealmente, respetando la integridad de la revisión,
dentro de los 90 días.
2. Realización de la revisión (cont ...)
 Se da cierta flexibilidad en la presentación y evaluación de la
evidencia, según lo considere apropiado el Panel de Revisión. Los
diferentes tipos de pruebas incluyen, entre otros, testimonios escritos,
informes de CPT locales, entrevistas con la víctima y el acusado,
declaraciones de testigos, testigos de carácter, informes de
autoridades civiles y legales, y evaluaciones psicológicas.
 Salvo que se disponga lo contrario en estas Reglas o que lo permita
todo el Panel de Revisión, ninguna parte o persona que actúe en su
nombre tendrá comunicación ex parte con los miembros del Panel de
Revisión con respecto a cualquier asunto de fondo relacionado con el
procedimiento.
3. Revisión de la decisión y
recomendación del panel
 Después de considerar toda la evidencia, el Panel de Revisión llegará a una
conclusión con respecto a la responsabilidad del presunto abusador en
cuestión. La decisión de encontrar al presunto delincuente responsable de
los alegatos debe ser una decisión unánime del Panel.
 Estándar de Evidencia: De manera similar a muchos procedimientos de
revisión interna de organizaciones e instituciones profesionales, se usa un
estándar de evidencia más relajado que el que se encuentra a menudo en
los procedimientos de la corte penal. Se da un margen de maniobra al
Panel, de modo que un comportamiento inapropiado no se pueda proteger
con un estándar desproporcionado de prueba. Al mismo tiempo, el proceso
de revisión interna debe ser justo para todas las partes.
3. Revisión de la decisión y
recomendación del panel
 Por lo tanto, el Panel de Revisión considerará la Preponderancia
(mayoría) de la evidencia en el caso. La "mayoría de las pruebas"
significa que, tomadas en su conjunto, la evidencia pesa por un lado de
la cuestión, y es razonable concluir la responsabilidad.
 Si no hay una decisión unánime, se convocará un segundo Panel de
Revisión compuesto por tres Panelistas diferentes para una nueva
revisión. Si el segundo Panel no puede llegar a una decisión unánime,
entonces el Director del CPO cerrará el caso. Si se presentan nuevas
víctimas o nueva información en el futuro, se puede abrir una nueva
revisión según estas Directrices y la decisión del Director del CPO.
3. Revisión de la decisión y
recomendación del panel
 La decisión del Panel de Revisión será final y cualquier restricción
comenzará inmediatamente. Sin embargo, hay un proceso de apelación
que se detalla a continuación.
 Las restricciones pueden ser establecidas por el Panel de Revisión, en
consulta con el Director del CPO, dependiendo de la gravedad y
frecuencia de la ofensa. Cuando se hayan admitido o establecido
abusos graves, la sanción mínima que se aplicará será una prohibición
de por vida de trabajar con niños y de ocupar puestos de liderazgo
dentro de ISKCON. Es posible una variedad de restricciones, incluidas
limitaciones de tiempo, particularmente en casos de abuso menos
severo. Otras consideraciones se detallan a continuación.
3. Revisión de la decisión y
recomendación del panel
 Algunos casos de abuso pueden ser de tal gravedad, que el Panel
puede decidir que el delincuente no puede asociarse con ISKCON
de ninguna manera. Consulte la política sobre "Tolerancia cero" a
continuación.
 En algunos casos excepcionales, el Director del CPO puede
determinar en algún momento posterior que los cambios en las
circunstancias pueden justificar la reducción de requisitos o
restricciones. Esto solo puede hacerse con el consentimiento
unánime del Director del CPO y del Panel de Revisión original.
4. Decisiones escritas
 El Panel de Revisión, después de llegar a su decisión, redactará
una Decisión Oficial sobre el caso. El Director de CPO puede
ayudar a escribir este documento. La decisión debe redactarse en
un lenguaje claro y sencillo que revise las alegaciones y la
evidencia presentada que indique que el abusador ha actuado en
contra de los principios y el comportamiento del vaisnavismo,
presenta el hallazgo del Panel y establece claramente cualquier
restricción, requisito y recomendación. lo considera apropiado.
5. Distribución de decisiones
 Una decisión del Panel de Revisión y cualquier restricción serán
publicadas a discreción del CPO. A todas las partes involucradas
inmediatamente se les proporcionará la decisión por escrito, que incluye
la autoridad local de ISKCON (Presidente del Templo), CPT, maestro
espiritual (si corresponde) y GBC local.
 La oficina de CPO servirá como la cámara de compensación para todas
las solicitudes de selección legítimas con respecto a las decisiones del
CPO y del Panel de Revisión, de los Centros autorizados de ISKCON.
Se entiende que los líderes de ISKCON y aquellos en posición de
responsabilidad necesitarán acceso a las decisiones del Panel de
Revisión de forma periódica y actualizada.
6. Políticas adicionales
 Confidencialidad
 Aplicación de decisiones en todo ISKCON
 Estatuto de limitaciones
 Doble Jeopardy
 Proceso de apelaciones
Confidentiality
 Todas las partes involucradas y el Panel de Revisión deberán
tratar los procedimientos de revisión y cualquier información
relacionada como confidencial, a menos que la ley lo requiera, o
cuando hacerlo pueda poner en peligro la seguridad de los
niños.
 El CPO hará todos los esfuerzos razonables para respetar
cualquier solicitud de anonimato por parte de las víctimas
confirmadas.
Aplicación de decisiones en todo
ISKCON
 Los requisitos o restricciones determinados por el Panel de
Revisión no pueden ser reducidos por una comunidad local,
presidente del templo o GBC local. La decisión del panel
constituye las restricciones mínimas que una organización o
comunidad de ISKCON puede imponer a un devoto.
 Cualquier organización específica de ISKCON puede optar por
invocar restricciones más estrictas. Sin embargo, se espera que
todas las entidades de ISKCON consideren cuidadosamente estas
decisiones del Panel de Revisión antes de imponer limitaciones
más estrictas, ya que las restricciones prescritas en este
documento se consideran suficientes con respecto a la protección
de los niños.
Estatuto de limitaciones
 No hay un estatuto de limitaciones dentro del CPO.
Reincidencia
 Una persona puede comparecer ante un Panel de Revisión solo una
vez (con la excepción de un fallo de un comité de revisión para
llegar a una decisión unánime, como se explicó anteriormente) por
presunto abuso contra un individuo en particular. Sin embargo, si se
presentan nuevas víctimas, el Director de la Oficina Central de
Protección Infantil puede abrir un nuevo caso e iniciar una nueva
revisión.
 Por el contrario, si una persona considerada responsable de un
comportamiento inaceptable por un Panel de Revisión, más tarde
(más allá del plazo para el alojamiento y la apelación) presenta
pruebas abrumadoras de inocencia, el Director del CPO puede
decidir celebrar un segundo Panel de Revisión, y ese Panel de
Revisión tendrá la autoridad para anular, reafirmar o modificar la
decisión anterior.
Proceso de apelaciones
 Cualquier persona responsable de un comportamiento contrario a los
principios de Vaisnava, o una víctima de dicho comportamiento alegado
que no estaba conforme con la decisión de un Panel de Revisión de
CPO puede apelar esa decisión. El siguiente procedimiento aplicará:
 Una apelación debe hacerse dentro de los 60 días de recibida la
decisión. El devoto que realiza la solicitud debe presentar sus razones
para solicitar una apelación por escrito al Director del CPO.
 El Director del CPO presentará una apelación ante el Panel de Revisión
de Apelaciones (ARP) del CPO. El ARP constará de tres miembros
principales del Panel de Revisión, que no han servido en el primer
Panel, y son seleccionados por el Director del CPO.
Proceso de apelaciones
 El ARB primero decidirá sobre el mérito de una Apelación. El
ARP puede otorgar una apelación solo si:
 Los procedimientos utilizados en la Revisión original impidieron
una audiencia justa e imparcial, o
 Hay evidencia adicional nueva y convincente.
 Si el ARP decide por unanimidad que hay motivos suficientes
para conceder una apelación, volverán a analizar el caso y
escribirán una nueva decisión.
 Todas las restricciones impuestas por el Panel de Revisión
original permanecen vigentes durante la Apelación, a menos
que el ARP, a su exclusivo y unánime criterio, reduzca o anule
las restricciones durante el proceso de Apelación.
Proceso de apelaciones
 Los procedimientos del Panel de Revisión de Apelaciones se
llevarán a cabo de manera similar a la primera audiencia. En
general, el Panel revisará toda la información de la primera
Revisión, así como cualquier argumento nuevo o evidencia
presentada, y, si así lo decide, permitirá una respuesta única
de la presunta víctima y devoto bajo revisión con respecto a
los aspectos que el apelante ha planteado en sus motivos de
apelación. La decisión del Panel de Revisión de Apelaciones
será final. No hay más proceso de apelación.
Consideraciones adicionales sobre
restricciones, requisitos y recomendaciones
Jurisdicción y alcance de las decisiones del panel de revisión limitadas a
ISKCON:
 Los paneles de revisión pueden establecer restricciones y requisitos para la
relación de un individuo con los centros de ISKCON. Estas restricciones
constituyen la disciplina eclesiástica. La intención de las restricciones es
proteger a los niños con ISKCON de cualquier riesgo indebido, limitar la
posición del liderazgo dentro de ISKCON a aquellos cuyo carácter y
comportamiento es consistente con sus principios espirituales, prevenir el
riesgo legal para la institución, mostrar respeto a las víctimas y ayudarlos en
su viaje para sanar, actuar como un elemento de disuasión para futuros
delincuentes potenciales y, cuando sea posible, ayudar a todas las partes a
continuar su avance espiritual.
Recomendaciones
 Después de revisar el caso y tomar su decisión, el Panel de
Revisión también puede presentar recomendaciones no vinculantes
para cualquiera y todas las partes interesadas. Estas
recomendaciones están destinadas a ayudar a guiar a las partes
hacia mejores estándares de protección infantil, procesos más
funcionales para lidiar con la situación actual y el avance espiritual
personal.
Comentarios de investigación y
procedimientos de revisión
 En sus esfuerzos por servir a la sociedad de manera
más efectiva, el CPO invitará y considerará todos los
comentarios y preocupaciones que reciba de los líderes
de ISKCON, el clero, el personal, otros participantes en
ISKCON y aquellos que han utilizado los procesos de
CPO. La retroalimentación por escrito también se pondrá
a disposición de la Junta Asesora para su aporte y
consideración.
Comentarios de investigación y
procedimientos de revisión
 El Panel debe tener en cuenta que las evaluaciones de
riesgo psicológico son costosas y que es difícil encontrar
profesionales calificados en los países en desarrollo. Por
lo tanto, esto debería ser requerido solo cuando sirva a
una necesidad clara.
 Es esencial considerar los deseos de la / s víctima / s, ya
que recibir dicho dinero directamente del agresor puede
ser una fuente de trauma adicional.
Comentarios de investigación y
procedimientos de revisión
 En sus esfuerzos por servir a la sociedad de manera más
efectiva, el CPO invitará y considerará todos los comentarios
y preocupaciones que reciba de los líderes de ISKCON, el
clero, el personal, otros participantes en ISKCON y aquellos
que han utilizado los procesos de CPO. La retroalimentación
por escrito también se pondrá a disposición de la Junta
Asesora para su aporte y consideración.
Comentarios de investigación y
procedimientos de revisión
 El Panel debe tener en cuenta que las evaluaciones de riesgo
psicológico son costosas y que es difícil encontrar
profesionales calificados en los países en desarrollo. Por lo
tanto, esto debería ser requerido solo cuando sirva a una
necesidad clara.
 Es esencial considerar los deseos de la / s víctima / s, ya que
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Proteccion Infantil en ISKCON - Revisión Interna

  • 2. PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN INTERNA  Tomar y hacer cumplir las decisiones respetando la conducta intrusiva y el comportamiento abusivo es una tarea compleja que implica equilibrar los derechos de todas las partes.  No es ni el deseo ni la intención de la Oficina de Protección Infantil de ISKCON instituir políticas y procedimientos que intenten duplicar o imitar los mecanismos de investigación y adjudicación civil y criminal que ya funcionan en el mundo secular.  Más bien, estos Procedimientos encuentran su génesis y expresión resultante dentro de los principios aplicables de fe y doctrina. En consecuencia, estos procedimientos siguen la regla eclesiástica, la costumbre y la ley.
  • 3. PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN INTERNA  Además, y en líneas paralelas, el ISKCON CPO ha sido autorizado por ISKCON GBC para desarrollar e instituir políticas y procedimientos disciplinarios integrales alineados con la intención, la forma y el lenguaje expresados en estas Directrices.
  • 4. Panel de Respuesta y Revisión Pastoral. Compromiso Pastoral Además del informe requerido de cualquier acusación de abuso a las autoridades civiles apropiadas, cuando se recibe una acusación de abuso sexual u otro abuso de un menor por parte de un Clero o Personal de ISKCON, se notificará inmediatamente al CPT local y al Presidente local del Templo. Una investigación preliminar en armonía con los Principios de ISKCON se llevará a cabo sin demoras indebidas.
  • 5. Panel de respuesta y revisión pastoral  El presunto abusador será notificado inmediatamente de la investigación a menos que la notificación sirva para comprometer o afectar la revisión, investigación o enjuiciamiento por parte de las autoridades seculares. ISKCON cooperará plenamente y tendrá cuidado de no interferir con ninguna investigación realizada por la policía.  Si inicialmente se descubre que una acusación de abuso o acoso de un menor por parte del Personal o Clero de ISKCON tiene credibilidad, el presunto abusador puede ser relevado temporalmente de cualquier ministerio o función eclesiástica, en armonía con los Principios de ISKCON.
  • 6. Panel de respuesta y revisión pastoral  Hallazgos contrarios a la acusación: si el acusado es declarado no culpable por la autoridad secular, y el director del CPO o un panel de revisión del CPO determina que la persona en cuestión no ha violado los estándares de conducta requerida de ISKCON, se intentará restaurar el puesto y reputación del acusado Si las alegaciones se han convertido en conocimiento público, el CPO de ISKCON dará a conocer la inocencia del acusado en un foro apropiado.
  • 7. Asistencia a la víctima  ISKCON y su CPO están preocupados por el bienestar espiritual, físico y emocional de las presuntas víctimas y se han comprometido a promover la curación, la reconciliación y el empoderamiento. Esto incluye llegar a apoyar a las víctimas y a todas las demás personas afectadas negativamente por un incidente de abuso para comunicar un compromiso sincero con su bienestar espiritual, físico y emocional. En la medida de lo posible, se debe proporcionar asesoramiento apropiado, asistencia espiritual y acceso a recursos de apoyo y otros servicios.
  • 8. Funciones y Deberes de la Oficina Central de Protección Infantil (CPO) de ISKCON  1. Crear conciencia y difundir información sobre la protección de la infancia  2. Para coordinar la revisión de las acusaciones de abuso  3 Para mantener todos los registros y archivos / para usar en el examen, etc., y compartir con los líderes de ISKCON apropiados, de acuerdo con las políticas descritas en estas Pautas.  4. Organizar seminarios y capacitación sobre prevención y abuso infantil para líderes, docentes, personal y miembros de ISKCON
  • 9. Funciones y Deberes de la Oficina Central de Protección Infantil (CPO) de ISKCON  5. Llevar a cabo investigaciones para determinar si los procedimientos de detección están en su lugar, e informar el resultado de las mismas a las autoridades de ISKCON correspondientes y al GBC.  6. Monitorear y entrenar a los equipos locales de protección de niños en el templo (CPT)  7. Formar y coordinar las oficinas regionales / satélite de protección infantil  8. Ayudar a coordinar oportunidades de servicio, apoyo y programas especiales para víctimas / sobrevivientes de abuso donde sea posible Nota: No se permitirá que ningún individuo acusado de maltrato infantil se desempeñe como Director de CPO, Director Regional, Miembro del Panel de Revisión, Miembro del CPT, miembro del Panel Asesor u otro puesto del personal.
  • 10. Requisitos para el Director Ejecutivo:  Maduro, objetivo, aprende rápido, tiene buenas habilidades de personas, tiene integridad, empático, bien organizado, multitarea, puede delegar tareas, un buen gerente de oficina, buenas habilidades de comunicación, espiritualmente fuerte y equilibrado, comprende la importancia de la protección infantil y el impacto de abuso, tiene un historial impecable, altos estándares morales y carácter. Idealmente, con un poco de educación y experiencia en el campo de cuidado / asesoramiento infantil.
  • 11. Deberes del Director Ejecutivo (Oficina Central)  1. Establecer y supervisar las oficinas regionales (satelitales)  2. Preparar materiales de capacitación y referencia apropiados para diferentes audiencias, como GBC, TP, personal escolar, equipos locales de protección infantil ("CPT"), niños y padres.  3. Supervisar y dirigir a otros miembros del personal de CPO  4. Establecer o actualizar los procesos de selección existentes para ISKCON
  • 12. Deberes del Director Ejecutivo (Oficina Central)  5. Organice seminarios de capacitación para líderes de ISKCON, escuelas, padres, etc.  6. Asesorar a CPT locales y oficinas regionales según sea necesario  7. Ayuda a coordinar el asesoramiento para las víctimas confirmadas, siempre que sea posible  8. Coordinar y supervisar el sistema de revisión para casos de presunto abuso, incluida la selección de miembros del Panel de Revisión  9. Coordinar el personal y la capacitación para ese Sistema de Revisión  10. Interactuar con el liderazgo de ISKCON, asistir a las reuniones anuales del GBC, etc.
  • 13. Deberes del personal de la Oficina Central  1. Guarde copias de todos los registros permanentes  2. Ayude a compilar y actualizar la lista de profesionales de la salud devotos dispuestos a ofrecer voluntariamente su tiempo para recibir asesoramiento o para trabajar con las víctimas para encontrar atención local.  3. Mantenga los archivos y la lista de casos pasados y las decisiones del Panel de Revisión. Proporcionar información a las autoridades de ISKCON según corresponda y de conformidad con las políticas de confidencialidad.  4. Evaluación: la oficina central desarrollará sistemas y políticas para contratar / examinar a través de ISKCON (que se queda en nuestros ashrams, trabaja para nosotros, enseña en nuestras escuelas y se convierte en un discípulo iniciado). Dicha evaluación será obligatoria para todos los centros de ISKCON, proyectos educativos, etc..
  • 14. Alegaciones contra el personal del CPO o los miembros del CPT  En caso de quejas por el mal manejo de un caso por parte de los miembros del CPT o del personal de CPO, el asunto debe ser informado al director del CPO, quien realizará una consulta, si lo considera necesario. Cuando las reclamaciones pertenecen al Director del CPO, el problema debe presentarse al Panel asesor del CPO y, si lo desean, pueden remitirlo al Comité Ejecutivo del GBC.
  • 15. Alegaciones contra el personal del CPO o los miembros del CPT  Si se presentan denuncias de abuso infantil contra el personal del CPO o los miembros del CPT, deben notificarse directamente al Director del CPO, quien, en consulta con el Panel Asesor, iniciará una investigación de la manera habitual.  Si surgen acusaciones de abuso contra el Director del CPO, las autoridades locales del CPT o de ISKCON remitirán el asunto al Comité Ejecutivo del GBC, que consultará con el Panel Asesor del CPO en cuanto a la acción apropiada.
  • 16. Panel de asesoría  Los miembros del Panel Asesor deben tener capacitación y experiencia en protección infantil y reconocimiento y manejo de abuso a menores. Los miembros serán nombrados por el Director del CPO, en consulta con el GBC por un período de tres años, y pueden servir dos mandatos consecutivos.
  • 17. Funciones del Panel Asesor  Promover la conciencia y la comprensión de la importancia de la protección infantil en ISKCON.  Actuar como un cuerpo asesor del Director del CPO.  Revisar y ofrecer asesoramiento sobre enmiendas propuestas a la Política de CPO y Pautas operativas, y otras políticas según lo solicite el Director.  Para revisar cualquier comentario o queja por escrito sobre el CPO y para proporcionar consejos sobre cómo abordar estos problemas.
  • 18. Paneles de revisión de CPO Para ayudar al CPO de ISKCON en la implementación de estas Pautas, el CPO establecerá los Paneles de Revisión que funcionan como órganos consultivos y consultivos confidenciales.
  • 19. Paneles de revisión de CPO Membresia  Los paneles de revisión estarán compuestos por tres individuos de excelente integridad y buen juicio, que hayan recibido capacitación en el reconocimiento y la respuesta al abuso de menores. Los miembros serán aprobados y nombrados (y pueden ser eliminados) por el Director del CPO.
  • 20. Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro del panel de revisión  a. Cada miembro del panel de revisión será independiente e imparcial.  segundo. Al aceptar el nombramiento, se considerará que cada Miembro del Panel de Revisión está sujeto a estas Reglas y cualquier modificación acordada por las partes.  do. Un Miembro del Panel de Revisión deberá divulgar de inmediato por escrito al Director del CPO, cualquier circunstancia que pueda causar dudas con respecto a la independencia o imparcialidad del Miembro del Panel de Revisión. Tales circunstancias incluyen parcialidad, interés en el resultado de la adjudicación, y las relaciones pasadas o presentes con una parte o su abogado.
  • 21. Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro del panel de revisión  d. A Review Panel Member may be challenged if circumstances exist or arise that give rise to justifiable doubt regarding that of the Judge's independence or impartiality.  e. In the event of death, resignation or successful challenge of a Review Panel Member, a substitute Review Panel Member shall be selected by the CPO Director.
  • 22. Calificaciones, desafíos y reemplazo de un miembro del panel de revisión  F. En caso de que el Miembro del Panel de Revisión no actúe, o en caso de que el Director del CPO determine que un miembro del panel de revisión está de jure o de facto impedido de desempeñar debidamente las funciones de un Miembro del Panel de Revisión, el Director del CPO seleccionará un reemplazo.  gramo. Si se reemplaza a un miembro del Panel de Revisión, el Director del CPO decidirá hasta qué punto se repetirán las audiencias anteriores.
  • 23. Funciones de los paneles de revisión  La evaluación exhaustiva de cualquier acusación de abuso de menores y;  Una determinación sobre la idoneidad del presunto abusador para continuar como Clero de ISKCON u otro puesto; y  Determinar cualquier disciplina u otra acción según sea necesario o apropiado.
  • 24. Política de comunicaciones  Dentro del contexto de respeto por la privacidad y la reputación de las personas involucradas, el CPO tratará lo más abiertamente posible con los miembros de la comunidad. Esto es especialmente cierto con respecto a la asistencia y el apoyo a las comunidades vaisnavas directamente afectadas por una supuesta mala conducta ministerial que involucra a menores.  Toda la información recibida por el Panel de Revisión será considerada confidencial y no será revelada por ningún miembro del Panel de Revisión, excepto para el Asesor Legal de ISKCON, otros miembros del Panel de Revisión, el Director de CPO y el Administrador de Casos, a menos que la ley lo obligue.
  • 25. Eliminando Clérigo o Personal de ISKCON  No se interpretará nada aquí que impida a cualquier entidad de ISKCON, en consulta con la Oficina de Protección Infantil de ISKCON, retirar temporalmente o permanentemente al Clero o al Personal de ISKCON tras la notificación de un alegato, ya sea pendiente o después de que la Junta de Revisión complete sus procedimientos.
  • 26. Implementación de políticas  El CPO de ISKCON ha desarrollado sus propios procedimientos específicos para implementar esta política, de acuerdo con las Pautas de este documento. Cualquiera presuntamente responsable de un comportamiento intrusivo contrario a estas pautas recibirá una revisión justa e imparcial.  El CPO debe recibir la aprobación final para cualquier cambio de procedimiento importante de la Comisión de la Junta Directiva Internacional de ISKCON (GBC).
  • 27. Procedimientos específicos de los paneles de revisión del CPO  1. Principios  2. Jurisdicción  3. Circunstancias especiales
  • 28. 1. Principios  No es ni el deseo ni la intención de la Oficina de Protección Infantil de ISKCON instituir políticas y procedimientos que intenten duplicar o imitar los mecanismos de investigación y adjudicación civil y criminal que ya funcionan en el mundo secular.  Más bien, estos procedimientos encuentran su génesis y expresión resultante dentro de los principios aplicables de fe y doctrina. En consecuencia, estos procedimientos siguen reglas eclesiásticas, costumbres y leyes, en lugar de procedimientos penales o civiles.  En la mayoría de los casos, los casos de maltrato infantil (negligencia y abuso sexual, físico y psicológico) ya habrán pasado a través de los sistemas legales locales. En algunos casos, el Panel de Revisión puede necesitar llevar a cabo su propia audiencia y considerar evidencia única para cada situación. (Consulte la Sección II. B (3)
  • 29. 1. Principios  Estos procedimientos son un mecanismo de revisión interna en línea con la prerrogativa administrativa de ISKCON para hacer cumplir las pautas de comportamiento consistentes con el juego limpio y los principios de Vaisnava. Como tal, se da amplia libertad a las decisiones del panel de revisión sobre cómo ponderar las pruebas y tomar decisiones. Como condiciones para la relación continua de un individuo con la institución de ISKCON, los paneles de revisión también pueden proponer medidas disciplinarias o de otro tipo según sea necesario o apropiado.  En todos los casos, los hallazgos de los paneles de Revisión son decisiones eclesiásticas que solo se relacionan con la idoneidad del devoto para continuar como Clero de ISKCON u otras posiciones, o su relación futura con la organización de ISKCON.
  • 30. 2. Circunstancias  En general, el sistema de revisión del CPO pertenece al clero de ISKCON o al personal involucrado en un comportamiento contrario a los principios establecidos en este documento. La jurisdicción del CPO se extiende hasta donde el presunto autor del maltrato infantil es, o era en el momento del presunto incidente, un clérigo de ISKCON, miembro del personal u otro personal, y / o el incidente ocurrió en un templo o proyecto de ISKCON.
  • 31. 2. Circunstancias  Como se establece en los Estándares para Informar arriba, es la responsabilidad de la administración de todos los templos y proyectos de ISKCON "que saben, o tienen motivos razonables para sospechar, que un niño ha sido víctima de maltrato infantil, para realizar inmediatamente cualquier informe requerido por ley, directamente a las autoridades locales encargadas de hacer cumplir la ley u otras autoridades, como la agencia local de servicios de protección infantil, según corresponda en su jurisdicción. "Estos casos deben ser decididos por las autoridades penales y civiles locales.
  • 32. 2. Circunstancias  Aquellos encontrados culpables en un tribunal de justicia estarán sujetos a restricciones como se detalla a continuación.  Sin embargo, hay situaciones en las que ISKCON no puede valerse de las decisiones de los sistemas legales locales. Esto puede ocurrir para cualquier cantidad de situaciones, como que un país no tenga un sistema legal receptivo, el caso vaya más allá del estatuto de limitaciones locales u otras razones. La decisión de constituir un Panel de Revisión en otras situaciones sería decidida por la Oficina de Protección Infantil caso por caso. El caso entonces será procesado de acuerdo con los procedimientos descritos en la Sección III.
  • 33. 3. Circunstancia Especiales  Casos decididos por el sistema legal  Alegaciones de abuso infantil dentro de la congregación  CPO Y REVISIÓN DEL PROCESO DEL PANEL  Convocar un panel de revisión  Llevando a cabo la revisión  Revisar la decisión y recomendación del panel  Decisiones escritas  Distribución de decisiones  Políticas adicionales  Consideraciones adicionales sobre restricciones, requisitos y recomendaciones
  • 34. Casos decididos por el sistema legal En estos casos de determinación clara de culpabilidad por parte del proceso legal secular, no es necesario pasar por una Revisión del Panel de la Oficina de Protección Infantil. Devotos que han sido condenados, o declarados culpables, de abuso sexual o físico de niños en procedimientos legítimos penales o civiles: Puede que no tenga ninguna posición de liderazgo dentro de ISKCON. Se restringirá su relación con los templos y proyectos de ISKCON de la siguiente manera. Es posible que no residan en los templos o pasen la noche allí. No pueden asumir una posición de liderazgo.
  • 35. Casos decididos por el sistema legal  No pueden dar clase o llevar kirtan en el templo.  No pueden participar en un servicio que involucre a niños.  Es posible que no estén presentes en un templo si sus víctimas también están presentes (sin el consentimiento de la víctima). El Director de la Oficina Central de Protección Infantil de ISKCON verificará que hayan sido encontrados culpables en un proceso judicial penal. Las circunstancias atenuantes que justifiquen la relajación de las restricciones anteriores o justifiquen una restricción más estricta a los estándares anteriores requerirían una revisión de la Oficina del CPO.
  • 36. Alegaciones de abuso infantil dentro de la congregación Algunas acusaciones de abuso infantil ocurren dentro de la congregación; en otras palabras, el presunto abuso no ocurrió en la propiedad de ISKCON o en un templo o proyecto de ISKCON, ni el abuso fue cometido por un clérigo, funcionario o empleado de ISKCON. En estas situaciones, la Oficina de Protección Infantil NO tiene jurisdicción para remitir el caso a un Panel de Revisión de CPO. Más bien, el CPO actuará de manera consultiva con el templo local y la congregación.
  • 37. Alegaciones de abuso infantil dentro de la congregación Se debe alentar a las autoridades locales, junto con el Equipo local de Protección Infantil, a: • Informe, o haya informado, sobre el abuso a las autoridades civiles locales según corresponda e indique en las Normas anteriores. • Ofrezca apoyo y consejo a la víctima de abuso y a su familia. • Reporte el incidente al CPO. • Tome las medidas de precaución que sean necesarias y prudentes para la situación local. Cabe señalar que, como organización privada sin fines de lucro, cualquier centro de ISKCON es libre de limitar o restringir el acceso a sus instalaciones según lo considere oportuno.
  • 38. El proceso del panel de revisión Cuando se decida que una acusación debe ir a un Panel de Revisión, se aplicarán los siguientes procedimientos: • Los procedimientos para llevar una denuncia al Panel de Revisión y el funcionamiento de ese Panel se basarán en el concepto de proporcionar una audiencia justa e imparcial dentro de nuestros principios eclesiásticos. En general, el proceso será el siguiente: • Los padres, las víctimas, las autoridades locales del templo, los miembros individuales de la comunidad u otras personas señalan una acusación o situación a la atención del CPT.
  • 39. El proceso del panel de revisión  Los padres, las víctimas, las autoridades locales del templo, los miembros individuales de la comunidad u otras personas señalan una acusación o situación a la atención del CPT.  El CPT local y / o el CPO regional, o si ninguno está activo, las autoridades del templo, por lo general examinarán los problemas y las acusaciones. Cuando haya indicios convincentes que sugieran que ha habido abuso, se informará al Director del CPO para que lo asesore y brinde orientación.  No obstante lo anterior, todas las quejas que estén siendo tratadas por el CPT local y / o el CPO regional deberán ser comunicadas al CPO.
  • 40. 1. Convocar un panel de revisión  El Director del CPO asignará tres miembros a cada Panel de Revisión. Los panelistas se elegirán de una lista de devotos que se hayan capacitado en el reconocimiento y la respuesta al abuso de menores para comprender el abuso infantil, la evaluación de pruebas y la psicología de los abusadores y las víctimas.  Cualquier panelista con familiaridad personal o conocimiento del acusado o de la víctima, de manera que les impida tomar una decisión imparcial, debe retirarse del panel.
  • 41. 2. Llevando a cabo la revisión  Dentro de las pautas generales de proporcionar una audiencia justa e imparcial, el Panel puede realizar la revisión de la manera que considere apropiada. Los miembros del Panel, asistidos por el Administrador de Casos de CPO, serán responsables de la organización y los arreglos de la Revisión y, cuando sea necesario, podrán contar con la asistencia del Director de CPO, CPT, miembro zonal del GBC y Presidente de Temple.  Cualquier devoto sujeto a una Revisión será notificado de la naturaleza de esas alegaciones de conducta contraria a los principios de Vaisnava.
  • 42. 2. Realización de la revisión (cont ...)  Las partes pueden ser representadas o asistidas por una persona de su elección.  Al devoto que se está revisando se le mostrarán todas las declaraciones o información con respecto a su comportamiento, y tendrá la oportunidad de dar cualquier respuesta por escrito, declaración o información adicional que desee.  Cualquier información, declaraciones, documentos y refutaciones provistas por el devoto que se está revisando se copiarán y se proporcionarán a la (s) presunta (s) víctima (s). La presunta víctima tendrá la oportunidad de responder y presentar información adicional en vigencia, por segunda vez.
  • 43. 2. Realización de la revisión (cont ...)  Si se presenta información adicional, dichos comentarios, declaraciones y documentos se enviarán al devoto que se revisa. Luego, puede enviar su segunda y última respuesta con documentos. Por lo tanto, ambas partes tienen dos oportunidades para proporcionar información y responder una a la otra, secuencialmente  El panel de revisión recibirá toda la información. Además, pueden solicitar información adicional del administrador de casos CPO, que se proporcionará si es posible y práctico.
  • 44. 2. Realización de la revisión (cont ...)  El CPO se puede usar como recurso, para obtener información sobre procedimientos, información general sobre protección y abuso infantil, o solicitudes de información adicional. La Oficina también supervisará y facilitará las deliberaciones del Grupo.  La Revisión se puede manejar en persona, o por correo electrónico, SKYPE y / o por teléfono, dependiendo de la proximidad de los involucrados, y consideraciones prácticas.  Los procedimientos deben llevarse a cabo de manera expedita, sin demoras indebidas, idealmente, respetando la integridad de la revisión, dentro de los 90 días.
  • 45. 2. Realización de la revisión (cont ...)  Se da cierta flexibilidad en la presentación y evaluación de la evidencia, según lo considere apropiado el Panel de Revisión. Los diferentes tipos de pruebas incluyen, entre otros, testimonios escritos, informes de CPT locales, entrevistas con la víctima y el acusado, declaraciones de testigos, testigos de carácter, informes de autoridades civiles y legales, y evaluaciones psicológicas.  Salvo que se disponga lo contrario en estas Reglas o que lo permita todo el Panel de Revisión, ninguna parte o persona que actúe en su nombre tendrá comunicación ex parte con los miembros del Panel de Revisión con respecto a cualquier asunto de fondo relacionado con el procedimiento.
  • 46. 3. Revisión de la decisión y recomendación del panel  Después de considerar toda la evidencia, el Panel de Revisión llegará a una conclusión con respecto a la responsabilidad del presunto abusador en cuestión. La decisión de encontrar al presunto delincuente responsable de los alegatos debe ser una decisión unánime del Panel.  Estándar de Evidencia: De manera similar a muchos procedimientos de revisión interna de organizaciones e instituciones profesionales, se usa un estándar de evidencia más relajado que el que se encuentra a menudo en los procedimientos de la corte penal. Se da un margen de maniobra al Panel, de modo que un comportamiento inapropiado no se pueda proteger con un estándar desproporcionado de prueba. Al mismo tiempo, el proceso de revisión interna debe ser justo para todas las partes.
  • 47. 3. Revisión de la decisión y recomendación del panel  Por lo tanto, el Panel de Revisión considerará la Preponderancia (mayoría) de la evidencia en el caso. La "mayoría de las pruebas" significa que, tomadas en su conjunto, la evidencia pesa por un lado de la cuestión, y es razonable concluir la responsabilidad.  Si no hay una decisión unánime, se convocará un segundo Panel de Revisión compuesto por tres Panelistas diferentes para una nueva revisión. Si el segundo Panel no puede llegar a una decisión unánime, entonces el Director del CPO cerrará el caso. Si se presentan nuevas víctimas o nueva información en el futuro, se puede abrir una nueva revisión según estas Directrices y la decisión del Director del CPO.
  • 48. 3. Revisión de la decisión y recomendación del panel  La decisión del Panel de Revisión será final y cualquier restricción comenzará inmediatamente. Sin embargo, hay un proceso de apelación que se detalla a continuación.  Las restricciones pueden ser establecidas por el Panel de Revisión, en consulta con el Director del CPO, dependiendo de la gravedad y frecuencia de la ofensa. Cuando se hayan admitido o establecido abusos graves, la sanción mínima que se aplicará será una prohibición de por vida de trabajar con niños y de ocupar puestos de liderazgo dentro de ISKCON. Es posible una variedad de restricciones, incluidas limitaciones de tiempo, particularmente en casos de abuso menos severo. Otras consideraciones se detallan a continuación.
  • 49. 3. Revisión de la decisión y recomendación del panel  Algunos casos de abuso pueden ser de tal gravedad, que el Panel puede decidir que el delincuente no puede asociarse con ISKCON de ninguna manera. Consulte la política sobre "Tolerancia cero" a continuación.  En algunos casos excepcionales, el Director del CPO puede determinar en algún momento posterior que los cambios en las circunstancias pueden justificar la reducción de requisitos o restricciones. Esto solo puede hacerse con el consentimiento unánime del Director del CPO y del Panel de Revisión original.
  • 50. 4. Decisiones escritas  El Panel de Revisión, después de llegar a su decisión, redactará una Decisión Oficial sobre el caso. El Director de CPO puede ayudar a escribir este documento. La decisión debe redactarse en un lenguaje claro y sencillo que revise las alegaciones y la evidencia presentada que indique que el abusador ha actuado en contra de los principios y el comportamiento del vaisnavismo, presenta el hallazgo del Panel y establece claramente cualquier restricción, requisito y recomendación. lo considera apropiado.
  • 51. 5. Distribución de decisiones  Una decisión del Panel de Revisión y cualquier restricción serán publicadas a discreción del CPO. A todas las partes involucradas inmediatamente se les proporcionará la decisión por escrito, que incluye la autoridad local de ISKCON (Presidente del Templo), CPT, maestro espiritual (si corresponde) y GBC local.  La oficina de CPO servirá como la cámara de compensación para todas las solicitudes de selección legítimas con respecto a las decisiones del CPO y del Panel de Revisión, de los Centros autorizados de ISKCON. Se entiende que los líderes de ISKCON y aquellos en posición de responsabilidad necesitarán acceso a las decisiones del Panel de Revisión de forma periódica y actualizada.
  • 52. 6. Políticas adicionales  Confidencialidad  Aplicación de decisiones en todo ISKCON  Estatuto de limitaciones  Doble Jeopardy  Proceso de apelaciones
  • 53. Confidentiality  Todas las partes involucradas y el Panel de Revisión deberán tratar los procedimientos de revisión y cualquier información relacionada como confidencial, a menos que la ley lo requiera, o cuando hacerlo pueda poner en peligro la seguridad de los niños.  El CPO hará todos los esfuerzos razonables para respetar cualquier solicitud de anonimato por parte de las víctimas confirmadas.
  • 54. Aplicación de decisiones en todo ISKCON  Los requisitos o restricciones determinados por el Panel de Revisión no pueden ser reducidos por una comunidad local, presidente del templo o GBC local. La decisión del panel constituye las restricciones mínimas que una organización o comunidad de ISKCON puede imponer a un devoto.  Cualquier organización específica de ISKCON puede optar por invocar restricciones más estrictas. Sin embargo, se espera que todas las entidades de ISKCON consideren cuidadosamente estas decisiones del Panel de Revisión antes de imponer limitaciones más estrictas, ya que las restricciones prescritas en este documento se consideran suficientes con respecto a la protección de los niños.
  • 55. Estatuto de limitaciones  No hay un estatuto de limitaciones dentro del CPO.
  • 56. Reincidencia  Una persona puede comparecer ante un Panel de Revisión solo una vez (con la excepción de un fallo de un comité de revisión para llegar a una decisión unánime, como se explicó anteriormente) por presunto abuso contra un individuo en particular. Sin embargo, si se presentan nuevas víctimas, el Director de la Oficina Central de Protección Infantil puede abrir un nuevo caso e iniciar una nueva revisión.  Por el contrario, si una persona considerada responsable de un comportamiento inaceptable por un Panel de Revisión, más tarde (más allá del plazo para el alojamiento y la apelación) presenta pruebas abrumadoras de inocencia, el Director del CPO puede decidir celebrar un segundo Panel de Revisión, y ese Panel de Revisión tendrá la autoridad para anular, reafirmar o modificar la decisión anterior.
  • 57. Proceso de apelaciones  Cualquier persona responsable de un comportamiento contrario a los principios de Vaisnava, o una víctima de dicho comportamiento alegado que no estaba conforme con la decisión de un Panel de Revisión de CPO puede apelar esa decisión. El siguiente procedimiento aplicará:  Una apelación debe hacerse dentro de los 60 días de recibida la decisión. El devoto que realiza la solicitud debe presentar sus razones para solicitar una apelación por escrito al Director del CPO.  El Director del CPO presentará una apelación ante el Panel de Revisión de Apelaciones (ARP) del CPO. El ARP constará de tres miembros principales del Panel de Revisión, que no han servido en el primer Panel, y son seleccionados por el Director del CPO.
  • 58. Proceso de apelaciones  El ARB primero decidirá sobre el mérito de una Apelación. El ARP puede otorgar una apelación solo si:  Los procedimientos utilizados en la Revisión original impidieron una audiencia justa e imparcial, o  Hay evidencia adicional nueva y convincente.  Si el ARP decide por unanimidad que hay motivos suficientes para conceder una apelación, volverán a analizar el caso y escribirán una nueva decisión.  Todas las restricciones impuestas por el Panel de Revisión original permanecen vigentes durante la Apelación, a menos que el ARP, a su exclusivo y unánime criterio, reduzca o anule las restricciones durante el proceso de Apelación.
  • 59. Proceso de apelaciones  Los procedimientos del Panel de Revisión de Apelaciones se llevarán a cabo de manera similar a la primera audiencia. En general, el Panel revisará toda la información de la primera Revisión, así como cualquier argumento nuevo o evidencia presentada, y, si así lo decide, permitirá una respuesta única de la presunta víctima y devoto bajo revisión con respecto a los aspectos que el apelante ha planteado en sus motivos de apelación. La decisión del Panel de Revisión de Apelaciones será final. No hay más proceso de apelación.
  • 60. Consideraciones adicionales sobre restricciones, requisitos y recomendaciones Jurisdicción y alcance de las decisiones del panel de revisión limitadas a ISKCON:  Los paneles de revisión pueden establecer restricciones y requisitos para la relación de un individuo con los centros de ISKCON. Estas restricciones constituyen la disciplina eclesiástica. La intención de las restricciones es proteger a los niños con ISKCON de cualquier riesgo indebido, limitar la posición del liderazgo dentro de ISKCON a aquellos cuyo carácter y comportamiento es consistente con sus principios espirituales, prevenir el riesgo legal para la institución, mostrar respeto a las víctimas y ayudarlos en su viaje para sanar, actuar como un elemento de disuasión para futuros delincuentes potenciales y, cuando sea posible, ayudar a todas las partes a continuar su avance espiritual.
  • 61. Recomendaciones  Después de revisar el caso y tomar su decisión, el Panel de Revisión también puede presentar recomendaciones no vinculantes para cualquiera y todas las partes interesadas. Estas recomendaciones están destinadas a ayudar a guiar a las partes hacia mejores estándares de protección infantil, procesos más funcionales para lidiar con la situación actual y el avance espiritual personal.
  • 62. Comentarios de investigación y procedimientos de revisión  En sus esfuerzos por servir a la sociedad de manera más efectiva, el CPO invitará y considerará todos los comentarios y preocupaciones que reciba de los líderes de ISKCON, el clero, el personal, otros participantes en ISKCON y aquellos que han utilizado los procesos de CPO. La retroalimentación por escrito también se pondrá a disposición de la Junta Asesora para su aporte y consideración.
  • 63. Comentarios de investigación y procedimientos de revisión  El Panel debe tener en cuenta que las evaluaciones de riesgo psicológico son costosas y que es difícil encontrar profesionales calificados en los países en desarrollo. Por lo tanto, esto debería ser requerido solo cuando sirva a una necesidad clara.  Es esencial considerar los deseos de la / s víctima / s, ya que recibir dicho dinero directamente del agresor puede ser una fuente de trauma adicional.
  • 64. Comentarios de investigación y procedimientos de revisión  En sus esfuerzos por servir a la sociedad de manera más efectiva, el CPO invitará y considerará todos los comentarios y preocupaciones que reciba de los líderes de ISKCON, el clero, el personal, otros participantes en ISKCON y aquellos que han utilizado los procesos de CPO. La retroalimentación por escrito también se pondrá a disposición de la Junta Asesora para su aporte y consideración.
  • 65. Comentarios de investigación y procedimientos de revisión  El Panel debe tener en cuenta que las evaluaciones de riesgo psicológico son costosas y que es difícil encontrar profesionales calificados en los países en desarrollo. Por lo tanto, esto debería ser requerido solo cuando sirva a una necesidad clara.  Es esencial considerar los deseos de la / s víctima / s, ya que recibir dicho dinero directamente del agresor puede ser una fuente de trauma adicional.