El documento resume 14 instrumentos internacionales que reconocen el derecho a la educación. Estos incluyen la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, y la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Juntos, estos documentos establecen el derecho a una educación primaria gratuita y obligatoria, la prohibición de la discriminación en el acceso a la educación, y el deber de los estados de proporcionar una educación
Reconocimiento Internacional sobre el derecho a la educación
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
MAESTRÍA EN GERENCIA EDUCATIVA
RECONOCIMIENTO INTERNACIONALRECONOCIMIENTO INTERNACIONAL
DELDEL
DERECHO A LA EDUCACIÓNDERECHO A LA EDUCACIÓN
Autores:Autores:
** Guerrero Framk
*Peñaloza Ledy
*Vivas Francy.
Legislación Educativa
San Cristóbal, Julio del
2014.
2. 1. Carta Internacional de los Derechos Humanos
(1948)
Declaración Universal de Derechos HumanosDeclaración Universal de Derechos Humanos
Art 26. Toda persona tiene derecho a la
educación. La educación debe ser
gratuita, al menos en lo concerniente a la
instrucción elemental y fundamental. La
instrucción elemental será obligatoria.
La instrucción técnica y profesional
habrá de ser generalizada; el acceso a
los estudios superiores será igual para
todos, en función de los méritos
respectivos
3. 2. Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
Reconoce a través de los art. 13 y 14 el derecho de todos a la Educación
Art 13. Convienen en que la educación debe orientarse
hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del
sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por
los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a
todas las personas para participar efectivamente en una
sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y
la amistad entre todas las naciones y entre todos los
grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las
actividades de las Naciones Unidas en pro del
mantenimiento de la paz.
4. 2. Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (1966)
Art 14. Obligan a las partes que aun no han establecido un sistema de enseñanza
primaria obligatoria y gratuita, para adoptar rápidamente un plan detallado de
acción para su introducción, dentro de un numero razonable de años (2 por
ejemplo).
Sin embargo algunos países formulan reservas y declaraciones
interpretativas a su aplicación del pacto:
Argelia interpreta partes de su Artículo 13, la protección de la libertad de los
padres a elegir libremente o establecer instituciones de enseñanza adecuados, a fin de
no "perturbar su derecho a organizar libremente su sistema educativo".
Turquía También se reserva el derecho de interpretar y aplicar el derecho de los
padres a elegir y establecer centros de enseñanza de manera compatible con su
constitución.
5. 3. Derecho a la Educación por la Organización de las Naciones
Unidas (ONU)
Establece 4 dimensiones de este Derecho:
Llamado las 4A
6. 3. Derecho a la Educación por la Organización de las Naciones
Unidas (ONU)
Como ya dijimos son cuatro:
Disponibilidad: Debe haber escuelas o instituciones educativas que cubran la
totalidad de la población.
Aceptabilidad: Los programas de estudio tienen que ser adecuados
culturalmente y de buena calidad, aceptables por los titulares del derecho:
alumnos y padres.
Adaptabilidad: Esto significa que los programas deben adecuarse a los
cambios de la sociedad.
Accesibilidad: No se puede prohibir el acceso a la educación ya sea por color
de piel o religión que ejerza o por razones culturales o físicas.
7. 4. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)
Art 18: Se refiere también a la libertad de los
padres en el contexto del derecho a la libertad
de pensamiento, de conciencia y de religión :"1.
Toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión; este
derecho incluye la libertad de manifestar su
religión o sus creencias, individual o
colectivamente, tanto en público como en
privado, mediante el culto, la celebración de los
ritos, las prácticas y la enseñanza. Los Estados
Partes en el presente Pacto se comprometen a
respetar la libertad de los padres para
garantizar que los hijos reciban la educación
religiosa y moral que esté de acuerdo con sus
propias convicciones"
8. 5. Declaración Universal de la UNESCO sobre Diversidad Cultural
(2001)
Acuerdo Internacional de la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la
ciencia y la Cultura que compromete a
promover la integración; y a que sus
estados miembros tomen las medidas
apropiadas para difundir ampliamente la
diversidad cultural ya que esta es para el
genero humano, tan necesario como la
diversidad biológica para los organismos
vivos.
9. 6. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las
formas de Discriminación contra la Mujer (1979)
Eliminar la discriminación contra la mujer en la
esfera de la Educación.
Garantizar el acceso de la mujer a los mismos
programas de estudio y los mismos exámenes,
personal docente del mismo nivel profesional y
locales y equipos escolares de la misma calidad.
Reducción de la tasa de abandono femenino de los
estudios.
Eliminación del Rol femenino y masculino.
10. 7. Convención de la UNESCO contra las Discriminaciones en la
Esfera de la Enseñanza (1960)
Enseñanza primaria gratuita y obligatoria.
Los Gobiernos deben formular, desarrollar y
aplicar una política nacional encaminada a
promover la igualdad de posibilidades y de
trato.
Proscripción de la discriminación el acceso a la
educación o en la calidad de esta.
11. 8. Convenio sobre Pueblos Indígenas y Triviales en Países
Independientes (1989)
Posibilidad de los pueblos indígenas de adquirir
una educación a todos los niveles en pie de la
igualdad.
Educación acorde con la cultura y las
necesidades de los pueblos Indígenas.
Medidas educativas para eliminar los perjuicios
con respecto a los pueblos indígenas.
12. 9. Convención Internacional sobre la protección de los derechos de
todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
Todos los hijos de los trabajadores migratorios
gozaran del derecho fundamental de acceso a la
educación en condiciones de igualdad de trato
con los nacionales del estado de que se trate.
Facilitar a los hijos de los trabajadores
migratorios la enseñanza de su lengua y
culturas maternas.
No podrá denegarse ni limitarse el acceso de
los hijos de los trabajadores a las instituciones
de enseñanza.
13. 10. Convenio sobre la Prohibición de las formas
de Trabajo Infantil (1999)
Asegurar a todos los niños que hayan
sido librados de las peores formas de
trabajo infantil el acceso a la
enseñanza básica gratuita y, cuando
sea posible y adecuado, a la formación
profesional.
14. 11. Derecho de las Personas con Discapacidad.
Asegurar que los niños y las niñas con
discapacidad no queden excluidos de la
enseñanza primaria gratuita y obligatoria,
ni de la enseñanza secundaria, por motivos
de discapacidad.
Asegurar un sistema de Educación
inclusivo a todos los niveles, así como la
enseñanza a lo largo de la vida.
15. 12. Programa Interamericano de Educación sobre Valores y
Practicas Democráticas (2001)
La OEA promueve actividades de desarrollo
profesional y recursos educativos para apoyar
la práctica de la educación democrática en las
Américas. Todos los Estados miembros de la
OEA reconocen que la educación es clave en el
fortalecimiento de las instituciones
democráticas y se han comprometido con la
promoción de una cultura democrática a través
de la educación formal y no formal.
16. 13. Protocolo N° 1 a la Convención Europea
de Derechos Humanos.
Art. 2: "El Estado, en el ejercicio de
las funciones que asuma en el campo de
la educación y de la enseñanza,
respetará el derecho de los padres a
asegurar esta educación y esta
enseñanza conforme a sus convicciones
religiosas y filosóficas"
17. 14. Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
Derecho a la enseñanza primaria obligatoria
y gratuita sin discriminación alguna.
Acceso a los niveles superiores de la
enseñanza .
Importancia del Bienestar y desarrollo del
niño y fomento de medidas destinadas a su
protección y atención.
18. Educad a los niños y no será
preciso castigar a los hombres..
Pitágoras
Gracias..!!!