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LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE
           ESPAÑA
ES UNA MONARQUÍA PARLAMETARIA:
 LA CORONA
 DIVISIÓN DE PODERES
 DOS CÁMARAS
  CONGRESO
  SENADO
 EL GOBIERNO
 PODER JUDICIAL
 LOS PARTIDOS POLÍTICOS
MONARQUÍA PARLAMENTARIA
EL REY REINA, PERO NO GOBIERNA
REFRENDA LEYES
INVISTE A LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO
REPRESENTA A ESPAÑA EN EL EXTERIOR


SU CARGO ES HEREDITARIO, VITALICIO Y SU FIGURA ES
 INVIOLABLE Y NO ES RESPONSABLE ANTE LA LEY.
LA DIVISIÓN DE PODERES
LAS CORTES GENERALES
EL GOBIERNO
LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO
COMPUESTO POR EL PRESIDENTE Y SUS MINISTROS
ELEGIDOS POR EL PARLAMENTO


MARCA LAS ESTRATEGIAS A SEGUIR EN LOS
 DIVERSOS ÁMBITOS DEL ESTADO

EJECUTA LOS PRESUPUESTOS QUE EMANAN DEL
 PARLAMNETÓ ASÍ COMO LAS LEYES QUE ELABORAN
 EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
PODER JUDICIAL
EL PODER JUDICIAL
COMPUESTO POR LOS JUECES Y LOS TRIBUNALES

 TRIBUNAL DE 1º INSTANCIA
 TRIBUNAL LOCAL
 TRIBUNAL PROVINCIAL
 TRIBUNAL AUNTONÓMICO
 AUDIENCIA NACIONAL
 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA



 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SON FUNDAMENTALES EN EL SISTEMA
 DEMOCRÁTICO
PARTICIPAN EN LAS ELECIONES QUE SON ELEGIDOS
 POR LOS CIUDADANOS CADA 4 AÑOS EN LAS
 ELECCIONES

¿QUÉ PARTIDOS POLÍTICOS CONOCES?
ACTIVIDADES
PÁGINA 107: 7, 8 Y 10
II. LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE
                ESPAÑA
La organización territorial del Estado español actual es el resultado de un largo proceso
histórico en el que la división territorial ha experimentado numerosas modificaciones.


 - Hasta la conquista romana: el territorio
 de la Península Ibérica estuvo habitado
 por diversos pueblos indígenas, con sus
 propias instituciones y costumbres.




                                              - Bajo el dominio romano: (ss. III a. C. – V d. C.)
                                              se creó por primera vez una organización
                                              administrativa en provincias, cuyo número se
                                              incrementó desde las dos iniciales hasta siete.
- Los visigodos: (ss. V – VIII) al desaparecer
el poder romano crearon por primera vez
un estado independiente y unificado, con
capital en Toledo. Administrativamente,
mantuvieron la división romana, pero la
unidad territorial básica pasó a ser el
territorium o ducado, de menor extensión
que las antiguas provincias.



                                 -Edad Media: la invasión musulmana, iniciada en 711, acabó
                                 con el estado y administración visigodos:

                                      - Los musulmanes organizaron su territorio en
                                      provincias (coras) y alternaron etapas de unidad y de
                                      fragmentación territorial (taifas).

                                      - Los cristianos que escaparon al dominio islámico en
                                      los territorios montañosos del norte peninsular,
                                      crearon en su avance reconquistador sus propios
                                      sistemas político-administrativos, que son el origen de
                                      la diferenciación regional actual (Reino de León,
                                      Portugal, Castilla, Condados Catalanes, etc.)
-Edad Moderna: ya desde el S. XIII quedaron individualizados cinco grandes conjuntos
político-administrativos en la Península: el reino de Portugal; los reinos de León y
Castilla, unidos desde 1230; la corona de Aragón; el reino de Navarra, y el reino
musulmán de Granada.

    - Los Reyes Católicos reunieron los territorios peninsulares, excepto Portugal: las
    coronas de Castilla y Aragón se unían por el matrimonio de los reyes, se conquistó
    el reino de Granada y se anexionó el reino de Navarra. Esta unión, sin embargo,
    fue exclusivamente dinástica, pues cada reino mantuvo sus propias estructuras
    político-administrativas y fiscales, hecho que continuó durante los siglos de los
    Austrias (XVI-XVII).

    - Durante el S. XVIII, con los borbones, se produce el primer intento uniformizador
    de la administración española. El primer monarca Borbón accede al trono al
    vencer en la llamada Guerra de Sucesión. Los territorios de la corona de Aragón
    apoyaron a su oponente, por lo que fue suprimida su forma de organización
    mediante los Decretos de Nueva Planta. El territorio pasó a dividirse en capitanías
    generales e intendencias. Sólo Navarra y el País Vasco conservaron sus
    particularidades institucionales por su fidelidad al rey.
-Época contemporánea: en 1833, el ministro
de Fomento, Javier de Burgos, realizó una
nueva división provincial, que coincide
prácticamente con la actual. Organizó el
territorio en 49 provincias, que en 1927
fueron 50 al dividirse las islas Canarias en
dos.

Cada provincia tenía una ciudad como capital
y la misma administración, facilitando la
intervención del gobierno en ellas y el
centralismo. Este culminó con la supresión de
buena parte de las peculiaridades
institucionales de Navarra y el País Vasco
como represalia por su apoyo a los
pretendientes carlistas en dichas guerras.

El sentimiento de pertenencia regional
perviviría, como se puso de manifiesto
durante la I República, cuando se proyectó un
estado federal que no vería la luz por la
escasa duración del régimen
Con la Restauración de la monarquía se abrió un
nuevo periodo de intensa centralización, por lo
que fueron surgiendo movimientos regionalistas,
organizaciones y partidos políticos que pidieron
el reconocimiento jurídico de las diferencias
regionales. Los primeros nacerían en Cataluña, el
País Vasco y Galicia.

La II República declararía que España era un
estado integral compatible con la autonomía de
los municipios y regiones (Constitución de 1931).
Cataluña, el País Vasco y Galicia pidieron y
plebiscitaron afirmativamente proyectos de
estatuto de autonomía.

Tras la Guerra Civil, el franquismo implantó un
estado unitario que abolió aquellos estatutos y
reprimió el nacionalismo. Impuso una estricta
centralización basada en la provincia.
2. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
2. 1. DIVISIONES POLÍTICO ADMINISTRATIVAS:

La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que
reparte sus competencias entre diferentes divisiones territoriales:

• MUNICIPIOS: constituyen la entidad territorial básica. Su función es prestar servicios a los
vecinos, más variado cuanto mayor es la población. El gobierno y la administración municipal
corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se
eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal, y el alcalde es elegido por los
concejales.
• LA PROVINCIA: es una entidad territorial local
formada por una agrupación de municipios. Su
función es fomentar los intereses provinciales,
prestar servicios de ámbito provincial,
coordinar los servicios de los municipios y
cooperar con ellos. El gobierno y la
administración provinciales corresponden a la
Diputación, integrada por un presidente y
diputados. Los diputados se escogen entre los
concejales electos y estos, a su vez, eligen al
presidente.


                                               • LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: entidad territorial
                                               formada por provincias limítrofes, territorios insulares,
                                               o provincias con entidad regional histórica, dotadas de
                                               autonomía legislativa y capacidad de autogobierno
                                               sobre los asuntos de su competencia.

                                               Mientras municipios y provincias ya estaban creados a
                                               la muerte de Franco, las comunidades autónomas
                                               tuvieron que constituirse, a lo largo de un complicado
                                               proceso.
3._ EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS
Este proceso incluye un período preautonómico, anterior a la aprobación de la Constitución
    de 1978, y un período de creación de las comunidades autónomas tras la promulgación
    de la misma.

a) Período preautonómico: tras morir Franco, el presidente del Gobierno Adolfo Suárez
   concedió un régimen de preautonomía a Cataluña que luego se extendió a otras trece
   regiones. Mientras se elaboraba la Constitución se formó un mapa con catorce
   preautonomías que casi coincidía con el actual, salvo porque La Rioja y Cantabria se
   incluían en Castilla y León, y Madrid en Castilla-la Mancha. Las preautonomías contaban
   con organismos representativos que recibieron ciertas competencias, pero carecían de
   capacidad legislativa.

b) Período autonómico: iniciado tras la promulgación de la Constitución de 1978, que
   establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a
   la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad
   entre ellas. La Constitución no crearía un mapa de comunidades autónomas, sino que
   dejó a las preautonomías el derecho a constituirse en comunidades autónomas,
   indicando solo las condiciones y proceso que debían seguir. En cuanto a las condiciones,
   estas permitían constituirse en comunidad autónoma a las provincias limítrofes con
   características históricas, culturales o económicas comunes; a los territorios insulares, y a
   las provincias con entidad regional histórica.
El proceso para el acceso a la autonomía incluyó dos vías. La vía del artículo 151 permitía adquirir de
forma inmediata el mayor techo de competencias. La vía del artículo 143 solo traspasaba de forma
inmediata ciertas competencias y exigía un período de cinco años para poder ampliarlas
progresivamente. De esta manera, el actual mapa autonómico se desarrolló de la siguiente manera:



• Cataluña, el País Vasco y Galicia: fueron
favorecidas como regiones de demostrada
tradición autonómica, es decir, aquellas que
en el pasado hubieran plebiscitado
afirmativamente proyectos de estatuto de
autonomía (su caso durante la II República).
Recibieron la denominación de
“nacionalidades históricas” y accedieron a
la autonomía por la vía del artículo 151,
pudiendo alcanzar de inmediato el máximo
techo de competencias, incluidas las
materias estatales transferibles a las
comunidades autónomas.
• Andalucía: accedió por la vía especial el
artículo 151, que exigía que la iniciativa
autonómica partiera del acuerdo de todas las
diputaciones provinciales y de las tres cuartas
partes de los ayuntamientos representativos de
más del 50% de la población. Además se
requería que el acuerdo fuera ratificado en
referéndum.



                                                  • Navarra: por ser el último territorio en
                                                  incorporarse al reino de España y haber conservado
                                                  una amplia autonomía administrativa durante el
                                                  régimen franquista, optó por el “Amejoramiento del
                                                  Fuero”, por el que, aparte de las atribuciones únicas
                                                  que ya poseía, asumió las de las comunidades
                                                  autónomas creadas por la vía del artículo 151.
• Resto de comunidades: se requería el
pronunciamiento favorable de las diputaciones y
de los dos tercios de los ayuntamientos
representativos de más del 50% de la población
(artículo 143). Estas comunidades solo podrían
asumir de forma inmediata ciertas competencias y
deberían espera cinco años para acceder a las
materias estatales transferibles.




      • Ceuta y Melilla: recibieron el rango de municipios autónomos y, a diferencia de
      las comunidades, carecen de capacidad legislativa.
2. 3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO:


a) Cada comunidad autónoma se halla
regida por su Estatuto de Autonomía,
aprobado por las Cortes. Contiene la
denominación de la comunidad; su
delimitación territorial; los nombres,
organización y sede de sus organismos
autónomos; las competencias asumidas
y las bases para el traspaso de otras.
b) Las comunidades pueden asumir
competencias o funciones en diversas
materias establecidas en la
Constitución (art. 148). Son
traspasadas por el Estado y pueden
ejercerse de forma exclusiva o
compartida.

Existen también competencias
exclusivas del Estado (art. 149) y no
transferibles por considerarse
esenciales para la nación: relaciones
internacionales, defensa, comercio
exterior, deuda pública, correos y
telégrafos…

Las competencias asumibles por las
comunidades son muy amplias:
políticas, económicas, transportes e
infraestructuras, ordenación del
territorio, sociales y sanitarias…
c) Las instituciones de una comunidad autónoma son las siguientes:

    • Asamblea legislativa o Parlamento autonómico: elabora la
    legislación en las materias de competencia autonómica, aprueba
    el presupuesto, y controla al ejecutivo regional. Sus miembros se
    eligen por sufragio universal cada cuatro años entre los habitantes
    de la comunidad autónoma.

    • El Consejo de Gobierno o Gobierno autonómico: ejerce el poder
    ejecutivo. Integrado por el presidente de la comunidad, elegido
    por el Parlamento autonómico y nombrado por el rey; y por
    consejeros, elegidos por el presidente, que se encargan de las
    diferentes áreas de gobierno (consejerías).

    • Tribunal Superior de Justicia: máxima representación del poder
    judicial de una comunidad autónoma. Sus sentencias solo pueden
    recurrirse a los tribunales Supremo y Constitucional.

    • Delegado del Gobierno: es el encargado de dirigir la
    administración general del Estado en la comunidad y de
    coordinarse con ella.
d) El Estado de las autonomías
se basa en la igualdad
territorial y en la solidaridad.
Este hecho implica que los
Estatutos de las comunidades
no pueden contener
privilegios o discriminaciones
en cuestiones fiscales,
salariales o de seguridad
social, y que no pueden
ahondarse los desequilibrios
entre comunidades.
III. DESEQUILIBRIOS TERRITORIALES:
DISPARIDADES DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS
3. 1. CAUSAS E INDICADORES DE LAS DIFERENCIAS ESPACIALES:

A pesar del principio de solidaridad, existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos
entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas.

Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual
distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en
cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas
recientes.



                                ECONÓMICOS: se observan en la capacidad productiva y se miden por
                                ECONÓMICOS
                                el PIB y por el PIB per cápita.


 INDICADORES DE                 DEMOGRÁFICOS: se manifiestan por la densidad de población,
                                DEMOGRÁFICOS
  DESEQUILIBRIO                 Medida por la densidad de población.


                                DESEQUILIBRIOS SOCIALES: se reflejan en la renta bruta disponible
                                                   SOCIALES
                                en los hogares y en nivel de bienestar (infraestructuras, servicios…)
3. 2. LA EVOLUCIÓN DE LAS DIFERENCIAS:

a) El origen de los desequilibrios actuales:

    Entre mediados del XIX y la crisis económica de 1975, el factor fundamental de
    desequilibrio territorial fue la localización de la industria moderna.

•   Áreas más desarrolladas: periferia cantábrica y mediterránea, Madrid, eje del Ebro,
    Baleares y Canarias.


               TERRENO                   TERRENO                    TERRENO
              ECONÓMICO                DEMOGRÁFICO                   SOCIAL


            Mayor crecimiento         Aumenta densi-
            del PIB y del PIB         dad de población.          Incremento de la
            per cápita – atraen       Reciben gentes             renta.
            materias primas,          del interior penin-        Mejora del nivel
            fuentes de energía        sular.                     de vida.
            y capitales.
• Áreas menos desarrolladas: interior peninsular – excesivo peso del sector
  primario, escasa industrialización.




          TERRENO                TERRENO                  TERRENO
         ECONÓMICO             DEMOGRÁFICO                 SOCIAL

        Crecimiento del
                               Despoblamiento         Pocas infraes-
        PIB y del PIB
                               y envejecimiento.      Tructuras y servi-
        per cápita a un
                                                      cios.
        ritmo menor.
b) Cambios producidos por la crisis económica de 1975:

   La crisis económica de 1975 acabó con la primacía de la industria como factor
   explicativo de los desequilibrios territoriales.

• Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis: sobre todo aquellas
  especializadas en sectores maduros.


                 TERRENO                                     TERRENO
                ECONÓMICO                                  DEMOGRÁFICO



                                                         Dejaron de atraer
       Descenso del crecimiento
                                                         inmigrantes.
       de su PIB.
• La crisis afectó menos a las regiones con menor peso industrial: por tener
mayor participación en su economía los sectores primario (Galicia, Murcia) o
terciario (Madrid, Baleares, Canarias), o por poseer un reparto más equilibrado
de los tres sectores.

Como consecuencia de la crisis, se frenó el anterior proceso de concentración
espacial de la producción y de la población en las áreas más industrializadas,
dando lugar a un nuevo modelo de desequilibrios territoriales.
c) Los desequilibrios territoriales actuales:

    •    La industria pierde peso como factor de desarrollo: reestructuración de sectores
         tradicionales, tendencia a la descentralización.

    •    Los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología se convierten en
         principales factores de desarrollo: especialización del sector terciario, existencia de
         actividades innovadoras y de alta tecnología, mano de obra de alta cualificación,
         inversiones en tecnología y formación…

    La existencia de estos nuevos factores llevan a la formación de tres tipos de territorios:

          EJES DE                           EJES EN                       ESPACIOS MENOS
        DESARROLLO                          DECLIVE                       DESARROLLADOS
                                                                       Extremadura, ambas
 Madrid, País Vasco,                 Cornisa cantábrica.               Castillas, Galicia, Andalucía
 litoral mediterráneo                                                  y Murcia.
 norte y Valle del Ebro.             Crecimiento del PIB
                                     Por debajo de la media.           PIB por debajo de la
 Crecimiento del PIB.                Población estancada               media salvo en Murcia
 Difusión de la población.           o en retroceso.                   y Andalucía.
 Renta bruta en los hogares          Disparidad de la renta            Disparidad en el terreno
 por encima de la media.             disponible.                       demográfico.
                                                                       Carencias sociales.
4. MECANISMOS DE COHESIÓN
Los desequilibrios territoriales constituyen un grave problema en España, por lo que,
desde hace décadas, se ha pretendido desarrollar políticas correctoras, tendentes a lograr
un desarrollo regional más equilibrado.

En la actualidad, la consolidación del Estado de las Autonomías y la adhesión a la Unión
Europea ha traído consigo la distribución de competencias en materia de desarrollo
regional entre:




                                        UNIÓN EUROPEA



                ESTADO                                          AUTONOMÍAS
4. 1. NIVEL EUROPEO: LAS POLÍTICAS REGIONALES COMUNITARIAS:

El ingreso de España en la UE supone su integración en la política regional comunitaria, que pretende
coordinar las políticas regionales de los estados miembros y reducir las diferencias entre sus regiones
apoyando a las más desfavorecidas con diferentes instrumentos financieros:

a)   LOS FONDOS ESTRUCTURALES: se destinan a promover el
     desarrollo regional mediante mejoras estructurales. Para el
     periodo 2007-2013, se prevé que contribuyan a la realización de
     tres objetivos.

•    El objetivo de Convergencia: pretende promover unas condiciones
     y unos factores que mejoren el crecimiento y conduzcan a una
     verdadera convergencia de los Estados miembros y las regiones
     menos desarrolladas. Incluye a todas las regiones de la UE con un
     PIB per cápita inferior al 75% de la media de la Comunidad.

     A las regiones que serían elegibles en el marco del objetivo
     “Convergencia”, en caso de que se conservara como umbral el 75%
     del PIB medio de la UE de 15 y no de 25 Estados miembros, se les
     concede un régimen transitorio regresivo (una fase denominada
     phasing-out o salida gradual).

     A las regiones que antes entraban en el marco del antiguo Objetivo
     1, pero cuyo PIB es superior a la media del 75% del PIB de la UE de
     15 Estados miembros, se les concede hasta 2013 una ayuda
     transitoria progresiva (una fase denominada phasing-in o aumento
     progresivo).
•   El objetivo de Competitividad regional y empleo:
    comprende a todas las regiones excluidas del objetivo de
    convergencia, y tiene como finalidad incrementar su
    competitividad, su atractivo y el empleo.

•   Objetivo de cooperación territorial europea: intensificará
    la cooperación transfronteriza mediante iniciativas locales
    y regionales conjuntas.


                                 Para alcanzar estos objetivos, la UE se sirve de cuatro tipos de
                                 fondos:

                                 • FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) destinado a las
                                 regiones más atrasadas.

                                 • FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrarias) que
                                 financia las ayudas agrarias, tanto para asegurar una renta mínima
                                 a los agricultores, como para reformar las estructuras productivas.

                                 • FSE (Fondo Social Europeo) dedicado al fomento de la formación
                                 profesional y del empleo.

                                 • IFOP (Instrumento Financiero de Orientación Pesquera) que
                                 financia al sector pesquero.
b) El Fondo de Cohesión: nació para promover la
    convergencia económica y monetaria de los países
    más atrasados. Hasta el 2006 España fue el mayor
    receptor de este fondo, con el desarrollo del país y
    la ampliación, sus fondos se han visto reducidos en
    beneficio de los nuevos países.

 c) Las Iniciativas Comunitarias: son programas
    especiales dependientes directamente de la
    Comisión Europea y encaminados a resolver
    problemas que conciernen a toda la Unión:

• INTERREG: para incrementar la cooperación entre
territorios de la UE.

• LEADER: fomenta la reconversión y el desarrollo rural.

• URBAN: pretende la regeneración económica y social de
los barrios urbanos en crisis.

• EQUAL: se destina a combatir la discriminación y la
desigualdad en el trabajo.
4. 2. NIVEL ESTATAL Y AUTONÓMICO: LOS PLANES DE DESARROLLO REGIONAL.
-   INTERVENCIÓN DEL ESTADO:

a) Política de Incentivos Regionales:
   modificada con el ingreso en la
   UE para evitar medidas
   proteccionistas. Existen tres
   modalidades de incentivos.

    - Las ZPE (Zonas de Promoción
    Económica), son las zonas de
    menor desarrollo del país según
    la renta per cápita y la tasa de
    paro.                                b) Fondo de Compensación Interregional: es un
    - Las ZID (Zonas Industrializadas       medio de combatir los desequilibrios
    en Declive), afectadas por la           regionales y de llevar a la práctica el principio
    reconversión industrial, con altas      de solidaridad interregional. Los ingresos del
    tasas de desempleo, para paliar         fondo se fijan en los presupuestos generales
    el ajuste industrial.                   del Estado. Sólo se reciben en aquellas
    - Las ZE (Zonas Especiales), para       comunidades autónomas con rentas per
    atender problemas concretos.            cápita inferiores a la media nacional, lo que
                                            ha incrementado la cuantía recibida.
1.  DEFINE LAS DIFERENTES DIVISIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS,
    VIGENTES EN EL TERRITORIO ESPAÑOL
2. INDICA la DIFERENCIA EN LAS FORMAS DE ACCESO DE LAS
    COMUNIDADES AUTÓNOMAS,DIFERENCIANDO e INDICANDO, LAS QUE
    ACCEDIERON POR LA VÍA DEL ARTÍCULO 151 y las que lo HICIERON POR
    EL ARTÍCULO 143
3. SEÑALA, de los siguientes aspectos sus OBJETIVOS y los INSTRUMENTOS
    que utilizan para conseguirlos:
   1) POLÍTICA REGIONAL DEL ESTADO
   2) LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO


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La organizacion del estado español

  • 1.
  • 2.
  • 3. LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA ES UNA MONARQUÍA PARLAMETARIA: LA CORONA DIVISIÓN DE PODERES DOS CÁMARAS CONGRESO SENADO EL GOBIERNO PODER JUDICIAL LOS PARTIDOS POLÍTICOS
  • 4. MONARQUÍA PARLAMENTARIA EL REY REINA, PERO NO GOBIERNA REFRENDA LEYES INVISTE A LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO REPRESENTA A ESPAÑA EN EL EXTERIOR SU CARGO ES HEREDITARIO, VITALICIO Y SU FIGURA ES INVIOLABLE Y NO ES RESPONSABLE ANTE LA LEY.
  • 5. LA DIVISIÓN DE PODERES
  • 7.
  • 9. LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO COMPUESTO POR EL PRESIDENTE Y SUS MINISTROS ELEGIDOS POR EL PARLAMENTO MARCA LAS ESTRATEGIAS A SEGUIR EN LOS DIVERSOS ÁMBITOS DEL ESTADO EJECUTA LOS PRESUPUESTOS QUE EMANAN DEL PARLAMNETÓ ASÍ COMO LAS LEYES QUE ELABORAN EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
  • 11. EL PODER JUDICIAL COMPUESTO POR LOS JUECES Y LOS TRIBUNALES TRIBUNAL DE 1º INSTANCIA TRIBUNAL LOCAL TRIBUNAL PROVINCIAL TRIBUNAL AUNTONÓMICO AUDIENCIA NACIONAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
  • 12. LOS PARTIDOS POLÍTICOS SON FUNDAMENTALES EN EL SISTEMA DEMOCRÁTICO PARTICIPAN EN LAS ELECIONES QUE SON ELEGIDOS POR LOS CIUDADANOS CADA 4 AÑOS EN LAS ELECCIONES ¿QUÉ PARTIDOS POLÍTICOS CONOCES?
  • 14. II. LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ESPAÑA La organización territorial del Estado español actual es el resultado de un largo proceso histórico en el que la división territorial ha experimentado numerosas modificaciones. - Hasta la conquista romana: el territorio de la Península Ibérica estuvo habitado por diversos pueblos indígenas, con sus propias instituciones y costumbres. - Bajo el dominio romano: (ss. III a. C. – V d. C.) se creó por primera vez una organización administrativa en provincias, cuyo número se incrementó desde las dos iniciales hasta siete.
  • 15. - Los visigodos: (ss. V – VIII) al desaparecer el poder romano crearon por primera vez un estado independiente y unificado, con capital en Toledo. Administrativamente, mantuvieron la división romana, pero la unidad territorial básica pasó a ser el territorium o ducado, de menor extensión que las antiguas provincias. -Edad Media: la invasión musulmana, iniciada en 711, acabó con el estado y administración visigodos: - Los musulmanes organizaron su territorio en provincias (coras) y alternaron etapas de unidad y de fragmentación territorial (taifas). - Los cristianos que escaparon al dominio islámico en los territorios montañosos del norte peninsular, crearon en su avance reconquistador sus propios sistemas político-administrativos, que son el origen de la diferenciación regional actual (Reino de León, Portugal, Castilla, Condados Catalanes, etc.)
  • 16. -Edad Moderna: ya desde el S. XIII quedaron individualizados cinco grandes conjuntos político-administrativos en la Península: el reino de Portugal; los reinos de León y Castilla, unidos desde 1230; la corona de Aragón; el reino de Navarra, y el reino musulmán de Granada. - Los Reyes Católicos reunieron los territorios peninsulares, excepto Portugal: las coronas de Castilla y Aragón se unían por el matrimonio de los reyes, se conquistó el reino de Granada y se anexionó el reino de Navarra. Esta unión, sin embargo, fue exclusivamente dinástica, pues cada reino mantuvo sus propias estructuras político-administrativas y fiscales, hecho que continuó durante los siglos de los Austrias (XVI-XVII). - Durante el S. XVIII, con los borbones, se produce el primer intento uniformizador de la administración española. El primer monarca Borbón accede al trono al vencer en la llamada Guerra de Sucesión. Los territorios de la corona de Aragón apoyaron a su oponente, por lo que fue suprimida su forma de organización mediante los Decretos de Nueva Planta. El territorio pasó a dividirse en capitanías generales e intendencias. Sólo Navarra y el País Vasco conservaron sus particularidades institucionales por su fidelidad al rey.
  • 17.
  • 18. -Época contemporánea: en 1833, el ministro de Fomento, Javier de Burgos, realizó una nueva división provincial, que coincide prácticamente con la actual. Organizó el territorio en 49 provincias, que en 1927 fueron 50 al dividirse las islas Canarias en dos. Cada provincia tenía una ciudad como capital y la misma administración, facilitando la intervención del gobierno en ellas y el centralismo. Este culminó con la supresión de buena parte de las peculiaridades institucionales de Navarra y el País Vasco como represalia por su apoyo a los pretendientes carlistas en dichas guerras. El sentimiento de pertenencia regional perviviría, como se puso de manifiesto durante la I República, cuando se proyectó un estado federal que no vería la luz por la escasa duración del régimen
  • 19. Con la Restauración de la monarquía se abrió un nuevo periodo de intensa centralización, por lo que fueron surgiendo movimientos regionalistas, organizaciones y partidos políticos que pidieron el reconocimiento jurídico de las diferencias regionales. Los primeros nacerían en Cataluña, el País Vasco y Galicia. La II República declararía que España era un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones (Constitución de 1931). Cataluña, el País Vasco y Galicia pidieron y plebiscitaron afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía. Tras la Guerra Civil, el franquismo implantó un estado unitario que abolió aquellos estatutos y reprimió el nacionalismo. Impuso una estricta centralización basada en la provincia.
  • 20. 2. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL 2. 1. DIVISIONES POLÍTICO ADMINISTRATIVAS: La organización político-administrativa actual es propia de un Estado descentralizado, que reparte sus competencias entre diferentes divisiones territoriales: • MUNICIPIOS: constituyen la entidad territorial básica. Su función es prestar servicios a los vecinos, más variado cuanto mayor es la población. El gobierno y la administración municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. Los concejales se eligen por los vecinos del municipio por sufragio universal, y el alcalde es elegido por los concejales.
  • 21. • LA PROVINCIA: es una entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. Su función es fomentar los intereses provinciales, prestar servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y cooperar con ellos. El gobierno y la administración provinciales corresponden a la Diputación, integrada por un presidente y diputados. Los diputados se escogen entre los concejales electos y estos, a su vez, eligen al presidente. • LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares, o provincias con entidad regional histórica, dotadas de autonomía legislativa y capacidad de autogobierno sobre los asuntos de su competencia. Mientras municipios y provincias ya estaban creados a la muerte de Franco, las comunidades autónomas tuvieron que constituirse, a lo largo de un complicado proceso.
  • 22. 3._ EL ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS Este proceso incluye un período preautonómico, anterior a la aprobación de la Constitución de 1978, y un período de creación de las comunidades autónomas tras la promulgación de la misma. a) Período preautonómico: tras morir Franco, el presidente del Gobierno Adolfo Suárez concedió un régimen de preautonomía a Cataluña que luego se extendió a otras trece regiones. Mientras se elaboraba la Constitución se formó un mapa con catorce preautonomías que casi coincidía con el actual, salvo porque La Rioja y Cantabria se incluían en Castilla y León, y Madrid en Castilla-la Mancha. Las preautonomías contaban con organismos representativos que recibieron ciertas competencias, pero carecían de capacidad legislativa. b) Período autonómico: iniciado tras la promulgación de la Constitución de 1978, que establece la indisoluble unidad de la nación española y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad entre ellas. La Constitución no crearía un mapa de comunidades autónomas, sino que dejó a las preautonomías el derecho a constituirse en comunidades autónomas, indicando solo las condiciones y proceso que debían seguir. En cuanto a las condiciones, estas permitían constituirse en comunidad autónoma a las provincias limítrofes con características históricas, culturales o económicas comunes; a los territorios insulares, y a las provincias con entidad regional histórica.
  • 23. El proceso para el acceso a la autonomía incluyó dos vías. La vía del artículo 151 permitía adquirir de forma inmediata el mayor techo de competencias. La vía del artículo 143 solo traspasaba de forma inmediata ciertas competencias y exigía un período de cinco años para poder ampliarlas progresivamente. De esta manera, el actual mapa autonómico se desarrolló de la siguiente manera: • Cataluña, el País Vasco y Galicia: fueron favorecidas como regiones de demostrada tradición autonómica, es decir, aquellas que en el pasado hubieran plebiscitado afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía (su caso durante la II República). Recibieron la denominación de “nacionalidades históricas” y accedieron a la autonomía por la vía del artículo 151, pudiendo alcanzar de inmediato el máximo techo de competencias, incluidas las materias estatales transferibles a las comunidades autónomas.
  • 24. • Andalucía: accedió por la vía especial el artículo 151, que exigía que la iniciativa autonómica partiera del acuerdo de todas las diputaciones provinciales y de las tres cuartas partes de los ayuntamientos representativos de más del 50% de la población. Además se requería que el acuerdo fuera ratificado en referéndum. • Navarra: por ser el último territorio en incorporarse al reino de España y haber conservado una amplia autonomía administrativa durante el régimen franquista, optó por el “Amejoramiento del Fuero”, por el que, aparte de las atribuciones únicas que ya poseía, asumió las de las comunidades autónomas creadas por la vía del artículo 151.
  • 25. • Resto de comunidades: se requería el pronunciamiento favorable de las diputaciones y de los dos tercios de los ayuntamientos representativos de más del 50% de la población (artículo 143). Estas comunidades solo podrían asumir de forma inmediata ciertas competencias y deberían espera cinco años para acceder a las materias estatales transferibles. • Ceuta y Melilla: recibieron el rango de municipios autónomos y, a diferencia de las comunidades, carecen de capacidad legislativa.
  • 26. 2. 3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO: a) Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de Autonomía, aprobado por las Cortes. Contiene la denominación de la comunidad; su delimitación territorial; los nombres, organización y sede de sus organismos autónomos; las competencias asumidas y las bases para el traspaso de otras.
  • 27. b) Las comunidades pueden asumir competencias o funciones en diversas materias establecidas en la Constitución (art. 148). Son traspasadas por el Estado y pueden ejercerse de forma exclusiva o compartida. Existen también competencias exclusivas del Estado (art. 149) y no transferibles por considerarse esenciales para la nación: relaciones internacionales, defensa, comercio exterior, deuda pública, correos y telégrafos… Las competencias asumibles por las comunidades son muy amplias: políticas, económicas, transportes e infraestructuras, ordenación del territorio, sociales y sanitarias…
  • 28. c) Las instituciones de una comunidad autónoma son las siguientes: • Asamblea legislativa o Parlamento autonómico: elabora la legislación en las materias de competencia autonómica, aprueba el presupuesto, y controla al ejecutivo regional. Sus miembros se eligen por sufragio universal cada cuatro años entre los habitantes de la comunidad autónoma. • El Consejo de Gobierno o Gobierno autonómico: ejerce el poder ejecutivo. Integrado por el presidente de la comunidad, elegido por el Parlamento autonómico y nombrado por el rey; y por consejeros, elegidos por el presidente, que se encargan de las diferentes áreas de gobierno (consejerías). • Tribunal Superior de Justicia: máxima representación del poder judicial de una comunidad autónoma. Sus sentencias solo pueden recurrirse a los tribunales Supremo y Constitucional. • Delegado del Gobierno: es el encargado de dirigir la administración general del Estado en la comunidad y de coordinarse con ella.
  • 29. d) El Estado de las autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad. Este hecho implica que los Estatutos de las comunidades no pueden contener privilegios o discriminaciones en cuestiones fiscales, salariales o de seguridad social, y que no pueden ahondarse los desequilibrios entre comunidades.
  • 30. III. DESEQUILIBRIOS TERRITORIALES: DISPARIDADES DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS 3. 1. CAUSAS E INDICADORES DE LAS DIFERENCIAS ESPACIALES: A pesar del principio de solidaridad, existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas. Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas recientes. ECONÓMICOS: se observan en la capacidad productiva y se miden por ECONÓMICOS el PIB y por el PIB per cápita. INDICADORES DE DEMOGRÁFICOS: se manifiestan por la densidad de población, DEMOGRÁFICOS DESEQUILIBRIO Medida por la densidad de población. DESEQUILIBRIOS SOCIALES: se reflejan en la renta bruta disponible SOCIALES en los hogares y en nivel de bienestar (infraestructuras, servicios…)
  • 31. 3. 2. LA EVOLUCIÓN DE LAS DIFERENCIAS: a) El origen de los desequilibrios actuales: Entre mediados del XIX y la crisis económica de 1975, el factor fundamental de desequilibrio territorial fue la localización de la industria moderna. • Áreas más desarrolladas: periferia cantábrica y mediterránea, Madrid, eje del Ebro, Baleares y Canarias. TERRENO TERRENO TERRENO ECONÓMICO DEMOGRÁFICO SOCIAL Mayor crecimiento Aumenta densi- del PIB y del PIB dad de población. Incremento de la per cápita – atraen Reciben gentes renta. materias primas, del interior penin- Mejora del nivel fuentes de energía sular. de vida. y capitales.
  • 32. • Áreas menos desarrolladas: interior peninsular – excesivo peso del sector primario, escasa industrialización. TERRENO TERRENO TERRENO ECONÓMICO DEMOGRÁFICO SOCIAL Crecimiento del Despoblamiento Pocas infraes- PIB y del PIB y envejecimiento. Tructuras y servi- per cápita a un cios. ritmo menor.
  • 33. b) Cambios producidos por la crisis económica de 1975: La crisis económica de 1975 acabó con la primacía de la industria como factor explicativo de los desequilibrios territoriales. • Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis: sobre todo aquellas especializadas en sectores maduros. TERRENO TERRENO ECONÓMICO DEMOGRÁFICO Dejaron de atraer Descenso del crecimiento inmigrantes. de su PIB.
  • 34. • La crisis afectó menos a las regiones con menor peso industrial: por tener mayor participación en su economía los sectores primario (Galicia, Murcia) o terciario (Madrid, Baleares, Canarias), o por poseer un reparto más equilibrado de los tres sectores. Como consecuencia de la crisis, se frenó el anterior proceso de concentración espacial de la producción y de la población en las áreas más industrializadas, dando lugar a un nuevo modelo de desequilibrios territoriales.
  • 35. c) Los desequilibrios territoriales actuales: • La industria pierde peso como factor de desarrollo: reestructuración de sectores tradicionales, tendencia a la descentralización. • Los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología se convierten en principales factores de desarrollo: especialización del sector terciario, existencia de actividades innovadoras y de alta tecnología, mano de obra de alta cualificación, inversiones en tecnología y formación… La existencia de estos nuevos factores llevan a la formación de tres tipos de territorios: EJES DE EJES EN ESPACIOS MENOS DESARROLLO DECLIVE DESARROLLADOS Extremadura, ambas Madrid, País Vasco, Cornisa cantábrica. Castillas, Galicia, Andalucía litoral mediterráneo y Murcia. norte y Valle del Ebro. Crecimiento del PIB Por debajo de la media. PIB por debajo de la Crecimiento del PIB. Población estancada media salvo en Murcia Difusión de la población. o en retroceso. y Andalucía. Renta bruta en los hogares Disparidad de la renta Disparidad en el terreno por encima de la media. disponible. demográfico. Carencias sociales.
  • 36. 4. MECANISMOS DE COHESIÓN Los desequilibrios territoriales constituyen un grave problema en España, por lo que, desde hace décadas, se ha pretendido desarrollar políticas correctoras, tendentes a lograr un desarrollo regional más equilibrado. En la actualidad, la consolidación del Estado de las Autonomías y la adhesión a la Unión Europea ha traído consigo la distribución de competencias en materia de desarrollo regional entre: UNIÓN EUROPEA ESTADO AUTONOMÍAS
  • 37. 4. 1. NIVEL EUROPEO: LAS POLÍTICAS REGIONALES COMUNITARIAS: El ingreso de España en la UE supone su integración en la política regional comunitaria, que pretende coordinar las políticas regionales de los estados miembros y reducir las diferencias entre sus regiones apoyando a las más desfavorecidas con diferentes instrumentos financieros: a) LOS FONDOS ESTRUCTURALES: se destinan a promover el desarrollo regional mediante mejoras estructurales. Para el periodo 2007-2013, se prevé que contribuyan a la realización de tres objetivos. • El objetivo de Convergencia: pretende promover unas condiciones y unos factores que mejoren el crecimiento y conduzcan a una verdadera convergencia de los Estados miembros y las regiones menos desarrolladas. Incluye a todas las regiones de la UE con un PIB per cápita inferior al 75% de la media de la Comunidad. A las regiones que serían elegibles en el marco del objetivo “Convergencia”, en caso de que se conservara como umbral el 75% del PIB medio de la UE de 15 y no de 25 Estados miembros, se les concede un régimen transitorio regresivo (una fase denominada phasing-out o salida gradual). A las regiones que antes entraban en el marco del antiguo Objetivo 1, pero cuyo PIB es superior a la media del 75% del PIB de la UE de 15 Estados miembros, se les concede hasta 2013 una ayuda transitoria progresiva (una fase denominada phasing-in o aumento progresivo).
  • 38. El objetivo de Competitividad regional y empleo: comprende a todas las regiones excluidas del objetivo de convergencia, y tiene como finalidad incrementar su competitividad, su atractivo y el empleo. • Objetivo de cooperación territorial europea: intensificará la cooperación transfronteriza mediante iniciativas locales y regionales conjuntas. Para alcanzar estos objetivos, la UE se sirve de cuatro tipos de fondos: • FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) destinado a las regiones más atrasadas. • FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrarias) que financia las ayudas agrarias, tanto para asegurar una renta mínima a los agricultores, como para reformar las estructuras productivas. • FSE (Fondo Social Europeo) dedicado al fomento de la formación profesional y del empleo. • IFOP (Instrumento Financiero de Orientación Pesquera) que financia al sector pesquero.
  • 39. b) El Fondo de Cohesión: nació para promover la convergencia económica y monetaria de los países más atrasados. Hasta el 2006 España fue el mayor receptor de este fondo, con el desarrollo del país y la ampliación, sus fondos se han visto reducidos en beneficio de los nuevos países. c) Las Iniciativas Comunitarias: son programas especiales dependientes directamente de la Comisión Europea y encaminados a resolver problemas que conciernen a toda la Unión: • INTERREG: para incrementar la cooperación entre territorios de la UE. • LEADER: fomenta la reconversión y el desarrollo rural. • URBAN: pretende la regeneración económica y social de los barrios urbanos en crisis. • EQUAL: se destina a combatir la discriminación y la desigualdad en el trabajo.
  • 40. 4. 2. NIVEL ESTATAL Y AUTONÓMICO: LOS PLANES DE DESARROLLO REGIONAL. - INTERVENCIÓN DEL ESTADO: a) Política de Incentivos Regionales: modificada con el ingreso en la UE para evitar medidas proteccionistas. Existen tres modalidades de incentivos. - Las ZPE (Zonas de Promoción Económica), son las zonas de menor desarrollo del país según la renta per cápita y la tasa de paro. b) Fondo de Compensación Interregional: es un - Las ZID (Zonas Industrializadas medio de combatir los desequilibrios en Declive), afectadas por la regionales y de llevar a la práctica el principio reconversión industrial, con altas de solidaridad interregional. Los ingresos del tasas de desempleo, para paliar fondo se fijan en los presupuestos generales el ajuste industrial. del Estado. Sólo se reciben en aquellas - Las ZE (Zonas Especiales), para comunidades autónomas con rentas per atender problemas concretos. cápita inferiores a la media nacional, lo que ha incrementado la cuantía recibida.
  • 41. 1. DEFINE LAS DIFERENTES DIVISIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS, VIGENTES EN EL TERRITORIO ESPAÑOL 2. INDICA la DIFERENCIA EN LAS FORMAS DE ACCESO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS,DIFERENCIANDO e INDICANDO, LAS QUE ACCEDIERON POR LA VÍA DEL ARTÍCULO 151 y las que lo HICIERON POR EL ARTÍCULO 143 3. SEÑALA, de los siguientes aspectos sus OBJETIVOS y los INSTRUMENTOS que utilizan para conseguirlos: 1) POLÍTICA REGIONAL DEL ESTADO 2) LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO PÁGINA 118: 1 PÁGINA 119: 3