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 CEVALLOS POSLIGUA NATHALI MIRELLA
 INTRIAGO PÁRRAGA JESSICA VERÓNICA
 JIMÉNEZ LOOR GLORIA LORENA
 PAZMIÑO MACIAS DANIEL ALDAHIR
 VINCES CEDEÑO GEMA MARILIN
MAYO 2016 – SEPTIEMBRE 2016
La Seguridad
Social en el
Ecuador ha
tenido varios
cambios de
manera positiva y
negativa para la
ciudadanía que
han accedido a
este sistema y
para las personas
que quieran
acceder a ella.
¿Qué es la seguridad social?
Es un sistema del cual forma parte el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
que es una entidad, cuya organización y
funcionamiento se fundamenta en los
principios de solidaridad, obligatoriedad,
universalidad, equidad, eficiencia,
subsidiariedad y suficiencia , esta se
encarga de aplicar el Sistema del Seguro
General Obligatorio.
La salud pública, seguro de riesgos de
trabajo, seguro campesino o los
planes de pensiones y jubilaciones.
Enfocados en asegurar niveles
mínimos de dignidad de vida a todos
los ciudadanos, especialmente cuando
envejecemos y se ven reducidas
nuestras posibilidades de generar por
sí mismo fuentes de ingreso estables.
Trabajadores en relación
de dependencia,
Trabajadores autónomos,
Trabajadores no remunerados,
como las amas de casa y los
comerciantes informales.
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA
SEGURIDAD SOCIAL?
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ACCEDER A
LA SEGURIDAD SOCIAL?
Porque es la protección que la sociedad
proporciona a sus miembros, mediante una
serie de medidas públicas, contra las
privaciones económicas y sociales que, de no
ser así, ocasionarían la desaparición o una
fuerte reducción de los ingresos por causa de
enfermedad, maternidad, accidente de trabajo,
o enfermedad laboral, desempleo, invalidez,
vejez y muerte; y también la protección en
forma de asistencia médica.
CAMBIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
¿LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL?
Establece que los empleados con contrato
laboral deben de aportar con el 9.35% de sus
ingresos mensuales, monto que es descontado
por sus patronos y ellos a su vez lo pagan al
IESS.
Los patronos por su parte aportan con el
12.35% del valor de los sueldos mensuales de
sus trabajadores, sin embargo, este valor lo
asumen los patronos ya que no pueden
descontarlo al trabajador.
REFORMAS A LA LEY DE SEGURIDAD
SOCIAL
Los aportes que recibe el IESS permiten que
sus afiliados (empleados, patronos y
voluntarios) puedan acceder de manera
gratuita a recibir atención de calidad en
hospitales públicos y privados.
Adicionalmente permite a los afiliados
acceder a algunos beneficios especiales
como: Préstamo Hipotecario, Préstamo
Quirografario, Jubilación, Cesantía, etc.
¿QUÉ PERSONAS PUEDEN AFILIARSE
AL IESS VOLUNTARIAMENTE?
Pueden afiliarse
los ecuatorianos
que viven dentro
o fuera del país.
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extranjeros que
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Ecuador.
¿LOS ECUATORIANOS QUE VIVEN EN EL
EXTRANJERO DEBEN TENER ALGUNA
PROFESIÓN PARA AFILIARSE AL IESS
VOLUNTARIAMENTE?
No. No es
importante tener
una profesión es
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actividad laboral.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE SER
UN AFILIADO VOLUNTARIO?
• Recibir una pensión
por: vejez, invalidez y
montepío
• Servicios Funerarios
• Seguro por Riesgos de
Trabajo
• Asistencia médica por
maternidad o
enfermedad
¿CUÁNTO DINERO DEBO APORTAR PARA
AFILIARME VOLUNTARIAMENTE AL
IESS?
El aporte varia de acuerdo al ingreso mensual
del solicitante. Pero debe de ser el 17.50% del
sueldo que percibe.
Por ejemplo del salario básico unificado se
cancela el valor $72.
REQUISITOS PARA AFILIARSE
VOLUNTARIAMENTE
•No estar afiliado al Seguro General Obligatorio (IESS)
•Tener entre 18 y 60 años de edad
•Ser ciudadano ecuatoriano residente en el Ecuador o
ser ciudadano extranjero legalmente residente en el
Ecuador
•Ser ciudadano ecuatoriano residente en el exterior
(para los solicitantes que viven fuera del país).
•No recibir pensión de invalidez, vejez, retiro o riesgos
del trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social (IESS); del Instituto de Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas (ISSFA); o del Instituto de Seguridad
Social de la Policía Nacional (ISSPOL).
PENSIÓN DE AMAS DE CASA
Las amas de casa atendrán
acceso a la filiación para recibir
una pensión jubilar. No tendrían
derecho a otras prestaciones
como salud.
AMAS DE CASA
Las personas trabajadoras no remuneradas del
hogar pueden acceder a la seguridad social y
beneficiarse de las pensiones por vejez,
incapacidad y muerte. Luego de 20 años de
aportación y al cumplir 65 años de edad. Este
beneficio busca que todas las personas que han
dedicado su vida al trabajo no remunerado del
hogar cuenten con ingresos propios en su vejez.
 Las amas de casa que reciban el Bono de
Desarrollo Humano deben aportar $2 y el
estado pagará al IESS $9,73.
 La pensión que recibirá esta persona es de
aproximadamente $77 mensuales.
 Las amas de casa que tengan una familia con
ingresos mensuales entre $178 a $354 deben
aportar $9,38 y el estado pagara al IESS
$14,07.
VALOR QUE DEBE PAGAR UNA
TRABAJADORA NO REMUNERADA DEL
HOGAR POR AFILIACIÓN AL IESS
 La pensión que recibirá esta persona es
de aproximadamente $115 mensuales.
 Las amas de casa que tenga una familia
con ingresos mensuales entre $354 a
$531 deben aportar $19,38 y el estado
pagara al aportar $46,91 o más. IESS
$15,18.
 Las amas de casa que tenga una familia
con ingresos mensuales que superan
los $531 deben aportar $9,38 y el
estado pagara al IESS $14,07.
El estado no aportara para las amas de casa cuyas
familias tengan ingresos altos que superen los
USD 544, en este caso el aporte deberá ser asumido
completamente por el beneficiario y este llega a los
USD 45.
IMPORTANTE
Las trabajadoras no remuneradas del hogar podrán
acceder a la pensión por jubilación luego de cumplir
240 aportaciones.
Las trabajadoras no remuneradas del hogar podrán
acceder a la pensión por invalidez y muerte luego de
cumplir 6 aportaciones.
PRESTACIONES DEL SEGURO DE
PENSIONES
 Jubilación ordinaria de vejez.
 Jubilación por invalidez que incluye el
subsidio transitorio por incapacidad.
 Pensiones de montepío.
 Auxilio de funerales.
 Jubilaciones especiales: a los
trabajadores de telecomunicaciones, a los
de artes e industrias gráficas, y a los
zafreros.
 Rentas adicionales: ferrocarriles,
magisterio fiscal y gráficos.
 Mejoras de jubilación por vejez.
JUBILACIÓN
Para tener la
jubilación por vejez,
sin límite de edad,
los afiliados hoy
deben alcanzar las
480 aportaciones
(40 años). También
se puede acceder a
la pensión con
menos aportaciones
pero, para ello,
debe cumplir 60
años de edad o
más.
LEY DE PASANTÍAS
La ley busca maximizar el número de
beneficiarios y para eso ubicó tres niveles. El uno
es que los estudiantes además de recurrir al
sector privado también lo pueden hacer en
instituciones y fundaciones, el otro que sea
coordinado por las instituciones de educación
superior y la tercera que no podrá prolongarse por
más de seis meses sin generar relación de
dependencia.
Con esta ley, las pasantías no podrán prolongarse más de
6 meses sin que se genere relación de dependencia. Al
pasante se le pagará no menos del tercio del salario
básico, es decir, USD$122.
En todos los casos los estudiantes serán afiliados al
seguro social sobre el total del equivalente al salario básico
unificado.
La contratación de jóvenes en rango de 18 a 26
años y no solo hasta 24. Su contratación implicará
el aumento de trabajadores y no la sustitución por
otros que están estables. Así, el Ministerio de
Trabajo regulará el porcentaje mínimo de
trabajadores jóvenes, según el tipo de actividad y
el tamaño de la empresa.
El Estado cubrirá el aporte al Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social (IESS) que debería ser
pagado por el empleador hasta dos salarios
básicos, siempre y cuando el número de contratos
juveniles no supere el 20% de la nómina. Si el
salario es superior al doble del salario básico la
diferencia correrá a cargo del empresario.
LICENCIA DE MATERNIDAD O PATERNIDAD
La ley también brinda más beneficios para los
padres y madres de hijos recién nacidos tanto
biológicos como adoptados, después de los 3
meses de licencia pagada, la madre puede
escoger entre la actual licencia de dos horas
diarias de lactancia, más 6 horas de trabajo y
remuneración o 9 meses sin remuneración con
opción de retirar su cesantía.
En el caso del padre, después de sus 15 días de
licencia pagada, puede escoger si desea 9 meses
adicionales de licencia sin remuneración con
opción de cesantía.
CESANTÍA Y SEGURO DE DESEMPLEO
Una de las más recientes novedades es que incorpora
una transitoria que favorece a los ciudadanos que se
quedaron sin empleo desde inicios del 2016 hasta
antes de la vigencia de la Ley. Ellos podrán acogerse
al seguro de desempleo que será financiado por el
Estado, indicó la Asamblea.
De esta manera, quienes queden desempleados
después de la vigencia de la ley tienen dos
alternativas: retirar el fondo de cesantía acumulado o
acogerse al seguro de desempleo.
Si el afiliado escoge la segunda opción y percibía en
promedio un salario básico unificado recibirá un monto
de USD$256 desde el primer hasta el quinto mes,
siendo éste el monto mínimo.
PRESTACIONES Y SERVICIOS
Las prestaciones y servicios se entregan a través
de los cuatro Seguros especializados: salud,
pensiones, seguro social campesino y
riesgos de trabajo.
 Atención médica: consulta externa y de
especialización, hospitalización, cirugías,
fármacos, emergencias, exámenes de
diagnóstico en laboratorio e imagenología,
ortesis y prótesis.
 Atención odontológica preventiva y de
recuperación.
 Atención de maternidad: antes y después del
parto.
 Subsidios monetarios por enfermedad y
maternidad.
 Programas para el adulto mayor.
PRESTACIONES DEL SEGURO DE SALUD:
Atención médica, quirúrgica, farmacológica,
hospitalaria y de rehabilitación a través del Seguro
de Salud Individual y Familiar.
Provee y renueva aparatos de prótesis y órtesis.
Reinserción laboral
Pagos de subsidios, indemnizaciones o rentas en
forma de pensión o capital, en casos de
incapacidad temporal, parcial y absoluta.
Servicios de Prevención: estudios, análisis,
evaluaciones y controles de los riesgos de trabajo,
en los lugares donde se desarrolla la actividad
laboral.
PRESTACIONES DEL SEGURO DE
RIESGOS DE TRABAJO.
PRESTACIONES DEL SEGURO SOCIAL
CAMPESINO
 Promoción, prevención en salud,
saneamiento ambiental y desarrollo
comunitario.
 Atención odontológica preventiva y de
recuperación.
 Atención durante el embarazo, parto y
posparto.
 Pensiones de jubilación por invalidez y
vejez.
 Auxilio de funerales.
IESS PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
es uno de los organismos con mayor renombre en lo
relativo a los préstamos quirografarios.
Concretamente, el IESS pone este tipo de préstamos
a disposición de afiliados pensionistas de viudedad y
gente jubilada. En el caso de los jubilados, se toma
como base el promedio de la pensión perteneciente a
los tres meses anteriores al momento de pedir el
préstamo. Eso sí, los intereses a los que tendrán que
hacer frente los solicitantes serán los
correspondientes a la tasa Activa Referencial que
hace pública el Banco Central de Ecuador a
principios de cada semana.
El Seguro Social Campesino (SSC) es un régimen
especial del seguro universal obligatorio del IESS
que protege a la población del sector rural y a las
personas dedicadas a la pesca artesanal del Ecuador, con
prestaciones de salud integrales en la enfermedad y
maternidad; con pensiones mensuales de jubilación e
invalidez para el jefe de familia y con un auxilio de
funerales que cubre a todos sus miembros.
El Seguro Social Campesino ofrecer· prestaciones de
salud y, que incluye maternidad, a sus afiliados, y
proteger· al jefe de familia contra las contingencias de
vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad.
SEGURO CAMPESINO
Pero en contraste, el punto débil de la
seguridad social está en la atención que brinda
el personal del IESS. Un buen número de los
mandos medios e inferiores no siente ningún
asomo de solidaridad para con los afiliados,
activos o jubilados, solidaridad que es uno de
los puntales fundamentales de la seguridad
social.
LO QUE DEBETRIA MEJORAR LA SEGURIDAD
SOCIAL.
Referencias
Ecuador, G. d. (2015). Obtenido de
http://www.presidencia.gob.ec/rendici
on-de-cuentas-2015/
IESS. (2015). Obtenido de
https://www.iess.gob.ec/
Morales, G. (s.f.). Obtenido de
http://tusfinanzas.ec/que-es-la-
seguridad-social/
INFORME
DISTRIBUCIÓN DE TRABAJO
El equipo trabajo en toda la selección de la información y a
luego cada quien trabajo en la elaboración de las diapositivas
enumeradas .
INTRIAGO JIMENEZ LOOR GLORIA LORENA : 3,4,5,6 ,7,8 Y 9
PÁRRAGA JÉSSICA VERONICA: 10,11,12,13,14,15 y 16
VINCES CEDEÑO GEMA MARILIN:17,18,19,20,21,22 Y 23
CEVALLOS POSLIGUA NATHALY MIRELLA :24,25,26 y 27
PAZMIÑO MACIAS DANIEL ALDHAIR:28, 29,30,31,32 y 33
En que cambio la seguridad social en el ecuador

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En que cambio la seguridad social en el ecuador

  • 1.  CEVALLOS POSLIGUA NATHALI MIRELLA  INTRIAGO PÁRRAGA JESSICA VERÓNICA  JIMÉNEZ LOOR GLORIA LORENA  PAZMIÑO MACIAS DANIEL ALDAHIR  VINCES CEDEÑO GEMA MARILIN MAYO 2016 – SEPTIEMBRE 2016
  • 2.
  • 3. La Seguridad Social en el Ecuador ha tenido varios cambios de manera positiva y negativa para la ciudadanía que han accedido a este sistema y para las personas que quieran acceder a ella.
  • 4. ¿Qué es la seguridad social? Es un sistema del cual forma parte el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que es una entidad, cuya organización y funcionamiento se fundamenta en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia , esta se encarga de aplicar el Sistema del Seguro General Obligatorio.
  • 5. La salud pública, seguro de riesgos de trabajo, seguro campesino o los planes de pensiones y jubilaciones. Enfocados en asegurar niveles mínimos de dignidad de vida a todos los ciudadanos, especialmente cuando envejecemos y se ven reducidas nuestras posibilidades de generar por sí mismo fuentes de ingreso estables.
  • 6. Trabajadores en relación de dependencia, Trabajadores autónomos, Trabajadores no remunerados, como las amas de casa y los comerciantes informales. ¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA SEGURIDAD SOCIAL?
  • 7. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ACCEDER A LA SEGURIDAD SOCIAL? Porque es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica.
  • 8. CAMBIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL ¿LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL? Establece que los empleados con contrato laboral deben de aportar con el 9.35% de sus ingresos mensuales, monto que es descontado por sus patronos y ellos a su vez lo pagan al IESS. Los patronos por su parte aportan con el 12.35% del valor de los sueldos mensuales de sus trabajadores, sin embargo, este valor lo asumen los patronos ya que no pueden descontarlo al trabajador.
  • 9. REFORMAS A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL Los aportes que recibe el IESS permiten que sus afiliados (empleados, patronos y voluntarios) puedan acceder de manera gratuita a recibir atención de calidad en hospitales públicos y privados. Adicionalmente permite a los afiliados acceder a algunos beneficios especiales como: Préstamo Hipotecario, Préstamo Quirografario, Jubilación, Cesantía, etc.
  • 10. ¿QUÉ PERSONAS PUEDEN AFILIARSE AL IESS VOLUNTARIAMENTE? Pueden afiliarse los ecuatorianos que viven dentro o fuera del país. También los extranjeros que residen en el Ecuador.
  • 11. ¿LOS ECUATORIANOS QUE VIVEN EN EL EXTRANJERO DEBEN TENER ALGUNA PROFESIÓN PARA AFILIARSE AL IESS VOLUNTARIAMENTE? No. No es importante tener una profesión es suficiente con tener cualquier ocupación o actividad laboral.
  • 12. ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE SER UN AFILIADO VOLUNTARIO? • Recibir una pensión por: vejez, invalidez y montepío • Servicios Funerarios • Seguro por Riesgos de Trabajo • Asistencia médica por maternidad o enfermedad
  • 13. ¿CUÁNTO DINERO DEBO APORTAR PARA AFILIARME VOLUNTARIAMENTE AL IESS? El aporte varia de acuerdo al ingreso mensual del solicitante. Pero debe de ser el 17.50% del sueldo que percibe. Por ejemplo del salario básico unificado se cancela el valor $72.
  • 14. REQUISITOS PARA AFILIARSE VOLUNTARIAMENTE •No estar afiliado al Seguro General Obligatorio (IESS) •Tener entre 18 y 60 años de edad •Ser ciudadano ecuatoriano residente en el Ecuador o ser ciudadano extranjero legalmente residente en el Ecuador •Ser ciudadano ecuatoriano residente en el exterior (para los solicitantes que viven fuera del país). •No recibir pensión de invalidez, vejez, retiro o riesgos del trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA); o del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL).
  • 15. PENSIÓN DE AMAS DE CASA Las amas de casa atendrán acceso a la filiación para recibir una pensión jubilar. No tendrían derecho a otras prestaciones como salud.
  • 16. AMAS DE CASA Las personas trabajadoras no remuneradas del hogar pueden acceder a la seguridad social y beneficiarse de las pensiones por vejez, incapacidad y muerte. Luego de 20 años de aportación y al cumplir 65 años de edad. Este beneficio busca que todas las personas que han dedicado su vida al trabajo no remunerado del hogar cuenten con ingresos propios en su vejez.
  • 17.  Las amas de casa que reciban el Bono de Desarrollo Humano deben aportar $2 y el estado pagará al IESS $9,73.  La pensión que recibirá esta persona es de aproximadamente $77 mensuales.  Las amas de casa que tengan una familia con ingresos mensuales entre $178 a $354 deben aportar $9,38 y el estado pagara al IESS $14,07. VALOR QUE DEBE PAGAR UNA TRABAJADORA NO REMUNERADA DEL HOGAR POR AFILIACIÓN AL IESS
  • 18.  La pensión que recibirá esta persona es de aproximadamente $115 mensuales.  Las amas de casa que tenga una familia con ingresos mensuales entre $354 a $531 deben aportar $19,38 y el estado pagara al aportar $46,91 o más. IESS $15,18.  Las amas de casa que tenga una familia con ingresos mensuales que superan los $531 deben aportar $9,38 y el estado pagara al IESS $14,07.
  • 19. El estado no aportara para las amas de casa cuyas familias tengan ingresos altos que superen los USD 544, en este caso el aporte deberá ser asumido completamente por el beneficiario y este llega a los USD 45. IMPORTANTE Las trabajadoras no remuneradas del hogar podrán acceder a la pensión por jubilación luego de cumplir 240 aportaciones. Las trabajadoras no remuneradas del hogar podrán acceder a la pensión por invalidez y muerte luego de cumplir 6 aportaciones.
  • 20. PRESTACIONES DEL SEGURO DE PENSIONES  Jubilación ordinaria de vejez.  Jubilación por invalidez que incluye el subsidio transitorio por incapacidad.  Pensiones de montepío.  Auxilio de funerales.  Jubilaciones especiales: a los trabajadores de telecomunicaciones, a los de artes e industrias gráficas, y a los zafreros.  Rentas adicionales: ferrocarriles, magisterio fiscal y gráficos.  Mejoras de jubilación por vejez.
  • 21. JUBILACIÓN Para tener la jubilación por vejez, sin límite de edad, los afiliados hoy deben alcanzar las 480 aportaciones (40 años). También se puede acceder a la pensión con menos aportaciones pero, para ello, debe cumplir 60 años de edad o más.
  • 22. LEY DE PASANTÍAS La ley busca maximizar el número de beneficiarios y para eso ubicó tres niveles. El uno es que los estudiantes además de recurrir al sector privado también lo pueden hacer en instituciones y fundaciones, el otro que sea coordinado por las instituciones de educación superior y la tercera que no podrá prolongarse por más de seis meses sin generar relación de dependencia.
  • 23. Con esta ley, las pasantías no podrán prolongarse más de 6 meses sin que se genere relación de dependencia. Al pasante se le pagará no menos del tercio del salario básico, es decir, USD$122. En todos los casos los estudiantes serán afiliados al seguro social sobre el total del equivalente al salario básico unificado.
  • 24. La contratación de jóvenes en rango de 18 a 26 años y no solo hasta 24. Su contratación implicará el aumento de trabajadores y no la sustitución por otros que están estables. Así, el Ministerio de Trabajo regulará el porcentaje mínimo de trabajadores jóvenes, según el tipo de actividad y el tamaño de la empresa. El Estado cubrirá el aporte al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que debería ser pagado por el empleador hasta dos salarios básicos, siempre y cuando el número de contratos juveniles no supere el 20% de la nómina. Si el salario es superior al doble del salario básico la diferencia correrá a cargo del empresario.
  • 25. LICENCIA DE MATERNIDAD O PATERNIDAD La ley también brinda más beneficios para los padres y madres de hijos recién nacidos tanto biológicos como adoptados, después de los 3 meses de licencia pagada, la madre puede escoger entre la actual licencia de dos horas diarias de lactancia, más 6 horas de trabajo y remuneración o 9 meses sin remuneración con opción de retirar su cesantía. En el caso del padre, después de sus 15 días de licencia pagada, puede escoger si desea 9 meses adicionales de licencia sin remuneración con opción de cesantía.
  • 26. CESANTÍA Y SEGURO DE DESEMPLEO Una de las más recientes novedades es que incorpora una transitoria que favorece a los ciudadanos que se quedaron sin empleo desde inicios del 2016 hasta antes de la vigencia de la Ley. Ellos podrán acogerse al seguro de desempleo que será financiado por el Estado, indicó la Asamblea. De esta manera, quienes queden desempleados después de la vigencia de la ley tienen dos alternativas: retirar el fondo de cesantía acumulado o acogerse al seguro de desempleo. Si el afiliado escoge la segunda opción y percibía en promedio un salario básico unificado recibirá un monto de USD$256 desde el primer hasta el quinto mes, siendo éste el monto mínimo.
  • 27. PRESTACIONES Y SERVICIOS Las prestaciones y servicios se entregan a través de los cuatro Seguros especializados: salud, pensiones, seguro social campesino y riesgos de trabajo.
  • 28.  Atención médica: consulta externa y de especialización, hospitalización, cirugías, fármacos, emergencias, exámenes de diagnóstico en laboratorio e imagenología, ortesis y prótesis.  Atención odontológica preventiva y de recuperación.  Atención de maternidad: antes y después del parto.  Subsidios monetarios por enfermedad y maternidad.  Programas para el adulto mayor. PRESTACIONES DEL SEGURO DE SALUD:
  • 29. Atención médica, quirúrgica, farmacológica, hospitalaria y de rehabilitación a través del Seguro de Salud Individual y Familiar. Provee y renueva aparatos de prótesis y órtesis. Reinserción laboral Pagos de subsidios, indemnizaciones o rentas en forma de pensión o capital, en casos de incapacidad temporal, parcial y absoluta. Servicios de Prevención: estudios, análisis, evaluaciones y controles de los riesgos de trabajo, en los lugares donde se desarrolla la actividad laboral. PRESTACIONES DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.
  • 30. PRESTACIONES DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO  Promoción, prevención en salud, saneamiento ambiental y desarrollo comunitario.  Atención odontológica preventiva y de recuperación.  Atención durante el embarazo, parto y posparto.  Pensiones de jubilación por invalidez y vejez.  Auxilio de funerales.
  • 31. IESS PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es uno de los organismos con mayor renombre en lo relativo a los préstamos quirografarios. Concretamente, el IESS pone este tipo de préstamos a disposición de afiliados pensionistas de viudedad y gente jubilada. En el caso de los jubilados, se toma como base el promedio de la pensión perteneciente a los tres meses anteriores al momento de pedir el préstamo. Eso sí, los intereses a los que tendrán que hacer frente los solicitantes serán los correspondientes a la tasa Activa Referencial que hace pública el Banco Central de Ecuador a principios de cada semana.
  • 32. El Seguro Social Campesino (SSC) es un régimen especial del seguro universal obligatorio del IESS que protege a la población del sector rural y a las personas dedicadas a la pesca artesanal del Ecuador, con prestaciones de salud integrales en la enfermedad y maternidad; con pensiones mensuales de jubilación e invalidez para el jefe de familia y con un auxilio de funerales que cubre a todos sus miembros. El Seguro Social Campesino ofrecer· prestaciones de salud y, que incluye maternidad, a sus afiliados, y proteger· al jefe de familia contra las contingencias de vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad. SEGURO CAMPESINO
  • 33. Pero en contraste, el punto débil de la seguridad social está en la atención que brinda el personal del IESS. Un buen número de los mandos medios e inferiores no siente ningún asomo de solidaridad para con los afiliados, activos o jubilados, solidaridad que es uno de los puntales fundamentales de la seguridad social. LO QUE DEBETRIA MEJORAR LA SEGURIDAD SOCIAL.
  • 34. Referencias Ecuador, G. d. (2015). Obtenido de http://www.presidencia.gob.ec/rendici on-de-cuentas-2015/ IESS. (2015). Obtenido de https://www.iess.gob.ec/ Morales, G. (s.f.). Obtenido de http://tusfinanzas.ec/que-es-la- seguridad-social/
  • 35. INFORME DISTRIBUCIÓN DE TRABAJO El equipo trabajo en toda la selección de la información y a luego cada quien trabajo en la elaboración de las diapositivas enumeradas . INTRIAGO JIMENEZ LOOR GLORIA LORENA : 3,4,5,6 ,7,8 Y 9 PÁRRAGA JÉSSICA VERONICA: 10,11,12,13,14,15 y 16 VINCES CEDEÑO GEMA MARILIN:17,18,19,20,21,22 Y 23 CEVALLOS POSLIGUA NATHALY MIRELLA :24,25,26 y 27 PAZMIÑO MACIAS DANIEL ALDHAIR:28, 29,30,31,32 y 33