El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de arbitrar las medidas necesarias para la puesta en funcionamiento de unidades de taxi para el traslado de personas con capacidades diferentes en las principales paradas de cada localidad del distrito de acuerdo a los requisitos impuestos en la ordenanza Nº 7798/01 de “Taxis para Todos”, a los fines de cumplimentar con los criterios de Ciudad y Movilidad Sustentable que promociona el municipio haciendo visible esta problemática abordando en materia de servicios de transporte público el desarrollo de políticas inclusivas sobre la misma.
Asimismo se solicita al DE analice e intente implementar una Tarifa Social para aquellos vecinos que utilicen los servicios de traslado en unidades de taxímetros para personas con discapacidades motrices, teniendo en cuenta la actual situación económica y social por la que transita el país y la problemática de salud por la que transitan los mismos.
151-HCD-2016 Proyecto de Comunicación: servicio de taxi para personas con capacidades diferentes
1. Honorable Concejo Deliberante
de San Isidro
Bloque Partido Justicialista – Frente para la Victoria San Isidro
San Isidro, 26 de mayo de 2016
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO
VISTO:
La recurrente solicitud de los vecinos de las distintas localidades del distrito
acerca de la necesidad de incrementar la calidad del servicio de transporte público
para personas con capacidades diferentes, y;
CONSIDERANDO:
Que las personas con capacidades diferentes en muchas
oportunidades se ven impedidas de desarrollar distintos aspectos de su vida
cotidiana como consecuencia de la falta de herramientas y mecanismos de
movilidad necesarios para la integración y el desenvolvimiento en su comunidad,
situación que por lo general daña su autoestima sobretodo en aquella población
en situación de vulnerabilidad social.
Que es innegable que el poder público debe formular y aplicar
normativas para garantizar en este caso la prestación de servicios públicos para el
traslado y movilidad de los vecinos con capacidades diferentes
Que San Isidro posee un servicio de taxis para discapacitados,
reglamentado mediante la ordenanza Nº 7798/01 de “Taxi para Todos”, en el que
establece en su artículo cuarto, que: “el cuerpo máximo en todo el Partido es de
diez (10) unidades”.
Que en dicha legislación, el gobierno municipal indica también
que: “el servicio se prestará en las Paradas de Taxis ya existentes o que en el
futuro se habiliten”.
2. Honorable Concejo Deliberante
de San Isidro
Bloque Partido Justicialista – Frente para la Victoria San Isidro
Que a la fecha se tiene constancia que estaría en
funcionamiento tan sólo un móvil dentro del distrito que cumpliría con los
requerimientos expuestos en esta normativa.
Que de acuerdo con los reclamos que hemos recibido de
vecinos que han intentado utilizar este servicio, aquella unidad no dispone de la
capacidad para atender la demanda de nuestra comunidad, por lo que se ven
obligados a contratar servicios a particulares o bien a taxis (con las mismas
características) de municipios vecinos.
Por todo lo expuesto, el Bloque Partido Justicialista-Frente para
la Victoria San Isidro propone el tratamiento y la respectiva sanción del siguiente
proyecto de:
COMUNICACIÓN:
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al
Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de arbitrar las medidas necesarias
para la puesta en funcionamiento de unidades de taxi para el traslado de personas
con capacidades diferentes en las principales paradas de cada localidad del
distrito de acuerdo a los requisitos impuestos en la ordenanza Nº 7798/01 de
“Taxis para Todos”, a los fines de cumplimentar con los criterios de Ciudad y
Movilidad Sustentable que promociona el municipio haciendo visible esta
problemática abordando en materia de servicios de transporte público el desarrollo
de políticas inclusivas sobre la misma.
Artículo 2°.- Asimismo se solicita al DE analice e intente implementar una Tarifa
Social para aquellos vecinos que utilicen los servicios de traslado en unidades de
taxímetros para personas con discapacidades motrices, teniendo en cuenta la
actual situación económica y social por la que transita el país y la problemática de
salud por la que transitan los mismos.
Artículo 3°.- Dé forma.-