2. INTRODUCCIÓN:
Hoy en día todo el mundo habla que tiene
derechos, tanto en la televisión en la calle y así
en todo lugar escuchamos a personas hablar de
que tienen derechos, tanto niños como adultos,
pero no hablan de los deberes que así mismo
tienen.
Es por ello que es de vital importancia que
sepamos que son los derechos y deberes así
mismo su importancia. Para que así sepamos a
que atenernos y también que privilegios estamos
renunciando sin querer. Este trabajo esta
destinado a ello, a educar a la población de sus
derechos, deberes, de las características e
importancia y además los limites que se le
interponen a la sociedad, al individuo y al
estado.
Por ello que en este estado de derecho es
importantísimo educarnos, para así no errar por
ignorancia. Por eso les invitamos a toda la
población tanto a niños como a grandes a
sumergirse en el mundo de los derechos y
deberes de nuestro querido Chile.
3. Los derechos y su importancia:
Como hemos visto a lo largo de nuestra vida los derechos han
evolucionado a lo largo de la historia de nuestro país, adaptándose a
las diversas necesidades de las distintas épocas, por lo que
actualmente todos poseemos derechos sin distinción alguna.
Es fácil escuchar a diario que se hable de tal y tal derecho, pero no
se llega a abarcar en profundizar en verdad que son , por lo que
debemos llegar a conocer que son los derechos y cual es la
importancia de ellos, ya que si no sabemos que son no podremos
ejercerlos plenamente. Ahora al sumergirnos en el mundo de los
derechos podemos decir que son un conjunto de principios y
atributos fundamentales propios del ser humano, estos
emanan de la naturaleza humana, por lo que es importantísimo
conocerlos y resguardarlos, ya que si no se conocen cabalidad
se podría obstruir los derechos de otra persona o se nos
podrían pasar a llevar nuestros derechos al no conocerlos.
Es por esto que es de vital importancia respetarnos cada uno como
ser humano único e irrepetible.
4. Características de los derechos:
Ahora que sabemos que los derechos emanan de nuestra
naturaleza humana y que debemos resguardarlos y
protegerlos, respetándonos los unos con los otros.
nos surge otra interrogante:
¿que características tienen estos derechos?
Primeramente estos no son taxativos, ya que no solo
se deben respetar los derechos que están en la
constitución si no que además los derechos que
aparezcan en tratados internacionales ratificados y
vigentes en Chile.
5. Características de los derechos:
son universales, ya que se extienden a
todo el genero humano sin importar su
edad, sexo, estirpe o condición. Por lo que
no existe distinción alguna y si las hubiera
la constitución consagra la solución en ella
y en organismos consagrados y
establecidos por ella.
son inalienables, no se pueden vender ni
enajenar ni quitar arbitrariamente, salvo en
estados de excepción constitucional donde
se da lugar a situaciones como la guerra
externa, calamidad pública, algunos
derechos pueden ser restringidos o
suspendidos, a fin de permitir a la
autoridad hacer frente a tales situaciones.
6. Características de los derechos:
son inherentes a la naturaleza humana,
emanan de su naturaleza por ser tal y varían
de acuerdo a las necesidades sociales de las
distintas épocas.
son inviolables, no se pueden o no se
deben transgredir y si se diese el caso la
constitución establece los recursos para
alegar en los tribunales de justicia, para así
lograr una compensación o solución por la
obstrucción de el derecho quebrantado.
7. Características de los derechos:
están sujetos a limitaciones, impuestas
para el resguardo de los derechos de otros o
por la necesidad de resguardar valores
superiores, como la moral, el orden público,
la seguridad nacional o porque su ejercicio
debe someterse a las normas legales
respectivas.
y finalmente son imprescriptibles, no se
pierden o caducan por el transcurso del
tiempo.
8. Características de los deberes :
Como hemos visto los derechos poseen
características claras y rigurosas, y además donde
existen derechos también existen deberes, es por
esto ambos se complementan, y ahora veremos las
características de los deberes en Chile, se refieren a
las personas individualmente consideradas, donde
están establecidos en los Art 22 y 23 de la
constitución y se complementan con los deberes
que emanan de los derechos del Art 19, no es una
indicación taxativa, ya que por Ej. Se establece en el
Art 19 n º 10 Inc. 3º que es deber de los padres
educar a los hijos, pero existen casos en que los
padres no tienen los recursos y ese deber es
subsidiado con el Estado, sin distinción, se aplican a
extranjeros y a chilenos establecidos en chile, unen
al país, manteniendo el destino como estado nación
gobernante y soberano, son rígidos, ya que su
incumplimiento trae aparejada una sanción.
9. Clases de derechos:
Ahora que comprendemos las características de los
derechos y deberes, debemos ver que existen tres clases
de derechos que existen en chile, los de primera
generación; denominados derechos de la libertad,
actualmente conocidos como derechos civiles y políticos;
los que consisten en el derecho a la vida, integridad física y
psíquica, libertad de opinión, de conciencia, igualdad ante
la ley, de reunión, de asociación.
y a su ves existen los de segunda generación; denominados
derechos de la igualdad, actualmente conocidos como
derechos económicos, sociales y culturales, los que
consisten en el derecho a la propiedad, al trabajo digno y
libre, a la salud, a la seguridad social, a la educación, a
sindicalizarse libremente, a la vivienda .
10. Clases de derechos:
y finalmente los de tercera generación; estos han nacido con
los nuevos avances de las nuevas épocas y son el derecho al
desarrollo, al medio ambiente, a la paz y los derechos de los
consumidores; también llamados derechos de la solidaridad;
ya que reflejan una concepción de vida en comunidad, donde
se requiere el esfuerzo y compromiso de la sociedad nacional
e internacional. Ellos incluyen a las personas naturales como
jurídicas y a los estados, los pueblos y organizaciones
internacionales. Por lo que el individuo posee los derechos de
primera generación que son los fundamentales para su
desarrollo como tal y los derechos de segunda generación son
los que derivan de la relación de los individuos en la sociedad;
los que son de vital importancia para el desarrollo de sus
aspiraciones e intereses dentro de la sociedad y los de
tercera generación incluyen a todos los ciudadanos
juntamente con los estados y organizaciones internacionales y
nacionales.
11. Clases de deberes:
Por lo que a diario ejercemos estos derechos, pero como
mencionamos anteriormente los derechos traen aparejado
deberes también existen distintas clases de deberes de los
habitantes de la republica; en donde encontramos el respeto a
chile; en lo concerniente a honrar su cultura e historia, cuidar sus
instituciones, obedecer a sus autoridades y el respeto a sus
emblemas nacionales; la bandera y el escudo. A sus ves existen
los deberes de los chilenos los que la constitución establece
como fundamentales en los que esta honrar a la patria, defender
la soberanía, contribuir a la preservación de la seguridad nacional
y los valores esenciales de la tradición, el servicio militar; es de
carácter obligatorio para los hombres que cumplen 18 años en la
medida que falten postulantes voluntarios, las demás cargas
personales son obligatorias en los términos y formas que la ley
determine, es deber ser vocal de mesa; excluyéndose a los
extranjeros, las funciones que realizan los conservadores de
bienes raíces en relación con los procesos eleccionarios, es deber
de los grupos intermedios hacer uso correcto de su autonomía
evitando intervenir en actividades ajenas a sus fines específicos.
12. Limitación de los derechos:
Ahora si bien tenemos derechos y deberes como
ciudadanos, pero estos derechos no se ejercen
indiscriminadamente, por lo existen limitaciones para su
ejercicio las cuales se nos han impuesto para el resguardo
de los derechos de otros o por la necesidad de resguardar
valores superiores como la moral, el orden publico, la
seguridad nacional o porque su ejercicio debe someterse a
las normas legales respectivas. Por lo que existen “casos
de excepción constitucional” a los que dan lugares a
situaciones como la guerra externa, calamidad pública,
frente a tales situaciones; por Ejemplo en caso de guerra
externa, podría imponerse censura a las comunicaciones,
restringir el derecho de reunión o el derecho a la libertad de
información.
13. Limitación de los derechos:
Por lo que nuestros derechos no pueden ser
limitados por mero capricho y para ello el propio
estado debe garantizar que nuestros derechos no
sean vulnerados arbitrariamente por que el
estado de chile garantiza la protección de los
derechos de tal modo que esta sometido a la
constitución, a las normas dictadas conforme a
ella y a las leyes. Por consiguiente los órganos
del estado deben actuar bajo nombramiento y
actuar conforme a su competencia y en la forma
que prescriba la ley actuando en estricto
cumplimiento al principio de probidad en todas
sus actuaciones.
14. Garantías para el resguardo de los derechos:
Dar cumplimiento a los mecanismos de resguardo que establece
la constitución. Dentro de estas garantías que permiten el
resguardo de derechos e intereses se encuentran las acciones
constitucionales, como el recurso de amparo y de protección.
En el caso de el recurso de amparo lo podemos interponer
cuando nuestra libertad personal es limitada y cualquier persona
puede interponerlo sea o no el afectado.
estableciéndose de lo contrario que todo acto será nulo y
acarreara las responsabilidades y sanciones que establezca la ley,
además de sancionar el terrorismo en cualquiera de sus
formas, ya que es por esencia contrario a los derechos humanos;
estableciendo penas rigurosas y responsabilidades que consisten
en la inhabilitación por 15 años para ejercer funciones o cargos
públicos; además no procederá respecto de ellos el indulto
particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de
presidio perpetuo.
15. En el caso del recurso de protección el plazo es de 30
días corridos contados desde que ocurre el acto o amenaza
que motiva el recurso o desde que tenemos conocimiento
de dicho acto o amenaza, hecho que debe ser acreditado
ante la Corte. Acción bastante expedita que nos evita
recurrir a procesos de larga duración, y permite solucionar
de forma inmediata y eficaz los problemas que son
consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales que
sufren privación, perturbación o amenaza derechos y
garantías constitucionales del afectado. No se requiere un
abogado para interponerlo. No obstante cuando llegue el
momento de alegar el recurso ante el tribunal, se requiere
para el alegato de un abogado.
16. Obligaciones del Estado de Chile:
Por lo que nuestro estado tiene la obligación de
velar por la persona humana cuya finalidad se
traduce en la búsqueda del bien común.
Buscando así a promover la creación de las
condiciones sociales que permitan a cada uno de
nosotros como integrantes de la sociedad
nuestra mayor realización espiritual y material
posible, resguardando así la seguridad nacional,
dando a su ves protección a la población y la
promoción armónica de todos los sectores de la
Nación.
17. Obligaciones del Estado de Chile:
En la relación con el individuo; debe asegurar el
derecho a participar en la vida nacional con
igualdad de oportunidades, respetar y promover
los derechos esenciales que emanan de la
naturaleza humana. En consideración con la
familia; debe darle protección y propender a su
fortalecimiento. Y finalmente con los grupos
intermedios; debe ampararlos y velar por su
adecuada autonomía
18. Obligaciones del Estado de Chile:
La obligación de respetar, de proteger y de
cumplir con el acceso a la educación de
todos sus habitantes. Por lo que debe velar
para establecer las condiciones adecuadas
para que dicho derecho no sea
obstaculizado.
Teniendo que tomar en cuenta la
disponibilidad, accesibilidad y
adaptabilidad para que todo individuo que
quiera hacer valer su derecho pueda
ejercerlo sin mayores dificultades.
19. Obligaciones del Estado de Chile:
Además de garantizar a todos los niños sin
ningún tipo de discriminación el beneficio
de una serie de medidas de protección y
asistencia; acceso a la educación y
atención médica; el derecho a acceder a
un juicio justo con la obtención de un
abogado que los defienda, el derecho a la
recreación y no a la explotación infantil, ni
al abuso sexual ni al maltrato físico ni
psíquico.
condiciones para desarrollar plenamente
su personalidad, habilidades y talentos; un
ambiente propicio para crecer con
felicidad, amor y comprensión; y la
información sobre la manera en que
pueden alcanzar sus derechos y ser parte
del proceso en una forma participativa.
Cumplir con los tratados internacionales
aprobados y vigentes en chile y propender
al fortalecimiento de las relaciones
internacionales con los demás estados.
20. Conclusión:
Los derechos son inherentes a la naturaleza humana, por lo cual
están en constantes cambios de acuerdo a las necesidades de las
distintas épocas, están consagrados en la Constitución en el cap lll
Art 19, donde se clasifican en derechos de primera, segunda y
tercera generación, además los contemplados en tratados
internacionales ratificados y vigentes en Chile.
Los deberes están relacionados con los derechos e implican una
obligación tanto para el individuo, la sociedad y a el estado, donde
se encuentran estipulados los concernientes a los habitantes de la
republica y a los chilenos.
Donde el estado debe velar por otorgar el acceso a la salud, al
trabajo y velar por la protección de los derechos de sus
habitantes, acabando así todos los medios para que se logre la
mayor realización económica y espiritual de la sociedad.
Promoviendo finalmente el bien común.