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Texto de la Ley del Estatuto    Propuesta de reforma             RDL 7/2011, de 10 de junio,
de los trabajadores tras la     (7.6.2011).                      de medidas urgentes para la
Ley 35/2010                     http://bit.ly/iJ6tUG             reforma de la negociación
http://bit.ly/hWcFWQ                                             colectiva.
                                                                 http://bit.ly/mNjdwj


Artículo 83. 2.                 El apartado 2 del artículo 83
                                queda redactado del siguiente El apartado 2 del artículo 83
                                modo:                           queda redactado del siguiente
Mediante acuerdos                                               modo:
interprofesionales o por         “2.    Las    organizaciones
convenios colectivos las        sindicales y asociaciones «2.          Las    organizaciones
organizaciones sindicales y     empresariales              más sindicales y asociaciones
asociaciones patronales más     representativas, de carácter empresariales               más
representativas, de carácter    estatal o de Comunidad representativas, de carácter
estatal o de Comunidad          Autónoma, podrán establecer, estatal o de Comunidad
Autónoma, podrán establecer     mediante              acuerdos Autónoma, podrán establecer,
la estructura de la             interprofesionales, cláusulas mediante              acuerdos
negociación colectiva, así      sobre la estructura de la interprofesionales, cláusulas
como fijar las reglas que han   negociación          colectiva, sobre la estructura de la
de resolver los conflictos de   fijando, en su caso, las reglas negociación        colectiva,
concurrencia entre convenios    que han de resolver los fijando, en su caso, las reglas
de distinto ámbito y los        conflictos de concurrencia que han de resolver los
principios de                   entre convenios de distinto conflictos de concurrencia
complementariedad de las        ámbito.                         entre convenios de distinto
diversas unidades de                                            ámbito.
contratación, fijándose
siempre en este último
supuesto las materias que no
podrán ser objeto de
negociación en ámbitos
inferiores.                     Estas     cláusulas    podrán
                                                                 Estas     cláusulas    podrán
                                igualmente     pactarse     en
                                                                 igualmente     pactarse     en
                                convenios      o     acuerdos
                                                                 convenios      o     acuerdos
                                colectivos sectoriales, de
                                                                 colectivos sectoriales, de
                                ámbito estatal o autonómico,
                                                                 ámbito estatal o autonómico,
                                por aquellos sindicatos y
                                                                 por aquellos sindicatos y
                                asociaciones     empresariales
                                                                 asociaciones     empresariales
                                que     cuenten     con     la
                                                                 que     cuenten     con     la
                                legitimación necesaria, de
                                                                 legitimación necesaria, de
                                conformidad        con      lo
                                                                 conformidad        con      lo
                                establecido en la presente
                                                                 establecido en la presente
                                Ley.”
                                                                 Ley.»



Artículo 84. Concurrencia.                                       «Artículo 84. Concurrencia.
                                “Artículo 84. Concurrencia.
Un convenio colectivo,
durante su vigencia, no podrá
                                “1. Un convenio colectivo,
ser afectado por lo dispuesto
                                durante su vigencia, no podrá 1. Un convenio colectivo,
en convenios de ámbito
                                ser afectado por lo dispuesto durante su vigencia, no podrá
distinto, salvo pacto en
                                en convenios de ámbito ser afectado por lo dispuesto
contrario, conforme a lo          distinto, salvo pacto en          en convenios de ámbito
dispuesto en el apartado 2 del    contrario negociado conforme      distinto, salvo pacto en
artículo 83 y salvo lo previsto   a lo dispuesto en el apartado 2   contrario negociado conforme
en el apartado siguiente.         del artículo 83.                  a lo dispuesto en el artículo
                                                                    83.2.




                                  2. Salvo pacto en contrario       2. Salvo que un acuerdo o
                                  negociado conforme a lo           convenio colectivo de ámbito
                                  dispuesto en el artículo 83.2,    estatal o de Comunidad
                                  la    regulación     de     las   Autónoma negociado según
                                  condiciones establecidas en       el artículo 83.2 estableciera
                                  un convenio de empresa            reglas     distintas     sobre
                                  tendrá prioridad aplicativa       estructura de la negociación
                                  respecto      del    convenio     colectiva o concurrencia entre
                                  sectorial de cualquier ámbito     convenios, la regulación de
                                  en las siguientes materias:       las condiciones establecidas
                                                                    en un convenio de empresa
                                                                    tendrá prioridad aplicativa
                                                                    respecto     del     convenio
                                                                    sectorial estatal, autonómico
                                                                    o de ámbito inferior en las
                                                                    siguientes materias:
                                  a) La cuantía del salario base    a) La cuantía del salario base
                                  y de los complementos             y de los complementos
                                  salariales,   incluidos    los    salariales,   incluidos    los
                                  vinculados a la situación y       vinculados a la situación y
                                  resultados de la empresa.         resultados de la empresa.
                                  b)     El     abono   o la
                                                                    b)     El     abono   o la
                                  compensación de las horas
                                                                    compensación de las horas
                                  extraordinarias     y   la
                                                                    extraordinarias     y   la
                                  retribución específica del
                                                                    retribución específica del
                                  trabajo a turnos.
                                                                    trabajo a turnos.
                                  c) El horario y la distribución
                                  del tiempo de trabajo, el         c) El horario y la distribución
                                  régimen de trabajo a turnos y     del tiempo de trabajo, el
                                  la planificación anual de las     régimen de trabajo a turnos y
En todo caso, a pesar de lo       vacaciones.                       la planificación anual de las
establecido en el artículo                                          vacaciones.
anterior, los sindicatos y las    d) La adaptación al ámbito de
asociaciones empresariales        la empresa del sistema de d) La adaptación al ámbito de
que reúnan los requisitos de      clasificación profesional de la empresa del sistema de
legitimación de los artículos     los trabajadores.             clasificación profesional de
87 y 88 de esta Ley podrán,                                     los trabajadores.
en un ámbito determinado          e) La adaptación de los
que sea superior al de            aspectos de las modalidades e) La adaptación de los
empresa, negociar acuerdos o      de contratación que se aspectos de las modalidades
convenios que afecten a lo        atribuyen por la presente Ley de contratación que se
dispuesto en los de ámbito        a los convenios de empresa.   atribuyen por la presente Ley
superior siempre que dicha                                        a los convenios de empresa.
decisión obtenga el respaldo
de las mayorías exigidas para   f) Las medidas para favorecer f) Las medidas para favorecer
constituir la comisión          la conciliación entre la vida la conciliación entre la vida
negociadora en la               laboral, familiar y personal. laboral, familiar y personal.
correspondiente unidad de
negociación.                    Igual prioridad aplicativa        Igual prioridad aplicativa
                                tendrán en estas materias los     tendrán en estas materias los
En el supuesto previsto en el   convenios colectivos para un      convenios colectivos para un
párrafo anterior se             grupo de empresas o una           grupo de empresas o una
considerarán materias no        pluralidad     de   empresas      pluralidad     de   empresas
negociables en ámbitos          nominativamente                   vinculadas      por   razones
inferiores el período de        identificadas a que se refiere    organizativas o productivas y
prueba, las modalidades de      el artículo 87.1.                 nominativamente
contratación, excepto en los                                      identificadas a que se refiere
aspectos de adaptación al                                         el artículo 87.1.
ámbito de la empresa, los
grupos profesionales, el        Los acuerdos y convenios          Los acuerdos y convenios
régimen disciplinario y las     colectivos a que se refiere el    colectivos a que se refiere el
normas mínimas en materia       artículo 83.2 podrán ampliar      artículo 83.2 podrán ampliar
de seguridad e higiene en el    la relación de condiciones de     la relación de condiciones de
trabajo y movilidad             trabajo         anteriormente     trabajo         anteriormente
geográfica.                     señalada.                         señalada.
                                3. Salvo pacto en contrario       3. Salvo pacto en contrario
                                negociado conforme a lo           negociado según el artículo
                                dispuesto en el artículo 83.2,    83.2, los sindicatos y las
                                los     sindicatos     y    las   asociaciones    empresariales
                                asociaciones      empresariales   que reúnan los requisitos de
                                que reúnan los requisitos de      legitimación de los artículos
                                legitimación de los artículos     87 y 88 de esta Ley podrán,
                                87 y 88 de esta Ley podrán,       en el ámbito de una
                                en el ámbito de una               Comunidad         Autónoma,
                                Comunidad           Autónoma,     negociar     acuerdos       o
                                negociar       acuerdos       o   convenios que afecten a lo
                                convenios que afecten a lo        dispuesto en los de ámbito
                                dispuesto en los de ámbito        estatal siempre que dicha
                                estatal siempre que dicha         decisión obtenga el respaldo
                                decisión obtenga el respaldo      de las mayorías exigidas para
                                de las mayorías exigidas para     constituir   la     comisión
                                constituir     la     comisión    negociadora       en       la
                                negociadora         en       la   correspondiente unidad de
                                correspondiente unidad de         negociación.
                                negociación.
                                                                  4. En el supuesto previsto en
                                4. En el supuesto previsto en
                                                                  el apartado anterior, y salvo
                                el apartado anterior, y salvo
                                                                  que resultare de aplicación un
                                que resultare de aplicación un
                                                                  régimen distinto establecido
                                régimen distinto establecido
                                                                  mediante acuerdo o convenio
                                mediante acuerdo o convenio
                                                                  colectivo de ámbito estatal
                                colectivo de ámbito estatal
                                                                  negociado según el artículo
                                negociado conforme a lo
                                                                  83.2, se considerarán materias
                                dispuesto en el artículo 83.2,
                                                                  no negociables en el ámbito
                                se considerarán materias no
                                                                  de una Comunidad Autónoma
                                negociables en el ámbito de
una Comunidad Autónoma el          el período de prueba, las
                                  período de prueba, las             modalidades de contratación,
                                  modalidades de contratación,       la clasificación profesional, la
                                  la clasificación profesional, la   jornada máxima anual de
                                  jornada máxima anual de            trabajo,       el      régimen
                                  trabajo,       el      régimen     disciplinario, las normas
                                  disciplinario, las normas          mínimas en materia de
                                  mínimas en materia de              prevención        de    riesgos
                                  prevención        de    riesgos    laborales y la movilidad
                                  laborales y la movilidad           geográfica.»
                                  geográfica.”




Artículo 85. 3.                   El apartado 3 del artículo 85
                                                                El apartado 3 del artículo 85
                                  queda redactado en los
                                                                queda redactado en los
                                  siguientes términos:
                                                                siguientes términos:
Sin perjuicio de la libertad de   “3. Sin perjuicio de la libertad
                                  de contratación a que se           «3. Sin perjuicio de la libertad
contratación a que se refiere
                                  refiere el párrafo anterior, los   de contratación a que se
el párrafo anterior, los
                                  convenios colectivos habrán        refiere el párrafo anterior, los
convenios colectivos habrán
                                  de expresar como contenido         convenios colectivos habrán
de expresar como contenido
                                  mínimo lo siguiente:               de expresar como contenido
mínimo lo siguiente:
                                                                     mínimo lo siguiente:
a) Determinación de las           a) Determinación de las
                                  partes que los conciertan.       a) Determinación de las
partes que los conciertan.
                                                                   partes que los conciertan.
b) Ambito personal,               b)      Ámbito        personal,
funcional, territorial y          funcional,     territorial     y b)      Ámbito        personal,
                                  temporal.                        funcional,     territorial     y
temporal.
                                                                   temporal.
                                  c)     Procedimientos       para
c) Procedimientos para
                                  solventar de manera efectiva c)        Procedimientos        para
solventar de manera efectiva
                                  las discrepancias que puedan solventar de manera efectiva
las discrepancias que puedan
                                  surgir en la negociación para las discrepancias que puedan
surgir en la negociación para
                                  la modificación sustancial de surgir en la negociación para
la modificación sustancial de
                                  condiciones      de      trabajo la modificación sustancial de
condiciones de trabajo
                                  establecidas en los convenios condiciones         de      trabajo
establecidas en los convenios
                                  colectivos de conformidad establecidas en los convenios
colectivos de conformidad
                                  con lo establecido en el colectivos de conformidad
con lo establecido en el
                                  artículo 41.6 y para la no con lo establecido en el
artículo 41.6 y para la no
                                  aplicación     del     régimen artículo 41.6 y para la no
aplicación del régimen
                                  salarial a que se refiere el aplicación         del     régimen
salarial a que se refiere el
                                  artículo 82.3, adaptando, en salarial a que se refiere el
artículo 82.3, adaptando, en
                                  su caso, los procedimientos artículo 82.3, adaptando, en
su caso, los procedimientos
                                  que se establezcan a este su caso, los procedimientos
que se establezcan a este
                                  respecto en los acuerdos que se establezcan a este
respecto en los acuerdos
                                  interprofesionales de ámbito respecto en los acuerdos
interprofesionales de ámbito
                                  estatal     o      autonómico interprofesionales de ámbito
estatal o autonómico          conforme a lo dispuesto en estatal      o   autonómico
conforme a lo dispuesto en    tales artículos.           conforme a lo dispuesto en
tales artículos.                                         tales artículos.



                                                               d) Forma y condiciones de
                              d) Forma y condiciones de        denuncia del convenio, así
d) Forma y condiciones de     denuncia del convenio, así       como plazo mínimo para
denuncia del convenio, así    como plazo mínimo para           dicha denuncia antes de
como plazo de preaviso para   dicha denuncia antes de          finalizar su vigencia. Salvo
dicha denuncia.               finalizar su vigencia. Salvo     pacto en contrario, el plazo
                              pacto en contrario, el plazo     mínimo para la denuncia de
                              mínimo para la denuncia de       los convenios colectivos será
                              los convenios colectivos será    de tres meses antes de
                              de tres meses antes de           finalizar su vigencia.
                              finalizar su vigencia.
                                                               e) Plazo máximo para el
                              e) Plazo máximo para el          inicio de la negociación de un
                              inicio de la negociación de un   nuevo convenio una vez
                              nuevo convenio una vez           denunciado el anterior. Salvo
                              denunciado el anterior. Salvo    pacto en contrario, dicho
                              pacto en contrario, dicho        plazo máximo será el
                              plazo máximo será el             establecido en el artículo
                              establecido en el artículo       89.2.
                              89.2.
                                                               f) Plazo máximo para la
                              f) Plazo máximo para la          negociación de un nuevo
                              negociación de un nuevo          convenio que se determinará
                              convenio. Salvo pacto en         en función de la duración de
                              contrario,    dicho     plazo    la vigencia del convenio
                              máximo será de veinte meses      anterior. Salvo pacto en
                              a contar desde su denuncia.      contrario, este plazo será de
                                                               ocho meses cuando la
                                                               vigencia     del     convenio
                                                               anterior hubiese sido inferior
                                                               a dos años o de catorce meses
                                                               en los restantes convenios, a
                                                               contar desde la fecha de
                                                               pérdida de su vigencia.
                              g) La adhesión y el
                              sometimiento        a      los   g) La adhesión y el
                              procedimientos establecidos      sometimiento        a      los
                              mediante       los    acuerdos   procedimientos establecidos
                              interprofesionales de ámbito     mediante       los    acuerdos
                              estatal      o     autonómico    interprofesionales de ámbito
                              previstos en el artículo 83      estatal      o     autonómico
                              para solventar de manera         previstos en el artículo 83
                              efectiva las discrepancias       para solventar de manera
                              existentes tras el transcurso    efectiva las discrepancias
                              del     plazo máximo de          existentes tras el transcurso
                              negociación sin alcanzarse un    del     plazo máximo de
                              acuerdo, siempre que éstos no    negociación sin alcanzarse un
                                                               acuerdo, siempre que éstos no
fueran de aplicación directa.     fueran de aplicación directa.

                               h) Designación de una              h) Designación de una
                               comisión paritaria de la           comisión paritaria de la
e) Designación de una          representación de las partes       representación de las partes
comisión paritaria de la       negociadoras para entender         negociadoras para entender
representación de las partes   de      aquellas     cuestiones    de     aquellas    cuestiones
negociadoras para entender     establecidas en la ley y de        establecidas en la ley y de
de cuantas cuestiones le sean cuantas       otras    le   sean    cuantas     otras  le    sean
atribuidas, y determinación de atribuidas, tales como las         atribuidas, en particular las
los procedimientos para        siguientes:                        siguientes:
solventar las discrepancias en
el seno de dicha comisión.     1º)     Los      términos     y    1.º     Los     términos       y
                               condiciones         para      el   condiciones        para       el
                               conocimiento y resolución de       conocimiento y resolución     de
                               las cuestiones en materia de       las cuestiones en materia     de
                               aplicación e interpretación de     aplicación e interpretación   de
                               los convenios colectivos de        los convenios colectivos      de
                               acuerdo con lo establecido en      acuerdo con lo establecido    en
                               el artículo 91.                    el artículo 91.

                                2º) El desarrollo de funciones    2.º El desarrollo de funciones
                                de adaptación o, en su caso,      de adaptación o, en su caso,
                                modificación del convenio         modificación del convenio
                                durante su vigencia. En este      durante su vigencia. En este
                                caso, deberá incorporarse a la    caso, deberá incorporarse a la
                                comisión paritaria la totalidad   comisión paritaria la totalidad
                                de los sujetos legitimados        de los sujetos legitimados
                                para la negociación, aunque       para la negociación, aunque
                                no hayan sido firmantes del       no hayan sido firmantes del
                                convenio, siendo exigible la      convenio, siendo exigible la
                                concurrencia de los requisitos    concurrencia de los requisitos
                                de legitimación previstos en      de legitimación previstos en
                                los artículos 87 y 88 de esta     los artículos 87 y 88 de esta
                                Ley para que los acuerdos de      Ley para que los acuerdos de
                                modificación posean eficacia      modificación posean eficacia
                                general.                          general.

                                3º)     Los     términos    y     3.º     Los     términos     y
                                condiciones        para     el    condiciones        para     el
                                conocimiento y resolución de      conocimiento y resolución de
                                las discrepancias tras la         las discrepancias tras la
                                finalización del periodo de       finalización del periodo de
                                consultas en materia de           consultas en materia de
                                modificación sustancial de        modificación sustancial de
                                condiciones de trabajo o          condiciones de trabajo o
                                inaplicación del régimen          inaplicación del régimen
                                salarial de los convenios         salarial de los convenios
                                colectivos, de acuerdo con lo     colectivos, de acuerdo con lo
                                establecido en los artículos      establecido en los artículos
                                41.6 y 82.3, respectivamente.     41.6 y 82.3, respectivamente.

                                                            4.º La intervención que se
                                4º) La intervención que se acuerde en los supuestos de
                                acuerde en los supuestos de
modificación sustancial de        modificación sustancial de
condiciones de trabajo o          condiciones de trabajo o
inaplicación del régimen          inaplicación del régimen
salarial de los convenios         salarial de los convenios
colectivos, cuando no exista      colectivos, cuando no exista
representación legal de los       representación legal de los
trabajadores en la empresa.       trabajadores en la empresa.



El convenio deberá establecer     El convenio deberá establecer
los procedimientos y plazos       los procedimientos y plazos
de actuación de la comisión       de actuación de la comisión
paritaria para garantizar la      paritaria para garantizar la
rapidez y efectividad de la       rapidez y efectividad de la
misma y la salvaguarda de         misma y la salvaguarda de los
los derechos afectados. En        derechos     afectados.    En
particular, deberá establecer     particular, deberá establecer
los    procedimientos     para    los    procedimientos     para
solucionar de manera efectiva     solucionar de manera efectiva
las discrepancias en el seno      las discrepancias en el seno
de dicha comisión, incluido       de dicha comisión, incluido
su sometimiento a los             su sometimiento a los
sistemas no judiciales de         sistemas no judiciales de
solución     de     conflictos    solución     de     conflictos
establecidos mediante los         establecidos mediante los
acuerdos interprofesionales       acuerdos interprofesionales
de     ámbito     estatal    o    de     ámbito     estatal    o
autonómico previstos en el        autonómico previstos en el
artículo 83.                      artículo 83.

i) Medidas para contribuir a      i) Medidas para contribuir a
la flexibilidad interna en la     la flexibilidad interna en la
empresa, que favorezcan su        empresa, que favorezcan su
posición competitiva en el        posición competitiva en el
mercado o una mejor               mercado o una mejor
respuesta a las exigencias de     respuesta a las exigencias de
la demanda y la estabilidad       la demanda y la estabilidad
del empleo en aquélla, y, en      del empleo en aquélla, y, en
particular, las siguientes:       particular, las siguientes:
1º) Un porcentaje máximo y        1.º Un porcentaje máximo y
mínimo de la jornada de           mínimo de la jornada de
trabajo que podrá distribuirse    trabajo que podrá distribuirse
de manera irregular a lo largo    de manera irregular a lo largo
del año. Salvo pacto en           del año. Salvo pacto en
contrario, este porcentaje será   contrario, este porcentaje será
de un cinco por ciento.           de un cinco por ciento.

                             2.º Los procedimientos y los
2º) Los procedimientos y los
                             periodos temporales y de
periodos temporales y de
                             referencia para la movilidad
referencia para la movilidad
                             funcional en la empresa.»
funcional en la empresa.”
Artículo 86. 3. Denunciado
un convenio y hasta tanto no
se logre acuerdo expreso,       Artículo 86.3. La vigencia de     «3. La vigencia de un
perderán vigencia sus           un convenio colectivo, una        convenio colectivo, una vez
cláusulas obligacionales.       vez denunciado y concluida la     denunciado y concluida la
                                duración      pactada,     se     duración      pactada,     se
La vigencia del contenido       producirá en los términos que     producirá en los términos que
normativo del convenio, una     se hubiesen establecido en el     se hubiesen establecido en el
vez concluida la duración       propio convenio.                  propio convenio.
pactada, se producirá en los
términos que se hubieren        Las cláusulas convencionales
establecido en el propio        por las que se hubiera
convenio. En defecto de pacto   renunciado a la huelga
se mantendrá en vigor el        durante la vigencia de un
contenido normativo del         convenio decaerán a partir de
convenio.                       su denuncia.

                                Durante las negociaciones         Durante las negociaciones
                                para la renovación de un          para la renovación de un
                                convenio colectivo, las partes    convenio       colectivo,     en
                                podrán adoptar acuerdos           defecto     de     pacto,     se
                                parciales para la modificación    mantendrá su vigencia, si
                                de alguno o algunos de sus        bien        las        cláusulas
                                contenidos prorrogados con el     convencionales por las que se
                                fin de adaptarlos a las           hubiera renunciado a la
                                condiciones en las que, tras la   huelga durante la vigencia de
                                terminación de la vigencia        un convenio decaerán a partir
                                pactada, se desarrolle la         de su denuncia. Las partes
                                actividad en el sector o en la    podrán adoptar acuerdos
                                empresa. Estos acuerdos           parciales para la modificación
                                tendrán la vigencia que las       de alguno o algunos de sus
                                partes determinen.                contenidos prorrogados con el
                                                                  fin de adaptarlos a las
                                                                  condiciones en las que, tras la
                                                                  terminación de la vigencia
                                                                  pactada, se desarrolle la
                                                                  actividad en el sector o en la
                                                                  empresa. Estos acuerdos
                                                                  tendrán la vigencia que las
                                                                  partes determinen.
                                Mediante      los     acuerdos
                                interprofesionales de ámbito      Mediante      los     acuerdos
                                estatal     o     autonómico,     interprofesionales de ámbito
                                previstos en el artículo 83, se   estatal     o     autonómico,
                                deberán              establecer   previstos en el artículo 83, se
                                procedimientos de aplicación      deberán              establecer
                                general y directa para            procedimientos de aplicación
                                solventar de manera efectiva      general y directa para
                                las discrepancias existentes      solventar de manera efectiva
tras el transcurso de los          las discrepancias existentes
                             plazos       máximos         de    tras el transcurso de los
                             negociación sin alcanzarse un      plazos       máximos         de
                             acuerdo,       incluido       el   negociación sin alcanzarse un
                             compromiso        previo     de    acuerdo,       incluido       el
                             someter las discrepancias a un     compromiso        previo     de
                             arbitraje vinculante, en cuyo      someter las discrepancias a un
                             caso el laudo arbitral tendrá la   arbitraje, en cuyo caso el
                             misma eficacia jurídica que        laudo arbitral tendrá la misma
                             los convenios colectivos y         eficacia jurídica que los
                             sólo será recurrible conforme      convenios colectivos y sólo
                             al procedimiento y en base a       será recurrible conforme al
                             los motivos establecidos en el     procedimiento y en base a los
                             artículo 91.                       motivos establecidos en el
                                                                artículo 91. Dichos acuerdos
                                                                interprofesionales      deberán
                                                                especificar los criterios y
                                                                procedimientos de desarrollo
                                                                del arbitraje, expresando en
                                                                particular para el caso de
                                                                imposibilidad de acuerdo en
                                                                el seno de la comisión
                                                                negociadora      el     carácter
                                                                obligatorio o voluntario del
                                                                sometimiento                  al
                                                                procedimiento arbitral por las
                                                                partes; en defecto de pacto
                                                                específico sobre el carácter
                                                                obligatorio o voluntario del
                                                                sometimiento                  al
                                                                procedimiento arbitral, se
                                                                entenderá que el arbitraje
                                                                tiene carácter obligatorio.

                             En defecto de pacto, cuando        En defecto de pacto, cuando
                             hubiera transcurrido el plazo      hubiera transcurrido el plazo
                             máximo de negociación sin          máximo de negociación sin
                             alcanzarse un acuerdo y las        alcanzarse un acuerdo y las
                             partes del convenio no se          partes del convenio no se
                             hubieran sometido a los            hubieran sometido a los
                             procedimientos a los que se        procedimientos a los que se
                             refiere el párrafo anterior o      refiere el párrafo anterior o
                             éstos no hubieran solucionado      éstos no hubieran solucionado
                             la discrepancia, se mantendrá      la discrepancia, se mantendrá
                             la vigencia del convenio           la vigencia del convenio
                             colectivo.”                        colectivo.»




                                                                El    artículo    87    queda
                             Artículo 87. Legitimación.         redactado del siguiente modo:
Artículo 87. Legitimación.
Estarán legitimados para                                            «Artículo 87. Legitimación.
negociar:                        1. En representación de los
                                 trabajadores           estarán     1. En representación de los
1. En los convenios de           legitimados para negociar en       trabajadores           estarán
empresa o ámbito inferior: el    los convenios de empresa y         legitimados para negociar en
comité de empresa, delegados     de ámbito inferior, el comité      los convenios de empresa y
de personal, en su caso, o las   de empresa, los delegados de       de ámbito inferior, el comité
representaciones sindicales si   personal, en su caso, o las        de empresa, los delegados de
las hubiere.                     secciones sindicales si las        personal, en su caso, o las
                                 hubiere que, en su conjunto,       secciones sindicales si las
En los convenios que afecten     sumen la mayoría de los            hubiere que, en su conjunto,
a la totalidad de los            miembros del comité.               sumen la mayoría de los
trabajadores de la empresa                                          miembros del comité.
será necesario que tales
representaciones sindicales,
en su conjunto, sumen la
mayoría de los miembros del      La intervención en la              La intervención en la
comité. En los demás             negociación corresponderá a        negociación corresponderá a
convenios será necesario que     las   secciones     sindicales     las   secciones     sindicales
los trabajadores incluidos en    cuando éstas así lo acuerden,      cuando éstas así lo acuerden,
su ámbito hubiesen adoptado      siempre que sumen la               siempre que sumen la
un acuerdo expreso, con los      mayoría de los miembros del        mayoría de los miembros del
requisitos del artículo 80 de    comité de empresa o entre los      comité de empresa o entre los
esta Ley, de designación, a      delegados de personal.             delegados de personal.
efectos de negociación, de las
representaciones sindicales      Cuando se trate de convenios       Cuando se trate de convenios
con implantación en tal          para un grupo de empresas,         para un grupo de empresas,
ámbito.                          así como en los convenios          así como en los convenios
                                 que afecten a una pluralidad       que afecten a una pluralidad
En todos los casos será          de empresas nominativamente        de empresas vinculadas por
necesario que ambas partes se    identificadas en su ámbito de      razones      organizativas    o
reconozcan como                  aplicación, la legitimación        productivas                   y
interlocutores.                  para         negociar      en      nominativamente
                                 representación      de    los      identificadas en su ámbito de
                                 trabajadores será la que se        aplicación, la legitimación
                                 establece en el apartado 2 de      para         negociar       en
                                 este     artículo   para    la     representación       de    los
                                 negociación de los convenios       trabajadores será la que se
                                 sectoriales.                       establece en el apartado 2 de
                                                                    este     artículo    para    la
                                                                    negociación de los convenios
                                                                    sectoriales.
                                 Cuando se trate de convenios
                                                                    En los convenios dirigidos a
                                 de franja, dirigidos a un grupo
                                                                    un grupo de trabajadores con
                                 de trabajadores con perfil
                                                                    perfil profesional específico,
                                 profesional          específico,
                                                                    estarán legitimados para
                                 estarán legitimados para
                                                                    negociar      las   secciones
                                 negociar los sindicatos que
                                                                    sindicales que hayan sido
                                 cuenten con un mínimo del
                                                                    designadas mayoritariamente
                                 10 por ciento de los
                                                                    por sus representados a través
                                 representantes elegidos en el
                                                                    de votación personal, libre,
                                 comité de empresa, entre los
                                                                    directa y secreta.
                                 delegados de personal o en el
                                 colegio que incluya a tales
trabajadores.


                                   2.    En      los    convenios
2. En los convenios de ámbito      sectoriales             estarán 2.     En      los convenios
superior a los anteriores:         legitimados para negociar en sectoriales              estarán
                                   representación       de     los legitimados para negociar en
                                   trabajadores:                    representación    de     los
                                                                    trabajadores:
a) Los sindicatos que tengan       a) Los sindicatos que tengan
la consideración de más            la consideración de más a) Los sindicatos que tengan
representativos a nivel estatal,   representativos a nivel estatal, la consideración de más
así como, en sus respectivos       así como, en sus respectivos representativos a nivel estatal,
ámbitos, los entes sindicales      ámbitos, las organizaciones así como, en sus respectivos
afiliados, federados o             sindicales afiliadas, federadas ámbitos, las organizaciones
confederados a los mismos.         o confederadas a los mismos. sindicales afiliadas, federadas
                                                                    o confederadas a los mismos.
                                   b) Los sindicatos que tengan
b) Los sindicatos que tengan
                                   la consideración de más          b) Los sindicatos que tengan
la consideración de más
                                   representativos a nivel de       la consideración de más
representativos a nivel de
                                   Comunidad           Autónoma     representativos a nivel de
Comunidad Autónoma
                                   respecto de los convenios que    Comunidad           Autónoma
respecto de los convenios que
                                   no trasciendan de dicho          respecto de los convenios que
no trasciendan de dicho
                                   ámbito territorial, así como,    no trasciendan de dicho
ámbito territorial, así como, y
                                   en sus respectivos ámbitos,      ámbito territorial, así como,
en sus respectivos ámbitos,
                                   las organizaciones sindicales    en sus respectivos ámbitos,
los entes sindicales afiliados,
                                   afiliadas,    federadas     o    las organizaciones sindicales
federados o confederados a
                                   confederadas a los mismos.       afiliadas,    federadas     o
los mismos.
                                                                    confederadas a los mismos.
                                   c) Los sindicatos que cuenten
c) Los sindicatos que cuenten      con un mínimo del 10 por
con un mínimo del 10 por                                            c) Los sindicatos que cuenten
                                   ciento de los miembros de los
100 de los miembros de los                                          con un mínimo del 10 por
                                   comités de empresa o
comités de empresa o                                                ciento de los miembros de los
                                   delegados de personal en el
delegados de personal en el                                         comités de empresa o
                                   ámbito geográfico y funcional
ámbito geográfico y funcional                                       delegados de personal en el
                                   al que se refiera el convenio.
al que se refiera el convenio.                                      ámbito geográfico y funcional
                                                                    al que se refiera el convenio.
3. En los convenios a que se       3. En representación de los
hace referencia en el número       empresarios           estarán 3. En representación de los
anterior, las asociaciones         legitimados para negociar:    empresarios           estarán
empresariales que en el                                          legitimados para negociar:
ámbito geográfico y funcional      a) En los convenios de
del convenio cuenten con el        empresa o ámbito inferior, el a) En los convenios de
10 por 100 de los                  propio empresario.            empresa o ámbito inferior, el
empresarios, en el sentido del                                   propio empresario.
artículo 1.2 de esta Ley, y        b) En los convenios de grupo
siempre que éstas den              de empresas y en los que b) En los convenios de grupo
ocupación a igual porcentaje       afecten a una pluralidad de de empresas y en los que
de los trabajadores afectados.     empresas nominativamente afecten a una pluralidad de
                                   identificadas en su ámbito de empresas vinculadas por
                                   aplicación, la representación razones     organizativas   o
                                   de dichas empresas.           productivas                 y
                                                                 nominativamente
                                                                 identificadas en su ámbito de
aplicación, la representación
                                                                  de dichas empresas.

                                c)    En     los    convenios     c)     En    los     convenios
                                colectivos sectoriales, las       colectivos sectoriales, las
                                asociaciones     empresariales    asociaciones     empresariales
                                que en el ámbito geográfico y     que en el ámbito geográfico y
                                funcional     del    convenio     funcional     del     convenio
                                cuenten con el 10 por ciento      cuenten con el 10 por ciento
                                de los empresarios, en el         de los empresarios, en el
                                sentido del artículo 1.2 de       sentido del artículo 1.2 de
                                esta Ley, y siempre que éstas     esta Ley, y siempre que éstas
                                den ocupación a igual             den ocupación a igual
                                porcentaje de los trabajadores    porcentaje de los trabajadores
                                afectados.                        afectados, así como aquellas
                                                                  asociaciones     empresariales
                                                                  que en dicho ámbito den
                                                                  ocupación al 15 por ciento de
                                                                  los trabajadores afectados.




                                En aquellos sectores en los       En aquellos sectores en los
                                que no existan asociaciones       que no existan asociaciones
                                empresariales que cuenten         empresariales que cuenten
                                con        la        suficiente   con        la        suficiente
                                representatividad, según lo       representatividad, según lo
                                previsto en el párrafo            previsto en el párrafo
                                anterior, estarán legitimadas     anterior, estarán legitimadas
                                para        negociar        los   para        negociar        los
                                correspondientes convenios        correspondientes convenios
                                colectivos de sector las          colectivos de sector las
                                asociaciones empresariales de     asociaciones empresariales de
                                ámbito estatal que cuenten        ámbito estatal que cuenten
                                con el 10 por ciento o más de     con el 10 por ciento o más de
                                las empresas o trabajadores       las empresas o trabajadores
                                en el ámbito estatal, así como    en el ámbito estatal, así como
                                las               asociaciones    las               asociaciones
                                empresariales de Comunidad        empresariales de Comunidad
                                Autónoma que cuenten en           Autónoma que cuenten en
4. Asimismo estarán             ésta con un mínimo del 15         ésta con un mínimo del 15
legitimados en los convenios    por ciento de las empresas o      por ciento de las empresas o
de ámbito estatal: los          trabajadores.                     trabajadores.
sindicatos de Comunidad
Autónoma que tengan la                                            4.      Asimismo        estarán
consideración de más            4.      Asimismo        estarán
                                                                  legitimados en los convenios
representativos conforme a lo   legitimados en los convenios
                                                                  de     ámbito    estatal    los
previsto en el apartado 1 del   de     ámbito    estatal    los
                                                                  sindicatos de Comunidad
artículo 7 de la Ley Orgánica   sindicatos de Comunidad
                                                                  Autónoma que tengan la
de Libertad Sindical y las      Autónoma que tengan la
                                                                  consideración      de      más
asociaciones empresariales de   consideración      de      más
                                                                  representativos conforme a lo
la Comunidad Autónoma que       representativos conforme a lo
                                                                  previsto en el artículo 7.1 de
reúnan los requisitos           previsto en el artículo 7.1 de
señalados en la disposición      la Ley Orgánica de Libertad       la Ley Orgánica de Libertad
adicional sexta de esta Ley.     Sindical, y las asociaciones      Sindical, y las asociaciones
                                 empresariales       de       la   empresariales       de       la
5. Todo sindicato, federación    Comunidad Autónoma que            Comunidad Autónoma que
o confederación sindical, y      reúnan      los      requisitos   reúnan      los      requisitos
toda asociación empresarial      señalados en la disposición       señalados en la disposición
que reúna el requisito de        adicional sexta de esta Ley.      adicional sexta de esta Ley.
legitimación, tendrá derecho a
formar parte de la comisión    5. Todo sindicato, federación       5. Todo sindicato, federación
negociadora.                   o confederación sindical, y         o confederación sindical, y
                               toda asociación empresarial         toda asociación empresarial
                               que reúna el requisito de           que reúna el requisito de
                               legitimación, tendrá derecho a      legitimación, tendrá derecho a
                               formar parte de la comisión         formar parte de la comisión
                               negociadora.”                       negociadora.»



                                                               «Artículo 88. Comisión
                                 “Artículo    88.     Comisión negociadora.
Artículo 88. Comisión            negociadora.
negociadora.
                                 1. El reparto de miembros con     1. El reparto de miembros con
1. En los convenios de ámbito    voz y voto en el seno de la       voz y voto en el seno de la
empresarial, o inferior, la      comisión negociadora se           comisión negociadora se
comisión negociadora se          efectuará con respeto al          efectuará con respeto al
constituirá por el empresario    derecho      de    todos   los    derecho de todos los
o sus representantes, de un      legitimados según el artículo     legitimados según el artículo
lado, y de otro, por los         anterior y en proporción a su     anterior y en proporción a su
representantes de los            representatividad.                representatividad.
trabajadores, según lo
dispuesto en el artículo 87,     2. La comisión negociadora        2. La comisión negociadora
apartado 1.                      quedará           válidamente     quedará válidamente
                                 constituida     cuando     los    constituida cuando los
En los de ámbito superior a la   sindicatos, federaciones o        sindicatos, federaciones o
empresa, la comisión             confederaciones      y     las    confederaciones y las
negociadora quedará              asociaciones empresariales a      asociaciones empresariales a
válidamente constituida, sin     que se refiere el artículo        que se refiere el artículo
perjuicio del derecho de todos   anterior representen como         anterior representen como
los sujetos legitimados a        mínimo, respectivamente, a la     mínimo, respectivamente, a la
participar en ella en            mayoría absoluta de los           mayoría absoluta de los
proporción a su                  miembros de los comités de        miembros de los comités de
representatividad, cuando los    empresa y delegados de            empresa y delegados de
sindicatos, federaciones o       personal, en su caso, y a         personal, en su caso, y a
confederaciones y las            empresarios que ocupen a la       empresarios que ocupen a la
asociaciones empresariales a     mayoría de los trabajadores       mayoría de los trabajadores
que se refiere el artículo       afectados por el convenio.        afectados por el convenio.
anterior representen como
mínimo, respectivamente, a la    En aquellos sectores en los       En aquellos sectores en los
mayoría absoluta de los          que no existan órganos de         que no existan órganos de
miembros de los comités de       representación    de     los      representación de los
empresa y delegados de           trabajadores, se entenderá        trabajadores, se entenderá
personal, en su caso, y a        válidamente constituida la        válidamente constituida la
empresarios que ocupen a la      comisión negociadora cuando       comisión negociadora cuando
mayoría de los trabajadores      la misma esté integrada por       la misma esté integrada por
afectados por el convenio.        las organizaciones sindicales      las organizaciones sindicales
                                  que ostenten la condición de       que ostenten la condición de
                                  más representativas en el          más representativas en el
                                  ámbito     estatal   o     de      ámbito estatal o de
                                  Comunidad Autónoma.                Comunidad Autónoma.

                                  En aquellos sectores en los
                                  que no existan asociaciones        En aquellos sectores en los
                                  empresariales que cuenten          que no existan asociaciones
                                  con         la        suficiente   empresariales que cuenten
                                  representatividad,            se   con la suficiente
                                  entenderá          válidamente     representatividad, se
                                  constituida     la     comisión    entenderá válidamente
                                  negociadora cuando la misma        constituida la comisión
                                  esté integrada por las             negociadora cuando la misma
                                  organizaciones empresariales       esté integrada por las
                                  estatales     o    autonómicas     organizaciones empresariales
                                  referidas en el párrafo            estatales o autonómicas
                                  segundo del artículo 87.3 c).      referidas en el párrafo
                                                                     segundo del artículo 87.3 c).
                                  En los supuestos a que se
                                  refieren los dos párrafos          En los supuestos a que se
                                  anteriores, el reparto de los      refieren los dos párrafos
                                  miembros de la comisión            anteriores, el reparto de los
                                  negociadora se efectuará en        miembros de la comisión
                                  proporción         a        la     negociadora se efectuará en
                                  representatividad         que      proporción a la
                                  ostenten las organizaciones        representatividad que
                                  sindicales o empresariales en      ostenten las organizaciones
                                  el ámbito territorial de la        sindicales o empresariales en
                                  negociación.                       el ámbito territorial de la
                                                                     negociación.

                                  3. La designación de los           3. La designación de los
2. La designación de los          componentes de la comisión         componentes de la comisión
componentes de la comisión        corresponderá a las partes         corresponderá a las partes
corresponderá a las partes        negociadoras, quienes de           negociadoras, quienes de
negociadoras, quienes de          mutuo      acuerdo      podrán     mutuo acuerdo podrán
mutuo acuerdo podrán              designar un presidente y           designar un presidente y
designar un presidente y          contar con la asistencia en las    contar con la asistencia en las
contar con la asistencia en las   deliberaciones de asesores,        deliberaciones de asesores,
deliberaciones de asesores,       que intervendrán, igual que el     que intervendrán, igual que el
que intervendrán con voz,         presidente, con voz pero sin       presidente, con voz pero sin
pero sin voto.                    voto.                              voto.

3. En los convenios de ámbito     4.    En    los    convenios       4. En los convenios
empresarial, ninguna de las       sectoriales el número de           sectoriales el número de
partes superará el número de      miembros en representación         miembros en representación
doce miembros; en los de          de cada parte no excederá de       de cada parte no excederá de
ámbito superior, el número de     quince. En el resto de los         quince. En el resto de los
representantes de cada parte      convenios no se superará el        convenios no se superará el
no excederá de quince.            número de trece.                   número de trece.

4. La comisión negociadora        5. Si la comisión negociadora 5. Si la comisión negociadora
podrá tener un presidente con     optara por la no elección de optara por la no elección de
voz, pero sin voto, designado     un presidente, las partes         un presidente, las partes
libremente por aquélla. En el     deberán consignar en el acta      deberán consignar en el acta
supuesto de que se optara por     de la sesión constitutiva de la   de la sesión constitutiva de la
la no elección, las partes        comisión los procedimientos       comisión los procedimientos
deberán consignar en el acta      a emplear para moderar las        a emplear para moderar las
de la sesión constitutiva de la   sesiones y firmar las actas       sesiones y firmar las actas
comisión los procedimientos       que correspondan a las            que correspondan a las
a emplear para moderar las        mismas un representante de        mismas un representante de
sesiones y signar las actas que   cada una de ellas, junto con el   cada una de ellas, junto con el
correspondan a las mismas un      secretario.”                      secretario.»
representante de cada una de
ellas, junto con el secretario.




                                  Los apartados 1 y 2 del           Los apartados 1 y 2 del
Artículo 89. Tramitación.         artículo 89      del Texto        artículo 89 del Texto
                                  Refundido de la Ley del           Refundido de la Ley del
                                  Estatuto de los Trabajadores,     Estatuto de los Trabajadores,
                                  aprobado por Real Decreto         aprobado por Real Decreto
                                  Legislativo 1/1995, de 24 de      Legislativo 1/1995, de 24 de
                                  marzo quedan redactados de        marzo quedan redactados de
                                  la siguiente manera:              la siguiente manera:

                                  “1. La representación de los      «1. La representación de los
1. La representación de los       trabajadores, o de los            trabajadores, o de los
trabajadores, o de los            empresarios, que promueva la      empresarios, que promueva la
empresarios, que promueva la      negociación, lo comunicará a      negociación, lo comunicará a
negociación, lo comunicará a      la otra parte, expresando         la otra parte, expresando
la otra parte, expresando         detalladamente       en      la   detalladamente en la
detalladamente en la              comunicación, que deberá          comunicación, que deberá
comunicación, que deberá          hacerse por escrito, la           hacerse por escrito, la
hacerse por escrito, la           legitimación que ostenta de       legitimación que ostenta de
legitimación que ostenta de       conformidad con los artículos     conformidad con los artículos
conformidad con los artículos     anteriores, los ámbitos del       anteriores, los ámbitos del
anteriores, los ámbitos del       convenio y las materias           convenio y las materias
convenio y las materias           objeto de negociación. En el      objeto de negociación. En el
objeto de negociación. De         supuesto de que la promoción      supuesto de que la promoción
esta comunicación se enviará      sea el resultado de la            sea el resultado de la
copia, a efectos de registro, a   denuncia de un convenio           denuncia de un convenio
la autoridad laboral              colectivo      vigente,      la   colectivo vigente, la
correspondiente en función        comunicación            deberá    comunicación deberá
del ámbito territorial del        efectuarse simultáneamente        efectuarse simultáneamente
convenio.                         con el acto de la denuncia. De    con el acto de la denuncia. De
                                  esta comunicación se enviará      esta comunicación se enviará
                                  copia, a efectos de registro, a   copia, a efectos de registro, a
                                  la      autoridad       laboral   la autoridad laboral
                                  correspondiente en función        correspondiente en función
                                  del ámbito territorial del        del ámbito territorial del
                                  convenio.                         convenio.

                                  La parte receptora de la La parte receptora de la
comunicación sólo podrá           comunicación sólo podrá
                                  negarse a la iniciación de las    negarse a la iniciación de las
La parte receptora de la          negociaciones por causa legal     negociaciones por causa legal
comunicación sólo podrá           o          convencionalmente      o convencionalmente
negarse a la iniciación de las    establecida, o cuando no se       establecida, o cuando no se
negociaciones por causa legal     trate de revisar un convenio      trate de revisar un convenio
o convencionalmente               ya vencido, sin perjuicio de lo   ya vencido, sin perjuicio de lo
establecida, o cuando no se       establecido en los artículos 83   establecido en los artículos 83
trate de revisar un convenio      y 84; en cualquier caso se        y 84; en cualquier caso se
ya vencido, sin perjuicio de lo   deberá contestar por escrito y    deberá contestar por escrito y
establecido en los artículos 83   motivadamente.                    motivadamente.
y 84; en cualquier caso se
deberá contestar por escrito y
motivadamente.                    Ambas       partes      estarán Ambas partes estarán
                                  obligadas a negociar bajo el obligadas a negociar bajo el
Ambas partes estarán              principio de la buena fe.       principio de la buena fe.
obligadas a negociar bajo el
principio de la buena fe.         En los supuestos de que se        En los supuestos de que se
                                  produjeran violencias, tanto      produjeran violencias, tanto
En los supuestos de que se        sobre las personas como           sobre las personas como
produjeran violencias, tanto      sobre los bienes y ambas          sobre los bienes y ambas
sobre las personas como           partes     comprobaran     su     partes comprobaran su
sobre los bienes y ambas          existencia,           quedará     existencia, quedará
partes comprobaran su             suspendida de inmediato la        suspendida de inmediato la
existencia, quedará               negociación en curso hasta la     negociación en curso hasta la
suspendida de inmediato la        desaparición de aquéllas.         desaparición de aquéllas.
negociación en curso hasta la
desaparición de aquéllas.         2. Denunciado un convenio,        2. Denunciado un convenio,
                                  en ausencia de regulación en      en ausencia de regulación en
                                  los convenios colectivos de       los convenios colectivos de
                                  acuerdo con el artículo 85.3,     acuerdo con el artículo 85.3,
                                  se procederá conforme a lo        se procederá conforme a lo
                                  dispuesto en este apartado.       dispuesto en este apartado.

                                  En el plazo máximo de un          En el plazo máximo de un
                                  mes a partir de la recepción      mes a partir de la recepción
2. En el plazo máximo de un       de la comunicación, se            de la comunicación, se
mes a partir de la recepción      procederá a constituir la         procederá a constituir la
de la comunicación se             comisión negociadora; la          comisión negociadora; la
procederá a constituir la         parte    receptora    de     la   parte receptora de la
comisión negociadora; la          comunicación           deberá     comunicación deberá
parte receptora de la             responder a la propuesta de       responder a la propuesta de
comunicación deberá               negociación y ambas partes        negociación y ambas partes
responder a la propuesta de       establecerán un calendario o      establecerán un calendario o
negociación y ambas partes        plan      de     negociación,     plan de negociación,
podrán ya establecer un           debiéndose iniciar ésta en un     debiéndose iniciar ésta en un
calendario o plan de              plazo máximo de quince días       plazo máximo de quince días
negociación.                      a contar desde la constitución    a contar desde la constitución
                                  de la comisión negociadora.       de la comisión negociadora.

                                  El plazo máximo para la           El plazo máximo para la
                                  negociación de un convenio        negociación de un convenio
                                  colectivo no podrá ser            colectivo será de ocho meses
                                  superior a veinte meses a         cuando la vigencia del
                                  contar desde la fecha de su       convenio anterior hubiese
denuncia.”                        sido inferior a dos años o de
                                                                    catorce meses en los restantes
                                                                    convenios, a contar desde la
                                                                    fecha de pérdida de su
                                                                    vigencia.»



                                  Se modifica el artículo 91 del    Se modifica el artículo 91 del
                                  Texto Refundido de la Ley         Texto Refundido de la Ley
                                  del    Estatuto     de     los    del Estatuto de los
                                  Trabajadores, aprobado por        Trabajadores, aprobado por
                                  Real Decreto Legislativo          Real Decreto Legislativo
                                  1/1995, de 24 de marzo, que       1/1995, de 24 de marzo, que
                                  queda redactado como sigue:       queda redactado como sigue:




                                  “Artículo 91. Aplicación e «Artículo 91. Aplicación e
Artículo 91. Aplicación e
                                  interpretación del convenio interpretación del convenio
interpretación.                                               colectivo.
                                  colectivo.
Con independencia de las                                            1. Sin perjuicio de las
                                  1. Sin perjuicio de las
atribuciones fijadas por las                                        competencias legalmente
                                  competencias        legalmente
partes a las comisiones                                             atribuidas a la jurisdicción
                                  atribuidas a la jurisdicción
paritarias, de conocimiento y                                       competente, el conocimiento
                                  competente, el conocimiento
resolución de los conflictos                                        y resolución de las cuestiones
                                  y resolución de las cuestiones
derivados de la aplicación e                                        derivadas de la aplicación e
                                  derivadas de la aplicación e
interpretación con carácter                                         interpretación de los
                                  interpretación      de      los
general de los convenios                                            convenios colectivos
                                  convenios            colectivos
colectivos, se resolverá por la                                     corresponderá a la comisión
                                  corresponderá a la comisión
jurisdicción competente.                                            paritaria de los mismos.
                                  paritaria de los mismos.
No obstante lo anterior, en los                                     2. No obstante lo establecido
                                  2. No obstante lo establecido     en el apartado anterior, en los
convenios colectivos y en los
                                  en el apartado anterior, en los   convenios colectivos y en los
acuerdos a que se refiere el
                                  convenios colectivos y en los     acuerdos a que se refiere el
artículo 83.2 y 3 de esta Ley,
                                  acuerdos a que se refiere el      artículo 83.2 y 3 de esta Ley,
se podrán establecer
                                  artículo 83.2 y 3 de esta Ley,    se podrán establecer
procedimientos, como la
                                  se      podrán      establecer    procedimientos, como la
mediación y el arbitraje, para
                                  procedimientos, como la           mediación y el arbitraje, para
la solución de las
                                  mediación y el arbitraje, para    la solución de las
controversias colectivas
                                  la     solución     de      las   controversias colectivas
derivadas de la aplicación e
                                  controversias       colectivas    derivadas de la aplicación e
interpretación de los
                                  derivadas de la aplicación e      interpretación de los
convenios colectivos.
                                  interpretación     de       los   convenios colectivos. El
                                  convenios colectivos. El          acuerdo logrado a través de la
El acuerdo logrado a través       acuerdo logrado a través de la
de la mediación y el laudo                                          mediación y el laudo arbitral
                                  mediación y el laudo arbitral     tendrán la eficacia jurídica y
arbitral tendrán la eficacia      tendrán la eficacia jurídica y
jurídica y tramitación de los                                       tramitación de los convenios
                                  tramitación de los convenios      colectivos regulados en la
convenios colectivos              colectivos regulados en la
regulados en la presente Ley,                                       presente Ley, siempre que
                                  presente Ley, siempre que         quienes hubiesen adoptado el
siempre que quienes hubiesen      quienes hubiesen adoptado el
adoptado el acuerdo o                                               acuerdo o suscrito el
                                  acuerdo     o    suscrito    el   compromiso arbitral tuviesen
suscrito el compromiso           compromiso arbitral tuviesen      la legitimación que les
arbitral tuviesen la             la legitimación que les           permita acordar, en el ámbito
legitimación que les permita     permita acordar, en el ámbito     del conflicto, un convenio
acordar, en el ámbito del        del conflicto, un convenio        colectivo conforme a lo
conflicto, un convenio           colectivo conforme a lo           previsto en los artículos 87,
colectivo conforme a lo          previsto en los artículos 87,     88 y 89 de esta Ley.
previsto en los artículos 87,    88 y 89 de esta Ley.
88 y 89 de esta Ley.                                               Estos acuerdos y laudos serán
                                 Estos acuerdos y laudos serán     susceptibles de impugnación
Estos acuerdos y laudos serán    susceptibles de impugnación       por los motivos y conforme a
susceptibles de impugnación      por los motivos y conforme a      los procedimientos previstos
por los motivos y conforme a     los procedimientos previstos      para los convenios colectivos.
los procedimientos previstos     para los convenios colectivos.    Específicamente cabrá el
para los convenios colectivos.   Específicamente cabrá el          recurso contra el laudo
Específicamente cabrá el         recurso contra el laudo           arbitral en el caso de que no
recurso contra el laudo          arbitral en el caso de que no     se hubiesen observado en el
arbitral en el caso de que no    se hubiesen observado en el       desarrollo de la actuación
se hubiesen observado en el      desarrollo de la actuación        arbitral los requisitos y
desarrollo de la actuación       arbitral los requisitos y         formalidades establecidos al
arbitral los requisitos y        formalidades establecidos al      efecto, o cuando el laudo
formalidades establecidos al     efecto, o cuando el laudo         hubiese resuelto sobre puntos
efecto, o cuando el laudo        hubiese resuelto sobre puntos     no sometidos a su decisión.
hubiese resuelto sobre puntos    no sometidos a su decisión.
no sometidos a su decisión.
                                 3. En los supuestos de            3. En los supuestos de
                                 conflicto colectivo relativo a    conflicto colectivo relativo a
                                 la interpretación o aplicación    la interpretación o aplicación
                                 del       convenio      deberá    del convenio deberá
                                 intervenir     la     comisión    intervenir la comisión
                                 paritaria del mismo con           paritaria del mismo con
                                 carácter        previo       al   carácter previo al
                                 planteamiento formal del          planteamiento formal del
                                 conflicto en el ámbito de los     conflicto en el ámbito de los
                                 procedimientos no judiciales      procedimientos no judiciales
                                 a que se refiere el apartado      a que se refiere el apartado
                                 anterior o ante el órgano         anterior o ante el órgano
                                 judicial competente.              judicial competente.

                                 4. Las resoluciones de la         4. Las resoluciones de la
                                 comisión paritaria sobre          comisión paritaria sobre
                                 interpretación o aplicación       interpretación o aplicación
                                 del convenio tendrán la           del convenio tendrán la
                                 misma eficacia jurídica y         misma eficacia jurídica y
                                 tramitación que los convenios     tramitación que los convenios
                                 colectivos regulados en la        colectivos regulados en la
                                 presente Ley.                     presente Ley.
Estos procedimientos serán,
asimismo, utilizables en las     5. Los procedimientos de          5. Los procedimientos de
controversias de carácter        solución de conflictos a que      solución de conflictos a que
individual, cuando las partes    se refiere este artículo serán,   se refiere este artículo serán,
expresamente se sometan a        asimismo, de aplicación en        asimismo, de aplicación en
ellos.                           las controversias de carácter     las controversias de carácter
                                 individual, cuando las partes     individual, cuando las partes
                                 expresamente se sometan a         expresamente se sometan a
                                                                   ellos.»
ellos.”




Artículo 40. 2. El traslado a
que se refiere el apartado
anterior deberá ir precedido
de un período de consultas
con los representantes legales
de los trabajadores de una
duración no superior a quince
días, cuando afecte a la
totalidad del centro de
trabajo, siempre que éste
ocupe a más de cinco
trabajadores, o cuando, sin
afectar a la totalidad del
centro de trabajo, en un
período de noventa días
comprenda a un número de
trabajadores de, al menos:

a) Diez trabajadores, en las
empresas que ocupen menos
de cien trabajadores.
                                 Se incluye un nuevo párrafo      Se incluye un nuevo párrafo
b) El 10 por ciento del                                           tras el párrafo primero del
                                 tras el párrafo primero del
número de trabajadores de la                                      apartado 2 del artículo 40,
                                 apartado 2 del artículo 40,
empresa en aquellas que                                           con la siguiente redacción:
                                 con la siguiente redacción:
ocupen entre cien y
trescientos trabajadores.                                         «La intervención como
                                 “La     intervención    como
                                 interlocutores     ante     la   interlocutores ante la
c) Treinta trabajadores en las   dirección de la empresa en el    dirección de la empresa en el
empresas que ocupen              procedimiento de consultas       procedimiento de consultas
trescientos o más                corresponderá a las secciones    corresponderá a las secciones
trabajadores.                    sindicales cuando éstas así lo   sindicales cuando éstas así lo
                                 acuerden, siempre que sumen      acuerden, siempre que sumen
                                 la mayoría de los miembros       la mayoría de los miembros
                                 del comité de empresa o entre    del comité de empresa o entre
                                 los delegados de personal.”      los delegados de personal.»




Artículo 41. 4. Sin perjuicio
de los procedimientos
específicos que puedan
establecerse en la negociación
colectiva, la decisión de
modificación sustancial de
condiciones de trabajo de
carácter colectivo deberá ir
precedida en las empresas en
que existan representantes
legales de los trabajadores de
un período de consultas con
los mismos de duración no
superior a quince días, que
versará sobre las causas
motivadoras de la decisión
empresarial y la posibilidad
de evitar o reducir sus
efectos, así como sobre las
medidas necesarias para
atenuar sus consecuencias
para los trabajadores
afectados.                         Se incluye un nuevo párrafo        Se incluye un nuevo párrafo
                                   tras el párrafo primero del        tras el párrafo primero del
                                   apartado 4 del artículo 41,        apartado 4 del artículo 41,
                                   redactado de la siguiente          redactado de la siguiente
                                   manera:                            manera:

                                   “La     intervención    como       «La intervención como
                                   interlocutores     ante     la     interlocutores ante la
                                   dirección de la empresa en el      dirección de la empresa en el
                                   procedimiento de consultas         procedimiento de consultas
                                   corresponderá a las secciones      corresponderá a las secciones
                                   sindicales cuando éstas así lo     sindicales cuando éstas así lo
                                   acuerden, siempre que sumen        acuerden, siempre que sumen
                                   la mayoría de los miembros         la mayoría de los miembros
                                   del comité de empresa o entre      del comité de empresa o entre
                                   los delegados de personal.”        los delegados de personal.»



Artículo 41. 6.
                                   El apartado 6 del artículo 41 El apartado 6 del artículo 41
Cuando la modificación se          queda redactado en estor queda redactado en estos
refiera a condiciones de           términos:                     términos:
trabajo establecidas en los
convenios colectivos               “6. Cuando la modificación         «6. Cuando la modificación
regulados en el título III de la   se refiera a condiciones de        se refiera a condiciones de
presente Ley, sean éstos de        trabajo establecidas en los        trabajo establecidas en los
sector o empresariales, se         convenios            colectivos    convenios colectivos
podrá efectuar en todo             regulados en el título III de la   regulados en el título III de la
momento por acuerdo, de            presente Ley, sean éstos de        presente Ley, sean éstos de
conformidad con lo                 sector o empresariales, se         sector o empresariales, se
establecido en el apartado 4.      podrá efectuar en todo             podrá efectuar en todo
Cuando se trate de convenios       momento por acuerdo, de            momento por acuerdo, de
colectivos de sector, el           conformidad        con        lo   conformidad con lo
acuerdo deberá ser notificado      establecido en el apartado 4.      establecido en el apartado 4.
a la Comisión paritaria del      Cuando se trate de convenios        Cuando se trate de convenios
mismo.                           colectivos de sector, el            colectivos de sector, el
                                 acuerdo deberá ser notificado       acuerdo deberá ser notificado
                                 a la Comisión paritaria del         a la Comisión paritaria del
                                 mismo.                              mismo.

                                 En caso de desacuerdo               En caso de desacuerdo
                                 durante el periodo de               durante el periodo de
                                 consultas, cualquiera de las        consultas, cualquiera de las
                                 partes podrá someter la             partes podrá someter la
                                 discrepancia a la Comisión          discrepancia a la Comisión
                                 paritaria del convenio, que         paritaria del convenio, que
                                 dispondrá de un plazo               dispondrá de un plazo
                                 máximo de siete días para           máximo de siete días para
Mediante los acuerdos            pronunciarse, a contar desde        pronunciarse, a contar desde
interprofesionales de ámbito     que la discrepancia le fuera        que la discrepancia le fuera
estatal o autonómico,            planteada. Cuando aquella no        planteada. Cuando aquella no
previstos en el artículo 83 de   alcanzara un acuerdo, las           alcanzara un acuerdo, las
la presente Ley, se deberán      partes podrán recurrir a los        partes podrán recurrir a los
establecer los procedimientos    procedimientos a que se             procedimientos a que se
de aplicación general y          refiere el siguiente párrafo.       refiere el siguiente párrafo.
directa para solventar de
manera efectiva las              Mediante        los     acuerdos    Mediante los acuerdos
discrepancias en la              interprofesionales de ámbito        interprofesionales de ámbito
negociación de los acuerdos a    estatal      o      autonómico,     estatal o autonómico,
que se refiere este apartado,    previstos en el artículo 83 de      previstos en el artículo 83 de
incluido el compromiso           la presente Ley, se deberán         la presente Ley, se deberán
previo de someter las            establecer los procedimientos       establecer los procedimientos
discrepancias a un arbitraje,    de aplicación general y             de aplicación general y
en cuyo caso el laudo arbitral   directa para solventar de           directa para solventar de
tendrá la misma eficacia que     manera         efectiva       las   manera efectiva las
los acuerdos en periodo de       discrepancias         en       la   discrepancias en la
consultas y sólo será            negociación de los acuerdos a       negociación de los acuerdos a
recurrible conforme al           que se refiere este apartado,       que se refiere este apartado,
procedimiento y en base a los    incluido     el     compromiso      incluido el compromiso
motivos establecidos en el       previo de someter las               previo de someter las
artículo 91.                     discrepancias a un arbitraje,       discrepancias a un arbitraje,
                                 en cuyo caso el laudo arbitral      en cuyo caso el laudo arbitral
                                 tendrá la misma eficacia que        tendrá la misma eficacia que
                                 los acuerdos en periodo de          los acuerdos en periodo de
                                 consultas      y    sólo    será    consultas y sólo será
                                 recurrible      conforme       al   recurrible conforme al
                                 procedimiento y en base a los       procedimiento y en base a los
                                 motivos establecidos en el          motivos establecidos en el
                                 artículo 91.                        artículo 91.

La modificación de las           La modificación de las              La modificación de las
condiciones establecidas en      condiciones establecidas en         condiciones establecidas en
los convenios colectivos de      los convenios colectivos de         los convenios colectivos de
sector sólo podrá referirse a    sector sólo podrá referirse a       sector sólo podrá referirse a
las materias señaladas en las    las materias señaladas en las       las materias señaladas en las
letras b), c), d), e) y f) del   letras b), c), d), e) y f) del      letras b), c), d), e) y f) del
apartado 1, y deberá tener un    apartado 1, y deberá tener un       apartado 1, y deberá tener un
plazo máximo de vigencia         plazo máximo de vigencia            plazo máximo de vigencia
que no podrá exceder de la       que no podrá exceder de la          que no podrá exceder de la
vigencia del convenio            vigencia      del convenio vigencia del convenio
colectivo cuya modificación      colectivo cuya modificación colectivo cuya modificación
se pretenda.                     se pretenda.”               se pretenda.»




Artículo 51. 2. El empresario
que tenga la intención de
efectuar un despido colectivo
deberá solicitar autorización
para la extinción de los
contratos de trabajo conforme
al procedimiento de
regulación de empleo previsto
en esta Ley y en sus normas
de desarrollo reglamentario.
El procedimiento se iniciará
mediante la solicitud a la
autoridad laboral competente
y la apertura simultánea de un
período de consultas con los
representantes legales de los
trabajadores.


                                 Se añade un nuevo párrafo        Se añade un nuevo párrafo
                                 tras el párrafo primero del      tras el párrafo primero del
                                 apartado 2 del artículo 51,      apartado 2 del artículo 51,
                                 con la siguiente redacción:      con la siguiente redacción:


                                 “La     intervención    como     «La intervención como
                                 interlocutores     ante     la   interlocutores ante la
                                 dirección de la empresa en el    dirección de la empresa en el
                                 procedimiento de consultas       procedimiento de consultas
                                 corresponderá a las secciones    corresponderá a las secciones
                                 sindicales cuando éstas así lo   sindicales cuando éstas así lo
                                 acuerden, siempre que tengan     acuerden, siempre que tengan
                                 la representación mayoritaria    la representación mayoritaria
                                 en los comités de empresa o      en los comités de empresa o
                                 entre los delegados de           entre los delegados de
                                 personal.”                       personal.»




Artículo 82. 3.
                                 El apartado 3 del artículo 82 El apartado 3 del artículo 82
                                 queda redactado en los queda redactado en los
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Legislacion analisis del titulo vii capitulo 2
 

La reforma de la negociación colectiva. Comparación de textos. 11.6.2011.

  • 1. Texto de la Ley del Estatuto Propuesta de reforma RDL 7/2011, de 10 de junio, de los trabajadores tras la (7.6.2011). de medidas urgentes para la Ley 35/2010 http://bit.ly/iJ6tUG reforma de la negociación http://bit.ly/hWcFWQ colectiva. http://bit.ly/mNjdwj Artículo 83. 2. El apartado 2 del artículo 83 queda redactado del siguiente El apartado 2 del artículo 83 modo: queda redactado del siguiente Mediante acuerdos modo: interprofesionales o por “2. Las organizaciones convenios colectivos las sindicales y asociaciones «2. Las organizaciones organizaciones sindicales y empresariales más sindicales y asociaciones asociaciones patronales más representativas, de carácter empresariales más representativas, de carácter estatal o de Comunidad representativas, de carácter estatal o de Comunidad Autónoma, podrán establecer, estatal o de Comunidad Autónoma, podrán establecer mediante acuerdos Autónoma, podrán establecer, la estructura de la interprofesionales, cláusulas mediante acuerdos negociación colectiva, así sobre la estructura de la interprofesionales, cláusulas como fijar las reglas que han negociación colectiva, sobre la estructura de la de resolver los conflictos de fijando, en su caso, las reglas negociación colectiva, concurrencia entre convenios que han de resolver los fijando, en su caso, las reglas de distinto ámbito y los conflictos de concurrencia que han de resolver los principios de entre convenios de distinto conflictos de concurrencia complementariedad de las ámbito. entre convenios de distinto diversas unidades de ámbito. contratación, fijándose siempre en este último supuesto las materias que no podrán ser objeto de negociación en ámbitos inferiores. Estas cláusulas podrán Estas cláusulas podrán igualmente pactarse en igualmente pactarse en convenios o acuerdos convenios o acuerdos colectivos sectoriales, de colectivos sectoriales, de ámbito estatal o autonómico, ámbito estatal o autonómico, por aquellos sindicatos y por aquellos sindicatos y asociaciones empresariales asociaciones empresariales que cuenten con la que cuenten con la legitimación necesaria, de legitimación necesaria, de conformidad con lo conformidad con lo establecido en la presente establecido en la presente Ley.” Ley.» Artículo 84. Concurrencia. «Artículo 84. Concurrencia. “Artículo 84. Concurrencia. Un convenio colectivo, durante su vigencia, no podrá “1. Un convenio colectivo, ser afectado por lo dispuesto durante su vigencia, no podrá 1. Un convenio colectivo, en convenios de ámbito ser afectado por lo dispuesto durante su vigencia, no podrá distinto, salvo pacto en en convenios de ámbito ser afectado por lo dispuesto
  • 2. contrario, conforme a lo distinto, salvo pacto en en convenios de ámbito dispuesto en el apartado 2 del contrario negociado conforme distinto, salvo pacto en artículo 83 y salvo lo previsto a lo dispuesto en el apartado 2 contrario negociado conforme en el apartado siguiente. del artículo 83. a lo dispuesto en el artículo 83.2. 2. Salvo pacto en contrario 2. Salvo que un acuerdo o negociado conforme a lo convenio colectivo de ámbito dispuesto en el artículo 83.2, estatal o de Comunidad la regulación de las Autónoma negociado según condiciones establecidas en el artículo 83.2 estableciera un convenio de empresa reglas distintas sobre tendrá prioridad aplicativa estructura de la negociación respecto del convenio colectiva o concurrencia entre sectorial de cualquier ámbito convenios, la regulación de en las siguientes materias: las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias: a) La cuantía del salario base a) La cuantía del salario base y de los complementos y de los complementos salariales, incluidos los salariales, incluidos los vinculados a la situación y vinculados a la situación y resultados de la empresa. resultados de la empresa. b) El abono o la b) El abono o la compensación de las horas compensación de las horas extraordinarias y la extraordinarias y la retribución específica del retribución específica del trabajo a turnos. trabajo a turnos. c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el c) El horario y la distribución régimen de trabajo a turnos y del tiempo de trabajo, el la planificación anual de las régimen de trabajo a turnos y En todo caso, a pesar de lo vacaciones. la planificación anual de las establecido en el artículo vacaciones. anterior, los sindicatos y las d) La adaptación al ámbito de asociaciones empresariales la empresa del sistema de d) La adaptación al ámbito de que reúnan los requisitos de clasificación profesional de la empresa del sistema de legitimación de los artículos los trabajadores. clasificación profesional de 87 y 88 de esta Ley podrán, los trabajadores. en un ámbito determinado e) La adaptación de los que sea superior al de aspectos de las modalidades e) La adaptación de los empresa, negociar acuerdos o de contratación que se aspectos de las modalidades convenios que afecten a lo atribuyen por la presente Ley de contratación que se dispuesto en los de ámbito a los convenios de empresa. atribuyen por la presente Ley
  • 3. superior siempre que dicha a los convenios de empresa. decisión obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para f) Las medidas para favorecer f) Las medidas para favorecer constituir la comisión la conciliación entre la vida la conciliación entre la vida negociadora en la laboral, familiar y personal. laboral, familiar y personal. correspondiente unidad de negociación. Igual prioridad aplicativa Igual prioridad aplicativa tendrán en estas materias los tendrán en estas materias los En el supuesto previsto en el convenios colectivos para un convenios colectivos para un párrafo anterior se grupo de empresas o una grupo de empresas o una considerarán materias no pluralidad de empresas pluralidad de empresas negociables en ámbitos nominativamente vinculadas por razones inferiores el período de identificadas a que se refiere organizativas o productivas y prueba, las modalidades de el artículo 87.1. nominativamente contratación, excepto en los identificadas a que se refiere aspectos de adaptación al el artículo 87.1. ámbito de la empresa, los grupos profesionales, el Los acuerdos y convenios Los acuerdos y convenios régimen disciplinario y las colectivos a que se refiere el colectivos a que se refiere el normas mínimas en materia artículo 83.2 podrán ampliar artículo 83.2 podrán ampliar de seguridad e higiene en el la relación de condiciones de la relación de condiciones de trabajo y movilidad trabajo anteriormente trabajo anteriormente geográfica. señalada. señalada. 3. Salvo pacto en contrario 3. Salvo pacto en contrario negociado conforme a lo negociado según el artículo dispuesto en el artículo 83.2, 83.2, los sindicatos y las los sindicatos y las asociaciones empresariales asociaciones empresariales que reúnan los requisitos de que reúnan los requisitos de legitimación de los artículos legitimación de los artículos 87 y 88 de esta Ley podrán, 87 y 88 de esta Ley podrán, en el ámbito de una en el ámbito de una Comunidad Autónoma, Comunidad Autónoma, negociar acuerdos o negociar acuerdos o convenios que afecten a lo convenios que afecten a lo dispuesto en los de ámbito dispuesto en los de ámbito estatal siempre que dicha estatal siempre que dicha decisión obtenga el respaldo decisión obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para de las mayorías exigidas para constituir la comisión constituir la comisión negociadora en la negociadora en la correspondiente unidad de correspondiente unidad de negociación. negociación. 4. En el supuesto previsto en 4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, y salvo el apartado anterior, y salvo que resultare de aplicación un que resultare de aplicación un régimen distinto establecido régimen distinto establecido mediante acuerdo o convenio mediante acuerdo o convenio colectivo de ámbito estatal colectivo de ámbito estatal negociado según el artículo negociado conforme a lo 83.2, se considerarán materias dispuesto en el artículo 83.2, no negociables en el ámbito se considerarán materias no de una Comunidad Autónoma negociables en el ámbito de
  • 4. una Comunidad Autónoma el el período de prueba, las período de prueba, las modalidades de contratación, modalidades de contratación, la clasificación profesional, la la clasificación profesional, la jornada máxima anual de jornada máxima anual de trabajo, el régimen trabajo, el régimen disciplinario, las normas disciplinario, las normas mínimas en materia de mínimas en materia de prevención de riesgos prevención de riesgos laborales y la movilidad laborales y la movilidad geográfica.» geográfica.” Artículo 85. 3. El apartado 3 del artículo 85 El apartado 3 del artículo 85 queda redactado en los queda redactado en los siguientes términos: siguientes términos: Sin perjuicio de la libertad de “3. Sin perjuicio de la libertad de contratación a que se «3. Sin perjuicio de la libertad contratación a que se refiere refiere el párrafo anterior, los de contratación a que se el párrafo anterior, los convenios colectivos habrán refiere el párrafo anterior, los convenios colectivos habrán de expresar como contenido convenios colectivos habrán de expresar como contenido mínimo lo siguiente: de expresar como contenido mínimo lo siguiente: mínimo lo siguiente: a) Determinación de las a) Determinación de las partes que los conciertan. a) Determinación de las partes que los conciertan. partes que los conciertan. b) Ambito personal, b) Ámbito personal, funcional, territorial y funcional, territorial y b) Ámbito personal, temporal. funcional, territorial y temporal. temporal. c) Procedimientos para c) Procedimientos para solventar de manera efectiva c) Procedimientos para solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan surgir en la negociación para las discrepancias que puedan surgir en la negociación para la modificación sustancial de surgir en la negociación para la modificación sustancial de condiciones de trabajo la modificación sustancial de condiciones de trabajo establecidas en los convenios condiciones de trabajo establecidas en los convenios colectivos de conformidad establecidas en los convenios colectivos de conformidad con lo establecido en el colectivos de conformidad con lo establecido en el artículo 41.6 y para la no con lo establecido en el artículo 41.6 y para la no aplicación del régimen artículo 41.6 y para la no aplicación del régimen salarial a que se refiere el aplicación del régimen salarial a que se refiere el artículo 82.3, adaptando, en salarial a que se refiere el artículo 82.3, adaptando, en su caso, los procedimientos artículo 82.3, adaptando, en su caso, los procedimientos que se establezcan a este su caso, los procedimientos que se establezcan a este respecto en los acuerdos que se establezcan a este respecto en los acuerdos interprofesionales de ámbito respecto en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico interprofesionales de ámbito
  • 5. estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en tales artículos. conforme a lo dispuesto en tales artículos. tales artículos. d) Forma y condiciones de d) Forma y condiciones de denuncia del convenio, así d) Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo mínimo para denuncia del convenio, así como plazo mínimo para dicha denuncia antes de como plazo de preaviso para dicha denuncia antes de finalizar su vigencia. Salvo dicha denuncia. finalizar su vigencia. Salvo pacto en contrario, el plazo pacto en contrario, el plazo mínimo para la denuncia de mínimo para la denuncia de los convenios colectivos será los convenios colectivos será de tres meses antes de de tres meses antes de finalizar su vigencia. finalizar su vigencia. e) Plazo máximo para el e) Plazo máximo para el inicio de la negociación de un inicio de la negociación de un nuevo convenio una vez nuevo convenio una vez denunciado el anterior. Salvo denunciado el anterior. Salvo pacto en contrario, dicho pacto en contrario, dicho plazo máximo será el plazo máximo será el establecido en el artículo establecido en el artículo 89.2. 89.2. f) Plazo máximo para la f) Plazo máximo para la negociación de un nuevo negociación de un nuevo convenio que se determinará convenio. Salvo pacto en en función de la duración de contrario, dicho plazo la vigencia del convenio máximo será de veinte meses anterior. Salvo pacto en a contar desde su denuncia. contrario, este plazo será de ocho meses cuando la vigencia del convenio anterior hubiese sido inferior a dos años o de catorce meses en los restantes convenios, a contar desde la fecha de pérdida de su vigencia. g) La adhesión y el sometimiento a los g) La adhesión y el procedimientos establecidos sometimiento a los mediante los acuerdos procedimientos establecidos interprofesionales de ámbito mediante los acuerdos estatal o autonómico interprofesionales de ámbito previstos en el artículo 83 estatal o autonómico para solventar de manera previstos en el artículo 83 efectiva las discrepancias para solventar de manera existentes tras el transcurso efectiva las discrepancias del plazo máximo de existentes tras el transcurso negociación sin alcanzarse un del plazo máximo de acuerdo, siempre que éstos no negociación sin alcanzarse un acuerdo, siempre que éstos no
  • 6. fueran de aplicación directa. fueran de aplicación directa. h) Designación de una h) Designación de una comisión paritaria de la comisión paritaria de la e) Designación de una representación de las partes representación de las partes comisión paritaria de la negociadoras para entender negociadoras para entender representación de las partes de aquellas cuestiones de aquellas cuestiones negociadoras para entender establecidas en la ley y de establecidas en la ley y de de cuantas cuestiones le sean cuantas otras le sean cuantas otras le sean atribuidas, y determinación de atribuidas, tales como las atribuidas, en particular las los procedimientos para siguientes: siguientes: solventar las discrepancias en el seno de dicha comisión. 1º) Los términos y 1.º Los términos y condiciones para el condiciones para el conocimiento y resolución de conocimiento y resolución de las cuestiones en materia de las cuestiones en materia de aplicación e interpretación de aplicación e interpretación de los convenios colectivos de los convenios colectivos de acuerdo con lo establecido en acuerdo con lo establecido en el artículo 91. el artículo 91. 2º) El desarrollo de funciones 2.º El desarrollo de funciones de adaptación o, en su caso, de adaptación o, en su caso, modificación del convenio modificación del convenio durante su vigencia. En este durante su vigencia. En este caso, deberá incorporarse a la caso, deberá incorporarse a la comisión paritaria la totalidad comisión paritaria la totalidad de los sujetos legitimados de los sujetos legitimados para la negociación, aunque para la negociación, aunque no hayan sido firmantes del no hayan sido firmantes del convenio, siendo exigible la convenio, siendo exigible la concurrencia de los requisitos concurrencia de los requisitos de legitimación previstos en de legitimación previstos en los artículos 87 y 88 de esta los artículos 87 y 88 de esta Ley para que los acuerdos de Ley para que los acuerdos de modificación posean eficacia modificación posean eficacia general. general. 3º) Los términos y 3.º Los términos y condiciones para el condiciones para el conocimiento y resolución de conocimiento y resolución de las discrepancias tras la las discrepancias tras la finalización del periodo de finalización del periodo de consultas en materia de consultas en materia de modificación sustancial de modificación sustancial de condiciones de trabajo o condiciones de trabajo o inaplicación del régimen inaplicación del régimen salarial de los convenios salarial de los convenios colectivos, de acuerdo con lo colectivos, de acuerdo con lo establecido en los artículos establecido en los artículos 41.6 y 82.3, respectivamente. 41.6 y 82.3, respectivamente. 4.º La intervención que se 4º) La intervención que se acuerde en los supuestos de acuerde en los supuestos de
  • 7. modificación sustancial de modificación sustancial de condiciones de trabajo o condiciones de trabajo o inaplicación del régimen inaplicación del régimen salarial de los convenios salarial de los convenios colectivos, cuando no exista colectivos, cuando no exista representación legal de los representación legal de los trabajadores en la empresa. trabajadores en la empresa. El convenio deberá establecer El convenio deberá establecer los procedimientos y plazos los procedimientos y plazos de actuación de la comisión de actuación de la comisión paritaria para garantizar la paritaria para garantizar la rapidez y efectividad de la rapidez y efectividad de la misma y la salvaguarda de misma y la salvaguarda de los los derechos afectados. En derechos afectados. En particular, deberá establecer particular, deberá establecer los procedimientos para los procedimientos para solucionar de manera efectiva solucionar de manera efectiva las discrepancias en el seno las discrepancias en el seno de dicha comisión, incluido de dicha comisión, incluido su sometimiento a los su sometimiento a los sistemas no judiciales de sistemas no judiciales de solución de conflictos solución de conflictos establecidos mediante los establecidos mediante los acuerdos interprofesionales acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o de ámbito estatal o autonómico previstos en el autonómico previstos en el artículo 83. artículo 83. i) Medidas para contribuir a i) Medidas para contribuir a la flexibilidad interna en la la flexibilidad interna en la empresa, que favorezcan su empresa, que favorezcan su posición competitiva en el posición competitiva en el mercado o una mejor mercado o una mejor respuesta a las exigencias de respuesta a las exigencias de la demanda y la estabilidad la demanda y la estabilidad del empleo en aquélla, y, en del empleo en aquélla, y, en particular, las siguientes: particular, las siguientes: 1º) Un porcentaje máximo y 1.º Un porcentaje máximo y mínimo de la jornada de mínimo de la jornada de trabajo que podrá distribuirse trabajo que podrá distribuirse de manera irregular a lo largo de manera irregular a lo largo del año. Salvo pacto en del año. Salvo pacto en contrario, este porcentaje será contrario, este porcentaje será de un cinco por ciento. de un cinco por ciento. 2.º Los procedimientos y los 2º) Los procedimientos y los periodos temporales y de periodos temporales y de referencia para la movilidad referencia para la movilidad funcional en la empresa.» funcional en la empresa.”
  • 8. Artículo 86. 3. Denunciado un convenio y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, Artículo 86.3. La vigencia de «3. La vigencia de un perderán vigencia sus un convenio colectivo, una convenio colectivo, una vez cláusulas obligacionales. vez denunciado y concluida la denunciado y concluida la duración pactada, se duración pactada, se La vigencia del contenido producirá en los términos que producirá en los términos que normativo del convenio, una se hubiesen establecido en el se hubiesen establecido en el vez concluida la duración propio convenio. propio convenio. pactada, se producirá en los términos que se hubieren Las cláusulas convencionales establecido en el propio por las que se hubiera convenio. En defecto de pacto renunciado a la huelga se mantendrá en vigor el durante la vigencia de un contenido normativo del convenio decaerán a partir de convenio. su denuncia. Durante las negociaciones Durante las negociaciones para la renovación de un para la renovación de un convenio colectivo, las partes convenio colectivo, en podrán adoptar acuerdos defecto de pacto, se parciales para la modificación mantendrá su vigencia, si de alguno o algunos de sus bien las cláusulas contenidos prorrogados con el convencionales por las que se fin de adaptarlos a las hubiera renunciado a la condiciones en las que, tras la huelga durante la vigencia de terminación de la vigencia un convenio decaerán a partir pactada, se desarrolle la de su denuncia. Las partes actividad en el sector o en la podrán adoptar acuerdos empresa. Estos acuerdos parciales para la modificación tendrán la vigencia que las de alguno o algunos de sus partes determinen. contenidos prorrogados con el fin de adaptarlos a las condiciones en las que, tras la terminación de la vigencia pactada, se desarrolle la actividad en el sector o en la empresa. Estos acuerdos tendrán la vigencia que las partes determinen. Mediante los acuerdos interprofesionales de ámbito Mediante los acuerdos estatal o autonómico, interprofesionales de ámbito previstos en el artículo 83, se estatal o autonómico, deberán establecer previstos en el artículo 83, se procedimientos de aplicación deberán establecer general y directa para procedimientos de aplicación solventar de manera efectiva general y directa para las discrepancias existentes solventar de manera efectiva
  • 9. tras el transcurso de los las discrepancias existentes plazos máximos de tras el transcurso de los negociación sin alcanzarse un plazos máximos de acuerdo, incluido el negociación sin alcanzarse un compromiso previo de acuerdo, incluido el someter las discrepancias a un compromiso previo de arbitraje vinculante, en cuyo someter las discrepancias a un caso el laudo arbitral tendrá la arbitraje, en cuyo caso el misma eficacia jurídica que laudo arbitral tendrá la misma los convenios colectivos y eficacia jurídica que los sólo será recurrible conforme convenios colectivos y sólo al procedimiento y en base a será recurrible conforme al los motivos establecidos en el procedimiento y en base a los artículo 91. motivos establecidos en el artículo 91. Dichos acuerdos interprofesionales deberán especificar los criterios y procedimientos de desarrollo del arbitraje, expresando en particular para el caso de imposibilidad de acuerdo en el seno de la comisión negociadora el carácter obligatorio o voluntario del sometimiento al procedimiento arbitral por las partes; en defecto de pacto específico sobre el carácter obligatorio o voluntario del sometimiento al procedimiento arbitral, se entenderá que el arbitraje tiene carácter obligatorio. En defecto de pacto, cuando En defecto de pacto, cuando hubiera transcurrido el plazo hubiera transcurrido el plazo máximo de negociación sin máximo de negociación sin alcanzarse un acuerdo y las alcanzarse un acuerdo y las partes del convenio no se partes del convenio no se hubieran sometido a los hubieran sometido a los procedimientos a los que se procedimientos a los que se refiere el párrafo anterior o refiere el párrafo anterior o éstos no hubieran solucionado éstos no hubieran solucionado la discrepancia, se mantendrá la discrepancia, se mantendrá la vigencia del convenio la vigencia del convenio colectivo.” colectivo.» El artículo 87 queda Artículo 87. Legitimación. redactado del siguiente modo: Artículo 87. Legitimación.
  • 10. Estarán legitimados para «Artículo 87. Legitimación. negociar: 1. En representación de los trabajadores estarán 1. En representación de los 1. En los convenios de legitimados para negociar en trabajadores estarán empresa o ámbito inferior: el los convenios de empresa y legitimados para negociar en comité de empresa, delegados de ámbito inferior, el comité los convenios de empresa y de personal, en su caso, o las de empresa, los delegados de de ámbito inferior, el comité representaciones sindicales si personal, en su caso, o las de empresa, los delegados de las hubiere. secciones sindicales si las personal, en su caso, o las hubiere que, en su conjunto, secciones sindicales si las En los convenios que afecten sumen la mayoría de los hubiere que, en su conjunto, a la totalidad de los miembros del comité. sumen la mayoría de los trabajadores de la empresa miembros del comité. será necesario que tales representaciones sindicales, en su conjunto, sumen la mayoría de los miembros del La intervención en la La intervención en la comité. En los demás negociación corresponderá a negociación corresponderá a convenios será necesario que las secciones sindicales las secciones sindicales los trabajadores incluidos en cuando éstas así lo acuerden, cuando éstas así lo acuerden, su ámbito hubiesen adoptado siempre que sumen la siempre que sumen la un acuerdo expreso, con los mayoría de los miembros del mayoría de los miembros del requisitos del artículo 80 de comité de empresa o entre los comité de empresa o entre los esta Ley, de designación, a delegados de personal. delegados de personal. efectos de negociación, de las representaciones sindicales Cuando se trate de convenios Cuando se trate de convenios con implantación en tal para un grupo de empresas, para un grupo de empresas, ámbito. así como en los convenios así como en los convenios que afecten a una pluralidad que afecten a una pluralidad En todos los casos será de empresas nominativamente de empresas vinculadas por necesario que ambas partes se identificadas en su ámbito de razones organizativas o reconozcan como aplicación, la legitimación productivas y interlocutores. para negociar en nominativamente representación de los identificadas en su ámbito de trabajadores será la que se aplicación, la legitimación establece en el apartado 2 de para negociar en este artículo para la representación de los negociación de los convenios trabajadores será la que se sectoriales. establece en el apartado 2 de este artículo para la negociación de los convenios sectoriales. Cuando se trate de convenios En los convenios dirigidos a de franja, dirigidos a un grupo un grupo de trabajadores con de trabajadores con perfil perfil profesional específico, profesional específico, estarán legitimados para estarán legitimados para negociar las secciones negociar los sindicatos que sindicales que hayan sido cuenten con un mínimo del designadas mayoritariamente 10 por ciento de los por sus representados a través representantes elegidos en el de votación personal, libre, comité de empresa, entre los directa y secreta. delegados de personal o en el colegio que incluya a tales
  • 11. trabajadores. 2. En los convenios 2. En los convenios de ámbito sectoriales estarán 2. En los convenios superior a los anteriores: legitimados para negociar en sectoriales estarán representación de los legitimados para negociar en trabajadores: representación de los trabajadores: a) Los sindicatos que tengan a) Los sindicatos que tengan la consideración de más la consideración de más a) Los sindicatos que tengan representativos a nivel estatal, representativos a nivel estatal, la consideración de más así como, en sus respectivos así como, en sus respectivos representativos a nivel estatal, ámbitos, los entes sindicales ámbitos, las organizaciones así como, en sus respectivos afiliados, federados o sindicales afiliadas, federadas ámbitos, las organizaciones confederados a los mismos. o confederadas a los mismos. sindicales afiliadas, federadas o confederadas a los mismos. b) Los sindicatos que tengan b) Los sindicatos que tengan la consideración de más b) Los sindicatos que tengan la consideración de más representativos a nivel de la consideración de más representativos a nivel de Comunidad Autónoma representativos a nivel de Comunidad Autónoma respecto de los convenios que Comunidad Autónoma respecto de los convenios que no trasciendan de dicho respecto de los convenios que no trasciendan de dicho ámbito territorial, así como, no trasciendan de dicho ámbito territorial, así como, y en sus respectivos ámbitos, ámbito territorial, así como, en sus respectivos ámbitos, las organizaciones sindicales en sus respectivos ámbitos, los entes sindicales afiliados, afiliadas, federadas o las organizaciones sindicales federados o confederados a confederadas a los mismos. afiliadas, federadas o los mismos. confederadas a los mismos. c) Los sindicatos que cuenten c) Los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10 por con un mínimo del 10 por c) Los sindicatos que cuenten ciento de los miembros de los 100 de los miembros de los con un mínimo del 10 por comités de empresa o comités de empresa o ciento de los miembros de los delegados de personal en el delegados de personal en el comités de empresa o ámbito geográfico y funcional ámbito geográfico y funcional delegados de personal en el al que se refiera el convenio. al que se refiera el convenio. ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio. 3. En los convenios a que se 3. En representación de los hace referencia en el número empresarios estarán 3. En representación de los anterior, las asociaciones legitimados para negociar: empresarios estarán empresariales que en el legitimados para negociar: ámbito geográfico y funcional a) En los convenios de del convenio cuenten con el empresa o ámbito inferior, el a) En los convenios de 10 por 100 de los propio empresario. empresa o ámbito inferior, el empresarios, en el sentido del propio empresario. artículo 1.2 de esta Ley, y b) En los convenios de grupo siempre que éstas den de empresas y en los que b) En los convenios de grupo ocupación a igual porcentaje afecten a una pluralidad de de empresas y en los que de los trabajadores afectados. empresas nominativamente afecten a una pluralidad de identificadas en su ámbito de empresas vinculadas por aplicación, la representación razones organizativas o de dichas empresas. productivas y nominativamente identificadas en su ámbito de
  • 12. aplicación, la representación de dichas empresas. c) En los convenios c) En los convenios colectivos sectoriales, las colectivos sectoriales, las asociaciones empresariales asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y que en el ámbito geográfico y funcional del convenio funcional del convenio cuenten con el 10 por ciento cuenten con el 10 por ciento de los empresarios, en el de los empresarios, en el sentido del artículo 1.2 de sentido del artículo 1.2 de esta Ley, y siempre que éstas esta Ley, y siempre que éstas den ocupación a igual den ocupación a igual porcentaje de los trabajadores porcentaje de los trabajadores afectados. afectados, así como aquellas asociaciones empresariales que en dicho ámbito den ocupación al 15 por ciento de los trabajadores afectados. En aquellos sectores en los En aquellos sectores en los que no existan asociaciones que no existan asociaciones empresariales que cuenten empresariales que cuenten con la suficiente con la suficiente representatividad, según lo representatividad, según lo previsto en el párrafo previsto en el párrafo anterior, estarán legitimadas anterior, estarán legitimadas para negociar los para negociar los correspondientes convenios correspondientes convenios colectivos de sector las colectivos de sector las asociaciones empresariales de asociaciones empresariales de ámbito estatal que cuenten ámbito estatal que cuenten con el 10 por ciento o más de con el 10 por ciento o más de las empresas o trabajadores las empresas o trabajadores en el ámbito estatal, así como en el ámbito estatal, así como las asociaciones las asociaciones empresariales de Comunidad empresariales de Comunidad Autónoma que cuenten en Autónoma que cuenten en 4. Asimismo estarán ésta con un mínimo del 15 ésta con un mínimo del 15 legitimados en los convenios por ciento de las empresas o por ciento de las empresas o de ámbito estatal: los trabajadores. trabajadores. sindicatos de Comunidad Autónoma que tengan la 4. Asimismo estarán consideración de más 4. Asimismo estarán legitimados en los convenios representativos conforme a lo legitimados en los convenios de ámbito estatal los previsto en el apartado 1 del de ámbito estatal los sindicatos de Comunidad artículo 7 de la Ley Orgánica sindicatos de Comunidad Autónoma que tengan la de Libertad Sindical y las Autónoma que tengan la consideración de más asociaciones empresariales de consideración de más representativos conforme a lo la Comunidad Autónoma que representativos conforme a lo previsto en el artículo 7.1 de reúnan los requisitos previsto en el artículo 7.1 de
  • 13. señalados en la disposición la Ley Orgánica de Libertad la Ley Orgánica de Libertad adicional sexta de esta Ley. Sindical, y las asociaciones Sindical, y las asociaciones empresariales de la empresariales de la 5. Todo sindicato, federación Comunidad Autónoma que Comunidad Autónoma que o confederación sindical, y reúnan los requisitos reúnan los requisitos toda asociación empresarial señalados en la disposición señalados en la disposición que reúna el requisito de adicional sexta de esta Ley. adicional sexta de esta Ley. legitimación, tendrá derecho a formar parte de la comisión 5. Todo sindicato, federación 5. Todo sindicato, federación negociadora. o confederación sindical, y o confederación sindical, y toda asociación empresarial toda asociación empresarial que reúna el requisito de que reúna el requisito de legitimación, tendrá derecho a legitimación, tendrá derecho a formar parte de la comisión formar parte de la comisión negociadora.” negociadora.» «Artículo 88. Comisión “Artículo 88. Comisión negociadora. Artículo 88. Comisión negociadora. negociadora. 1. El reparto de miembros con 1. El reparto de miembros con 1. En los convenios de ámbito voz y voto en el seno de la voz y voto en el seno de la empresarial, o inferior, la comisión negociadora se comisión negociadora se comisión negociadora se efectuará con respeto al efectuará con respeto al constituirá por el empresario derecho de todos los derecho de todos los o sus representantes, de un legitimados según el artículo legitimados según el artículo lado, y de otro, por los anterior y en proporción a su anterior y en proporción a su representantes de los representatividad. representatividad. trabajadores, según lo dispuesto en el artículo 87, 2. La comisión negociadora 2. La comisión negociadora apartado 1. quedará válidamente quedará válidamente constituida cuando los constituida cuando los En los de ámbito superior a la sindicatos, federaciones o sindicatos, federaciones o empresa, la comisión confederaciones y las confederaciones y las negociadora quedará asociaciones empresariales a asociaciones empresariales a válidamente constituida, sin que se refiere el artículo que se refiere el artículo perjuicio del derecho de todos anterior representen como anterior representen como los sujetos legitimados a mínimo, respectivamente, a la mínimo, respectivamente, a la participar en ella en mayoría absoluta de los mayoría absoluta de los proporción a su miembros de los comités de miembros de los comités de representatividad, cuando los empresa y delegados de empresa y delegados de sindicatos, federaciones o personal, en su caso, y a personal, en su caso, y a confederaciones y las empresarios que ocupen a la empresarios que ocupen a la asociaciones empresariales a mayoría de los trabajadores mayoría de los trabajadores que se refiere el artículo afectados por el convenio. afectados por el convenio. anterior representen como mínimo, respectivamente, a la En aquellos sectores en los En aquellos sectores en los mayoría absoluta de los que no existan órganos de que no existan órganos de miembros de los comités de representación de los representación de los empresa y delegados de trabajadores, se entenderá trabajadores, se entenderá personal, en su caso, y a válidamente constituida la válidamente constituida la empresarios que ocupen a la comisión negociadora cuando comisión negociadora cuando mayoría de los trabajadores la misma esté integrada por la misma esté integrada por
  • 14. afectados por el convenio. las organizaciones sindicales las organizaciones sindicales que ostenten la condición de que ostenten la condición de más representativas en el más representativas en el ámbito estatal o de ámbito estatal o de Comunidad Autónoma. Comunidad Autónoma. En aquellos sectores en los que no existan asociaciones En aquellos sectores en los empresariales que cuenten que no existan asociaciones con la suficiente empresariales que cuenten representatividad, se con la suficiente entenderá válidamente representatividad, se constituida la comisión entenderá válidamente negociadora cuando la misma constituida la comisión esté integrada por las negociadora cuando la misma organizaciones empresariales esté integrada por las estatales o autonómicas organizaciones empresariales referidas en el párrafo estatales o autonómicas segundo del artículo 87.3 c). referidas en el párrafo segundo del artículo 87.3 c). En los supuestos a que se refieren los dos párrafos En los supuestos a que se anteriores, el reparto de los refieren los dos párrafos miembros de la comisión anteriores, el reparto de los negociadora se efectuará en miembros de la comisión proporción a la negociadora se efectuará en representatividad que proporción a la ostenten las organizaciones representatividad que sindicales o empresariales en ostenten las organizaciones el ámbito territorial de la sindicales o empresariales en negociación. el ámbito territorial de la negociación. 3. La designación de los 3. La designación de los 2. La designación de los componentes de la comisión componentes de la comisión componentes de la comisión corresponderá a las partes corresponderá a las partes corresponderá a las partes negociadoras, quienes de negociadoras, quienes de negociadoras, quienes de mutuo acuerdo podrán mutuo acuerdo podrán mutuo acuerdo podrán designar un presidente y designar un presidente y designar un presidente y contar con la asistencia en las contar con la asistencia en las contar con la asistencia en las deliberaciones de asesores, deliberaciones de asesores, deliberaciones de asesores, que intervendrán, igual que el que intervendrán, igual que el que intervendrán con voz, presidente, con voz pero sin presidente, con voz pero sin pero sin voto. voto. voto. 3. En los convenios de ámbito 4. En los convenios 4. En los convenios empresarial, ninguna de las sectoriales el número de sectoriales el número de partes superará el número de miembros en representación miembros en representación doce miembros; en los de de cada parte no excederá de de cada parte no excederá de ámbito superior, el número de quince. En el resto de los quince. En el resto de los representantes de cada parte convenios no se superará el convenios no se superará el no excederá de quince. número de trece. número de trece. 4. La comisión negociadora 5. Si la comisión negociadora 5. Si la comisión negociadora podrá tener un presidente con optara por la no elección de optara por la no elección de
  • 15. voz, pero sin voto, designado un presidente, las partes un presidente, las partes libremente por aquélla. En el deberán consignar en el acta deberán consignar en el acta supuesto de que se optara por de la sesión constitutiva de la de la sesión constitutiva de la la no elección, las partes comisión los procedimientos comisión los procedimientos deberán consignar en el acta a emplear para moderar las a emplear para moderar las de la sesión constitutiva de la sesiones y firmar las actas sesiones y firmar las actas comisión los procedimientos que correspondan a las que correspondan a las a emplear para moderar las mismas un representante de mismas un representante de sesiones y signar las actas que cada una de ellas, junto con el cada una de ellas, junto con el correspondan a las mismas un secretario.” secretario.» representante de cada una de ellas, junto con el secretario. Los apartados 1 y 2 del Los apartados 1 y 2 del Artículo 89. Tramitación. artículo 89 del Texto artículo 89 del Texto Refundido de la Ley del Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Legislativo 1/1995, de 24 de marzo quedan redactados de marzo quedan redactados de la siguiente manera: la siguiente manera: “1. La representación de los «1. La representación de los 1. La representación de los trabajadores, o de los trabajadores, o de los trabajadores, o de los empresarios, que promueva la empresarios, que promueva la empresarios, que promueva la negociación, lo comunicará a negociación, lo comunicará a negociación, lo comunicará a la otra parte, expresando la otra parte, expresando la otra parte, expresando detalladamente en la detalladamente en la detalladamente en la comunicación, que deberá comunicación, que deberá comunicación, que deberá hacerse por escrito, la hacerse por escrito, la hacerse por escrito, la legitimación que ostenta de legitimación que ostenta de legitimación que ostenta de conformidad con los artículos conformidad con los artículos conformidad con los artículos anteriores, los ámbitos del anteriores, los ámbitos del anteriores, los ámbitos del convenio y las materias convenio y las materias convenio y las materias objeto de negociación. En el objeto de negociación. En el objeto de negociación. De supuesto de que la promoción supuesto de que la promoción esta comunicación se enviará sea el resultado de la sea el resultado de la copia, a efectos de registro, a denuncia de un convenio denuncia de un convenio la autoridad laboral colectivo vigente, la colectivo vigente, la correspondiente en función comunicación deberá comunicación deberá del ámbito territorial del efectuarse simultáneamente efectuarse simultáneamente convenio. con el acto de la denuncia. De con el acto de la denuncia. De esta comunicación se enviará esta comunicación se enviará copia, a efectos de registro, a copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral la autoridad laboral correspondiente en función correspondiente en función del ámbito territorial del del ámbito territorial del convenio. convenio. La parte receptora de la La parte receptora de la
  • 16. comunicación sólo podrá comunicación sólo podrá negarse a la iniciación de las negarse a la iniciación de las La parte receptora de la negociaciones por causa legal negociaciones por causa legal comunicación sólo podrá o convencionalmente o convencionalmente negarse a la iniciación de las establecida, o cuando no se establecida, o cuando no se negociaciones por causa legal trate de revisar un convenio trate de revisar un convenio o convencionalmente ya vencido, sin perjuicio de lo ya vencido, sin perjuicio de lo establecida, o cuando no se establecido en los artículos 83 establecido en los artículos 83 trate de revisar un convenio y 84; en cualquier caso se y 84; en cualquier caso se ya vencido, sin perjuicio de lo deberá contestar por escrito y deberá contestar por escrito y establecido en los artículos 83 motivadamente. motivadamente. y 84; en cualquier caso se deberá contestar por escrito y motivadamente. Ambas partes estarán Ambas partes estarán obligadas a negociar bajo el obligadas a negociar bajo el Ambas partes estarán principio de la buena fe. principio de la buena fe. obligadas a negociar bajo el principio de la buena fe. En los supuestos de que se En los supuestos de que se produjeran violencias, tanto produjeran violencias, tanto En los supuestos de que se sobre las personas como sobre las personas como produjeran violencias, tanto sobre los bienes y ambas sobre los bienes y ambas sobre las personas como partes comprobaran su partes comprobaran su sobre los bienes y ambas existencia, quedará existencia, quedará partes comprobaran su suspendida de inmediato la suspendida de inmediato la existencia, quedará negociación en curso hasta la negociación en curso hasta la suspendida de inmediato la desaparición de aquéllas. desaparición de aquéllas. negociación en curso hasta la desaparición de aquéllas. 2. Denunciado un convenio, 2. Denunciado un convenio, en ausencia de regulación en en ausencia de regulación en los convenios colectivos de los convenios colectivos de acuerdo con el artículo 85.3, acuerdo con el artículo 85.3, se procederá conforme a lo se procederá conforme a lo dispuesto en este apartado. dispuesto en este apartado. En el plazo máximo de un En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción mes a partir de la recepción 2. En el plazo máximo de un de la comunicación, se de la comunicación, se mes a partir de la recepción procederá a constituir la procederá a constituir la de la comunicación se comisión negociadora; la comisión negociadora; la procederá a constituir la parte receptora de la parte receptora de la comisión negociadora; la comunicación deberá comunicación deberá parte receptora de la responder a la propuesta de responder a la propuesta de comunicación deberá negociación y ambas partes negociación y ambas partes responder a la propuesta de establecerán un calendario o establecerán un calendario o negociación y ambas partes plan de negociación, plan de negociación, podrán ya establecer un debiéndose iniciar ésta en un debiéndose iniciar ésta en un calendario o plan de plazo máximo de quince días plazo máximo de quince días negociación. a contar desde la constitución a contar desde la constitución de la comisión negociadora. de la comisión negociadora. El plazo máximo para la El plazo máximo para la negociación de un convenio negociación de un convenio colectivo no podrá ser colectivo será de ocho meses superior a veinte meses a cuando la vigencia del contar desde la fecha de su convenio anterior hubiese
  • 17. denuncia.” sido inferior a dos años o de catorce meses en los restantes convenios, a contar desde la fecha de pérdida de su vigencia.» Se modifica el artículo 91 del Se modifica el artículo 91 del Texto Refundido de la Ley Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que 1/1995, de 24 de marzo, que queda redactado como sigue: queda redactado como sigue: “Artículo 91. Aplicación e «Artículo 91. Aplicación e Artículo 91. Aplicación e interpretación del convenio interpretación del convenio interpretación. colectivo. colectivo. Con independencia de las 1. Sin perjuicio de las 1. Sin perjuicio de las atribuciones fijadas por las competencias legalmente competencias legalmente partes a las comisiones atribuidas a la jurisdicción atribuidas a la jurisdicción paritarias, de conocimiento y competente, el conocimiento competente, el conocimiento resolución de los conflictos y resolución de las cuestiones y resolución de las cuestiones derivados de la aplicación e derivadas de la aplicación e derivadas de la aplicación e interpretación con carácter interpretación de los interpretación de los general de los convenios convenios colectivos convenios colectivos colectivos, se resolverá por la corresponderá a la comisión corresponderá a la comisión jurisdicción competente. paritaria de los mismos. paritaria de los mismos. No obstante lo anterior, en los 2. No obstante lo establecido 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, en los convenios colectivos y en los en el apartado anterior, en los convenios colectivos y en los acuerdos a que se refiere el convenios colectivos y en los acuerdos a que se refiere el artículo 83.2 y 3 de esta Ley, acuerdos a que se refiere el artículo 83.2 y 3 de esta Ley, se podrán establecer artículo 83.2 y 3 de esta Ley, se podrán establecer procedimientos, como la se podrán establecer procedimientos, como la mediación y el arbitraje, para procedimientos, como la mediación y el arbitraje, para la solución de las mediación y el arbitraje, para la solución de las controversias colectivas la solución de las controversias colectivas derivadas de la aplicación e controversias colectivas derivadas de la aplicación e interpretación de los derivadas de la aplicación e interpretación de los convenios colectivos. interpretación de los convenios colectivos. El convenios colectivos. El acuerdo logrado a través de la El acuerdo logrado a través acuerdo logrado a través de la de la mediación y el laudo mediación y el laudo arbitral mediación y el laudo arbitral tendrán la eficacia jurídica y arbitral tendrán la eficacia tendrán la eficacia jurídica y jurídica y tramitación de los tramitación de los convenios tramitación de los convenios colectivos regulados en la convenios colectivos colectivos regulados en la regulados en la presente Ley, presente Ley, siempre que presente Ley, siempre que quienes hubiesen adoptado el siempre que quienes hubiesen quienes hubiesen adoptado el adoptado el acuerdo o acuerdo o suscrito el acuerdo o suscrito el compromiso arbitral tuviesen
  • 18. suscrito el compromiso compromiso arbitral tuviesen la legitimación que les arbitral tuviesen la la legitimación que les permita acordar, en el ámbito legitimación que les permita permita acordar, en el ámbito del conflicto, un convenio acordar, en el ámbito del del conflicto, un convenio colectivo conforme a lo conflicto, un convenio colectivo conforme a lo previsto en los artículos 87, colectivo conforme a lo previsto en los artículos 87, 88 y 89 de esta Ley. previsto en los artículos 87, 88 y 89 de esta Ley. 88 y 89 de esta Ley. Estos acuerdos y laudos serán Estos acuerdos y laudos serán susceptibles de impugnación Estos acuerdos y laudos serán susceptibles de impugnación por los motivos y conforme a susceptibles de impugnación por los motivos y conforme a los procedimientos previstos por los motivos y conforme a los procedimientos previstos para los convenios colectivos. los procedimientos previstos para los convenios colectivos. Específicamente cabrá el para los convenios colectivos. Específicamente cabrá el recurso contra el laudo Específicamente cabrá el recurso contra el laudo arbitral en el caso de que no recurso contra el laudo arbitral en el caso de que no se hubiesen observado en el arbitral en el caso de que no se hubiesen observado en el desarrollo de la actuación se hubiesen observado en el desarrollo de la actuación arbitral los requisitos y desarrollo de la actuación arbitral los requisitos y formalidades establecidos al arbitral los requisitos y formalidades establecidos al efecto, o cuando el laudo formalidades establecidos al efecto, o cuando el laudo hubiese resuelto sobre puntos efecto, o cuando el laudo hubiese resuelto sobre puntos no sometidos a su decisión. hubiese resuelto sobre puntos no sometidos a su decisión. no sometidos a su decisión. 3. En los supuestos de 3. En los supuestos de conflicto colectivo relativo a conflicto colectivo relativo a la interpretación o aplicación la interpretación o aplicación del convenio deberá del convenio deberá intervenir la comisión intervenir la comisión paritaria del mismo con paritaria del mismo con carácter previo al carácter previo al planteamiento formal del planteamiento formal del conflicto en el ámbito de los conflicto en el ámbito de los procedimientos no judiciales procedimientos no judiciales a que se refiere el apartado a que se refiere el apartado anterior o ante el órgano anterior o ante el órgano judicial competente. judicial competente. 4. Las resoluciones de la 4. Las resoluciones de la comisión paritaria sobre comisión paritaria sobre interpretación o aplicación interpretación o aplicación del convenio tendrán la del convenio tendrán la misma eficacia jurídica y misma eficacia jurídica y tramitación que los convenios tramitación que los convenios colectivos regulados en la colectivos regulados en la presente Ley. presente Ley. Estos procedimientos serán, asimismo, utilizables en las 5. Los procedimientos de 5. Los procedimientos de controversias de carácter solución de conflictos a que solución de conflictos a que individual, cuando las partes se refiere este artículo serán, se refiere este artículo serán, expresamente se sometan a asimismo, de aplicación en asimismo, de aplicación en ellos. las controversias de carácter las controversias de carácter individual, cuando las partes individual, cuando las partes expresamente se sometan a expresamente se sometan a ellos.»
  • 19. ellos.” Artículo 40. 2. El traslado a que se refiere el apartado anterior deberá ir precedido de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores de una duración no superior a quince días, cuando afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de cinco trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de noventa días comprenda a un número de trabajadores de, al menos: a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores. Se incluye un nuevo párrafo Se incluye un nuevo párrafo b) El 10 por ciento del tras el párrafo primero del tras el párrafo primero del número de trabajadores de la apartado 2 del artículo 40, apartado 2 del artículo 40, empresa en aquellas que con la siguiente redacción: con la siguiente redacción: ocupen entre cien y trescientos trabajadores. «La intervención como “La intervención como interlocutores ante la interlocutores ante la c) Treinta trabajadores en las dirección de la empresa en el dirección de la empresa en el empresas que ocupen procedimiento de consultas procedimiento de consultas trescientos o más corresponderá a las secciones corresponderá a las secciones trabajadores. sindicales cuando éstas así lo sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen acuerden, siempre que sumen la mayoría de los miembros la mayoría de los miembros del comité de empresa o entre del comité de empresa o entre los delegados de personal.” los delegados de personal.» Artículo 41. 4. Sin perjuicio de los procedimientos
  • 20. específicos que puedan establecerse en la negociación colectiva, la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida en las empresas en que existan representantes legales de los trabajadores de un período de consultas con los mismos de duración no superior a quince días, que versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados. Se incluye un nuevo párrafo Se incluye un nuevo párrafo tras el párrafo primero del tras el párrafo primero del apartado 4 del artículo 41, apartado 4 del artículo 41, redactado de la siguiente redactado de la siguiente manera: manera: “La intervención como «La intervención como interlocutores ante la interlocutores ante la dirección de la empresa en el dirección de la empresa en el procedimiento de consultas procedimiento de consultas corresponderá a las secciones corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen acuerden, siempre que sumen la mayoría de los miembros la mayoría de los miembros del comité de empresa o entre del comité de empresa o entre los delegados de personal.” los delegados de personal.» Artículo 41. 6. El apartado 6 del artículo 41 El apartado 6 del artículo 41 Cuando la modificación se queda redactado en estor queda redactado en estos refiera a condiciones de términos: términos: trabajo establecidas en los convenios colectivos “6. Cuando la modificación «6. Cuando la modificación regulados en el título III de la se refiera a condiciones de se refiera a condiciones de presente Ley, sean éstos de trabajo establecidas en los trabajo establecidas en los sector o empresariales, se convenios colectivos convenios colectivos podrá efectuar en todo regulados en el título III de la regulados en el título III de la momento por acuerdo, de presente Ley, sean éstos de presente Ley, sean éstos de conformidad con lo sector o empresariales, se sector o empresariales, se establecido en el apartado 4. podrá efectuar en todo podrá efectuar en todo Cuando se trate de convenios momento por acuerdo, de momento por acuerdo, de colectivos de sector, el conformidad con lo conformidad con lo acuerdo deberá ser notificado establecido en el apartado 4. establecido en el apartado 4.
  • 21. a la Comisión paritaria del Cuando se trate de convenios Cuando se trate de convenios mismo. colectivos de sector, el colectivos de sector, el acuerdo deberá ser notificado acuerdo deberá ser notificado a la Comisión paritaria del a la Comisión paritaria del mismo. mismo. En caso de desacuerdo En caso de desacuerdo durante el periodo de durante el periodo de consultas, cualquiera de las consultas, cualquiera de las partes podrá someter la partes podrá someter la discrepancia a la Comisión discrepancia a la Comisión paritaria del convenio, que paritaria del convenio, que dispondrá de un plazo dispondrá de un plazo máximo de siete días para máximo de siete días para Mediante los acuerdos pronunciarse, a contar desde pronunciarse, a contar desde interprofesionales de ámbito que la discrepancia le fuera que la discrepancia le fuera estatal o autonómico, planteada. Cuando aquella no planteada. Cuando aquella no previstos en el artículo 83 de alcanzara un acuerdo, las alcanzara un acuerdo, las la presente Ley, se deberán partes podrán recurrir a los partes podrán recurrir a los establecer los procedimientos procedimientos a que se procedimientos a que se de aplicación general y refiere el siguiente párrafo. refiere el siguiente párrafo. directa para solventar de manera efectiva las Mediante los acuerdos Mediante los acuerdos discrepancias en la interprofesionales de ámbito interprofesionales de ámbito negociación de los acuerdos a estatal o autonómico, estatal o autonómico, que se refiere este apartado, previstos en el artículo 83 de previstos en el artículo 83 de incluido el compromiso la presente Ley, se deberán la presente Ley, se deberán previo de someter las establecer los procedimientos establecer los procedimientos discrepancias a un arbitraje, de aplicación general y de aplicación general y en cuyo caso el laudo arbitral directa para solventar de directa para solventar de tendrá la misma eficacia que manera efectiva las manera efectiva las los acuerdos en periodo de discrepancias en la discrepancias en la consultas y sólo será negociación de los acuerdos a negociación de los acuerdos a recurrible conforme al que se refiere este apartado, que se refiere este apartado, procedimiento y en base a los incluido el compromiso incluido el compromiso motivos establecidos en el previo de someter las previo de someter las artículo 91. discrepancias a un arbitraje, discrepancias a un arbitraje, en cuyo caso el laudo arbitral en cuyo caso el laudo arbitral tendrá la misma eficacia que tendrá la misma eficacia que los acuerdos en periodo de los acuerdos en periodo de consultas y sólo será consultas y sólo será recurrible conforme al recurrible conforme al procedimiento y en base a los procedimiento y en base a los motivos establecidos en el motivos establecidos en el artículo 91. artículo 91. La modificación de las La modificación de las La modificación de las condiciones establecidas en condiciones establecidas en condiciones establecidas en los convenios colectivos de los convenios colectivos de los convenios colectivos de sector sólo podrá referirse a sector sólo podrá referirse a sector sólo podrá referirse a las materias señaladas en las las materias señaladas en las las materias señaladas en las letras b), c), d), e) y f) del letras b), c), d), e) y f) del letras b), c), d), e) y f) del apartado 1, y deberá tener un apartado 1, y deberá tener un apartado 1, y deberá tener un plazo máximo de vigencia plazo máximo de vigencia plazo máximo de vigencia que no podrá exceder de la que no podrá exceder de la que no podrá exceder de la
  • 22. vigencia del convenio vigencia del convenio vigencia del convenio colectivo cuya modificación colectivo cuya modificación colectivo cuya modificación se pretenda. se pretenda.” se pretenda.» Artículo 51. 2. El empresario que tenga la intención de efectuar un despido colectivo deberá solicitar autorización para la extinción de los contratos de trabajo conforme al procedimiento de regulación de empleo previsto en esta Ley y en sus normas de desarrollo reglamentario. El procedimiento se iniciará mediante la solicitud a la autoridad laboral competente y la apertura simultánea de un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores. Se añade un nuevo párrafo Se añade un nuevo párrafo tras el párrafo primero del tras el párrafo primero del apartado 2 del artículo 51, apartado 2 del artículo 51, con la siguiente redacción: con la siguiente redacción: “La intervención como «La intervención como interlocutores ante la interlocutores ante la dirección de la empresa en el dirección de la empresa en el procedimiento de consultas procedimiento de consultas corresponderá a las secciones corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que tengan acuerden, siempre que tengan la representación mayoritaria la representación mayoritaria en los comités de empresa o en los comités de empresa o entre los delegados de entre los delegados de personal.” personal.» Artículo 82. 3. El apartado 3 del artículo 82 El apartado 3 del artículo 82 queda redactado en los queda redactado en los siguientes términos siguientes términos: