La Constitución de 1931 representó el segundo intento democrático de España para transformar y modernizar el país tras el fracaso de la monarquía. Estableció una república parlamentaria con amplios derechos individuales y sociales, separación entre iglesia y estado, y permitió la autonomía regional bajo ciertas condiciones. Su intención era crear un estado moderno, democrático y de justicia social.
2. BÁSICO 25. La constitución de 1931
La constitución de 1931 representó el
intento de transformar y modernizar
España
Era el segundo intentó democrático de
España
La República era el resultado del
fracaso de la monarquía y los políticos
Fracaso por el contexto europeo
Fracasó por anteponer los intereses de
grupo, a los de nación
3. BÁSICO 25. La constitución de 1931
Tras un acuerdo con el rey, el
comité revolucionario de
Madrid tomó el poder el 14
de abril de 1931
El gobierno provisional,
formado por republicanos de
derechas e izquierdas,
nacionalistas y socialistas,
presididos por el católico
Alcalá Zamora tomó el poder
4. BÁSICO 25. La constitución de 1931
2. Los orígenes de la República
El gobierno afrontó las reformas
en un clima no violento, pero si
crispado, cuyo fenómeno más
conocido fue la “quema de
conventos” de 10 y 13 de mayo de
1931
La convocatoria de cortes
constituyentes fue inmediata
5. BÁSICO 25. La constitución de 1931
Tras una campaña con normalidad
se celebraron el 28 de junio de
1931.
Presidio las cortes unicamerales
Julián Besteiro.
La comisión constitucional estuvo
presidida por Jiménez de Asua,
que presentó el proyecto el 27 de
agosto.
La constitución se aprobó el 9 de
diciembre, con 9 títulos y 125
artículos
7. BÁSICO 25. La constitución de 1931
Las elecciones a constituyentes
presentaron ciertas novedades
Voto pasivo femenino
Voto desde 23 años
Circunscripción provincial
Sistema electoral de
mayoría que perjudicaba a una
derecha estuvo desunida
Las cortes estaban dominadas por
el bloque de centro izquierda
8. BÁSICO 25. La constitución de 1931
Jiménez de Asua tomó como
referencia las constituciones más
progresistas de su época, la
mejicana y la de Weimar
9. BÁSICO 25. La constitución de 1931
1.Gran nivel jurídico
2.Destaca su intención social
3.Asume la soberanía nacional
pero no se nombra
4.Carácter de republica
parlamentaria
5.Estado integral
6.República de trabajadores de
todas clases
3. Los caracteres de la constitución. EL ESTADO
10. BÁSICO 25. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LOS DERECHOS
1. Individuales y políticos
1. Voto, inviolabilidad del domicilio, asociación ..
2. Familiares, culturales y económicos
1. Igualdad para hijos y esposos
2. Libertad de enseñanza y acceso a la cultura
3. Derecho social al trabajo
4. Predominio del interés común económico, abre la
puerta a nacionalizaciones
3. Declaración amplia y amparada: Tribunal de garantías
Constitucionales
4. Regulación estricta de la suspensión de derechos
11. BÁSICO 25. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LA RELIGION
1.Los conservadores hicieron del tema una
cuestión esencial, influyó la quema de conventos
2.Artículo 26
1.Estado no confesional, sin ningún apoyo a la
iglesia. Registro de iglesias y control.
Prohibición de ejercer actividades no religiosas
2.Expulsión de jesuitas sin nombrarlos,
posibilidad de expropiación de bienes
3.Artículo 27
1.Libertad de ejercicio de la religiosidad
2.Jurisdicción civil (cementerios ..)
12. BÁSICO 25. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LAS INSTITUCIONES
1.Sistema unicameral
2.Predominio del poder legislativo
3.No hay limitaciones de convocatoria y suspensión
4.Amplios poderes de control sobre el gobierno
5.El pueblo actúa también mediante referendum
13. Eolapaz.com / Historia de España
TP8. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LAS INSTITUCIONES
1.El poder del presidente está limitado
2.Lo eligen las cortes y un colegio de
compromisarios
3.Nombra al gobierno con aprobación de las cortes
4.Capacidad muy limitada de convocatoria y
suspensión de cortes
14. BÁSICO 25. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LAS INSTITUCIONES
1.El poder judicial es muy independiente
2.Se crea el sistema de jurados
3.Se suprimen las jurisdicciones
especiales
4.Se crea el Tribunal de Garantías
constitucionales
15. BÁSICO 25. La constitución de 1931
3. Los caracteres de la constitución. LAS ADMINISTRACION TERRITORIAL
1.Los partidos mayoritarios no eran autonomistas
2.El problema estalló por Cataluña por el Estat
Catalá de Maciá
3.Cataluña País vasco y Galicia presentaron
estatutos
4.El estatuto debía ser aprobado por la mayoría de
ayuntamientos 2/3 de electores y las cortes
5.Se prohibían las federaciones de autonomías
6.Predomina el estado sobre las autonomías
16. BÁSICO 25. La constitución de 1931
2. La evolución de la II República
Tras aprobarse la constitución, la
oposición de los católicos llevo a
la formación de un gobierno de
coalición de socialistas y
republicanos de izquierda,
comenzaba
el Bienio Progresista
17. BÁSICO 25. La constitución de 1931
“Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase,
que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los
Municipios y las Regiones […].
Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Art. 11. Si una o varias provincias, con características históricas, culturales y
económicas comunes, acordaran organizarse en región autónoma para formar
un núcleo político-administrativo dentro del Estado español, presentarán su
Estatuto con arreglo a lo establecido en el artículo 12.
Art. 27. La libertad de conciencia y el derecho a profesar y practicar libremente
cualquier religión quedan garantizados en todo el territorio español […].
Art. 39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente […].
Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de
las Cortes o Congreso de los Diputados.
Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes
elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto”.
Madrid, 9 de diciembre de 1931