Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
ENJ-300 Incorporación de los medios de prueba al Proceso Penal
1. Módulo III:
Incorporación de los medios
de prueba en el proceso penal
Testimonial y pericial
Prof. Sarah A. Veras Almánzar y Esther E.
Agelán Casasnovas
2. Declaración del imputado
Decisión estratégica
Posibilidad de autoincriminación
Momento de esta declaración
3. Clasificación estratégica de la
prueba
EVIDENCIA DIRECTA: Aquella que establece por si sola una proposición
fáctica. ej.: certificado de defunción: muerte de una persona.
EVIDENCIA DE REFUTACION: Presentada a los fines de destruir,
desnaturalizar o debilitar las evidencias afirmativas de la contraparte.
Ejemplo: Presentar declaración previa de un testigo a los fines de
determinar su inconsistencia.
EVIDENCIA AFIRMATIVA: Prueba que acredita que un hecho o acción ha
tenido lugar en un determinado momento, guardando estricta relación
con un elemento de tipo penal. Ejemplo: testigo que vió el momento
que el imputado le disparó al occiso.
4. Clasificación estratégica de la
prueba
EVIDENCIA EXPLICATIVA: presentada con el objetivo de proveer
al tribunal de antecedentes que permitan entender los hechos.
Ej. Declaración del perito que explica causa de la muerte.
EVIDENCIA EMOTIVA-PERSUASIVA: Es la evidencia que se
presenta a los fines de sensibilizar al juzgador. Ejemplo
testimonio de la madre del occiso.
EVIDENCIA INDICIARIA: Aquella que provee de elementos de
análisis que, unidos a otras evidencias o razonamientos lógicos,
permiten arribar a determinada conclusión. Ej. hijos de la occisa
afirman que el imputado la acosaba y maltrataba, que esta sentía
temor y que no quería volver con él en un caso de violencia.
5. Aspectos relevantes en cuanto
a la prueba testimonial y
pericial
Calidad de testigo.
Idoneidad del Testigo
Testigo Hostil y reticente
Testigo referencia o de oidas
Testigo Víctima, supuestos especiales.
Coimputado testigo
6. Interrogatorio Directo
Es el interrogatorio realizado por la parte que propone al
testigo o perito, por ende es el primer interrogatorio
que se realiza.
Objetivo: Establecer las proposiciones fácticas o
afirmaciones de hecho del proponente.
Ámbito jurídico: Art. 326 CPP y Artículo 10 Resolución
3860-08
7. Pasos del Interrogatorio
Directo
Acreditar o calificar: Son las preguntas que informan al
plenario de la identidad del deponente. Desde el punto
de vista estratégico se crea un perfil del deponente. En
el caso de los peritos se establece su calidad
habilitante. (Calificación).
Preguntas de transición: Son las que conducen al
testigo a los hechos del caso.
Establecimiento de las proposiciones fácticas.
8. Aspectos relevantes del
Interrogatorio Directo
Se realizan preguntas abiertas: Aquellas que permiten
que el testigo explique.
No se permiten preguntas sugestivas, Salvo casos de
testigo hostil (Artículo 11 Resolución 3869-06).
Existe la posibilidad de realizar un re-directo.
9. Contrainterrogatorio o
Contraexamen
Es el segundo interrogatorio que se le hace a un testigo o
perito por la parte adversa a quien lo presenta.
Sirve para someter a un test de credibilidad la información
dada en el directo así como para traer información
nueva de interés a su teoría.
11. Ámbito Legal
Artículo 14.3 letra e) del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.
Artículo 69 de la Constitución.
Artículo 1 del CPP.
Artículo 12 de la Resolución 3869-06.
12. Recomendaciones del
Contraexamen
Se hace a través de preguntas cerradas y sugestivas.
No ir de pesca: No preguntar sobre aquello que no se
tiene información.
Importancia de la escucha activa de las preguntas y
respuestas del interrogatorio directo.
Preguntar solo lo necesario, es un derecho no un deber.
13. Modos de impugnación del
Contraexamen
Parcialidad (negativa o positiva);
Percepción;
Omisiones;
Inconsistencia;
Falta de calidad habilitante (para los peritos artículo
205 CPP)
14. Autenticación de Objetos
Documentos
Autenticación: Mecanismo mediante el cual se sientan las
bases para la admisión como prueba de un objeto o un
documento.
Cobertura legal: Artículo 220 c.p.p. y Resolución 3869-06
15. Pasos para autenticar
Sentar las bases para el reconocimiento del objeto o
documento
Requerir autorización de tribunal para la utilización de
la prueba a autenticar
Mostrar el objeto o documento a la contraparte
16. Pasos para autenticar
Mostrar el objeto o documento al testigo a los fines de
identificación.
Ratificar las bases del reconocimiento.
Dar publicidad al objeto o documento.
Utilizar el objeto o documento.