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Tema 4:
¿Por qué defender la vida?
Nuestro primer derecho: Como vimos en el primer módulo, el derecho a la vida es el
más importante de todos, “es el primero de los derechos fundamentales, ya que sin este
no es posible la existencia de los demás derechos” (Tribunal Constitucional). Asimismo,
el derecho a la vida lo tienenno solo las personas nacidas, sino también las personas por
nacer o llamadas “concebidos”, que son aquellas que se encuentran entre la etapa de la
concepción y la del nacimiento.
Siendo ello así, es un deber ciudadano defender los derechos de los demás,
especialmente de los más débiles, que son aquellos que se encuentren aún en el vientre
materno y no pueden reclamar sus derechos.
El derecho a expresarnos libremente: Una vez que tenemos la convicción de
defender la vida, debemos saber que tenemos el derecho de expresar nuestras ideas
libremente, sincoacciónde ningún tipo. Así como nuestro derecho a la vida se encuentra
reconocido en la Constitución, lo mismo ocurre con nuestro derecho a la libertad de
expresión, que nos permite poder decir lo que pensamos sobre determinado tema sin
que ninguna persona o entidad pueda, de manera anticipada, censurarnos, siempre que
nuestra expresión no viole el derecho de otros (al buen nombre, a la reputación, la
intimidad, entre otros).
En consecuencia, somos libres de expresar que
defendemos la vida desde la concepción hasta su fin natural.
1. ¿Por qué marchamos?
Nuestro derecho a reunirnos pacíficamente: De acuerdo con la Constitución Política
del Perú, tenemos derecho no solo a manifestar públicamente nuestra opinión sobre
determinados temas sino también a reunirnos tanto en locales privados y abiertos al
público como en espacios públicos (plazas y vías públicas), siempre que en este último
caso se dé aviso previo a la autoridad.
De esta manera, es derecho legítimo de todo ciudadano convocar a manifestaciones
públicas para expresar su opinión en determinados temas, como es en el caso de la
Marcha por la Vida, la defensa de la vida en todas sus etapas desde la concepción
hasta su fin natural.
2. ¿Se puede exigir la defensa de la vida por nacer en un Estado laico?
Muchas agrupaciones ciudadanas, colectivos e incluso organizaciones no gubernamentales (ONGs) sustentan su oposición a la
realización de la Marcha por la Vida en el hecho de que, de acuerdo con la Constitución, el Estado peruano es laico y, por tanto, está
en la obligación de no asumir como propias creencias religiosas de determinados credos o religiones.
Las personas que usan este argumento para manifestarse en contra de la Marcha por la Vida no tienen conocimiento ni de lo que es el
Estado laico ni de lo que la Marcha en realidad defiende.
El Estado peruano sí es laico, según la Constitución, lo cual significa que es independiente y que no existe injerencia entre las
organizaciones religiosas y el gobierno del Estado, sin perjuicio de la colaboración que el Estado pueda prestar a cada religión.
En palabras sencillas, el Estado no interfiere en la elección de autoridades
religiosas (obispos católicos, por ejemplo) o sus decisiones, ni las autoridades
religiosas interfieren en la elección de autoridades civiles (Presidentes, por
ejemplo) o sus decisiones. Ello claramente no impide que en uno u otro caso,
representantes de la organización religiosa o de la autoridad civil puedan opinar
sobre la conducta del otro, en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.
Ahora bien, teniendo en cuenta dicha definición del Estado laico como de
separación de ámbitos de acción de las esferas políticas y religiosas, realmente
ello no guarda ninguna relación con la Marcha por la Vida. La Marcha no
defiende un aspecto de la fe católica o de ninguna otra religión, sino que defiende y reclama la protección del derecho a la vida en
todas sus etapas, desde la concepción hasta el fin natural, lo que es un derecho establecido en la Constitución Política.
Así pues, el objeto de la Marcha no tiene como base argumentos religiosos sino jurídicos, pues la protección que se solicita es
conforme a lo señalado en la Constitución, el Código Civil y los tratados internacionales de los que el Perú forma parte.
No se trata, pues, de un verdadero argumento, sino de una falacia: la falacia del Estado laico, mediante la cual se pretende etiquetar
el reclamo de la Marcha por la Vida en un reclamo tipo religioso, cuando en realidad es un reclamo de la sociedad civil para que se
haga respetar la Constitución y la ley. Teniendo en cuenta ello, el argumento (o falacia) del Estado laico no resulta pertinente para
oponerse a una manifestación libre como la de la defensa de la vida.
3. ¿Se puede estar a favor de la vida por nacer, por motivos
exclusivamente religiosos?
La defensa de la vida en todas sus etapas tiene un fundamento
científico que la ley debe reconocer, lo jurídico no puede hacer
diferencias donde la naturaleza no las establece, es cierto que muchas
personas acuden a la Marcha por la vida por razones exclusivamente
religiosas. Por ejemplo, para la doctrina de la Iglesia Católica, la vida
debe defenderse en todas sus etapas, por lo que se considera al aborto
practicado por cualquier causa y a la eutanasia (muerte intencionada
para evitar sufrimientos médicos) como pecados mortales.
Acudir a la Marcha por razones incluso exclusivamente religiosas es también válido. Así, puede darse el caso de una o más personas
que no conozcan realmente el trasfondo jurídico de la defensa de la vida, que no conozcan la Constitución y la ley y que, incluso, no
les interese, sino que únicamente acuden a la Marcha por sus creencias religiosas.
Las personas que solo acuden a la Marcha movidas por motivos religiosos también tienen derecho a manifestar públicamente sus
creencias, pues la libertad religiosa es un derecho que también se encuentra reconocido en nuestra Constitución, en los Tratados
Internacionales y que es protegido por todos los Estados que se consideran democráticos.
El derecho a la libertad religiosa “supone la capacidad de toda persona para autodeterminarse de acuerdo con sus convicciones y
creencias en el plano de la fe religiosa, así como para la práctica de la religión en todas sus manifestaciones, individuales o colectivas,
tanto públicas como privadas, con libertad para su enseñanza, culto, observancia y cambio de religión” (Tribunal Constitucional).
De esta manera, y de manera conjunta con el derecho a la libertad de reunión, cualquier persona que se encuentre a favor de la vida
por motivos exclusivamente religiosos tiene también derecho a manifestar públicamente sus creencias, a ser escuchada y a exigir el
respeto de sus creencias.
4. ¿Por qué marchar por la vida ahora?
Actualmente, en la sociedad peruana, el derecho a la vida –
específicamente, el de los concebidos– se encuentra bajo ataque, mediante
la promoción del aborto. El aborto es la eliminación intencional de un feto;
en palabras sencillas, el asesinato de un ser humano ya vivo pero aún no
nacido.
Esta agenda abortista pertenece a una serie de ONGs financiadas desde el
extranjero por la mayor ONG abortista del mundo: Planned Parenthood. Y
su fin es la legalización del aborto por razones únicamente comerciales,
dado que el aborto es un negocio lucrativo.
La estrategia es la misma en todos los países en las que se ha implementado. Primero, se crea una cultura anticonceptiva en la
sociedad (existente el día de hoy en la sociedad peruana) y luego se crea una cultura abortiva, mediante la despenalización del aborto
bajo determinadas causales específicas, que usualmente son tres (3); a saber:
 Aborto terapéutico, que justifica eliminar al feto cuando peligra la vida de la madre;
 Aborto eugenésico, que justifica eliminar al feto cuando este presenta una grave anomalía o discapacidad (por ejemplo,
síndrome de down); y
 Aborto por violación o sentimental, que justifica eliminar al feto cuando este ha sido concebido como producto de
una violación sexual.
Luego de haber normalizado en la sociedad la conducta del aborto mediante la aplicación de las causales anteriormente señaladas, se
busca la aprobación legal del aborto libre (sin necesidad de expresar causal alguna).
Las excusas que usan estos grupos para promover el aborto son básicamente dos:
 La excusa del Estado laico, explicada anteriormente, en el sentido de que el Estado
debe proteger a la mujer y no las creencias de una religión (aun cuando ya hemos visto
que la defensa de la vida es un tema legal o jurídico, y no religioso); y
 La excusa de los llamados “derechos sexuales y reproductivos de la mujer”, dentro de
los cuales estaría comprendido el supuesto derecho al aborto.
Ya hemos explicado que el Estado laico se entiende como la separación entre las
organizaciones políticas de estado y religiosas, en el sentido de que ninguna debe interferir
en la actuación de la otra. Dicha definición, pues, no es relevante para evaluar el tema del aborto, que no es un tema religioso sino
jurídico o legal. La defensa de la vida desde la concepción se encuentra reconocida en nuestra Constitución y en tratados
internacionales, por lo que el que el Estado sea laico no implica que la vida no deba ser defendida desde la concepción.
De otro lado, los derechos sexuales y reproductivos de la mujer pueden darle derecho a autodeterminarse en muchos aspectos de su
vida íntima y sexual, e incluso a decidir sobre su propio cuerpo, que es la frase bandera de sus derechos. Sin embargo, tratándose de
la vida de un concebido, científicamente está demostrado que el concebido es un ser autónomo de la madre: con cadena de ADN
distinta, con un proceso de formación autónomo que no depende de ella más que para la alimentación y el refugio.
Siendo ello así, el derecho a decidir sobre el propio cuerpo no puede significar el derecho a decidir sobre el cuerpo de otro, que sería
el concebido. De la misma manera, no existe jurídicamente el derecho “a matar”, por lo que nuevamente se hace una categoría
bastante discutible en la actualidad como son los “derechos sexuales y reproductivos de la mujer” para sostener, sin
argumentos coherentes, la facultad de decidir un aborto.
Teniendo en cuenta la situación anteriormente descrita, resulta importante y urgente marchar ahora, aquí, en Perú, antes de que la
agenda abortista continúe avanzando, a fin de que los congresistas y políticos en general sepan cuál es el verdadero sentir de la
población peruana, de forma que se visibilice que el Perú es un país a favor de la protección de la vida de los más débiles (los niños en
el vientre o los concebidos) y de los verdaderos derechos de la mujer embarazada, que deberían comprender el derecho a la salud, a
acceder a tratamientos gratuitos de atención del embarazo, entre otros
5. ¿Es bueno visibilizar el interés del pueblo peruano por la protección de la vida por
nacer y de la mujer embarazada?
Como señalamos anteriormente, la Marcha visibiliza el sentir del pueblo peruano, que realmente se
encuentra a favor de la defensa de la vida por nacer y de los derechos de la mujer embarazada.
Es importante llevar a cabo esta visibilización, dado que aun cuando existen ONGs dedicadas a la
defensa de la vida, la realidad es que los principales medios de comunicación en el país tienen una
agenda abortista, que los lleva a no brindar cobertura al trabajo que realizan estas ONGs.
Inclusive, las Marchas por la Vida llevadas a cabo en los últimos años, aun cuando han gozado de
una asistencia de personas importante (la del 2016 albergó a 750mil personas), nunca han sido
objeto de primeras planas en los principales medios de comunicación del país. La agenda ideológica
y abortista de dichos medios resulta evidente cuando sus primeras planas sí las ocupan otras
marchas que buscan reclamar derechos de la línea de la ideología de género (matrimonio
homosexual, ley de identidad de género, entre otros) pero con un número de asistentes
significativamente menor.
De esta manera, aun cuando se tenga a los principales medios de comunicación en contra y con su propia agenda abortista,
el hecho de tomar las calles es una buena señal para demostrarles a los políticos, dentro de la ley, la voluntad del pueblo
peruano en estos temas.
6. ¿La Marcha por la Vida ocurre solamente en Perú?
Así como los ataques a la vida del niño por nacer y a la familia son parte
de una estrategia global promovida por grupos de interés presentes no
solo en el Perú sino también en el mundo, las Marchas por la Vida son
una respuesta ciudadana y de la asociación civil en defensa de la vida
por nacer y de la mujer embarazada que ocurre también a nivel
mundial, siendo el Perú un país líder en convocatoria.
Así, podemos citar entre las Marchas por la Vida más resaltantes en
otras partes del mundo aquellas que acontecen en países como Estados
Unidos, Francia, España, Italia, Chile e Irlanda. En todas ellas, cientos de
miles de personas acuden a las calles a marchar en defensa de la vida
del niño por nacer y de la mujer embarazada.
Debido a estas marchas, los jóvenes que salen a las calles son conocidos a nivel mundial como la Generación Pro Vida o “The Pro-Life
Generation”, en alusión al valor común que une hoy por hoy a todos los jóvenes del mundo que marchan para exigir el respeto del
valor que hoy se encuentra amenazado: el derecho a la vida del concebido.

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¿Por qué defender la vida?

  • 1. Tema 4: ¿Por qué defender la vida? Nuestro primer derecho: Como vimos en el primer módulo, el derecho a la vida es el más importante de todos, “es el primero de los derechos fundamentales, ya que sin este no es posible la existencia de los demás derechos” (Tribunal Constitucional). Asimismo, el derecho a la vida lo tienenno solo las personas nacidas, sino también las personas por nacer o llamadas “concebidos”, que son aquellas que se encuentran entre la etapa de la concepción y la del nacimiento. Siendo ello así, es un deber ciudadano defender los derechos de los demás, especialmente de los más débiles, que son aquellos que se encuentren aún en el vientre materno y no pueden reclamar sus derechos. El derecho a expresarnos libremente: Una vez que tenemos la convicción de defender la vida, debemos saber que tenemos el derecho de expresar nuestras ideas libremente, sincoacciónde ningún tipo. Así como nuestro derecho a la vida se encuentra reconocido en la Constitución, lo mismo ocurre con nuestro derecho a la libertad de expresión, que nos permite poder decir lo que pensamos sobre determinado tema sin que ninguna persona o entidad pueda, de manera anticipada, censurarnos, siempre que nuestra expresión no viole el derecho de otros (al buen nombre, a la reputación, la intimidad, entre otros). En consecuencia, somos libres de expresar que defendemos la vida desde la concepción hasta su fin natural.
  • 2. 1. ¿Por qué marchamos? Nuestro derecho a reunirnos pacíficamente: De acuerdo con la Constitución Política del Perú, tenemos derecho no solo a manifestar públicamente nuestra opinión sobre determinados temas sino también a reunirnos tanto en locales privados y abiertos al público como en espacios públicos (plazas y vías públicas), siempre que en este último caso se dé aviso previo a la autoridad. De esta manera, es derecho legítimo de todo ciudadano convocar a manifestaciones públicas para expresar su opinión en determinados temas, como es en el caso de la Marcha por la Vida, la defensa de la vida en todas sus etapas desde la concepción hasta su fin natural. 2. ¿Se puede exigir la defensa de la vida por nacer en un Estado laico? Muchas agrupaciones ciudadanas, colectivos e incluso organizaciones no gubernamentales (ONGs) sustentan su oposición a la realización de la Marcha por la Vida en el hecho de que, de acuerdo con la Constitución, el Estado peruano es laico y, por tanto, está en la obligación de no asumir como propias creencias religiosas de determinados credos o religiones. Las personas que usan este argumento para manifestarse en contra de la Marcha por la Vida no tienen conocimiento ni de lo que es el Estado laico ni de lo que la Marcha en realidad defiende. El Estado peruano sí es laico, según la Constitución, lo cual significa que es independiente y que no existe injerencia entre las organizaciones religiosas y el gobierno del Estado, sin perjuicio de la colaboración que el Estado pueda prestar a cada religión.
  • 3. En palabras sencillas, el Estado no interfiere en la elección de autoridades religiosas (obispos católicos, por ejemplo) o sus decisiones, ni las autoridades religiosas interfieren en la elección de autoridades civiles (Presidentes, por ejemplo) o sus decisiones. Ello claramente no impide que en uno u otro caso, representantes de la organización religiosa o de la autoridad civil puedan opinar sobre la conducta del otro, en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. Ahora bien, teniendo en cuenta dicha definición del Estado laico como de separación de ámbitos de acción de las esferas políticas y religiosas, realmente ello no guarda ninguna relación con la Marcha por la Vida. La Marcha no defiende un aspecto de la fe católica o de ninguna otra religión, sino que defiende y reclama la protección del derecho a la vida en todas sus etapas, desde la concepción hasta el fin natural, lo que es un derecho establecido en la Constitución Política. Así pues, el objeto de la Marcha no tiene como base argumentos religiosos sino jurídicos, pues la protección que se solicita es conforme a lo señalado en la Constitución, el Código Civil y los tratados internacionales de los que el Perú forma parte. No se trata, pues, de un verdadero argumento, sino de una falacia: la falacia del Estado laico, mediante la cual se pretende etiquetar el reclamo de la Marcha por la Vida en un reclamo tipo religioso, cuando en realidad es un reclamo de la sociedad civil para que se haga respetar la Constitución y la ley. Teniendo en cuenta ello, el argumento (o falacia) del Estado laico no resulta pertinente para oponerse a una manifestación libre como la de la defensa de la vida.
  • 4. 3. ¿Se puede estar a favor de la vida por nacer, por motivos exclusivamente religiosos? La defensa de la vida en todas sus etapas tiene un fundamento científico que la ley debe reconocer, lo jurídico no puede hacer diferencias donde la naturaleza no las establece, es cierto que muchas personas acuden a la Marcha por la vida por razones exclusivamente religiosas. Por ejemplo, para la doctrina de la Iglesia Católica, la vida debe defenderse en todas sus etapas, por lo que se considera al aborto practicado por cualquier causa y a la eutanasia (muerte intencionada para evitar sufrimientos médicos) como pecados mortales. Acudir a la Marcha por razones incluso exclusivamente religiosas es también válido. Así, puede darse el caso de una o más personas que no conozcan realmente el trasfondo jurídico de la defensa de la vida, que no conozcan la Constitución y la ley y que, incluso, no les interese, sino que únicamente acuden a la Marcha por sus creencias religiosas. Las personas que solo acuden a la Marcha movidas por motivos religiosos también tienen derecho a manifestar públicamente sus creencias, pues la libertad religiosa es un derecho que también se encuentra reconocido en nuestra Constitución, en los Tratados Internacionales y que es protegido por todos los Estados que se consideran democráticos. El derecho a la libertad religiosa “supone la capacidad de toda persona para autodeterminarse de acuerdo con sus convicciones y creencias en el plano de la fe religiosa, así como para la práctica de la religión en todas sus manifestaciones, individuales o colectivas, tanto públicas como privadas, con libertad para su enseñanza, culto, observancia y cambio de religión” (Tribunal Constitucional).
  • 5. De esta manera, y de manera conjunta con el derecho a la libertad de reunión, cualquier persona que se encuentre a favor de la vida por motivos exclusivamente religiosos tiene también derecho a manifestar públicamente sus creencias, a ser escuchada y a exigir el respeto de sus creencias. 4. ¿Por qué marchar por la vida ahora? Actualmente, en la sociedad peruana, el derecho a la vida – específicamente, el de los concebidos– se encuentra bajo ataque, mediante la promoción del aborto. El aborto es la eliminación intencional de un feto; en palabras sencillas, el asesinato de un ser humano ya vivo pero aún no nacido. Esta agenda abortista pertenece a una serie de ONGs financiadas desde el extranjero por la mayor ONG abortista del mundo: Planned Parenthood. Y su fin es la legalización del aborto por razones únicamente comerciales, dado que el aborto es un negocio lucrativo. La estrategia es la misma en todos los países en las que se ha implementado. Primero, se crea una cultura anticonceptiva en la sociedad (existente el día de hoy en la sociedad peruana) y luego se crea una cultura abortiva, mediante la despenalización del aborto bajo determinadas causales específicas, que usualmente son tres (3); a saber:  Aborto terapéutico, que justifica eliminar al feto cuando peligra la vida de la madre;  Aborto eugenésico, que justifica eliminar al feto cuando este presenta una grave anomalía o discapacidad (por ejemplo, síndrome de down); y  Aborto por violación o sentimental, que justifica eliminar al feto cuando este ha sido concebido como producto de una violación sexual.
  • 6. Luego de haber normalizado en la sociedad la conducta del aborto mediante la aplicación de las causales anteriormente señaladas, se busca la aprobación legal del aborto libre (sin necesidad de expresar causal alguna). Las excusas que usan estos grupos para promover el aborto son básicamente dos:  La excusa del Estado laico, explicada anteriormente, en el sentido de que el Estado debe proteger a la mujer y no las creencias de una religión (aun cuando ya hemos visto que la defensa de la vida es un tema legal o jurídico, y no religioso); y  La excusa de los llamados “derechos sexuales y reproductivos de la mujer”, dentro de los cuales estaría comprendido el supuesto derecho al aborto. Ya hemos explicado que el Estado laico se entiende como la separación entre las organizaciones políticas de estado y religiosas, en el sentido de que ninguna debe interferir en la actuación de la otra. Dicha definición, pues, no es relevante para evaluar el tema del aborto, que no es un tema religioso sino jurídico o legal. La defensa de la vida desde la concepción se encuentra reconocida en nuestra Constitución y en tratados internacionales, por lo que el que el Estado sea laico no implica que la vida no deba ser defendida desde la concepción. De otro lado, los derechos sexuales y reproductivos de la mujer pueden darle derecho a autodeterminarse en muchos aspectos de su vida íntima y sexual, e incluso a decidir sobre su propio cuerpo, que es la frase bandera de sus derechos. Sin embargo, tratándose de la vida de un concebido, científicamente está demostrado que el concebido es un ser autónomo de la madre: con cadena de ADN distinta, con un proceso de formación autónomo que no depende de ella más que para la alimentación y el refugio. Siendo ello así, el derecho a decidir sobre el propio cuerpo no puede significar el derecho a decidir sobre el cuerpo de otro, que sería el concebido. De la misma manera, no existe jurídicamente el derecho “a matar”, por lo que nuevamente se hace una categoría bastante discutible en la actualidad como son los “derechos sexuales y reproductivos de la mujer” para sostener, sin argumentos coherentes, la facultad de decidir un aborto.
  • 7. Teniendo en cuenta la situación anteriormente descrita, resulta importante y urgente marchar ahora, aquí, en Perú, antes de que la agenda abortista continúe avanzando, a fin de que los congresistas y políticos en general sepan cuál es el verdadero sentir de la población peruana, de forma que se visibilice que el Perú es un país a favor de la protección de la vida de los más débiles (los niños en el vientre o los concebidos) y de los verdaderos derechos de la mujer embarazada, que deberían comprender el derecho a la salud, a acceder a tratamientos gratuitos de atención del embarazo, entre otros 5. ¿Es bueno visibilizar el interés del pueblo peruano por la protección de la vida por nacer y de la mujer embarazada? Como señalamos anteriormente, la Marcha visibiliza el sentir del pueblo peruano, que realmente se encuentra a favor de la defensa de la vida por nacer y de los derechos de la mujer embarazada. Es importante llevar a cabo esta visibilización, dado que aun cuando existen ONGs dedicadas a la defensa de la vida, la realidad es que los principales medios de comunicación en el país tienen una agenda abortista, que los lleva a no brindar cobertura al trabajo que realizan estas ONGs. Inclusive, las Marchas por la Vida llevadas a cabo en los últimos años, aun cuando han gozado de una asistencia de personas importante (la del 2016 albergó a 750mil personas), nunca han sido objeto de primeras planas en los principales medios de comunicación del país. La agenda ideológica y abortista de dichos medios resulta evidente cuando sus primeras planas sí las ocupan otras marchas que buscan reclamar derechos de la línea de la ideología de género (matrimonio homosexual, ley de identidad de género, entre otros) pero con un número de asistentes significativamente menor. De esta manera, aun cuando se tenga a los principales medios de comunicación en contra y con su propia agenda abortista, el hecho de tomar las calles es una buena señal para demostrarles a los políticos, dentro de la ley, la voluntad del pueblo peruano en estos temas.
  • 8. 6. ¿La Marcha por la Vida ocurre solamente en Perú? Así como los ataques a la vida del niño por nacer y a la familia son parte de una estrategia global promovida por grupos de interés presentes no solo en el Perú sino también en el mundo, las Marchas por la Vida son una respuesta ciudadana y de la asociación civil en defensa de la vida por nacer y de la mujer embarazada que ocurre también a nivel mundial, siendo el Perú un país líder en convocatoria. Así, podemos citar entre las Marchas por la Vida más resaltantes en otras partes del mundo aquellas que acontecen en países como Estados Unidos, Francia, España, Italia, Chile e Irlanda. En todas ellas, cientos de miles de personas acuden a las calles a marchar en defensa de la vida del niño por nacer y de la mujer embarazada. Debido a estas marchas, los jóvenes que salen a las calles son conocidos a nivel mundial como la Generación Pro Vida o “The Pro-Life Generation”, en alusión al valor común que une hoy por hoy a todos los jóvenes del mundo que marchan para exigir el respeto del valor que hoy se encuentra amenazado: el derecho a la vida del concebido.