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Exposición a contaminantes por la
alimentación.
Fuentes, efectos y prevención.
Oviedo, 29 de Marzo de 2019
DANIEL LÓPEZ MARIJUÁN
LAS 3 “P”
(POLLUTION, POPULATION Y POVERTY)
SON LA CAUSA DE LA DEGRADACIÓN AMBIENTAL Y DE LA EXCLUSIÓN
SOCIAL
UN PLANETA DE SÍNTESIS QUÍMICA:
El segundo informe de perspectivas
de los productos químicos a nivel
mundial, presentado durante la
Asamblea de las Naciones Unidas
para el Medio Ambiente en Nairobi,
concluye que la capacidad de
producción química actual es de
2.300 millones de toneladas, valorada
en 5 mil millones de dólares anuales,
y se duplicará para 2030. La
Organización Mundial de la Salud
estima que los productos químicos
objeto de investigación en 2016, se
cobraron 1,6 millones de vidas dicho
año.
Actualmente, se calcula que se
desconocen los efectos del 86% de
las substancias químicas más
utilizadas. El número de alergias en
Europa se ha duplicado en tan solo
15-20 años, el cáncer infantil
aumenta un 1% cada año y el 75% de
los cánceres se deben a mutaciones
inducidas por factores ambientales.
Nicolás Olea, uno de los toxicólogos
más reconocidos de España,
identificó más de 40 productos
químicos en la sangre de los
españoles, pero solo menos del 2%
han sido probados científicamente.
En España actúa la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición
(AECOSAN), entre cuyas misiones se encuentra la de reducción de riesgos de
enfermedades transmitidas o vinculadas a alimentos.
Con funciones similares trabaja a nivel europeo la European Food Safety Authority
(EFSA) y se ha articulado un Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información
(SCIRI), que junto con la Red de Alerta Alimentaria (RASFF), se erigen en los
instrumentos para avisar en la Unión Europea (UE) de riesgos en la cadena alimentaria y
evitar que productos sin las debidas garantías lleguen al consumidor final.
Funcionamiento del sistema RASFF:
se utilizan dos tipos de notificaciones, las de alerta, cuando el producto está
comercializándose en el mercado nacional y se puede comercializar en otro
Estado miembro, y las notificaciones de información, que se generan cuando
el producto identificado solamente afecta al Estado que lo notifica.
El Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria (2.000) es el instrumento de la UE donde se recogen
propuestas para mejorar y armonizar la legislación comunitaria en materia de alimentación.
Todos los productos deben superar la fase del análisis del riesgo, una evaluación científica acerca de
los efectos perjudiciales para la salud de cualquier agente con presencia en alimento o pienso.
“No se dispone de ninguna dirección en la AECOSAN para consulta de particulares sobre la situación
de las alertas alimentarias, ya que estos datos tienen carácter confidencial y, por ello, no figuran en la
página web a disposición del público en general, sino en acceso restringido a los puntos de contacto
del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información”.
TRES PREGUNTAS PERTINENTES:
¿ESTAMOS SUFICIENTEMENTE PROTEGIDOS?
¿PRIMA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTE SOBRE LOS
INTERESES ECONÓMICOS?
¿ES SUFICIENTE RESPETAR LA TDI (INGESTA TOLERABLE DIARIA) O LA TWI
(SEMANAL) PARA ASEGURAR LA INOCUIDAD DE LO QUE COMEMOS Y
BEBEMOS?
El propio Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria en la Unión Europea (UE)
reconoce que a la hora de legislar “entran en juego diversos intereses, como la
protección del medioambiente y la salud del consumidor o los económicos,
puesto que la industria productora de alimentos y bebidas es uno de los
sectores industriales de mayor relevancia en la UE, el 15% de la industria total,
más de 287.000 empresas, emplea a más de 4,2 millones de personas y su
volumen de negocio supera el billón de euros al año. Por tanto, muchas veces,
los objetivos de unos y otros se contraponen y la normativa trata de mantener el
equilibrio entre ellos”.
“Mantener el equilibrio entre los intereses económicos y la protección de la salud y el medio
ambiente”, es un escándalo.
No debe haber “equilibrio”, sino primacía de los segundos.
LAS PRINCIPALES VÍAS DE ENTRADA EN EL ORGANISMO HUMANO
SON LOS ALIMENTOS Y SUS ENVASES, EL AIRE Y EL AGUA
EL TIEMPO DE VIDA MEDIA DE LAS SUSTANCIAS PERSISTENTES
ES DE 8 A 12 AÑOS O MÁS
El Reglamento REACH (Alcance), acrónimo de Registration, Evaluation and
Authorization of Chemicals, o sea, Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias
Químicas, entró en vigor en 2007 y se empezó a aplicar en 2008.
• La responsabilidad del control de las substancias químicas pasa a los
fabricantes, no a los gobiernos, de manera que sean las industrias las que
evalúen el riesgo de lo que fabrican, garantizando la salud laboral, la salud
pública y el medio ambiente.
• Las 30.000 substancias que la industria europea fabrica en más de una
tonelada al año, deben ser convenientemente identificadas, evaluadas su
riesgo y autorizadas sólo si no crean enfermedades y riesgos inasumibles.
• De las 100.000 sustancias químicas en la Unión Europea, 3.000 son
alérgicas y 350 cancerígenas, causando 32.000 muertes anuales en
Europa por exposición a sustancias cancerígenas.
• No existe información públicamente disponible de los efectos básicos
sobre la salud de la mayoría de los compuestos industriales, es decir,
existe una ignorancia tóxica.
LA ECHA (EUROPEAN CHEMICALS AGENCY) ES LA AGENCIA EUROPEA
ENCARGADA DE REGISTRAR Y NOTIFICAR LAS SUSTANCIAS
QUÍMICAS PRESENTES EN EL MERCADO QUE SUPONGAN UN RIESGO
PARA LA POBLACIÓN
El reglamento REACH exige a los fabricantes e importadores de sustancias
químicas que evalúen y gestionen sistemáticamente los riesgos que éstas pueden
plantear para la salud y el medio ambiente. Sin embargo, ha pasado de puntillas
en la regulación de la industria alimentaria, ya que exime a las sustancias
utilizadas como aditivos en productos alimenticios, las usadas como
aromatizantes, en la alimentación animal y en productos fitosanitarios o biocidas,
del registro, evaluación y autorización más restrictiva que se exige para otras
sustancias químicas.
Las sustancias destinadas a estar en contacto con productos alimenticios están
exentas de la evaluación y autorización, aunque sí se les exige un registro.
La UE incumple su obligación de proteger la salud humana y el medio ambiente
ante el riesgo de las sustancias químicas peligrosas
• La falta de recursos hace que las autoridades europeas solo evalúen un
pequeño número del total sustancias químicas en productos de consumo.
• La mitad de las sustancias químicas controladas no son seguras.
• No hay ninguna actuación sobre el 74 % de las sustancias consideradas
peligrosas.
• La industria incumple su obligación de proporcionar datos completos y
fiables.
Hay alrededor de 22.000 sustancias químicas registradas en Europa. Aunque en
marzo de 2012 comenzaron los controles de seguridad de las sustancias que se
pensaba que podían tener propiedades peligrosas, en diciembre de 2018 solo se
habían verificado 94 sustancias, de las cuales 46 (el 49 %) se declararon
inseguras para su uso comercial. Estas 46 sustancias peligrosas han sido
incluidas por primera vez en una revisión de la Oficina Europea de Medio
Ambiente (EEB), la mayor red de organizaciones medioambientales de Europa, de
la que forma parte Ecologistas en Acción. Por sus propiedades tóxicas para
personas y medio ambiente, las autoridades decidieron que estas 46 sustancias
necesitaban medidas de protección en todos los casos, pero aún no se ha tomado
ninguna medida para controlar el 74 (34) de las mismas. La falta de recursos es
una de las principales causas de la inacción, según se ha informado a las
organizaciones del EBB. Como consecuencia, la industria sigue utilizando millones
de toneladas anuales de estas 46 sustancias peligrosas de forma legal, aunque la
exposición resultante pueda ser causante de cáncer, problemas de fertilidad u
otros impactos en la salud, o creando una seria contaminación ambiental.
UN TREMENDO GALIMATÍAS DE CERTIFICACIONES Y MARCAS PARA
GARANTIZAR LA SALUD Y LA SOSTENIBILIDAD:
El término disruptor endocrino define un conjunto diverso y heterogéneo de compuestos
químicos exógenos, capaces de alterar la síntesis, liberación, transporte, metabolismo,
enlace, acción o eliminación de las hormonas naturales en el organismo.
SINGULARIDADES DE ESTOS DISRUPTORES:
- Momento de exposición más importante que la dosis.
- La exposición combinada a varias sustancias puede ser más tóxica.
-Actúan a dosis muy bajas: la dosis no hace el veneno.
-Combinados, pueden desencadenar una respuesta sinérgica, antagónica o aditiva.
-No es posible establecer umbrales de exposición seguros.
Disruptores endocrinos (EDC)
LA CAMPAÑA “¿CÓMO ME AFECTA?” Y EL BLOG “LIBRES DE CONTAMINANTES
HORMONALES”, DOS MEDIDAS PARA INFORMAR Y SENSIBILZAR A LA
POBLACIÓN SOBRE EL RIESGO DE LOS DISRUPTORES HORMONALES
La exposición
prolongada a
dosis bajas es
más perjudicial
que la exposición
breve a dosis altas
• Daños al sistema reproductor masculino: criptorquidia, hipospadias,
reducción calidad semen.
• Daños al sistema reproductor femenino: pubertad precoz, reducción de la
fecundidad, síndrome de ovarios poliquísticos, reducción de la fertilidad,
complicaciones del embarazo, endometriosis y fibroides uterinos.
• Tumores en órganos hormono dependientes: Cáncer de mama, testículos,
próstata y tiroides.
• Enfermedades metabólicas: síndrome metabólico, diabetes y obesidad.
• Alteraciones en el desarrollo del sistema neurológico.
• Trastornos del sistema neuroinmunológico: encefalopatía
miálgica/síndrome de fatiga crónica/ síndrome de fatiga postviral
(EM/SFC/SFPV), fibromialgia y esclerosis múltiple.
Efectos sobre la salud relacionados
con EDC (Endocrine Disrupting
Chemicals)
Los disruptores endocrinos están
presentes en la cadena alimentaria:
Plaguicidas: aldrin, lindano, endosulfan, piretroides, atracina,
clorpirifós…
Plásticos: ftalatos, Bisfenol A (BPA).
Teflón: PFOS, PFOA.
Contaminantes ambientales: dioxinas, PCB, TBT, mercurio,
cadmio, plomo, arsénico…
EL CARÁCTER LIPOFÍLICO DE MUCHOS EDC ORGÁNICOS FAVORECE SU
ACUMULACIÓN EN LAS GRASAS: “obesógenos ambientales”
Más información:
https://www.ecologistasenaccion.org/hormonal
33 RESIDUOS DE PLAGUICIDAS DISRUPTORES EN ALIMENTOS ESPAÑOLES
Residuos de plaguicidas en alimentos en 2015
Resultados programa de control de contaminantes en alimentos (AECOSAN)
Grupo de
alimentos
Plaguicidas
detectados
Plaguicidas EDC
detectados
Origen animal 5 2
Cereales 8 4
Frutas y hortalizas 118 38
Alimentos infantiles 0 0
Residuos de plaguicidas EDC en alimentos en España, 2015
Plásticos
Polímeros:
polietileno (PE)
polipropileno (PP)
policloruro de vinilo
(PVC)
poliestireno (PS)
policarbonato
(BPA)
Aditivos:
Flexibilidad
Dureza
Color
Resistencia a la luz
Resistencia al fuego
Granza o
polvo
Miles de sustancias químicas:
Metales, disolventes, plastificantes,
pirorretardantes, estabilizantes,
pigmentos, plaguicidas, lubricantes...
LOS ADITIVOS NO SUELEN
FIGURAR EN LA
INFORMACIÓN DE LA
COMPOSICIÓN DEL PLÁSTICO
906 sustancias asociadas a envases
de alimentos de plástico:
• 63 elevada toxicidad para humanos
• 68 elevada toxicidad medio ambiente
• 15 disruptores endocrinos.
Factores que favorecen la liberación de
componentes de los plásticos:
● Cambios de temperatura
● Calor, luz
● Solubilidad de los componentes
● Espesor y densidad del plástico
● Capacidad extractiva del contenido
Preparación de alimentos
NUEVAS MEDIDAS DE LA UNIÓN EUROPEA PARA REDUCIR LOS PLÁSTICOS:
• Prohibición del plástico en determinados productos: Los productos de plástico de un solo uso no podrán
comercializarse cuando haya alternativas fácilmente disponibles y asequibles. La prohibición se aplicará a los
bastoncillos de algodón, los cubiertos, los platos, las pajitas, los agitadores de bebidas y los palitos de globos de
plástico, que deberán estar fabricados exclusivamente con materiales más sostenibles. Los recipientes de bebidas de
un solo uso de plástico solo podrán comercializarse si sus tapas y tapones permanecen unidos a ellos. Se ha visto que
los plásticos oxo-degradables se e fragmentan en microplásticos.
• Objetivos de reducción del consumo: Los Estados miembros tendrán que reducir el uso de los recipientes
alimentarios y de los vasos de plástico. A tal fin, pueden establecer objetivos de reducción a nivel nacional, ofrecer
productos alternativos en el punto de venta o garantizar que no puedan proporcionarse de forma gratuita productos de
plástico de un solo uso. Reducción del 25% en el consumo de envases de alimentos y vasos para bebidas.
• Obligaciones de los productores: Los productores contribuirán a cubrir los costes de la gestión y la limpieza de
residuos, así como de las medidas de sensibilización en relación con los recipientes alimentarios, los envases y
envoltorios (por ejemplo, de patatas fritas y golosinas), los recipientes y vasos de bebidas, los productos del tabaco con
filtro (por ejemplo, colillas), las toallitas húmedas, los globos y las bolsas de plástico ligeras. También se ofrecerán a la
industria incentivos para desarrollar alternativas menos contaminantes a esos productos. Responsabilidad ampliada del
productor (RAP), que incluyen el coste de las limpiezas y medidas de sensibilización.
• Objetivos de recogida: Los Estados miembros estarán obligados a recoger el 90 % de las botellas de bebidas de
plástico de un solo uso de aquí a 2025 mediante, por ejemplo, sistemas de consigna. ) Aval al sistema de depósito,
devolución y retorno de envases al comercio.
• Requisitos de etiquetado: Algunos productos deberán llevar una etiqueta clara y normalizada que informe sobre el
modo de eliminación de los residuos, su impacto ambiental negativo y la presencia de plásticos en ellos. Este requisito
se aplicará a las compresas higiénicas, las toallitas húmedas y los globos. Estas medidas también se aplicarán a los
bioplásticos y los plásticos biodegradables.
• Medidas de sensibilización: Los Estados miembros estarán obligados a aumentar la sensibilización de los
consumidores sobre los efectos negativos de tirar plásticos de un solo uso y artes de pesca, así como sobre la
disponibilidad de sistemas de reutilización y las posibles opciones de gestión de residuos para todos esos productos.
UNA ALERTA TEMPRANA ¿CON RESPUESTA TARDÍA?
La ECHA reconoce el alto grado de incertidumbre sobre los efectos de los microplásticos
y nanoplásticos en el medio ambiente; debido a su tamaño pueden entrar en la cadena
alimentaria y pueden ser ingeridos por los humanos. La Agencia admite que "los posibles
efectos en la salud humana" todavía no están bien estudiados.
Ingesta a lo largo de un día:
81 sustancias
36 pesticidas
47 disruptores endocrinos
!¡
Desayuno
28 sustancias. 3 cancerígenas y 21 posible o probable
cancerígenos. 19 disruptores endocrinos.
https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
Comida
33 sustancias. 4 cancerígenas y 17 probables o posibles.
14 disruptores endocrinos
https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
Cena
54 sustancias
4 cancerígenos
33 probables o posibles cancerig.
35 disruptores endocrinos
https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
Ecologistas en Acción propone:
● Prohibir las sustancias disruptoras endocrinas.
● Reducir el uso de plaguicidas en España al menos un 50% en
10 años.
● Transformar el insostenible sistema agrario industrializado a un
sistema agro-ecológico respetuoso con la vida.
● Actualizar la normativa ambiental al conocimiento científico:
efectos a bajas dosis, mezclas, disrupción endocrina,
neurotoxicidad, inmunotoxicidad, …
● Actualizar, ampliar y unificar los programas de vigilancia de
plaguicidas en aguas y alimentos.
● Biomonitorización humana.
● Hacer cumplir la ley.
El Reglamento europeo 1881/2006 fija el contenido máximo de determinados
contaminantes en los productos alimenticios:
nitratos, micotoxinas, plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, dioxinas y furanos,
PCB, benzo(a)pireno y monocloropropano.
“El contenido máximo debe establecerse a un nivel estricto que pueda
conseguirse razonablemente si se aplican buenas prácticas agrícolas, pesqueras y
de producción, y teniendo en cuenta el riesgo relacionado con el consumo
del alimento. En el caso de los contaminantes que se consideran cancerígenos
genotóxicos o en los casos en los que la exposición actual de la población o de los
grupos vulnerables de la población se aproxime a la ingesta tolerable o la supere,
deben establecerse contenidos máximos tan bajos como sea razonablemente
posible (as low as reasonably achievable, ALARA). Estos planteamientos
garantizan que los explotadores de empresas alimentarias apliquen, en la medida
de lo posible, medidas para prevenir y reducir la contaminación, con el fin
de proteger la salud pública”.
Existe una cooperación en materia de examen científico de los productos
alimenticios (SCOOP).
LA PRESENCIA DE METALES PESADOS EN LA DIETA NO ES UN MITO,
ES UNA REALIDAD:
tanto el Hg como el As producen efectos nocivos sobre el sistema reproductor, nervioso,
cardiovascular e inmunológico.
45
LAS RESPUESTAS DE LA ADMINISTRACIÓN A LAS AGRESIONES Y AMENAZAS
AMBIENTALES Y SOBRE LA SALUD SON SIEMPRE PARECIDAS:
1. Negar el problema
2. Minimizarlo
3. Eludir la responsabilidad
4. Desautorizar las voces críticas
5. Declararlo resuelto o/y superado.
¿SUCEDERÁ LO MISMO CON EL GLIFOSATO?
Un tribunal confirma que el glifosato (Roundup) es «causa sustancial» de cáncer.
El veredicto dado a conocer el 20 de marzo de 2019 es el primero a nivel federal y
el afectado es un hombre, Edwin Hardeman, de 70 años, que entre 1980 y 2012
utilizó de forma regular para su jardín en California el polémico herbicida y padece
un linfoma no hodgkiniano. Se trata del segundo veredicto que condena al glifosato
de Monsanto por provocar cáncer, después de que un jurado estatal de California
condenara el año pasado a BAYER a pagar 78 millones de dólares a un jardinero
también expuesto al producto.
Ch. Clutterbuck definió la ley de las tres
generaciones:
En una generación se introduce el riesgo,
en la siguiente es reconocido como tal y
en la tercera se promulga una ley para su
control.
¿Exageraba?:
En absoluto, para muestra tenemos los
casos de todos estos tóxicos contra la
salud y el medio ambiente (son todos los
que están):
CFCs, DDT, Pb, Hg, asbesto.
¿Ocurrirá lo mismo con los ftalatos, el
glifosato y el bisfenol A?
LO QUE DECÍA EL LIBRO BLANCO SOBRE SEGURIDAD
ALIMENTARIA EN EL AÑO 2.000:
EL PLAN EUROPEO DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD 2004 –
2010 ADOPTA UNA NUEVA ESTRATEGIA:
La estrategia recibe la denominación de SCALE, correspondiente
al acrónimo en inglés de los cinco elementos clave en los que
descansa (Science, Children, Awareness, Legal instrument,
Evaluation):
- Basado en la ciencia, incorporando los conocimientos de
expertos ambientales y sanitarios, así como de organizaciones
internacionales, no gubernamentales y de consumidores.
- Orientado hacia la infancia, porque fisiología, metabolismo,
dieta y comportamiento de este grupo de población son
diferentes.
- Destinado a fomentar la concienciación en torno a la
interacción entre medio ambiente y salud
- Utiliza los instrumentos jurídicos.
- Lleva a cabo una evaluación continua destinada a comprobar
la eficacia de las acciones a la hora de abordar los problemas
sanitarios relacionados con el medio ambiente.
El Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente terminó su vigencia en
2012. El nuevo Plan sigue todavía en redacción.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE DEBEN GARANTIZARSE
PARA TODA LA HUMANIDAD?:
ALIMENTACIÓN
AGUA
ENERGÍA
VIVIENDA
SANIDAD
EDUCACIÓN
EMPLEO
DERECHOS HUMANOS.
Para Ecologistas en Acción hay 3 ideas irrenunciables para
protegernos de los tóxicos:
1. Asumir acciones preventivas
2. Trasladar la carga de la prueba a quienes introducen
el producto
3. Participar activamente en la toma de decisiones.
Capitalismo y Salud, ¿son compatibles?
¡NO!
- Porque el capitalismo genera desigualdad,
exclusión y pobreza, factores todos ellos de
enfermedad y muerte.
- Porque el capitalismo abraza el fetiche del
crecimiento económico continuo, incompatible
con la preservación de los recursos naturales.
- Porque el capitalismo produce residuos en
cantidades imposibles de reciclar y fabrica
tóxicos ambientales.
- Porque el capitalismo medicaliza la salud y
mercantiliza los servicios sanitarios,
postergando la prevención de las
enfermedades.
CONCLUSIÓN:
Las relaciones de la degradación ambiental y la salud de la población no son nada
casuales, hablar de “correlación” entre ambas es quedarse corto: sólo la asunción
científica de que existen unas relaciones causales complejas que hay que
desentrañar y a las que tenemos que enfrentarnos, puede ser el principio de la
resolución de los enormes problemas ambientales y de salud pública que
amenazan a toda la población mundial.
“Resulta imperioso definir normas aplicables a los contaminantes a lo largo de toda
la cadena que va de la alimentación animal a la alimentación humana. Las bases
científicas de la fijación de estos límites deben ser abordadas como una cuestión
prioritaria”. (Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria, 2.000)
NACIONES UNIDAS 2019:
Exposición a contaminantes por la alimentación
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Exposición a contaminantes por la alimentación

  • 1. Exposición a contaminantes por la alimentación. Fuentes, efectos y prevención. Oviedo, 29 de Marzo de 2019 DANIEL LÓPEZ MARIJUÁN
  • 2.
  • 3. LAS 3 “P” (POLLUTION, POPULATION Y POVERTY) SON LA CAUSA DE LA DEGRADACIÓN AMBIENTAL Y DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL UN PLANETA DE SÍNTESIS QUÍMICA: El segundo informe de perspectivas de los productos químicos a nivel mundial, presentado durante la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en Nairobi, concluye que la capacidad de producción química actual es de 2.300 millones de toneladas, valorada en 5 mil millones de dólares anuales, y se duplicará para 2030. La Organización Mundial de la Salud estima que los productos químicos objeto de investigación en 2016, se cobraron 1,6 millones de vidas dicho año. Actualmente, se calcula que se desconocen los efectos del 86% de las substancias químicas más utilizadas. El número de alergias en Europa se ha duplicado en tan solo 15-20 años, el cáncer infantil aumenta un 1% cada año y el 75% de los cánceres se deben a mutaciones inducidas por factores ambientales. Nicolás Olea, uno de los toxicólogos más reconocidos de España, identificó más de 40 productos químicos en la sangre de los españoles, pero solo menos del 2% han sido probados científicamente.
  • 4.
  • 5. En España actúa la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), entre cuyas misiones se encuentra la de reducción de riesgos de enfermedades transmitidas o vinculadas a alimentos. Con funciones similares trabaja a nivel europeo la European Food Safety Authority (EFSA) y se ha articulado un Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), que junto con la Red de Alerta Alimentaria (RASFF), se erigen en los instrumentos para avisar en la Unión Europea (UE) de riesgos en la cadena alimentaria y evitar que productos sin las debidas garantías lleguen al consumidor final. Funcionamiento del sistema RASFF: se utilizan dos tipos de notificaciones, las de alerta, cuando el producto está comercializándose en el mercado nacional y se puede comercializar en otro Estado miembro, y las notificaciones de información, que se generan cuando el producto identificado solamente afecta al Estado que lo notifica.
  • 6. El Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria (2.000) es el instrumento de la UE donde se recogen propuestas para mejorar y armonizar la legislación comunitaria en materia de alimentación. Todos los productos deben superar la fase del análisis del riesgo, una evaluación científica acerca de los efectos perjudiciales para la salud de cualquier agente con presencia en alimento o pienso. “No se dispone de ninguna dirección en la AECOSAN para consulta de particulares sobre la situación de las alertas alimentarias, ya que estos datos tienen carácter confidencial y, por ello, no figuran en la página web a disposición del público en general, sino en acceso restringido a los puntos de contacto del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información”.
  • 7. TRES PREGUNTAS PERTINENTES: ¿ESTAMOS SUFICIENTEMENTE PROTEGIDOS? ¿PRIMA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTE SOBRE LOS INTERESES ECONÓMICOS? ¿ES SUFICIENTE RESPETAR LA TDI (INGESTA TOLERABLE DIARIA) O LA TWI (SEMANAL) PARA ASEGURAR LA INOCUIDAD DE LO QUE COMEMOS Y BEBEMOS? El propio Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria en la Unión Europea (UE) reconoce que a la hora de legislar “entran en juego diversos intereses, como la protección del medioambiente y la salud del consumidor o los económicos, puesto que la industria productora de alimentos y bebidas es uno de los sectores industriales de mayor relevancia en la UE, el 15% de la industria total, más de 287.000 empresas, emplea a más de 4,2 millones de personas y su volumen de negocio supera el billón de euros al año. Por tanto, muchas veces, los objetivos de unos y otros se contraponen y la normativa trata de mantener el equilibrio entre ellos”.
  • 8. “Mantener el equilibrio entre los intereses económicos y la protección de la salud y el medio ambiente”, es un escándalo. No debe haber “equilibrio”, sino primacía de los segundos.
  • 9. LAS PRINCIPALES VÍAS DE ENTRADA EN EL ORGANISMO HUMANO SON LOS ALIMENTOS Y SUS ENVASES, EL AIRE Y EL AGUA
  • 10. EL TIEMPO DE VIDA MEDIA DE LAS SUSTANCIAS PERSISTENTES ES DE 8 A 12 AÑOS O MÁS
  • 11.
  • 12. El Reglamento REACH (Alcance), acrónimo de Registration, Evaluation and Authorization of Chemicals, o sea, Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias Químicas, entró en vigor en 2007 y se empezó a aplicar en 2008. • La responsabilidad del control de las substancias químicas pasa a los fabricantes, no a los gobiernos, de manera que sean las industrias las que evalúen el riesgo de lo que fabrican, garantizando la salud laboral, la salud pública y el medio ambiente. • Las 30.000 substancias que la industria europea fabrica en más de una tonelada al año, deben ser convenientemente identificadas, evaluadas su riesgo y autorizadas sólo si no crean enfermedades y riesgos inasumibles. • De las 100.000 sustancias químicas en la Unión Europea, 3.000 son alérgicas y 350 cancerígenas, causando 32.000 muertes anuales en Europa por exposición a sustancias cancerígenas. • No existe información públicamente disponible de los efectos básicos sobre la salud de la mayoría de los compuestos industriales, es decir, existe una ignorancia tóxica.
  • 13. LA ECHA (EUROPEAN CHEMICALS AGENCY) ES LA AGENCIA EUROPEA ENCARGADA DE REGISTRAR Y NOTIFICAR LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS PRESENTES EN EL MERCADO QUE SUPONGAN UN RIESGO PARA LA POBLACIÓN
  • 14. El reglamento REACH exige a los fabricantes e importadores de sustancias químicas que evalúen y gestionen sistemáticamente los riesgos que éstas pueden plantear para la salud y el medio ambiente. Sin embargo, ha pasado de puntillas en la regulación de la industria alimentaria, ya que exime a las sustancias utilizadas como aditivos en productos alimenticios, las usadas como aromatizantes, en la alimentación animal y en productos fitosanitarios o biocidas, del registro, evaluación y autorización más restrictiva que se exige para otras sustancias químicas. Las sustancias destinadas a estar en contacto con productos alimenticios están exentas de la evaluación y autorización, aunque sí se les exige un registro.
  • 15. La UE incumple su obligación de proteger la salud humana y el medio ambiente ante el riesgo de las sustancias químicas peligrosas • La falta de recursos hace que las autoridades europeas solo evalúen un pequeño número del total sustancias químicas en productos de consumo. • La mitad de las sustancias químicas controladas no son seguras. • No hay ninguna actuación sobre el 74 % de las sustancias consideradas peligrosas. • La industria incumple su obligación de proporcionar datos completos y fiables. Hay alrededor de 22.000 sustancias químicas registradas en Europa. Aunque en marzo de 2012 comenzaron los controles de seguridad de las sustancias que se pensaba que podían tener propiedades peligrosas, en diciembre de 2018 solo se habían verificado 94 sustancias, de las cuales 46 (el 49 %) se declararon inseguras para su uso comercial. Estas 46 sustancias peligrosas han sido incluidas por primera vez en una revisión de la Oficina Europea de Medio Ambiente (EEB), la mayor red de organizaciones medioambientales de Europa, de la que forma parte Ecologistas en Acción. Por sus propiedades tóxicas para personas y medio ambiente, las autoridades decidieron que estas 46 sustancias necesitaban medidas de protección en todos los casos, pero aún no se ha tomado ninguna medida para controlar el 74 (34) de las mismas. La falta de recursos es una de las principales causas de la inacción, según se ha informado a las organizaciones del EBB. Como consecuencia, la industria sigue utilizando millones de toneladas anuales de estas 46 sustancias peligrosas de forma legal, aunque la exposición resultante pueda ser causante de cáncer, problemas de fertilidad u otros impactos en la salud, o creando una seria contaminación ambiental.
  • 16. UN TREMENDO GALIMATÍAS DE CERTIFICACIONES Y MARCAS PARA GARANTIZAR LA SALUD Y LA SOSTENIBILIDAD:
  • 17. El término disruptor endocrino define un conjunto diverso y heterogéneo de compuestos químicos exógenos, capaces de alterar la síntesis, liberación, transporte, metabolismo, enlace, acción o eliminación de las hormonas naturales en el organismo. SINGULARIDADES DE ESTOS DISRUPTORES: - Momento de exposición más importante que la dosis. - La exposición combinada a varias sustancias puede ser más tóxica. -Actúan a dosis muy bajas: la dosis no hace el veneno. -Combinados, pueden desencadenar una respuesta sinérgica, antagónica o aditiva. -No es posible establecer umbrales de exposición seguros. Disruptores endocrinos (EDC)
  • 18. LA CAMPAÑA “¿CÓMO ME AFECTA?” Y EL BLOG “LIBRES DE CONTAMINANTES HORMONALES”, DOS MEDIDAS PARA INFORMAR Y SENSIBILZAR A LA POBLACIÓN SOBRE EL RIESGO DE LOS DISRUPTORES HORMONALES
  • 19. La exposición prolongada a dosis bajas es más perjudicial que la exposición breve a dosis altas
  • 20. • Daños al sistema reproductor masculino: criptorquidia, hipospadias, reducción calidad semen. • Daños al sistema reproductor femenino: pubertad precoz, reducción de la fecundidad, síndrome de ovarios poliquísticos, reducción de la fertilidad, complicaciones del embarazo, endometriosis y fibroides uterinos. • Tumores en órganos hormono dependientes: Cáncer de mama, testículos, próstata y tiroides. • Enfermedades metabólicas: síndrome metabólico, diabetes y obesidad. • Alteraciones en el desarrollo del sistema neurológico. • Trastornos del sistema neuroinmunológico: encefalopatía miálgica/síndrome de fatiga crónica/ síndrome de fatiga postviral (EM/SFC/SFPV), fibromialgia y esclerosis múltiple. Efectos sobre la salud relacionados con EDC (Endocrine Disrupting Chemicals)
  • 21. Los disruptores endocrinos están presentes en la cadena alimentaria: Plaguicidas: aldrin, lindano, endosulfan, piretroides, atracina, clorpirifós… Plásticos: ftalatos, Bisfenol A (BPA). Teflón: PFOS, PFOA. Contaminantes ambientales: dioxinas, PCB, TBT, mercurio, cadmio, plomo, arsénico… EL CARÁCTER LIPOFÍLICO DE MUCHOS EDC ORGÁNICOS FAVORECE SU ACUMULACIÓN EN LAS GRASAS: “obesógenos ambientales” Más información: https://www.ecologistasenaccion.org/hormonal
  • 22.
  • 23.
  • 24. 33 RESIDUOS DE PLAGUICIDAS DISRUPTORES EN ALIMENTOS ESPAÑOLES
  • 25. Residuos de plaguicidas en alimentos en 2015 Resultados programa de control de contaminantes en alimentos (AECOSAN)
  • 26. Grupo de alimentos Plaguicidas detectados Plaguicidas EDC detectados Origen animal 5 2 Cereales 8 4 Frutas y hortalizas 118 38 Alimentos infantiles 0 0 Residuos de plaguicidas EDC en alimentos en España, 2015
  • 27. Plásticos Polímeros: polietileno (PE) polipropileno (PP) policloruro de vinilo (PVC) poliestireno (PS) policarbonato (BPA) Aditivos: Flexibilidad Dureza Color Resistencia a la luz Resistencia al fuego Granza o polvo Miles de sustancias químicas: Metales, disolventes, plastificantes, pirorretardantes, estabilizantes, pigmentos, plaguicidas, lubricantes... LOS ADITIVOS NO SUELEN FIGURAR EN LA INFORMACIÓN DE LA COMPOSICIÓN DEL PLÁSTICO
  • 28.
  • 29.
  • 30. 906 sustancias asociadas a envases de alimentos de plástico: • 63 elevada toxicidad para humanos • 68 elevada toxicidad medio ambiente • 15 disruptores endocrinos.
  • 31. Factores que favorecen la liberación de componentes de los plásticos: ● Cambios de temperatura ● Calor, luz ● Solubilidad de los componentes ● Espesor y densidad del plástico ● Capacidad extractiva del contenido
  • 33. NUEVAS MEDIDAS DE LA UNIÓN EUROPEA PARA REDUCIR LOS PLÁSTICOS: • Prohibición del plástico en determinados productos: Los productos de plástico de un solo uso no podrán comercializarse cuando haya alternativas fácilmente disponibles y asequibles. La prohibición se aplicará a los bastoncillos de algodón, los cubiertos, los platos, las pajitas, los agitadores de bebidas y los palitos de globos de plástico, que deberán estar fabricados exclusivamente con materiales más sostenibles. Los recipientes de bebidas de un solo uso de plástico solo podrán comercializarse si sus tapas y tapones permanecen unidos a ellos. Se ha visto que los plásticos oxo-degradables se e fragmentan en microplásticos. • Objetivos de reducción del consumo: Los Estados miembros tendrán que reducir el uso de los recipientes alimentarios y de los vasos de plástico. A tal fin, pueden establecer objetivos de reducción a nivel nacional, ofrecer productos alternativos en el punto de venta o garantizar que no puedan proporcionarse de forma gratuita productos de plástico de un solo uso. Reducción del 25% en el consumo de envases de alimentos y vasos para bebidas. • Obligaciones de los productores: Los productores contribuirán a cubrir los costes de la gestión y la limpieza de residuos, así como de las medidas de sensibilización en relación con los recipientes alimentarios, los envases y envoltorios (por ejemplo, de patatas fritas y golosinas), los recipientes y vasos de bebidas, los productos del tabaco con filtro (por ejemplo, colillas), las toallitas húmedas, los globos y las bolsas de plástico ligeras. También se ofrecerán a la industria incentivos para desarrollar alternativas menos contaminantes a esos productos. Responsabilidad ampliada del productor (RAP), que incluyen el coste de las limpiezas y medidas de sensibilización. • Objetivos de recogida: Los Estados miembros estarán obligados a recoger el 90 % de las botellas de bebidas de plástico de un solo uso de aquí a 2025 mediante, por ejemplo, sistemas de consigna. ) Aval al sistema de depósito, devolución y retorno de envases al comercio. • Requisitos de etiquetado: Algunos productos deberán llevar una etiqueta clara y normalizada que informe sobre el modo de eliminación de los residuos, su impacto ambiental negativo y la presencia de plásticos en ellos. Este requisito se aplicará a las compresas higiénicas, las toallitas húmedas y los globos. Estas medidas también se aplicarán a los bioplásticos y los plásticos biodegradables. • Medidas de sensibilización: Los Estados miembros estarán obligados a aumentar la sensibilización de los consumidores sobre los efectos negativos de tirar plásticos de un solo uso y artes de pesca, así como sobre la disponibilidad de sistemas de reutilización y las posibles opciones de gestión de residuos para todos esos productos.
  • 34. UNA ALERTA TEMPRANA ¿CON RESPUESTA TARDÍA? La ECHA reconoce el alto grado de incertidumbre sobre los efectos de los microplásticos y nanoplásticos en el medio ambiente; debido a su tamaño pueden entrar en la cadena alimentaria y pueden ser ingeridos por los humanos. La Agencia admite que "los posibles efectos en la salud humana" todavía no están bien estudiados.
  • 35. Ingesta a lo largo de un día: 81 sustancias 36 pesticidas 47 disruptores endocrinos !¡
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  • 37. Desayuno 28 sustancias. 3 cancerígenas y 21 posible o probable cancerígenos. 19 disruptores endocrinos. https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
  • 38. Comida 33 sustancias. 4 cancerígenas y 17 probables o posibles. 14 disruptores endocrinos https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
  • 39. Cena 54 sustancias 4 cancerígenos 33 probables o posibles cancerig. 35 disruptores endocrinos https://www.menustoxiques.fr/resultats-menus-toxiques-generations-futures.html
  • 40. Ecologistas en Acción propone: ● Prohibir las sustancias disruptoras endocrinas. ● Reducir el uso de plaguicidas en España al menos un 50% en 10 años. ● Transformar el insostenible sistema agrario industrializado a un sistema agro-ecológico respetuoso con la vida. ● Actualizar la normativa ambiental al conocimiento científico: efectos a bajas dosis, mezclas, disrupción endocrina, neurotoxicidad, inmunotoxicidad, … ● Actualizar, ampliar y unificar los programas de vigilancia de plaguicidas en aguas y alimentos. ● Biomonitorización humana. ● Hacer cumplir la ley.
  • 41. El Reglamento europeo 1881/2006 fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios: nitratos, micotoxinas, plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, dioxinas y furanos, PCB, benzo(a)pireno y monocloropropano. “El contenido máximo debe establecerse a un nivel estricto que pueda conseguirse razonablemente si se aplican buenas prácticas agrícolas, pesqueras y de producción, y teniendo en cuenta el riesgo relacionado con el consumo del alimento. En el caso de los contaminantes que se consideran cancerígenos genotóxicos o en los casos en los que la exposición actual de la población o de los grupos vulnerables de la población se aproxime a la ingesta tolerable o la supere, deben establecerse contenidos máximos tan bajos como sea razonablemente posible (as low as reasonably achievable, ALARA). Estos planteamientos garantizan que los explotadores de empresas alimentarias apliquen, en la medida de lo posible, medidas para prevenir y reducir la contaminación, con el fin de proteger la salud pública”. Existe una cooperación en materia de examen científico de los productos alimenticios (SCOOP).
  • 42. LA PRESENCIA DE METALES PESADOS EN LA DIETA NO ES UN MITO, ES UNA REALIDAD: tanto el Hg como el As producen efectos nocivos sobre el sistema reproductor, nervioso, cardiovascular e inmunológico.
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  • 47. LAS RESPUESTAS DE LA ADMINISTRACIÓN A LAS AGRESIONES Y AMENAZAS AMBIENTALES Y SOBRE LA SALUD SON SIEMPRE PARECIDAS: 1. Negar el problema 2. Minimizarlo 3. Eludir la responsabilidad 4. Desautorizar las voces críticas 5. Declararlo resuelto o/y superado. ¿SUCEDERÁ LO MISMO CON EL GLIFOSATO? Un tribunal confirma que el glifosato (Roundup) es «causa sustancial» de cáncer. El veredicto dado a conocer el 20 de marzo de 2019 es el primero a nivel federal y el afectado es un hombre, Edwin Hardeman, de 70 años, que entre 1980 y 2012 utilizó de forma regular para su jardín en California el polémico herbicida y padece un linfoma no hodgkiniano. Se trata del segundo veredicto que condena al glifosato de Monsanto por provocar cáncer, después de que un jurado estatal de California condenara el año pasado a BAYER a pagar 78 millones de dólares a un jardinero también expuesto al producto.
  • 48. Ch. Clutterbuck definió la ley de las tres generaciones: En una generación se introduce el riesgo, en la siguiente es reconocido como tal y en la tercera se promulga una ley para su control. ¿Exageraba?: En absoluto, para muestra tenemos los casos de todos estos tóxicos contra la salud y el medio ambiente (son todos los que están): CFCs, DDT, Pb, Hg, asbesto. ¿Ocurrirá lo mismo con los ftalatos, el glifosato y el bisfenol A?
  • 49. LO QUE DECÍA EL LIBRO BLANCO SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN EL AÑO 2.000:
  • 50. EL PLAN EUROPEO DE MEDIO AMBIENTE Y SALUD 2004 – 2010 ADOPTA UNA NUEVA ESTRATEGIA: La estrategia recibe la denominación de SCALE, correspondiente al acrónimo en inglés de los cinco elementos clave en los que descansa (Science, Children, Awareness, Legal instrument, Evaluation): - Basado en la ciencia, incorporando los conocimientos de expertos ambientales y sanitarios, así como de organizaciones internacionales, no gubernamentales y de consumidores. - Orientado hacia la infancia, porque fisiología, metabolismo, dieta y comportamiento de este grupo de población son diferentes. - Destinado a fomentar la concienciación en torno a la interacción entre medio ambiente y salud - Utiliza los instrumentos jurídicos. - Lleva a cabo una evaluación continua destinada a comprobar la eficacia de las acciones a la hora de abordar los problemas sanitarios relacionados con el medio ambiente. El Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente terminó su vigencia en 2012. El nuevo Plan sigue todavía en redacción.
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  • 58. ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS QUE DEBEN GARANTIZARSE PARA TODA LA HUMANIDAD?: ALIMENTACIÓN AGUA ENERGÍA VIVIENDA SANIDAD EDUCACIÓN EMPLEO DERECHOS HUMANOS. Para Ecologistas en Acción hay 3 ideas irrenunciables para protegernos de los tóxicos: 1. Asumir acciones preventivas 2. Trasladar la carga de la prueba a quienes introducen el producto 3. Participar activamente en la toma de decisiones.
  • 59. Capitalismo y Salud, ¿son compatibles? ¡NO! - Porque el capitalismo genera desigualdad, exclusión y pobreza, factores todos ellos de enfermedad y muerte. - Porque el capitalismo abraza el fetiche del crecimiento económico continuo, incompatible con la preservación de los recursos naturales. - Porque el capitalismo produce residuos en cantidades imposibles de reciclar y fabrica tóxicos ambientales. - Porque el capitalismo medicaliza la salud y mercantiliza los servicios sanitarios, postergando la prevención de las enfermedades.
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  • 62. CONCLUSIÓN: Las relaciones de la degradación ambiental y la salud de la población no son nada casuales, hablar de “correlación” entre ambas es quedarse corto: sólo la asunción científica de que existen unas relaciones causales complejas que hay que desentrañar y a las que tenemos que enfrentarnos, puede ser el principio de la resolución de los enormes problemas ambientales y de salud pública que amenazan a toda la población mundial. “Resulta imperioso definir normas aplicables a los contaminantes a lo largo de toda la cadena que va de la alimentación animal a la alimentación humana. Las bases científicas de la fijación de estos límites deben ser abordadas como una cuestión prioritaria”. (Libro Blanco sobre Seguridad Alimentaria, 2.000) NACIONES UNIDAS 2019: