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22..001122 --22..001166
Agosto 2.011
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Tabla de contenido
Apartado Introductorio, Presentación o Resumen Ejecutivo ..................................... 6
Capítulo I .................................................................................................................. 7
Marco Teórico........................................................................................................... 7
Bases Conceptuales del Plan Municipal de Desarrollo ............................................. 7
1.2 Cómo se realizó la consulta para detectar las demandas y alternativas de
solución? ........................................................................................................... 7
1.3. Quiénes participaron en tal consulta, en su sistematización?.................. 8
1.4. Cómo se hizo su validación ante la ciudadanía?................................... 10
1.5. Misión del Gobierno Municipal y de la Comunidad................................ 10
1.6. Objetivos y metas a alcanzar para cumplir con el mandato popular...... 11
1.7. Visión del Plan Municipal de Desarrollo ................................................ 12
1.8. Misión del Plan Municipal de Desarrollo................................................ 12
Capítulo II ............................................................................................................... 13
Marco Metodológico.................................................................................................... 13
2.1. Modalidad de la Investigación................................................................... 13
2.2. Técnicas y Recolección de Datos ............................................................. 17
2.3. Población.................................................................................................. 25
2.4. Muestra..................................................................................................... 26
2.5. Confiabilidad............................................................................................. 28
Capítulo III .............................................................................................................. 30
Marco Jurídico........................................................................................................ 30
Bases Legales que sustentan el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo ........... 30
3.1. Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular ...................................... 30
3.2. Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno ....................................... 35
3.3. Ley Orgánica del Poder Público Municipal................................................ 38
3.4. Ley de los consejos comunales ................................................................ 41
3.5. Ley Orgánica del Poder Popular ............................................................... 45
3.6. Ley Orgánica De Las Comunas................................................................ 48
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3.7. Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública .............................. 53
3.8. Reglamento De La Ley Orgánica Del Consejo Federal De Gobierno........ 66
Capítulo IV:............................................................................................................. 79
Caracterización Geoestratégica de las Potencialidades Autóctonas de cada
Parroquia Orticeña.................................................................................................. 79
4.1. Visión General y Caracterización del Municipio Ortiz............................... 79
4.1.1. Aspecto Físico-Naturales...................................................................... 83
4.1.2. Recursos minerales no metálicos .......................................................... 83
4.1.3. Recursos Escénicos y Turísticos ........................................................... 83
4.1.4. Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE). .................... 84
4.1.5. Habitabilidad.......................................................................................... 84
4.1.6. Comunidades Indígenas ........................................................................ 85
4.1.7. Infraestructura de Servicios ................................................................... 85
4.1.8. Turismo.................................................................................................. 86
4.1.9. Trasporte y vialidad................................................................................ 86
4.1.10. Vivienda y Urbanismo.......................................................................... 86
4.1.11. Agua Potable ....................................................................................... 87
4.1.12. Saneamiento y Alcantarillado............................................................... 87
4.1.13. Servicios Públicos (Electricidad, Gas Domestico, Entre otros)............. 87
4.1.14. Banca Comercial.................................................................................. 87
4.1.15. Sistema de Seguridad y Defensa:........................................................ 88
4.1.16. Sistema Judicial................................................................................... 88
4.1.17. Aspectos Socio-Económicos................................................................ 88
4.2. Reseña Histórica del Municipio Ortiz ........................................................ 89
4.3. Reseña Histórica de la Alcaldía del Municipio Ortiz .................................. 90
4.4. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia Ortiz ................. 93
4.4.1. La Geografía Física ............................................................................... 93
4.4.2. La Geografía Socio-Económica ............................................................. 95
4.4. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San José de
Tiznados.......................................................................................................... 99
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4.4.1. La Geografía Física ............................................................................... 99
4.4.2. La Geografía Socio - Económica ......................................................... 101
4.5. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San Francisco de
Tiznados........................................................................................................ 105
4.5.1. La Geografía Física: ............................................................................ 105
4.5.2. Geografía Socio-Económica ................................................................ 107
4.6. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San Lorenzo de
Tiznados........................................................................................................ 111
4.6.1. La Geografía Física: ............................................................................ 111
Capítulo V:............................................................................................................ 118
Diagnóstico Participativo....................................................................................... 118
5.1. Identificación y Priorización de Problemas Sectorizados por Parroquias 118
Gráfico 1. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia Ortiz.................... 120
5.1.2. Parroquia San José de Tiznados..................................................... 120
Gráfico 2. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia San José de
Tiznados........................................................................................................ 123
5.1.3. Parroquia San Francisco de Tiznados............................................. 123
Gráfico 3. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia San Francisco de
Tiznados........................................................................................................ 125
5.1.4. Parroquia San Lorenzo de Tiznados................................................ 126
Gráfico 4. Tabulación de datos en la Parroquia San Lorenzo de Tiznados.... 127
5.2. Matriz de Problemas Sectorizados.......................................................... 128
Capítulo VI:........................................................................................................... 130
Estrategias de Acción........................................................................................... 130
6.1. Programas sectoriales: ........................................................................... 130
6.2. Proyectos:............................................................................................... 139
Capítulo VII:.......................................................................................................... 140
Evaluación y Control............................................................................................. 140
Bibliografía y Webgrafía........................................................................................ 142
Anexos ................................................................................................................. 143
1. Definición de Términos Referenciales ..............................................................143
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2. Cronograma de Actividades dirigidas para el Diseño del Plan Municipal de
Desarrollo....................................................................................................................143
3. Diapositivas de las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal
de Desarrollo...............................................................................................................143
4. Listado de Asistencia a las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan
Municipal de Desarrollo .............................................................................................143
5. Fotos de las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal de
Desarrollo....................................................................................................................143
6. Diagnósticos Comunitarios Recolectados en las Jornadas de Cogestión Para
el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo..............................................................143
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Apartado Introductorio, Presentación o Resumen Ejecutivo
En virtud de dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo Federal
de Gobierno en pro del Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, el equipo
multidisciplinario de la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio
Ortiz, se avocó a establecer una agenda contentiva de ciertas actividades
dirigidas a cumplir con la meta trazada: la consignación ante el Consejo
Federal de Gobierno, antes del 26 de Agosto del 2011, los 3 productos
exigidos por tal entre gubernamental: El Plan Municipal de Desarrollo, La
Agenda de Proyectos Prioritarios y la Agenda de Priorización de
Necesidades.
Para ello, se convocó a las comunidades organizadas que hace vida
en las 4 parroquias del Municipio Ortiz, a reunirse en sitios estratégicos, para
desarrollar las “Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de
Desarrollo”, suscitándose las convocatorias de la siguiente manera:
O R T I Z
Lugar: Casa de la Cultura de la localidad de Ortiz Fecha: Martes 28-06-11
hora: 3:00 p.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 11
S A N J O S É D E T I Z N A D O S
Lugar: Casa de la Cultura de San José de Tiznados Fecha: Miércoles 29-06-11
Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 07
S A N F R A N C I S C O D E T I Z N A D O S
Lugar: Casa Parroquial de San Francisco de Tiznados Fecha: Jueves 30-06-11
Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 13
S A N L O R E N Z O D E T I Z N A D O S
Lugar: Escuela Canuto Fecha: Viernes 01-07-11
Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 11
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Capítulo I
Marco Teórico
Bases Conceptuales del Plan Municipal de Desarrollo
1.1Qué es un Plan Municipal de Desarrollo?
Es un instrumento técnico-metodológico mediante el cual la Alcaldía del
Municipio Ortiz en comunión de las Comunidades Organizadas, establecen
las líneas de acción y medios necesarios para lograr las metas establecidas
en un período determinado
1.2 Cómo se realizó la consulta para detectar las demandas y
alternativas de solución?
A través de la administración de instrumentos de recolección de datos,
en los que se establecieron ítems puntuales para detectar información de
interés, entre los que se encuentran:
Datos Demográficos (localidad, número de habitantes, linderos)
Datos del Consejo Comunal (Nombre del Consejo Comunal,
Datos del Registro Civil)
Miembros Responsables (voceros principales)
Minuta de Reunión (para que el proceso de jerarquización de
necesidades sea de forma participativa, de acuerdo mutuo y
avalado por la mayoría de los ciudadanos que conforman cada
consejo comunal del municipio Ortiz)
Diagnóstico de necesidades (en el que cada consejo comunal en
asamblea de ciudadanos, jerarquizará las necesidades más
apremiantes y puntualizará a su vez las alternativas de solución
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más viables y oportunas que ellos le encuentran a cada
necesidad)
Durante la semana del 20/06/2011 al 26/06/2011 se realizaron
convocatorias diarias por medios de comunicación masivos (prensa, radio, tv)
en las que se pautaban las reuniones en sitios estratégicos de las 4
parroquias del municipio, promoviendo el desarrollo de las Jornadas de
Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, en las que se
concientizó a las comunidades organizadas sobre la importancia de una
gestión mancomunada entre todos los sectores políticos, sociales y
económicos que hacen vida en la jurisdicción orticeña, en pro del desarrollo
sostenible y sustentable del municipio. A tal efecto, se hizo entrega de dos
formatos: el primero, para el usufructo de la Sala Técnica de Proyectos, para
tabular los datos recogidos y armar la base de datos que servirá de
plataforma medular en virtud del diseño del Plan Municipal de Desarrollo, y el
segundo formato, se les ofreció la inducción del cómo realizar el Plan de
Desarrollo Comunal, con el apoyo institucional de la Vocería Principal del
Consejo Federal de Gobierno. Efectivamente se contó con la
presenciabilidad del 70% de los Consejos Comunales del Municipio Ortiz.
1.3. Quiénes participaron en tal consulta, en su sistematización?
Las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de
Desarrollo, estuvieron coordinadas por el equipo multidisciplinario de la Sala
Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio Ortiz, conformada por:
Econ. Dayanny Verde, Econ. Renzo Hernández, TSU José Alejandro
Donaire, Ing. Rafael Benitez y el Ing. Javier Lugo. Además, se contó con la
participación Activa y voluntaria de la Sra Mariela Salas Vocera Principal de
los Consejos Comunales ante el Consejo Federal de Gobierno, quien se unió
al equipo en pro de informa y adiestrar a los Consejos Comunales en lo que
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respecta al Diagnóstico Integral Comunal para el Diseño del Plan
Comunitario de Desarrollo, contando para ello con el apoyo logístico de la
Alcaldía de Ortiz.
En este mismo orden de ideas, se contó con la participación de
funcionarios de Fundacomunal, quienes fungieron de apoyo técnico a los
consejos comunales que están en vías de consolidación a lo largo y ancho
del Municipio Ortiz.
Por último, pero no menos importante, los consejos comunales que
asistieron, se enumeran a continuación en la siguiente tabla sinóptica:
P A R R O Q U I A O R T I Z
N° Nombre del Consejo Comunal Contacto Tlfs
01 Barsanti – Las Mercedes Dairys García 0424-344.96.52
02 Gamarra – La Caimana Dinora Rivero 0426-641.59.33
03 La Rogera Raúl Pereira 0424-368.31.62
04 Banco Obrero –San Rosa Ercilia Tovar 0416-296.65.49
05 Miguel Otero Silva II y Los Banquitos Cecilia Camargo
06 Mata Mayor Argenis Palencia 0414-146.83.42
07 El Corozo Nelson Hernández 0258-326.63.90
08 Miguel Otero Silva I Alberto Vergara 0424-304.63.46
09 Casco Central, Las Topias Glayda Camacho 0424-249.61.46
10 Las Mercedes Halimar Godoy 0246-416.65.07
11 Herencia Bicentenaria Tibisay Herrera 0414-444.58.25
P A R R O Q U I A S A N J O S É D E T I Z N A D O S
N° Consejo Comunal Contacto Tlfs
01 Negra Matea Edelmira Bolívar
02 Totumo Marín I German Vegas 0416-731.84.76
03 Totumo Marin II Eduardo Marralve 0416-734.70.84
04 Brisas de Tiznados Carlos Barrios 0424-311.31.33
05 Los Chiguires Emilio Ramos 0416-346.06.91
06 Laguna de Piedra Nelis Torrealba 0424-353.52.86
07 Laguna de San José Milagros Di Lorenzo 0424-324.83.27
P A R R O Q U I A S A N F R A N C I S C O D E T I Z N A D O S
N° Consejo Comunal Contacto Tlfs
01 La Icotea Eleazar Siso
02 El Renacer del Rio Verde Erminia Lara 0246-415.43.68
03 El Corozo Ernesto Hernández 0416-734.58.41
04 Guaitoco Celina Plasencia 0246-995.89.60
05 Coco e Mono German Buyon 0414-149.33.80
06 San Fco. de Tiznados Angel Reyna 0416-981.59.11
07 Las Lajitas Ligia Mireles 0414-474.60.99
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08 Paradero Merquiades
09 Corroncho-Roblegacho Elsis Gómez 0424-379.35.74
10 La Guamita I Domingo Godoy 0246-415.97.37
11 La Platilla – Paradero Deisy Pérez 0414-444.81.38
12 Guanare Melendre Yzrrael Izquiel 0424-308.42.96
13 Bancotiezo Pedro Carrillo 0246-415.94.48
P A R R O Q U I A S A N L O R E N Z O D E T I Z N A D O S
N° Consejo Comunal Contacto Tlfs
01 Las Majadas Manuel Ascanio 0424-328.05.16
02 Carutico Lilia Gonzalez 0246-414.68.14
03 La Guamita Pablo Villegas 0414-453.36.56
04 Corroncho Gacho Zuleima Coronado 0246-414.57.72
05 Paradero José Petuco 0246-416.60.23
06 La Guamita II Beatriz de Romero 0246-414.79.48
07 La Guamita I Gregoria Villegas
08 Las Martinaz Maritza Mata 0414-448.86.67
09 Bersuga Los Cocos Jesucita Silva 0424-377.36.15
10 Valles de Sabanota Dersy Corro 0424-306.82.86
11 Canuto Gonzalo Cedeño 0246-416.26.48
1.4. Cómo se hizo su validación ante la ciudadanía?
El Diagnóstico de las necesidades se validó mediante asambleas de
ciudadanos que cada representante de su comunidad convocó, luego de
haber recibido la información y los instrumentos pertinentes en las Jornadas
de Cogestión realizadas por el equipo multidisciplinario que conforma la Sala
Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio Ortiz, en cada una de las
parroquias que se circunscriben en su jurisdicción.
1.5. Misión del Gobierno Municipal y de la Comunidad
El horizonte hacia donde nos enfocamos con el Diseño del Plan
Municipal de Desarrollo, es la implementación de nuevos programas para
incentivar a la comunidad orticeña a la participación y organización, es decir,
motivar a la sociedad a que junto a la Alcaldía del Ortiz, asuma el
compromiso de construir un gran municipio, en la medida que exista
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conexión entre el pueblo y el gobierno municipal, de esta manera, estaremos
en condiciones de ser “un municipio de primera”.
Todo lo anterior nos proporciona las bases para establecer la forma
para administrar los recursos públicos de forma oportuna y en congruencia
directa con los principios de equidad y corresponsabilidad social, lo que se
traducirá a corto y mediano plazo, en el sello de la administración a la que
corresponde actuar, en este caso, al ciudadano Alcalde, Elías Néderr y su
equipo de trabajo.
1.6. Objetivos y metas a alcanzar para cumplir con el mandato popular
Dirigir un gobierno municipal donde se fortalezca el poder popular a
través de una política agresiva, permanente y sostenible de apoyo,
capacitación, formación, adiestramiento, instrucción, colaboración y
asistencia técnica y profesional a los Bancos Comunales, Voceros y
Voceras, Comités de Trabajo y a las Asambleas de Ciudadanos y
Ciudadanas de los distintos Consejos Comunales de la geografía
municipal.
Impulsar la creación, conformación e integración de mayor número de
Consejos Comunales en el municipio.
Brindarle total y real participación protagónica al pueblo de manera activa,
efectiva, suficiente y oportuna en la formación, ejecución y control de la
gestión pública municipal que garantice a nuestros habitantes un
desarrollo más completo tanto individual como colectivo.
Activar el Presupuesto Participativo reactivando el Consejo Local de
Planificación Pública, el Plan Municipal de Desarrollo y otras instancias de
participación comunitaria conforme a la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal.
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1.7. Visión del Plan Municipal de Desarrollo
Guiar responsablemente al municipio a un desarrollo sustentable,
trabajando con honestidad, atendiendo las demandas ciudadanas,
desarrollando medidas de protección al medio ambiente, brindando los
servicios necesarios para elevar la calidad de vida de sus habitantes y
asegurando el desarrollo de las futuras generaciones.
1.8. Misión del Plan Municipal de Desarrollo
Ser un municipio dinámico, con un sector productivo consolidado y de
calidad, con un crecimiento ordenado en base a planes y programas
orientados a la sustentabilidad y que brinde a sus ciudadanos
oportunidades de desarrollo.
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Capítulo II
Marco Metodológico
El desarrollo del presente capítulo, abarca la modalidad de la
investigación, la Población y Muestra, así como las Técnicas e Instrumentos
de Recolección de Datos, Técnicas de Análisis de Datos, para sustentar
fehacientemente la calidad y confiabilidad de las técnicas aplicadas en la
presente investigación.
2.1. Modalidad de la Investigación
La presente investigación tiene la intención de Proponer el Diseño de
un Plan Municipal de Desarrollo para ser implementado en la
jurisdiccionalidad orticeña. De acuerdo a los problemas planteados, y en
función de los objetivos que persigue la investigación, la misma se ajusta en
el estudio de campo, descriptivo, exploratorio y de tipo factible.
Es de campo, ya que la información que sustentó el estudio fue
escogida directamente de la realidad, en apoyo a ello Altuve (1.995),
comenta “El diseño de campo tiene importancia fundamental por el hecho de
que permite al investigador conocer las condiciones del logro de la
información, pudiendo realizar o modificar su estrategia según la existencia
del estudio” (p.81)
El carácter descriptivo está presente debido a que pretendió
sistemáticamente los hechos y sus características en forma precisa de una
situación en particular. En tal sentido, Ruiz (1.996) afirma que “la
investigación descriptiva se usa en el sentido literal de describir situaciones o
cuentas, es decir, es la acumulación de una base de datos meramente
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descriptivos” (p.98). Esta fundamentación toma en cuenta que la intención
del estudio es presentar una situación real de un hecho en particular.
También el trabajo se cataloga como exploratorio, porque se ajusta a lo
indicado por Balestrini (1.998) ya que “pretende avanzar en el conocimiento
donde una problemática no está suficientemente desarrollada o delimitar
nuevas aspectos de la misma”. (p.7)
Por último, la investigación se ajusta a la tipología de proyecto factible,
debido a que éste cumple con los requerimientos implícitos de ésta
modalidad, según lo manifiesta la publicación de la UPEL (2006), ya que
consiste en la elaboración y desarrollo de una propuesta de un:
“Modelo operativo viable para solucionar problemas,
requerimientos o necesidades de organizaciones o grupos
sociales; puede referirse a la formulación de políticas,
programas, tecnologías, métodos o procesos, El proyecto
debe tener apoyo en una investigación de tipo documental,
de campo o un diseño que incluya ambas modalidades”.
(p.21)
La elección de una estrategia de investigación u otra depende de la
pregunta que los investigadores se formulen y en que conceptos se
sustentan. Existen preguntas que requieren una investigación cuantitativa.
En el caso de la presente investigación, las preguntas requieren utilizar una
metodología cualitativa, puesto que se persigue respuestas relacionadas con
ciertas conductas y comportamientos, las que no son fáciles de detectar;
requieren el poder conversar más abiertamente sobre el tema en cuestión.
Para ello, son medulares las interpretaciones como fuente central de datos,
debido a que las personas solemos dar distintos significados a la realidad, en
virtud del carácter subjetivo que ostenta la realidad que percibe cada quien.
De allí que, sea busque comprender los significados, con una perspectiva
desde adentro.
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En tal sentido, Nube & Sánchez (2005) refieren que “La investigación
cualitativa le interesa profundizar en los diferentes motivos de los hechos. El
investigador no plantea hipótesis para confirmar o rechazar, sino que va
elaborando categorías de análisis que luego va depurando según el objeto
de estudio” (pp. 34)
Según Nube & Sánchez (2005), las características comunes en
Metodología Cualitativa son:
(a) Comprensión de fenómeno desde el interior del mismo,
(b) cada caso se estudia en profundidad antes de
compararlos con los otros; (c) la realidad está construida por
diferentes actores, no es única; (d) el texto es la base para la
reconstrucción y la interpretación (pp.51)
Las dos modalidades de investigaciones (cualitativa y cuantitativa)
suelen ofrecer lo mismo: “información valiosa” pero la variante está en el
contenido de esa información y la manera en cómo se usa. La investigación
cualitativa nos permite rescatar de la persona, su experiencia, su sentir, su
opinión con respecto a lo que se investiga, conocer sobre sus hábitos,
costumbres, cultura, maneras de proceder, y para ello la metodología
etnográfica nos ofrece una gran riqueza en el método.
Ante la falta de información objetiva a la que se enfrentan la mayoría
de los tomadores de decisiones de cualquier institución, la información
cuantitativa es una excelente herramienta, proporciona información objetiva,
estadísticamente confiable, que para la mayoría puede ser relativamente fácil
de entender: un histograma o un gráfico de pastel. Sin embargo, hay
situaciones donde lo que se requiere saber ¿Qué piensa realmente la gente
sobre una situación concreta? ¿cómo se siente ante los cambios que se
generan en el entorno? Este tipo de preguntas no se logran responder tan
fácilmente con algún tipo de información cuantitativa, se requiere de
información cuantitativa sobre las vivencias, percepciones, sentimientos y
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emociones de las personas, y esto es básicamente lo que ofrece la
metodología cualitativa, pues proporciona diferentes alternativas para tener
un conocimiento más profundo de una situación en concreto que permitirá
resolver un problema, como sería el caso de la aplicación de la investigación-
acción, método éste que se pretende utilizar en la presente investigación y
que se define como según las mismas autoras, este método es “El único
indicado cuando el investigador no sólo quiere conocer una determinada
realidad o problema específico de un grupo, sino que también desea
resolverlo” (pp. 70). En este caso, los sujetos investigados participan como
co-investigadores en todas las fases del proceso: planteamiento del
problema, recolección de la información, interpretación de la misma,
planeación y ejecución de la acción concreta para la solución del problema,
evaluación posterior sobre lo realizado, etc. El fin principal de estas
investigaciones no es algo exógeno a las mismas, sino que está orientado
hacia la concientización, desarrollo y emancipación de los grupos estudiados.
Al aplicar métodos cualitativos al desarrollo de una investigación, se
producen datos descriptivos, utilizando las propias palabras habladas o
escritas de las personas (su propia interpretación), se realiza en escenarios
naturales y vistos desde una perspectiva holística. Los sujetos investigados
no son meras variables, sino que constituyen un todo: el investigador
cualitativo estudia el contexto ecológico en el que evolucionan los sujetos así
como su pasado.
Como limitaciones de ésta metodología, desde una perspectiva
cuantitativa, se critica el carácter subjetivo de la misma y la posibilidad de
que las observaciones e informes de los sujetos puedan estar sesgados o
incompletos. Se señala que, al no ser la generalización un objetivo
esencialmente relevante para esta metodología, se corre el riesgo de que el
investigador observe y analice las diversas situaciones desde su propio
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marco referencial, lo que a su vez puede conducir a conclusiones
incontrolables y subjetivas y no a una teoría científica.
2.2. Técnicas y Recolección de Datos
Para la Recolección de Datos, se utilizaron las siguientes técnicas:
Revisión Bibliográfica: Esta Técnica permitirá la búsqueda e
identificación de las fuentes escritas, mediante un estudio rápido
y adecuado de aquellas fuentes escritas que tengan referencia a
la técnica presentada, a través de un análisis de contenido
aplicándose las técnicas de subrayado y fichaje
Observación Directa: según Serna (1.996) Consiste en hacer
preguntas previamente seleccionadas al autor, estas preguntas
serán conducidas y controladas por medio de un cuestionario
(p.71). Es una de las técnicas más utilizadas en la metodología
cualitativa para el estudio de los casos. Su definición varía en
función del tipo de investigación, del investigador y de los
objetivos que pretenda alcanzar. Puede ser de forma participante
y no participante. En este caso, la presente investigación se
contextualiza en un Observación Directa Participante, definida
por Nube & Sánchez (2005) como la modalidad en la que el
investigador se sumerge en el contexto objeto de estudio,
formando parte del grupo, de los individuos y de la institución,
participando en el contexto en interacción constante e incluso
identificándose con los sujetos, pero al mismo tiempo guardando
su propio rol de investigador. (pp. 73)
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Así mismo, se utilizó el siguiente Instrumento:
La Entrevista: tomada en consideración por los investigadores como
parte esencial de la recaudación de datos en el desarrollo oportuno
de la investigación, es definida por Arias (2004) como “La Entrevista,
más que un simple interrogatorio, es una técnica basada en un
diálogo o conversación “cara a cara”, entre el entrevistador y
entrevistado acerca de un tema previamente determinado, de tal
manera que el entrevistador pueda obtener la información requerida”
(pp. 73)
De lo anteriormente expuesto se puede dilucidar que, la entrevista se
caracteriza por su profundidad, es decir, indaga de forma amplia en gran
cantidad de aspectos y detalles. Así mismo, Nube & Sánchez (2005) la
definen como “Aquella situación que permite el transvase de información
entre dos o más personas. Hay diversos tipos según sea el grado de
estructuración, directividad y número de participante”. (pp. 74)
Ahora bien, haciendo honor a la clasificación que indicaban
ulteriormente las autoras, la Entrevista que se desarrollará en la presente
investigación, Según el Grado de Estructuración se denominará Entrevista
Estructurada, pues según las autoras, se trata en cierto modo de “Un
cuestionario administrado de forma oral y a través de preguntas cerradas,
que proporcionan al sujeto entrevistado alternativas de respuestas que debe
seleccionar, ordenar o expresar sobre el grado de acuerdo o desacuerdo con
las mismas” (pp. 74)
Como variante de esta modalidad se escoge a la Entrevista Abierta, ya
que ésta se da a través de una relación de preguntas cuidadosamente
elaboradas y planificadas, intentando conversar con el entrevistado en la
misma secuencia y hacer preguntas con sus mismas palabras.
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Seguidamente, se presenta la sub-clasificación caracterizada según el
Grado de Directividad de la Entrevista, para lo cual se escogió la Entrevista
Dirigida, porque según Nube & Sánchez (2005) ·Abarca un conjunto de
cuestiones objeto de indagación que han de ser explorados. El entrevistador
posee libertad para explorar, probar y plantear todo tipo de preguntas
adaptándolas al ritmo del diálogo y al contexto interactivo del entrevistador-
entrevistado”. (pp. 74). Esta modalidad de entrevista, requiere, no obstante,
una gran capacidad y destreza del entrevistador quien ha de adaptarla al
sujeto entrevistado.
Ahora bien, la entrevista que se pretende administrar a los sujetos de la
investigación, tiene como propósito medular recabar datos sobre la opinión
de los encuestados en relación a las necesidades existentes en cada ámbito
geográfico circunscrito en los consejos comunales que hacen vida en cada
parroquia orticeña.
De allí que, esté conformada por seis (6) ítems, los cuales
corresponderán a: datos demográficos, identificación general del consejo
comunal, identificación de los miembros responsables del consejo comunal,
linderos, descripción de los problemas y alternativas de solución.
Por otra parte, como es bien sabido que el proceso de priorización de
necesidades debe ser avalado mediante asambleas de ciudadanos, el
equipo multidisciplinario de la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de
Ortiz se avocó a diseñar un formato de Acta que avale los diagnósticos de
necesidades elaborados, debidamente firmados por las vocerías de las
mesas técnicas y sellado para darle confiabilidad a la jerarquización de
necesidades realizada en cada comunidad.
A continuación se presenta el modelo del instrumento administrado en
cada consejo comunal durante las Jornadas de Cogestión para el Diseño del
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Plan Municipal De Desarrollo
F I C H A D E R
Parroquia:
Localidad / Sector:
N° de Habitantes:
Norte:
Sur:
Este:
Oeste:
D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L
Nombre del Consejo Comunal:
Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el
N°:
N° Código de Registro:
M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S
Comisión
Vocero Principal
Secretario
Contraloría Social
Salud
Deporte y Cultura
Economía Pop. y Prod.
Infraestructura
Seguridad y Defensa
Educación/Comunicación
Mesa Técnica de agua
Mesa de Energía y gas
Transporte
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GOBIERNO DEL ESTADO GUÁRICO
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ORTIZ
DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO
SALA TÉCNICA DE PROYECTOS
ORTIZ, ESTADO GUÁRICO
F I C H A D E R E G I S T R O D E C O N S E J O S C O M U N A L E S
Planilla N°:
D A T O S D E M O G R Á F I C O S
Parroquia:
Localidad / Sector:
Femenino: M
Linderos
D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L
del Consejo Comunal:
Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el
Folios: Tomo:
N° Código de Registro: N° de Registro en ENCOMUNA:
M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S
Nombres y Apellidos C.I
Economía Pop. y Prod.
Educación/Comunicación
agua
gas
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O S C O M U N A L E S
Planilla N°:
Masculino:
D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L
Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el
Fecha:
N° de Registro en ENCOMUNA:
M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S
C.I. Telfs.
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Fecha:
Hora:
M I N U T A D E R E U N I Ó N
Lugar:
Asunto:
Puntos a Tratar:
Acuerdos Obtenidos:
Participantes:
Nombres y Apellidos C.I. Ente y/o
Comunidad
Firma
Observaciones Generales:
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D I A G N Ó S T I C O D E N E C E S I D A D E S
(Artículo N° 21 y 22 de la Ley de Consejos Comunales)
IDENTIFICACIÓN GENERAL
Consejo Comunal:
Estado:
Municipio
Parroquia:
Localidad:
Sector:
DESCRIPCIÓN DE LOS PROBLEMAS
ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
RESPONSABLES DE LA COMISIÓN PROMOTORA
Nombres y Apellidos C.I. Firma
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A C T A Q U E A V A L A
E L D I A G N Ó S T I C O D E N E C E S I D A D E S
(Artículos N° 6, 21 Y 22 de la Ley de los Consejos Comunales)
Consejo Comunal: __________________________________
Hoy _____________________________ (___) del mes de _____________ del año
_____________, siendo las __________, los ciudadanos y ciudadanas abajo
firmantes, debidamente identificados, pertenecientes a la comunidad
____________________, Parroquia __________________, Municipio Ortiz del
Estado Guárico, reunidos en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en
________________________, hemos decidido avalar el Diagnóstico de Necesidades
de la comunidad elaborado por los distintos Comités de Trabajo que coordinan los
voceros y voceras del Consejo Comunal. A continuación firman en acuerdo con el
Diagnóstico de Necesidades:
N° Nombres y Apellidos C.I. Cargo Firma
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12
13
14
15
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Por otra parte, se procedió a la elaboración de una Matriz de Registro
de Observación, la cual, según Hernández Sampieri y otros (1.999), consiste
en:
El registro sistemático, válido y confiable de comportamiento
o conducta manifiesta. Puede utilizarse como instrumento de
medición en muy diversas circunstancias. Es un método más
utilizado por quiénes están orientados conductualmente.
Cómo método para recolectar datos es muy similar al análisis
de contenido (p.309)
Es importante resaltar que, la Matriz de Observación que se diseñó en
la presente investigación, tiene como finalidad recabar información esencial
acerca de la priorización de necesidades existentes en cada comunidad
organizada, lo que les permitió a los investigadores entre otras cosas,
discernir sobre el status situacional que presenta cada ámbito geográfico de
la municipalidad orticeña y facilitará el proceso de toma de decisiones
oportunas y acertadas en pro de la consecución de metas orientadas a
satisfacer las necesidades apremiantes del pueblo orticeño.
Se podría decir entonces que el análisis de los datos ser realizará de
una manera cualitativa y cuantitativa, ya que el mismo será verbal (apuntes
tomados) y observados (registro de observación). Una vez ordenados los
datos, se clasificarán para que puedan permitir una inspección sistematizada
y profunda, y así poder interpretar el análisis de los datos obtenidos de la
realidad que alude a la municipalidad orticeña en los diferentes sectores
desasistidos: salud, vivienda, infraestructura, educación, vialidad, agua
potable, aguas servidas, aseo urbano, transporte, deporte y recreación,
turismo, energía eléctrica, actividad económica, seguridad.
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2.3. Población
La población objetivo es ese grupo entero de elementos de los que se
pretende recoger datos. En un estudio empírico, este grupo puede consistir
de gente, animales u otros objetos. La población según Bussot (1.995), es “el
conjunto de elementos o eventos afines en una o más características
tomadas como totalidad y sobre el cual se generalizan los resultados de la
investigación” (p.11)
En este mismo orden de ideas, la población objeto de estudio, de
acuerdo con Hernández Sampieri, R y otros (1.999) es “un conjunto finito o
infinito de personas, cosas o elementos que presentan características
comunes susceptibles de ser estudiadas” (p.108). De igual forma, Chávez
(1997) establece que la Población “es la Totalidad del fenómeno a estudiar”
(p. 165).
Así mismo, Arias (2004) establece que la Población Accesible es:
“Aquella que también se le denomina Población Muestreada,
pues simboliza una porción finita de la población objetivo a la
que realmente se tiene acceso y de la cual se extrae una
muestra representativa. El tamaño de la población accesible
depende del tiempo y los recursos del investigador” (pp.82).
En este sentido, de acuerdo al caso de estudio, la población se define
como Población Accesible y estará conformada por cuarenta (60) consejos
comunales que se disgregan en cuatro (4) subgrupos, el primero de ellos
estará representado por los consejos comunales que hacen vida en la
parroquia Ortiz, el segundo subgrupo por los consejos comunales adscritos a
la Parroquia San José de Tiznados, el tercero lo conforman los consejos
comunales que hacen vida en la Parroquia San Francisco de Tiznados y el
cuarto y último, lo conforman los consejos comunales oriundos de la
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Parroquia San Lorenzo de Tiznados. A continuación se presenta un cuadro
que resume la población objetivo:
Cuadro 1. Resumen de la Población Objeto de Estudio
Descripción Cant
Consejos Comunales de la Parroquia Ortiz 18
Consejos Comunales de la Parroquia San Francisco de Tiznados 17
Consejos Comunales de la Parroquia San Lorenzo de Tiznados 15
Consejos Comunales de la Parroquia San José de Tiznados 10
TOTALES 60
Fuente: Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de Ortiz
2.4. Muestra
En algunos casos (como en el de la presente investigación) no se
pueden examinar todos los elementos de la población sino sólo algunos
elementos, una muestra. Este tipo habitual de investigación no es de hecho
un estudio de muestreo, sino un estudio de caso ampliado. Existen casos en
los que se tiene como población a millones de objetos y es imposible abarcar
incluso una mayoría de ellos. También en aquellos casos (con poblaciones
exorbitantes) en que se podría escoger estudiar cada objeto, el estudio de
muestreo puede ser una elección prudente, porque ahorra tiempo y se puede
usar el tiempo ahorrado para estudiar los elementos más cuidadosamente.
Todos esos son buenos casos para un estudio de muestreo.
En la investigación de muestreo, en lo que siempre se está interesado
no es en la muestra sino en la población, más específicamente en los
atributos de los elementos de la población. Cuando se está estudiando los
elementos intrínsecos de la población, se deben escoger elementos que
contengan los mismos atributos que la media de la población. De allí que la
muestra de la investigación se torne Representativa.
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Dado que no se pudo contar con la presenciabilidad de todos los
consejos comunales en las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan
Municipal de Desarrollo, impartidas en las 4 parroquias orticeñas, la muestra
de la presente investigación es aleatoria, tomando en consideración a la
muestra aleatoria como aquella es que sacada de una población de
unidades, de manera que todo elemento de la población tenga la misma
probabilidad de selección y que las unidades diferentes se seleccionen
independientemente.
Es de hacer notar que, en los abordajes de las Jornadas efectuadas en
la municipalidad orticeña, se logró captar administrar instrumentos con su
debida inducción a 42 consejos comunales, específicamente el 70% de los
consejos comunales que hacen vida en Ortiz, en la recolección de los
instrumentos debidamente llenados, firmados y avalados en asamblea de
ciudadanos, se recogieron 36 instrumento, que forman el 62% de la totalidad
de los consejos comunales conformados en el municipio Ortiz y el 88% de los
abordados en las jornadas. En virtud de lo antes expuesto, se presenta a
continuación un cuadro sinóptico en el que se especifican las cantidades de
consejos comunales abordados por parroquia:
Cuadro 2. Consejos Comunales Abordados en las Jornadas de Cogestión
para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo
Parroquia CC Existentes CC Abordados CC Tabulados
Ortiz 18 11 15
San José de Tiznados 17 07 07
San Francisco de Tiznados 15 13 04
San Lorenzo de Tiznados 10 11 11
Total General 60 42 37
X 100% 70% 62%
Total general de instrumentos tabulados en los CC abordados 88%
Fuente: Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de Ortiz
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2.5. Confiabilidad
Hay que aceptar el hecho de que los estudios empíricos no pueden
producir resultados que sean ciertos con absoluta certeza. Sin embargo,
incluso cuando se conoce que los resultados pueden contener pequeños
errores, los resultados pueden seguir siendo bastante útiles para muchos
fines prácticos. En todo caso cuando se usan los resultados de la
investigación con una certidumbre menos que absoluta, se pueden necesitar
métodos para evaluar los resultados de la investigación.
Una investigación cualitativa puede concluir con datos numéricos. El
tratamiento de esta información será estadístico. La representación también
puede seguir los mismos cánones que en investigación cuantitativa. La
confiablidad de la investigación será determinada en la medida en que la
información obtenida demuestre consistencia en los datos.
Para obtener el Coeficiente de confiabilidad del instrumento, definido
este proceso por Muñoz (1.999), como “la estabilidad, consistencia y
exactitud de los resultados, es decir, que los resultados que se obtendrán al
aplicar el instrumento sean similares si se vuelven a aplicar a una muestra en
igual condición” (p. 55), se aplicará la prueba del coeficiente desarrollado por
J.L. Cronbach, el cual requiere una sola administración del instrumento de
medición y produce valores que oscilan entre 0 y 1. Su ventaja reside en que
no es necesario dividir en dos mitades a los ítems del instrumento de
medición, simplemente se aplica la medición y se calcula el coeficiente. El
procedimiento que servirá para construir el instrumento de medición fue el
siguiente:
1. Listar las Variables que se pretenden medir u observar.
2. Revisar su medición conceptual y comprender su significado
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3. Revisar cómo han sido definidas operacionalmente las
variables.
4. Elegir el instrumento ya desarrollado que haya sido favorecido
por la comparación y adaptarlo al contexto de la investigación.
A tal efecto, Ruiz (1.998), expresa que un resultado igual o mayor a
0.80, significa que el instrumento es confiable.
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Capítulo III
Marco Jurídico
Bases Legales que sustentan el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo
Los basamentos legales son los que apoyan al presente Plan
Municipal de Desarrollo, articulándose con las leyes correspondientes,
dándole la validez constitucional, para así garantizar la legalidad de
participación de los respectivos entes, y las comunidades organizadas
apoyadas en la cogestión e integración de los poderes ejecutivos y el poder
popular, en pro de avanzar en los espacios de empoderamiento de los
recursos asignados por el estado, a los actores municipales, para lograr un
desarrollo sostenible y sustentable, siguiendo las doctrinas socialistas
revolucionarias, diseñadas para proporcionar la suprema felicidad social al
colectivo y a las clases sociales más desfavorecidas.
3.1. Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular
Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela,
Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de Diciembre De 2010
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder
Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la
planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder
Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos
encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin
de garantizar un sistema de planificación, que tenga como propósito el
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empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y
armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación
del país, a través de una justa distribución de la riqueza mediante una
planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta,
para la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad.
Ámbito de Aplicación
Artículo 2. Están sujetos a las disposiciones de la presente Ley:
1. Los órganos y entes que conforman el Poder Público y las instancias del
Poder Popular.
2. Los institutos públicos y demás personas jurídicas estatales de derecho
público, con o sin fines empresariales.
3. Las sociedades mercantiles en las cuales la República, por tener una
participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social o a
través de otro mecanismo jurídico, tenga el control de sus decisiones.
4. Las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través de
la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinar la gestión
empresarial pública de un sector de la economía nacional.
5. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás entes constituidos con
fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas en
este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o
contribuciones en un ejercicio, sean efectuados por una o varias de las
personas referidas en el presente artículo y represente el cincuenta por
ciento (50%) o más de su presupuesto.
Principios y valores
Articulo 3. La planificación pública, popular y participativa como herramienta
fundamental para construcción de la nueva sociedad, se inspira en la
doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores
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socialistas de: democracia participativa y protagónica, interés colectivo,
honestidad, legalidad, rendición de cuentas, control social, transparencia,
integralidad, perfectibilidad, eficacia, eficiencia y efectividad; equidad, justicia,
igualdad social y de género, complementariedad, diversidad cultural,
corresponsabilidad, cooperación, responsabilidad, deber social,
sustentabilidad, defensa y protección ambiental, garantía de los derechos de
la mujer, de los niños, niñas y adolescentes, y toda persona en situación de
vulnerabilidad; defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional.
Finalidades
Artículo 4. La planificación pública y popular tiene por finalidad:
1. Establecer un Sistema Nacional de Planificación que permita el logro de
los objetivos estratégicos del desarrollo económico y social de la Nación.
2. Garantizar el seguimiento, evaluación y control del desempeño
institucional.
3. Ordenar, racionalizar y coordinar la acción pública en los distintos ámbitos
y niveles político-territoriales de gobierno.
4. Fortalecer la capacidad del Estado y del Poder Popular en función de los
objetivos estratégicos de desarrollo económico y social de la Nación.
5. Forjar un Estado transparente, eficaz, eficiente y efectivo.
6. Fortalecer los mecanismos institucionales para mantener la continuidad de
los programas y sus inversiones, así como las demás decisiones públicas
relacionadas con el desarrollo sustentable del país.
7. Fortalecer las capacidades estratégicas y rectoras del Estado y del Poder
Popular para la inversión de los recursos públicos.
8. Garantizar la vinculación entre la formulación y ejecución de los planes y la
programación presupuestaria.
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9. Promover espacios para el ejercicio de la democracia, participativa y
protagónica, como base para la consolidación del Estado Comunal.
Sistema de Planes
Artículo 19 La planificación de las políticas públicas responderá a un sistema
integrado de planes, orientada bajo los lineamientos establecidos en la
normativa legal vigente; dicho sistema se compone de:
1. Planes Estratégicos:
a. Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
b. Plan de Desarrollo Regional
c. Plan de Desarrollo Estadal.
d. Plan Municipal de Desarrollo.
e. Plan Comunal de Desarrollo
f. Plan Comunitario
g. Los planes estratégicos de los órganos y entes del Poder Público.
h. Los planes sectoriales elaborados por los órganos de la Administración
Pública
Nacional.
i. Los demás planes que demande el proceso de planificación estratégica de
políticas públicas o los requerimientos para el desarrollo social integral.
2. Planes Operativos
a. Plan Operativo Anual Nacional.
b. Plan Operativo Anual Estadal.
c. Plan Operativo Anual Municipal.
d. Plan Operativo Anual Comunal
e. Los Planes Operativos Anuales de los Órganos y Entes del Poder Público.
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Capítulo II
De los Planes Estratégicos
Sección Primera. Disposiciones Generales
Planes Estratégicos
Artículo 24: Los planes estratégicos son aquellos formulados por los órganos
y entes del Poder Pública y las instancias del Poder Popular, en atención a
los objetivos sectoriales e institucionales que le correspondan de
conformidad con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
Vigencia de los Planes
Artículo 25: Los planes estratégicos tendrán la vigencia que corresponda al
período constitucional o legal de gestión de la máxima autoridad de la rama
del Poder Público o instancia de Poder Popular responsable de su
formulación.
Sección Quinta
Plan Municipal de Desarrollo. Naturaleza del Plan
Artículo 36: El Plan Municipal de Desarrollo es el instrumento de gobierno
que permite a nivel municipal, establecer los proyectos, objetivos, metas,
acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos
plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a
través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes de
la Administración Pública Municipal y las instancias del Poder Popular
correspondientes, de conformidad con la ley.
Formulación y Aprobación del Plan
Artículo 37: La formulación y aprobación del Plan Municipal de Desarrollo, se
realiza de la siguiente manera:
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1- El Alcalde o Alcaldesa, a través de los órganos o entes encargados de la
planificación de políticas públicas, formulará el Plan Municipal de Desarrollo
del respectivo municipio y lo presentará ante el Consejo Local de
Planificación Pública.
2- Corresponde al Consejo Local de Planificación Pública, discutir, aprobar y
modificar el Plan Municipal de Desarrollo.
3- El Alcalde o Alcaldesa presentará ante el Concejo Municipal, el Plan
Municipal de Desarrollo, para su definitiva aprobación.
Ejecución del plan
Artículo 38: El Plan Municipal de Desarrollo se ejecutará a través de los
órganos y entes municipales, aplicando los instrumentos dispuestos por el
Sistema Nacional de Planificación, de conformidad con lo dispuesto en la
presente Ley y demás normativas aplicables.
Seguimiento y Evaluación del Plan
Artículo 39: Corresponde al Alcalde o Alcaldesa, al Consejo Local de
Planificación Pública y a las instancias del Poder Popular, realizar el
seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo, sin perjuicio de lo
dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la
ley.
3.2. Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
Capítulo I. Disposiciones Generales. Objeto de la ley.
Artículo 1: La presente ley tiene por objeto regular la organización y
funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en virtud de ello, y a fin
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de desarrollar las competencias que el texto constitucional le ha trazado,
establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas
y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional. Igualmente
atiende al establecimiento del régimen para la transferencia de las
competencias de los entes territoriales, a las organizaciones detentadoras de
la soberanía originaria del Estado.
Consejo Federal de Gobierno. Finalidad.
Artículo 2: El Consejo Federal de Gobierno, establecerá los lineamientos que
orientarán los procesos de planificación y coordinación en la ordenación
territorial y de transferencia de las competencias y atribuciones de las
entidades territoriales, hacia las organizaciones de base del poder popular.
Consejo Federal de Gobierno. Estructura
Artículo 3: De conformidad con lo dispuesto en la normativa constitucional, el
Consejo Federal de Gobierno está integrado por los representantes de los
Poderes Públicos aludidos en la Constitución y representantes de la
sociedad organizadas expresamente señalados en la presente ley, y está
presidido por el Vicepresidente Ejecutivo. Cuenta con una Secretaría
integrada por el Vicepresidente Ejecutivo, dos Ministros o Ministras, tres
Gobernadores o Gobernadoras y tres Alcaldes o Alcaldesas. Asimismo,
cuenta con el Fondo de Compensación Interterritorial, organismo destinado
al financiamiento de inversiones públicas, para promover el desarrollo
equilibrado de las regiones.
Proceso de Planificación.
Artículo 4: La función de planificación asignada al Consejo Federal de
Gobierno, se destina a establecer los objetivos de los entes descentralizados
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territorialmente y a las organizaciones populares de base, a los fines de
obtener el desarrollo socio territorial equilibrado, la cooperación y
complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas
entidades públicas territoriales y, a apoyar la dotación de obras y servicios
esenciales en las comunidades.
Transferencia de competencias.
Artículo 5: La transferencia de competencias se considera la vía para eliminar
las graves desigualdades existentes entre los entes que conforman la
organización política territorial, equilibrando el reparto de los beneficios que,
en bienes y servicios, derivan de la correcta planificación de los recursos.
Integración.
Artículo 11: La Plenaria es el órgano del Consejo Federal de Gobierno
integrado por los representantes de los Poderes Territoriales, y de las
organizaciones de base que configuran la estructura del Estado. En virtud de
lo anterior, la Plenaria del Consejo Federal de Gobierno, está conformada
por el Vicepresidente Ejecutivo, los Ministros y Ministras Vicepresidentes del
Consejo de Ministros, los Gobernadores o Gobernadoras, un Alcalde o
Alcaldesa por cada Estado y un Vocero o Vocera de las organizaciones de
base del Poder Popular, por cada una de las Regiones Federales de
Desarrollo existentes en el país.
Selección de los Alcaldes y Alcaldesas
Artículo 12: Los Alcaldes y Alcaldesas que representaran a cada estado en la
Plenaria, serán escogidos por decisión de la mayoría de ellos, en reunión
que al efecto convoque el Presidente del Consejo Federal de Gobierno.
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Durarán un año en sus cargos, pudiendo ser seleccionados para
subsiguientes períodos.
3.3. Ley Orgánica del Poder Público Municipal
Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Sancionada el 17-05-05)
Gaceta Oficial N°38.204 del 08-06-05
Título I. Disposiciones Generales
Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios
constitucionales, relativos al Poder Público Municipal, su autonomía,
organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para el
efectivo ejercicio de la participación protagónica del pueblo en los asuntos
propios de la vida local, conforme a los valores de la democracia
participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la
descentralización y la transferencia a las comunidades y grupos vecinales
organizados.
Artículo 2: El Municipio constituye la unidad política primaria de la
organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce
sus competencias de manera autónoma, conforme a la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y la ley. Sus actuaciones incorporarán la
participación ciudadana de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la
definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de
sus resultados.
Artículo 3: La autonomía es la facultad que tiene el Municipio para elegir sus
autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e
invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como
organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y
económico sustentable de las comunidades locales, y los fines del Estado.
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Artículo 4: En el ejercicio de su autonomía corresponde al Municipio:
1. Elegir sus autoridades.
2. Crear parroquias y otras entidades locales.
3. Crear instancias, mecanismos y sujetos de descentralización,
conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y
la ley.
4. Asociarse en mancomunidades y demás formas asociativas
intergubernamentales para fines de interés público determinados.
5. Legislar en materia de su competencia, y sobre la organización y
funcionamiento de los distintos órganos del Municipio.
6. Gestionar las materias de su competencia.
7. Crear, recaudar e invertir sus ingresos.
8. Controlar, vigilar y fiscalizar los ingresos, gastos y bienes municipales,
así como las operaciones relativas a los mismos.
9. Impulsar y promover la participación ciudadana, en el ejercicio de sus
actuaciones.
10.Las demás actuaciones relativas a los asuntos propios de la vida local
conforme a su naturaleza.
Capítulo V. De la Diversidad de Regímenes
Artículo 48: Estos regímenes de organización, gobierno y administración
deberán estar en correspondencia con los planes de desarrollo elaborados
por los Consejos de
Planificación a nivel municipal y estadal, orientados a atender con eficiencia
los requerimientos para el desarrollo de la vocación económica respectiva.
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Capítulo VI. Del Consejo Local de Planificación Pública
Artículo 110: El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano
encargado de integrar al gobierno municipal y a las comunidades
organizadas en el proceso de planificación e instrumentación del desarrollo
del Municipio. Su funcionamiento se regirá por lo establecido en la ley
especial y en la respectiva ordenanza, de conformidad con la normativa de
planificación correspondiente.
Artículo 111: Una vez elegido o elegida el alcalde o alcaldesa deberá
presentar ante el Consejo Local de Planificación Pública, dentro de los ciento
ochenta días siguientes a su toma de posesión, las líneas maestras de su
plan de gobierno y para dar cabida a criterios de los ciudadanos y
ciudadanas con el propósito de enriquecer el Plan Municipal de Desarrollo,
de conformidad con la normativa de planificación correspondiente.
Artículo 112: Los consejos parroquiales y comunales son instancias del
Consejo Local de Planificación Pública que tendrán como función servir de
centro principal para la participación y protagonismo del pueblo en la
formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así
como para viabilizar las ideas y propuestas que la comunidad organizada
presente ante el Consejo Local de Planificación Pública. Una vez aprobadas
las propuestas, convertida en proyectos y puestos estos en ejecución, los
miembros de los consejos parroquiales y comunales podrán realizar el
seguimiento, control y evaluación respectivos.
Artículo 113: El alcalde o alcaldesa en su carácter de presidente o presidenta
del Consejo Local de Planificación Pública, promoverá la conformación de los
consejos parroquiales y comunales en cada una de las parroquias y
comunidades del Municipio para garantizar la participación ciudadana en el
Consejo Local de Planificación Pública.
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Artículo 114: La ordenanza del Consejo Local de Planificación Pública
deberá regular todo lo relativo a la integración, organización y funcionamiento
de los consejos parroquiales y comunales. En los consejos comunales, la
integración podrá ser sectorial y/o vecinal, según sea la realidad
organizacional de las comunidades en los municipios y, en el caso de los
consejos parroquiales, éstos deberán estar vinculados con los sectores
representados en el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio.
3.4. Ley de los consejos comunales
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 1: Objeto. La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y
regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los
consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la
formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.
Artículo 2: De los consejos comunales. Los consejos comunales en el marco
constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de
participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones
comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten
al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas
y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Artículo 3: Principios. La organización, funcionamiento y acción de los
consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad,
cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad,
eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e
igualdad social y de género.
Artículo 4: Definiciones. A los efectos de esta Ley se entiende:
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1) Comunidad: es el conglomerado social de familias, ciudadanos y
ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que
comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan
entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y
potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra
índole.
2) Comunidades Indígenas: son grupos humanos formados por familias
indígenas asociadas entre sí, pertenecientes a uno o más pueblos
indígenas, que están ubicados en un determinado espacio geográfico y
organizados según las pautas culturales propias de cada pueblo, con o
sin modificaciones provenientes de otras culturas.
3) Área geográfica de la comunidad: Territorio que ocupan las y los
habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen en
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas dentro de los cuales funcionará
el Consejo Comunal. El área geográfica será decidida por la Asamblea
de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de
cada comunidad.
4) Base poblacional de la comunidad: A los efectos de la participación
protagónica, la planificación y la gobernabilidad de los consejos
comunales, se asumen como referencias los criterios técnicos y
sociológicos que señalan que las comunidades se agrupan en familias,
entre doscientos (200) y cuatrocientos (400) en el área urbana y a partir
de veinte (20) familias en el área rural y a partir de diez (10) familias en
las comunidades indígenas. La base poblacional será decidida por la
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las
particularidades de cada comunidad, tomando en cuenta las
comunidades aledañas.
5) Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Es la instancia primaria para el
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ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas
decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal
respectivo.
6) Comité de trabajo del Consejo Comunal: Colectivo o grupo de personas
organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades y
desarrollar las potencialidades de cada comunidad. El comité de trabajo,
articulará y promoverá la participación e integración de las
organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la
comunidad.
7) Áreas de Trabajo: Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las
particularidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El
número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad de
cada comunidad, pudiendo ser: de economía popular y desarrollo
endógeno; desarrollo social integral; vivienda, hábitat e infraestructura; y
cualquier otra que defina la comunidad. Las áreas de trabajo agruparán
varios comités de trabajo.
8) Organizaciones Comunitarias: organizaciones que existen o pueden
existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y
ciudadanas en base a objetivos e intereses comunes, tales como:
comités de tierras, comités de salud, mesas técnicas de agua, grupos
culturales, clubes deportivos, puntos de encuentro y organizaciones de
mujeres, sindicatos y organizaciones de trabajadores y trabajadoras,
organizaciones juveniles o estudiantiles, asociaciones civiles,
cooperativas, entre otras.
9) Vocero o vocera: Es la persona electa en Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida solvencia moral,
trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo, espíritu unitario y
compromiso con los intereses de la comunidad, a fin de coordinar todo lo
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relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la
instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante
las instancias correspondientes.
10) Banco Comunal: El Banco Comunal es la forma de organización y
gestión económico-financiera de los recursos de los consejos comunales;
es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y
participativa.
Artículo 5: Deberes. Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas
integrantes de los consejos comunales: la corresponsabilidad social, la
rendición de cuentas, el manejo transparente, oportuno y eficaz de los
recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier otra
vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Capítulo II. Integración y Organización del Consejo Comunal
Artículo 6: Atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas. La
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de decisión
del Consejo Comunal, integrada por los habitantes de la comunidad,
mayores de quince (15) años, y tiene las siguientes atribuciones:
1) Aprobar las normas de convivencia de la comunidad.
2) Aprobar los estatutos y el acta constitutiva del Consejo Comunal, la cual
contendrá: nombre del Consejo Comunal; área geográfica que ocupa;
número de familias que lo integran; listado de asistentes a la Asamblea
(Nombre y apellido, cédula de identidad); lugar, fecha y hora de la
Asamblea; acuerdos de la Asamblea; resultados de la elección de las y
los voceros, y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal.
3) Aprobar el Plan de Desarrollo de la Comunidad.
4) Aprobar los proyectos presentados al Consejo Comunal en beneficio de
la comunidad, así como la integración de los proyectos para resolver las
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necesidades afines con otras comunidades e instancias de gobierno,
bajo la orientación sostenible y sustentable del desarrollo endógeno.
5) Ejercer la contraloría social.
6) Adoptar las decisiones esenciales de la vida comunitaria.
7) Elegir las y los integrantes de la Comisión Promotora.
8) Elegir las y los integrantes de la Comisión Electoral.
9) Elegir a voceros o voceras del órgano ejecutivo.
10) Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Contraloría Social.
11) Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Gestión Financiera.
12) Revocar el mandato de los voceros o voceras y demás integrantes de
los órganos del Consejo Comunal, conforme con lo que establezca el
Reglamento de la presente Ley.
13) Evaluar y aprobar la gestión financiera.
14) Definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del
Consejo Comunal.
15) Las demás establecidas en la presente Ley y su Reglamento.
3.5. Ley Orgánica del Poder Popular
Capítulo I. Disposiciones Generales. Objeto
Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder
Popular, generando condiciones objetivas, través de los diversos medios de
participación y organización establecidos en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, en la Ley, y los que surjan de la iniciativa popular,
para que los ciudadanos y las ciudadanas ejerzan el pleno derecho de la
soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, y la
constitución de formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el
ejercicio directo del poder.
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Poder Popular
Artículo 2: El Poder Popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte
del pueblo en lo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional,
y en todo ámbito del desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad, a través
de sus diversas y disímiles formas de organización, que edifican el Estado
Comunal.
Dimensión
Artículo 3: El Poder Popular se fundamenta en el principio de soberanía y el
sentido de progresividad de los derechos contemplados en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, cuyo ejercicio y desarrollo está
determinado por los niveles de conciencia política y organización del pueblo.
Finalidad
Artículo 4: El Poder Popular tiene por finalidad garantizar la vida y el
bienestar social del pueblo, mediante la creación de las condiciones para su
desarrollo social y espiritual, procurando la igualdad de oportunidades para
que todos y todas desarrollen libremente su personalidad, dirijan su destino,
disfruten los derechos humanos y alcancen la suprema felicidad social.
Principios y valores
Artículo 5: La organización y participación del pueblo en el ejercicio de su
soberanía se inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por
los principios y valores socialistas de: democracia participativa y protagónica,
interés colectivo, equidad, justicia, igualdad social y de género,
complementariedad, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos,
corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad,
transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad,
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responsabilidad, deber social, rendición de cuentas, control social, libre
debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección
ambiental; garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y
adolescentes, y toda persona en situación de vulnerabilidad; y defensa de la
integridad territorial y de la soberanía nacional.
Ámbito de aplicación
Artículo 6: Las disposiciones de la presente ley son aplicables a todas las
organizaciones, expresiones y ámbitos del Poder Popular, ejercidas directa o
indirectamente por los ciudadanos y ciudadanas, las comunidades, los
sectores sociales, la sociedad en general y las situaciones que afecten el
interés colectivo, acatando el principio de legalidad en la formación,
ejecución y control de la gestión pública.
Fines del poder popular
Artículo 7: El poder popular tiene como fines:
1. Impulsar el fortalecimiento de la organización del pueblo, en función de
consolidar la democracia protagónica revolucionaria y construir las bases de
la sociedad socialista, democrática, de derecho y de justicia.
2. Generar las condiciones para garantizar que la iniciativa popular, en el
ejercicio de la gestión social, asuma funciones, atribuciones y competencias
de administración, prestación de servicios y ejecución de obras, mediante la
transferencia desde los distintos entes político-territoriales hacia los
autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de
los mismos surjan.
3. Fortalecer la cultura de la participación en los asuntos públicos para
garantizar el ejercicio de la soberanía popular.
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4. Promover los valores y principios de la ética socialista: la solidaridad, el
bien común, la honestidad, el deber social, la voluntariedad, la defensa y
protección del ambiente y los derechos humanos.
5. Coadyuvar con las políticas de Estado en todas sus instancias, con la
finalidad de actuar coordinadamente en la ejecución del Plan de Desarrollo
Económico y Social de la Nación y los demás planes que se establezcan en
cada uno de los niveles políticos-territoriales y las instancias político-
administrativas que la ley establezca.
6. Establecer las bases que permitan al pueblo organizado el ejercicio de la
contraloría social para asegurar que la inversión de los recursos públicos se
realice de forma eficiente para el beneficio colectivo; y vigilar que las
actividades del sector privado con incidencia social se desarrollen en el
marco de las normativas legales de protección a los usuarios y
consumidores.
7. Profundizar la corresponsabilidad, la autogestión y la cogestión.
3.6. Ley Orgánica De Las Comunas
La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicó la
aprobación de la Ley Orgánica de las Comunas, mediante Gaceta Oficial
Número 6.011 en Caracas, Martes 21 de Diciembre De 2010
Título I. Disposiciones Generales
Artículo 1: Objeto. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el
Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución,
conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad
local donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular,
ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación
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protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado
comunal, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de
justicia.
Artículo 2: Principios y valores. La constitución, conformación, organización y
funcionamiento de la Comuna se inspiró en la doctrina del Libertador Simón
Bolívar, y se rige por los principios y valores socialistas de participación
democrática y protagónica, interés colectivo, complementariedad, diversidad
cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad, deber social,
cogestión, autogestión, autogobierno, cooperación, solidaridad,
transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad,
responsabilidad, rendición de cuentas, control social, libre debate de ideas,
voluntariedad, sustentabilidad ambiental, igualdad social y de género,
garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes y de
toda persona en situación de vulnerabilidad, de equidad, justicia y defensa de
la integridad territorial y la soberanía nacional.
Artículo 3: Ámbito de aplicación. Están sujetas a la aplicación de esta Ley,
las organizaciones comunitarias, las comunidades organizadas y todas las
instancias del Poder Popular debidamente constituidas, así como las
personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como privado, que
se relacionen con las comunas.
Título II. De la Comuna
Artículo 5: Comuna. Es un espacio socialista que, como entidad local, es
definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria
histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen
en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de
sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación
protagónica como expresión del Poder Popular, en concordancia con un
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régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y
sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación.
Artículo 6: Propósito. La Comuna tiene como propósito fundamental la
edificación del estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo
de la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y
ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la conformación y
ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas, a
través de la planificación del desarrollo social y económico, la formulación de
proyectos, la elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y
gestión de las competencias y servicios que conforme al proceso de
descentralización, le sean transferidos, así como la construcción de un
sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de propiedad
social, y la disposición de medios alternativos de justicia para la convivencia
y la paz comunal, como tránsito hacia la sociedad socialista, democrática, de
equidad y justicia social.
Artículo 7: Finalidades. La Comuna tendrá como finalidad:
1. Desarrollar y consolidar el estado comunal como expresión del Poder
Popular y soporte para la construcción de la sociedad socialista.
2. Conformar el autogobierno para el ejercicio directo de funciones en la
formulación, ejecución y control de la gestión pública.
3. Promover la integración y la articulación con otras comunas en el
marco de las unidades de gestión territorial establecidas por el
Consejo Federal de Gobierno.
4. Impulsar el desarrollo y consolidación de la propiedad social.
5. Garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de
participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en la
formulación, ejecución y control de planes y proyectos vinculados a los
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aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales,
ecológicos y de seguridad y defensa.
6. Promover mecanismos para la formación e información en las
comunidades.
7. Impulsar la defensa colectiva y popular de los derechos humanos.
8. Todas aquellas determinadas en la Constitución de la República y en
la Ley.
Artículo 8: De la constitución. La Comuna se constituye por iniciativa popular
a través de la agregación de comunidades organizadas. El Reglamento de la
presente Ley establecerá lo relativo al número de comunidades organizadas
requeridas para su constitución, tanto en el área urbana como en el área
rural.
Artículo 9: Organización político-territorial. Atendiendo a condiciones
históricas, integración, rasgos culturales, usos, costumbres y potencialidades
económicas, el ámbito geográfico donde se constituya la Comuna, podrá
coincidir o no con los límites político-administrativos de los estados,
municipios o dependencias federales, sin que ello afecte o modifique la
organización político-territorial establecida en la Constitución de la República.
Artículo 10: Iniciativa. La iniciativa para la constitución de la Comuna
corresponde a los consejos comunales y a las organizaciones sociales que
hagan vida activa en las comunidades organizadas, quienes deberán
previamente conformarse en comisión promotora, notificando de este acto al
órgano facilitador.
Artículo 11: Comisión promotora. La comisión promotora, en un lapso de
sesenta días continuos, contados a partir de la notificación de su constitución
al órgano facilitador, tendrá las siguientes atribuciones:
1. Formular la propuesta del ámbito geográfico de la Comuna.
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2. Difundir y promover, en coordinación con las unidades ejecutivas de
los consejos comunales, la información y el debate, entre los y las
habitantes del ámbito geográfico propuesto, sobre el alcance, objeto y
finalidades de la Comuna.
3. Coordinar con los voceros y voceras del comité de educación, cultura
y formación ciudadana de los consejos comunales, la redacción del
proyecto de la carta fundacional de la Comuna a ser sometida a
referendo aprobatorio con la participación de los electores y electoras
del ámbito geográfico propuesto.
4. Coordinar con las comisiones electorales de los consejos comunales
del espacio territorial propuesto, la convocatoria al referendo
aprobatorio de la carta fundacional de la Comuna.
5. Coordinar con el órgano facilitador el acompañamiento y apoyo que
éste debe prestar en el proceso de constitución de la Comuna.
Artículo 12. Carta fundacional. El proyecto de la carta fundacional de la
Comuna contendrá los siguientes aspectos:
1. Ubicación.
2. Ámbito geográfico.
3. Denominación de la Comuna.
4. Declaración de principios.
5. Censo poblacional para el momento de su constitución.
6. Diagnóstico sobre los principales problemas y necesidades de su
población.
7. Inventario de las potencialidades económicas, sociales, culturales,
ambientales y opciones de desarrollo.
8. Programa político estratégico comunal, contentivo de las líneas
generales de acción a corto, mediano y largo plazo para la superación
de los problemas y necesidades de la Comuna.
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La Comuna se constituye como tal, cuando mediante referendo los
ciudadanos y ciudadanas de las comunidades organizadas del ámbito
geográfico propuesto la aprueben por mayoría simple.
3.7. Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública
Gaceta Oficial N°37.463 de fecha 12 de junio de 20 02
Objeto
Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y
bases para la organización y funcionamiento de los Consejos Locales de
Planificación Pública, para hacer eficaz su intervención en la planificación
que conjuntamente efectuará con el gobierno municipal respectivo, y el
concurso de las comunidades organizadas.
Naturaleza
Artículo 2: El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano encargado
de la planificación integral del gobierno local, para lo cual, se sujetará con lo
dispuesto en el artículo 55 del Decreto Nº 1.528 con Fuerza de Ley Orgánica
de Planificación, con el propósito de lograr la integración de las comunidades
organizadas y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo
dentro de una política general de Estado, descentralización y
desconcentración de competencias y recursos, de conformidad con lo
establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Cada Consejo Local de Planificación Pública, promoverá y orientará una
tipología de municipio atendiendo a las condiciones de población, nivel de
progreso económico, capacidad para generar ingresos fiscales propios,
situación geográfica, elementos históricos, culturales y otros factores
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relevantes. En todo caso, el Consejo Local de Planificación Pública
responderá a la naturaleza propia del municipio.
Integración
Artículo 3: El Consejo Local de Planificación Pública para el cumplimiento de
sus funciones, estará conformado por:
1. Un Presidente o Presidenta, quien será el Alcalde o Alcaldesa.
2. Los Concejales y Concejalas del municipio.
3. Los Presidentes o Presidentas de las Juntas Parroquiales.
4. El o los representantes de organizaciones vecinales de las parroquias, el o
los representantes, por sectores, de las organizaciones de la sociedad
organizada y el o los representantes de las comunidades o pueblos
indígenas, donde los hubiere. Estos representantes, serán elegidos como lo
dispone el artículo 4 de esta Ley, en un número igual a la sumatoria más uno
de los integrantes mencionados en los numerales 1 al 3 de este artículo.
El ejercicio de las funciones inherentes al Consejo Local de Planificación
Pública será ad-honorem.
Elección de los representantes de la comunidad organizada
Artículo 4: Sin menoscabo de las normas establecidas en la ley orgánica que
regula el Poder Electoral, la elección de los representantes de las
organizaciones vecinales y de los sectores de la sociedad organizada, es
competencia de la asamblea de ciudadanos de la comunidad o sector
respectivo, para lo cual, deberá ser convocado un representante de la
Defensoría del Pueblo, de su jurisdicción, quien testificará en el acta de la
asamblea de ciudadanos los resultados, de dicha elección. La ordenanza
respectiva determinará la forma como se realizará la organización de los
sectores involucrados de las comunidades organizadas, así como el
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Plan Municipal de Desarrollo del Municipio Ortiz, Estado Guárico

  • 1. PPPPPPPPllllllllaaaaaaaa República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Estado Guárico aaaaaaaannnnnnnn MMMMMMMMuuuuuuuunnnnnnnniiiiiiiicccccccciiiiiiiippppppppaaaaaaaallllllll DDDDDDDDeeeeeeeessssssssaaaaaaaarrrrrrrrrrrrrrrroooooooolllllllllllllllloooooooo 22..001122 --22..001166 Agosto 2.011 ddddddddeeeeeeee
  • 2. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 2 Tabla de contenido Apartado Introductorio, Presentación o Resumen Ejecutivo ..................................... 6 Capítulo I .................................................................................................................. 7 Marco Teórico........................................................................................................... 7 Bases Conceptuales del Plan Municipal de Desarrollo ............................................. 7 1.2 Cómo se realizó la consulta para detectar las demandas y alternativas de solución? ........................................................................................................... 7 1.3. Quiénes participaron en tal consulta, en su sistematización?.................. 8 1.4. Cómo se hizo su validación ante la ciudadanía?................................... 10 1.5. Misión del Gobierno Municipal y de la Comunidad................................ 10 1.6. Objetivos y metas a alcanzar para cumplir con el mandato popular...... 11 1.7. Visión del Plan Municipal de Desarrollo ................................................ 12 1.8. Misión del Plan Municipal de Desarrollo................................................ 12 Capítulo II ............................................................................................................... 13 Marco Metodológico.................................................................................................... 13 2.1. Modalidad de la Investigación................................................................... 13 2.2. Técnicas y Recolección de Datos ............................................................. 17 2.3. Población.................................................................................................. 25 2.4. Muestra..................................................................................................... 26 2.5. Confiabilidad............................................................................................. 28 Capítulo III .............................................................................................................. 30 Marco Jurídico........................................................................................................ 30 Bases Legales que sustentan el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo ........... 30 3.1. Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular ...................................... 30 3.2. Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno ....................................... 35 3.3. Ley Orgánica del Poder Público Municipal................................................ 38 3.4. Ley de los consejos comunales ................................................................ 41 3.5. Ley Orgánica del Poder Popular ............................................................... 45 3.6. Ley Orgánica De Las Comunas................................................................ 48
  • 3. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 3 3.7. Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública .............................. 53 3.8. Reglamento De La Ley Orgánica Del Consejo Federal De Gobierno........ 66 Capítulo IV:............................................................................................................. 79 Caracterización Geoestratégica de las Potencialidades Autóctonas de cada Parroquia Orticeña.................................................................................................. 79 4.1. Visión General y Caracterización del Municipio Ortiz............................... 79 4.1.1. Aspecto Físico-Naturales...................................................................... 83 4.1.2. Recursos minerales no metálicos .......................................................... 83 4.1.3. Recursos Escénicos y Turísticos ........................................................... 83 4.1.4. Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE). .................... 84 4.1.5. Habitabilidad.......................................................................................... 84 4.1.6. Comunidades Indígenas ........................................................................ 85 4.1.7. Infraestructura de Servicios ................................................................... 85 4.1.8. Turismo.................................................................................................. 86 4.1.9. Trasporte y vialidad................................................................................ 86 4.1.10. Vivienda y Urbanismo.......................................................................... 86 4.1.11. Agua Potable ....................................................................................... 87 4.1.12. Saneamiento y Alcantarillado............................................................... 87 4.1.13. Servicios Públicos (Electricidad, Gas Domestico, Entre otros)............. 87 4.1.14. Banca Comercial.................................................................................. 87 4.1.15. Sistema de Seguridad y Defensa:........................................................ 88 4.1.16. Sistema Judicial................................................................................... 88 4.1.17. Aspectos Socio-Económicos................................................................ 88 4.2. Reseña Histórica del Municipio Ortiz ........................................................ 89 4.3. Reseña Histórica de la Alcaldía del Municipio Ortiz .................................. 90 4.4. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia Ortiz ................. 93 4.4.1. La Geografía Física ............................................................................... 93 4.4.2. La Geografía Socio-Económica ............................................................. 95 4.4. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San José de Tiznados.......................................................................................................... 99
  • 4. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 4 4.4.1. La Geografía Física ............................................................................... 99 4.4.2. La Geografía Socio - Económica ......................................................... 101 4.5. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San Francisco de Tiznados........................................................................................................ 105 4.5.1. La Geografía Física: ............................................................................ 105 4.5.2. Geografía Socio-Económica ................................................................ 107 4.6. Visión Geoestratégica y Caracterización de la Parroquia San Lorenzo de Tiznados........................................................................................................ 111 4.6.1. La Geografía Física: ............................................................................ 111 Capítulo V:............................................................................................................ 118 Diagnóstico Participativo....................................................................................... 118 5.1. Identificación y Priorización de Problemas Sectorizados por Parroquias 118 Gráfico 1. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia Ortiz.................... 120 5.1.2. Parroquia San José de Tiznados..................................................... 120 Gráfico 2. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia San José de Tiznados........................................................................................................ 123 5.1.3. Parroquia San Francisco de Tiznados............................................. 123 Gráfico 3. Tabulación de Datos obtenidos en la Parroquia San Francisco de Tiznados........................................................................................................ 125 5.1.4. Parroquia San Lorenzo de Tiznados................................................ 126 Gráfico 4. Tabulación de datos en la Parroquia San Lorenzo de Tiznados.... 127 5.2. Matriz de Problemas Sectorizados.......................................................... 128 Capítulo VI:........................................................................................................... 130 Estrategias de Acción........................................................................................... 130 6.1. Programas sectoriales: ........................................................................... 130 6.2. Proyectos:............................................................................................... 139 Capítulo VII:.......................................................................................................... 140 Evaluación y Control............................................................................................. 140 Bibliografía y Webgrafía........................................................................................ 142 Anexos ................................................................................................................. 143 1. Definición de Términos Referenciales ..............................................................143
  • 5. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 5 2. Cronograma de Actividades dirigidas para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo....................................................................................................................143 3. Diapositivas de las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo...............................................................................................................143 4. Listado de Asistencia a las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo .............................................................................................143 5. Fotos de las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo....................................................................................................................143 6. Diagnósticos Comunitarios Recolectados en las Jornadas de Cogestión Para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo..............................................................143
  • 6. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 6 Apartado Introductorio, Presentación o Resumen Ejecutivo En virtud de dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo Federal de Gobierno en pro del Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, el equipo multidisciplinario de la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio Ortiz, se avocó a establecer una agenda contentiva de ciertas actividades dirigidas a cumplir con la meta trazada: la consignación ante el Consejo Federal de Gobierno, antes del 26 de Agosto del 2011, los 3 productos exigidos por tal entre gubernamental: El Plan Municipal de Desarrollo, La Agenda de Proyectos Prioritarios y la Agenda de Priorización de Necesidades. Para ello, se convocó a las comunidades organizadas que hace vida en las 4 parroquias del Municipio Ortiz, a reunirse en sitios estratégicos, para desarrollar las “Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo”, suscitándose las convocatorias de la siguiente manera: O R T I Z Lugar: Casa de la Cultura de la localidad de Ortiz Fecha: Martes 28-06-11 hora: 3:00 p.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 11 S A N J O S É D E T I Z N A D O S Lugar: Casa de la Cultura de San José de Tiznados Fecha: Miércoles 29-06-11 Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 07 S A N F R A N C I S C O D E T I Z N A D O S Lugar: Casa Parroquial de San Francisco de Tiznados Fecha: Jueves 30-06-11 Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 13 S A N L O R E N Z O D E T I Z N A D O S Lugar: Escuela Canuto Fecha: Viernes 01-07-11 Hora: 9:00 a.m. Consejos Comunales que asistieron a la Jornada: 11
  • 7. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 7 Capítulo I Marco Teórico Bases Conceptuales del Plan Municipal de Desarrollo 1.1Qué es un Plan Municipal de Desarrollo? Es un instrumento técnico-metodológico mediante el cual la Alcaldía del Municipio Ortiz en comunión de las Comunidades Organizadas, establecen las líneas de acción y medios necesarios para lograr las metas establecidas en un período determinado 1.2 Cómo se realizó la consulta para detectar las demandas y alternativas de solución? A través de la administración de instrumentos de recolección de datos, en los que se establecieron ítems puntuales para detectar información de interés, entre los que se encuentran: Datos Demográficos (localidad, número de habitantes, linderos) Datos del Consejo Comunal (Nombre del Consejo Comunal, Datos del Registro Civil) Miembros Responsables (voceros principales) Minuta de Reunión (para que el proceso de jerarquización de necesidades sea de forma participativa, de acuerdo mutuo y avalado por la mayoría de los ciudadanos que conforman cada consejo comunal del municipio Ortiz) Diagnóstico de necesidades (en el que cada consejo comunal en asamblea de ciudadanos, jerarquizará las necesidades más apremiantes y puntualizará a su vez las alternativas de solución
  • 8. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 8 más viables y oportunas que ellos le encuentran a cada necesidad) Durante la semana del 20/06/2011 al 26/06/2011 se realizaron convocatorias diarias por medios de comunicación masivos (prensa, radio, tv) en las que se pautaban las reuniones en sitios estratégicos de las 4 parroquias del municipio, promoviendo el desarrollo de las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, en las que se concientizó a las comunidades organizadas sobre la importancia de una gestión mancomunada entre todos los sectores políticos, sociales y económicos que hacen vida en la jurisdicción orticeña, en pro del desarrollo sostenible y sustentable del municipio. A tal efecto, se hizo entrega de dos formatos: el primero, para el usufructo de la Sala Técnica de Proyectos, para tabular los datos recogidos y armar la base de datos que servirá de plataforma medular en virtud del diseño del Plan Municipal de Desarrollo, y el segundo formato, se les ofreció la inducción del cómo realizar el Plan de Desarrollo Comunal, con el apoyo institucional de la Vocería Principal del Consejo Federal de Gobierno. Efectivamente se contó con la presenciabilidad del 70% de los Consejos Comunales del Municipio Ortiz. 1.3. Quiénes participaron en tal consulta, en su sistematización? Las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, estuvieron coordinadas por el equipo multidisciplinario de la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio Ortiz, conformada por: Econ. Dayanny Verde, Econ. Renzo Hernández, TSU José Alejandro Donaire, Ing. Rafael Benitez y el Ing. Javier Lugo. Además, se contó con la participación Activa y voluntaria de la Sra Mariela Salas Vocera Principal de los Consejos Comunales ante el Consejo Federal de Gobierno, quien se unió al equipo en pro de informa y adiestrar a los Consejos Comunales en lo que
  • 9. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 9 respecta al Diagnóstico Integral Comunal para el Diseño del Plan Comunitario de Desarrollo, contando para ello con el apoyo logístico de la Alcaldía de Ortiz. En este mismo orden de ideas, se contó con la participación de funcionarios de Fundacomunal, quienes fungieron de apoyo técnico a los consejos comunales que están en vías de consolidación a lo largo y ancho del Municipio Ortiz. Por último, pero no menos importante, los consejos comunales que asistieron, se enumeran a continuación en la siguiente tabla sinóptica: P A R R O Q U I A O R T I Z N° Nombre del Consejo Comunal Contacto Tlfs 01 Barsanti – Las Mercedes Dairys García 0424-344.96.52 02 Gamarra – La Caimana Dinora Rivero 0426-641.59.33 03 La Rogera Raúl Pereira 0424-368.31.62 04 Banco Obrero –San Rosa Ercilia Tovar 0416-296.65.49 05 Miguel Otero Silva II y Los Banquitos Cecilia Camargo 06 Mata Mayor Argenis Palencia 0414-146.83.42 07 El Corozo Nelson Hernández 0258-326.63.90 08 Miguel Otero Silva I Alberto Vergara 0424-304.63.46 09 Casco Central, Las Topias Glayda Camacho 0424-249.61.46 10 Las Mercedes Halimar Godoy 0246-416.65.07 11 Herencia Bicentenaria Tibisay Herrera 0414-444.58.25 P A R R O Q U I A S A N J O S É D E T I Z N A D O S N° Consejo Comunal Contacto Tlfs 01 Negra Matea Edelmira Bolívar 02 Totumo Marín I German Vegas 0416-731.84.76 03 Totumo Marin II Eduardo Marralve 0416-734.70.84 04 Brisas de Tiznados Carlos Barrios 0424-311.31.33 05 Los Chiguires Emilio Ramos 0416-346.06.91 06 Laguna de Piedra Nelis Torrealba 0424-353.52.86 07 Laguna de San José Milagros Di Lorenzo 0424-324.83.27 P A R R O Q U I A S A N F R A N C I S C O D E T I Z N A D O S N° Consejo Comunal Contacto Tlfs 01 La Icotea Eleazar Siso 02 El Renacer del Rio Verde Erminia Lara 0246-415.43.68 03 El Corozo Ernesto Hernández 0416-734.58.41 04 Guaitoco Celina Plasencia 0246-995.89.60 05 Coco e Mono German Buyon 0414-149.33.80 06 San Fco. de Tiznados Angel Reyna 0416-981.59.11 07 Las Lajitas Ligia Mireles 0414-474.60.99
  • 10. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 10 08 Paradero Merquiades 09 Corroncho-Roblegacho Elsis Gómez 0424-379.35.74 10 La Guamita I Domingo Godoy 0246-415.97.37 11 La Platilla – Paradero Deisy Pérez 0414-444.81.38 12 Guanare Melendre Yzrrael Izquiel 0424-308.42.96 13 Bancotiezo Pedro Carrillo 0246-415.94.48 P A R R O Q U I A S A N L O R E N Z O D E T I Z N A D O S N° Consejo Comunal Contacto Tlfs 01 Las Majadas Manuel Ascanio 0424-328.05.16 02 Carutico Lilia Gonzalez 0246-414.68.14 03 La Guamita Pablo Villegas 0414-453.36.56 04 Corroncho Gacho Zuleima Coronado 0246-414.57.72 05 Paradero José Petuco 0246-416.60.23 06 La Guamita II Beatriz de Romero 0246-414.79.48 07 La Guamita I Gregoria Villegas 08 Las Martinaz Maritza Mata 0414-448.86.67 09 Bersuga Los Cocos Jesucita Silva 0424-377.36.15 10 Valles de Sabanota Dersy Corro 0424-306.82.86 11 Canuto Gonzalo Cedeño 0246-416.26.48 1.4. Cómo se hizo su validación ante la ciudadanía? El Diagnóstico de las necesidades se validó mediante asambleas de ciudadanos que cada representante de su comunidad convocó, luego de haber recibido la información y los instrumentos pertinentes en las Jornadas de Cogestión realizadas por el equipo multidisciplinario que conforma la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía del Municipio Ortiz, en cada una de las parroquias que se circunscriben en su jurisdicción. 1.5. Misión del Gobierno Municipal y de la Comunidad El horizonte hacia donde nos enfocamos con el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, es la implementación de nuevos programas para incentivar a la comunidad orticeña a la participación y organización, es decir, motivar a la sociedad a que junto a la Alcaldía del Ortiz, asuma el compromiso de construir un gran municipio, en la medida que exista
  • 11. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 11 conexión entre el pueblo y el gobierno municipal, de esta manera, estaremos en condiciones de ser “un municipio de primera”. Todo lo anterior nos proporciona las bases para establecer la forma para administrar los recursos públicos de forma oportuna y en congruencia directa con los principios de equidad y corresponsabilidad social, lo que se traducirá a corto y mediano plazo, en el sello de la administración a la que corresponde actuar, en este caso, al ciudadano Alcalde, Elías Néderr y su equipo de trabajo. 1.6. Objetivos y metas a alcanzar para cumplir con el mandato popular Dirigir un gobierno municipal donde se fortalezca el poder popular a través de una política agresiva, permanente y sostenible de apoyo, capacitación, formación, adiestramiento, instrucción, colaboración y asistencia técnica y profesional a los Bancos Comunales, Voceros y Voceras, Comités de Trabajo y a las Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas de los distintos Consejos Comunales de la geografía municipal. Impulsar la creación, conformación e integración de mayor número de Consejos Comunales en el municipio. Brindarle total y real participación protagónica al pueblo de manera activa, efectiva, suficiente y oportuna en la formación, ejecución y control de la gestión pública municipal que garantice a nuestros habitantes un desarrollo más completo tanto individual como colectivo. Activar el Presupuesto Participativo reactivando el Consejo Local de Planificación Pública, el Plan Municipal de Desarrollo y otras instancias de participación comunitaria conforme a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
  • 12. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 12 1.7. Visión del Plan Municipal de Desarrollo Guiar responsablemente al municipio a un desarrollo sustentable, trabajando con honestidad, atendiendo las demandas ciudadanas, desarrollando medidas de protección al medio ambiente, brindando los servicios necesarios para elevar la calidad de vida de sus habitantes y asegurando el desarrollo de las futuras generaciones. 1.8. Misión del Plan Municipal de Desarrollo Ser un municipio dinámico, con un sector productivo consolidado y de calidad, con un crecimiento ordenado en base a planes y programas orientados a la sustentabilidad y que brinde a sus ciudadanos oportunidades de desarrollo.
  • 13. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 13 Capítulo II Marco Metodológico El desarrollo del presente capítulo, abarca la modalidad de la investigación, la Población y Muestra, así como las Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos, Técnicas de Análisis de Datos, para sustentar fehacientemente la calidad y confiabilidad de las técnicas aplicadas en la presente investigación. 2.1. Modalidad de la Investigación La presente investigación tiene la intención de Proponer el Diseño de un Plan Municipal de Desarrollo para ser implementado en la jurisdiccionalidad orticeña. De acuerdo a los problemas planteados, y en función de los objetivos que persigue la investigación, la misma se ajusta en el estudio de campo, descriptivo, exploratorio y de tipo factible. Es de campo, ya que la información que sustentó el estudio fue escogida directamente de la realidad, en apoyo a ello Altuve (1.995), comenta “El diseño de campo tiene importancia fundamental por el hecho de que permite al investigador conocer las condiciones del logro de la información, pudiendo realizar o modificar su estrategia según la existencia del estudio” (p.81) El carácter descriptivo está presente debido a que pretendió sistemáticamente los hechos y sus características en forma precisa de una situación en particular. En tal sentido, Ruiz (1.996) afirma que “la investigación descriptiva se usa en el sentido literal de describir situaciones o cuentas, es decir, es la acumulación de una base de datos meramente
  • 14. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 14 descriptivos” (p.98). Esta fundamentación toma en cuenta que la intención del estudio es presentar una situación real de un hecho en particular. También el trabajo se cataloga como exploratorio, porque se ajusta a lo indicado por Balestrini (1.998) ya que “pretende avanzar en el conocimiento donde una problemática no está suficientemente desarrollada o delimitar nuevas aspectos de la misma”. (p.7) Por último, la investigación se ajusta a la tipología de proyecto factible, debido a que éste cumple con los requerimientos implícitos de ésta modalidad, según lo manifiesta la publicación de la UPEL (2006), ya que consiste en la elaboración y desarrollo de una propuesta de un: “Modelo operativo viable para solucionar problemas, requerimientos o necesidades de organizaciones o grupos sociales; puede referirse a la formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o procesos, El proyecto debe tener apoyo en una investigación de tipo documental, de campo o un diseño que incluya ambas modalidades”. (p.21) La elección de una estrategia de investigación u otra depende de la pregunta que los investigadores se formulen y en que conceptos se sustentan. Existen preguntas que requieren una investigación cuantitativa. En el caso de la presente investigación, las preguntas requieren utilizar una metodología cualitativa, puesto que se persigue respuestas relacionadas con ciertas conductas y comportamientos, las que no son fáciles de detectar; requieren el poder conversar más abiertamente sobre el tema en cuestión. Para ello, son medulares las interpretaciones como fuente central de datos, debido a que las personas solemos dar distintos significados a la realidad, en virtud del carácter subjetivo que ostenta la realidad que percibe cada quien. De allí que, sea busque comprender los significados, con una perspectiva desde adentro.
  • 15. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 15 En tal sentido, Nube & Sánchez (2005) refieren que “La investigación cualitativa le interesa profundizar en los diferentes motivos de los hechos. El investigador no plantea hipótesis para confirmar o rechazar, sino que va elaborando categorías de análisis que luego va depurando según el objeto de estudio” (pp. 34) Según Nube & Sánchez (2005), las características comunes en Metodología Cualitativa son: (a) Comprensión de fenómeno desde el interior del mismo, (b) cada caso se estudia en profundidad antes de compararlos con los otros; (c) la realidad está construida por diferentes actores, no es única; (d) el texto es la base para la reconstrucción y la interpretación (pp.51) Las dos modalidades de investigaciones (cualitativa y cuantitativa) suelen ofrecer lo mismo: “información valiosa” pero la variante está en el contenido de esa información y la manera en cómo se usa. La investigación cualitativa nos permite rescatar de la persona, su experiencia, su sentir, su opinión con respecto a lo que se investiga, conocer sobre sus hábitos, costumbres, cultura, maneras de proceder, y para ello la metodología etnográfica nos ofrece una gran riqueza en el método. Ante la falta de información objetiva a la que se enfrentan la mayoría de los tomadores de decisiones de cualquier institución, la información cuantitativa es una excelente herramienta, proporciona información objetiva, estadísticamente confiable, que para la mayoría puede ser relativamente fácil de entender: un histograma o un gráfico de pastel. Sin embargo, hay situaciones donde lo que se requiere saber ¿Qué piensa realmente la gente sobre una situación concreta? ¿cómo se siente ante los cambios que se generan en el entorno? Este tipo de preguntas no se logran responder tan fácilmente con algún tipo de información cuantitativa, se requiere de información cuantitativa sobre las vivencias, percepciones, sentimientos y
  • 16. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 16 emociones de las personas, y esto es básicamente lo que ofrece la metodología cualitativa, pues proporciona diferentes alternativas para tener un conocimiento más profundo de una situación en concreto que permitirá resolver un problema, como sería el caso de la aplicación de la investigación- acción, método éste que se pretende utilizar en la presente investigación y que se define como según las mismas autoras, este método es “El único indicado cuando el investigador no sólo quiere conocer una determinada realidad o problema específico de un grupo, sino que también desea resolverlo” (pp. 70). En este caso, los sujetos investigados participan como co-investigadores en todas las fases del proceso: planteamiento del problema, recolección de la información, interpretación de la misma, planeación y ejecución de la acción concreta para la solución del problema, evaluación posterior sobre lo realizado, etc. El fin principal de estas investigaciones no es algo exógeno a las mismas, sino que está orientado hacia la concientización, desarrollo y emancipación de los grupos estudiados. Al aplicar métodos cualitativos al desarrollo de una investigación, se producen datos descriptivos, utilizando las propias palabras habladas o escritas de las personas (su propia interpretación), se realiza en escenarios naturales y vistos desde una perspectiva holística. Los sujetos investigados no son meras variables, sino que constituyen un todo: el investigador cualitativo estudia el contexto ecológico en el que evolucionan los sujetos así como su pasado. Como limitaciones de ésta metodología, desde una perspectiva cuantitativa, se critica el carácter subjetivo de la misma y la posibilidad de que las observaciones e informes de los sujetos puedan estar sesgados o incompletos. Se señala que, al no ser la generalización un objetivo esencialmente relevante para esta metodología, se corre el riesgo de que el investigador observe y analice las diversas situaciones desde su propio
  • 17. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 17 marco referencial, lo que a su vez puede conducir a conclusiones incontrolables y subjetivas y no a una teoría científica. 2.2. Técnicas y Recolección de Datos Para la Recolección de Datos, se utilizaron las siguientes técnicas: Revisión Bibliográfica: Esta Técnica permitirá la búsqueda e identificación de las fuentes escritas, mediante un estudio rápido y adecuado de aquellas fuentes escritas que tengan referencia a la técnica presentada, a través de un análisis de contenido aplicándose las técnicas de subrayado y fichaje Observación Directa: según Serna (1.996) Consiste en hacer preguntas previamente seleccionadas al autor, estas preguntas serán conducidas y controladas por medio de un cuestionario (p.71). Es una de las técnicas más utilizadas en la metodología cualitativa para el estudio de los casos. Su definición varía en función del tipo de investigación, del investigador y de los objetivos que pretenda alcanzar. Puede ser de forma participante y no participante. En este caso, la presente investigación se contextualiza en un Observación Directa Participante, definida por Nube & Sánchez (2005) como la modalidad en la que el investigador se sumerge en el contexto objeto de estudio, formando parte del grupo, de los individuos y de la institución, participando en el contexto en interacción constante e incluso identificándose con los sujetos, pero al mismo tiempo guardando su propio rol de investigador. (pp. 73)
  • 18. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 18 Así mismo, se utilizó el siguiente Instrumento: La Entrevista: tomada en consideración por los investigadores como parte esencial de la recaudación de datos en el desarrollo oportuno de la investigación, es definida por Arias (2004) como “La Entrevista, más que un simple interrogatorio, es una técnica basada en un diálogo o conversación “cara a cara”, entre el entrevistador y entrevistado acerca de un tema previamente determinado, de tal manera que el entrevistador pueda obtener la información requerida” (pp. 73) De lo anteriormente expuesto se puede dilucidar que, la entrevista se caracteriza por su profundidad, es decir, indaga de forma amplia en gran cantidad de aspectos y detalles. Así mismo, Nube & Sánchez (2005) la definen como “Aquella situación que permite el transvase de información entre dos o más personas. Hay diversos tipos según sea el grado de estructuración, directividad y número de participante”. (pp. 74) Ahora bien, haciendo honor a la clasificación que indicaban ulteriormente las autoras, la Entrevista que se desarrollará en la presente investigación, Según el Grado de Estructuración se denominará Entrevista Estructurada, pues según las autoras, se trata en cierto modo de “Un cuestionario administrado de forma oral y a través de preguntas cerradas, que proporcionan al sujeto entrevistado alternativas de respuestas que debe seleccionar, ordenar o expresar sobre el grado de acuerdo o desacuerdo con las mismas” (pp. 74) Como variante de esta modalidad se escoge a la Entrevista Abierta, ya que ésta se da a través de una relación de preguntas cuidadosamente elaboradas y planificadas, intentando conversar con el entrevistado en la misma secuencia y hacer preguntas con sus mismas palabras.
  • 19. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 19 Seguidamente, se presenta la sub-clasificación caracterizada según el Grado de Directividad de la Entrevista, para lo cual se escogió la Entrevista Dirigida, porque según Nube & Sánchez (2005) ·Abarca un conjunto de cuestiones objeto de indagación que han de ser explorados. El entrevistador posee libertad para explorar, probar y plantear todo tipo de preguntas adaptándolas al ritmo del diálogo y al contexto interactivo del entrevistador- entrevistado”. (pp. 74). Esta modalidad de entrevista, requiere, no obstante, una gran capacidad y destreza del entrevistador quien ha de adaptarla al sujeto entrevistado. Ahora bien, la entrevista que se pretende administrar a los sujetos de la investigación, tiene como propósito medular recabar datos sobre la opinión de los encuestados en relación a las necesidades existentes en cada ámbito geográfico circunscrito en los consejos comunales que hacen vida en cada parroquia orticeña. De allí que, esté conformada por seis (6) ítems, los cuales corresponderán a: datos demográficos, identificación general del consejo comunal, identificación de los miembros responsables del consejo comunal, linderos, descripción de los problemas y alternativas de solución. Por otra parte, como es bien sabido que el proceso de priorización de necesidades debe ser avalado mediante asambleas de ciudadanos, el equipo multidisciplinario de la Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de Ortiz se avocó a diseñar un formato de Acta que avale los diagnósticos de necesidades elaborados, debidamente firmados por las vocerías de las mesas técnicas y sellado para darle confiabilidad a la jerarquización de necesidades realizada en cada comunidad. A continuación se presenta el modelo del instrumento administrado en cada consejo comunal durante las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo:
  • 20. Plan Municipal De Desarrollo F I C H A D E R Parroquia: Localidad / Sector: N° de Habitantes: Norte: Sur: Este: Oeste: D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L Nombre del Consejo Comunal: Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el N°: N° Código de Registro: M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S Comisión Vocero Principal Secretario Contraloría Social Salud Deporte y Cultura Economía Pop. y Prod. Infraestructura Seguridad y Defensa Educación/Comunicación Mesa Técnica de agua Mesa de Energía y gas Transporte República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012 GOBIERNO DEL ESTADO GUÁRICO ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ORTIZ DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO SALA TÉCNICA DE PROYECTOS ORTIZ, ESTADO GUÁRICO F I C H A D E R E G I S T R O D E C O N S E J O S C O M U N A L E S Planilla N°: D A T O S D E M O G R Á F I C O S Parroquia: Localidad / Sector: Femenino: M Linderos D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L del Consejo Comunal: Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el Folios: Tomo: N° Código de Registro: N° de Registro en ENCOMUNA: M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S Nombres y Apellidos C.I Economía Pop. y Prod. Educación/Comunicación agua gas 2.012-2.016 Página | 20 O S C O M U N A L E S Planilla N°: Masculino: D A T O S D E L C O N S E J O C O M U N A L Registrado en el Registro Civil del Municipio Roscio y Ortiz bajo el Fecha: N° de Registro en ENCOMUNA: M I E M B R O S R E S P O N S A B L E S C.I. Telfs.
  • 21. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 21 Fecha: Hora: M I N U T A D E R E U N I Ó N Lugar: Asunto: Puntos a Tratar: Acuerdos Obtenidos: Participantes: Nombres y Apellidos C.I. Ente y/o Comunidad Firma Observaciones Generales:
  • 22. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 22 D I A G N Ó S T I C O D E N E C E S I D A D E S (Artículo N° 21 y 22 de la Ley de Consejos Comunales) IDENTIFICACIÓN GENERAL Consejo Comunal: Estado: Municipio Parroquia: Localidad: Sector: DESCRIPCIÓN DE LOS PROBLEMAS ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN RESPONSABLES DE LA COMISIÓN PROMOTORA Nombres y Apellidos C.I. Firma
  • 23. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 23 A C T A Q U E A V A L A E L D I A G N Ó S T I C O D E N E C E S I D A D E S (Artículos N° 6, 21 Y 22 de la Ley de los Consejos Comunales) Consejo Comunal: __________________________________ Hoy _____________________________ (___) del mes de _____________ del año _____________, siendo las __________, los ciudadanos y ciudadanas abajo firmantes, debidamente identificados, pertenecientes a la comunidad ____________________, Parroquia __________________, Municipio Ortiz del Estado Guárico, reunidos en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en ________________________, hemos decidido avalar el Diagnóstico de Necesidades de la comunidad elaborado por los distintos Comités de Trabajo que coordinan los voceros y voceras del Consejo Comunal. A continuación firman en acuerdo con el Diagnóstico de Necesidades: N° Nombres y Apellidos C.I. Cargo Firma 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15
  • 24. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 24 Por otra parte, se procedió a la elaboración de una Matriz de Registro de Observación, la cual, según Hernández Sampieri y otros (1.999), consiste en: El registro sistemático, válido y confiable de comportamiento o conducta manifiesta. Puede utilizarse como instrumento de medición en muy diversas circunstancias. Es un método más utilizado por quiénes están orientados conductualmente. Cómo método para recolectar datos es muy similar al análisis de contenido (p.309) Es importante resaltar que, la Matriz de Observación que se diseñó en la presente investigación, tiene como finalidad recabar información esencial acerca de la priorización de necesidades existentes en cada comunidad organizada, lo que les permitió a los investigadores entre otras cosas, discernir sobre el status situacional que presenta cada ámbito geográfico de la municipalidad orticeña y facilitará el proceso de toma de decisiones oportunas y acertadas en pro de la consecución de metas orientadas a satisfacer las necesidades apremiantes del pueblo orticeño. Se podría decir entonces que el análisis de los datos ser realizará de una manera cualitativa y cuantitativa, ya que el mismo será verbal (apuntes tomados) y observados (registro de observación). Una vez ordenados los datos, se clasificarán para que puedan permitir una inspección sistematizada y profunda, y así poder interpretar el análisis de los datos obtenidos de la realidad que alude a la municipalidad orticeña en los diferentes sectores desasistidos: salud, vivienda, infraestructura, educación, vialidad, agua potable, aguas servidas, aseo urbano, transporte, deporte y recreación, turismo, energía eléctrica, actividad económica, seguridad.
  • 25. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 25 2.3. Población La población objetivo es ese grupo entero de elementos de los que se pretende recoger datos. En un estudio empírico, este grupo puede consistir de gente, animales u otros objetos. La población según Bussot (1.995), es “el conjunto de elementos o eventos afines en una o más características tomadas como totalidad y sobre el cual se generalizan los resultados de la investigación” (p.11) En este mismo orden de ideas, la población objeto de estudio, de acuerdo con Hernández Sampieri, R y otros (1.999) es “un conjunto finito o infinito de personas, cosas o elementos que presentan características comunes susceptibles de ser estudiadas” (p.108). De igual forma, Chávez (1997) establece que la Población “es la Totalidad del fenómeno a estudiar” (p. 165). Así mismo, Arias (2004) establece que la Población Accesible es: “Aquella que también se le denomina Población Muestreada, pues simboliza una porción finita de la población objetivo a la que realmente se tiene acceso y de la cual se extrae una muestra representativa. El tamaño de la población accesible depende del tiempo y los recursos del investigador” (pp.82). En este sentido, de acuerdo al caso de estudio, la población se define como Población Accesible y estará conformada por cuarenta (60) consejos comunales que se disgregan en cuatro (4) subgrupos, el primero de ellos estará representado por los consejos comunales que hacen vida en la parroquia Ortiz, el segundo subgrupo por los consejos comunales adscritos a la Parroquia San José de Tiznados, el tercero lo conforman los consejos comunales que hacen vida en la Parroquia San Francisco de Tiznados y el cuarto y último, lo conforman los consejos comunales oriundos de la
  • 26. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 26 Parroquia San Lorenzo de Tiznados. A continuación se presenta un cuadro que resume la población objetivo: Cuadro 1. Resumen de la Población Objeto de Estudio Descripción Cant Consejos Comunales de la Parroquia Ortiz 18 Consejos Comunales de la Parroquia San Francisco de Tiznados 17 Consejos Comunales de la Parroquia San Lorenzo de Tiznados 15 Consejos Comunales de la Parroquia San José de Tiznados 10 TOTALES 60 Fuente: Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de Ortiz 2.4. Muestra En algunos casos (como en el de la presente investigación) no se pueden examinar todos los elementos de la población sino sólo algunos elementos, una muestra. Este tipo habitual de investigación no es de hecho un estudio de muestreo, sino un estudio de caso ampliado. Existen casos en los que se tiene como población a millones de objetos y es imposible abarcar incluso una mayoría de ellos. También en aquellos casos (con poblaciones exorbitantes) en que se podría escoger estudiar cada objeto, el estudio de muestreo puede ser una elección prudente, porque ahorra tiempo y se puede usar el tiempo ahorrado para estudiar los elementos más cuidadosamente. Todos esos son buenos casos para un estudio de muestreo. En la investigación de muestreo, en lo que siempre se está interesado no es en la muestra sino en la población, más específicamente en los atributos de los elementos de la población. Cuando se está estudiando los elementos intrínsecos de la población, se deben escoger elementos que contengan los mismos atributos que la media de la población. De allí que la muestra de la investigación se torne Representativa.
  • 27. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 27 Dado que no se pudo contar con la presenciabilidad de todos los consejos comunales en las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo, impartidas en las 4 parroquias orticeñas, la muestra de la presente investigación es aleatoria, tomando en consideración a la muestra aleatoria como aquella es que sacada de una población de unidades, de manera que todo elemento de la población tenga la misma probabilidad de selección y que las unidades diferentes se seleccionen independientemente. Es de hacer notar que, en los abordajes de las Jornadas efectuadas en la municipalidad orticeña, se logró captar administrar instrumentos con su debida inducción a 42 consejos comunales, específicamente el 70% de los consejos comunales que hacen vida en Ortiz, en la recolección de los instrumentos debidamente llenados, firmados y avalados en asamblea de ciudadanos, se recogieron 36 instrumento, que forman el 62% de la totalidad de los consejos comunales conformados en el municipio Ortiz y el 88% de los abordados en las jornadas. En virtud de lo antes expuesto, se presenta a continuación un cuadro sinóptico en el que se especifican las cantidades de consejos comunales abordados por parroquia: Cuadro 2. Consejos Comunales Abordados en las Jornadas de Cogestión para el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo Parroquia CC Existentes CC Abordados CC Tabulados Ortiz 18 11 15 San José de Tiznados 17 07 07 San Francisco de Tiznados 15 13 04 San Lorenzo de Tiznados 10 11 11 Total General 60 42 37 X 100% 70% 62% Total general de instrumentos tabulados en los CC abordados 88% Fuente: Sala Técnica de Proyectos de la Alcaldía de Ortiz
  • 28. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 28 2.5. Confiabilidad Hay que aceptar el hecho de que los estudios empíricos no pueden producir resultados que sean ciertos con absoluta certeza. Sin embargo, incluso cuando se conoce que los resultados pueden contener pequeños errores, los resultados pueden seguir siendo bastante útiles para muchos fines prácticos. En todo caso cuando se usan los resultados de la investigación con una certidumbre menos que absoluta, se pueden necesitar métodos para evaluar los resultados de la investigación. Una investigación cualitativa puede concluir con datos numéricos. El tratamiento de esta información será estadístico. La representación también puede seguir los mismos cánones que en investigación cuantitativa. La confiablidad de la investigación será determinada en la medida en que la información obtenida demuestre consistencia en los datos. Para obtener el Coeficiente de confiabilidad del instrumento, definido este proceso por Muñoz (1.999), como “la estabilidad, consistencia y exactitud de los resultados, es decir, que los resultados que se obtendrán al aplicar el instrumento sean similares si se vuelven a aplicar a una muestra en igual condición” (p. 55), se aplicará la prueba del coeficiente desarrollado por J.L. Cronbach, el cual requiere una sola administración del instrumento de medición y produce valores que oscilan entre 0 y 1. Su ventaja reside en que no es necesario dividir en dos mitades a los ítems del instrumento de medición, simplemente se aplica la medición y se calcula el coeficiente. El procedimiento que servirá para construir el instrumento de medición fue el siguiente: 1. Listar las Variables que se pretenden medir u observar. 2. Revisar su medición conceptual y comprender su significado
  • 29. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 29 3. Revisar cómo han sido definidas operacionalmente las variables. 4. Elegir el instrumento ya desarrollado que haya sido favorecido por la comparación y adaptarlo al contexto de la investigación. A tal efecto, Ruiz (1.998), expresa que un resultado igual o mayor a 0.80, significa que el instrumento es confiable.
  • 30. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 30 Capítulo III Marco Jurídico Bases Legales que sustentan el Diseño del Plan Municipal de Desarrollo Los basamentos legales son los que apoyan al presente Plan Municipal de Desarrollo, articulándose con las leyes correspondientes, dándole la validez constitucional, para así garantizar la legalidad de participación de los respectivos entes, y las comunidades organizadas apoyadas en la cogestión e integración de los poderes ejecutivos y el poder popular, en pro de avanzar en los espacios de empoderamiento de los recursos asignados por el estado, a los actores municipales, para lograr un desarrollo sostenible y sustentable, siguiendo las doctrinas socialistas revolucionarias, diseñadas para proporcionar la suprema felicidad social al colectivo y a las clases sociales más desfavorecidas. 3.1. Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de Diciembre De 2010 Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un sistema de planificación, que tenga como propósito el
  • 31. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 31 empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad. Ámbito de Aplicación Artículo 2. Están sujetos a las disposiciones de la presente Ley: 1. Los órganos y entes que conforman el Poder Público y las instancias del Poder Popular. 2. Los institutos públicos y demás personas jurídicas estatales de derecho público, con o sin fines empresariales. 3. Las sociedades mercantiles en las cuales la República, por tener una participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social o a través de otro mecanismo jurídico, tenga el control de sus decisiones. 4. Las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinar la gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional. 5. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás entes constituidos con fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio, sean efectuados por una o varias de las personas referidas en el presente artículo y represente el cincuenta por ciento (50%) o más de su presupuesto. Principios y valores Articulo 3. La planificación pública, popular y participativa como herramienta fundamental para construcción de la nueva sociedad, se inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores
  • 32. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 32 socialistas de: democracia participativa y protagónica, interés colectivo, honestidad, legalidad, rendición de cuentas, control social, transparencia, integralidad, perfectibilidad, eficacia, eficiencia y efectividad; equidad, justicia, igualdad social y de género, complementariedad, diversidad cultural, corresponsabilidad, cooperación, responsabilidad, deber social, sustentabilidad, defensa y protección ambiental, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes, y toda persona en situación de vulnerabilidad; defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional. Finalidades Artículo 4. La planificación pública y popular tiene por finalidad: 1. Establecer un Sistema Nacional de Planificación que permita el logro de los objetivos estratégicos del desarrollo económico y social de la Nación. 2. Garantizar el seguimiento, evaluación y control del desempeño institucional. 3. Ordenar, racionalizar y coordinar la acción pública en los distintos ámbitos y niveles político-territoriales de gobierno. 4. Fortalecer la capacidad del Estado y del Poder Popular en función de los objetivos estratégicos de desarrollo económico y social de la Nación. 5. Forjar un Estado transparente, eficaz, eficiente y efectivo. 6. Fortalecer los mecanismos institucionales para mantener la continuidad de los programas y sus inversiones, así como las demás decisiones públicas relacionadas con el desarrollo sustentable del país. 7. Fortalecer las capacidades estratégicas y rectoras del Estado y del Poder Popular para la inversión de los recursos públicos. 8. Garantizar la vinculación entre la formulación y ejecución de los planes y la programación presupuestaria.
  • 33. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 33 9. Promover espacios para el ejercicio de la democracia, participativa y protagónica, como base para la consolidación del Estado Comunal. Sistema de Planes Artículo 19 La planificación de las políticas públicas responderá a un sistema integrado de planes, orientada bajo los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente; dicho sistema se compone de: 1. Planes Estratégicos: a. Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación. b. Plan de Desarrollo Regional c. Plan de Desarrollo Estadal. d. Plan Municipal de Desarrollo. e. Plan Comunal de Desarrollo f. Plan Comunitario g. Los planes estratégicos de los órganos y entes del Poder Público. h. Los planes sectoriales elaborados por los órganos de la Administración Pública Nacional. i. Los demás planes que demande el proceso de planificación estratégica de políticas públicas o los requerimientos para el desarrollo social integral. 2. Planes Operativos a. Plan Operativo Anual Nacional. b. Plan Operativo Anual Estadal. c. Plan Operativo Anual Municipal. d. Plan Operativo Anual Comunal e. Los Planes Operativos Anuales de los Órganos y Entes del Poder Público.
  • 34. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 34 Capítulo II De los Planes Estratégicos Sección Primera. Disposiciones Generales Planes Estratégicos Artículo 24: Los planes estratégicos son aquellos formulados por los órganos y entes del Poder Pública y las instancias del Poder Popular, en atención a los objetivos sectoriales e institucionales que le correspondan de conformidad con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Vigencia de los Planes Artículo 25: Los planes estratégicos tendrán la vigencia que corresponda al período constitucional o legal de gestión de la máxima autoridad de la rama del Poder Público o instancia de Poder Popular responsable de su formulación. Sección Quinta Plan Municipal de Desarrollo. Naturaleza del Plan Artículo 36: El Plan Municipal de Desarrollo es el instrumento de gobierno que permite a nivel municipal, establecer los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes de la Administración Pública Municipal y las instancias del Poder Popular correspondientes, de conformidad con la ley. Formulación y Aprobación del Plan Artículo 37: La formulación y aprobación del Plan Municipal de Desarrollo, se realiza de la siguiente manera:
  • 35. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 35 1- El Alcalde o Alcaldesa, a través de los órganos o entes encargados de la planificación de políticas públicas, formulará el Plan Municipal de Desarrollo del respectivo municipio y lo presentará ante el Consejo Local de Planificación Pública. 2- Corresponde al Consejo Local de Planificación Pública, discutir, aprobar y modificar el Plan Municipal de Desarrollo. 3- El Alcalde o Alcaldesa presentará ante el Concejo Municipal, el Plan Municipal de Desarrollo, para su definitiva aprobación. Ejecución del plan Artículo 38: El Plan Municipal de Desarrollo se ejecutará a través de los órganos y entes municipales, aplicando los instrumentos dispuestos por el Sistema Nacional de Planificación, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y demás normativas aplicables. Seguimiento y Evaluación del Plan Artículo 39: Corresponde al Alcalde o Alcaldesa, al Consejo Local de Planificación Pública y a las instancias del Poder Popular, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. 3.2. Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno Capítulo I. Disposiciones Generales. Objeto de la ley. Artículo 1: La presente ley tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno y, en virtud de ello, y a fin
  • 36. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 36 de desarrollar las competencias que el texto constitucional le ha trazado, establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional. Igualmente atiende al establecimiento del régimen para la transferencia de las competencias de los entes territoriales, a las organizaciones detentadoras de la soberanía originaria del Estado. Consejo Federal de Gobierno. Finalidad. Artículo 2: El Consejo Federal de Gobierno, establecerá los lineamientos que orientarán los procesos de planificación y coordinación en la ordenación territorial y de transferencia de las competencias y atribuciones de las entidades territoriales, hacia las organizaciones de base del poder popular. Consejo Federal de Gobierno. Estructura Artículo 3: De conformidad con lo dispuesto en la normativa constitucional, el Consejo Federal de Gobierno está integrado por los representantes de los Poderes Públicos aludidos en la Constitución y representantes de la sociedad organizadas expresamente señalados en la presente ley, y está presidido por el Vicepresidente Ejecutivo. Cuenta con una Secretaría integrada por el Vicepresidente Ejecutivo, dos Ministros o Ministras, tres Gobernadores o Gobernadoras y tres Alcaldes o Alcaldesas. Asimismo, cuenta con el Fondo de Compensación Interterritorial, organismo destinado al financiamiento de inversiones públicas, para promover el desarrollo equilibrado de las regiones. Proceso de Planificación. Artículo 4: La función de planificación asignada al Consejo Federal de Gobierno, se destina a establecer los objetivos de los entes descentralizados
  • 37. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 37 territorialmente y a las organizaciones populares de base, a los fines de obtener el desarrollo socio territorial equilibrado, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales y, a apoyar la dotación de obras y servicios esenciales en las comunidades. Transferencia de competencias. Artículo 5: La transferencia de competencias se considera la vía para eliminar las graves desigualdades existentes entre los entes que conforman la organización política territorial, equilibrando el reparto de los beneficios que, en bienes y servicios, derivan de la correcta planificación de los recursos. Integración. Artículo 11: La Plenaria es el órgano del Consejo Federal de Gobierno integrado por los representantes de los Poderes Territoriales, y de las organizaciones de base que configuran la estructura del Estado. En virtud de lo anterior, la Plenaria del Consejo Federal de Gobierno, está conformada por el Vicepresidente Ejecutivo, los Ministros y Ministras Vicepresidentes del Consejo de Ministros, los Gobernadores o Gobernadoras, un Alcalde o Alcaldesa por cada Estado y un Vocero o Vocera de las organizaciones de base del Poder Popular, por cada una de las Regiones Federales de Desarrollo existentes en el país. Selección de los Alcaldes y Alcaldesas Artículo 12: Los Alcaldes y Alcaldesas que representaran a cada estado en la Plenaria, serán escogidos por decisión de la mayoría de ellos, en reunión que al efecto convoque el Presidente del Consejo Federal de Gobierno.
  • 38. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 38 Durarán un año en sus cargos, pudiendo ser seleccionados para subsiguientes períodos. 3.3. Ley Orgánica del Poder Público Municipal Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Sancionada el 17-05-05) Gaceta Oficial N°38.204 del 08-06-05 Título I. Disposiciones Generales Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales, relativos al Poder Público Municipal, su autonomía, organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para el efectivo ejercicio de la participación protagónica del pueblo en los asuntos propios de la vida local, conforme a los valores de la democracia participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la descentralización y la transferencia a las comunidades y grupos vecinales organizados. Artículo 2: El Municipio constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. Sus actuaciones incorporarán la participación ciudadana de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición y ejecución de la gestión pública y en el control y evaluación de sus resultados. Artículo 3: La autonomía es la facultad que tiene el Municipio para elegir sus autoridades, gestionar las materias de su competencia, crear, recaudar e invertir sus ingresos, dictar el ordenamiento jurídico municipal, así como organizarse con la finalidad de impulsar el desarrollo social, cultural y económico sustentable de las comunidades locales, y los fines del Estado.
  • 39. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 39 Artículo 4: En el ejercicio de su autonomía corresponde al Municipio: 1. Elegir sus autoridades. 2. Crear parroquias y otras entidades locales. 3. Crear instancias, mecanismos y sujetos de descentralización, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley. 4. Asociarse en mancomunidades y demás formas asociativas intergubernamentales para fines de interés público determinados. 5. Legislar en materia de su competencia, y sobre la organización y funcionamiento de los distintos órganos del Municipio. 6. Gestionar las materias de su competencia. 7. Crear, recaudar e invertir sus ingresos. 8. Controlar, vigilar y fiscalizar los ingresos, gastos y bienes municipales, así como las operaciones relativas a los mismos. 9. Impulsar y promover la participación ciudadana, en el ejercicio de sus actuaciones. 10.Las demás actuaciones relativas a los asuntos propios de la vida local conforme a su naturaleza. Capítulo V. De la Diversidad de Regímenes Artículo 48: Estos regímenes de organización, gobierno y administración deberán estar en correspondencia con los planes de desarrollo elaborados por los Consejos de Planificación a nivel municipal y estadal, orientados a atender con eficiencia los requerimientos para el desarrollo de la vocación económica respectiva.
  • 40. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 40 Capítulo VI. Del Consejo Local de Planificación Pública Artículo 110: El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano encargado de integrar al gobierno municipal y a las comunidades organizadas en el proceso de planificación e instrumentación del desarrollo del Municipio. Su funcionamiento se regirá por lo establecido en la ley especial y en la respectiva ordenanza, de conformidad con la normativa de planificación correspondiente. Artículo 111: Una vez elegido o elegida el alcalde o alcaldesa deberá presentar ante el Consejo Local de Planificación Pública, dentro de los ciento ochenta días siguientes a su toma de posesión, las líneas maestras de su plan de gobierno y para dar cabida a criterios de los ciudadanos y ciudadanas con el propósito de enriquecer el Plan Municipal de Desarrollo, de conformidad con la normativa de planificación correspondiente. Artículo 112: Los consejos parroquiales y comunales son instancias del Consejo Local de Planificación Pública que tendrán como función servir de centro principal para la participación y protagonismo del pueblo en la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como para viabilizar las ideas y propuestas que la comunidad organizada presente ante el Consejo Local de Planificación Pública. Una vez aprobadas las propuestas, convertida en proyectos y puestos estos en ejecución, los miembros de los consejos parroquiales y comunales podrán realizar el seguimiento, control y evaluación respectivos. Artículo 113: El alcalde o alcaldesa en su carácter de presidente o presidenta del Consejo Local de Planificación Pública, promoverá la conformación de los consejos parroquiales y comunales en cada una de las parroquias y comunidades del Municipio para garantizar la participación ciudadana en el Consejo Local de Planificación Pública.
  • 41. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 41 Artículo 114: La ordenanza del Consejo Local de Planificación Pública deberá regular todo lo relativo a la integración, organización y funcionamiento de los consejos parroquiales y comunales. En los consejos comunales, la integración podrá ser sectorial y/o vecinal, según sea la realidad organizacional de las comunidades en los municipios y, en el caso de los consejos parroquiales, éstos deberán estar vinculados con los sectores representados en el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio. 3.4. Ley de los consejos comunales Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1: Objeto. La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas. Artículo 2: De los consejos comunales. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Artículo 3: Principios. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género. Artículo 4: Definiciones. A los efectos de esta Ley se entiende:
  • 42. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 42 1) Comunidad: es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole. 2) Comunidades Indígenas: son grupos humanos formados por familias indígenas asociadas entre sí, pertenecientes a uno o más pueblos indígenas, que están ubicados en un determinado espacio geográfico y organizados según las pautas culturales propias de cada pueblo, con o sin modificaciones provenientes de otras culturas. 3) Área geográfica de la comunidad: Territorio que ocupan las y los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas dentro de los cuales funcionará el Consejo Comunal. El área geográfica será decidida por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de cada comunidad. 4) Base poblacional de la comunidad: A los efectos de la participación protagónica, la planificación y la gobernabilidad de los consejos comunales, se asumen como referencias los criterios técnicos y sociológicos que señalan que las comunidades se agrupan en familias, entre doscientos (200) y cuatrocientos (400) en el área urbana y a partir de veinte (20) familias en el área rural y a partir de diez (10) familias en las comunidades indígenas. La base poblacional será decidida por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de cada comunidad, tomando en cuenta las comunidades aledañas. 5) Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Es la instancia primaria para el
  • 43. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 43 ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo. 6) Comité de trabajo del Consejo Comunal: Colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de cada comunidad. El comité de trabajo, articulará y promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad. 7) Áreas de Trabajo: Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las particularidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad de cada comunidad, pudiendo ser: de economía popular y desarrollo endógeno; desarrollo social integral; vivienda, hábitat e infraestructura; y cualquier otra que defina la comunidad. Las áreas de trabajo agruparán varios comités de trabajo. 8) Organizaciones Comunitarias: organizaciones que existen o pueden existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas en base a objetivos e intereses comunes, tales como: comités de tierras, comités de salud, mesas técnicas de agua, grupos culturales, clubes deportivos, puntos de encuentro y organizaciones de mujeres, sindicatos y organizaciones de trabajadores y trabajadoras, organizaciones juveniles o estudiantiles, asociaciones civiles, cooperativas, entre otras. 9) Vocero o vocera: Es la persona electa en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida solvencia moral, trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo, espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad, a fin de coordinar todo lo
  • 44. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 44 relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante las instancias correspondientes. 10) Banco Comunal: El Banco Comunal es la forma de organización y gestión económico-financiera de los recursos de los consejos comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y participativa. Artículo 5: Deberes. Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos comunales: la corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente, oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. Capítulo II. Integración y Organización del Consejo Comunal Artículo 6: Atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas. La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por los habitantes de la comunidad, mayores de quince (15) años, y tiene las siguientes atribuciones: 1) Aprobar las normas de convivencia de la comunidad. 2) Aprobar los estatutos y el acta constitutiva del Consejo Comunal, la cual contendrá: nombre del Consejo Comunal; área geográfica que ocupa; número de familias que lo integran; listado de asistentes a la Asamblea (Nombre y apellido, cédula de identidad); lugar, fecha y hora de la Asamblea; acuerdos de la Asamblea; resultados de la elección de las y los voceros, y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal. 3) Aprobar el Plan de Desarrollo de la Comunidad. 4) Aprobar los proyectos presentados al Consejo Comunal en beneficio de la comunidad, así como la integración de los proyectos para resolver las
  • 45. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 45 necesidades afines con otras comunidades e instancias de gobierno, bajo la orientación sostenible y sustentable del desarrollo endógeno. 5) Ejercer la contraloría social. 6) Adoptar las decisiones esenciales de la vida comunitaria. 7) Elegir las y los integrantes de la Comisión Promotora. 8) Elegir las y los integrantes de la Comisión Electoral. 9) Elegir a voceros o voceras del órgano ejecutivo. 10) Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Contraloría Social. 11) Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Gestión Financiera. 12) Revocar el mandato de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, conforme con lo que establezca el Reglamento de la presente Ley. 13) Evaluar y aprobar la gestión financiera. 14) Definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del Consejo Comunal. 15) Las demás establecidas en la presente Ley y su Reglamento. 3.5. Ley Orgánica del Poder Popular Capítulo I. Disposiciones Generales. Objeto Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder Popular, generando condiciones objetivas, través de los diversos medios de participación y organización establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley, y los que surjan de la iniciativa popular, para que los ciudadanos y las ciudadanas ejerzan el pleno derecho de la soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, y la constitución de formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el ejercicio directo del poder.
  • 46. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 46 Poder Popular Artículo 2: El Poder Popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte del pueblo en lo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional, y en todo ámbito del desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad, a través de sus diversas y disímiles formas de organización, que edifican el Estado Comunal. Dimensión Artículo 3: El Poder Popular se fundamenta en el principio de soberanía y el sentido de progresividad de los derechos contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo ejercicio y desarrollo está determinado por los niveles de conciencia política y organización del pueblo. Finalidad Artículo 4: El Poder Popular tiene por finalidad garantizar la vida y el bienestar social del pueblo, mediante la creación de las condiciones para su desarrollo social y espiritual, procurando la igualdad de oportunidades para que todos y todas desarrollen libremente su personalidad, dirijan su destino, disfruten los derechos humanos y alcancen la suprema felicidad social. Principios y valores Artículo 5: La organización y participación del pueblo en el ejercicio de su soberanía se inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores socialistas de: democracia participativa y protagónica, interés colectivo, equidad, justicia, igualdad social y de género, complementariedad, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad,
  • 47. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 47 responsabilidad, deber social, rendición de cuentas, control social, libre debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección ambiental; garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes, y toda persona en situación de vulnerabilidad; y defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional. Ámbito de aplicación Artículo 6: Las disposiciones de la presente ley son aplicables a todas las organizaciones, expresiones y ámbitos del Poder Popular, ejercidas directa o indirectamente por los ciudadanos y ciudadanas, las comunidades, los sectores sociales, la sociedad en general y las situaciones que afecten el interés colectivo, acatando el principio de legalidad en la formación, ejecución y control de la gestión pública. Fines del poder popular Artículo 7: El poder popular tiene como fines: 1. Impulsar el fortalecimiento de la organización del pueblo, en función de consolidar la democracia protagónica revolucionaria y construir las bases de la sociedad socialista, democrática, de derecho y de justicia. 2. Generar las condiciones para garantizar que la iniciativa popular, en el ejercicio de la gestión social, asuma funciones, atribuciones y competencias de administración, prestación de servicios y ejecución de obras, mediante la transferencia desde los distintos entes político-territoriales hacia los autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de los mismos surjan. 3. Fortalecer la cultura de la participación en los asuntos públicos para garantizar el ejercicio de la soberanía popular.
  • 48. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 48 4. Promover los valores y principios de la ética socialista: la solidaridad, el bien común, la honestidad, el deber social, la voluntariedad, la defensa y protección del ambiente y los derechos humanos. 5. Coadyuvar con las políticas de Estado en todas sus instancias, con la finalidad de actuar coordinadamente en la ejecución del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y los demás planes que se establezcan en cada uno de los niveles políticos-territoriales y las instancias político- administrativas que la ley establezca. 6. Establecer las bases que permitan al pueblo organizado el ejercicio de la contraloría social para asegurar que la inversión de los recursos públicos se realice de forma eficiente para el beneficio colectivo; y vigilar que las actividades del sector privado con incidencia social se desarrollen en el marco de las normativas legales de protección a los usuarios y consumidores. 7. Profundizar la corresponsabilidad, la autogestión y la cogestión. 3.6. Ley Orgánica De Las Comunas La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, publicó la aprobación de la Ley Orgánica de las Comunas, mediante Gaceta Oficial Número 6.011 en Caracas, Martes 21 de Diciembre De 2010 Título I. Disposiciones Generales Artículo 1: Objeto. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación
  • 49. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 49 protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado comunal, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de justicia. Artículo 2: Principios y valores. La constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna se inspiró en la doctrina del Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores socialistas de participación democrática y protagónica, interés colectivo, complementariedad, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad, deber social, cogestión, autogestión, autogobierno, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad, responsabilidad, rendición de cuentas, control social, libre debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad ambiental, igualdad social y de género, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes y de toda persona en situación de vulnerabilidad, de equidad, justicia y defensa de la integridad territorial y la soberanía nacional. Artículo 3: Ámbito de aplicación. Están sujetas a la aplicación de esta Ley, las organizaciones comunitarias, las comunidades organizadas y todas las instancias del Poder Popular debidamente constituidas, así como las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como privado, que se relacionen con las comunas. Título II. De la Comuna Artículo 5: Comuna. Es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del Poder Popular, en concordancia con un
  • 50. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 50 régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. Artículo 6: Propósito. La Comuna tiene como propósito fundamental la edificación del estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de la participación protagónica y corresponsable de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión de las políticas públicas, en la conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas, a través de la planificación del desarrollo social y económico, la formulación de proyectos, la elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y gestión de las competencias y servicios que conforme al proceso de descentralización, le sean transferidos, así como la construcción de un sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de propiedad social, y la disposición de medios alternativos de justicia para la convivencia y la paz comunal, como tránsito hacia la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social. Artículo 7: Finalidades. La Comuna tendrá como finalidad: 1. Desarrollar y consolidar el estado comunal como expresión del Poder Popular y soporte para la construcción de la sociedad socialista. 2. Conformar el autogobierno para el ejercicio directo de funciones en la formulación, ejecución y control de la gestión pública. 3. Promover la integración y la articulación con otras comunas en el marco de las unidades de gestión territorial establecidas por el Consejo Federal de Gobierno. 4. Impulsar el desarrollo y consolidación de la propiedad social. 5. Garantizar la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulación, ejecución y control de planes y proyectos vinculados a los
  • 51. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 51 aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa. 6. Promover mecanismos para la formación e información en las comunidades. 7. Impulsar la defensa colectiva y popular de los derechos humanos. 8. Todas aquellas determinadas en la Constitución de la República y en la Ley. Artículo 8: De la constitución. La Comuna se constituye por iniciativa popular a través de la agregación de comunidades organizadas. El Reglamento de la presente Ley establecerá lo relativo al número de comunidades organizadas requeridas para su constitución, tanto en el área urbana como en el área rural. Artículo 9: Organización político-territorial. Atendiendo a condiciones históricas, integración, rasgos culturales, usos, costumbres y potencialidades económicas, el ámbito geográfico donde se constituya la Comuna, podrá coincidir o no con los límites político-administrativos de los estados, municipios o dependencias federales, sin que ello afecte o modifique la organización político-territorial establecida en la Constitución de la República. Artículo 10: Iniciativa. La iniciativa para la constitución de la Comuna corresponde a los consejos comunales y a las organizaciones sociales que hagan vida activa en las comunidades organizadas, quienes deberán previamente conformarse en comisión promotora, notificando de este acto al órgano facilitador. Artículo 11: Comisión promotora. La comisión promotora, en un lapso de sesenta días continuos, contados a partir de la notificación de su constitución al órgano facilitador, tendrá las siguientes atribuciones: 1. Formular la propuesta del ámbito geográfico de la Comuna.
  • 52. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 52 2. Difundir y promover, en coordinación con las unidades ejecutivas de los consejos comunales, la información y el debate, entre los y las habitantes del ámbito geográfico propuesto, sobre el alcance, objeto y finalidades de la Comuna. 3. Coordinar con los voceros y voceras del comité de educación, cultura y formación ciudadana de los consejos comunales, la redacción del proyecto de la carta fundacional de la Comuna a ser sometida a referendo aprobatorio con la participación de los electores y electoras del ámbito geográfico propuesto. 4. Coordinar con las comisiones electorales de los consejos comunales del espacio territorial propuesto, la convocatoria al referendo aprobatorio de la carta fundacional de la Comuna. 5. Coordinar con el órgano facilitador el acompañamiento y apoyo que éste debe prestar en el proceso de constitución de la Comuna. Artículo 12. Carta fundacional. El proyecto de la carta fundacional de la Comuna contendrá los siguientes aspectos: 1. Ubicación. 2. Ámbito geográfico. 3. Denominación de la Comuna. 4. Declaración de principios. 5. Censo poblacional para el momento de su constitución. 6. Diagnóstico sobre los principales problemas y necesidades de su población. 7. Inventario de las potencialidades económicas, sociales, culturales, ambientales y opciones de desarrollo. 8. Programa político estratégico comunal, contentivo de las líneas generales de acción a corto, mediano y largo plazo para la superación de los problemas y necesidades de la Comuna.
  • 53. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 53 La Comuna se constituye como tal, cuando mediante referendo los ciudadanos y ciudadanas de las comunidades organizadas del ámbito geográfico propuesto la aprueben por mayoría simple. 3.7. Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública Gaceta Oficial N°37.463 de fecha 12 de junio de 20 02 Objeto Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y bases para la organización y funcionamiento de los Consejos Locales de Planificación Pública, para hacer eficaz su intervención en la planificación que conjuntamente efectuará con el gobierno municipal respectivo, y el concurso de las comunidades organizadas. Naturaleza Artículo 2: El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano encargado de la planificación integral del gobierno local, para lo cual, se sujetará con lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto Nº 1.528 con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, con el propósito de lograr la integración de las comunidades organizadas y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general de Estado, descentralización y desconcentración de competencias y recursos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cada Consejo Local de Planificación Pública, promoverá y orientará una tipología de municipio atendiendo a las condiciones de población, nivel de progreso económico, capacidad para generar ingresos fiscales propios, situación geográfica, elementos históricos, culturales y otros factores
  • 54. República Bolivariana de Venezuela Gobierno del Estado Guárico Alcaldía del Municipio Ortiz Consejo Local de Planificación Pública Sala Técnica de Proyectos Ortiz, Edo. Guárico Plan Municipal De Desarrollo 2.012-2.016 Página | 54 relevantes. En todo caso, el Consejo Local de Planificación Pública responderá a la naturaleza propia del municipio. Integración Artículo 3: El Consejo Local de Planificación Pública para el cumplimiento de sus funciones, estará conformado por: 1. Un Presidente o Presidenta, quien será el Alcalde o Alcaldesa. 2. Los Concejales y Concejalas del municipio. 3. Los Presidentes o Presidentas de las Juntas Parroquiales. 4. El o los representantes de organizaciones vecinales de las parroquias, el o los representantes, por sectores, de las organizaciones de la sociedad organizada y el o los representantes de las comunidades o pueblos indígenas, donde los hubiere. Estos representantes, serán elegidos como lo dispone el artículo 4 de esta Ley, en un número igual a la sumatoria más uno de los integrantes mencionados en los numerales 1 al 3 de este artículo. El ejercicio de las funciones inherentes al Consejo Local de Planificación Pública será ad-honorem. Elección de los representantes de la comunidad organizada Artículo 4: Sin menoscabo de las normas establecidas en la ley orgánica que regula el Poder Electoral, la elección de los representantes de las organizaciones vecinales y de los sectores de la sociedad organizada, es competencia de la asamblea de ciudadanos de la comunidad o sector respectivo, para lo cual, deberá ser convocado un representante de la Defensoría del Pueblo, de su jurisdicción, quien testificará en el acta de la asamblea de ciudadanos los resultados, de dicha elección. La ordenanza respectiva determinará la forma como se realizará la organización de los sectores involucrados de las comunidades organizadas, así como el