Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Codigos de identificacion de los distritos y circuitos a nive lnacional
1. Año III - Nº 290
Quito, lunes 28 de
mayo del 2012
SECRETARIA NACIONAL
DE PLANIFICACIÓN
Y DESARROLLO
SUMARIO
Págs.
FUNCIÓN EJECUTIVA
Acuerda:
557-2012 Confórmanse 140 distritos administrativos de
planificación, así como 1134 circuitos administra
tivos de planificación, a nivel nacional, para la
gestión de las entidades y organismos que confor
man la Función Ejecutiva, de acuerdo al nivel de
desconcentración establecido en su respectiva
matriz de competencias, modelo de gestión y
estatuto orgánico ..........................................................
2
569-2012 Expídese el Reglamento de desconcentración
administrativa, financiera y jurídica .............................
37
570-2012 Expídese la norma técnica de cumplimiento
obligatorio previo a la creación de empresas
públicas de la Función Ejecutiva .................................
42
576-2012 Desígnase a las ciudadanas y ciudadanos para
que en nombre y representación de esta Secretaría,
actúen como delegado/a principal y delegado/a
alterno/a, respectivamente, ante los consejos
sectoriales ....................................................................
46
577-2012 Desígnase a las ciudadanas y ciudadanos para
que en nombre y representación de la Secretaría,
actúen como delegado/a principal y delegado/a
alterno/a, respectivamente, ante los directorios de
las empresas públicas...................................................
47
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
2. 2 -- Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
No. 557-2012
Fander Falconí Benítez
SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
Y DESARROLLO
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República
dispone, que la Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige entre otros principios
por los de eficacia, eficiencia, desconcentración,
coordinación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 226 de la Norma Suprema establece que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 1577, publicado en el
Registro Oficial No. 535 de 26 de febrero del 2009,
determinó como atribuciones de la Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo, formular, promover, impulsar y
monitorear los procesos de desconcentración y
descentralización de competencias y funciones de los
organismos y entidades de la Función Ejecutiva;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 357, publicado en el
Registro Oficial No. 205 de 2 de junio del 2010, se reformó
el Decreto Ejecutivo No. 878, publicado en el Registro
Oficial No. 268 de 8 de febrero del 2008, estableciendo
nueve zonas administrativas de planificación;
Que, mediante Resolución No. CNP-003-2012, publicada
en el. Registro Oficial No. 641 de 15 de febrero del 2012,
el Consejo Nacional de Planificación dispuso que las
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
ZONA1
PROVINCIA
CÓDIGO
DISTRITAL
CARCHI
04D01
04D02
04D03
08D01
08D02
08D03
08D04
08D05
08D06
10D01
ESMERALDAS
IMBABURA
SUCUMBÍOS
10D02
10D03
21D01
21D02
21D03
21D04
entidades de la Función Ejecutiva definidas por la
SENPLADES se desconcentren en zonas, distritos y
circuitos, de acuerdo a la planificación elaborada por dicha
entidad;
Que, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo,
en su calidad de organismo rector de la planificación
territorial nacional y de la transformación democrática del
Estado, considerando criterios de población (concentración
y dispersión) y de accesibilidad, ha identificado las
unidades territoriales desconcentradas a nivel de distritos y
circuitos administrativos, que permitan mejorar la
prestación de servicios públicos, lograr una presencia
equitativa del Ejecutivo en el territorio, acercar el Estado a
la ciudadanía y potenciar la gestión de las Carteras de
Estado; y,
En ejercicio de las atribuciones y facultades que le
confieren el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, Art. 26 del Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas, Arts. 17 y 17.2 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, Art. 3 del Decreto Ejecutivo Nro. 1372,
publicado en el Registro Oficial Nro. 278 de 20 de febrero
del 2004; y, el literal w) del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la SENPLADES,
Acuerda:
Artículo 1.- Conformar 140 distritos administrativos de
planificación, así como 1134 circuitos administrativos de
planificación, a nivel nacional, para la gestión de las
entidades y organismos que conforman la Función
Ejecutiva, de acuerdo al nivel de desconcentración
establecido en su respectiva matriz de competencias,
modelo de gestión y estatuto orgánico.
Artículo 2.- Establecer como distritos administrativos de
planificación a nivel nacional los siguientes:
DESCRIPCIÓN DEL
DISTRITO (CANTONES)
SAN PEDRO DE HUACA - TULCAN
MONTUFAR - BOLÍVAR
ESPEJO -MIRA
ESMERALDAS
ELOY ALFARO
MUISNE - ATACAMES
QUININDE
SAN LORENZO
RIO VERDE
IBARRA - PIMAMPIRO -SAN MIGUEL DE
URCUQUÍ
ANTONIO ANTE -OTAVALO
COTACACHI
CÁSCALES - GONZALO PIZARRO - SUCUMBÍOS
LAGO AGRIO
CUYABENO - PUTUMAYO
SHUSHUFINDI
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
3. Edición Especial N° 290 — Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012 —
ZONAS
ADMINISTRATIVAS
DE PLANIFICACIÓN
ZONA 2
PROVINCIA
CÓDIGO
DISTRITAL
ÑAPO
15D01
PICHINCHA
15D02
17D10
17D11
17D12
ORELLANA
PROVINCIA
CÓDIGO
DISTRITAL
COTOPAXI
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
22D01
22D02
22D03
05D01
05D02
05D03
05D04
05D05
05D06
06D01
06D02
06D03
06D04
06D05
16D01
16D02
CHIMBORAZO
PASTAZA
ZONA 3
18D01
TUNGURAHUA
18D02
18D03
18D04
18D05
18D06
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
ZONA 4
MANABÍ
3
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (CANTONES)
ARCHIDONA - CARLOS JULIO AROSEMENA
TOLA - TENA
EL CHACO QUIJOS
CAYAMBE - PEDRO MONCAYO
MEJIA - RUMINAHUI
PEDRO VICENTE MALDONADO - PUERTO QUITO SAN MIGUEL DE LOS BANCOS
LA JOYA DE LOS SACHAS
LORETO- ORELLANA
AGUARICO
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (CANTONES Y
PARROQUIAS URBANAS Y RURALES)
LATACUNGA
LA MANA
PANGUA
PUJILI-SAQUISILI
SIGCHOS
SALCEDO
CHAMBO RIOBAMBA
ALAUSI - CHUNCHI
CUMANDA - PALLATANGA
COLTA - GUAMÓTE
' GUANO - PENIPE
PASTAZA - MERA - SANTA CLARA
ARAJUNO
PARROQUIAS URBANAS: LA PENÍNSULA - LA
MERCED - ATOCHA FICOA - LA MATRIZ - SAN
FRANCISCO
PARROQUIAS RURALES: AUGUSTO N
MARTÍNEZ - CONSTATINO FERNANDEZ CUNCHIBAMBA IZAMBA - PASA
QUISAPINCHA - SAN BARTOLOMÉ DE PINLLO SAN FERNANDO - UNAMUNCHO - AMBATILLO
-ATAHUALPA
PARROQUIAS URBANAS: CELIANO MONGE HUACHI CHICO - HUACHI LORETO - PISHILATA
PARROQUIAS RURALES: HUACHI GRANDE JUAN BENIGNO VELA MONTALVO - PICAIGUA PILAHUIN - SANTA ROSA - TOTORAS
BAÑOS DE AGUA SANTA
PATATE - SAN PEDRO DE PELILEO
SANTIAGO DE PILLARO
CEVALLOS - MOCHA - QUERO TISALEO
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (CANTONES Y
DISTRITAL PARROQUIAS URBANAS Y RURALES)
13D01
13D02
13D03
13D04
13D05
13D06
PORTOVIEJO
JARAMIJO - MANTA - MONTECRISTI
JIPIJAPA - PUERTO LÓPEZ
24 DE MAYO - SANTA ANA - OLMEDO
EL CARMEN
JUNIN BOLÍVAR
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
4. 4 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (CANTONES Y
DISTRITAL PARROQUIAS URBANAS Y RURALES)
13D07
ZONA 4
SANTO
DOMINGO DE
LOS
TSACHILAS
CHONE - FLAVIO ALFARO
13D08
13D09
13D10
13D11
13D12
23D01
PICHINCHA
PAJAN
JAMA - PEDERNALES
SAN VICENTE - SUCRE
ROCAFUERTE - TOSAGUA
23D03
PARROQUIAS URBANAS: RIO VERDE - SANTO
DOMINGO - ZARACAY - RÍO TOACHI CHIGUILPE PARROQUIAS RURALES:
ALLURIQUÍN - LUZ DE AMÉRICA - ESFUERZO TOACHI - PERIFERIA
PARROQUIAS URBANAS: ABRAHAM
CALAZACÓN - BOMBOLI
PARROQUIAS RURALES: SAN JACINTO DEL
BÚA - VALLE HERMOSO - PUERTO LIMÓN PERIFERIA 2
LA CONCORDIA
23D02
ZONAS
ADMINISTRATIVAS
DE PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DISTRITAL
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO
(CANTONES)
ZONA 5
BOLÍVAR
02D01
02D02
02D03
02D04
09D11
GUARANDA
CHILLANES
CHIMBO - SAN MIGUEL
CALUMA - ECHEANDIA - LAS NAVES
ALFREDO BAQUERIZO MORENO - SIMÓN
BOLÍVAR
BALAO - NARANJAL
BALZAR - COLIMES - PALESTINA
ISIDRO AYORA - LOMAS DE SARGENTILLO PEDRO CARBO
EMPALME
EL TRIUNFO- GNRAL. ANTONIO ELIZALDE
MILAGRO
CRNEL. MARCELINO MARIDUENA - NARANJITO
DAULE - NOBOL - SANTA LUCIA
SALITRE
SAN JACINTO DE YAGUACHI
PLAYAS
BABA - BABAHOYO - MONTALVO
PUEBLO VIEJO - URDANETA
MOCACHE- QUEVEDO
QUINSALOMA - VENTANAS
PALENQUE - VINCES
BUENA FE-VALENCIA
SAN CRISTÓBAL - SANTA CRUZ - ISABELA
SANTA ELENA
LA LIBERTAD - SALINAS
GUAYAS
09D12
09D13
09D14
LOS RÍOS
GALÁPAGOS
SANTA ELENA
09D15
09D16
09D17
09D18
09D19
09D20
09D21
09D22
12D01
12D02
12D03
12D04
12D05
12D06
20D01
24D01
24D02
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
5. Edición Especial N° 290 -- Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 —
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DISTRITAL
01D01
5
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (CANTONES Y
PARROQUIAS URBANAS Y RURALES)
PARROQUIAS URBANAS: MACHANGARA -HMNO
MIGUEL - EL VECINO - TOTORACOCHA CAÑARIBAMBA - SAN BLAS - EL SAGRARIO GIL RAMÍREZ DAVALOS -BELLAVISTA
PARROQUIAS RURALES: NULTI - PACCHA RICAURTE - LLACAO - SIDCAY OCTAVIO PALACIOS CHECA - CHIQUINTAD- SININCAY -SAN JOAQUÍN SAYAUSI
PARROQUIAS URBANAS: SAN SEBASTIAN- EL
AZUAY
01D02
ZONA 6
01D03
01D04
01D05
01D06
CAÑAR
MORONA
SANTIAGO
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 7
PROVINCIA
EL ORO
LOJA
ZAMORA
CHINCHIPE
01D07
01D08
03D01
03D02
03D03
14D01
14D02
14D03
14D04
14D05
14D06
CÓDIGO
DISTRITAL
BATAN - YANUNCAY - SUCRE - HUAYNA
CAPAC - MONAY
PARROQUIAS RURALES: BAÑOS CUMBE CHAUCHA - MOLLETURO - TURI - VALLE -VICTORIA
DEL PÓRTETE - TARQUI - GINGEO SANTA ANA
GIRÓN - PUCARÁ - SAN FERNANDO - SANTA
ISABEL
CHORDELEG -GUALACEO
NABON-ONA
EL PAN - GUACHAPALA - PAUTE - SEVILLA DE ORO
CAMILO PONCE ENRIQUEZ
SIGSIG
AZOGUES - BIBLIAN - DELEG
CAÑAR - EL TAMBO - SUSCAL
LA TRONCAL
MORONA
HUAMBOYA - PABLO SEXTO - PALORA
LOGROÑO -SUCUA
GUALAQUIZA - SAN JUAN BOSCO
TAISHA
LIMÓN INDANZA - SANTIAGO - TIWINTZA
DESCRIPCIÓN D EL DISTRITO
(CANTONES)
07D01
07D02
07D03
07D04
07D05
07D06
11D01
11D02
11D03
11D04
11 DO 5
11D06
CHILLA - EL GUABO - PASAJE
MÁCHALA
ATAHUALPA - PORTO VELO - ZARUMA
BALSAS - MARCABELI - PINAS
ARENILLAS - HUAQUILLAS - LAS LAJAS
SANTA ROSA
LOJA
CATAMAYO - CHAGUARPAMBA - OLMEDO
PALTAS
CÉLICA - P1NDAL - PUYANGO
ESPINDOLA
CALVAS - GONZANAMA - QUILANGA
11D07
11D08
11D09
19D01
MACARA -SOZORANGA
SARAGURO
ZAPOTILLO
YACUAMBI - ZAMORA
19D02
CENTINELA DEL CÓNDOR - NANGARITZA PAQUISHA
CHINCHIPE - PALANDA
EL PANGUI - YANTZAZA
19D03
19D04
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
6. 6 — Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 8
PROVINCIA
GUAYAS
CÓDIGO
DISTRITAL
<
CANTONES
GUAYAQUIL
SAMBORONDÓN
DURAN
09D01
09D02
09D03
09D04
09D05
09D06
09D07
09D08
09D09
09D10
09D23
09D24
ZONAS
ADMINISTRATIVAS DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
PICHINCHA
CÓDIGO
DISTRITAL
CANTÓN
QUITO
17D01
17D02
17D03
17D04
ZONA 9
17D05
17D06
17D07
17D08
17D09
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (PARROQUIAS
RURALES, URBANAS Y CANTONES)
XIMENA 1
PARROQUIA RURAL: PUNA - ESTUARIO DEL
RÍO GUAYAS
XIMENA 2
GARCÍA MORENO - LETAMENDI AYACUCHO OLMEDO- BOLÍVAR- SUCRE URDANETA - 9 DE
OCTUBRE - ROCAFUERTE - PEDRO CARBO-ROCA
FEBRES CORDERO
JARQUI- 1,TENGUEL
TARQUI-2
PASCUALES - 1
PASCUALES - 2
TARQUI-3
PARROQUIAS RURALES: PROGRESO - EL
MORRO- POSORJA
ÁREA DE EXPANSIÓN DE GUAYAQUIL
SAMBORONDON
DURAN
DESCRIPCIÓN DEL DISTRITO (PARROQUIAS
URBANAS Y RURALES)
PARROQUIAS RURALES: NANEGAL - PACTO GUALEA - NANEGALITO
PARROQUIAS RURALES: CALDERÓN - LLANO
CHICO - GUAYLLABAMBA
PARROQUIAS URBANAS: EL CONDADO PONCEANO - COTOCOLLAO - COMITÉ DEL
PUEBLO- CARCELCÉN PARROQUIAS RURALES:
PUELLARO -CHAVEZPAMBA - ATAHUALPA - S. J.
MINAS -PERUCHO - SAN ANTONIO - NONO POMASQUÍ - CALACALÍ
PARROQUIAS URBANAS: PUENGASI - CENTRO
HISTÓRICO - SAN JUAN - LA LIBERTAD ITCHIMBÍA
PARROQUIAS URBANAS: LA CONCEPCIÓN
MARISCAL SUCRE - BELISARIO QUEVEDO - SAN
ISIDRO DEL INCA - RUMIPAMBA - KENNEDY IÑAQUITO - COCHAPAMBA - JIPIJAPA
PARROQUIAS RURALES: NAYÓN- ZÁMBIZA
PARROQUIAS URBANAS: CHILIBULO - SAN
BORTOLO - CHIMBACALLE - LA ARGELIA SOLANDA - LA MENA - LA MAGDALENA - LA
FERROVIARIA
PARROQUIAS RURALES: LLOA
PARROQUIAS URBANAS: CHILLOGALLOGUAMANÍ - QUITUMBE - TURUBAMBA - LA
ECUATORIANA
PARROQUIAS RURALES: CONOCOTO-PINTAGAMAGUAÑA - ALANGASÍ - GUANGOPOLO - LA
MERCED
PARROQUIAS RURALES: TUMBACO
CUMBAYÁ - PIFO - YARUQUÍ - EL QUINCHE PUEMBO CHECA - TABABELA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
7. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012 -
7
ZONAS NO DELIMITADAS
0000
0000
0000
ZONA NO DELIMITADA
EL PIEDRERO
MANGA DEL CURA
LAS GOLONDRIAS
Fuente: División Político Administrativa del Ecuador a nivel cantonal y parroquial, actualizada al 2010, INEC.
Artículo 3.- Establecer como circuitos administrativos de planificación a nivel nacional los siguientes:
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA1
PROVINCIA
CARCHI
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
04D01
CANTÓN
SAN
PEDRO DE
HUACA
TULCÁN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
04D01C01
04D01C02
04D01C03
04D01C04
04D01C05
04D01C06
04D01C07
04D01C08
04D01C09
04D01C10
04D01C11
04D01C12
04D02
BOLÍVAR
04D01C13
04D02C01
04D02C02
04D02C03
MONTÚFAR
04D02C04
04D02C05
04D02C06
ESPEJO
04D02C07
04D03C01
MIRA
04D03
04D03C02
04D03C03
04D03C04
ESMERALDAS
08D01
ESMERALDAS
08D01C01
08D01C02
08D01C03
08D01C04
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
HUACA
MARISCAL SUCRE
TULCAN
TULCAN
TULCAN
TULCAN
TULCAN
TULCAN
TULCAN
PIOTER
SANTA MARTHA DE CUBA
JULIO ANDRADE (OREJUELA)
EL CARMELO (EL PUN)
TUFINO
MALDONADO
TOBAR DONOSO (LA BOCANA DE
CAMUNBI)
EL CHICAL
URBINA (TAYA)
LOS ANDES
BOLÍVAR
SAN RAFAEL
MONTE OLIVO
SAN VICENTE DE PUSIR
GARCÍA MORENO
SAN GABRIEL
SAN GABRIEL
CRISTÓBAL COLON
FERNANDEZ SALVADOR
PIARTAL
CHITAN DE NAVARRETE
LA PAZ
SAN ISIDRO
LA LIBERTAD (ALIZO)
EL ÁNGEL
EL GOALTAL
CONCEPCIÓN
JIJÓN Y CAAMANO (CAB. EN RIO
BLANCO)
JUAN MONTALVO (SAN IGNACIO
DE QUIL)
MIRA (CHONTAHUASI)
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
8. 8 -- Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA1
PROVINCIA
ESMERALDAS
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
08D01
CANTÓN
ESMERALDAS
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
08D01C05
08D01C06
08D01C07
08D01C08
08D01C09
08D01C10
08D01C11
08D01C12
08D01C13
08D01C14
08D01C15
08D01C16
08D01C17
08D01C18
08D01C19
08D01C20
08D01C21
08D02
ELOY
ALFARO
08D02C01
08D02C02
08D02C03
08D02C04
08D03
MUISNE
08D03C01
08D03C02
8D03C03
08D03C04
ATACAMES
08D04
'08D03C05
08D03C06
08D03C07
08D03C08
QUININDE
08D04C01
08D04C02
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
ESMERALDAS
VUELTA LARGA
VUELTA LARGA
VUELTA LARGA
TABIAZO
CRNEL. CARLOS C. TORRES (CAB.
EN HUELE)
TACHINA
CAMARONES (CAB. EN SAN
VICENTE)
CHINCA
MAJUA
SAN MATEO
LA TOLA
PAMPANAL DE BOLÍVAR
VALDEZ (LIMONES)
SANTO DOMINGO DE ONZOLE
SAN FRANCISCO DE ONZOLE
ANCHAYACU
SAN JOSÉ DE CAYAPAS
TELEMB1
BORBON
ATAHUALPA (CAB. EN
CAMARONES)
LUIS V. TORRES (CAB. EN PLAYA
DE ORO)
SELVA ALEGRE
COLÓN ELOY DEL MARÍA
MALDONADO
TIMBIRE
GALERA
SAN FRANCISCO
QUINQUÉ (OLMEDO PERDOMO
FRANCO)
SAN GREGORIO
MUISNE
SALIMA
SAN JOSÉ DE CHAMANGA
BOLÍVAR
DAULE
ATACAMES
TONSUPA
LA UNION
SÚA (CAB EN LA BOCANA)
TONCHIGUE
ROSA ZARATE (QUININDE)
ROSA ZARATE (QUININDE)
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
9. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 -ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA1
PROVINCIA
•
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
08D04
08D05
CANTÓN
QUININDÉ
SAN
LORENZO
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
08D04C03
08D04C04
08D04C05
08D04C06
08D04C07
08D04C08
08D04C09
08D04C10
08D04C11
08D05C01
08D05C02
08D05C03
08D05C04
08D06
RÍO
VERDE
08D06C01
08D06C02
10D01C01
10D01C02
10D01C03
10D01C04
10D01C05
10D01C06
10D01C07
10D01C08
10D01C09
10D01C10
10D01C11
10D01C12
10D01C13
10D01C14
10D01C15
10D01C16
10D01C17
10D01C18
10D01C19
SAN
MIGUEL
DE
10D01
IBARRA
PIMAMPIRO
IMBABURA
10D01C20
9
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ROSA ZARATE (QUININDÉ)
ROSA ZARATE (QUININDÉ)
ROSA ZARATE (QUININDÉ)
ROSA ZARATE (QUININDÉ)
ROSA ZARATE (QUININDÉ)
LA UNION
VICHE
CHURA (CHANCAMA) (CAB. EN EL
YERBERO)
CUBE
MALIMPIA
MATAJE (CAB EN SANTANDER)
SAN LORENZO
ANCÓN (PICHANGAL) (CAB. EN
PALMA REAL)
CONCEPCIÓN
SAN JAVIER DE CACHAVI
URBINA
ALTO TAMBO (CAB EN GUADUAL)
5 DE JUNIO (CAB EN UIMBI)
TAMBILLO
CARONDELET
CALDERÓN
TULULBI (CAB EN RICAURTE)
SANTA RITA
CHONTADURO
CHUMUNDE
RIO VERDE
MONTALVO (CAB EN HORQUETA)
LAGARTO
ROCAFUERTE
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN MIGUEL DE IBARRA
SAN ANTONIO
AMBUQUI
CAROLINA
SALINAS
LITA
ANGOCHAGUA
LA ESPERANZA
CHUGA
PIMAMPIRO
MARIANO ACOSTA
SAN FCO. DE SIGSIPAMBA
URCUQUI
SAN BLAS
TUMBABIRO
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
10. 10 - Edición Especial N° 290 -- Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA1
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
10D02
CANTÓN
URCUQUÍ
ANTONIO
ANTE
OTAVALO
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
10D01C21
10D01C22
10D02C01
10D02C02
10D02C03
10D02C04
I0D02C05
10D02C06
10D02C07
10D02C08
10D02C09
10D02C10
10D02C11
10D02C12
10D02C13
10D02C14
10D02C15
10D02C16
10D03
COTACACHI
10D03C01
10D03C02
10D03C03
10D03C04
21D01
CÁSCALES
10D03C05
10D03C06
21D01C01
GONZALO
PIZARRO
SUCUMBIOS
SUCUMBIOS
21D02
21D01C02
21D01C03
LAGO
AGRIO
21D02C01
21D02C02
21D02C03
21D02C04
21D02C05
21D02C06
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
PABLO ARENAS
CAHUASQUI
LA MERCED DE BUENOS AIRES
ATUNTAQUI
ATUNTAQUI
SAN ROQUE
IMBAYA (SAN LUIS DE
COBUENDO)
SAN JOSÉ DE CHALTURA
SAN FCO. DE NATABUELA
OTAVALO
OTAVALO
OTAVALO
OTAVALO
OTAVALO
SAN JUAN DE ILUMAN
DOCTOR MIGUEL EGAS CABEZAS
(PEGUCHE)
GONZÁLEZ SUAREZ
SAN RAFAEL
SAN PABLO
EUGENIO ESPEJO (CALPAQUI)
PATAQUI
SAN JOSÉ DE QUICHINCHE
SELVA ALEGRE (CAB. EN SAN
MIGUEL DE P.)
COTACACHI
QUIROGA
VACAS GALINDO (CAB. EN SAN
MIGUEL ALTO)
PENAHERRERA
6 DE JULIO DE CUELLAJE (CAB EN
CUELLAJE)
PLAZA GUTIÉRREZ (CALVARIO)
APUELA
IMANTAG
GARCÍA MORENO (LLURIMAGUA)
SANTA ROSA DE SUCUMBIOS
SEVILLA
EL DORADO DE CÁSCALES
PUERTO LIBRE
GONZALO PIZARRO
LUMBAQUI
EL REVENTADOR
SANTA BARBARA
LA BONITA
LA SOFÍA
ROSA FLORIDA
EL PLAYÓN DE SAN FRANCISCO
NUEVA LOJA
NUEVA LOJA
NUEVA LOJA
NUEVA LOJA
SANTA CECILIA
JAMBELI
ELENO
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
11. Edición Especial N° 290 — Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
21D02
PROVINCIA
CANTÓN
21D03
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 1
CUYABENO
LAGO
AGRIO
PUTUMAYO
21D04
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 2
PROVINCIA
ÑAPO
SHUSHUFINDI
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
15D01
CANTÓN
ARCHIDONA
CARLOS
JULIO
AROSEMENA
TOLA
TENA
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
DEL
(PARROQUIAS)
CIRCUITO
21D02C07
DURENO
PACAYACU
21D02C08
GENERAL F ARFAN
21D03C01
TARAPOA
AGUAS NEGRAS
21D03C02
CUYABENO
21D03C03
SANTA ELENA
PALMA ROJA
21D03C04
PUERTO BOLÍVAR (PUERTO
MONTÚFAR)
PUERTO EL CARMEN DEL
PUTUMAYO
21D03C05
PUERTO RODRÍGUEZ
21D04C01
SHUSHUFINDI
21D04C02
SHUSHUFINDI
21D04C03
SAN PEDRO DE LOS COFANES
SIETE DE JULIO
21D04C04
PANACOCHA
21D04C05
SAN ROQUE (CAB EN SAN
VICENTE)
LIMONCOCHA
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
15D01C01
15D01C02
15D01C03
15D01C04
15D01C05
15D01C06
15D01C07
15D02
EL CHACO
15D01C08
15D01C09
15D02C01
15D02C02
15D02C03
QUIJOS
15D02C04
15D02C05
15D02C06
PICHINCHA
17D10
CAYAMBE
11
17D10C01
17D10C02
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ARCHIDONA
SAN PABLO DE USHPAYACU
COTUNDO
CARLOS JULIO AROSEMENA TOLA
TENA
TENA
TALAG
PAÑO
PUERTO ÑAPO
PUERTO MISAHUALLI
CHONTAPUNTA
AHUANO
EL CHACO
LINARES
SARDINAS
GONZALO DÍAZ DE PINEDA(EL
BOMBÓN)
SANTA ROSA
OYACACHI
COSANGA
SAN FRANCISCO DE BORJA
(VIRGILIO DÁVILA)
BAEZA
SUMACO
CUYUJA
PAPALLACTA
CAYAMBE
CAYAMBE
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
12. 12 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
17D10C03
17D10C04
17D10C05
ZONA 2
PEDRO
MONCAYO
17D10C06
17D10C07
17D10C08
17D11
MEJÍA
17D11C01
17D11C02
17D11C03
17D11C04
17D11C05
17D11C06
17D11C07
RUMIÑAHUI
17D12
ORELLANA
22D01
PEDRO
VICENTE
MALDONADO
PUERTO
QUITO
SAN
MIGUEL
DÉLOS
BANCOS
LA JOYA
DÉLOS
SACHAS
17D11C08
17D11C09
17D11C10
17D11C11
17D11C12
17D11C13
17D12C01
LORETO
MANUEL CORNEJO ASTORGA
(TANDAPI)
EL CHAUPI
ALOASI
RUMIPAMBA
COTOGCHOA
SANGOLQUI
SANGOLQUI
SANGOLQUI
SANGOLQUI
SANGOLQUI
PEDRO VICENTE MALDONADO
PUERTO QUITO
PUERTO QUITO
SAN MIGUEL DE LOS BANCOS
MINDO
22D01C01
SAN CARLOS
SAN SEBASTIAN DEL COCA
RUMIPAMBA
22D01C02
22D02C01
22D02C02
ORELLANA
CAYAMBE
CANGAHUA
OTÓN
SANTA ROSA DE CUZUBAMBA
ASCAZUBI
OLMEDO (PECILLO)
TABACUNDO
TUPIGACHI
MALCHINGUI
TOCACHI
LA ESPERANZA
MACHACHI
MACHACHI
CUTUGLAHUA
TAMBILLO
UYUMBICHO
ALOAG
17D12C02
17D12C03
17D12C04
22D01C03
22D01C04
22D02
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
22D02C03
22D02C04
ENOKANQUI (CAB. EN EL
PARAÍSO)
LAGO SAN PEDRO
TRES DE NOVIEMBRE
LA JOYA DE LOS SACHAS
UNIÓN MILAGREÑA
POMPEYA
SAN JOSÉ DE DAHUANO
SAN VICENTE DE HUATICOCHA
LORETO
AVILA (CAB EN HUIRUNO)
PUERTO MURIALDO
SAN JOSÉ DE PAYAMINO
PUERTO FRANCISCO DE
ORELLANA (COCA)
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
|
13. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 PROVINCIA
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 2
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
22D02
CANTÓN
ORELLANA
22D03
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 3
PROVINCIA
COTOPAXI
AGUARICO
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
05D01
CANTÓN
LATACUNGA
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
DEL
(PARROQUIAS)
CIRCUITO
22D02C05 PUERTO FRANCISCO DE
ORELLANA (COCA)
22D02C06 NUEVO PARAÍSO
SAN JOSÉ DE GUAYUSA
22D02C07 GARCÍA MORENO
LA BELLEZA
22D02C11 SAN LUIS DE ARMENIA
22D02C08 DAYUMA
TARACO A (CAB. EN NUEVA
ESPERANZA: YUCA)
EL DORADO
22D02C09 EL EDÉN
ALEJANDRO LABAKA
22D02C10 INÉS ARANGO
22D03C01 CONONACO
22D03C02 NUEVO ROCAFUERTE
TIPUTINI
YASUNI
22D03C03 SANTA MARÍA DE HUIRIRIMA
CAP. AUGUSTO RIVADENEYRA
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
05D01C01
05D01C02
05D01C03
05D01C04
05D01C05
05D01C06
05D01C07
05D01C08
05D01C09
05D01C10
05D01C11
05D01C12
05D01C13
05D01C14
05D01C15
05D01C16
05D02
LA MANÁ
05D03
PANGUA
05D04
SAQUISILÍ
13
05D01C17
05D01C18
05D02C01
05D02C02
05D02C03
05D03C01
05D03C02
05D03C03
05D03C04
05D04C01
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
TOACASO
MULALO
TANICUCHI
JOSEGUANGO BAJO
ALAQUES (ALAQUEZ)
POALO
11 DE NOVIEMBRE (ILINCHISI)
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
LATACUNGA
BELISARIO QUEVEDO
(GUANAILÍN)
SAN JUAN DE PASTOCALLE
GUAITACAMA (GUAYTACAMA)
PUCAYACU
GUASAGANDA (CAB. EN
GUASAGANDA CENTRO)
LA MANA
LA MANA
MORASPUNGO
PINLLOPATA
EL CORAZÓN
RAMÓN CAMPANA
CHANTILIN
SAQUISILÍ
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
14. 14 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
PUJILI
ZONA 3
05D05
SIGCHOS
05D06
CHIMBORAZO
SALCEDO
06D01
RIOBAMBA
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
05D04C02
05D04C03
05D04C04
05D04C05
05D04C06
05D04C07
05D04C08
05D04C09
05D04C10
05D04C11
05D05C01
05D05C02
05D05C03
05D05C04
05D06C01
05D06C02
05D06C03
05D06C04
06D01C01
06D01C02
06D01C03
06D01C04
06D01C05
06D01C06
06D01C07
06D01C08
06D01C09
06D01C10
06D01C11
06D01C12
06D01C13
06D01C14
06D01C15
06D01C16
06D01C17
06D01C18
06D01C19
06D02
CHAMBO
ALAUSI
06D01C20
06D02C01
06D02C02
06D02C03
06D02C04
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
COCHAPAMBA
CANCHAGUA
TINGO
ANGAMARCA
PÍLALO
ZUMBAHUA
GUANGAJE
PUJILI
PUJILI
PUJILI
LA VICTORIA
SIGCHOS
PALO QUEMADO
LAS PAMPAS
CHUGCHILLAN
ISINLIVI
CUSUBAMBA
SAN MIGUEL
MULALILLO
PANSALEO
ANTONIO JOSÉ HOLGUIN (SANTA
LUCÍA)
MULLIQUINDIL (SANTA ANA)
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
RIOBAMBA
SAN JUAN
CALPI
LICAN
CUBIJIES
QUIMIAG
LICTO
PUNGALA
PUNIN
FLORES
SAN LUIS
CACHA (CAB. EN MACHANGARA)
CHAMBO
MULTITUD
SIBAMBE
HUIGRA
PISTISHI (NARIZ DEL DIABLO)
ALAUSI
GUASUNTOS
PUMALLACTA
SEVILLA
TIXAN
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
15. Edición Especial N° 290 — Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 —
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CHUNCHI
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
06D02C05
06D02C06
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ACHUPALLAS
GONZOL
CHUNCHI
CAPZOL
COMPUD
LLAGOS
CUMANDA
PALLATANGA
06D02C07
06D03
061)04
CUMANDA
PALLATANGA
COLTA
06D03C01
06D03C02
06D04C01
06D04C02
06D04C03
06D04C04
06D04C05
GUAMOTE
ZONA 3
06D05
GUANO
06D04C06
06D04C07
06D04C08
06D04C09
06D04C10
06D05C01
06D05C02
06D05C03
PENIPE
PASTAZA
16D01
06D05C04
PASTAZA
16D01C01
16D01C02
16D01C03
16D01C04
16D01C05
16D01C06
16D01C07
MERA
15
16D01C08
16D01C09
16D01C10
16D01C11
[
VILLA LA UNION (CAJABAMBA)
VILLA LA UNION (CAJABAMBA)
COLUMBE
JUAN DE VELASCO (PANGOR)
CANI
SANTIAGO DE QUITO (CAB. EN
SAN
GUAMOTE
GUAMOTE
GUAMOTE
PALMIRA
CEBADAS
SAN ANDRÉS
SAN ISIDRO DE PATULU
GUANO
LA PROVIDENCIA
GUANANDO
SAN GERARDO DE PACAICAGUAN
ILAPO
SAN JOSÉ DEL CHAZO
VALPARAÍSO
SANTA FE DE GALÁN
PUELA
EL ALTAR
SAN ANTONIO DE BAYUSHIG
LA CANDELARIA
BILBAO (CAB. EN QUILLUYACU)
PENIPE
MATUS
PUYO
PUYO
CANELOS
VERACRUZ (CAB EN INDILLAMA)
POMONA
SIMÓN BOLÍVAR (CAB EN
MUSHULLAMA
SARAYACU
EL TRIUNFO
DIEZ DE AGOSTO
TARQUI
FATIMA
TENIENTE HUGO ORTIZ
RIO CORRIENTES
RIO TIGRE
MONTALVO (ANDOAS)
SHELL
MADRE TIERRA
MERA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
16. 16 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
ZONA 3
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
TUNGURAHUA
16D01C12
16D02
SANTA
CLARA
ARAJUNO
18D01
AMBATO
SAN JOSÉ
SANTA CLARA
ARAJUNO
CURARAY
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
PASA
SAN FERNANDO (PASA SAN
FERNANDO)
AMBATILLO
SAN BARTOLOMÉ DE PINLLOG
QUISAPINCHA (QUIZAPINCHA)
CONSTATINO FERNANDEZ (CAB
EN CULLIT
AUGUSTO N. MARTÍNEZ
(MUNDUGLEO)
ATAHUALPA (CHISALATA)
CUNCHIBAMBA
UNAMUNCHO
IZAMBA
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
AMBATO
PILAGUIN (PILAHUIN)
JUAN BENIGNO VELA
SANTA ROSA
PICAIGUA
TOTORAS
MONTALVO
HUACHI GRANDE
LLIGUA
BAÑOS DE AGUA SANTA
ULBA
RIO VERDE
RIO NEGRO
EL TRIUNFO
PATATE
LOS ANDES (CAB EN POATUG)
SUCRE (CAB EN SUCRE- PATATE
URCO)
PELILEO
PELILEO
PELILEO
SALASACA
BENITEZ (PACHANLICA)
EL ROSARIO (RUMICHACA)
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
16D02C01
16D02C02
18D01C01
18D01C02
18D01C03
18D01C04
18D01C05
18D01C06
18D01C07
18D01C08
18D01C09
I8D01C10
18D01C11
18D02
AMBATO
18D01C12
18D02C01
18D02C02
18D02C03
18D02C04
I8D02C05
18D02C06
18D02C07
18D02C08
18D02C09
18D02C10
.18D02C11
18D02C12
18D03
BAÑOS DE
AGUA
SANTA
18D03C01
18D03C02
PATATE
18D04C01
SAN
PEDRO DE
PELILEO
18D04
18D04C02
18D04C03
18D04C04
18D04C05
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
17. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
17
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
18D04C06
ZONA 3
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
CHIQUICHA (CAB EN CHIQUICHA
GRANDE)
GARCÍA MORENO (CHUMAQUI)
COTALO
GUAMBALO (HUAMBALO)
BOLÍVAR
PILLARO
MARCOS ESPINEL (CHACATA)
SAN MIGUELITO
BAQUERIZO MORENO
EMILIO MARÍA TERAN
(RUMIPAMBA)
SAN JOSÉ DE POALÓ
PRESIDENTE URBINA
(CHAGRAPAMBA)
SAN ANDRÉS
CEVALLOS
PINGUILI
MOCHA
QUERO
YANAYACU - MOCHAPATA (CAB
EN YANAYACU)
RUMIPAMBA
TISALEO
QUINCHICOTO
18D04C07
18D05
SANTIAGO
DE
PILLARO
18D05C01
18D05C02
18D05C03
CEVALLOS
MOCHA
18D06C01
18D06C02
QUERO
18D06C03
18D06C04
TISALEO
18D06
18D06C05
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
ZONA 4
MANABÍ
13D01
PORTOVIEJO
13D01C01
13D01C02
13D01C03
13D01C04
13D01C05
13D01C06
13D01C07
13D01C08
13D01C09
13D01C10
13D01C11
13D01C12
13D01C13
13D02
MANTA
13D01C14
13D02C01
13D02C02
13D02C03
13D02C04
I3D02C05
13D02C06
13D02C07
13D02C08
13D02C09
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
PORTOVIEJO
CRUCITA
CHIRIJOS
ALHAJUELA (BAJO GRANDE)
RIOCHICO (RIO CHICO)
PUEBLO NUEVO
ABDON CALDERÓN (SAN
FRANCISCO)
SAN PLACIDO
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
MANTA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
18. 18 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 4
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
MONTECRISTI
13D03
JARAMIJO
JIPIJAPA
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
13D02C10
13D02C11
13D02C12
13D02C13
13D02C14
13D02C15
13D02C16
13D02C17
13D02C18
13D02C19
13D02C20
13D03C01
13D03C02
13D03C03
13D03C04
13D03C05
13D03C06
13D03C07
PUERTO
LÓPEZ
13D04
SANTA
ANA
13D03C08
13D03C09
13D03C10
13D03C11
13D04C01
13D04C02
13D04C03
13D04C04
13D04C05
13D04C06
13D04C07
13D04C08
24 DE
MAYO
OLMEDO
13D05
EL
CARMEN
13D06
BOLÍVAR
13D04C09
13D04C10
13D04C11
13D04C12
13D04C13
13D04C14
13D05C01
13D05C02
13D05C03
13D05C04
13D05C05
13D05C06
13D05C07
13D06C01
13D06C02
13D06C03
13D06C04
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
MANTA
MANTA
MANTA
SAN LORENZO
SANTA MARIANITA (BOCA DE
PACOCHE)
LA PILA
MONTECRISTI
MONTECRISTI
MONTECRISTI
MONTECRISTI
MONTECRISTI
JARAMIJO
JIPIJAPA
JIPIJAPA
JIPIJAPA
JIPIJAPA
JIPIJAPA
LA UNION
AMERICA
EL ANEGADO (CAB EN ELOY
ALFARO)
JULCUY
MEMBRILLAL
PUERTO DE CAYO
PEDRO PABLO GÓMEZ
PUERTO LÓPEZ
MACHALILLA
SALANGO
SANTA ANA DE VUELTA LARGA
SANTA ANA DE VUELTA LARGA
SANTA ANA DE VUELTA LARGA
SANTA ANA DE VUELTA LARGA
AYACUCHO
HONORATO VASQUEZ (CAB EN
VASQUEZ)
LA UNION
SAN PABLO (CAB EN PUEBLO
NUEVO)
ARQ. SIXTO DURAN BALLEN
NOBOA
SUCRE
BELLA VISTA
OLMEDO
OLMEDO
EL CARMEN
EL CARMEN
EL CARMEN
EL CARMEN
EL CARMEN
SAN PEDRO DE SUMA
WILFRIDO LOOR MOREIRA
(MAICITO)
CALCETA
CALCETA
CALCETA
QUIROGA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
19. Edición Especial N° 290 — Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012 --
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
ZONA 4
JLNÍN
13D07
CHONE
FLAVIO
ALFARO
13D08
PICHINCHA
13D09
PAJÁN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
13D06C05
13D06C06
13D06C07
13D07C01
13D07C02
13D07C03
13D07C04
13D07C05
13D07C06
13D07C07
13D07C08
13D07C09
13D07C10
13D07C11
13D07C12
13D07C13
13D07C14
13D07C15
13D07C16
13D07C17
13D07C18
13D07C19
13D08C01
13D08C02
13D08CG3
13D08C04
13D08C05
13D08C06
13D09C01
13D09C02
13D09C03
13D10
PEDERNALES
JAMA
13D11
SUCRE
13D12
SAN
VICENTE
ROCAFUERTE
TOSAGUA
13D09C04
13D09C05
13D09C06
13D10C01
13D10C02
13D10C03
13D10C04
13D10C05
13D10C06
13D10C07
13D10C08
J3D10C09
13D11C01
13D11C02
13D11C03
13D11C04
13D11C05
13D11C06
13D12C01
13D12C02
13D12C03
13D12C04
19
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
MEMBRILLO
JUNIN
JUNIN
CHONE
CHONE
CHONE
CHONE
CHONE
CHONE
CONVENTO
ELOY ALFARO
BOYACA
RICAURTE
SAN ANTONIO
CANUTO
CANUTO
CHIBUNGA
FLAVIO ALFARO
FLAVIO ALFARO
FLAVIO ALFARO
SAN FCO. DE NOVILLO (CAB EN
NOVILLO)
ZAPALLO
PICHINCHA
PICHINCHA
PICHINCHA
SAN SEBASTIAN
BARRAGANETE
BARRAGANETE
PAJAN
CAMPOZANO (LA PALMA DE
PAJÁN)
CAMPOZANO (LA PALMA DE
PAJÁN)
LASCANO
GUALE
CASCOL
PEDERNALES
PEDERNALES
PEDERNALES
COJIMIES
COJIMÍES
10 DE AGOSTO
ATAHUALPA
JAMA
JAMA
BAHÍA DE CARAQUEZ
BAHÍA DE CARAQUEZ
CHARAPOTO
SAN ISIDRO
SAN VICENTE
CANOA
ROCAFUERTE
ROCAFUERTE
TOSAGUA
TOSAGUA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
20. 20 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
ZONA 4
SANTO
DOMINGO
DÉLOS
TSÁCHILAS
13D12
TOSAGUA
13D12C05
23D01
SANTO
DOMINGO
23D01C01
23D01C02
23D01C03
23D01C04
23D01C05
23D01C06
23D01C07
23D01C08
23D01C09
23D01C10
23D01C11
23D01C12
23D01C13
23D01C14
23D01C15
23D01C16
23D01C17
23D02
SANTO
DOMINGO
23D02C01
23D02C02
23D02C03
23D02C04
23D02C05
23D02C06
23D02C07
23D03
LA
CONCORDIA
23D02C08
23D02C09
23D02C10
23D02C11
23D03C01
23D03C02
23D03C03
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ÁNGEL PEDRO GILER (LA
ESTANCILLA)
BACHILLERO
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
EL ESFUERZO
SANTA MARÍA DEL TOACHI
ALLURIQUIN
ALLURIQUIN
LUZ DE AMERICA
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
SANTO DOMINGO DE LOS
COLORADOS
VALLE HERMOSO
SAN JACINTO DEL BÚA
SAN JACINTO DEL BÚA
PUERTO LIMÓN
LA CONCORDIA
LA CONCORDIA
LA CONCORDIA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
21. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 PROVINCIA
CANTÓN
CHILLANES
02D02C01
02D03
BOLÍVAR
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
02D01
02D02
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 5
CHIMBO
02D03C01
02D03C02
GUARANDA
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
02D01C01
02D01C02
02D01C03
02D01C04
02D01C05
02D01C06
02D01C07
02D01C08
02D01C09
02D01C10
02D01C11
02D02C02
02D04C02
02D04C03
CALUMA
LAS NAVES
09D11C01
ALFREDO BAQUERIZO MORENO
(JUJAN)
ALFREDO BAQUERIZO MORENO
(JUJAN)
SIMÓN BOLÍVAR
CRNEL. LORENZO DE GARAICOA
(PEDREGAL)
BALAO
BALAO
NARANJAL
NARANJAL
NARANJAL
TAURA
SAN CARLOS
SANTA ROSA DE FLANDES
JESÚS MARÍA
BALZAR
BALZAR
BALZAR
BALZAR
BALZAR
02D03C07
GUAYAS
09D11
09D12
ECHEANDÍA
CALUMA
LAS
NAVES
ALFREDO
BAQUERIZO
MORENO
SIMÓN
BOLÍVAR
BALAO
NARANJAL
09D13
BALZAR
GUARANDA
GUARANDA
GUARANDA
GUARANDA
GUARANDA
GUARANDA
SIMIATUG
FACUNDO VELA
SALINAS
SAN LUIS DE PAMBIL
SANTAFE (SANTA FE)
JULIO E. MORENO (CATANAHUAN
GRANDE)
SAN SIMÓN (YACOTO)
SAN LORENZO
SAN JOSÉ DEL TAMBO
(TAMBOPAMBA)
CHILLANES
02D04C01
02D03C04
02D03C05
02D03C06
02D04
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
TELIMBELA
MAGDALENA (CHAPACOTO)
ASUNCIÓN (ASANCOTO)
SAN SEBASTIAN
SAN JOSÉ DE CHIMBO
SAN MIGUEL
SAN PABLO (SAN PABLO DE
ATENAS)
SANTIAGO
SAN VICENTE
BALSAPAMBA
BILOVAN
REGULO DE MORA
ECHEANDÍA
02D03C03
SAN
MIGUEL
21
09D11C02
09D11C03
09D11C04
09D12C01
09D12C02
09D12C03
09D12C04
09D12C05
09D12C06
09D12C07
09D12C08
09D13C01
09D13C02
09D13C03
09D13C04
09D13C05
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
22. 22 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
ZONAS
09D14
09D15
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
COLIMES
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
09D13C06
09D13C07
09D13C08
09D13C09
09D13C10
09D14C01
09D14C02
09D14C03
09D14C04
09D14C05
COLIMES
COLIMES
SAN JACINTO
PALESTINA
PALESTINA
PEDRO CARBO
PEDRO CARBO
SABANILLA
VALLE DE LA VIRGEN
LOMAS DE SARGENTILLO
09D14C06
ISIDRO AYORA
09D15C01
09D15C02
09D15C03
09D15C04
EL ROSARIO
GUAYAS (PUEBLO NUEVO)
GUAYAS (PUEBLO NUEVO)
PALESTINA
PEDRO
CARBO
LOMAS DE
SARGENTILLO
ISIDRO
AYORA
EMPALME
09D15C05
09D15C06
09D16
09D17
09D18
09D19
EL
TRIUNFO
GNRAL.
ANTONIO
ELIZALDE
MILAGRO
NARANJITO
CRNEL.
MARCELINO
MARIDUEÑA
DAULE
09D16C01
09D16C02
09D16C03
09D16C04
09D17C01
09D17C02
09D17C03
09D17C04
09D17C05
09D17C06
09D17C07
09D17C08
09D17C09
09D17C10
09D17C11
09D17C12
09D17C13
09D17C14
09D17C15
09D18C01
09D18C02
09D18C03
09D18C04
09D19C01
09D19C02
09D19C03
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
VELASCOIBARRA(CAB. EL
EMPALME)
VELASCO IBARRA (CAB. EL
EMPALME)
VELASCO IBARRA (CAB. EL
EMPALME)
EL TRIUNFO
EL TRIUNFO
EL TRIUNFO
GRAL. ANTONIO ELIZALDE
(BUCAY)
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
MILAGRO
CHOBO
MARISCAL SUCRE (HUAQUES)
ROBERTO ASTUDILLO (CAB EN
CRUCE DE VENCÍ)
NARANJITO
NARANJITO
NARANJITO
CRNEL. MARCELINO MARIDUEÑA
(SAN CARLOS)
DAULE
DAULE
DAULE
LIMONAL
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
23. Edición Especial N° 290 -- Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 - 23
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 5
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
09D19
CANTÓN
DAULE
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
09D19C04
09D19C05
09D19C06
SANTA
LUCÍA
09D20
09D21
NOBOL
SALITRE
SAN
JACINTO
DE
YAGUACHI
09D22
LOS RÍOS
PLAYAS
12D01
BABAHOYO
BABA
12D02
MONTALVO
PUEBLOVIEJO
URDANETA
12D03
QUEVEDO
09D19C07
09D19C08
09D19C09
09D19C10
09D20C01
09D20C02
09D20C03
09D20C04
09D20C05
09D21C01
09D21C02
09D21C03
09D21C04
09D21C05
09D22C01
09D22C02
09D22C03
12D01C01
12D01C02
12D01C03
12D01C04
12D01C05
12D01C06
12D01C07
12D01C08
12D01C09
12D01C10
12D01C11
12D01C12
12D01C13
12D01C14
12D01C15
12D01C16
12D01C17
12D01C18
12D01C19
12D02C01
12D02C02
12D02C03
12D02C04
12D02C05
12D02C06
12D03C01
12D03C02
12D03C03
12D03C04
' 12D03C05
12D03C06
12D03C07
12D03C08
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
LAUREL
JUAN BAUTISTA AGUIRRE (LOS
TINTOS)
LOS LOJAS (ENRIQUE BAQUERIZO
MORENO)
SANTA LUCIA
SANTA LUCIA
SANTA LUCIA
NARCISA DE JESÚS
EL SALITRE (LAS RAMAS)
EL SALITRE (LAS RAMAS)
GRAL. VERNAZA (DOS ESTEROS)
LA VICTORIA (ÑAUZA)
JUNQUILLA L
SAN JACINTO DE YAGUACHI
SAN JACINTO DE YAGUACHI
GRAL. PEDRO J. MONTERO
(BOLICHE)
VIRGEN DE FATIMA
YAGUACHI VIEJO (CONE)
GENERAL VILLAMIL (PLAYAS)
GENERAL VILLAMIL (PLAYAS)
GENERAL VILLAMIL (PLAYAS)
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
BABAHOYO
LA UNION
PIMOCHA
PIMOCHA
FEBRES CORDERO (LAS JUNTAS)
(CAB.)
CARACOL
BABA
BABA
ISLA DE BEJUCAL
GUARE
MONTALVO
MONTALVO
PUEBLOVIEJO
SAN JUAN
PUERTO PECHICHE
RICAURTE
RICAURTE
CATARAMA
LA ESPERANZA
QUEVEDO
QUEVEDO
QUEVEDO
QUEVEDO
QUEVEDO
QUEVEDO
QUEVEDO
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
24. 24 ~ Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
ZONA 5
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
12D03
MOCACHE
12D04
VENTANAS
12D05
QUINSALOMA
VINCES
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
12D03C09
12D03C10
12D03C11
12D03C12
12D04C01
12D04C02
12D04C03
12D04C04
12D04C05
12D04C06
12D04C07
SAN CARLOS
MOCACHE
MOCACHE
MOCACHE
ZAPOTAL
ZAPOTAL
ZAPOTAL
VENTANAS
VENTANAS
VENTANAS
QUINSALOMA
12D05C01
ANTONIO SOTOMAYOR (CAB.
PLAYAS DE VINCE)
ANTONIO SOTOMAYOR (CAB.
PLAYAS DE VINCE)
VINCES
VINCES '
VINCES
VINCES
VINCES
VINCES
VINCES
PALENQUE
PALENQUE
SAN JACINTO DE BUENA FE
SAN JACINTO DE BUENA FE
SAN JACINTO DE BUENA FE
SAN JACINTO DE BUENA FE
PATRICIA PILAR
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
PUERTO VILLAMIL
ISLA FERNANDINA
"NARBOROUGH"
ESPAÑOLA "HOOD"
PUERTO BAQUERIZO MORENO
EL PROGRESO
BELLA VISTA
PUERTO AYORA
ISLA PINZÓN
CHANDUY
SIMÓN BOLÍVAR (JULIO MORENO)
SAN JOSÉ DE ANCÓN
ATAHUALPA
SANTA ELENA
SANTA ELENA
COLONCHE
COLONCHE
COLONCHE
MANGLARALTO
MANGLARALTO
12D05C02
12D06
PALENQUE
BUENA FE
VALENCIA
GALÁPAGOS
20D01
ISABELA
SAN
CRISTÓBAL
SANTA
CRUZ
SANTA
ELENA
24D01
SANTA
ELENA
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
12D05C03
12D05C04
12D05C05
12D05C06
12D05C07
12D05C08
12D05C09
12D05C10
12D05C11
12D06C01
12D06C02
12D06C03
12D06C04
12D06C05
12D06C06
12D06C07
12D06C08
12D06C09
12D06C10
20D01C01
20D01C02
20D01C03
20D01C04
20D01C05
20D01C06
20D01C07
24D01C01
24D01C02
24D01C03
24D01C04
24D01C05
24D01C06
24D01C07
24D01C08
24D01C09
24D01C10
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
25. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012 —
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
24D02
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
LA
LIBERTAD
24D02C01
24D02C02
24D02C03
24D02C04
24D02C05
24D02C06
24D02C07
24D02C08
SALINAS
25
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
LA LIBERTAD
LA LIBERTAD
LA LIBERTAD
LA LIBERTAD
SALINAS
SALINAS
'
JOSÉ LUIS TAMAYO (MUEY)
ANCONCITO
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
ZONA 6
AZUAY
01D01
CUENCA
01D01C01
01D01C02
01D01C03
01D01C04
01D01C05
01D01C06
01D01C07
01D01C08
01D01C09
01D01C10
01D01C11
01D01C12
01D01C13
01D01C14
01D01C15
01D01C16
CUENCA CANARIBAMBA
CUENCA SAN BLAS
CUENCA BELLA VISTA
CUENCA BELLA VISTA
CUENCA EL VECINO
CUENCA EL VECINO
CUENCA EL SAGRARIO
CUENCA HERMANO MIGUEL
CUENCA MACHANGARA
CUENCA MACHANGARA
CUENCA TOTOROCOCHA
CUENCA TOTOROCOCHA
CUENCA GIL RAMÍREZ DAVALOS
SAYAUSI
SAN JOAQUÍN
PACCHA
NULTI
RICAURTE
LLACAO
CHECA (JIDCAY)
CHIQUINTAD
OCTAVIO CORDERO PALACIOS
(STA. ROSA)
SIDCAY
SE^INCAY
CUENCA YANUNCAY
CUENCA YANUNCAY
CUENCA YANUNCAY
CUENCA SUCRE
CUENCA MONAY
CUENCA HUAYNACAPAC
CUENCA EL BATAN
CUENCA SAN SEBASTIAN
CUENCA SAN SEBASTIAN
MOLLETURO
CHAUCHA
BAÑOS
TARQUI
TURI
CUMBE
VICTORIA DEL PÓRTETE (IRQUIS)
QUINGEO
01D01C17
01D01C18
01D01C19
01D02
CUENCA
01D01C20
01D02C01
01D02C02
01D02C03
01D02C04
01D02C05
01D02C06
01D02C07
01D02C08
01D02C09
01D02C10
01D02C11
01D02C12
01D02CI3
01D02C14
01D02C15
01D02C16
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
26. 26 — Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA 6
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
01D02
CUENCA
01D03
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
GIRÓN
01D02C17
01D02C18
01D02C19
01D03C01
PUCARÁ
SAN
FERNANDO
SANTA
ISABEL
01D04
GUALACEO
01D03C02
01D03C03
01D03C04
01D03C05
01D03C06
01D06C05
01D06C06
01D07C01
CAMILO PONCE ENRIQUEZ
01D04C01
CHORDELEG
01D04C07
NABÓN
01D05C01
01D05C02
OÑA
01D06
01D05C03
PAUTE
01D06C01
01D06C02
EL PAN
SEVILLA
DE ORO
01D07
01D06C03
01D06C04
GUACHAPALA
CAMILO
SANTA ANA
VALLE
VALLE
GIRÓN
SAN GERARDO
ASUNCIÓN
SAN RAFAEL DE SHARUG
PUCARÁ
PUCARÁ
SAN FERNANDO
CHUMBLIN
ABDON CALDERÓN (LA UNION)
SANTA ISABEL (CHAGUARURCO)
ZHAGLLI (SHAGLLI )
SAN JUAN
SIMÓN BOLÍVAR (CAB. EN
GAÑANZOL)
JADAN
ZHIDMAD
GUALACEO
GUALACEO
DANIEL CORDOVA TORAL (EL
ORIENTE)
REMIGIO CRESPO TORAL (GULAG)
LUIS CORDERO VEGA
MARIANO MORENO
SAN MARTIN DE PUZHIO
LUIS GALARZA ORELLANA (CAB.
EN DELEGSOL)
PRINCIPAL
CHORDELEG
LA UNION
NABON
COCHAPATA
EL PROGRESO (CAB.EN ZHIOTA)
LAS NIEVES (CHAYA)
SUSUDEL
SAN FELIPE DE ONA
GUARAINAG
TOMEBAMBA
DUG DUG
BULAN (JOSÉ VÍCTOR IZQUIERDO)
SAN CRISTÓBAL (CARLOS
ORDOÑEZ LAZO)
CHICAN (GUILLERMO ORTEGA)
EL CABO
PAUTE
EL PAN
SAN VICENTE
AMALUZA
PALAMAS
SEVILLA DE ORO
GUACHAPALA
01D04C02
01D04C03
01D04C04
01D04C05
01D04C06
01D05
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
27. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
ZONA 6
01D08
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
PONCE
ENRÍQUEZ
SÍGSIG
01D07C02
01D07C03
01D08C01
01D08C02
01D08C03
CAÑAR
03D01
AZOGUES
03D01C01
03D01C02
03D01C03
03D01C04
03D01C05
03D01C06
BIBLIÁN
03D01C07
03D01C08
03D01C10
03D01C09
03D01C11
DÉLEG
03D02
03D01C12
CAÑAR
03D02C01
03D02C02
03D02C03
03D02C04
03D02C05
03D03
MORONA
SANTIAGO
14D01
EL TAMBO
SUSCAL
LA
TRONCAL
03D02C06
03D02C07
03D03C01
03D03C02
03D03C03
MORONA
14D01C01
14D01C02
14D01C03
14D01C04
14D01C05
14D01C06
14D01C07
27
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
CAMILO PONCE ENRÍQUEZ
EL CARMEN DE PIJILI
SAN BARTOLOMÉ
GUEL
SIGSIG
CUCHIL (CUTCHIL)
JIMA (GIMA)
LUDO
SAN JOSÉ DE RARANGA
PINDILIG
RIVERA
TADAY
AZOGUES
AZOGUES
AZOGUES
GUAPAN
COJITAMBO
JAVIER LO YOLA (CHUQUIPATA)
SAN MIGUEL
LUIS CORDERO
JERUSALEN
TURUPAMBA
SAN FRANCISCO DE SAGEO
BIBLIAN
NAZON (CAB. EN PAMPA DE
DOMÍNGUEZ)
DELEG
SOLANO
CAÑAR
GENERAL MORALES (SOCARTE)
VENTURA
CHONTAMARCA
DUCUR
GUALLETURO
SAN ANTONIO
CHOROCOPTE
HONORATO VASQUEZ (TAMBO
VIEJO)
INGAPIRCA
ZHUD
JUNCAL
EL TAMBO
SUSCAL
LA TRONCAL
LA TRONCAL
MANUEL J. CALLE
PANCHO NEGRO
SAN ISIDRO
GENERAL PROANO
SíNAl
RIO BLANCO
ALSHI (CAB EN 9 DE OCTUBRE)
ZUNA (ZUNAC)
MACAS
SEVILLA DON BOSCO
CUCHAENTZA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
28. 28 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA 6
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
14D02
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PALORA
14D02C01
PALORA (METZERA)
CUMANDA (CAB. EN COLONIA
AGRÍCOLA SEVILLA
16 DE AGOSTO
ARAPICOS
SANGAY (CAB EN NAYAMANACA)
HUAMBOYA
CHIGUAZA
PABLO SEXTO
14D02C02
14D02C03
14D04
14D02C04
LOGROÑO'
14D03
HUAMBOYA
PABLO
SEXTO
SUCÚA
14D03C03
GUALAQUIZA
14D03C01
14D03C02
14D03C04
14D04C01
14D04C02
SAN JUAN
BOSCO
14D04C03
14D04C04
14D04C05
14D04C06
14D04C07
14D05
TAISHA
14D05C01
14D05C02
14D05C03
14D06
LIMÓN
INDANZA
14D06C01
14D06C02
14D06C03
SANTIAGO
14D06C04
14D06C05
TIWINTZA
14D06C06
HUAMBI
SUCUA
ASUNCIÓN
SANTA MARIANITA DE JESÚS
LOGROÑO
SHIMPIS
YAUPI
BERMEJOS
CHIGUINDA
EL ROSARIO
AMAZONAS (ROSARIO DE CUYES)
NUEVA TARQUI
EL IDEAL
SAN MIGUEL DE CUYES
BOMBOIZA
GUALAQUIZA
SAN JUAN BOSCO
PAN DE AZÚCAR
SAN JACINTO DE WAKAMBEIS
SANTIAGO DE PANANZA
SAN CARLOS DE LIMÓN
MACUMA
TAISHA
HUASAGA (CAB EN WAMPUIK)
TUUTrNENTZA
PUMPUENTSA
SAN MIGUEL DE CONCHAY
INDANZA
SAN ANTONIO (CAB EN SAN
ANTONIO CENTRO)
GRAL. LEÓNIDAS PLAZA
GUTIÉRREZ
YUNGANZA (CAB EN EL ROSARIO)
STA SUSANA DE CHIVIAZA (CAB
EN CHIVIAZA)
TAYUZA
SAN FRANCISCO DE CHINIMBIMI
PATUCA
SANTIAGO DE MÉNDEZ
COPAL
CHUPIANZA
SAN LUIS DE EL ACHO (CAB EN EL
ACHO)
SAN JOSÉ DE MORONA
SANTIAGO
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
29. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 7
PROVINCIA
EL ORO
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
07D01
CANTÓN
CHILLA
EL GUABO
PASAJE
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
07D01C01
07D01C02
07D01C03
07D01C04
07D01C05
07D01C06
07D01C07
07D02
MÁCHALA
07D03
ATAHUALPA
07D01C08
07D01C09
07D01C10
07D01C11
07D01C12
07D01C13
07D01C14
07D01C15
07D02C01
07D02C02
07D02C03
07D02C04
07D02C05
07D02C06
07D02C07
07D02C08
07D02C09
07D02C10
07D02C11
07D02C12
07D02C13
07D02C14
07D02C15
07D02C16
07D02C17
07D02C18
07D02C19
07D02C20
07D02C21
07D03C01
PORTOVELO
07D03C02
07D03C03
ZARUMA
07D03C04
07D03C05
07D03C06
07D03C07
07D03C08
29
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
CHILLA
LA IBERIA
EL GUABO
EL GUABO
TENDALES (CAB. EN PUERTO
TENDALES)
BARBONES (SUCRE)
RIO BONITO
CANAQUEMADA
LA PEANA
BUENAVISTA
PASAJE
PASAJE
PASAJE
PASAJE
PASAJE
PROGRESO
CASACAY
UZHCURRUMI
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
MÁCHALA
EL RETIRO
CORDONCILLO
PACCHA
AYAPAMBA
SAN JOSÉ
MILAGRO
SAN JUAN DE CERRO AZUL
MORALES
CURTINCAPA
SALATI
PORTOVELO
ABANIN
GUANAZAN
GUIZHAGUINA
SALVIAS
SINSAO
ZARUMA
ARCAPAMBA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
30. 30 — Edición Especial N° 290 — Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 7
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
07D03C09
BALSAS
07D04C01
MARCABELÍ
PINAS
07D04
07D04C02
07D04C03
07D04C04
07D04C05
07D04C06
ARENILLAS
07D05C01
07D05C02
07D05C03
07D05C04
HUAQUILLAS
LAS
LAJAS
07D05
07D05C05
07D05C06
07D05C07
07D05C08
07D06
LOJA
11D01
SANTA
ROSA
LOJA
07D06C01
07D06C02
07D06C03
07D06C04
07D06C05
07D06C06
07D06C07
11D01C01
11D01C02
I1D01C03
11D01C04
11D01C05
11D01C06
11D01C07
11D01C08
11D01C09
11D01C10
IID01CU
11D01C12
11D01C13
11D01C14
11D01C15
11D01C16
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
MALVAS
MULUNCAY GRANDE
HUERTAS
BALSAS
BELLAMARIA
EL INGENIO
MARCABELI
MOROMORO (CAB. EN EL VADO)
SAN ROQUE (AMBROSIO
MALDONADO)
PINAS
LA BOCANA
SARACAY
PIEDRAS
CAPIRO (CAB. EN LA CAPILLA
DE CAPIRO)
ARENILLAS
ARENILLAS
PÁLMALES
CARCABON
CHACRAS
HUAQUILLAS
HUAQUILLAS
EL PARAÍSO
SAN ISIDRO
LA LIBERTAD
LA VICTORIA
TORATA
LA AVANZADA
BELLAVISTA
SAN ANTONIO
BELLAMARIA
VICTORIA
SANTA ROSA
SANTA ROSA
SANTA ROSA
JAMBELI
VILCABAMBA (VICTORIA)
SAN PEDRO DE VILCABAMBA
QUINARA
YANGANA (ARSENIO CASTILLO)
MALACATOS (VALLADOLID)
CHANTACO
TAQUIL (MIGUEL RIOFRIO)
CHUQUIRIBAMBA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
LOJA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
31. Edición Especial N° 290 -- Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012 --
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 7
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
11D01C17
11D01C18
11D01C19
11D01C20
11D0IC21
11D02
CATAMAYO
CHAGUARPAMBA
OLMEDO
11D03
PALTAS
11D01C22
11D02C01
11D02C02
11D02C03
11D02C04
11D02C05
11D02C06
11D02C07
11D02C08
11D02C09
11D03C01
11D03C02
11D03C03
11D04C02
11D04C03
PINDAL
11D05
CÉLICA
PUYANGO
11D04
11D03C04
11D03C05
11D04C01
11D04C04
11D04C05
11D04C06
ESPINDOLA
11D04C07
11D05C01
11D05C02
11D05C03
UD06
CALVAS
11D06C01
11D06C02
31
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
LOJA
LOJA
LOJA
SAN LUCAS
SANTIAGO
GUALEL
EL CISNE
JIMBILLA
EL TAMBO
CATAMAYO (LA TOMA)
CATAMAYO (LA TOMA)
ZAMBI
GUAYQU1CHUMA
SAN PEDRO DE LA BENDITA
CHAGUARPAMBA
EL ROSARIO
AMARILLOS
SANTA RUFINA
BUENAVISTA
OLMEDO
LA TINGUE
CATACOCHA
CANGONAMA
YAMANA
SAN ANTONIO
LAURO GUERRERO
CASANGA
GUACHANAMA
ORIANGA
POZUL (SAN JUAN DE POZUL)
SABANILLA
TNTE. MAXIMILIANO
RODRÍGUEZ LOAIZA
CRUZPAMBA (CAB EN CARLOS
BUSTAMANTE)
CÉLICA
CIANO
EL ARENAL
VICENTINO
MERCADILLO
ALAMOR
EL LIMO (MARIANA DE JESÚS)
CHAQUINAL
12 DE DICIEMBRE (CAB EN
ACHIOTES)
PINDAL
JIMBURA
BELLAVISTA
EL AIRO
27 DE ABRIL (CAB EN LA
NARANJA)
EL INGENIO
SANTA TERESITA
AMALUZA
UTUANA
COLAISACA
CARIAMANGA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
32. 32 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
ZONA 7
•
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
GONZANAMÁ
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
11D06C03
11D06C04
11D06C05
11D06C06
CARIAMANGA
SANGUILLIN
EL LUCERO
SACAPALCA
CHANGAIMINA (LA LIBERTAD)
GONZANAMA
NAMBACOLA
PURUNUMA (EGUIGUREN)
SAN ANTONIO DE LAS ARADAS
QUILANGA
FUNDOCHAMBA
MACARA
LA VICTORIA
SABIANGO (LA CAPILLA)
LARAMA
SOZORANGA
NUEVA FATIMA
TACAMOROS
SAN ANTONIO DE QUMBE
(CUMBE)
EL TABLÓN
URDANETA (PAQUISHAPA)
SARAGURO
SAN PABLO DE TENTA
EL PARAÍSO DE CELEN
SELVA ALEGRE
LLUZHAPA
SUMAYPAMBA
SAN SEBASTIAN DE YULUC
MANU
ZAPOTILLO
PALETILLAS
CAZADEROS (CAB EN
MANGAURCO)
GARZAREAL '
LIMONES
BOLASPAMBA
ZAMORA
ZAMORA
SABANILLA
IMBANA (LA VICTORIA DE
IMBANA)
GUADALUPE
CUMBARATZA
TIMBARA
SAN CARLOS DE LAS MINAS
28 DE MAYO (SAN JOSÉ DE
YACUAMBI)
LA PAZ
TUTUPALI
GUAYZIMI
ZURMI
NUEVO PARAÍSO
ZUMBÍ
11D06C07
11D06C08
QUILANGA
11D07
11D06C09
MACARÁ
11D07C01
11D07C02
SOZORANGA
11D08
SARAGURO
11D07C03
11D07C04
11D07C05
11D08C01
11D08C02
11D08C03
11D08C04
11D08C05
11D08C06
11D09
ZAMORA
CHINCHIPE
19D01
ZAPOTILLO
ZAMORA
11D09C01
11D09C02
11D09C03
11D09C04
11D09C05
11D09C06
19D01C01
19D01C02
19D01C03
19D01C04
19D01C05
19D01C06
YACUAMBI
19D02
NANGARITZA
CENTINELA
DEL
CÓNDOR
19D01C07
19D01C08
19D01C09
19D02C01
19D02C02
19D02C03
19D02C04
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
33. Edición Especial N° 290. -- Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012 —
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 7
PROVINCIA
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CANTÓN
PAQUISHA
CHINCHIPE
19D02C06
19D03C01
19D03C02
PALANDA
19D03
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
19D02C05
19D03C03
19D03C04
19D03C05
19D03C06
19D03C07
19D04
YANTZAZA
EL
PANGUI
19D04C01
19D04C02
19D04C03
19D04C04
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
ZONA 8
PROVINCIA
CANTÓN
GUAYAS
GUAYAQUIL
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
09D01
09D02
09D03
09D04
09D05
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
09D01C01
09D01C02
09D01C03
09D01C04
09D01C05
09D01C06
09D02C01
09D02CG2
09D02C03
09D02C04
09D02C05
09D03C01
09D03C02
09D03C03
09D03C04
09D03C05
09D03C06
09D03C07
09D04C01
09D04C02
09D04C03
09D04C04
09D04C05
09D04C06
09D05C01
09D05C02
09D05C03
09D05C04
33
DESCRIPCIÓN DEL CIRCUITO
(PARROQUIAS)
PAQUISHA
BELLA VISTA
NUEVO QUITO
SAN ANDRÉS
EL CHORRO
LA CHONTA
PUCAPAMBA
ZUMBA
CHITO
PALANDA
VALLADOLID
EL PORVENIR DEL CARMEN
SAN FCO. DEL VERGEL
LA CANELA
YANTZAZA(YANZATZA)
CHICAÑA
LOS ENCUENTROS
PACHICUTZA
EL PANGUI
EL GUISME
TUNDAYME
DESCRIPCIÓN DEL
CIRCUITO
GUAYAQU1L-GUASMO
GUAYAQUIL-UNION DE
BANANEROS
GUAYAQUIL-FLORESTA
GUAYAQUIL-7 LAGOS
GUAYAQUIL-CENTENARIO
PUNA*
GUAYAQUIL- ESTEROS
GUAYAQUIL-MALVINAS 1
GUAYAQUIL-MALVINAS 2
GUAYAQUIL- TRINITARIA 1
GUAYAQUIL- TRINITARIA 2
GUAYAQUIL- CHILE
GUAYAQUIL- VICTORIA
GUAYAQUIL-9 DE OCTUBRE
GUAYAQUIL-GARAY
GUAYAQUIL-VENEZUELA
GUAYAQUIL-ANTEPARA
GUAYAQUIL-CRISTO DEL
CONSUELO
GUAYAQUIL- EL CISNE
GUAYAQUIL-CHALA
GUAYAQUIL-SALINAS
GUAYAQUIL-PÓRTETE
GUAYAQUIL-BATALLÓN DEL
SUBURBIO
GUAYAQUIL-SUBURBIO
GUAYAQUIL-ATARAZANA
GUAYAQUIL-SAUCES
GUAYAQUIL-GUAYACANES
GUAYAQUIL-ALBORADA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
34. 34 -- Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
DESCRIPCIÓN DEL
CIRCUITO
09D05C05
ZONA 8
09D06
09D07
GUAYAQUIL-URDESA
09D05C06
09D05C07
09D06C01
09D06C02
09D06C03
09D06C04
GUAYAQUIL- KENNEDY
TENGUEL
GUAYAQUIL-BELLAVISTA
GUAYAQUIL-MARTHA ROLDOS
GUAYAQUIL-SAMANES
GUAYAQUIL-JUAN MONTALVO
09D06C05
09D06C06
09D07C01
09D07C02
GUAYAQUIL-FLORIDA
GUAYAQUIL-MAPASINGUE
GUAYAQUIL-MONTE BELLO
09D07C03
09D08
09D07C04
09D07C05
09D07C06
09D07C07
09D07C08
09D08C01
09D08C02
09D08C03
09D08C04
09D08C05
09D08C06
09D09
09D10
SAMBORONDÓN
09D23
DURAN
09D24
09D09C01
09D09C02
09D09C03
09D10C01
09D10C02
09D10C03
09D23C01
09D23C02
09D24C01
09D24C02
09D24C03
09D24C04
09D24C05
09D24C06
09D24C07
09D24C08
GUAYAQUIL-BASTIÓN
POPULAR N2
GUAYAQUIL-BASTIÓN
POPULAR 1
GUAYAQUIL-MUCHO LOTE
GUAYAQUIL-ORQUÍDEAS
GUAYAQUIL-PASCUALES
GUAYAQUIL-SAN FRANCISCO
GUAYAQUIL-PUENTE LUCIA
GUAYAQUIL-NUEVA PROPERINA
GUAYAQUIL-FORTÍN
GUAYAQUIL-PARAÍSO
DE LA FLOR
GUAYAQUIL-FLOR DE BASTIÓN
GUAYAQUIL-MONTE SINAI
GUAYAQUIL-NUEVO
GUAYAQUIL
GUAYAQUIL-LOS CEIBOS
GUAYAQUIL-PUERTO HONDO
GUAYAQUIL-CHONGON
MORRO
POSORJA
PROGRESO
GUAYAQUIL - ÁREA DE
EXPANSIÓN
SAMBORONDON
TARIFA
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
ELOY ALFARO(DURAN)
La población de las islas del estuario de Guayaquil se suma a la población de la Parroquia Puna, por criterios de
conectividad, por lo que las poblaciones de las parroquias Puna y Guayaquil no poseen los mismos valores oficiales del
INEC, sin que esto altere el valor total de cantón.
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
35. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial -- Lunes 28 de mayo del 2012 ZONA DE
PLANIFICACIÓN
PROVINCIA
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
ZONA 9
PICHINCHA
QUITO
17D01
17D01C01
17D01C02
17D01C03
17D01C04
17D02C01
17D02C02
17D02C03
17D02C04
17D02C05
17D02C06
17D02C07
17D02C08
17D02C09
17D02C10
17D03C01
17D03C02
17D02
17D03
17D04
17D05
17D03C03
17D03C04
17D03C05
17D03C06
17D03C07
17D03C08
17D03C09
17D03C10
17D03C11
17D03C12
17D03C13
17D03C14
17D03C15
17D03C16
17D03C17
17D03C18
17D03C19
17D04C01
17D04C02
17D04C03
17D04C04
17D04C05
17D04C06
17D04C07
17D04C08
17D05C01
17D05C02
17D05C03
17D05C04
17D05C05
17D05C06
17D05C07
17D05C08
17D05C09
17D05C10
17D05C11
17D05C12
17D05C13
35
DESCRIPCIÓN DEL
CIRCUITO
PACTO
GUALEA
NANEGAL
NANEGALITO
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
CALDERÓN (CARAPUNGO)
LLANO CHICO
GUAYLLABAMBA
PUÉLLARO
ATAHUALPA (HABASPAMBA)
CHAVEZPAMBA
PERUCHO
SAN JOSÉ DE MINAS
SAN JOSÉ DE MINAS
EL CONDADO
EL CONDADO
EL CONDADO
PONCEANO
PONCEANO
SAN ANTONIO
SAN ANTONIO
NONO
COTOCOLLAO
POMASQUI
POMASQUI
CALACALI
CARCELÉN
COMITÉ DEL PUEBLO
COMITÉ DEL PUEBLO
PUENGASI
PUENGASI
CENTRO HISTÓRICO
CENTRO HISTÓRICO
SAN JUAN
SAN JUAN
LA LIBERTAD
ITCHIMBIA
CONCEPCIÓN
MARISCAL SUCRE
BELISARIO QUEVEDO
BELISARIO QUEVEDO
SAN ISIDRO DEL INCA
RUMIPAMBA
KENNEDY
KENNEDY
NAYON
IÑAQUITO
COCHAPAMBA
JIPIJAPA
ZAMBIZA
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
36. 36 — Edición Especial N° 290 — Registro Oficial — Lunes 28 de mayo del 2012
PROVINCIA
ZONA DE
PLANIFICACIÓN
CANTÓN
CÓDIGO
DEL
DISTRITO
17D06
17D07
17D08
17D09
CÓDIGO
DEL
CIRCUITO
17D06C01
17D06C02
17D06C03
17D06C04
17D06C05
17D06C06
17D06C07
17D06C08
17D06C09
17D06C10
17D06C11
17D07C01
17D07C02
17D07C03
17D07C04
17D07C05
17D07C06
17D08C01
17D08C02
17D08C03
17D08C04
17D08C05
17D08C06
17D08C07
17D08C08
17D08C09
17D08C10
17D09C01
17D09C02
17D09C03
17D09C04
17D09C05
17D09C06
17D09C07
17D09C08
17D09C09
17D09C10
17D09C11
DESCRIPCIÓN DEL
CIRCUITO
CHILIBULO
SAN BARTOLO
SAN BARTOLO
CHIMBACALLE
LA ARGELIA
SOLANDA
SOLANDA
LA MENA
LLOA
LA MAGDALENA
LA FERROVIARIA
CHILLOGALLO
GUAMANI
QUITUMBE
QUITUMBE
TURUBAMBA
LA ECUATORIANA
CONOCOTO
CONOCOTO
PINTAG
PINTAG
AMAGUANA
AMAGUANA
AMAGUANA
ALANGASI
GUANGOPOLO
LA MERCED
TUMBACO
TUMBACO
CUMBAYA
CUMBAYA
PIFO
PIFO
YARUQUI
EL QUINCHE
PUEMBO
CHECA (CHILPA)
TABABELA
ZONA NO DELIMITADA
ZONA NO
DELIMITADA
00000
00000
00000
00000
EL PIEDRERO LAS
GOLONDRINAS
MANGA DEL CURA
MANGA DEL CURA
O00CO1
000C02
000C03
000C04
EL PIEDRERO LAS
GOLONDRINAS
MANGA DEL CURA
MANGA DEL CURA
Fuente: División Político Administrativa del Ecuador a nivel cantonal y parroquial, actualizada al 2010, INEC.
DISPOSICIONES GENERALES:
PRIMERA.- Para efectos del presente acuerdo se considerarán las siguientes definiciones:
Distrito administrativo de planificación: Unidad Territorial para la prestación de servicios públicos, que coincide con el
cantón o unión de cantones y articula las políticas de desarrollo del territorio, dentro del cual se coordinará la provisión de
servicios para el ejercicio de derechos y garantías ciudadanas.
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
37. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 Circuito administrativo de planificación: Unidad
Territorial local conformada por el conjunto de
establecimientos dedicados a la prestación de servicios
públicos en un territorio determinado dentro de un distrito,
articulados entre sí a través de los servicios que ofertan.
SEGUNDA.- Los 140 distritos administrativos y los 1134
circuitos administrativos serán ajustados conforme con los
resultados oficiales de los censos de población y vivienda
que se realicen en el país.
DISPOSICIÓN FINAL.- De la ejecución del presente
Acuerdo que entrará en vigencia a partir de su publicación
en el Registro Oficial, encargúese a todas las entidades y
organismos de la Función Ejecutiva, de acuerdo al nivel de
desconcentración establecido en su respectiva matriz de
competencias, modelo de gestión y estatuto orgánico.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 16 de febrero del 2012.
f.) Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de
Planificación y Desarrollo.
SENPLADES.- Es fiel copia del original.- lo certifico.- f.)
Ilegible.- Coordinación General de Asesoría Jurídica.
No. 569-2012
Fander Falconí Benítez
SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
Y DESARROLLO
Considerando:
Que, la Constitución de la República en su artículo 226
señala que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que, el mismo texto constitucional, señala en su artículo
227, que la Administración Pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización,
coordinación,
participación,
planificación, transparencia y evaluación;
Que, la Carta Magna establece en su artículo 233 que
ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de
sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente por el manejo y
administración de fondos, bienes o recursos públicos;
37
Que, el reglamento a la Ley de Modernización en su
artículo 34 determina que la desconcentración
administrativa es el proceso mediante el cual las instancias
superiores de un ente u organismo público transfieren el
ejercicio de una o más de sus facultades a otras instancias
que forman parte del mismo ente u organismo;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva, en su artículo 54 señala que la
titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los
órganos administrativos podrán ser desconcentradas en
otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto
será el traslado de la competencia al órgano
desconcentrado;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1372 de 12 de febrero
del 2004, publicado en el Registro Oficial No. 278 de 20 de
febrero del 2004, se crea la Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo, como el organismo técnico
responsable del diseño, implementación, integración y
dirección del Sistema Nacional de Planificación en todos
sus niveles;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 878, publicado en el
Registro Oficial No. 268 de 8 de febrero del 2008,
reformado en virtud de los decretos ejecutivos Nos. 956 y
357 de 12 de marzo del 2008 y 20 de mayo del 2010,
respectivamente, se dispone que la SENPLADES deberá
organizarse en función de las zonas administrativas de
planificación definidas en dichos instrumentos, en cada una
de las cuales, salvo en la Zona 9 que corresponde a la
administración del nivel central, se establecerán
subsecretarías zonales desconcentradas, cuya misión será
gestionar el Sistema Nacional de Planificación, en cada una
de las áreas de su jurisdicción asignada;
Que, el artículo 26 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 306 de 22 de octubre del 2010,
establece que la Secretaría Técnica del Sistema Nacional
Descentralizado de Planificación Participativa será ejercida
por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo;
Que, el artículo 19 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas establece que el Sistema Nacional
Descentralizado de Planificación Participativa se orientará
entre otros por el principio de desconcentración;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 392-2010,
publicado en la Edición Especial del Registro Oficial No.
95 de 2 de diciembre del 2010, se expidió el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
SENPLADES, en el cual se establece un régimen
desconcentrado de gestión, a través de la creación de ocho
subsecretarías zonales de planificación, las cuales ejercerán
sus competencias y atribuciones técnicas, operativas,
administrativas y financieras de manera desconcentrada;
Que, es necesario dar mayor agilidad y atender con
eficiencia y oportunidad los diferentes trámites que realiza
la institución, especialmente referentes a la contratación de
bienes, servicios y obras; de gestión del recurso humano; y,
para el manejo financiero, a nivel nacional; y,
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
38. 38 — Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral
1 del Art. 154 de la Constitución de la República del
Ecuador, Art. 34 de la Ley de Modernización del Estado,
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada, Arts. 17, 17.2, y 54 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;
Art. 3 del Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el
Registro Oficial No. 278 de 20 de febrero del 2004; literal
n) del numeral 6.5.1 del Estatuto Orgánico de Gestión
Oiganizacional por Procesos de la SENPLADES,
Acuerda:
Expedir el siguiente Reglamento de desconcentración
administrativa, financiera y jurídica de la Secretaría
Nacional de Planificación y Desarrollo - SENPLADES.
Artículo L- Objeto.- Es objeto de este reglamento
desconcentrar las competencias, funciones, atribuciones y
responsabilidades establecidas legalmente al Secretario
Nacional de Planificación y Desarrollo como autoridad
nominadora, autorizador del gasto, autorizador de procesos
y representante legal, como máxima autoridad de la
institución, a favor de las autoridades jerárquicas inferiores.
Artículo 2.- Ámbito.- La aplicación de este reglamento se
hará a todos los procedimientos delegados y
consecuentemente desconcentrados en los ámbitos
administrativos, de talento humano, financieros y jurídicos,
de carácter funcional y territorial. Entiéndase de carácter
funcional la delegación de competencias, atribuciones,
funciones y responsabilidades del Secretario/a Nacional a
los
subsecretarios/as
generales.
subsecretarios/as
nacionales, coordinadores/as generales y directores/as de
áreas. Así también se entenderá que la desconcentración
opera en el carácter territorial cuando las competencias,
atribuciones, funciones y responsabilidades se delegan del
Secretario/a Nacional a los subsecretarios/as zonales y
directores/as administrativos financieros de estas entidades
operativas desconcentradas.
CAPÍTULO I
DE LA DESCONCENTRACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN DEL
TALENTO HUMANO
Artículo 3.- Al Coordinador/a General Administrativa
Financiera.- Se delega al Coordinador/a General Administrativa Financiera el ejercicio de las siguientes atribuciones:
1. Aprobar los planes anuales de Recursos Humanos; de
Evaluación del Desempeño; de Capacitación; de Salud
Ocupacional y otros necesarios para el buen desempeño
del personal de la institución. Los planes serán
elaborados por la Dirección de Administración del
Talento Humano.
2. Autorizar el inicio del proceso para la selección del
personal de carrera administrativa, mediante concursos
públicos de méritos y oposición.
3. Integrar los tribunales de méritos y oposición, y los de
apelación para los concursos públicos de méritos y
oposición.
4. Resolver, en caso de ser necesario, las impugnaciones
que, eventualmente, se presenten a la máxima autoridad
de la Secretaría Nacional en contra de los actos y
hechos administrativos cumplidos en los procesos de
selección de personal.
5. Suscribir los nombramientos provisionales del personal
que ha sido seleccionado y declarado ganador de los
concursos públicos de méritos y oposición.
6. Autorizar y suscribir los contratos e instrumentos
jurídicos que las distintas unidades administrativas
requieran para el cumplimiento de sus funciones, a
saber los siguientes:
a) Los contratos de prestación de servicios
ocasionales, contratos civiles de servicios
profesionales y contratos técnicos especializados sin
relación de dependencia; las adendas a que hubiere
lugar en virtud de tales contratos; convenios de
pagos; así como las resoluciones y actas de
terminación de la relación contractual, cualquiera
sea su causa, con sujeción a la Ley Orgánica del
Servicio Público, su reglamento general, y demás
normas y resoluciones emitidas por el Ministerio de
Relaciones Laborales; y,
b) Los contratos de trabajo eventuales, de prueba, por
tiempo fijo, por tiempo indefinido, y en general
aquellos que conforme el Código del Trabajo, sean
procedentes para la contratación de trabajadores/as
en el sector público, y sus respectivas adendas,
cuando sea del caso.
7. Imponer las sanciones disciplinarias de amonestación
verbal, escrita y pecuniaria administrativa a los
servidores que laboran en la SENPLADES matriz,
excepto a los funcionarios del nivel jerárquico superior.
8. Suscribir, previa autorización del inmediato superior,
los actos administrativos de encargos y/o subrogaciones
de las autoridades de la matriz.
9. Suscribir comunicaciones y consultas que se remitan a
las diferentes instituciones del sector público, relacionadas con la Administración de los Recursos Humanos
de la institución.
Artículo 4.- Al Director/a de la Unidad de
Administración del Talento Humano.- Se delega al
Director/a de la Unidad de Administración del Talento
Humano, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
1. Autorizar y suscribir mediante acciones de personal, los
siguientes actos administrativos:
a) Vacaciones anuales y permisos con cargo a
vacaciones de los servidores de la institución, previa
aprobación del inmediato superior;
b) Licencias con remuneración prescritas en el Art. 27
de la Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP;
c) Licencias sin remuneración hasta por 60 días
durante cada año de servicio, de acuerdo con lo
dispuesto en el Art. 28, literal a) de la LOSEP; y,
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
39. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 d) Permisos de hasta dos horas diarias de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 33 de la LOSEP.
2.
Autorizar a los servidores y trabajadores de la SENPLADES,
previa solicitud del Jefe inmediato y la obtención de la
certificación presupuestaria, laboren en horas suplementarias y
extraordinarias de acuerdo con la ley y normas internas.
3.
Autorizar el gasto de nómina, anticipos de sueldo y los gastos
que se generen por beneficios sociales de transporte,
guardería, alimentación y uniformes.
4.
Suscribir los avisos de entrada y salida al IESS del personal de
la SENPLADES.
Artículo 5.- Autorización de gasto de los contratos de servicios
profesionales y técnicos.- Se delega a los subsecretarios/as
generales, subsecretarios/as nacionales.
39
subsecretarios/as zonales, coordinadores/as generales, Director/a
de representación en directorios y empresas públicas y Director/a
de Comunicación Social, o quienes hicieren sus veces, en el
ámbito de sus competencias, el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
1. Autorizar el gasto para los contratos de servicios profesionales
y técnicos, con personas naturales nacionales o extranjeras,
suscritos conforme las disposiciones de la LOSEP y su
reglamento, que hayan sido requeridos por la Unidad a su
cargo;
Artículo 6.- Autorización de gastos de viáticos y otros
conceptos.- Corresponde y se delega la autorización para el
cumplimiento de servicios institucionales, la aprobación del
informe de viaje y gastos por concepto de viáticos, subsistencias,
alimentación, pasajes aéreos y terrestres dentro del país,
incluyendo fines de semana y días feriados, a las siguientes
autoridades, conforme el siguiente cuadro:
AUTORIZARÁ:
NIVEL JERÁRQUICO
Secretario/a Nacional
Asesor/a del Secretario/a Nacional
delegada para la Coordinación
Institucional
Subsecretarios/as generales.
Subsecretarios/as zonales, coordinadores/as generales, asesores/as del Secretario/a
Nacional, directores/as de representación en directorios y empresas públicas, y de
Comunicación Social, personal de seguridad del Secretario/a Nacional, persona:
administrativo y trabajadores del Despacho del Secretario/a Nacional.
Subsecretarios/as Generales
Subsecretarios/as nacionales, servidores/as y trabajadores del área de su
competencia.
Subsecretario/a Nacionales y
Zonales
Directores/as, servidores/as y trabajadores/as de las áreas de su competencia.
Coordinadores/as generales
Directores/as, servidores/as y trabajadores/as de las áreas de su competencia.
Director/a de Comunicación Social y Servidores/as y trabajadores/as de las áreas de su competencia, según corresponda.
Director/a de Representación en
directorios y empresas públicas
d) Permisos de hasta dos horas diarias de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 33 de la LOSEP.
Artículo 7.- A los subsecretarios/as zonales de planificación.Se delegan a los subsecretarios/as zonales de planificación el
ejercicio de las siguientes atribuciones:
2.
Imponer las sanciones disciplinarias de amonestación verbal,
escrita y pecuniaria administrativa a los servidores que laboran
en la Subsecretaría a su cargo.
a) Vacaciones anuales y permisos con cargo a vacaciones de
los servidores y trabajadores de la Subsecretaría a su
cargo;
3.
Autorizar y suscribir los actos administrativos de encargos y/o
subrogaciones de los directores técnicos de la Subsecretaría a
su cargo.
b) Licencias con remuneración prescritas en el Art. 27 de la
Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP;
4.
Autorizar el gasto que se generen por beneficios sociales de
transporte, guardería, alimentación de los servidores de la
Subsecretaría a su cargo.
5.
Comparecer a la suscripción de las actas de finiquito que
conforme las disposiciones del Código de Trabajo y
1. Autorizar y suscribir mediante acciones de personal, los
siguientes actos administrativos:
c) Licencias sin remuneración hasta por 60 días durante cada
año de servicio de acuerdo con el Art. 28, literal a) de la
LOSEP; y,
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
40. 40 — Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
demás regulaciones laborales aplicables, deban
celebrarse entre la SENPLADES y los ex trabajadores
que prestaron sus servicios en las subsecretarias
zonales.
resultare de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el
monto del presupuesto inicial del Estado del
correspondiente ejercicio económico, les corresponderá:
a) Iniciar y gestionar los procesos precontractuales,
inclusive hasta su adjudicación;
CAPÍTULO II
b) Cancelar o declarar desiertos los procesos;
DE LA DESCONCENTRACIÓN DE LOS PROCESOS
DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
c) Declarar adjudicatario fallido;
Artículo 8.- Delegar al Coordinador/a General de
Planificación Institucional la aprobación de las reformas al
Plan Anual de Contratación - PAC y su publicación,
excepto las de su Unidad Administrativa, las cuales serán
aprobadas por el Secretario Nacional.
d) Suscribir los respectivos contratos principales y
complementarios que pudieren requerirse;
Artículo 9.- Corresponde al Director/a de Servicios
Administrativos y Soporte Tecnológico, y al Director/a
Administrativo y Financiero de las subsecretarías zonales
emitir las certificaciones que acrediten la constancia de la
inclusión de bienes normalizados o no normalizados,
prestación de servicios o ejecución de obras, en el Plan
Anual de Contrataciones PAC correspondiente.
f) Autorizar el gasto.
Artículo 10.- Se delega a los subsecretarios/as generales,
subsecretarios/as nacionales, subsecretarios/as zonales,
coordinadores/as generales, Director/a de Representación en
Directorios y Empresas Públicas y Director/a de
Comunicación Social, o quienes hicieren sus veces, en el
ámbito de sus competencias, el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
1. Con relación a los contratos para la prestación de
servicios especializados de consultoría; de adquisición
de bienes o prestación de servicios, cuyo presupuesto
referencial sea inferior o igual al valor que resultare de
multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del
presupuesto inicial del Estado del correspondiente
ejercicio económico, incluyendo los de régimen
especial relacionados específicamente a los procesos
entre entidades públicas, con instituciones financieras y
de seguros del Estado, para la compra de repuestos y
accesorios, para el transporte de correo interno e
internacional, y para el arrendamiento de bienes
muebles, exclusivamente. En estos casos les
corresponderá:
a) Iniciar y gestionar los procesos precontractuales,
inclusive hasta su adjudicación;
b) Cancelar o declarar desiertos los procesos;
e) Designar a los responsables de la administración de
los contratos; y,
3. Autorizar y suscribir los actos e instrumentos legales
necesarios para iniciar, ejecutar y concluir los procesos
de terminación de los contratos por mutuo acuerdo o de
manera unilateral y anticipada, y para la declaratoria de
contratista incumplido, previo el informe del
Administrador del Contrato, de los contratos respecto de
los cuales hubiere resuelto su adjudicación.
Artículo 11.- Se delega al Director/a de Comunicación
Social cumplir con los procesos establecidos en el artículo
10. numeral 1, literales del a) al f) del presente reglamento
referidos a los proceso de Régimen Especial de actividades
de comunicación social.
CAPÍTULO III
CON RELACIÓN A LA DESCONCENTRACIÓN DE
LA ADMINISTRACIÓN
DE LOS BIENES Y OTROS ACTOS DE
ADMINISTRACIÓN
Artículo 12.- Delegar al Director/a de Servicios
Administrativos y Soporte Tecnológico, o al Director/a
Administrativo y Financiero de las subsecretarías zonales,
el ejercicio de las siguientes atribuciones:
1. Ejecutar o disponer la ejecución de los procesos
relativos a la custodia, registro, inventario,
mantenimiento, utilización, ingreso y egreso de bienes,
que se asignen a la dependencia a su cargo como
resultado de contrataciones, comodatos, donaciones,
traspasos, y en general cualquier otra forma, de acuerdo
a lo previsto en el Reglamento General Sustitutivo para
el Manejo de Bienes del Sector Público.
c) Declarar adjudicatario fallido;
2. Presidir la Junta de Remates.
d) Suscribú los respectivos contratos principales y
complementarios que pudieren requerirse;
e) Designar a los responsables de la administración de
los contratos; y,
0 Autorizar el gasto.
2. Con relación a los contratos de ejecución de obras cuyo
presupuesto referencial sea inferior o igual al valor que
3. Realizar los trámites que la SENPLADES deba ejecutar
ante las compañías de seguros, entidades públicas y
privadas relacionados con inclusiones, exclusiones,
reclamos u otros referidos a siniestros que afectan
activos o personal de la institución en coordinación con
la Coordinación General de Asesoría Jurídica;
4. Autorizar y emitir los salvoconductos necesarios para la
movilización de los vehículos oficiales institucionales
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
41. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 asignados que pudieren requerirse exclusivamente para
la ejecución de actividades estrictamente oficiales,
durante los fines de semana o días feriados, y conforme
los formatos y directrices emitidos para el efecto.
Artículo 13.- A los subsecretarios/as zonales de
Planificación y Director/a de Servicios Administrativos y
Soporte Tecnológico.- Se delega a los subsecretarios/as
zonales de Planificación y Director/a de Servicios
Administrativos y Soporte Tecnológico, el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
1. Autorizar los gastos que correspondan por la prestación
de servicios de tracto sucesivo de agua potable, luz
eléctrica, telefonía, alícuotas de mantenimiento.
2. Expedir resoluciones para dar de baja o donar bienes
muebles de la SENPLADES, conforme lo establece la
Ley y el Reglamento General Sustitutivo para el
Manejo y Administración de Bienes del Sector Público.
Artículo 14.- Se delega a los subsecretarios/as generales,
subsecretarios/as nacionales, subsecretario/a zonales,
coordinadores/as generales, director/a de representación en
directorios y empresas públicas y Director de
Comunicación Social, o quienes hicieren sus veces, en el
ámbito de sus competencias, el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
1. Aprobar los gastos de caja chica, de conformidad con los
límites, montos, restricciones y demás disposiciones
relativas a su uso, manejo y liquidación establecidas en
la normativa pertinente. Cuando corresponda, deberá
certificar el detalle de participantes o ejecución de actos
o reuniones oficiales que motivaron el respectivo egreso
económico.
41
Artículo 18.- Delegar al Director/a Financiera o Director/a
Administrativo Financiero de las subsecretarías zonales, el
ejercicio de las siguientes atribuciones:
1. Suscribir
las
reformas
presupuestarias
que
correspondan, de acuerdo a las disposiciones del Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y demás
normativa
aplicable,
previa
aprobación
del
Coordinador/a General Administrativo Financiero o del
respectivo Subsecretario/a Zonal de Planificación,
conforme corresponda.
2. Comparecer y suscribir todo documento para que en
calidad de Agente de Retención cumpla con todas las
obligaciones tributarias ante el Servicio de Rentas
Internas en el ámbito geográfico de su jurisdicción.
CAPÍTULO V
DE LA DESCONCENTRACIÓN DE LOS ACTOS
JURÍDICOS VINCULADOS CON EL
PATROCINIO DE LOS INTERESES
INSTITUCIONALES
Artículo 19.- Delegar a los subsecretarios/as zonales el
ejercicio de las siguientes atribuciones:
1. Comparecer en los procesos judiciales o extrajudiciales
que intervenga la institución como actora o demandada
y que se sustancien en el ámbito de su jurisdicción, y en
los cuales el Secretario Nacional emita el
correspondiente poder general o especial expedido para
el efecto.
2. Suscribir las denuncias judiciales sobre robos y hurtos
de los bienes institucionales, conjuntamente con los
abogados del patrocinio legal designado para el efecto,
y, realizar el seguimiento permanente a los procesos.
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES GENERALES:
DE LA DESCONCENTRACIÓN DE LOS
ASUNTOS FINANCIEROS
Artículo 15.- Se delega a los subsecretarios/as generales,
subsecretarios/as nacionales, Subsecretario/a zonales,
coordinadores generales, Director de representación en
directorios y empresas públicas y Director/a de
Comunicación Social, o quienes hicieren sus veces, en el
ámbito de sus competencias, el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
1. Elaborar el Plan Operativo Anual (POA) de la Unidad a
su cargo y solicitar sus reformas, en coordinación con
las coordinaciones generales Administrativa Financiera
y de Planificación Institucional.
Artículo 16.- Delegar al Coordinador/a General de
Planificación Institucional la aprobación de las reformas al
POA, excepto las de su Unidad Administrativa, las cuales
serán aprobadas por el Secretario Nacional.
Artículo 17.- Delegar al Director/a Financiera de la matriz
para que actúe en calidad de representante ante el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social y cumpla" con todas las
obligaciones patronales.
Primera: Todos los pliegos, bases y demás documentos
precontractuales necesarios para la contratación de bienes y
prestación de servicios, normalizados y no normalizados, y
para la ejecución de obras, excepto para aquellas de ínfima
cuantía, deberán contar con la revisión previa de la
Coordinación General de Asesoría Jurídica de la
SENPLADES en la matriz Quito, o del responsable de
gestión legal en la respectiva Subsecretaría Zonal de
Planificación.
Segunda: Las referidas contrataciones deberán constar en el
Plan Anual de Contrataciones PAC de la SENPLADES del
correspondiente ejercicio fiscal y además contar con la
respectiva certificación presupuestaria de disponibilidad y
existencia de fondos suficientes, misma que será emitida
por el/la Directora/a Financiera o Director/a Administrativo
Financiero, o quien hiciere sus veces, según corresponda.
Tercera: Tanto la Coordinación General de Asesoría
Jurídica (Matriz Quito) como los responsables de la gestión
legal de las subsecretarías zonales deberán elaborar los
contratos necesarios para la adquisición de bienes,
prestación de servicios o ejecución de obras, en base de los
modelos o formatos de pliegos establecidos por el INCOP y
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
42. 42 - Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012
revisados en la entidad, mismos que deberán cumplir con
todos los requisitos formales y legales aplicables y contar
con los documentos habilitantes pertinentes.
Cuarta: Corresponde al Director(a) Financiero(a) de la
SENPLADES y al Director(a) Administrativo Financiero de
la respectiva zonal, o quien haga sus veces, actuar como
autorizador de pagos en la SENPLADES-Matriz Quito y en
las subsecretarías zonales de la SENPLADES,
respectivamente.
Quinta: Para la ejecución del presente acuerdo de
desconcentración, las autoridades a las que mediante este
acuerdo se les confiere el ejercicio de diversas atribuciones,
deberán observar las siguientes disposiciones generales:
a) Velar que sus actos o hechos se realicen con estricta
observancia de las normas del ordenamiento jurídico del
país;
b) Serán responsables exclusivos por los actos, procesos,
resoluciones, aprobaciones, contratos, convenios y
demás hechos cumplidos referentes a los procesos
materia del presente acuerdo de desconcentración;
c) Serán personal y exclusivamente responsables por sus
acciones u omisiones en el cumplimiento de su calidad
de ordenadores del gasto, quedando sujetos a las
responsabilidades administrativas, civiles y penales a
que hubiere lugar;
d) Las autoridades requirentes serán responsables
exclusivos del contenido y alcance de los términos de
referencia o especificaciones técnicas preparados para
la contratación de obras, bienes o servicios. La revisión
que realice la respectiva unidad de Asesoría Jurídica a
los respectivos pliegos se referirá estrictamente a la
existencia de los contenidos legales para la ejecución
del proceso y elaboración del contrato; y,
e) Informar a pedido del Secretario Nacional, sobre los
trámites, procesos y documentos realizados o suscritos
en virtud de este acuerdo.
Novena.- En los casos relevantes y de importancia
institucional los delegados informarán por escrito a la
máxima autoridad sobre las acciones tomadas en ejercicio
de la presente delegación.
Décima.- De la ejecución del presente acuerdo que entrará
en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial, encargúese a los señores
subsecretarios generales, nacionales, zonales, coordinadores, directores, y servidoras y servidores de la institución.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Para la ejecución del presente acuerdo de
desconcentración, la SENPLADES a través de las
coordinaciones
generales
de
Asesoría
Jurídica,
Planificación Institucional y Administrativa Financiera
deberá iniciar un proceso intensivo de capacitación,
inducción y adiestramiento del personal de las áreas legal,
administrativa, del talento humano y financiera, a través de
pasantías, visitas, cursos, seminarios, talleres y otros de
similar naturaleza, internos y externos, que permita a las
distintas unidades de la institución y sus Autoridades
cumplir con las nuevas funciones a ellos asignadas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogar en forma expresa los acuerdos No. 226-2009, 3182010, 362A-2010, 365A-2010, 413-2011, 435-2011, 4392011, 446-2011, 453A-2011, 458-2011 y 482-2011,
emitidos por la Secretaría Nacional de la SENPLADES.
Comuniqúese.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a dos de abril de dos mil doce.
f.) Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de
Planificación y Desarrollo.
SENPLADES.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.)
Ilegible.- Coordinación General de Asesoría Jurídica.
Sexta.- La autoridad delegante, cuando lo considere
procedente, podrá retomar las atribuciones delegadas en
virtud del presente acuerdo, sin necesidad de que este sea
reformado o derogado.
No. 570-2012
Séptima.- Los subsecretarios/as zonales serán responsables
de llevar los registros, expedientes y archivos referentes a
las contrataciones conforme las disposiciones legales
aplicables y directrices emitidas por la institución.
Octava.- La Dirección de Servicios Administrativos y
Soporte Tecnológico y las direcciones administrativas
financieras de las subsecretarías zonales de Planificación
serán las responsables de la administración y ejecución de
los procesos de contratación pública en el PORTAL
COMPRAS PÚBLICAS, de acuerdo a su ámbito de acción,
para lo cual la Coordinadora Administrativa y Financiera y
los
subsecretarios
zonales
de
Planificación,
respectivamente, designarán a la/las personas autorizadas y
responsables para utilizar las herramientas del PORTAL
COMPRAS PÚBLICAS y actualizar el mismo cuando
corresponda.
Fander Falconí Benítez
SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
Y DESARROLLO
Considerando:
Que, el artículo 315 de la Constitución de la República
señala que el Estado constituirá empresas públicas para la
gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios
públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos
naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras
actividades económicas;
Que, el artículo 54 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas establece que las instituciones sujetas a
ese código, excluyendo los gobiernos autónomos
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.
43. Edición Especial N° 290 - Registro Oficial - Lunes 28 de mayo del 2012 descentralizados, reportarán a la Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo sus instrumentos de planificación
institucionales, para verificar que las propuestas de
acciones, programas y proyectos correspondan a las
competencias institucionales y a los objetivos del Plan
Nacional de Desarrollo; para este propósito la Secretaría
Nacional de Planificación y Desarrollo definirá el
instrumento de reporte, mediante la correspondiente
normativa técnica que establecerá las metodologías,
procedimientos, plazos e instrumentos necesarios, que serán
de obligatorio cumplimiento;
Que, de conformidad con el artículo 3 de, la Ley Orgánica
de Empresas Públicas, las empresas públicas se regirán
entre otros principios por el de contribuir en forma
sostenida al desarrollo humano y buen vivir de la población
ecuatoriana;
Que, el objetivo décimo segundo del Plan Nacional de
Desarrollo 2009-2013 es construir un Estado democrático
para el Buen Vivir, lo que implica la recuperación y
fortalecimiento de sus capacidades de planificación,
regulación, control y (re) distribución con la finalidad de
mejorar, entre otros, la gestión de las empresas públicas y
fortalecer los mecanismos de regulación;
Que, el Decreto Ejecutivo No. 1064 de 16 de febrero del
2012 publicado en el Registro Oficial No. 651 de 1 de
marzo del 2012, dispone a la Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo elaborar la Norma Técnica que
contendrá el procedimiento y los requisitos para la •
aprobación del informe previo a la creación de empresas
públicas; y,
En ejercicio de la facultad y atribución conferidas en la
Disposición Transitoria del Decreto Ejecutivo No. 1064, de
16 de febrero del 2012, publicado en el Registro Oficial No.
651 de 1 de marzo del 2012,
Acuerda:
EXPEDIR LA NORMA TÉCNICA DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PREVIO A LA
CREACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS DE LA
FUNCIÓN EJECUTIVA.
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.- Esta normativa es de
aplicación obligatoria para todos los organismos y entidades
que integran la Administración Pública Central e
Institucional, que dependen de la Función Ejecutiva y que
gestionen la creación de empresas públicas.
Artículo 2.- Requisitos para la creación de empresas
públicas.- Las entidades que consideren necesario proponer
la creación de una empresa pública, antes de obtener el
informe previo de pertinencia establecido en el artículo 1
del Decreto Ejecutivo No. 1064, deberá presentar a la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo para su
análisis y pronunciamiento, el expediente con el proyecto
de creación de la empresa, el cual obligatoriamente
contendrá:
1. Objetivos de creación de la empresa.
43
2. Datos generales de la propuesta de creación.
3. Articulación normativa e institucional.
4. Diagnóstico institucional del área a intervenir.
5. Análisis de la rentabilidad.
6. Estimación de beneficios previsibles que generará la
creación de la empresa.
7. Propuestas de modelo de gestión, organigrama
funcional y propuesta remunerativa inicial.
Artículo 3.- Del objetivo general de creación.- En el
objetivo general de creación debe identificarse el propósito
principal que justifica la creación de la empresa pública y el
giro de su actividad empresarial.
Artículo 4.- De los objetivos específicos.- Los objetivos
específicos identificarán de manera más detallada lo que se
pretende lograr con la operación de la empresa pública, una
vez que entre en funcionamiento.
Dentro de los objetivos específicos se debe incluir una
estimación de cuál sería la rentabilidad social, económica y
financiera de la empresa pública, que permita establecer la
pertinencia para que la empresa pública entre en
operaciones. Todos estos criterios deberán tener una
relación directa al cumplimiento del objetivo general.
Artículo 5.- De los datos generales.- En función de los
objetivos generales y específicos debe incluirse en un sólo
documento esquemático los datos generales de la empresa
cuya creación se gestione, el que contendrá lo siguiente:
5.1. Razón social.- Corresponde al nombre con el cual se
sugiere identificar a la empresa, que deberá estar
acompañado de las siglas EP.
5.2. Proponentes de la creación de la empresa pública.Debe indicar la entidad u organismo que la propone,
señalando la unidad administrativa, área o
departamento, encargado de la elaboración de la
propuesta y de mantener el seguimiento y la
coordinación adecuada, durante el proceso de análisis.
5.3. Tiempo estimado o propuesto de operaciones de la
empresa.- Se debe señalar el tiempo o la duración
que se propone o prevé para la operación de la
empresa, lo que permitirá realizar una evaluación de
impacto en cada etapa del ciclo de existencia, así
como, determinar si sus actividades pueden ser
permanentes o temporales.
5.4. Sector.- Debe especificar el sector en el cual la
empresa desarrollará sus actividades, de acuerdo a la
siguiente clasificación de carácter general:
5.4.1. Agropecuario.
5.4.2. Apoyo productivo.
5.4.3 Asuntos del exterior.
5.4.4. Asuntos internos.
Documento con posibles errores, digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen.
No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario.