1. C A R L O S A L F R E D O R D U I N
COMPETENCIA PARA CONOCER
Y TRAMITAR EL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR
FALTAS.
2. El procedimiento por faltas
puede ser de dos tipos.
procedimiento inmediato
el órgano que hubiera de
enjuiciarla y la manera en que
los hechos lleguen a
conocimiento judicial.
procedimiento común u
ordinario.
depende esencialmente de que
la falta pueda conocerla un
Juzgado de Instrucción durante
su servicio de guardia.
-Lectura de la acusación
Propuesta de pruebas por el M
Fiscal o la acusació particular
que quieran presentarse en el
juicio y admisión o denegación
por el juez de las mismas.
Propuesta de pruebas por la
defensa y admisión o
denegación de las mismas.
Interrogatorio testigos,
peritos,... propuestos por las
partes.
Conclusiones, hablando el
último lugar la defensa del
acusado o acusados.