Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Caso practico ISLR
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Nombre y Apellido C.I:
Daniela Suárez 26.238.576
SECCIÓN:SAIA-A
BARQUISIMETO, 21 DE SEPTIEMBRE 2016
2. CASO PRÁCTICO
El Abog. Carlos Sequera, trabaja como asesor jurídico de empresas polar c.a a nivel
nacional y algunos casos fuera del país, su ingreso bruto anual desde el mes enero del
2015 hasta diciembre del 2015 fue de: novecientos mil bolívares fuertes (900.000)
superando lo establecido en la ley de ISLR en su Art 79 que tipifica que a los
1500UT de ingreso bruto. El sr Carlos debe declarar y pagar el ISLR calculándolo
con la UT actual del país es de 177.00 Bolívares, su ingreso anual fue de 5000UT
siendo así naciendo una obligación en cumplir con el país y pagar sus impuestos
llamados legalmente ISRL, debe cancelarlos en el Transcurso del primer trimestre del
año siguiente 2016 más tarde el 31 de marzo del año 2016, naciendo una obligación
para las personas naturales o jurídicas que superen los ingresos brutos anuales según
la ley de ISLR y cancelándose una sola vez al año, pero estas personas puede probar
unas deducciones o desgravámenes al momento de pagar el ISLR como es el caso del
sr Carlos que tiene una carga familiar de 3 hijos menores de 18 años, 1 hijo de 20
años pero todavía está cursando su educación, debe cancelar los Seguros medico a su
familia y es sostén de hogar.
Cumpliendo con la ley de ISLR y aplicándole los gravámenes impuestos en la ley se
le hará una rebaja al momento de pagar sus impuestos al SENIAT, Órgano encargado
de cobrar los impuestos tributarios.
Según lo establecido en la ley de ISLR en sus artículos 50 y 51 la tarifa de personas
naturales correspondiente en este caso es:
Fracciones de Unidades Tributarias Sustraendo Fracción comprendida hasta U.T.
Fracción que exceda de 4.000,00 hasta 6.000,00 29,00% 575 U.T. Menos los
gravámenes de cada carga familiar de 10 U.T y como reside en el país 10 U.T más.
El Sr. Carlos debe realizar su declaración del Impuesto sobre la Renta en línea a
través de la página del seniat: www.seniat.gob.ve o directamente a través de taquillas
del SENIAT. El pago del ISLR puede realizarse en cualquiera de los bancos
receptores.
3. ¿Dónde se aplica el impuesto sobre la renta?
Se aplica en el territorio venezolano a todas las personas naturales o jurídicas a los
enriquecimientos fuera y dentro de Venezuela.
¿A quién se le aplica al impuesto sobre la renta?
Aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, con un
enriquecimiento neto anual superior a 1.000 unidades tributarias, o ingresos brutos
anuales superiores a 1.500 unidades tributarias, lo que se dé primero.
Toda persona jurídica está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al
final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.
¿Qué actos realizados se aplican en el impuesto sobre la renta?
Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas
personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido
durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000
tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos
brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se
cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar
el ISLR.
¿Cada cuando se ejecuta el impuesto sobre la renta?
Para personas naturales el plazo para declarar el Impuesto sobre la Renta vence el 31
de marzo de cada año, cuando vence el plazo para declarar el ISLR del año fiscal
inmediatamente anterior. Las personas jurídicas deben declarar anualmente, al final
de cada ejercicio fiscal.
¿Se puede indicar un gravamen, rebaja o exenciones o exoneraciones si están
vigentes?
Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los costos y deducciones
permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos.
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones)
Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento
gravable o "pérdida", para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el
monto por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores. Los desgravámenes se
entienden como una disminución al monto de tributación que pueden hacer los
contribuyentes del ISLR. Las personas naturales domiciliadas en el país, pueden optar
4. por utilizar un desgravamen de 774 unidades tributarias (desgravamen único), o
utilizar la sumatoria del resto de los desgravámenes establecidos en la LISLR, así:
1. Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y
la de sus descendientes no mayores de 25 años. El límite de edad no es
aplicable en los casos de educación especial;
2. Lo pagado por el contribuyentes a empresas domiciliadas en el país por
concepto de primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad;
3. Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización,
prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo (cónyuges no
separados de bienes, ascendientes y descendientes directos);
4. Lo pagado por concepto de intereses por préstamos para adquirir vivienda
principal, hasta por un monto de 1.000 U.T.
5. Los pagos por concepto de alquiler de la vivienda principal, hasta por un
monto de 800 U.T. Los desgravámenes enumerados, deberán ser respaldados
por sus respectivos comprobantes de pago -que cumplan con los requisitos
exigidos por la Administración Tributaria-, como medio de prueba ante
cualquier fiscalización.
5. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
SENIAT (Disponible en linea)
http://declaraciones.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT
[consulta: 2016, Septiembre21]
(Disponible en línea) http://www.venelogia.com/archivos/2239/ [consulta: 2016,
Septiembre 21]
LEY DEL ISLR (2007)
NORMAS APA.