Este documento contiene definiciones de varios términos y siglas utilizadas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Define palabras como ADRES, Afiliación, EPS, UPC, entre otras. Explica conceptos como accesibilidad, accidente de trabajo, acreditación, atención primaria en salud, entre otros. En total, define más de 40 términos relacionados con el sistema de salud colombiano.
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1. ANDERSON DUQUE PATIÑO - DANIEL MARCELO BORREGO GALVIS
GLOSARIO DE TÉRMINOS SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
En grupos asignados y en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud,
responder el significado de las siguientes palabras y/o siglas utilizadas en el SGSSS.
ADRES: La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social
en Salud -ADRES- es una entidad adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social,
con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio
independiente.
ACCESIBILIDAD: Condición que permite, en cualquier espacio o ambiente ya sea
interior o exterior, el fácil y seguro desplazamiento de la población en general y el uso
en forma confiable, eficiente y autónoma de los servicios instalados.
ACCIDENTE DE TRABAJOAccidente del trabajo es toda lesión que sufra
un trabajador/a a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o
muerte. Por lo tanto los elementos del accidente son: Una lesión: Daño o pérdida
ocasionado por alguna herida o golpe, por alguna enfermedad o dolencia, etc.
ACREDITACIÓN: La acreditación es la herramienta establecida a escala internacional
para generar confianza sobre la correcta ejecución de un determinado tipo de
actividades denominadas Actividades de Evaluación de la Conformidad y que incluyen
ensayo, calibración, inspección, certificación o verificación entre otras.
ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES AR: Las Administradoras de Riesgos
Laborales o más conocidas como ARL, son entidades aseguradoras de vida que
desarrollan sus actividades con los seguros laborales; es decir, son aseguradoras que
cubren riesgos de tipo laboral, incluidos aquellos que se puedan generar de camino
al lugar de trabajo.
EAPB: Se entiende por Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud
(EAPB) las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado,
Empresas Solidarias de Salud, las Asociaciones Mutuales en sus actividades de Salud,
las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Cajas de Compensación Familiar
AFILIACIÓN: Es el acto de ingreso al Sistema General de Seguridad Social en Salud que
se realiza a través del registro en el Sistema de Afiliación Transaccional por una única
vez y de la inscripción en una Entidad Promotora de Salud -o Entidad Obligada a
Compensar EOC
2. APS: ¿Que se entiende por APS?
La atención primaria de la salud es una estrategia que concibe integralmente los
problemas de salud – enfermedad y de atención de las personas y el conjunto social.
No sólo provee servicios de salud, sino que afronta las causas últimas (sociales,
económicas y políticas) de la ausencia sanitaria.
AUTONOMIA MEDICA: Aunque en los primeros años las respuestas no fueron
contundentes, desde finales del siglo XIX autonomía profesional (médica) significa
que la profesión médica establece y hace cumplir los estándares de calidad de la
práctica.
BDUA (BASE ÚNICA DE AFILIADOS): La Base de Datos Única de Afiliados – BDUA, es la
base que contiene la información de los afiliados plenamente identificados, de los
distintos regímenes del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
CALIDAD: es "la provisión de servicios de salud a los usuarios de forma accesible,
equitativa y con un nivel profesional óptimo, considerando el balance entre
beneficios, riesgos y costos, con el fin de lograr la satisfacción de los usuarios".
CAPITA: La Unidad de pago por capitación (UPC) es el valor anual que se reconoce por
cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (SGSSS) para
cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes
contributivo y subsidiado.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL (COPASO): El Comité Paritario
de Salud Ocupacional es el organismo encargado de vigilar y promocionar las
normas, reglamentos y demás disposiciones que tengan que ver con
la Salud Ocupacional y Seguridad dentro de la empresa.
COMPLEMENTARIEDAD: La adscripción de todos los asegurados públicos en los
establecimientos de salud más cercanos a sus domicilios. Es decir, enfoque territorial
para los usuarios del primer nivel de atención, y lugar de referencia, aunque no único,
para las atenciones hospitalarias.
CONCURRENCIA: La concurrencia constituye un sistema honorario de capacitación
profesional de postgrado en servicio, a tiempo parcial, con actividad asistencial,
docente y de investigación programada y supervisada, tendiente a incorporar a todos
los profesionales del área de la salud con el objetivo de forma
CONTRAREFERENCIA: Es la respuesta del especialista, dirigida al profesional del
establecimiento o Servicio Clínico de origen del paciente, respecto de la interconsulta
solicitada.
COPACO: Es un escenario de concertación entre los diferentes actores sociales y el
Estado, en donde se encuentran representantes de organizaciones sociales y
comunitarias de la localidad, encabezado por el Alcalde Local o su delegado.
3. COPAGOS: Es la cantidad de dinero que deben pagar los afiliados como parte del valor
del servicio requerido. Tiene como finalidad, ayudar al financiamiento del Sistema
General de Seguridad Social en Salud.
COTIZANTE: Son las personas que pagan por la afiliación y por consiguiente se les
descuenta mensualmente de su salario. En el caso de los trabajadores independientes
se establece un ingreso base de cotización sobre el cual se realizan los aportes
mensuales. Beneficiarios.
CTC: Los Comités Técnico Científicos son órganos de las Entidades Promotoras
de Salud (EPS), del régimen contributivo y subsidiado, así como de las Entidades
Obligadas a Compensar (EOC), encargados de (i) analizar las solicitudes presentadas
por los médicos tratantes para el suministro de medicamentos por fuera del listado
CUOTA MODERADORA: las cuotas moderadoras son el pago que hace el afiliado
cotizante y beneficiario, cuando requiere los siguientes servicios de salud. La finalidad
de este cobro es regular la prestación de los servicios de salud y estimular su buen
uso.
CUPS: La Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS corresponde a un
ordenamiento lógico y detallado de los procedimientos y servicios en salud que se
realizan en el país, identificados por un código y una descripción validada por los
expertos, independientemente de la profesión o disciplina del sector salud
CUMS: Es la identificación alfanumérica asignada a los medicamentos por el Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Invima.
DESCENTRALIZACIÓN: La descentralización fiscal se refiere al control local sobre los
recursos financieros, ya sea bajo la forma de asignación por gastos o mediante la
propia generación de ingresos. Dentro del sector de la salud, sin embargo,
usualmente los gobiernos locales tienen una capacidad limitada para generar
ingresos propios.
DETECCIÓN TEMPRANA: Los exámenes de detección temprana son estudios que se
realizan en un grupo grande de personas sin síntomas que podrían tener una
enfermedad aún no detectada. El objetivo de los exámenes de detección
temprana es descubrir una enfermedad en una etapa temprana, de manera
tal que pueda ser tratada de forma exitosa.
DIRECCIÓN LOCAL DE SALUD: La Dirección Local de Salud es la autoridad sanitaria
que direcciona el mejoramiento de la calidad, seguridad y acceso en la atención en
salud, desarrollando acciones de inspección, vigilancia y control, asistencia técnica y
articulación intersectorial, basados en la promoción de la salud, la gestión del riesgo y
de la salud pública con participación y concertación social, que impacten
favorablemente en las condiciones de vida, sanitarias y ambientales de los habitantes
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SALUD: ¿Qué es la Dirección territorial de Salud?
4. La Dirección Territorial de Salud, es la entidad descentralizada encargada de la
rectoría del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el Departamento, cuyo
objetivo principal es realizar las acciones de Asistencia Técnica e Inspección Vigilancia
y Control (IVC) en el cumplimiento de las funciones de Salud Pública, Prestación de
Servicios y Aseguramiento.
ECAT: Subcuenta de Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito – ECAT.
EFICIENCIA: Un sistema de salud se considera eficiente cuando es capaz de brindar
un producto sanitario adecuado para la sociedad con un uso mínimo de recursos.
Lograr eficiencia en salud, significa también alcanzar los mejores resultados con los
recursos disponibles.
ELUSIÓN: se entiende como la práctica mediante la cual se cotiza al SGSSS, sobre un
valor inferior al realmente devengado por el trabajador y que es visto como una
manera fraudulenta, al disminuir el monto de los aportes que deben trasladarse a la
Seguridad Social.
ENFERMEDADES DE ALTO COSTO: las enfermedades de alto costo (EAC) represen-
tan un gran riesgo para el equilibrio financiero de las empresas de salud y pueden ser
un factor determinante para su super- vivencia en el mercado. Conocerlas mejor es
esencial para prever su impacto en el sistema de prestación de servicios de salud.
ENFERMEDAD DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA: Enfermedades de Interés en Salud
Pública: Son aquellas enfermedades que presentan un alto impacto en
la salud colectiva y ameritan una atención y seguimiento especial.
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Una enfermedad Profesional es aquélla contraída a
consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena o propia en las actividades que
se especifiquen en el cuadro de Enfermedades Profesionales (RD 1299/2006).
ENFERMEDADES HUÉRFANAS: El Ministerio de Salud y Protección Social define
como enfermedades huérfanas aquellas crónicamente debilitantes, graves, que
amenazan la vida y con una prevalencia menor de una por cada 5.000 personas;
abarcan las enfermedades raras, las ultra huérfanas y las olvidadas.
ENFOQUE DIFERENCIAL: ¿Qué es el enfoque diferencial?
El enfoque diferencial es una perspectiva de análisis que permite obtener y difundir
información sobre grupos poblacionales con características particulares en razón de
su edad o etapa del ciclo vital, género, orientación sexual, identidad de género,
pertenencia étnica, y discapacidad, entre otras características.
EPS-C: Son las responsables de contratar toda la Red de prestadores para garantizar
la prestación del servicio de Salud en cada Entidad. Acciones de Promoción. Son
gratuitas, colectivas e individuales, encaminadas a prevención de enfermedades de
interés publico.
5. EPS-S: Son las responsables de contratar toda la Red de prestadores para garantizar la
prestación del servicio de Salud en cada Entidad. Acciones de Promoción. Son
gratuitas, colectivas e individuales, encaminadas a prevención de enfermedades de
interés publico.
EQUIDAD: la equidad en salud puede ser definida como la ausencia de
desigualdades en salud (y en sus determinantes sociales claves) que están
sistemáticamente asociadas con las ventajas o desventajas sociales.
ERP: Dichos procesos difícilmente pueden ser manipulados de forma manual debido
al gran tamaño de sus bases de datos y el nivel de sensibilidad de la información, tales
como historial clínico, edad y datos de ubicaciones.
ESE: Las empresas sociales del Estado, también conocidas como ESE, son instituciones
prestadoras de servicios de Salud que en el Sistema General de Seguridad Social
en Salud o SGSSS, tienen la función de prestar servicios en el respectivo nivel de
atención a los afiliados y beneficiarios de los distintos regímenes
EVASIÓN: Se entiende como la omisión de la obligación legal del empleador de afiliar
al trabajador al Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS y para el
trabajador independiente sería el incumplimiento total de la obligación, entiéndase
este último como la persona que no está vinculada a una empresa
EVENTO: Los eventos en salud son el conjunto de sucesos o circunstancias que
pueden modificar o incidir en la situación de salud de una comunidad (enfermedad,
factores protectores, discapacidad, muerte, factores de riesgo y otros determinantes).
FOSYGA: El Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, es una cuenta adscrita al
Ministerio de Salud manejada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta
de personal propia.
GIRO DIRECTO: En esta opción puede consultar el listado de IPS y/o proveedores de
servicios y tecnologías en salud, que cumplen con los requisitos para ser beneficiarios
del giro directo del régimen subsidiado, conforme lo establecido en el artículo 4° de la
Resolución 1587 de 2016; así como de las que no cumplen con los requisitos,
indicando la causal correspondiente.
GLOSA: Es una no conformidad que afecta en forma parcial o total el valor de la
factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable
del pago durante la revisión integral, que requiere ser resuelta por parte del
prestador de servicios de salud.
HABILITACIÓN: Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los
cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones
básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y
de capacidad técnico administrativa
6. INCAPACIDAD: Situación en la que se encuentra el trabajador que a causa de una
enfermedad, condición de salud o accidente, está imposibilitado para desempeñar
temporalmente su trabajo
INS: El Instituto Nacional de Salud –INS– es una entidad pública de carácter
científico-técnico en salud pública, de cobertura nacional, que contribuye a la
protección de la salud en Colombia mediante la gestión de conocimiento, el
seguimiento al estado de la salud de la población
INTEGRALIDAD: La integralidad es la capacidad de resolver la mayoría de los
problemas de salud de la población atendida. En atención primaria se considera que
la resolutividad es alrededor del 90%
INVIMA: El Invima tiene como objetivo actuar como institución de referencia nacional
en materia sanitaria y ejecutar las políticas formuladas por el Ministerio de Salud y
Protección Social en la inspección, vigilancia y control de calidad de los medicamentos,
productos biológicos, alimentos y bebidas
IPS: Se conoce como instituto prestador de salud a todas las instituciones privadas en
Colombia que prestan los servicios médicos de consulta, hospitalarios, clínicos y de
cuidados intensivos
LEY 100 DE 1993: La Ley 100 de 1993 se encarga de reclutar y reorganizar entidades
relacionadas con la salud, asimismo establece normas y procedimientos para que las
personas y la comunidad tengan acceso a los servicios de salud, con el objetivo de
mejorar su calidad de vida
LEY 1122 DE 2007: La presente ley tiene como objeto realizar ajustes al Sistema
General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la
prestación de los servicios a los usuarios
LEY 1438 DEL 2011: Esta ley tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General
de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público
en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la
acción coordinada del Estado
LEY 1571 DEL 2015: Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y
se dictan otras disposiciones. OBJETO, ELEMENTOS ESENCIALES, PRINCIPIOS,
DERECHOS Y DEBERES. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera
oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción
de la salud
LIBRE ELECCIÓ: La libre elección es el proceso mediante el cual los ciudadanos pueden
elegir la Entidad Promotora de Salud Subsidiada (EPS) de su preferencia, que les
garanticen la prestación de los servicios de salud requeridos
MAITE: MAITE, un proyecto de MinSalud que apuesta por gestionar mejores servicios
de salud en Colombia. El Modelo de Atención Integral Territorial articula el liderazgo y
7. el trabajo realizado hasta ahora con las nuevas autoridades de varios departamentos
y distritos a nivel nacional
MIPRES: MIPRES es una herramienta tecnológica que permite a los profesionales de
salud reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de
la UPC o servicios complementarios
MOVILIDAD: Es el derecho que tiene el afiliado de cambiar del régimen subsidiado
hacia el régimen contributivo y viceversa, en el momento que cambien sus
condiciones socio económicas. Sin que exista interrupción en la afiliación, ni cambio
de EPS
NIVELES DE ATENCIÓN EN SALUD: Es el procedimiento administrativo asistencial
mediante el cual se transfiere el cuidado de un paciente de un profesional del área de
la salud a otro profesional , un especialista o nivel superior de atención, con la
consiguiente transferencia de responsabilidad por la salud del usuario
NO-POS: El Plan de Beneficios en Salud, (por sus siglas llamado también como: PBS),
antiguamente llamado Plan Obligatorio de Salud (POS), es el conjunto de servicios de
atención en salud a los que tiene derecho un usuario en el Sistema General de
Seguridad Social en Salud de Colombia
OBLIGATORIEDAD: El eje del Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS en
Colombia es el Plan Obligatorio de Salud -POS, que corresponde al paquete de
servicios básicos en las áreas de recuperación de la salud, prevención de la
enfermedad y cubrimiento de ingresos de manera transitoria -prestaciones
económicas
PAGO GLOBAL PROSPECTIVO: PAGO GLOBAL PROSPECTIVO (PGP): Establecimiento de
una tarifa o valor fijo por la atención la cual es calculada a través del análisis del costo
medio de cada servicio en comparación con las frecuencias de uso de este por parte
de los pacientes en un periodo de tiempo determinado
PAÍS: En la actualidad una parte importante de política pública y las estrategias de
salud en Colombia están asentadas en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS),
que se creó con el fin de ayudar a garantizar el acceso al sistema de salud de la
población
PAMEC: El Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad tiene como
objetivo central garantizar la calidad de la atención en salud como un mecanismo
sistémico y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad observada respecto
a la calidad esperada
PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS (PIC):
Es un plan de beneficios compuesto por
intervenciones de promoción de la salud y gestión del riesgo, las cuales se enmarcan
en las estrategias definidas en el Plan Territorial de Salud (PTS), y buscan impactar
positivamente los determinantes sociales de la salud y alcanzar los resultados
definidos en el PTS
8. PLAN DECENAL DE SALUD PÚBLICA: El Plan Decenal de Salud Pública (PDSP), es una
expresión concreta de una política pública de Estado que apuesta por la equidad en
salud, reconociendo la salud como un derecho humano interdependiente con otros y
como dimensión central del desarrollo humano
PILA: La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), es un formato inteligente
que le permite a todas las personas y empresas, liquidar y pagar sus aportes de
seguridad al Sistema de la Protección Social, es decir, a los subsistemas de salud,
pensiones, riesgos laborales, cajas de compensación
POBLACIÓN POBRE NO AFILIADA (PPNA): La población pobre no asegurada (PPNA),
corresponde a la población clasificada en los niveles 1 y 2 del SISBEN que se
encuentra en los puntos de corte adoptados en la Resolución 3778 del 2011 y a las
poblaciones especiales registradas en los listados censales, que no se encuentran
afiliadas a los regímenes contributivo
PORTABILIDAD: La portabilidad, es la garantía que la EPS les brinda a sus afiliados
para la accesibilidad a los servicios de salud mediante una Institución Prestadora de
Servicios-IPS Primaria en cualquier municipio del territorio nacional.
POS: El Plan de Beneficios en Salud, (por sus siglas llamado también como: PBS),
antiguamente llamado Plan Obligatorio de Salud (POS)
PREEXISTENCIA:Corresponde a cualquier enfermedad, patología o condición de salud
que haya sido conocida por el afiliado y diagnosticada médicamente con anterioridad
a la suscripción del contrato o a la incorporación del o la beneficiario/a, en su caso.
PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD: La prevención de enfermedades en la salud
humana es el conjunto de medidas necesarias para evitar el desarrollo o progreso de
enfermedades
PROMOCIÓN DE LA SALUD: La promoción de la salud es definida por la Organización
Mundial de la Salud (OMS) como "el proceso que permite a las personas incrementar
el control sobre su salud"
PROTECCIÓN ESPECÍFICA: Protección específica. Es el conjunto de actividades,
procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de los afiliados
frente a un riesgo específico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad
REFERENCIA: Referencia (sinónimo de derivación): Es la solicitud de evaluación
diagnóstica y/o tratamiento de un paciente derivado de un establecimiento de salud
de menor capacidad resolutiva a otro de mayor capacidad, con la finalidad de
asegurar la continuidad de la prestación de servicio
RETHUS: El ReTHUS es la inscripción, en el sistema de información definido por el
Ministerio de Salud y Protección Social, del talento humano en salud que cumple con
los requisitos establecidos en la Ley 1164 de 2007
9. RIAS:
Las Rutas Integrales de Atención en Salud – RIAS definen las condiciones
necesarias para asegurar la integralidad en la atención por parte de los agentes del
Sistema de Salud (territorio, asegurador, prestador) y de otros sectores
RIPS: Los Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud – RIPS, se define
como el conjunto de datos mínimos y básicos que el Sistema General de Seguridad
Social en salud
SISBEN: El Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de
Programas Sociales, que permite clasificar a la población de acuerdo con sus
condiciones de vida e ingresos. Esta clasificación se utiliza para focalizar la inversión
social y garantizar que sea asignada a quienes más lo necesitan
SISPRO: El SISPRO es un sistema que recoge información de varias fuentes,
obedeciendo a un marco conceptual que define la Protección Social como dos formas
de protección a los ciudadanos: el aseguramiento y la asistencia social
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES: El SGP corresponde a los recursos que la
Nación debe transferir a las entidades territoriales (Departamentos, Distritos y
Municipios)
SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE LA CALIDAD: El Sistema Obligatorio de
Garantía de Calidad en Salud (SOGCS), es el conjunto de instituciones, normas,
requisitos, mecanismos y procesos deliberados y sistemáticos del sector salud para
generar, mantener y mejorar la calidad de servicios de salud del país
SIVIGILA: El Sistema de Salud Pública (SIVIGILA) tiene como responsabilidad el proceso
de observación y análisis objetivo, sistemático y constante de los eventos en salud, el
cual sustenta la orientación, planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de la
práctica de la salud pública
SOAT: El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente
social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de
las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte
SOGC-SGSS: El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud (SOGCS), es el
conjunto de instituciones, normas, requisitos, mecanismos y procesos deliberados y
sistemáticos del sector salud para generar, mantener y mejorar la calidad de servicios
de salud del país
SOLIDARIDAD: La solidaridad es un valor social por excelencia que nos recuerda que
la salud pública es un asunto comunitario antes que individualista y que a menudo
aparecen conflictos entre las necesidades y los intereses de los individuos y los de las
comunidades
SUBSIDIARIEDAD: el principio de subsidiariedad en el área de la salud como el
principio “por el cual la comunidad, por una parte, debe ayudar más allá donde es
mayor la necesidad —cuidar más a quien está más necesitado de cuidados, y gastar
más con quien está más enfermo
10. UNIDAD: la unidad de salud es el "establecimiento de los sectores público, social y
privado en el que se presta atención médica integral a la población
UNIVERSALIDAD: salud actual, estableció entre los principios fundamentales del
sistema, el principio de universalidad, con base en el cual se garantiza a todos los
colombianos el acceso al servicio público de salud
UPC: UPC– es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema
de seguridad social en salud para cubrir las prestaciones derivadas del Plan
Obligatorio de Salud –POS– en los regímenes contributivo y subsidiado