Los denunciados ingresaron por la fuerza al predio y vivienda del denunciante en dos oportunidades, despojándolo de la posesión. El denunciante presenta documentos que acreditan su posesión del predio desde 1996. Pide que se le devuelva la posesión y se investigue a los denunciados por el delito de usurpación agravada.
1. CASO : 1106014501-2016-396-0
SUMILLA : AMPLIACIÓN DE MI DENUNCIA
A LA PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE CAÑETE
Qué, ampliando mi denuncia de fecha 20 de Febrero del 2016, ante la Policía
Nacional de Nuevo Imperial, y ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
Cañete de fecha 24 de Febrero del 2016, POR EL DELITO DE USURPACIÓN
AGRAVADA Y DAÑOS, contra los miembros de la P.N.P. en actividad MIGUEL
ANGEL CARBONERO VILLALOBOS, RICHARD VILLALOBOS CEVINCHA,
ELEODORO VILLALOBOS SANCHEZ, VALERIANO VILLALOBOS
SANCHEZ, JULIO CAMA VILLALOBOS, JULIA IVONE CARBONERO
VILLALOBOS, MARLENE CARBONERO VILLALOBOS, RUFINA SANCHEZ
DE VILLALOBOS, JACK JUAN VILLALOBOS CEVINCHA, FORTUNATO
VILLALOBOS SANCHEZ.
Por cuanto con fecha 20-02-2016 a horas 09:00 a.m. los denunciados
ingresaron por la fuerza armados de palos y armas punzo cortantes ingresaron
al inmueble de mi propiedad y mi predio EL CONDE B, Lote N° 02 con U.C.
N°10706 del Distrito de Nuevo Imperial, Provincia de Cañete, donde tengo
ubicado una vivienda, una casa vivienda de material noble completamente
acabado con techo de Guayaquil chancado, puerta de fierro y sus
correspondientes ventanas, igualmente los denunciados el día domingo 21-02-
2016 volvieron a ingresar por la fuerza y armados de palos, fierros y armas de
punzo cortantes (cuchillos, machetes), al predio de mi propiedad y posesión de
la vivienda y el predio agrícola, procediendo a la rotura de la ventana del techo
del inmueble por donde ingresaron, procediéndose al cambio de chapa de la
puerta del ingreso, despojándome de la posesión del inmueble y del predio
agrícola de una extensión de 2.95 Hás. haciendo presente que la vivienda se
encuentra dentro del predio agrícola, acto seguido los INVASORES
procedieron a destruir las plantaciones de yuca de 12 rayas de 2 meses
sembrados, igualmente procedieron a cortarse la uva quebrantas, uva
borgoñas y manifestaban que en cualquier momento se cosecharían las
manzanas que tiene cerca de 15,000.00 Kg., la cantidad de uva robada por los
2. invasores es de 1,500 kilos cuyo valor es de S/. 2.00 por kilo, amparando mi
denuncia en los siguientes fundamentos:
FUNDAMENTOS DE HECHOS:
PRIMERO: Qué, soy poseedor y conductor del predio EL CONDE B. lote N° 2
con U.C. N° 10706 del Distrito de Nuevo Imperial, Provincia de Cañete,
Departamento de Lima de una extensión superficial de 2.95 Hás., que se
encuentra con plantaciones de manzana en plena producción de
aproximadamente 15,000.00 Kg., de manzana y de 1,500.00 Kg., de uva
quebrante y uva borgoña blanca y negra respectivamente y dentro de este
predio se encuentra construido una casa vivienda de material noble, con techo
de Guayaquil chancado, puerta de fierro y sus correspondientes ventanas a
cada lado de la vivienda.
SEGUNDO: El predio antes referido, así como la casa vivienda que existe en el
predio lo tengo en posesión desde el año 1996 a la actualidad, conforme lo
acredito con la copia de la Inspección Ocular Judicial de fecha 22 de Agosto
del año 2014, realizado en el inmueble de mi Posesión y que es materia de la
denuncia por delito de USURPACIÓN AGRAVADA, Diligencia practicada por el
señor Juez del Juzgado de Paz del Distrito de Nuevo Imperial-Cañete Sr.
MISAEL H. MARTHANS PATRONI, en la que se detalla en forma fehaciente la
posesión que detento sobre el inmueble.
TERCERO: Así mismo acredito la posesión y conducción del predio materia de
denuncia de USURPACIÓN AGRAVADA, con EL CERTIFICADO JUDICIAL
DE POSESIÓN de fecha 28 de Agosto del 2014, expedido por el Sr. MISAEL
H. MARTHANSPATRONI, JUEZ DE PAZ DEL DISTRITO DE NUEVO
IMPERIAL-CAÑETE, en la que se CERTIFICA QUE VÍCTOR ALBERTO
VILLALOBOS CORTEZ, es conductor EL CONDE B. lote 2 conU.C. N° 10706
de una extensión superficial de 2.95 Hás. ubicado en el sector EL CONDE
CHICO del Distrito de Nuevo Imperial-Cañete.
CUARTO: Qué, los denunciados con fecha 20-02-2016 siendo a horas 09:00
a.m. armados de palos y armas punzo cortantes, ingresaron a la vivienda que
se encuentra dentro del predio rústico denominado EL CONDE B. Lote N° 2
con U.C. N° 10706del Distrito de Nuevo Imperial-Cañete, inmueble de material
noble completamente terminado, con techo de Guayaquil chancado, puerta de
fierro y sus correspondientes ventanas, para cuyo efecto rompieron parte del
3. techo Guayaquil, para ingresar a mi vivienda, posteriormente el día 21-02-2016
siendo a horas 09:00 a.m. volvieron a ingresar por la fuerza a mi domicilio
utilizando la fuerza y armados de palos y machetes, arrojándome del inmueble,
quedándose en el bien, procediendo al cambio de la chapa de la puerta de
ingreso, actualmente se encuentra en posesión, según manifiestan los
denunciados pretenden efectuar las cosechas de las plantas de manzanas que
existen en el predio, en un aproximado de 15,000.00 kilos, así como cosechar
los productos de uva quebranta y uva borgoña blanca y negra respectivamente
que se encuentra dentro del predio en un aproximado de 1,500.00 kg.
QUINTO:El acto denunciado tiene las agravantes por cuanto se ha perpetrado
con la intervención de más de 02 personas, armadas de palos y armas punzo
cortantes y ante la superioridad de los usurpadores no pude impedir que se
consume el despojo de mi vivienda, y actualmente se encuentran en posesión
de toda la extensión del predio de mi posesión y conducción y como tengo
referida pretenden cosechar los productos que existen en el mismo.
SEXTO: Qué, mediante las investigaciones preliminares deben actuar las
diligencias encaminadas acreditar el despojo de la casa vivienda, así como de
la totalidad del predio rústico donde se encuentra mi domicilio, disponiéndose
su oportunidad que se me restituya en la posesión.
SÉPTIMO: Los hechos denunciados se encuentran acreditados con la
constatación policial realizada por el personal de la Comisaría del Distrito de
Nuevo Imperial – Cañete, conforme lo acredito con la copia certificada de la
denuncia que se adjunta a la presente.
FUNDAMENTOS DE DERECHOS:
Amparo mi denuncia en los Art. 202, 204 del C.P. Disposiciones de la Ley
Orgánica del Ministerio Público que protegen mis derechos de poseedor.
OTROSIDIGO: Qué, se adjunta como medios probatorios:
1. Copia de la diligencia de Inspección Ocular realizada por el Juzgado de Paz
del Distrito de Nuevo Imperial, con fecha 22 de Agosto del 2014, donde se
constata la posesión que detento sobre el inmueble materia de Usurpación.
2. Certificado Judicial de Posesión de fecha 28 de Agosto del 2014 expedido
por el Señor Juez de Paz Sr. MISAEL H. MARTHANS PATRONI, con fecha
28 de Agosto del 2014.
4. 3. Copia de la Denuncia Policial por delito de Usurpación contra los
denunciados expedido por la P.N.P. del Distrito de Nuevo Imperial-Cañete.
4. Copia de la Sucesión Intestada del que fue JOSÉ MERCEDES
VILLALOBOS, padre del denunciante, con lo que acredito el derecho de
propiedad sobre el predio materia de la denuncia de Usurpación.
5. Copia de D.N.I.
OTROSIDIGO: Los denunciados ELEODORO EULOGIO VILLALOBOS
SANCHEZ, domicilia en Av. Carrizales Mz. “B” Lote 20 Distrito de Nuevo
Imperial, Provincia de Cañete, VALERIANO VILLALOBOS SANCHEZ,
domicilia en Jr. Teresa Gonzales de Fanny N° 250 Distrito de San Martín de
Porres, Provincia y Departamento de Lima.
MIGUEL ANGEL CARBONERO VILLALOBOS domicilia en Jr. Ayacucho N°
540 del Distrito de Imperial, Provincia de Cañete-Lima.
JULIO CAMA VILLALOBOS, domicilia en Anexo Cerro Libre s/n del Distrito de
Nuevo Imperial, Provincia de Cañete.
JULIA IVONE CARBONERO VILLALOBOS, domicilia en Asentamiento
Humano Josefina Ramos Mz. “Y” Lote 12 del Distrito de Imperial, Provincia de
Cañete-Lima.
RUFINA SANCHEZ DE VILLALOBOS, domicilia en Av. Carrizales Mz. “B” Lote
20 del Distrito de Nuevo Imperial, Provincia de Cañete-Lima.
FORTUNATO VILLALOBOS SANCHEZ, domicilia AA.HH. Josefina Ramos
Mz. “Y” Lote 12 – Imperial-Cañete.
JACK JUAN VILLALOBOS CEVINCHA, domiciliado AA.HH. Josefina
RamosMz. “Y” Lote 12.
MARLENE CARBONERO VILLALOBOS, domicilia en AA.HH. Mz. Y Lt. 12.
Cañete, 28 de Marzo del 2016