1. UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMA
SEDE PENONOME
LICENCIATURA DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
DERECHO CONSTITUCIONAL I
ULTRA Y RETRO ACTIVIDAD DE LA LEY
INTEGRANTES
ZELIDETH
CRISTELA PUN
TERCER CUATRIMESTRE
FECHA
MIERCOLES, 07 DE NOVIEMBRE DE 2012
4. ULTRA Y RETRO ACTIVIDAD DE LA LEY
Retroactividad
La respectiva sucesión de leyes penales presentan problemas específicos, que se engloban bajo el
estudio de la ley con relación al tiempo. al sucederse una o varias leyes penales, la cuestión que
se presenta es la de investigar con que ley debe juzgarse un hecho: si con aquella que regia
cuando el hecho se cometió, o con la que rige cuando se dicta la sentencia, o mientras se cumple
la pena, o con una ley intermedia.
Al variar la ley, las diferencias posibles se concretan en estos 4 casos:
1.la ley nueva crea una figura delictiva nueva y aplica una pena a un hecho
anteriormente impune.
2. la ley nueva quita carácter delictivo a un hecho reprimido x la ley anterior, derogando
expresa o tácitamente una incriminación
3.la ley nueva establece condiciones más gravosas ya sea en los elementos de la figura
delictiva, ya en la sanción, ya en las condiciones de aplicabilidad de esta (forma de condena)
4.la ley nueva, puede importar una modificación de la ley anterior que la haga menos
gravosa, variando favorablemente los elementos.
En cualquiera de esas situaciones se llamara retroactividad al hecho de aplicar una ley cuya
vigencia es posterior al delito cometido.
La afirmación de la irretroactividad de la ley podrá llevar a la necesidad de seguir aplicando,
bajo la vigencia de la ley nueva, la ley anterior dando a la ultra-actividad de esta.
El principio básico es que las leyes rigen para el futuro. es frecuente que las leyes fijen la fecha
5. en que han de regir. Este es un derivado del dogma reconocido como fundamento de toda
construcción jurídico-penal: nullun crimen nulla poena sine lege.
la aplicación de la ley posterior se haría, alterando las condiciones o exigencias de la ley de la
época en que tuvo lugar la conducta, calificada después como delictiva.
la irretroactividad de la ley penal es una consecuencia del principio de reserva de la ley,
contenido en la constitucion nacional.
resulta de la sola enunciación del principio que se producirá necesariamente la superposición de
2 o más leyes, de modo que la ley posterior no regir universalmente:
- ni los hechos pendientes de sentencia
- ni las penas temporales que estén en ejecución.
la irretroactividad en materia penal se inserta conceptualmente dentro del principio del nullum
crimen, nulla poena sine previa lege. en ambos supuestos el individuo realizo una actividad no
prohibida o al menos no reprimida con pena.
la retroactividad es un posible efecto de las normas o actos jurídicos que implica la extensión de
su aplicación a que una norma establezca que su aplicación será sobre hechos futuros. sin
embargo, dicha posibilidad supone una situación excepcional, porque puede entrar en
contradicción con el principio de seguridad jurídica que protege la certidumbre sobre los
derechos y obligaciones que las personas poseen. cuando una ley es retroactiva quiere decir que
independientemente de cuando se cometió el acto a juzgar, si hay una ley posterior en contra de
ese acto, se le sancionará.
adentrándonos en materia, hay que decir que la problemática de la retroactividad se plantea como
la eterna pregunta estudiada de forma pormenorizada en contadas ocasiones. retroactividad en su
sentido etimológico significa «retro agere», accionar hacia atrás, obrar hacia atrás; de acuerdo
con las fuentes romanas se acude a las siguientes expresiones: «retroagitur», «reducitur» o «res
retroducitur» tampoco es posible deducir un concepto de retroactividad, sino exclusivamente
«una doctrina general que recoge las reglas a seguir para aplicar retroactivamente la
6. constitución» . preceptivo es hacer referencia a de castro, quien a la hora de establecer una
definición de retroactividad entiende que se produce «cuando a una relación jurídica conformada
por una norma jurídica de fecha anterior la es aplicada una ley nueva, de fecha posterior, de
modo que le afecte de modo sustancial». se ha considerado93, como leyes de efecto retroactivo
aquellas que conceden nuevo vigor a una ley anterior o restablecen derechos que no debieron ser
negados o desconocidos.
irretroactividad de la ley
una ley es irretroactiva cuando se aplique a un hecho realizado durante su vigencia, para cuya
justificación o no-justificación, no se tenga que acudir al acto generador celebrado bajo el
imperio de la norma abolida, sino que pueda ser analizado independientemente de su causa
jurídica.
principio de irretroactividad de la ley.
cuando un ordenamiento jurídico nuevo entra en vigor, la ley que regía con anterioridad resulta
abrogada por aquella, de esta manera, si se aplica la nueva ley, se tendría que admitir que los
hechos jurídicos originados antes de su vigencia han sido objeto de un nuevo análisis por parte
de principios o disposiciones legislativas que no existían en el momento en que se crearon tales
situaciones o hechos jurídicos, y así como consecuencia de los resultados de este análisis, habrá
que modificar o suprimir las consecuencias que las partes habrían pretendido alcanzar, de
acuerdo con las disposiciones de la ley anterior, única que regía en el momento en que tuvo lugar
el hecho o acto jurídico; por consecuencia, la ley que debe aplicarse es la nueva sin importar los
hechos o consecuencias que se hayan generado por la ley anterior; esto es que la ley nueva será
autónoma e independiente de la ya abrogada.
una ley será retroactiva cuando se aplique a un hecho realizado durante su vigencia, para cuyo
examen de justificación o injustificación tenga que recurrirse al acto que le dio origen, el cual se
7. supone tuvo verificativo bajo el imperio de la ley anterior. si se aplica la ley anterior; se acepta
que ésta ley seguirá teniendo vigencia, aun después de que ha sido abrogada y por tanto resulta
retroactiva.
teorías de la irretroactividad
1º de la irretroactividad absoluta: según ella, la relación jurídico-penal queda firme y
definitivamente establecida x el delito mismo, con referencia a la ley vigente en la época de su
comisión y esa relación no puede en ningún sentido ser alterada x el dcho posterior.
2º teoría de la irretroactividad de la ley, salvo que sea más benigna: la ley aplicable es, en ppio,
la de la fecha de la comisión del hecho. la ley que el delincuente conocía, la que transgredió; esta
consideración deriva del ppio de reserva.
si la ley posterior declara excesiva una pena y establece otras más benignas, a ella debe ajustarse
la sanción.
la pena solo es legitima cuando aparece como el medio necesario para lograr el fin propuesto x el
derecho, el cual, a su vez, debe también encontrarse justificado.
la nueva valoración expresada x la ley mas reciente constituye el síntoma que nos pone de
manifiesto el fundamento de excepción.
irretroactividad penal
en derecho penal rige el principio de irretroactividad, que busca proteger a los ciudadanos de que
se les pueda sancionar a posteriori por un acto que cuando fue realizado no estaba prohibido.
dicha irretroactividad, sin embargo, no es absoluta, ya que sólo afecta a aquellas normas que
perjudiquen al imputado, acusado o condenado, pero no a aquellas que le beneficien. por lo
tanto, si un delito es derogado por una ley posterior, o recibe una pena menor, se puede y se debe
8. aplicar la normativa que le sea más beneficiosa. otra excepción al principio de irretroactividad
ocurre cuando, durante el proceso se dicta una ley más gravosa para el imputado en cuyo caso la
ley derogada mantiene su vigencia por ser más benigna. a esto último se lo denomina
ultractividad de la ley penal.
Convención Europea de Derechos Humanos
artículo 7. no hay pena sin ley
establece la irretroactividad de las leyes penales desfavorables. el apartado segundo hace una
excepción respecto a los hechos que constituyan delito según "los principios generales del
derecho reconocidos por las naciones civilizadas".
Panama
según la ley amhed del vivar díaz, la retroactividad durante 10 años.
en este mismo sentido me permito expresar taxativamente el contenido de la excerta
constitucional número 46 de nuestra ley fundamental que reza al tenor siguiente: "las leyes no
tienen efecto retroactivo... en materia criminal la ley favorable al reo tiene siempre preferencia y
retroactividad aun cuando hubiese sentencia ejecutoriada"
ultractividad de la ley
por lo general, una norma solamente rige hacía el futuro, pero puede presentarse la ultractividad
de la ley, es decir cuando una ley derogada sigue produciendo efectos y sobrevive para algunos
casos concretos, como en el caso de las leyes procesales, puesto que las actuaciones y diligencias
deben regirse por la ley vigente al tiempo de su iniciación.
en el derecho penal, por el principio de la ley más favorable, se usa la ultractividad de la ley. por
ejemplo una ley que sancionara penas más leves para un determinado delito, regiría