Este documento presenta un modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria emitida por el Tribunal Constitucional del Perú. Explica que la nulidad es el recurso excepcional procedente contra sentencias interlocutorias del Tribunal Constitucional. Luego, presenta un modelo de solicitud que incluye nueve puntos donde se solicita la nulidad, se aplican normas supletorias, se fundamenta la nulidad alegando la aplicación indebida de supuestos legales y se acredita el interés y perjuicio del solicitante.
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Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria autor josé maría pacori cari
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José María Pacori Cari
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MODELO DE SOLICITUD DE NULIDAD DE SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EMITIDA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Por José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM
ÁREA: DERECHO CONSTITUCIONAL
LÍNEA: JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
La elaboración de este modelo implica realizar unas precisiones importantes,este
pedido es excepcional, lo que significa que si Ud. sabe objetivamente (no
subjetivamente) que su Recurso de Agravio Constitucional no va a prosperar no
interponga esta nulidad, lo único que ocasionará es que el Tribunal Constitucional
se llene de carga procesal injustamente; asimismo, si Ud. es Abogado y sabe que
no prosperará el pedido de nulidad no lo interponga. Hecha esta precisión,
también es importante indicar que en alguna información de internet se indicó
que contra la sentencia interlocutoria procedía un recurso de reposición, situación
que el TC ya indicó que no es el recurso procedente sino, excepcionalmente, la
nulidad de la Sentencia, no procederá un recurso de apelación por cuanto el TC
no tiene superior en grado, no procederá una reposición por cuanto la sentencia
interlocutoria no es un decreto, por lo que sólo procederá el pedido de nulidad
de la sentencia interlocutoria, así lo indicó un voto de uno de los magistrados del
TC (ver el modelo donde se hace uso de este voto). Veamos el modelo (autor José
María Pacori Cari):
Modelo de solicitud de nulidad de sentencia interlocutoria
EXPEDIENTE NRO. : (Indicar el número de su expediente en el
Tribunal Constitucional)
ESCRITO : 01-2017
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SUMILLA : SOLICITO NULIDAD DE SENTENCIA
INTERLOCUTORIA
SEÑORES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
(Nombres y apellidos del Demandante) en el proceso constitucional
de amparo que sigue en contra del (…); a Ud., respetuosamente,
digo:
I.- PROCEDENCIA DE LA NULIDAD
Estando al Fundamento de Voto del Magistrado Eloy Espinosa – Saldaña Barrera
que indica “Como ya hemos dicho en múltiples pronunciamientos, contra una
sentencia del Tribunal también excepcionalmente puede admitirse la declaración
de su nulidad, si ella incurre en vicio grave e insubsanable.”
II.- APLICACIÓN SUPLETORIA DE NORMAS
De esta manera, el Artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal
Constitucional establece que “En caso de vacío o defecto de la presente ley,
serán de aplicación supletoria los Códigos Procesales afines a la materiadiscutida,
siempre que no contradigan los fines de los procesos constitucionales y los
ayuden a su mejor desarrollo.En defecto de las normas supletorias citadas,el Juez
podrá recurrir a la jurisprudencia, a los principios generales del derecho procesal
y a la doctrina.”
Conforme a esto nos remitiremos a lo previsto sobre la nulidad en los artículos 171
al 177 del Código Procesal Civil.
Dentro de este contexto,
III.- PETITORIO
Como pretensión principal, solicito se declare la nulidad de la Sentencia
Interlocutoria del Tribunal Constitucional de (…) de marzo de 2017 notificada al
demandante el (…) de octubre de 2017 por aplicar indebidamente los supuestos
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de emisión de sentencias interlocutorias previstos en la STC recaída en el
Expediente 00987-2014-PA/TC causándome indefensión; y como consecuencia:
Como pretensión accesoria, solicito se disponga la continuación del trámite
del Recurso de Agravio Constitucional conforme al Código Procesal
Constitucional.
IV.- PLAZO PARA PEDIR LA NULIDAD
Lo hacemos en la primera oportunidad para hacerlo conforme al art. 176 del
Código Procesal Civil, en todo caso lo hago dentro de los tres días hábiles de
haber sido notificado con la Sentencia Interlocutoria (…) conforme a lo previsto en
el art. 147 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria que indica “Entre la
notificación para una actuación procesal y su realización, deben transcurrir por lo
menos tres días hábiles.”
V.- FUNDAMENTOS DE LA NULIDAD
Nuestra nulidad se sustenta en que se ha aplicado indebidamente los supuestos
para la declaración de una sentencia interlocutoria:
PRIMERO.- Sobre el primer supuesto, carecer de fundamentación la supuesta
vulneración que se invoque. Señores Magistrados, (indique los argumentos
objetivos que considere pertinentes).
SEGUNDO.- Sobre el segundo supuesto, la cuestión de Derecho contenida en el
recurso no sea de especial trascendencia constitucional. Señores Magistrados,
(indique los argumentos objetivos que considere pertinentes).
TERCERO.- Sobre el tercer supuesto, la cuestión de Derecho invocada contradiga
un precedente del Tribunal Constitucional. Sobre esto, si bien (indique los
argumentos objetivos que considere pertinentes)
CUARTO.- Sobre el cuarto supuesto, se haya decidido de manera desestimatoria
en casos sustancialmente iguales. El presente caso, es (indique los argumentos
objetivos que considere pertinentes).
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VI.- ACREDITACIÓN DEL PERJUICIO CON EL ACTO PROCESAL VICIADO1
La Sentencia Interlocutoria materia del presente pedido de nulidad me genera
perjuicio por (fundamente el perjuicio).
VII.- PRECISAR LA DEFENSA QUE NO SE PUDO REALIZAR
Pese a ser claro mi Recurso de Agravio Constitucional se me ha impedido oralizar
el mismo en una vista de la causa (fundamentar la defensa que no se pudo
realizar).
VIII.- ACREDITACIÓN DEL INTERÉS PROPIO Y ESPECÍFICO CON RELACIÓN A LO
PEDIDO
Tengo interés en la nulidad solicitada por cuanto debo de informar a los
Magistrados que (acreditar el interés propio y específico).
IX.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD2
Consideramos que la Sentencia Interlocutoria emitida es nula por contravenir el
artículo (indicar la norma que somete a nulidad la resolución impugnada).
POR LO EXPUESTO:
A Ustedes pido declarar fundada la nulidad interpuesta.
Arequipa, 27 de octubre de 2017
(Firma del demandante y su abogado)
1 Este acápitey los dos siguientes se realizan de conformidad con el artículo 174 del Código Procesal Civil.
2 Este punto se hace en atención al artículo 171 del Código Procesal Civil queindica “La nulidad sesanciona
sólo por causa establecida en la ley.”