1. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Evo Morales Ayma
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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2. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Presentación
Con la finalidad de seguir profundizando
el proceso de cambio, tanto social como
político, en el Estado Plurinacional
de Bolivia, el Ministerio de Justicia ha
promovido un proceso de construcción
colectiva y participativa que responde a un
nuevo paradigma en la realidad nacional,
frente a sistemas estructurales republicanos
rechazados por la población en materia de
derechos.
Así mismo, entre el análisis de aquel derecho
sin sustento, ha surgido la construcción
colectiva de un anteproyecto de Ley en
defensa de los usuarios y de los consumidores, que en ausencia de una normativa hace que miles
de ciudadanos puedan ser participes de este nuevo proceso histórico.
El Viceminsterio de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor, reconoce que el trabajo
que se ha estado realizando se ajusta a los criterios de calidad de atención, propios de una
institución que poco a poco ha ido desarrollando conocimientos y prácticas sociales con la voz
del ciudadano que es consumidor, consumidora, usuario y usuaria que permite reconocer que
una construcción colectiva de una norma promueve el verdadero y fiel cambio a la necesidad
del mismo.
El Ministerio de Justicia da, con esta decisión, un paso más en su política del vivir bien, las
propuestas están hechas, los propósitos están marcados, y la participación y control social en
la formulación de estas políticas serán el paso final para que se lleven a la práctica en estricto
cumplimiento de los preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado.
Nilda Copa Condori
MINISTRA DE JUSTICIA
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3. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
España ha asumido, entre sus compromisos
de cooperación con Bolivia, fortalecer las
instituciones del Estado, para que éste pueda
llevar a cabo, con mayor eficacia y solvencia,
su labor de administración y gobierno.
Es fundamental, en este sentido, que el
fortalecimiento de las instituciones públicas
esté orientado a responder a las necesidades
y demandas de la ciudadanía. Impulsar el
ejercicio pleno y efectivo de los derechos
económicos, sociales y culturales de los
ciudadanos es uno de los fines principales
del Estado y sus instituciones.
En 2010, la Cooperación Española colaboró
con el Ministerio de Justicia para impulsar
el proyecto de la nueva Ley de Derechos de
Usuarios y Consumidores, La nueva Ley era y es, no sólo una demanda democrática de los
consumidores y consumidoras bolivianos, sino una necesidad para el país.
La Cooperación Española ha puesto a disposición del Ministerio en estos últimos meses, no
sólo recursos económicos para que éste elabore participativamente e impulse la nueva Ley, sino
también recursos técnicos españoles de la Cátedra Euroamericana de Protección Jurídica de los
Consumidores de la Universidad de Cantabria, que han capacitado a funcionarios y funcionarias
bolivianas, y han asesorado la Ley con mucho entusiasmo.
Es una satisfacción presentar hoy, junto con la Ministra de Justicia y la Oficina del Alto
Comisionado de Derechos Humanos en Bolivia, la Memoria de lo que ha sido un proceso amplio
y participativo de construcción de la Ley de Defensa del Consumidor que impulsa el Gobierno
Boliviano. La defensa de los consumidores es una forma de fortalecer la democracia, velando por
los derechos de la ciudadanía.
Esta edición de la Memoria de la Construcción Colectiva del Anteproyecto de Ley será un fiel
testigo en el tiempo de la participación efectiva de la sociedad boliviana en la elaboración de
una norma que defiende sus intereses. Aprovecho para felicitar, por un lado, a los dirigentes de
organizaciones sociales y representantes de instituciones que contribuyeron con sus propuestas a
nueva ley, así como al Viceministerio de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores,
por su dedicación y empeño en sacar adelante esta propuesta normativa.
Ramón Santos
Embajador de España en Bolivia
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4. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Presentación
Dentro de una lucha constante por el reconoci-
miento de nuestros derechos en la historia boli-
viana, el año 2009 se crea el Viceministerio de
Defensa de los Derechos del Usuario y del Consu-
midor (VDDUC) dentro de la estructura del Minis-
terio de Justicia, a través del Decreto Supremo N°
29894 de 7 de febrero de aquel año.
Durante la gestión 2010 el VDDUC se trazó como
reto la ejecución del Proceso de Construcción Co-
lectiva de la que sería la primera Ley de Defensa
del Consumidor de Bolivia. En el marco constitu-
cional establecido por los Artículos 75 y 76 y den-
tro de la implementación del Estado Plurinacional
Autonómico y Comunitario, el 29 de noviembre
de 2010 se dio inicio a la Construcción Colectiva
del Anteproyecto de Ley de Defensa del Consumidor en la ciudad de La Paz.
Con esta iniciativa, se motivó la participación de la población en su conjunto a través de encuen-
tros presenciales a lo largo de todo el país y a través de otros medios que la tecnología actual per-
mite, como parte del ejercicio de un principio democrático como es la participación ciudadana
en la definición de normas y políticas públicas.
Cada participante asumió su calidad de usuario y consumidor, papel que desempeña de forma
cotidiana y sin embargo, es el escenario en el que se reconoce más desprotegido. Desde las
experiencias personales de cada asistente, desde su propio contexto social, económico y cultu-
ral, se fueron recogiendo las sugerencias, propuestas y aportes para el Anteproyecto de Ley de
Defensa del Consumidor.
El intercambio de experiencias en los encuentros a nivel departamental, sectorial, regional y na-
cional fue una experiencia enriquecedora para el equipo del VDDUC que acompañó este proce-
so, convirtiendo esta edificación en incluyente, sin exclusión de ninguna clase. Conocer de cerca
las diferentes realidades que viven las bolivianas y bolivianos, muchas veces muy crudas, fue una
de las principales motivaciones para continuar con el proceso de Construcción Colectiva y en
especial, para traducir las necesidades latentes de la población como usuarios y consumidores
en un Anteproyecto que permita alcanzar el Vivir Bien.
Es difícil reflejar a cabalidad a través de estas escasas líneas de texto y fotografías toda la expe-
riencia adquirida y propuestas a viva voz de todos los participantes; sin embargo las planas de
esta memoria serán la muestra y ejemplo de democracia y participación sin discriminación, bus-
cando el Vivir Bien de los usuarios, usuarias, consumidores y consumidoras del país.
Lic. Fernando Fuentes Daza
Viceministro de Defensa de Derechos
del Usuario y Consumidor
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5. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
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6. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Agradecimientos
Nuestro agradecimiento a Denis Racicot, sin cuyo apoyo, esa titánica tarea de construir colec-
tivamente un anteproyecto de ley, no hubiera sido posible. Gracias Denis por ser un hombre de
visión, ver la trascendencia de este tipo de ley para la ciudadanía boliviana, el financiamiento
de los encuentros nacionales y departamentales, posibilitó sentar las bases para la ley. También
agradecerte porque nos apoyaste también con tu personal Andrea Echazú, Ines Carrasco y Liz-
beth Mjos, que nos acompañaron en los encuentros, presentando las directrices de las Naciones
Unidas.
A el Embajador de España Ramón Santos,
y en especial a Eva Otero, que nos apoyó
desde la primera conversación para la Ca-
pacitación con la Universidad de Cantabria.
Debemos agradecer también a los que fi-
nanciaron encuentros sectoriales como
Armando de la Parra, Director de FUNDA-
PPAC, por la organización de un encuentro
con senadores y diputados de las comisio-
nes de la asamblea plurinacional relaciona-
das con el sector económico, a la diputada
Marilyn Partes otros encuentros sectoriales
con Trabajadores por cuenta propia, en Su-
cre y Santa Cruz, la diputada Gladys Agui- Denis Racicot
lar con los gremiales de Santa Cruz, Efraín REPRESENTANTE EN BOLIVIA DE LA
Chambi con las Juntas Vecinales de Potosí, OFICINA DEL ALTO COMISIONADO
Tarija, Pando, Santa Cruz y Chuquisaca, el DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS
comité de juntas vecinales periurbanos de DERECHOS HUMANOS
Oruro y FEDJUVE de Warnes, a Hugo Asun-
ción de la Federación de barrios producti-
vos, comunitarios del Beni. A las Cámaras de electricidad, industria, comercio, a CAINCO a la
Confederación de Empresarios Privados, a la Dra. Lenny Valdivia Directora Ejecutiva de ASFI,
por permitirnos participar en su evento internacional y redactar el capítulo sobre protección al
consumidor financiero.
A los Directores ejecutivos de las Autoridades de Fiscalización y Control Social de AE y APPS,
Nelson Caballero, Mario Guerra y James Ávila por la suscripción de convenios. A la represen-
tante de NNUU Yoriko Yasukawa por el financiamiento de un consultor para redes sociales,
gracias a gestiones de Eliana Quiroz, que nos permitió trabajar con Marisol Murillo en Twitter y
Facebook.
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Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Directrices de las Naciones Unidas
para los Derechos del Consumidor
Las siguientes directrices serán aplicables tanto a los bienes y servicios producidos en el país
como a los importados. Al aplicar cualesquiera procedimientos o reglamentos para la protección
del consumidor, deberá velarse porque no se conviertan en barreras para el comercio internacio-
nal y que sean compatibles con las obligaciones del comercio internacional.
A. Seguridad física
11. Los gobiernos deben adoptar o fomentar la adopción de medidas apropiadas, incluidos
sistemas jurídicos, reglamentaciones de seguridad, normas nacionales o internacionales,
normas voluntarias y el mantenimiento de registros de seguridad, para garantizar que los
productos sean inocuos en el uso al que se destinan o normalmente previsible.
12. Se deben adoptar medidas adecuadas para garantizar que los artículos producidos por los
fabricantes sean inocuos para el uso al que se destinan y para el normalmente previsible.
Los responsables de introducir los artículos en el mercado, en particular los proveedores,
exportadores, importadores, minoristas y similares (en lo que sigue denominados “distri-
buidores”) deben velar por que, mientras están a su cuidado, esos artículos no pierdan su
inocuidad debido a manipulación o almacenamiento inadecuados. Se deben facilitar a los
consumidores instrucciones sobre el uso adecuado de los artículos e información sobre los
riesgos que entraña el uso al que se destinan o el normalmente previsible. Dentro de lo po-
sible, la información de vital importancia sobre cuestiones de seguridad debe comunicarse
a los consumidores mediante símbolos comprensibles internacionalmente.
13. Se deben adoptar medidas adecuadas para que los fabricantes o distribuidores notifiquen
sin demora a las autoridades competentes y al público, según proceda, la existencia de
peligros no previstos de que se hayan percatado con posterioridad a la introducción de los
productos en el mercado. Los gobiernos también deben estudiar los métodos para garanti-
zar que los consumidores estén debidamente informados sobre esos peligros.
14. Los gobiernos deben adoptar, cuando proceda, políticas en virtud de las cuales, si se des-
cubre que un producto adolece de un defecto grave y/o constituye un peligro considerable
aun cuando se utilice en forma adecuada, los fabricantes y/o distribuidores deban retirarlo
y reemplazarlo o modificarlo, o sustituirlo por otro producto; si no es posible hacerlo en un
plazo prudencial, debe darse al consumidor una compensación adecuada.
B. Promoción y protección de los intereses económicos de los consumidores
15. Las políticas de los gobiernos deben tratar de hacer posible que los consumidores obten-
gan el máximo beneficio de sus recursos económicos. También deben tratar de alcanzar las
metas en materia de producción satisfactoria y normas de funcionamiento, procedimientos
adecuados de distribución, prácticas comerciales leales, comercialización informativa y
protección efectiva contra las prácticas que puedan perjudicar los intereses económicos de
los consumidores y la posibilidad de elegir en el mercado.
16. Los gobiernos deben intensificar sus esfuerzos para impedir el empleo de prácticas que
perjudiquen los intereses económicos de los consumidores, garantizando que los produc-
tores, los distribuidores y cuantos participan en la provisión de bienes y servicios cumplan
las leyes y las normas obligatorias vigentes. Se debe dar aliento a las organizaciones de
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8. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
consumidores para que vigilen prácticas perjudiciales como la adulteración de alimentos,
la comercialización basada en afirmaciones falsas o capciosas y los fraudes en la presta-
ción de servicios.
17. Los gobiernos deben elaborar, reforzar o mantener, según proceda, medidas relativas al
control de las prácticas comerciales restrictivas y otras de tipo abusivo que puedan perju-
dicar a los consumidores, así como medios para hacer efectivas esas medidas. Al respecto,
los gobiernos deben guiarse por su adhesión al Conjunto de principios y normas equitati-
vos convenidos multilateralmente para el control de las prácticas comerciales restrictivas,
aprobado por la Asamblea General en su resolución 35/63, de 5 de diciembre de 1980.
18. Los gobiernos deben adoptar o mantener políticas que especifiquen las responsabilidades
del fabricante para asegurar que los artículos satisfagan los requisitos normales de durabili-
dad, utilidad y fiabilidad y sean aptos para el fin a que se destinan y que el vendedor vele por
que estos requisitos se cumplan. Las mismas políticas deben regir la prestación de servicios.
19. Los gobiernos deben alentar la competencia le al y efectiva a fin de brindar a los consumi-
dores la posibilidad de elegir productos y servicios dentro del mayor surtido y a los precios
más bajos.
20. Los gobiernos deben velar, si procede, por que los fabricantes o minoristas aseguren la dis-
ponibilidad adecuada de un servicio confiable posterior a la venta y de piezas de repuesto.
21. Los consumidores deben gozar de protección contra abusos contractuales como el uso de
contratos uniformes que favorecen a una de las partes, la no inclusión de derechos funda-
mentales en los contratos y la imposición de condiciones excesivamente estrictas para la
concesión de créditos por parte de los vendedores.
22. Las prácticas de promoción empleadas en la comercialización y la venta deben basarse en
el principio del trato justo de los consumidores y deben satisfacer los requisitos jurídicos.
Ello requiere el suministro de la información necesaria para que los consumidores puedan
tomar decisiones bien fundadas e independientes, así como la adopción de medidas para
asegurar la exactitud de la información suministrada.
23. Los gobiernos deben alentar a todos los interesados a participar en la libre circulación de
información exacta sobre todos los aspectos de los productos de consumo.
24. Debe procurarse que los consumidores tengan más acceso a información inequívoca so-
bre los efectos de los productos y los servicios en el medio ambiente, recurriendo a medios
como la elaboración de perfiles ambientales de los productos, la presentación de informes
sobre el medio ambiente por parte de la industria, el establecimiento de centros de infor-
mación para los consumidores, la ejecución de programas voluntarios y transparentes de
etiquetado ecológico y los servicios de consulta telefónica directa sobre los productos.
25. Los gobiernos, en estrecha colaboración con los fabricantes, los distribuidores y las organizacio-
nes de consumidores, deben adoptar medidas contra las afirmaciones o la información capciosas
en relación con el medio ambiente en las actividades de publicidad y otras actividades de co-
mercialización. Debe fomentarse la elaboración de códigos y normas de publicidad adecuadas
para reglamentar y verificar las afirmaciones que se hacen en relación con el medio ambiente.
26. Los gobiernos deben, dentro de sus propios países, promover la formulación y aplicación
por parte de las empresas, en colaboración con las organizaciones de consumidores, de
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9. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
códigos de comercialización y otras prácticas comerciales para asegurar una adecuada
protección del consumidor. También pueden concertarse acuerdos voluntarios conjuntos
por parte de las empresas, las organizaciones de consumidores y otras partes interesadas.
Estos códigos deben recibir una publicidad adecuada.
27. Los gobiernos deben examinar periódicamente las normas jurídicas relacionadas con pe-
sas y medidas y determinar la eficacia de sus mecanismos de aplicación.
C. Normas para la seguridad y calidad de los servicios y bienes de consumo
28. Los gobiernos deberán, según proceda, formular o promover la formulación y aplicación,
en los planos nacional e internacional, de normas, voluntarias o de otra índole, de seguri-
dad y calidad de los bienes y servicios y dar a dichas normas la publicidad apropiada. Las
normas y reglamentaciones nacionales relativas a la seguridad y calidad de los productos
deberán revisarse de tanto en tanto para cerciorarse de que, en lo posible, se ajusten a
normas internacionales de aceptación general.
29. Cuando debido a las condiciones económicas locales se aplique una norma de nivel
inferior al de una norma internacional de aceptación general, deberán hacerse todos los
esfuerzos necesarios para elevar dicho nivel lo antes posible.
30. Los gobiernos deben fomentar y garantizar la disponibilidad de servicios para ensayar y
certificar la seguridad, la calidad y el buen funcionamiento de los servicios y bienes de
consumo esenciales.
D. Sistemas de distribución de servicios y bienes de consumo esenciales
31. Cuando proceda, los gobiernos deberán examinar la posibilidad de:
a) Adoptar o mantener políticas para asegurar la distribución eficiente de bienes y servicios a
los consumidores; cuando proceda, deberán estudiarse políticas especiales para asegurar
la distribución de bienes y servicios absolutamente esenciales cuando dicha distribución
se vea amenazada, como podría ocurrir, sobre todo, en el caso de las zonas rurales. Ta-
les políticas podrían incluir la prestación de asistencia para la creación de instalaciones
apropiadas de almacenamiento y venta al por menor en los centros rurales, la estimula-
ción del autovalimiento del consumidor y el perfeccionamiento del control de las condi-
ciones en que se suministran los bienes y servicios esenciales en las zonas rurales;
b) Fomentar la creación de cooperativas de consumidores y las actividades comerciales
afines y la información al respecto, especialmente en las zonas rurales.
E. Medidas que permiten a los consumidores obtener compensación
32. Los gobiernos deben establecer o mantener medidas jurídicas o administrativas para
permitir que los consumidores o, en su caso, las organizaciones competentes obtengan
compensación mediante procedimientos oficiales o extraoficiales que sean rápidos, justos,
poco costosos y asequibles. Al establecerse tales procedimientos deben tenerse especial-
mente en cuenta las necesidades de los consumidores de bajos ingresos.
33. Los gobiernos deben alentar a todas las empresas a solucionar las controversias con los
consumidores en forma justa, rápida y exenta de formalidades, y a crear mecanismos vo-
luntarios, como servicios de asesoramiento y procedimientos extraoficiales para presentar
reclamaciones, que puedan prestar asistencia a los consumidores.
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Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
34. Se debe facilitar a los consumidores información sobre los procedimientos vigentes y otros
procedimientos para obtener compensación y solucionar controversias.
F. Programas de educación e información
35. Los gobiernos deben formular o estimular la formulación de programas generales de
educación e información del consumidor, incluida la información sobre los efectos en
el medio ambiente de las decisiones y el comportamiento de los consumidores y de las
consecuencias, incluidos costos y beneficios, que pueda tener la modificación de las mo-
dalidades de consumo, teniendo en cuenta las tradiciones culturales del pueblo de que se
trate. El objetivo de tales programas debe consistir en capacitar a los consumidores para
que sepan discernir, puedan hacer elecciones bien fundadas de bienes y servicios, y tengan
conciencia de sus derechos y obligaciones.
Al formular dichos programas, debe prestarse especial atención a las necesidades de los
consumidores que se encuentran en situación desventajosa, tanto en las zonas rurales
como urbanas, incluidos los consumidores de bajos ingresos y aquellos que sean casi o
totalmente analfabetos. Los grupos de consumidores, las empresas y otras organizaciones
pertinentes de la sociedad civil deben participar en esa labor de educación.
36. La educación del consumidor debe, si procede, llegar a formar parte integrante del pro-
grama básico del sistema educativo, de preferencia como componente de asignaturas ya
existentes.
37. Los programas de educación e información del consumidor deben abarcar aspectos de la
protección del consumidor tan importantes como los siguientes:
a) Sanidad, nutrición, prevención de las enfermedades transmitidas por los alimentos y
adulteración de los alimentos;
b) Peligros de los productos;
c) Rotulado de productos;
d) Legislación pertinente, forma de obtener compensación y organismos y organizacio-
nes de protección al consumidor;
e) Información sobre pesas y medidas, precios, calidad, condiciones para la concesión
de créditos y disponibilidad de los artículos de primera necesidad;
f) Protección del medio ambiente;
g) Utilización eficiente de materiales, energía y agua.
38. Los gobiernos deben alentar a las organizaciones de consumidores y a otros grupos inte-
resados, incluidos los medios de comunicación, a que pongan en práctica programas de
educación e información, incluso sobre los efectos de las modalidades de consumo en el
medio ambiente y las consecuencias, incluidos costos y beneficios, que pueda tener la
modificación de esas modalidades, particularmente en beneficio de los grupos de consu-
midores de bajos ingresos de las zonas rurales y urbanas.
39. El comercio, cuando proceda, debe emprender programas objetivos y pertinentes de edu-
cación e información del consumidor, o participar en ellos.
40. Teniendo en cuenta la necesidad de llegar a los consumidores rurales y a los consumido-
res analfabetos, los gobiernos deberán, cuando proceda, formular o alentar la formulación
de programas de información del consumidor destinados a los medios de comunicación
de masas.
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Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
41. Los gobiernos deben organizar o alentar la organización de programas de formación para
educadores, profesionales de los medios de comunicación de masas y consejeros del con-
sumidor, que les permitan participar en la ejecución de los programas de información y
educación del consumidor.
G. Promoción de modalidades sostenibles de consumo
42. Consumo sostenible significa que las necesidades de bienes y servicios de las generacio-
nes presentes y futuras se satisfacen de modo tal que puedan sustentarse desde el punto de
vista económico, social y ambiental.
43. Puesto que la responsabilidad del consumo sostenible la comparten todos los miembros y
organizaciones de la sociedad, los consumidores informados, los gobiernos, las empresas,
los sindicatos y las organizaciones ecologistas y de consumidores desempeñan funciones
particularmente importantes. Corresponde a los consumidores informados una función
esencial en la promoción de modalidades de consumo que pueden sustentarse desde el
punto de vista económico, social y ambiental, incluso influyendo en los productores con
sus decisiones. Los gobiernos deben promover la formulación y aplicación de políticas
de consumo sostenible y la integración de esas políticas con otras políticas públicas. Las
políticas públicas deberán formularse en consulta con el comercio, las organizaciones
ecologistas y de consumidores y otros grupos interesados. Al comercio incumbe la res-
ponsabilidad de promover el consumo sostenible mediante el diseño, producción y distri-
bución de bienes y servicios. Las organizaciones ecologistas y de consumidores tienen la
responsabilidad de promover la participación y el debate públicos en lo que respecta al
consumo sostenible, informar a los consumidores y trabajar con los gobiernos y las empre-
sas con miras a promover modalidades sostenibles de consumo.
44. Los gobiernos, en asociación con el comercio y las organizaciones pertinentes de la so-
ciedad civil, deben formular y ejecutar políticas que contribuyan a promover modalidades
sostenibles de consumo mediante una combinación de políticas que podrían abarcar re-
glamentos; instrumentos económicos y sociales; políticas sectoriales como las que rigen
el uso de la tierra, el transporte, la energía y la vivienda; programas de información para
sensibilizar al público sobre las repercusiones de las modalidades de consumo; la elimina-
ción de subvenciones que contribuyan a fomentar modalidades no sostenibles de consumo
y producción; y la promoción de prácticas mejores de ordenación del medio en sectores
concretos.
45. Los gobiernos deben promover el diseño, la elaboración y la utilización de productos y
servicios que ahorren energía y no sean tóxicos, teniendo en cuenta las repercusiones que
puedan tener durante todo su ciclo vital. Los gobiernos deben promover programas de
reciclaje que alienten a los consumidores a reciclar los desechos y a comprar productos
reciclados.
46. Los gobiernos deben promover la formulación y aplicación de normas ecológicas nacio-
nales e internacionales de salud y seguridad para productos y servicios; tales normas no
deben dar lugar a restricciones comerciales injustificadas.
47. Los gobiernos deben alentar el ensayo independiente de los efectos de los productos en
el medio ambiente.
48. Los gobiernos deben controlar, en condiciones de seguridad, el uso de sustancias perjudi-
ciales para el medio ambiente y alentar el desarrollo de sucedáneos ecológicamente racio-
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12. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
nales de esas sustancias. Las nuevas sustancias potencialmente peligrosas deben someterse
a ensayo antes de ser distribuidas, con objeto de determinar sus efectos a largo plazo en el
medio ambiente.
49. Los gobiernos deben sensibilizar al público acerca de los beneficios para la salud de las
modalidades sostenibles de consumo y producción, teniendo en cuenta los efectos directos
en la salud de cada persona y los efectos colectivos de la protección del medio ambiente.
50. Los gobiernos, en asociación con el sector privado y otras organizaciones pertinentes,
deben alentar la modificación de las modalidades no sostenibles de consumo mediante
el desarrollo y la utilización de nuevos productos y servicios ecológicamente racionales y
nuevas tecnologías, incluidas la tecnología de la información y las comunicaciones, que
puedan satisfacer las necesidades de los consumidores y contribuir a la vez a reducir la
contaminación y el agotamiento de los recursos naturales.
51. Se alienta a los gobiernos a que creen mecanismos reguladores eficaces para proteger a
los consumidores, que abarquen diversos aspectos del consumo sostenible, o a que forta-
lezcan los mecanismos existentes.
52. Los gobiernos deben considerar la posibilidad de usar diversos instrumentos económicos,
como algunos instrumentos fiscales y la internalización de los costos ambientales, para
promover el consumo sostenible, teniendo en cuenta las necesidades sociales y la necesi-
dad de desalentar el empleo de prácticas no sostenibles y alentar el de prácticas más soste-
nibles, evitando al mismo tiempo que perjudiquen el acceso a los mercados, en particular
el de los países en desarrollo.
53. Los gobiernos, en cooperación con las empresas y otros grupos pertinentes, deben elabo-
rar indicadores, métodos y bases de datos para medir los progresos realizados en pro del
consumo sostenible en todos los planos. Deberá procurarse que esa información sea de
dominio público.
54. Los gobiernos y los organismos internacionales deben tomar la iniciativa introduciendo
prácticas sostenibles en su propio funcionamiento, en particular mediante sus políticas de
compras.
Cuando proceda, en las compras del sector público se deben alentar la elaboración y el
uso de productos y servicios ecológicamente racionales.
55. Los gobiernos y otras organizaciones pertinentes deben promover las investigaciones re-
lativas al comportamiento del consumidor y los daños ambientales conexos a fin de deter-
minar la forma de lograr modalidades de consumo más sostenibles.
H. Medidas relativas a esferas concretas
56. Al promover los intereses del consumidor, particularmente en los países en desarrollo, los
gobiernos deberán, cuando proceda, dar prioridad a las esferas de interés esencial para la
salud del consumidor, como los alimentos, el agua y los productos farmacéuticos. Deberán
adoptarse o mantenerse políticas para lograr el control de calidad de los productos, medios
de distribución adecuados y seguros, sistemas internacionales normalizados de rotulado e
información, así como programas de educación e investigación en estas esferas. Deberán
formularse directrices estatales respecto de esferas concretas en el contexto de las disposi-
ciones del presente documento.
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13. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
HISTORIA DE LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL ANTEPROYECTO
DE LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
MARCO TEORICO
La anterior Constitución Política del Estado, reconocía la diversidad lingüística, de etnias y cul-
turas, definiéndola como sociedad pluricultural; tuvo que haber un avance ideológico político
para pasar de la definición de Sociedad Pluricultural a Estado Plurinacional, en que se reconocen
36 etnias como naciones, con las diferencias, que se pueden apreciar en el gráfico y que son
respetadas y representadas por este nuevo Estado Plurinacional.
Este nuevo Estado Plurinacional que representa el Yo colectivo de las 36 naciones con sus res-
pectivas correlaciones de fuerzas, puede de hecho, ejercer esa representación monopólica, pero
lo que se quiere con esta nueva CPE, es que sean las propias naciones las que se expresen y el
Gobierno, que representa al Estado, las escuche.
Por eso el Estado incorpora en su visión, los intereses de cada una de las naciones, y sus otros
pilares son la economía plural, con participación pública, privada, cooperativa y de emprendi-
mientos comunitarios, en el marco de una justicia plural, que es el tercer pilar, que abarca por
su parte la justicia ordinaria, la indígena, originario, campesina y la agroambiental.
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14. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
El Estado Plurinacional que le interesa los requerimientos y voluntad de las 36 naciones, sintetiza
la representación societal de esa correlación de fuerzas y crea una nueva normativa, para definir
los nuevos derroteros que debe seguir el país en su conjunto.
Podría efectuarlo de manera directa porque tiene la delegación del pueblo para hacerlo, pero la
CPE le dá un lineamiento:
Este es el camino que toma el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del
Consumidor: El de escuchar al ciudadano, sus propuestas, requerimientos y necesidades. Sus
visiones de acuerdo a cada región, cada etnia, con su propia cosmovisión como la andina y la
amazónica, la manera particular de encarar sus relaciones de consumo en los sectores urbanos,
periurbanos y rurales.
Es una tarea ardua, un camino largo, el más difícil pero también el más legítimo, por lo que se
define en primera instancia un mapa de actores y su representatividad para rescatar sus plantea-
mientos.
¿Quienes deben construir la ley?
O ¿Cómo escuchar al pueblo?. Ver en ese mapa de actores, la representatividad de la sociedad,
por una lado la representación del gobierno central, en sus ministerios e instituciones públicas,
los gobiernos autónomos departamentales y municipales, las autonomías regionales e indígenas,
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15. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
como se trata de relaciones de consumo en los que participan, los vendedores y los comprado-
res, por el primer grupo deberían estar los prestadores de servicios, toda persona natural o jurídi-
ca, pública, privada, mixta o cooperativa que presta servicios básicos, públicos, profesionales
o técnicos; los proveedores de bienes que también pueden estar en las categorías detalladas
anteriormente, pero con un fin diferente el de proveer un bien o producto, sea que lo fabriquen,
produzcan, o lo importen, transporten, distribuyan o lo comercialicen al por mayor o directa-
mente al cliente, todos estos se constituyen los proveedores y pueden estar representados por
cámaras, cooperativas, gremios, asociaciones, etc.
Eso por un lado, por el otro los consumidores y usuarios, que somos todos, incluidos los pro-
veedores y prestadores de servicios cuando realizan actos de consumo para ellos mismos o sus
familias, deberían estar representados en las organizaciones existentes, Central Obrera Boliviana,
Federaciones de Juntas de Vecinos, asociaciones diversas como rentistas en general, maestros
jubilados en particular, padres de familia, juntas escolares etc., y no pueden faltar las cinco
organizaciones indígenas, originarios, campesinas: Consejo Nacional de Ayllus y Markas del
Qullasusyu CONAMAQ, Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia CIDOB, Confedera-
ción Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia CSUTCB, Confederación Sindical de
Comunidades Interculturales de Bolivia CSCIB, Confederación Nacional de Mujeres Campesinas
Indígenas, Batolina Sisa.
Es también necesaria la participación de diferentes disciplinas y especialidades, por medio de
cooperación internacional, universidades, fundaciones organizaciones no gubernamentales, co-
legios de profesionales, asociaciones de consumidores nacionales y extranjeras.
LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO NOS MUESTRA EL CAMINO…
La CPE establece un nuevo régimen económico, orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir
bien de todos los bolivianos; el cual articula diferentes formas de organización económica como
son, la comunitaria, estatal, privada y social cooperativa, bajo el denominativo de “Economía
Plural”.
La organización económica plural es sustentada en los principios de complementariedad, reci-
procidad, solidaridad, redistribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio,
justicia y transparencia; complementando el interés individual con el “vivir bien colectivo”.
Consecuente la CPE consagra un régimen intervencionista por parte del Estado en los mercados
de consumo de bienes, y uso de servicios, a través de su participación directa en la regulación
de provisión de servicios públicos y de productos y bienes en general.
ARTÍCULOS DE LA CPE, QUE NOS DAN LÍNEA
Art. 309 faculta al Estado a producir directamente bienes y servicios y, promover la
democracia económica y la soberanía alimentaria de la población, así como, otros
referentes de características similares que se encuentran en todo el texto constitucio-
nal, y definen la labor de intervención del Estado en la economía.
Se constitucionaliza los derechos de los usuarios y consumidores en dos artículos
específicos (Arts. 75 y 76), y en los de acceso universal de los servicios, a los medi-
camentos y a bienes y productos en general.
15
16. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
En su Artículo 16 incisos señala que: I. Toda persona tiene derecho al agua y a la
alimentación. II. El Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria,
a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población”.
Art. 18, “I. Todas las personas tienen derecho a la salud”.
Art. 20, “I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servi-
cios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y
telecomunicaciones”.
Art. 41, I. El Estado garantizará el acceso de la población a los medicamentos. II. El
Estado priorizará los medicamentos genéricos a través del fomento de su producción
interna y, en su caso, determinará su importación”.
Art. 47, I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a
cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien
colectivo”.
Art. 298, Competencias privativas del nivel central: “El sistema de pesas y medidas,
como competencias exclusivas: “Sanidad e inocuidad agropecuaria”, “Políticas de
servicios básicos” y “Políticas generales de desarrollo productivo”; en competencias
compartidas establece: “Servicios de telefonía fija, móvil y telecomunicaciones”
Art. 300, como competencias exclusivas de los gobiernos departamentales autóno-
mos; “Servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria”, “Comercio, industria y servi-
cios para el desarrollo y la competitividad en el ámbito departamental”, “Promoción
y administración de los servicios para el desarrollo productivo y agropecuario”.
Art. 302, competencias exclusivas de los Gobiernos Municipales autónomos: “Con-
trolar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos ali-
menticios para el consumo humano y animal”, “Publicidad y propaganda urbana”,
“Políticas que garanticen la defensa de los consumidores
Art. 313, Los propósitos de la economía boliviana para la eliminación de la pobreza
y la exclusión social y económica la producción, distribución y redistribución justa
de la riqueza y de los excedentes económicos, la reducción de las desigualdades
regionales y la participación activa de las economías pública y comunitaria en el
aparato productivo.
Art. 316 que establece la función el Estado en la economía, plantea: Dirigir la eco-
nomía y regular, conforme los principios establecidos en la CPE, los procesos de pro-
ducción, distribución, y comercialización de bienes y servicios”, “Participar directa-
mente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios
económicos y sociales para promover la equidad económica y social e impulsar el
desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía”.
Art. 318 establece que el Estado determinará una política productiva industrial y
comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de
forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad ex-
portadora.
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17. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Art. 241 I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará
en el diseño de las políticas públicas.
II. La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en
todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y
privadas que administren recursos fiscales.
III. Ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos.
IV. La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social.
V. La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la
participación y control social.
VI. Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social
por parte de la sociedad.
Art. 242. La participación y el control social implican, además de las previsiones
establecidas en la Constitución y la ley:
1. Participar en la formulación de las políticas de Estado.
2. Apoyar al Órgano Legislativo en la construcción colectiva de las leyes.
3. Desarrollar el control social en todos los niveles del gobierno y las entidades
territoriales autónomas, autárquicas, descentralizadas y desconcentradas.
4. Generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos
en todos los espacios de la gestión pública. La información solicitada por el
control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa,
veraz, adecuada y oportuna.
Sobre estas bases constitucionales y actores sociales, se emprende la tarea
emprendedora de construir una ley participativamente.
17
18. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
METODOLOGIA DE LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA
DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
Una vez definido con quienes se iba a efectuar la construcción colectiva del anteproyecto de ley,
la segunda parte fue: ¿Cómo hacerlo?
Debido a que las relaciones de consumo se las practica cada día, todo el día, las varias tran-
sacciones que efectuamos desde el amanecer y el uso de servicios que hacemos desde que nos
levantamos para ducharnos o lavarnos hacemos uso de dos servicios energía y agua, ponemos la
caldera al fuego o en la cocina eléctrica, a gas licuado o gas natural, compramos pan, te o leche
en la tienda del barrio, nos transportamos en movilidad pública a nuestras fuentes de trabajo o
al colegio etc. En cada lugar una hora diferente de amanecer en el campo desde las 4 o 5 de la
mañana, de acuerdo a nuestro tipo de actividad, el desayuno será comida seca, o un plato de
comida o un jugo o un desayuno con frutas, cereales o simplemente un café con pan, elaborado
con diferentes técnicas y calentado usando diferentes fuentes de energía, leña, kerosene, GLP,
electricidad, gas natural por redes domiciliarias. Estos son los usos y costumbres que tenemos
en cada uno de nuestros hogares, algunos tradicionales y otros desarrollados por los efectos de
demostración que recibimos de los medios masivos y adoptamos pautas y costumbres occiden-
tales.
Era necesario trasponer los conocimientos y saberes de los pueblos originarios, los usos y cos-
tumbres de regiones y familias, con el desarrollo normativo y el avance de la jurisprudencia sobre
relaciones de consumo y de otras disciplinas derecho, economía, medicina, psicología, socio-
logía, antropología, ciencias políticas, las ingenierías en general, en particular las de alimentos,
industrial y comercial. Especialidades como estadísticas, gestión pública, complejidad, en resu-
men debería trabajarse transdisciplinariamente con una visión intercultural, para que se rescaten
las vivencias que muestran nuestra realidad actual en todos sus matices, diferencias y similitudes,
para analizarlas y proyectarlas a un futuro, pero siempre dentro de un proceso de cambio, para
ello se necesita una capacidad transformadora.
Los grupos organizados comentan individualmente sus problemas, adoptando posiblemente
posiciones subjetivas, pero en el grupo esa experiencia personal, se va enriqueciendo y se
vuelve grupal, tal vez comunitaria o regional, pero ya se genera una situación que puede ser
requerimiento, problema o propuesta trabajada colectivamente, ya que la rescatan, reconocen
su importancia y la priorizan entre otras sugerencias personales, como la que representa a la
colectividad.
18
19. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
Cada dirigente o participante de base, planteará el problema desde un mala experiencia que le
impacto, o lo encarará desde su mayor conocimiento de una deficiente prestación de servicio,
porque es generalmente de la que mas tenemos remembranzas de abusos, de sentirnos impoten-
tes cuando nos niegan el acceso a los servicios en red.
Si empezamos a analizar ¿Cómo estábamos en el pasado? ¿Cómo estamos después de la crea-
ción del Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y el Consumidor? O si partimos
de algún problema que tuvimos con una provisión de un producto o la prestación de un servicio,
y reclamamos a la oficina ODECO del operador, si tuvo un resultado o perdimos el tiempo y
desistimos de la reclamación porque el trámite era engorroso y demoraba mucho tiempo, ¿Qué
debería hacer? Y que institución debería atender mis reclamaciones en definitiva ¿Cómo quiero
estar, sintiéndome defendido en mis derechos?
Ese mi imaginario, se vuelve el imaginario colectivo, pertenecer a una sociedad, donde el estado
tutela mis derechos como usuario y consumidor y crea mecanismos, para que posteriormente los
pueda ejercer plenamente.
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20. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
ANTECEDENTES PARA UNA ALIANZA EN LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE LA LEY
TALLER RECONOCE DERECHOS DEL USUARIO Y CONSUMIDOR DENTRO LOS DERECHOS
ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
El Viceministerio de Defensa de los De-
rechos del Usuario y del Consumidor
VDDUC, el Alto Comisionado de la Na-
ciones Unidas analizaron en un seminario
taller el reconocimiento de los derechos
del usuario y consumidor dentro de los
derechos económicos, sociales y cultu-
rales (DESC), cuya actividad fue valorada
como un logro ganado a favor de los con-
sumidores.
El taller programado como espacio de debate para la situación jurídica nacional de los DESC,
cuyos derechos involucran el derecho al trabajo, a la vivienda, a la alimentación, a los ser-
vicios básicos, a la salud y al medio ambiente, entre algunos, abordó el marco conceptual,
antecedentes jurídicos y situación actual de los DESC y Derechos del Usuario y Consumidor en
Bolivia en relación a su aplicación vulneración, accesibilidad a la protección jurídica, marco
legal, institucional, de políticas públicas, los alcances de la exigibilidad y judiciabilidad en
esta materia.
En ese sentido el Viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor, Fernan-
do Fuentes rescató la importancia de este taller “este evento se constituye en un impulso para la
construcción colectiva de la ley de protección al consumidor”.
El Director General del VDDUC, Nelson Guzmán, que presentó la metodología de la construc-
ción colectiva del anteproyecto de ley, destacó las perspectivas que se traza en materia de los
DESC y derechos del Consumidor. “Esta temática le da una nueva perspectiva al viceministerio
para abrir canales de cooperación con el Alto Comisionado de la ONU en la Construcción de
la ley y en la implementación del Sistema Nacional de Defensa los Derechos del Usuario y del
Consumidor”.
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21. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
El representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos en Bolivia, Denis Racicot destacó el desarrollo de este primer seminario nacional para
la promocionar estos derechos. “Reconocer al derecho a los servicios públicos, a la luz, son po-
cas constituciones del mundo que explícitamente estén reconocidos”.
TALLER CON EXPERTOS INTERNACIONALES SOBRE LEYES DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Este 26 y 27 de julio del 2010, el Viceministerio de Comercio Interior y Exportaciones del
Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, invitó al Viceministerio de Defensa de
los Derechos del Usuario, y del Consumidor VDDUC, a participar en un taller conjunto de Ca-
pacitación con representantes de la Confederación de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo UNCTAD y el Defensor del Consumidor de El Salvador con el propósito de rescatar
experiencias internacionales sobre políticas, leyes de protección al consumidor y sistemas de
atención de reclamaciones para la construcción del Anteproyecto de ley de defensa del consu-
midor.
La ley de protección al consumidor de
acuerdo a la ponencia del Presidente de la
Defensoría del Consumidor de la Repúbli-
ca de El Salvador, Armando Flores Alemán,
se concentra en la defensa de la Salud y Se-
guridad ante malas prácticas que puedan
incidir en ellas. En ese sentido, a través de
esta entidad se establecen rigurosos proce-
dimientos de vigilancia en coordinación
con las instituciones y con las 21 asocia-
ciones civiles a través del Comité Nacional
de Defensa del Consumidor.
Para la verificación del proceso de calidad de los productos, existe la comisión nacional de ali-
mentos que en primera instancia sostiene encuentros con empresarios sobre las condiciones de
salubridad, luego se pasa a realizar análisis de laboratorio de los hallazgos para luego difundir
los resultados y si corresponde asumir acciones sancionadoras.
En el caso de la UNCTAD, dentro de la implementación de la fase II del Programa de Asistencia
Técnica sobre Políticas de Competencia y Protección al Consumidor al Perú, se tiene un gran
avance en el tema de defensa del consumidor, ya desde antes de la aprobación de la ley de pro-
tección al consumidor, del 11 de diciembre del 2000, con el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual INDECOPI, cuya entidad evidenció
en las relaciones de consumo el factor de la competencia, como condición capaz de favorecer
a usuarios y consumidores incidiendo en la baja en los precios de los productos. Es entonces
que el INDECOPI fomenta en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia
protegiendo los derechos de los consumidores y resguardando todas las formas de propiedad
intelectual.
Si bien esa concepción de competencia puede ser beneficiosa para los consumidores, la historia
boliviana refleja una connotación negativa del concepto. Las anteriores directrices gubernamen-
tales establecieron un modelo de sociedad competitiva individualista, cuando en la sociedad
imperaba un imaginario colectivo.
Ante ese modelo neoliberal que provocó inaccesibilidad de los servicios básicos por bajos ingre-
sos. Ahora se rescata la cultura ancestral del Vivir Bien que no es vivir mejor porque eso ahora
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22. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
conlleva a que uno se declare competitivo y empiece a luchar contra sus semejantes. El Vivir Bien
es un proceso colectivo en el que todos estamos bien y con la naturaleza, afirmó el Director del
Viceministerio, Nelson Guzmán.
De ese modo, el taller además de socializar diferentes procedimientos y mecanismos de protec-
ción y defensa de usuarios y consumidores, destacó la importancia de la integración institucional
y sociedad civil, así también la participación directa de la población en defensa de sus derechos,
el desarrollo de conciencia sobre la identidad nacional en el actual proceso de cambio, y la
necesidad de implementar mecanismos que incentiven la formalización del comercio informal,
que se destaca por la gran cantidad de organizaciones gremiales.
DERECHOS Y METODOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL ANTEPROYECTO
DE LEY DEL CONSUMIDOR SON SOCIALIZADOS ANTE 98 JUNTAS VECINALES DE POTOSÍ
98 Juntas vecinales de 18 distritos municipales de la ciudad de Potosí, el 27 de agosto del 2010,
en la masiva asistencia al ampliado, fueron informados y orientados por el responsable regional
del VDDUC en Potosí, Lic. Mario Condori, sobre sus derechos como usuarios y consumidores,
las competencias del Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor
(VDDUC) y la construcción colectiva del anteproyecto de ley del consumidor.
Para promover la participación de las
organizaciones sociales en la protección
y defensa de los derechos de los consu-
midores y para impulsar el control so-
cial ante la vulneración de los derechos
provocados por proveedores de bienes
y servicios y de esa manera garantizar la
calidad, oportunidad, cobertura y precios
de los servicios básicos.
En esa línea, se hizo hincapié en la Cons-
trucción Colectiva del Anteproyecto de
Ley de Protección al Consumidor que el
VDDUC lleva adelante a partir del empoderamiento de la sociedad civil para hacer exigible el
ejercicio pleno de sus derechos como usuarios y consumidores.
MÁS DE 200 JÓVENES ALTEÑOS SON CAPACITADOS EN DERECHOS
Y DEBERES DEL CONSUMIDOR, PARA LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE LA LEY
Más de 200 gendarmes de la Guardia
Municipal de El Alto, fueron capacita-
dos en cuanto a la normativa que esta-
blece los derechos y deberes de usua-
rios y consumidores, rescatar sus ideas
para la construcción colectiva de la ley
e informados en el paradigma del Vivir
Bien. El evento se llevó a cabo en ins-
talaciones de la Alcaldía quemada de la
ciudad de El Alto los días 27 y 28 de
septiembre.
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23. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
“Es necesario que los miembros de la Guardia Municipal conozcan la normativa de protección al
consumidor, pues serán ellos quienes promuevan el cumplimiento y ejercicio de estos derechos
como agentes de control en defensa de la población y permitirán canalizar las demandas, de las
amas de casa principalmente, que servirán como insumos en la construcción de la ley”, señaló
el Director General del VDDUC, Arq. Nelson Guzmán.
La autoridad contextualizó las condiciones en las que se ofertan los bienes y productos para el
consumidor que de acuerdo al análisis económico social, responde a las condiciones de pobreza
de las mayorías, en contraposición a la acumulación de riqueza del otro sector minoritario.
“Es necesario hacer que estas mayorías avancen globalmente, para ello se debe despejar el pen-
samiento individualista y asumir uno colectivo, esto hará que la sociedad sea sostenible, el con-
sumo sea responsable y se contribuya a la construcción del Vivir Bien” sostuvo Guzmán.
PROPUESTAS METODOLÓGICAS ABREN PROCESO DE
CONSTRUCCIÓN DE LA LEY DEL CONSUMIDOR
Con el propósito de definir los linea-
mientos metodológicos para la cons-
trucción participativa del Anteproyecto
de Ley del Consumidor, se analizaron
las perspectivas y sugirieron propuestas
tomando en cuenta la experiencia del
proceso de Consulta del Anteproyecto
de Deslinde Jurisdiccional del Vicemi-
nisterio de Justicia Indígena Originario
Campesina VJIOC, a través del taller
realizado en la Escuela de Gestión Pú-
blica (EGPP).
El VDDUC, el 11 de octubre de 2010, llevó a cabo el taller de socialización metodológica, en el
mismo participaron el personal de la institución y expertos en análisis y aplicación metodológica.
En el evento se puso en relieve la metodología participativa aplicada por el VJIOC en el proceso
de consulta del Anteproyecto de de Deslinde Jurisdiccional, que logró articular a todos los pue-
blos indígenas originarios campesinos mediante la construcción de un sistema de consulta y va-
lidación que establece los procesos y lineamientos técnicos metodológicos adecuados para pro-
mover la participación activa de las autoridades representantes de las comunidades campesinas.
Asimismo, se dio a conocer los avances del VDDUC en la construcción colectiva de la ley que
responde al mandato constitucional en el proceso de cambio, a partir de la identificación del
Estado Plurinacional, como representación unificadora de la diversidad para concebir el sentido
de construcción colectiva. Se destacó también la importancia de una normativa que sintetice y
responda las necesidades de toda la población, y en esa dirección, escuchar al soberano, es la
principal tarea del VDDUC.
Para tal efecto, se prevén espacios de diálogo horizontal de intercambio de conocimientos y sa-
beres mediante encuentros locales, regionales, departamentales y nacionales representativos de
usuarios, consumidores, proveedores de bienes y servicios, instituciones, etc.
“A través de estos encuentros se pretende rescatar los conocimientos, experiencias, vivencias de
las personas con respecto a sus relaciones de consumo para proyectarlos a futuro y así generar
23
24. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
capacidad transformadora de acuerdo al proceso de cambio por el que transita nuestro país” dijo
el Arq. Nelson Guzmán, Director General del VDDUC.
En la escuela de gestión pública plurinacional EGPP, se probaron tres metodologías para prac-
ticarlas dentro de los encuentros, dos propuestas por la EGPP desarrolladas por el Lic. Jaime
Aguilar y por el Ing. Javier Zaire, la tercera del VDDUC elaborada por el Arq. Nelson Guzmán.
En esta experiencia participaron miembros de la escuela y servidores públicos de los cuatro vi-
ceministerios del Ministerio de Justicia. Se realizaron encuentros en tres ambientes diferentes,
al concluir se evaluó la sencillez del método, la facilidad de manejo, el incentivo a la partici-
pación, el desarrollo de los aportes, su registro y el arribo a conclusiones y también el tiempo
que demandó el ejercicio, habiéndose evaluado al final en plenaria que la más práctica era la
del VDDUC.
La metodología fue validada en tres talleres el primero desarrollado en la ciudad de Sucre, con
la participación de organizaciones sociales urbanas y rurales, instituciones públicas y empresas
que prestan servicios, así como asociaciones gremiales de provisión de bienes y productos. El
segundo fue efectuado en Trinidad con la Federación de barrios productivos y comunitarios del
Beni, que son en su mayoría dirigentes femeninas de barrios periféricos y emergentes asentados
entorno a las lagunas de oxidación de Trinidad, el tercero se desarrollo en UNIVALLE.
ESTUDIANTES DE UNIVALLE PARTICIPAN DEL TALLER EXPERIMENTAL
DE CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE LA LEY DEL CONSUMIDOR
Con el propósito de aplicar y validar la metodología de construcción colectiva de la Ley del
Consumidor, estudiantes de la Universidad del Valle (UNIVALLE) participaron de un taller expe-
rimental en el que aportaron con ideas y temáticas que la Ley debe contemplar para la defensa
efectiva de usuarios y consumidores.
El seminario taller fue desarrollado el 14 y 15 de octubre del 2010 con más de 70 estudiantes
de segundo a cuarto semestre de la carrera de Derecho. En la primera jornada, los estudiantes
se informaron sobre la normativa que protege a usuarios y consumidores y los servicios que el
Viceministerio del ramo presta para su defensa.
“Es importante que los derechos de usuarios y consumidores se difundan para que los hagamos
cumplir y respetar” dijo una de las estudiantes luego de conocer las diferentes disposiciones que
establecen los derechos que les asisten. Asimismo los estudiantes fueron orientados en el proce-
dimiento de reclamaciones que deben seguir en el Centro de Atención al Usuario y al Consumi-
dor para la resolución del reclamo por la vía de la conciliación, a favor del usuario.
Los estudiantes percatados de la nece-
sidad de una ley que logre un equi-
librio en las relaciones de consumo,
con normativa integral y coercitiva
ante los abusos de proveedores de
bienes y servicios, medidas no esta-
blecidas en las actuales disposiciones,
se dispusieron a cambiar esa situación
en las mesas de trabajo, mediante una
lluvia de ideas plantearon la necesi-
dad de regular y sancionar a los pro-
veedores que incumplen con lo oferta-
do, así también de establecer normas
24
25. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
que garanticen la protección de la salud a partir de políticas públicas desarrolladas por el
gobierno central.
Destacaron la importancia de desarrollar una educación integral sobre derechos y temas de
consumo de acuerdo a nuestra realidad social, en este aspecto se resaltó la importancia del rol
de los medios de comunicación en la difusión de temas a favor de los usuarios y consumidores.
Finalmente, con respecto a la publicidad, se planteó la regulación de espacios comerciales y la
difusión de acuerdo a parámetros etarios.
Esta tercera experiencia de construcción colectiva, es ponderable para el VDDUC, dado que
servirá como referente metodológico para desarrollar los próximos encuentros regionales, de-
partamentales y nacionales representativos de usuarios, consumidores, proveedores de bienes y
servicios, instituciones, etc., para establecer un dialogo horizontal constructivo de la ley.
EL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA
LOS DERECHOS HUMANOS, SE CONSTITUYE EN EL SOCIO ESTRATÉGICO DEL VDDUC
Ante la imposibilidad de efectivizar los recursos del Programa de Revolución Institucional PRI,
luego de la experiencia conjunta en el Taller sobre los Derechos económicos, sociales y cultura-
les, desarrollado en Cochabamba donde se incorporaron los derechos del Usuario y Consumidor,
el Representante en Bolivia Denis Racicot, deciden prestar su concurso financiando los encuen-
tros departamentales, regionales y sectoriales para la construcción colectiva de la ley y además
prestando el apoyo de su equipo conformado por Andrea Echazú, Inés Carrasco y Lizbeth Mjos,
quienes estuvieron presentes en cada uno de los encuentros.
INAUGURACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN COLECTIVA
DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Tanto la educación sobre derechos y obligaciones del usuario y del consumidor como las san-
ciones a los proveedores que vulneren éstos derechos, son dos de las propuestas que destacan
en el Primer Encuentro para la Construcción Colectiva del Anteproyecto de Ley del Consumidor.
El encuentro organizado por el VDDUC,
contó con la participación de la Minis-
tra de Justicia y el representante de la
Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos
Humanos en Bolivia (OACNUDH – Bo-
livia), Denis Racicot quien planteó la
importancia del ejercicio de los Dere-
chos Humanos y derechos del usuario
y consumidor en el actual contexto bo-
liviano.
El Director General de Protocolo y Ce-
remonial del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Fernando Huanacuni, habló sobre la cosmovisión andina amazónica del Vivir Bien
como paradigma base para el avance de nuestra sociedad sustentada en un consumo responsa-
ble.
“Para consolidar las leyes y anteproyectos es importante construirlos participativamente, esto
implica un desafío de cambio, no va a cambiar nada si nosotros no cambiamos y por ello la ley
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26. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
va a cambiar si nosotros vamos a ser actores de su aplicación. Todos y todas estamos invitados a
construir aportar colectivamente y luego ponerlo en la práctica” dijo la Ministra de Justicia Nilda
Copa.
El encuentro que inicia el proceso de Construcción Colectiva se desarrolló sobre la base de linea-
mientos metodológicos para promover la participación activa de los asistentes, quienes distribui-
dos en 7 mesas de trabajo debatieron 12 ejes temáticos en materia de consumo.
A partir del estudio de experiencias co-
tidianas, los más de 150 participantes
fueron impulsados a la discusión y de-
bate sobre derechos y deberes de usua-
rios y consumidores, salud, seguridad,
educación, protección a los intereses
económicos, ofertas y promociones,
publicidad, contratos, garantías y marco
institucional, entre otros. Producto del
debate, se concluyó que las principales
causas de los problemas que afrontan
usuarios y consumidores, es la ausencia
de una norma de protección del consu-
midor y la falta de información y edu-
cación sobre sus derechos al adquirir un bien o contratar un servicio. En ese sentido, se planteó
importancia de la aprobación de una Ley del Consumidor y la necesidad de desarrollar procesos
educativos en todo nivel para que usuarios y consumidores asuman un pleno ejercicio de sus
derechos.
Así también, se reconocieron las consecuencias de la desinformación y el marcado desequi-
librio en las relaciones de consumo, situaciones que son aprovechadas por proveedores de
bienes y servicios, quienes a través de diferentes mecanismos lucran indebidamente, en des-
medro de los intereses de usuarios y consumidores. Ante esos abusos, varias mesas plantearon
la necesidad de analizar la incorporación de sanciones en el anteproyecto de ley, traducidas
en multas, clausuras y suspensión de la venta, dependiendo del tipo de comercio; con el
propósito de frenar las prácticas abusivas en las que incurren algunos proveedores de bienes
y servicios.
“Adoptamos esta forma de construcción colectiva de la Ley del Consumidor en respuesta al
mandato constitucional que señala que el pueblo boliviano tiene derecho de participar en
la gestación de políticas públicas, y todos tienen el derecho de participar, porque es con-
secuencia de un proceso que tiene sus
cimientos en los movimientos sociales
y sociedad civil, gracias a este proceso
se esta horizontalizando la democra-
cia“, sostuvo el Viceministro Fuentes.
A partir de este evento inaugural, se rea-
lizarán 10 encuentros Departamentales
y otros encuentros regionales, 3 secto-
riales y otros dos encuentros nacionales
para realizar la consulta ciudadana del
Anteproyecto de Ley construido colec-
tivamente.
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27. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
LÍDERES VECINALES SON INFORMADOS Y CAPACITADOS PARA
SU PARTICIPACIÓN EN LA CONSTRUCCION COLECTIVA DE LA LEY
Alrededor de 40 líderes de juntas ve-
cinales fueron capacitados por el
VDDUC sobre la importancia de la
educación para un consumo responsa-
ble en defensa del medio ambiente y
del colectivo social y en derechos del
consumidor, para que puedan llevar
propuestas a la Construcción colectiva
de la ley.
La capacitación, organizada por la Fe-
deración de Juntas Vecinales de La Paz
(FEJUVE – La Paz), forma parte del ciclo
de seminarios en el marco de la Escuela
de liderazgo en gestión social para el fortalecimiento de las organizaciones sociales.
“Consumidores somos todos, desde que nos levantamos hasta que nos acostamos, estamos usan-
do servicios o consumiendo productos, sin embargo, pese a que nosotros somos el movimiento
más grande, hay una asimetría, porque somos los más débiles de ésta relación. Los prestadores
aprovechan la escasa información de los usuarios y consumidores para vulnerar sus derechos de
usuarios y consumidores” señaló el Director del Viceministerio, Nelson Guzmán.
De esa manera, de acuerdo al representante del VDDUC una gran limitante para el acto de con-
sumo son los bajos recursos económicos “A escala global el 20 % de la población de los países
consume el 45 % de toda la carne del mundo, 50% de energía, 87% de vehículo en cambio
el 20% de los más pobres solo consumimos el 1,3 % de los recursos del planeta. Mil millones
no tienen el servicio de agua potable, y 826 millones no tienen alimentación adecuada” señaló
Guzmán.
Los datos muestran la diferencia entre los que pueden consumir en demasía frente a los que no
pueden acceder siquiera a los servicios básicos. De acuerdo a Guzmán, el consumismo creciente
que coadyuva a la degradación medioambiental, obliga a que se asuman prácticas de consumo
responsable. La cosmovisión andino amazónica del Vivir Bien va orientada a ese propósito por-
que Vivir Bien significa vivir en armonía en equilibrio, y que implica pensar ya no en el individuo
sino en la colectividad.
Para replicar y simplificar los encuentros se estableció una metodología para su desarrollo.
DISEÑO METODOLÓGICO: CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL ANTEPROYECTO DE PRO-
TECCIÓN DEL CONSUMIDOR EN COCHABAMBA Y SANTA CRUZ – MARZO 2011
Disposiciones previas:
• Los participantes se inscribirán en hojas de registro proporcionadas por OACNUDH.
• A cada participante se le hará la entrega de gafetes de identificación.
• Luego de la inscripción, los participantes deberán elegir 1 eje temático en el que
desea participar.
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28. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
• Los temas estarán expuestos en 12 carteles que estarán previamente identificados
a la entrada del salón, donde podrán anotar su nombre.
• Cada mesa de trabajo deberá estar compuesta por un máximo 15 participantes.
• El equipo técnico (facilitadores) deberá cuidar el equilibrio entre mesas de traba-
jo, considerando género e institución u organización social de procedencia.
• En caso de que existir un sobre-registro en alguna mesa de trabajo, los facilitado-
res deberán proceder a la redistribución de participantes, en otras mesas.
• Las mesas de trabajo estarán previamente organizadas y debidamente identifica-
das por tema y participantes asignados a cada mesa (se utilizarán los carteles de
registro).
• Cada mesa contará con un facilitador (equipo técnico) que hará el papel de siste-
matizador del VDDUC.
• Los participantes elegirán un moderador y un relator, que deberán cumplir las
tareas descritas en la metodología de trabajo.
• Las mesas estarán dotadas de una laptop, papelógrafos, marcadores de colores,
maskin, tarjetas con preguntas, tarjetas para propuestas y todo el material necesa-
rio para trabajar.
GUIA PARA EL FACILITADOR DE MESA DE TRABAJO EN LOS ENCUENTROS
Responsable Actividad Acciones Tiempo Materiales
Facilitador O r g a n i z a - El debate y discusión se organi- 10 minutos Letreros de
ción de las zará en 3 Ejes temáticos con 3 identificación
Mesas Mesas cada uno. de las mesas
de trabajo
Cada Mesa contará con un Faci-
litador responsable del desarro-
llo de las actividades.
El Facilitador debe identificar su
Mesa y tener a mano los mate-
riales a ser utilizados.
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29. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
GUIA PARA EL FACILITADOR DE MESA DE TRABAJO EN LOS ENCUENTROS
Responsable Actividad Acciones Tiempo Materiales
Facilitador Presentacio- El Facilitador debe presentarse al 1 minuto Ninguno
nes grupo, señalando su nombre y la para el Faci-
institución a la que pertenece. litador
1 minuto por
El Facilitador solicitará a los par- participante
ticipantes que se presenten seña- Total: 15 mi-
lando su nombre y la institución nutos
a la que pertenecen, debiendo
verificar que en la medida de lo
posible, no concurran 2 o más
personas de la misma organiza-
ción en su Mesa.
Facilitador Introducción El Facilitador explicará: 5 minutos Ninguno
para la ex-
- La metodología a ser aplicada. plicación
- El contenido a ser discutido en 5 minutos
la Mesa. para la elec-
ción de Mo-
A continuación, organizará en el derador y
grupo la elección de: Relator
- 1 Moderador, que tiene que or- Total: 10 mi-
denar las participaciones de las nutos
personas y otorgar la palabra de
forma equitativa.
- 1 Relator, que deberá anotar
en papelógrafos los aportes que
brinden los participantes y expo-
ner las conclusiones de la Mesa
en la Plenaria.
El Facilitador debe explicar a
ambas personas las funciones
que desarrollarán durante el Ta-
ller.
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30. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
GUIA PARA EL FACILITADOR DE MESA DE TRABAJO EN LOS ENCUENTROS
Responsable Actividad Acciones Tiempo Materiales
Fa c i l i t a d o r Debate y Antes de comenzar con el de- 5 minutos Papelógrafos
Moderador Discusión de bate, el Facilitador debe contex- para la ex- por mesa de
Relator Casos tualizar y explicar brevemente la plicación trabajo
temática a ser debatida. del debate. Marcadores
También debe explicar a los par- 2 minutos Maskin
ticipantes de la Mesa los puntos para la lec- Cartillas con
que se deben debatir. Estos pun-
tura de las preguntas y
tos son:
cartillas con casos
1. Identificación del pro- preguntas.
blema De 35 a 45
2. Causa (qué aspectos ge- minutos para
neran el problema) el debate y
3. Efectos (que consecuen- discusión de
cias produce el proble- la temática.
ma)
4. Solución
A continuación, el Facilitador re-
parte las cartillas con las pregun-
tas a participantes de la Mesa es-
cogidos al azar y les solicita que
cada uno dé lectura a la pregun-
ta planteada.
En ese momento se abre el deba-
te discutiendo los cuatro puntos
señalados, debiendo el Modera-
dor ordenar el uso de la palabra
procurando que todos en el gru-
po puedan intervenir.
El Relator debe tomar nota de lo
manifestado en los papelógrafos
de acuerdo con los cuatro pun-
tos señalados.
El Facilitador debe dar inicio
al registro y sistematización de
los criterios vertidos. Asimismo
debe estar atento al desarrollo
del debate, ya que debe inter-
venir en caso que el debate se
detenga, haciendo una pregunta
o comentario, con ayuda de las
cartillas de preguntas, con el ob-
jetivo de seguir incentivando la
participación.
El Relator deberá conservar los
papelógrafos, para presentarlos
posteriormente en la Plenaria.
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31. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
GUIA PARA EL FACILITADOR DE MESA DE TRABAJO EN LOS ENCUENTROS
Responsable Actividad Acciones Tiempo Materiales
Facilitadores Reorganiza- Al concluir el debate de la pri- 5 minutos Ninguno
ción de la mera Mesa, los participantes de- para la rota-
Mesa ben rotar a la Mesa ubicada a su ción
derecha.
Los Facilitadores deben verificar
que todas las personas roten por
las Mesas que les corresponden.
Facilitador Inicio del Ya reorganizada la Mesa, se pro- Papelógrafos
nuevo deba- cederá con una nueva elección Marcadores
te de un Moderador y un Relator. Maskin
Se procederá con el debate y dis- Cartillas con
cusión de los temas de acuerdo casos y pre-
con lo señalado anteriormente. guntas
Facilitadores Plenaria Una vez que finalicen los deba- 10 minutos Maskin
Relatores tes en las Mesas de cada Eje, se para cada Pizarra
continuará con la Plenaria, con Relator de
la participación de todos los Mesa
asistentes al evento.
Los Facilitadores deberán tener a
disposición los papelógrafos co-
rrespondientes a cada Mesa.
Los Relatores elegidos pasarán
a exponer las conclusiones a las
ha arribado el grupo, en Plena-
ria.
Lineamientos de orientación a los Facilitadores:
• Se debe tomar en cuenta en todo momento (y recordarles a los participantes) que el ob-
jetivo del debate y la discusión es visibilizar las situaciones que deben estar reguladas
en la Ley. No es el objetivo exponer quejas o reclamos personales (salvo que se utilice
experiencias propias a modo de ejemplo)
• En caso de que varias personas quieran participar, el Moderador debe ordenar el uso de
la palabra cuidando que todos tengan las mismas oportunidades de dar a conocer su
opinión.
• Es posible que se encuentren partes antagónicas en las Mesas de Trabajo (usuarios y con-
sumidores con proveedores de bienes y servicios), por lo que el Moderador debe velar
por que se mantenga un ambiente de respeto entre todos los participantes
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32. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
MINISTERIO DE JUSTICIA Y UNIVERSIDAD DE CANTABRIA FIRMARAN CONVENIO PARA EL
DESARROLLO NORMATIVO Y CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Ministerio de Justicia, Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consu-
midor y la Cátedra Euroamericana de Protección Jurídica a los Consumidores de la Universidad
de Cantabria de España, firmaron una carta de intenciones como paso previo a la suscripción
de convenio para captar el apoyo técnico de desarrollo normativo y capacitación de Recursos
Humanos.
La carta de declaración de intenciones
contempla la prestación de asistencia
técnica en la redacción del Antepro-
yecto de Ley de Protección del Con-
sumidor de Bolivia, la implementación
del Sistema Nacional de Defensa de
los Derechos de Usuarios y Consumi-
dores, así como la capacitación de los
servidores públicos dependientes del
VDDUC, del Ministerio de Justicia,
de las Autoridades de Fiscalización
y Control Social y otras instituciones
públicas involucradas en la defensa y
protección de los derechos de los con-
sumidores, el apoyo técnico otorgado por el Dr. Jorge Tomillo Urbina Director de la Cátedra
Euroamericana de Protección Jurídica a los Consumidores de la Universidad de Cantabria de
España y Dr. Julio Álvarez Rubio responsable académico de ésta Universidad, se extenderá a
otras áreas que requieran.
“Es un honor, un orgullo apoyar en asistencia técnica al Viceministerio, esperamos que nuestro
trabajo fructifique el proceso de construcción colectiva de la Ley del consumidor, (…) un trabajo
que es revolucionario, es la primera vez que un Estado escucha a las personas antes de pro-
mulgar una ley, y por esa participación de la sociedad, la ley va ser un instrumento clave para
avanzar decisivamente en la protección de los consumidores bolivianos” sostuvo Álvarez Rubio,
iniciativa que fue aplaudida por la Ministra de Justicia, Nilda Copa.
La Cátedra Euroamericanana de Protección Jurídica de los Consumidores del Gobierno de
Cantabria es un foro universitario de referencia internacional para la investigación y desarrollo
en materia de protección y defensa de los consumidores, compuesta por una red integrada de
las más prestigiosas universidades de América Latina así como por Universidades Europeas y
Norteamericanas que cuentan con prestigiosos grupos de investigación en Derecho de Con-
sumo. A través de esta red se afrontan proyectos en diferentes países que pretenden propiciar,
a mediano y largo plazo, la mejora en el nivel de protección jurídica de los consumidores y
usuarios.
ENCUENTROS REGIONALES DE CONSTRUCCIÓN DE LA LEY DEL CONSUMIDOR DESTA-
CAN CONTROL SOCIAL Y REGULACIÓN DE LA PUBLICIDAD
Luego de desarrollar el Primer Encuentro Nacional de Construcción Colectiva del Anteproyecto
de la Ley de Protección al Consumidor, el VDDUC, dio inicio a los encuentros regionales en
las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz en los que se plantearon la necesidad de ejercer el
control social ante la vulneración de derechos y se demandó la regulación de la publicidad y la
información engañosa entre otras temáticas analizadas.
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33. Memoria de la Construcción Colectiva del
Anteproyecto de Ley de Protección del Consumidor
En ese sentido, los participantes traba-
jaron sobre 3 ejes temáticos, vale decir:
Derechos y Obligaciones de Usuario y
del Consumidor, Información y Publi-
cidad y Control Social y Protección al
consumidor en nueve mesas. De acuer-
do a los representantes del VDDUC, se
dispuso la rotación de las mesas con el
fin de captar los aportes en los tres te-
mas, así todos tuvieron la oportunidad
de conocerlos a profundidad y brindar
aportes.
De esa manera, se destacaron propuestas dirigidas a la conformación de Comités de Defensa
del consumidor para ejercer el control social en los diferentes distritos de la ciudad de Cocha-
bamba. Mientras que en la ciudad de Santa Cruz, representantes de juntas vecinales del Plan
3000 y organizaciones sociales hicieron hincapié en los efectos de la información incompleta
y publicidad engañosa en la economía, y la salud física y mental de niños jóvenes y adultos. En
tal sentido, se propuso sanciones y la regulación de estos mensajes publicitarios por parte de las
instancias competentes.
“Tenemos la tarea de implementar lo que
demanda la población y en esta Ley van
a estar presentes los intereses y necesi-
dades de la usuarios y consumidores,
porque los bolivianos tienen la respon-
sabilidad de darle dinamismo a un mo-
delo económico que vaya en beneficio
de todos, que además proteja su salud,
su seguridad, defienda sus intereses eco-
nómicos legítimos y guarde la corres-
pondencia y el equilibrio necesario del
consumo en respeto y defensa a la ma-
dre tierra” señaló en declaraciones a la
prensa, el Viceministro de Defensa de los
Derechos del Usuario y del Consumidor,
Lic. Fernando Fuentes.
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