Presentación breve de la Ley 1620 y definición de la ruta para implementar la Ley en las Instituciones. (presentación realizada por Proyecto Educativo SIGE
1. Proyecto Educativo SIGE
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Corporación para la Calidad de la Educación
Ruta de
Implementación Ley
1620 de 2013
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¿ Qué propone la Ley 1620 de 2013?
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Antes de definir la ruta de implementación, conozcamos un poco más sobre la
Ley 1620 de 2013 o Ley de la convivencia escolar:
Objeto: El objeto de esta Ley es contribuir a la formación de ciudadanos
activos
que
aporten
a
la
construcción
de
una
sociedad
democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el
mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994mediante la creación del sistema nacional de convivencia escolar y formación
para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar, que promueva y fortalezca la formación
ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos
de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar, básica y media y
prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
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Sistema Nacional de
convivencia Escolar
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¿Cuáles son los pilares fundamentales?
Competencias Ciudadanas
Educación en Derechos
humanos, sexuales y
reproductivos
Acoso Escolar o bullying
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Proyecto Educativo SIGE
Corporación para la Calidad de la Educación
El
Sistema
Nacional
de
Convivencia
Escolar,
busca
fortalecer la promoción de una
cultura de paz y convivencia, la
prevención
de
posibles
situaciones o condiciones de
riesgo, a las cuales se pueden ver
enfrentados los educandos y a
mitigar o atender los casos
presentes en la Instituciones
educativas. Para ello se definen
tres pilares en la articulación de la
Ley 1620 en el PEI: Competencias
ciudadanas,
educación
en
derechos humanos, sexuales y
reproductivos, acoso escolar o
bullying.
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Competencias Ciudadanas
Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de
conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que,
articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera
constructiva en una sociedad democrática.
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Educación en Derechos Humanos, Sexuales y
reproductivos
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Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos
activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual
desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás,
con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin
de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les
posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer
una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la
construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas
sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y
responsables.
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Acoso escolar o Bullying
Conducta negativa, intencional metódica y
sistemática
de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, d
ifamación,
coacción,
aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o
cualquier
forma
de
maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos
(ciber acoso o cyberbullying) contra un niño, niña o
adolescente, por parte de un estudiante o varios de
sus pares con quienes mantiene una relación de
poder asimétrica, que se presenta de forma
reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.
También puede ocurrir por parte de docentes
contra estudiantes, o por parte de estudiantes
contra docentes. ante la indiferencia o complicidad
de su entorno. El acoso escolar tiene
consecuencias sobre la salud, el bienestar
emocional y el rendimiento escolar de los
estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el
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clima escolar del establecimiento educativo.
7. ¿Por qué surge la Ley?
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Desde el punto de vista de la Política de Calidad 2010-2014 del Ministerio de
Educación Nacional, establece:
- Una Educación de Calidad es aquella que forma mejores seres humanos,
ciudadanos con valores éticos, respetuosos de lo público, que ejercen los
derechos humanos y conviven en paz.
- Una educación que genera oportunidades legítimas de progreso y
prosperidad para ellos y para el país.
- Una educación competitiva, que contribuye a cerrar brechas de
inequidad, centrada en la Institución Educativa y en la que participa toda
la sociedad.
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8. ¿Por qué surge la Ley?
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Diagnostico a partir de la
encuesta Nacional de Deserción
Escolar:
Factores de deserción
asociados con el clima
escolar
Fuente: ENDE – Encuesta Nacional de Deserción
Escolar – MEN 2009-2010
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9. Ruta de Implementación
A continuación se define la ruta de implementación de la Ley 1620 de
2013, dentro del PEI:
Fase
1
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Fase
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Socialización
Fase
Evaluación
Fase
Diagnóstico
Fase
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Medición y
control
Fase
3
Comité de
convivencia
Fase
7
Aprobación y
Publicación
Fase
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4
Normas
conexas
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Gobierno
escolar
Diseño de
criterios
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Fase
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10. Fase 1: Socialización
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Esta fase busca comunicar a la comunidad educativa, acerca las
características, criterios y necesidades del surgimiento e implementación de
la Ley 1620/2013, dentro del PEI.
Socialización
Esta socialización se debe a realizar a través de Direcciones de
grupo, conversatorios y otros espacios de reunión; así mismo, se deriva el
diseño de material como folletos, broshure, videos, etc.
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11. Fase 2: Diagnóstico
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Diagnóstico
Dentro de esta fase, se busca medir la percepción de la comunidad educativa, frente a
los siguiente interrogantes:
-
¿Cuál es el estado de la convivencia escolar en la Institución?
¿Los mecanismos de atención y prevención frente a situaciones de convivencia
escolar, son eficaces o suficientes?
¿Los roles e instancias frente a la atención de la convivencia escolar, están
claramente definidas?
¿La tipificación de faltas y definición de derechos y deberes son claros para la
comunidad educativa?
¿El manual de convivencia escolar es una herramienta de apoyo, consulta y
dinamización frente al clima escolar?
La metodología a utilizar puede incluir encuestas o entrevistas con la comunidad
educativa. Finalmente se debe realizar la respectiva sistematización, análisis y
socialización de los resultados alcanzados.
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12. Fase 3: Comité de Convivencia
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Formalizar la integración del Comité de Convivencia escolar, el cual debe estar integrado
por:
-
Comité de
Convivencia
Rector (a)
Personero (a) estudiantil
Docente con función de orientación
Coordinador (a)
Presidente del Consejo de Padres de familia
Presidente del Consejo de Estudiantes
Docente que lidere estrategias o procesos de convivencia
De igual forma es necesario socializar y apropiar las funciones del Comité de
convivencia, establecidas en el Art. 13 de la Ley 1620/13.
Una vez formalizado el Comité de Convivencia, deberá tomar como información de entrada
los resultados del diagnóstico institucional; con base en él definir la matriz de necesidades
convivenciales escolares.
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13. Fase 4: Normas Conexas
Normas
Conexas
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Es necesario revisar el marco normativo conexo integrado en leyes, decretos,
directivas, etc. y la manera como estos deberían ser integrados dentro del
Manual de Convivencia Escolar y las necesidades identificadas.
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14. Fase 5: Diseño de Criterios
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Dentro del Manual de Convivencia, con base al marco normativo, se deben
revisar (ajustar si hay a lugar) o definir los siguientes criterios:
-
Diseño de
Criterios
Fundamentos
Procesos de admisión y matricula
Derechos y deberes de los estudiantes y demás miembros de la comunidad
educativa
Estímulos a la comunidad
Tipificación de faltas (leves, graves y muy graves)
Criterios de evaluación y tipificación de faltas
Debido proceso
Conducto regular y competencia de cada instancia
Organización del gobierno escolar
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15. Fase 5.1: Diseño de Criterios
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Desde la perspectiva de la Ley 1620 debe definirse, la Ruta de
Atención Integral para la Convivencia escolar:
Diseño de
Criterios
La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define
los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e
instituciones que conforman el Sistema Nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia
escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los
estudiantes de las instituciones educativas, articulando una oferta
de servicio ágil, integral y complementario.
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16. Fase 5.2: Diseño de Criterios
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La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro
componentes: de promoción, de prevención, de atención y de
seguimiento.
Diseño de
Criterios
Promoción
Prevención
Ruta de
Atención
Integral
Atención
Seguimiento
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17. Fase 5.3: Diseño de Criterios
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Diseño de
Criterios
PROMOCIÓN
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El componente de promoción se
centrará en el desarrollo de
competencias y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y
reproductivos. Este componente
determina la calidad del clima escolar y
define los criterios de convivencia que
deben seguir los miembros de la
comunidad educativa en los diferentes
espacios del establecimiento educativo
y los mecanismos e instancias de
participación del mismo, para lo cual
podrán realizarse alianzas con otros
actores e instituciones de acuerdo con
sus responsabilidades.
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18. Fase 5.3.1: Diseño de Criterios
Dentro de la Promoción, debe encontrarse como resultados
construcciones finales:
Diseño de
Criterios
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Criterios Manual de
Convivencia Escolar
Proyecto Pedagógico
Transversal de
Educación para la
Sexualidad y
construcción de
Ciudadanía
PROMOCIÓN
Proyecto Pedagógico
Transversal Educación
en Derechos humanos
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19. Fase 5.4: Diseño de Criterios
Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Diseño de
Criterios
PREVENCIÓN
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El componente de prevención deberá
ejecutarse a través de un proceso continuo
de formación para el desarrollo integral del
niño, niña y adolescente, con el propósito de
disminuir en su comportamiento el impacto
de las condiciones del contexto económico,
social, cultural y familiar. Incide sobre las
causas que puedan potencialmente originar
la problemática de la violencia escolar, sobre
sus factores precipitantes en la familia y en
los espacios sustitutivos de vida familiar, que
se manifiestan en comportamientos violentos
que vulneran los derechos de los demás, y
por tanto quienes los manifiestan están en
riesgo potencial de ser sujetos de violencia o
de ser agentes de la misma en el contexto
escolar.
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20. Fase 5.4.1: Diseño de Criterios
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Estándar básico de
Competencias
Ciudadanas
Diseño de
Criterios
Planes de área
PREVENCIÓN
Matriz
Transversalidad PPT
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PIA
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21. Fase 5.5: Diseño de Criterios
Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Diseño de
Criterios
ATENCIÓN
Protocolo de la Ruta de Atención Integral para
la Convivencia Escolar: Art 31 Ley 1620/13
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El componente de atención deberá desarrollar
estrategias que permitan asistir al
niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al
acudiente, o al educador de manera
inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se
presente un caso de violencia o acoso escolar o de
comportamiento agresivo que vulnere los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el
protocolo y en el marco de las competencias y
responsabilidades de las instituciones y entidades que
conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar. Este componente involucra a actores diferentes
a los de la comunidad educativa únicamente cuando la
gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que
lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los
menores involucrados sobrepasan la función misional del
establecimiento educativo.
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22. Fase 5.5: Diseño de Criterios
Definir criterios y rutas de atención integral, frente a:
Diseño de
Criterios
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Vulneración de derechos:
sexuales, humanos
ATENCIÓN
Violencia
escolar, matoneo, intimidación
Embarazo en adolescentes
Cualquier forma de
acoso, entre
estudiantes, docentes, padres
de familia, etc.
Cualquier otro tipo situación
contemplada desde el marco
normativo.
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23. Fase 5.6: Diseño de Criterios
Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Diseño de
Criterios
SEGUIMIENTO
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El componente de seguimiento se
centrará en el reporte oportuno de la
información al Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar, del
estado de cada uno de los casos de
atención reportados.
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24. Fase 6: Instancias de participación
Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Convocar a cada una de las instancias que participarían en la
construcción:
-
Gobierno
Escolar
Directivos
Docentes
Padres de familia
Estudiantes
Se presentará a cada una de las instancias los criterios diseñados y
se validará la aprobación o realizar los ajustes a los que haya lugar.
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25. Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Fase 7: Aprobación y publicación
Una vez ha sido validado por cada una de las instancias, se procede
a generar resolución del Consejo Directivo que establece la
aprobación y utilización del nuevo Manual de convivencia escolar. De
igual forma se define el medio de publicación (físico o digital), del
documento.
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Aprobación
y
publicación
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26. Fase 8: Medición y Control
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Definir los criterios de seguimiento y control que permitan de
manera sistemática conocer:
Medición y
Control
- Percepción de la comunidad educativa
- Estado de los indicadores diseñados (eficacia y eficiencia)
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27. Todos los derechos reservados Fundación SIGE (www.fundacionsige.org).
Fase 9: Evaluación
Integrar dentro de los criterios de evaluación institucional o
seguimiento de los procesos institucionales, la evaluación de los
criterios integrados, así como el impacto de las acciones
adelantadas.
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Evaluación
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