2. Concepto El problema acerca de la protección del software viene hacer un tema que ha causado bastante controversia y mucha duda que pusieran, y han puesto que las características sui generis que este presenta hacen complicada la labor de establecer un régimen Jurídico adecuado para la protección. Protección Jurídica del Software: avance de la tecnología ha provocado muchos replanteos en la protección legal que se le debe otorgar al Software. El problema de la protección abarca no solamente el puro aspecto jurídico sino también a lo Técnico Económico.
3. Causa de su Protección Evolución del software es un objeto separado de sus comercialización es decir del hardware y la facilidad de copiarlo con su bajo costo son las mayores causas que propician el debate en torno a sus protección jurídica hacia los autores. La piratería peruana de software aun es elevada es cierto también que en los últimos años ha disminuido pero las malas mañas de las personas viven esos delitos ya saben cómo hacerlas. Ya se sabemos cómo se le conoce al Perú en la actualidad el país de la piratería a pesar que ya cuenta con una legislación adecuada a esos delitos muy lucrativos pero se les sales de la mano a pesar de las penas que son muy seberas.
4. Concepto de Software esta palabra proviene del inglés (literalmente: blandas y suaves) que en español no posee una traducción adecuada al contexto por lo cual se le utiliza sin traducir y así se le admite por la real academia española. Creación Intelectual: son datos o dígitos que se encuentra información digitalizada mediante los códigos de software o haftware donde se encuentra muy comprimida la información.
5. Concepto de D. Leg. 822 viene hacer un ordenador: expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, capaz de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. Que viene hacer la protección del programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso adecuado. (Decreto legislativo 822).
6. Protección Legal del Software en el Perú Algunos Tratados: la finalidad practica o utilitaria es en sí mismo un recurso muy técnico no tanto instrumental. Aceptando el programa que se dirige a la máquina, que viene a ser dirigido al hombre. Han puesto dos programadores puestos a resolver el mismo problema no llegan nunca a series instrucciones idénticas o ya existentes en el espacio de la creatividad individual. El carácter técnico funcional e instrumental del software hace que se repiten en cada programa ciertos pasos y esquemas o secuencias lógicas de flujo de datos. Oficina de Derecho de Autor de Indecopi Indecopi protege al software a través del registro de este y de las acciones administrativas que se lleva a cabo. Se cumplen las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, como a todo titular a sus derechos sobre su misma creación. También protege a los herederos de los creadores, todas las obras se salvaguardan.
7. Protección Jurídica el software se hace necesario de elementos para su protección. Toda la competencia desleal, enriquecimiento sin causa y los delitos informáticos. Todos los derechos de autor o propiedad industrial Se encuentra regulado en el decreto legislativo N 822 “ley de derechos de autor” y no se atribuyó su protección a la propiedad industrial. El software no se introduce en el mundo físico sino a lo tangible. Es la expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras o códigos que son incorporadas a un dispositivo de un determinado resultado factible.
8. Algoritmo instrucciones o reglas de bien definidas, de ordenadores que permite realizar una actividad mediante pasos sucesivos que no generen dudas a quien deba realizar dicha actividad. Para que el Software es considerado como material artístico para cualquiera de las personas que se realizan toda actividad o construcción visual que son creados por las computadoras son considerados como Arte del Software por el solo hecho que fueron realizados por la computadoras donde le interactividad del hombre con la maquina es posible con la presencia de un software que se realiza como mediador en la interacción se a posible.