1. Criticas a un procedimiento vulnerado por el mismo Ministerio Publico y la PNP.
JAVIER ENRIQUE REYNA DE LA CRUZ
PERITO CRIMINALISTICO
ABOGADO
MAESTRANDO EN DERECHO PENAL
Y CIENCIAS CRIMINOLOGICAS
III CONGRESO INTERNACIONAL DE
BIOLOGIA FORENSE
LA CADENA DE CUSTODIA
LIMA – 2018
2. Coordinación y planeamiento de la inspección Criminalistica,
entre peritos con la Representante del Ministerio Publico antes
de ingresar a una escena del crimen
3. DIFERENCIAS PESQUISA: Es la persona sobre quien
recae la investigación preliminar del hecho
delictivo, en coordinación con el Fiscal.
PERITO: Es un especialista que posee
conocimientos técnico, científicos o
artísticos en determinada materia, con sus
conocimientos ilustra al juez, fiscal
investigador o al solicitante.
4. PROCEDIMIENTO DEL TRATAMIENTO DE
LA ESCENA DEL CRIMEN
1. Llegada a la escena del hecho (Examen Panorámico).
2. Planeamiento de la Inspección.
3. Ingreso a la escena del hecho. Menor número de personas.
4. Perennización de la escena.
5. Recojo de indicios y/o evidencias.
6. Embalaje rotulado y/o etiquetado de los indicios y
evidencias.
7. Inicio de la cadena de custodia.
8. Formulación de los documentos en general.
9. Remisión de los indicios y/o evidencias al laboratorio para
su estudio de acuerdo a su especialidad.
10. Finalización de la inspección criminalística.
11. Formulación del parte de IC o informe pericial.
5. En el Decreto Legislativo Nro. 957, la
contempla en el art. 220° inc.5
6. • Es el procedimiento destinado a garantizar la
individualización, seguridad y preservación de los
elementos materiales y evidencias, recolectados de
acuerdo a su naturaleza o incorporados a toda
investigación de un hecho punible, destinados a
garantizar su autenticidad, para los efectos del proceso.
(art. 7)
• “Las actas, formularios y embalajes forman
parte de la cadena de custodia”
7. Concordancia
Art. 67º, 68º
220.5,322.3
NCPP Regula el procedimiento de
cadena de custodia de bienes
materiales
regula los procedimientos de
seguridad y conservación de
los bienes incautados
Objeto
8. Finalidad (art.2)
MP y PNP
• Establecer y unificar procedimientos básicos
MP y PNP
• Responsabilidades
• Garantizar la autenticidad y conservación de
elementos materiales incorporados a una
investigación
9. PRINCIPIOS (ART. 4º RF. 729 – 2006)
• Control.- desde su incorporación o recolección
hasta su destino final.
• Preservación.- evitar daño de su estado original.
• Seguridad.- en ambientes idóneos.
• Mínima Intervención.-registrando siempre los
que tienen contacto con la muestra.
• Descripción detallada.- de las características de
los elementos materiales y evidencias.
10. A que se le denominan bienes incautados
Art.6
Efectos y ganancias del delito
Instrumentos que sirvieron
Objeto de una medida judicial o
excepcionalmente fiscal
11. Artículo 8º.- Procedimiento de la
Cadena de Custodia
Inmovilización o recojo de los
elementos materiales en el lugar de
los hechos
Se da durante las 1ras. Diligencias o
incorporadas en el curso de la
investigación
Concluye con la disposición o
resolución que establezca su destino
final
12. Art. 9
ESCENA DEL CRIMEN
Fuente de evidencias
Foco protagónico donde el
autor deja elementos
materiales o evidencias huellas
y rastros
Lugar donde se
realizaron actos
preparatorios y
donde se aprecien las
consecuencias del
hecho
Relaciona el hecho
punible con los
responsables
(autor y participes)
Lugar donde sucedieron los
hechos investigados
13. Art. 10º
Protección
de la escena
y evidencias
Garantiza aseguramiento
y la perennizaciòn para
evitar su contaminación
(alterar, destruir o
perder)
Objeto es el comprobar la existencia de elementos materiales para el
esclarecimiento del hecho e identificación de los responsables
Procura la intangibilidad y
conservación e
inmovilización, para el
posterior recojo de las
muestras
14. En caso de flagrancia o peligro
inminente de la perpetración de un
hecho punible LA POLICIA PROCEDE:
Inmovilizar
secuestrar
Asegurar
ART. 10º
18. En caso de enmendadura se realizara un paréntesis,
explicando el motivo del error
(NO SE PERMITEN ENMENDADURAS)
• Medida, peso,
tamaño, color,
especie, estado
Descripción
minuciosa y detallada
• Detallar las
técnicas del
recojo y las
pericias que se
dispongan
Datos del medio
en el que se
hallaron
• Para su correcta
identificación,
seguridad e
inalterablidad
Deberán ser
rotuladas y
etiquetadas
ART. 11º
19. ART. 12: SUPERVISION DE LA CADENA DE CUSTODIA
Identificación e
individualización
en el hallazgo
Recolección Envió y manejo
Análisis de los
elementos
materiales
Entrega y
recepción
DISPOSICIÓN
FINAL
21. TAMBIEN SE SUPERVISARA
Condiciones de
seguridad
Empleo de
medios
materiales
Técnicas
adecuadas para el
traslado
AlmacenamientoConservaciónAdministración
22. ART. 13º Inicio de la
recolección
(Selección)
Embalaje apropiado
según su naturaleza
Etiquetar y rotular
(Descripción y datos
del responsable)
Llenar el formato de
cadena de custodia
por duplicado
Disponer las pericias
que se requieran
según la investigación
Ordenar el traslado al
almacén de elementos
materiales
PROCEDIMIENTO RECOLECCION EMBALAJE Y TRASLADO
27. a. Envío de los indicios y/o evidencias al
laboratorio Central Lima si es
necesario.
b. Remisión o transporte de los indicios
y/o evidencias al Laboratorio de la
OFICRI en Provincias.
7. INICIO DE LA CADENA DE
CUSTODIA
45. Conclusiones:
1. Respetar los formatos establecidos en la
normativa ya existente.
2. Promover y ejecutar adecuadamente el
procedimiento según la normativa
correspondiente.
3. Capacitación en conjunta de MP y PNP para el
correcto procedimiento de cadena de custodia.
4. Implementar el almacén de elementos materiales
y evidencias en los distritos judiciales.
46. MUCHAS GRACIAS:
Javier REYNA DE LA CRUZ
PERITO CRIMINALISTICO
ABOGADO
Maestrando En Derecho Penal y Ciencias Criminológicas
Miembro del INIF – Perú
Docente en la Escuela sub oficiales Chimbote
Catedrático Universidad Nacional del Santa y San Pedro
Docente curso de capacitación y especialización PNP
reypercri@gmail.com
INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION FORENSE