El Sistema de Seguridad Social en Colombia está compuesto por varios regímenes como el Sistema General de Pensiones, el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Sistema General de Riesgos Laborales y los Servicios Complementarios. Tiene como objetivo garantizar los derechos de las personas mediante la protección contra riesgos como la vejez, invalidez, enfermedad y accidentes laborales. Está conformado por entidades públicas y privadas, normas y procedimientos para asegurar la cobertura de prestaciones económicas
1. EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA.
LEY 100 DE 1993.
El Sistema de Seguridad Social Integral vigente en Colombia fue instituido
por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de
entidades, normas y procedimientos a los cuales pueden tener acceso las
personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de
vida que esté acorde con la dignidad humana. Hace parte del Sistema de
Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de
protección laboral y asistencia social.
2. OBJETO DEL SISTEMA.
ART 1 ley 100 de 1993: garantizar los derechos irrenunciables de
la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde
con la dignidad humana, mediante la protección de las
contingencias que la afecten.
El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad,
las instituciones y los recursos destinados a garantizar la
cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y
servicios complementarios, materia de esta ley, u otras que se
incorporen normativamente en el futuro.
4. REGIMENES QUE LO CONFORMAN- LEY 100 DE 1993.
SISTEMA GENERAL DE
PENSIONES.
SERVICIOS
SOCIAILES
COMPLEMENTARIOS.
SISTEMA GENERAL
DE SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD.
SISTEMA GENERAL
DE RIESGOS
LABORALES..
5. REGIMEN EXEPTUADO.
Militares, policías. Presidente y fuerza publica.
Objetivo: garantizar el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o
la muerte, mediante el reconocimiento de una pensión o prestaciones económicas
según las disposiciones legales.
Publico. Privado.
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES.
REGIMEN DE PRIMA MEDIA CON
PRESTACION DEFINIDA.
REGIMEN DE AHORRO
INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD.
6. • Régimen al que pertenecen las
personas con relación laboral
vigente y con capacidad
económica para vincularse al
sistema.
• Entidades privadas.
REGIMEN
CONTRIBUTIVO.
• El estado garantiza el acceso a la
salud.
• Régimen de las personas sin
capacidad económica para afiliarse
a la salud.
REGIMEN
SUBSIDIADO.
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
7. El Sistema General de Riesgos Laborales es el
conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los accidentes que
puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencia del trabajo que desarrollan.
Su financiación proviene de la cotización
obligatoria, determinada por el nivel de ingreso y
la clasificación del riesgo. Las Admistradoras de
Riesgos Profesionales (ARLS) son las entidades
responsables de la afiliación, el registro y el
recaudo de sus cotizaciones.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.
8. Programa económico dirigido a los adultos
mayores, con el que se busca proteger a las
personas de la tercera edad que se encuentran
desamparadas, no cuentan con una pensión o
viven en la indigencia y/o en extrema pobreza.
Hoy en día, este componente se desarrolla a
través del Programa Colombia Mayor que otorga
un subsidio económico a las personas mayores
de edad con bajos ingresos o que carezcan de
ellos.
SISTEMA DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
9. • Beneficiarios o
usuarios del
sistema.
• IPSS publicas,
mixtas o
privadas.
• Administración
y financiación,.
• Organismos
de dirección,
vigilancia y
control.
Ministerios de
salud y
protección
social y
superintendenc
ia nacional en
salud.
Estado,
empleadores,
trabajadores.
Las personas
vinculadas
dependiente o
independientes
al régimen
contributivo y los
afiliados en el
régimen
subsidiado.
EPS,ARL,Direcci
ones
seccionales,
distritales y
ocales de salud,
fosyga.,
ORGANIZACION INSTITUCIONAL.